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LEY N° 2.247
QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2003, APROBADO POR LEY N° 2.061, DE FECHA 31 DE DICIEMBRE DE 2002 – CONSEJO NACIONAL DE LA VIVIENDA.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Administración Central – Ministerio de Hacienda, de las Entidades Descentralizadas – Consejo Nacional de la Vivienda, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2003, por la suma de G.2.268.000.000 (Guaraníes dos mil doscientos sesenta y ocho millones), financiada con recursos del Tesoro Nacional, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para la Administración Central – Ministerio de Hacienda y las Entidades Descentralizadas – Consejo Nacional de la Vivienda, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2003, por la suma de G.2.268.000.000 (Guaraníes dos mil doscientos sesenta y ocho millones), financiada con recursos del Tesoro Nacional, que estará afectada al Presupuesto 2003 del Ministerio de Hacienda – Consejo Nacional de la Vivienda, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 3°.- La ampliación presupuestaria autorizada por la presente Ley, será en carácter de excepción a lo establecido en los Artículos 6° y 30 de la Ley N° 2061/2002.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a diecinueve días del mes de junio del año dos mil tres, y por la Honorable Cámara de Senadores, a veintitrés días del mes de setiembre del año dos mil tres, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.