Leyes Paraguayas

Ley Nº 2311 / PRORROGA LA VIGENCIA DE LA LEY N° 432/73, SOBRE APORTE PATRONAL.



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​LEY Nº 2.311
QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA LEY N° 432/73, SOBRE APORTE PATRONAL.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE 
LEY
Artículo 1°.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2008, la vigencia de la Ley Nº 432/73, que establece el aporte adicional de 0,50 % (cero punto cincuenta por ciento) sobre la cuota patronal aportada al Instituto de Previsión Social (IPS), destinado a sufragar gastos de los programas desarrollados por el Servicio Nacional de Erradicación de Enfermedades transmitidas por Vectores (SENEPA), y otros programas epidemiológicos del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Artículo 2º.- Los aportes adicionales a que hace referencia el artículo anterior  serán percibidos por el Instituto de Previsión Social (IPS), que actuará en carácter de agente recaudador y transferido mensualmente a una cuenta corriente del Banco Central del Paraguay a la orden del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social - Servicio Nacional de Erradicación de Enfermedades transmitidas por Vectores (SENEPA), a los efectos del cumplimiento del artículo anterior.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a veinticinco días del mes de setiembre del año dos mil tres, y por la Honorable Cámara de Senadores, a seis días del mes de noviembre del año dos mil tres, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 1 de la Constitución Nacional.

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