LEY Nº 2.223
QUE AUTORIZA LA MODIFICACION DENTRO DEL PRESUPUESTO 2003 DE LA CAMARA DE DIPUTADOS, APROBADO POR LEY N° 2.061, DE FECHA 31 DE DICIEMBRE DE 2002.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Autorízase la modificación de los gastos del Presupuesto General de la Nación, a los efectos de la transferencia de créditos de la Cámara de Diputados, por la suma de Gs.518,793.249 (Guaraníes quinientos dieciocho millones setecientos noventa y tres mil doscientos cuarenta y nueve), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley..
Artículo 2°.- Autorízase la presente modificación presupuestaria con carácter de excepción de las disposiciones establecidas en los Artículo 24 y 27 de la Ley N° 2062/2002 “QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2003”.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a veinticuatro días del mes de julio del año dos mil tres, y por la Honorable Cámara de Senadores, a nueve días del mes de setiembre del año dos mil tres, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.