Leyes Paraguayas

Ley Nº 2642 / AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA MARIA TERESA GARAY ACEVAL VDA. DE CRITTO



Descargar Archivo: Ley N° 2642 (58.24 KB)


​LEY N° 2.642
QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA MARIA TERESA GARAY ACEVAL VDA. DE CRITTO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Auméntase a G. 1.500.000 (Guaraníes un millón quinientos mil) mensuales, la pensión graciable a favor de la señora María Teresa Garay Aceval Vda. de Critto, hija del extinto Jefe de Estado Mayor del Ejército en campaña durante la Guerra del Chaco, Cnel. Inf. (SR) Juan Manuel Garay.
Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 3°.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4°.- Derógase la Ley N° 864 del 17 de junio de 1996. 
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores de la Nación, a  catorce días del mes de abril del año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, a veintiún días del mes de julio del año dos mil cinco, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 211 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000002642






De interes

¿Tienes alguna duda? ponte en contacto con nosotros