Leyes Paraguayas

Ley Nº 2164 / MODIFICA EL ANEXO DE REMUNERACIONES DEL PERSONAL DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY DENTRO DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2003, APROBADO POR LA LEY N° 2061, DE FECHA 31 DE DICIEMBRE DE 2002



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LEY  N° 2164
QUE MODIFICA EL ANEXO DE REMUNERACIONES DEL PERSONAL DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY DENTRO DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2003, APROBADO POR LA LEY N° 2061, DE FECHA 31 DE DICIEMBRE DE 2002.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Apruébase la modificación del Anexo de Remuneraciones del Personal del Banco Central del Paraguay (BCP), por la suma de G. 21.281.260 (Guaraníes veintiún millones doscientos ochenta y un mil doscientos sesenta), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 2°.- Apruébase la modificación del crédito presupuestario para la Entidad Descentralizada Banco Central del Paraguay (BCP), por la suma de G. 21.281.260 (Guaraníes veintiún millones doscientos ochenta y un mil doscientos sesenta), que estará afectada al Presupuesto 2003 del Banco Central del Paraguay, de acuerdo al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 3°.- Con carácter de excepción no se aplicará lo establecido en el Artículo 24 de la Ley N° 2061/2002 “Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2003”, para lo dispuesto en la presente Ley.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a diez días del mes de abril del año dos mil tres, y por la Honorable Cámara de Senadores, a diecinueve días del mes de junio del año dos mil tres, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000002164






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