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LEY Nº 2.240
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA SARA BIENVENIDA DE TERESA DE JESUS TARRAGO DE MINDIKOSKI.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Concédese de G.500.000 (guaraníes quinientos mil) mensuales, a favor de la señora Sara Bienvenida De Teresa De Jesús Tarragó de Mindikoski, esposa del extinto funcionario policial Ernesto Mindikoski
Artículo 2º.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 3º.- La beneficiaria de esta pensión no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a diecisiete días del mes de junio del año dos mil tres, y por la Honorable Cámara de Senadores, a dieciocho días del mes de setiembre del año dos mil tres, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.