Leyes Paraguayas

Ley Nº 2747 / APRUEBAN LOS CONTRATOS DE PRÉSTAMOS ENTRE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Y LA CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF) POR US$ 10.000.000 (DIEZ MILLONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), FECHADO EL 18 DE FEBRERO DE 2005 Y CON EL FONDO DE LA ORGANIZACIÓN DE PAÍSES EXPORTADORES DE PETRÓLEO (OPEP) POR US$ 12.000.000 (DOCE MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), FECHADO EL 1 DE JUNIO DE 2005, DESTINADOS AL FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO “REHABILITACIÓN Y PAVIMENTACIÓN DE CORREDORES DE INTEGRACIÓN, RUTA NACIONAL 11 Y RAMAL A RUTA NACIONAL 10”, A CARGO DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES (MOPC), Y QUE AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2005, APROBADO POR LEY N° 2.530 DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004



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LEY N° 2.747
QUE APRUEBAN LOS CONTRATOS DE PRÉSTAMOS ENTRE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Y LA CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF) POR US$ 10.000.000 (DIEZ MILLONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), FECHADO EL 18 DE FEBRERO DE 2005 Y CON EL FONDO DE LA ORGANIZACIÓN DE PAÍSES EXPORTADORES DE PETRÓLEO (OPEP) POR US$ 12.000.000 (DOCE MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), FECHADO EL 1 DE JUNIO DE 2005, DESTINADOS AL FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO “REHABILITACIÓN Y PAVIMENTACIÓN DE CORREDORES DE INTEGRACIÓN, RUTA NACIONAL 11 Y RAMAL A RUTA NACIONAL 10”, A CARGO DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES (MOPC), Y QUE AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2005, APROBADO POR LEY N° 2.530 DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Apruébanse los Contratos de Préstamos suscriptos entre la República del Paraguay y la Corporación Andina de Fomento (CAF) por US$ 10.000.000 (Diez millones de dólares de los Estados Unidos de América), fechado el 18 de febrero de 2005, en la ciudad de Asunción, y con el Fondo de la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP) por US$ 12.000.000 (Doce millones de dólares de los Estados Unidos de América), fechado el 1 de junio de 2005, en la ciudad de Viena, Austria, destinados al financiamiento del Proyecto “Rehabilitación y Pavimentación de Corredores de Integración, Ruta Nacional 11 y Ramal a Ruta Nacional 10”, a cargo del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), cuyo texto se transcribe como Anexo de esta Ley.
Artículo 2°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Administración Central, Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2005, por la suma de G. 34.095.000.000 (Guaraníes treinta y cuatro mil noventa y cinco millones) con Fuente de Financiamiento 20 Recursos del Crédito Externo, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley. 
Artículo 3°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para la Administración Central por la suma de G. 34.095.000.000 (Guaraníes treinta y cuatro mil noventa y cinco millones), con Fuente de Financiamiento 20 Recursos del Crédito Externo, que estará afectada al Presupuesto 2005 del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 4°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación del Anexo adjunto a la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario vigente y a las técnicas de programación de ingresos y gastos, al solo efecto de la correcta imputación y ejecución presupuestaria.
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a un día del mes de setiembre del año dos mil cinco, y por la Honorable Cámara de Senadores, a veintiséis días del mes de setiembre del año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000002747






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