Leyes Paraguayas

Ley Nツコ 2601 / CONCEDE PENSION GRACIABLE AL SEテ前R ESTANISLAO PAEZ AMARILLA



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LEY Nツコ 2601/2005
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE AL SEテ前R ESTANISLAO PAEZ AMARILLA
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artテュculo 1ツー.- Concテゥdese pensiテウn graciable de G. 800.000 (guaranテュes ochocientos mil) mensuales, a favor del seテアor Estanislao Pテ。ez Amarilla, con Cテゥdula de Identidad Nツコ 341.002, de 73 aテアos de edad, escritor y poeta de la lengua guaranテュ.
Artテュculo 2ツー.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensiテウn dispuesta en esta Ley serテ。n proveテュdos por la Direcciテウn General del Tesoro a la Direcciテウn de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretarテュa de Estado de Administraciテウn Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Cテウdigo Presupuestario vigente.
Artテュculo 3ツー.- El beneficiario de esta pensiテウn graciable no podrテ。 acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artテュculo 4ツー.- Comunテュquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cテ。mara de Senadores, a diecisテゥis dテュas del mes de diciembre del aテアo dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cテ。mara de Diputados a veintisテゥis dテュas del mes de mayo del aテアo dos mil cinco, de conformidad a lo dispuesto en el Artテュculo 204 de la Constituciテウn Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nツコ 00000002601






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