Leyes Paraguayas

Ley Nツコ 2171 / AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEテ前RA EMETERIA MARINA ACOSTA VDA. DE MORENO



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LEY Nツー 2171
QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEテ前RA EMETERIA MARINA ACOSTA VDA. DE MORENO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artテュculo 1ツー.- Aumテゥntase a Gs. 1.000.000 (un millテウn de guaranテュes) mensuales, la pensiテウn graciable concedida a favor del Seテアora Emeteria Marina Vda. de Moreno, esposa del ex 窶 Senador de la Naciテウn Don Juan Carlos Moreno Gonzテ。lez.
Artテュculo 2ツー.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensiテウn dispuesta en esta Ley serテ。n proveテュdos por la Direcciテウn General del Tesoro a la Direcciテウn de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretarテュa de Estado de Administraciテウn Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Cテウdigo Presupuestario vigente.
Artテュculo 3ツー.- La beneficiaria de esta pensiテウn no podrテ。 acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artテュculo 4ツー.- Derテウgase el Artテュculo 10 de la Ley Nツー 1321/88.
Artテュculo 5ツー.- Comunテュquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cテ。mara de Senadores el veintinueve de mayo del aテアo dos mil tres y por la Honorable Cテ。mara de Diputados, el veintiseis de junio del aテアo dos mil tres, quedando sancionado el mismo de conformidad al Artテュculo 204 de la Constituciテウn Nacional

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nツコ 00000002171






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