Leyes Paraguayas

Ley Nº 2746 / MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2005, APROBADO POR LEY N° 2.530, DE FECHA 30 DE DICIEMBRE DE 2004, MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Y SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLAS (SENAVE)



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LEY N° 2.746
QUE MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2005, APROBADO POR LEY N° 2.530, DE FECHA 30 DE DICIEMBRE DE 2004, MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Y SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLAS (SENAVE).
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Apruébase la modificación en la estimación de los ingresos de la Administración Central, (Ministerio de Agricultura y Ganadería) y de las Entidades Descentralizadas (Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas), por la suma de G. 2.659.900.509 (Guaraníes dos mil seiscientos cincuenta y nueve millones novecientos mil quinientos nueve), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 2°.- Apruébase la modificación de los gastos de la Administración Central y la transferencia de créditos presupuestarios del Ministerio de Agricultura y Ganadería al Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas, por la suma de G. 2.659.900.509 (Guaraníes dos mil seiscientos cincuenta y nueve millones novecientos mil quinientos nueve), dentro del Ejercicio Fiscal 2005, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 3°.- Amplíase la estimación de los ingresos de las Entidades Descentralizadas (Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas), correspondiente al Ejercicio Fiscal 2005, por la suma de G. 795.330.396 (Guaraníes setecientos noventa y cinco millones trescientos treinta mil trescientos noventa y seis), dentro del Ejercicio Fiscal 2005, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 4°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para las Entidades Descentralizadas, por la suma de G. 795.330.396 (Guaraníes setecientos noventa y cinco millones trescientos treinta mil trescientos noventa y seis), que estará afectada al Presupuesto 2005 del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 5°.- Apruébase la modificación del Anexo de remuneraciones del personal de la Administración Central y de las Entidades Descentralizadas, que estará afectada al Presupuesto 2005, del Ministerio de Agricultura y Ganadería y del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas.
Artículo 6°.- La modificación presupuestaria autorizada por la presente disposición legal será en carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 43 de la Ley N° 2530/04.
Artículo 7°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda, la adecuación del Anexo adjunto a la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario vigente y a las técnicas de programación de ingresos y gastos, al solo efecto de la correcta imputación y ejecución presupuestaria.
Artículo 8º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a veinticinco días del mes de agosto del año dos mil cinco, y por la Honorable Cámara de Senadores, a veintiséis días del mes de setiembre del año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000002746






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