Leyes Paraguayas

Ley Nº 4043 / CONCEDE PENSION GRACIABLE A FAVOR DE LA SEÑORA OLGA RAMONA CABALLERO AQUINO



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​LEY N° 4043
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE A FAVOR DE LA SEÑORA OLGA RAMONA CABALLERO AQUINO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Concédese pensión graciable de G. 2.500.000 (Guaraníes dos millones quinientos mil) mensuales, a favor de la señora Olga Ramona Caballero Aquino, con Cédula de Identidad Civil N° 246.188.
Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 3°.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veintiséis días del mes de marzo del año dos mil diez, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a seis días del mes de julio del año dos mil diez, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

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