Leyes Paraguayas

Ley Nº 885 / CREA EL DISTRITO DE "CHORÉ" DEL DEPARTAMENTO SAN PEDRO Y UNA MUNICIPALIDAD DE TERCERA CATEGORÍA



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LEY No. 885
QUE CREA EL DISTRITO DE "CHORÉ" DEL DEPARTAMENTO SAN PEDRO  Y UNA MUNICIPALIDAD DE TERCERA CATEGORÍA
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE 
LEY
Art. 1o. - Créase el Distrito de "Choré" del Departamento de San Pedro y a ese efecto desaféctase el mismo del Distrito de San Estanislao, con los siguientes límites: 
AL NORTE: Río Jejuí.
AL ESTE: El río Capiibary, desde su confluencia con el río Jejuí hasta el límite Norte de la Colonia Felicidad, los límites Este y Sur de dicha Colonia hasta el río Capiibary; el río Capiibary hasta la calle San Jorge. 
AL SUR: La calle San Jorge hasta el arroyo Mboi; el arroyo Mboí hasta una línea horizontal imaginaria que parte desde el arroyo Mboí hasta la naciente del arroyo Yurujheí; 
AL OESTE: El río Yetyty hasta su desembocadura en el río Jejuí.
Art. 2o. - Créase una Municipalidad de Tercera Categoría en el Distrito creado por el artículo 1 de la presente ley.
Art. 3o. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONGRESO NACIONAL A LOS UN DÍA DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO.

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