Leyes Paraguayas

Ley NÂș 2525 / DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT) INMUEBLE, DEPARTAMENTO DE CORDILLERA - ATYRA



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LEY NÂș 2.525
QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT), EL INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO FINCA N° 2679 Y SUS DESPRENDIMIENTOS, DEL DISTRITO ATYRA DEL III DEPARTAMENTO CORDILLERA
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ArtĂ­culo 1°.- DeclĂĄrase de interĂ©s social y exprĂłpiase a favor del Instituto Nacional de Desarrollo  Rural y de la Tierra (INDERT), para destinar a los fines de la Reforma Agraria, el inmueble individualizado como Finca N° 2679, inscripto en la DirecciĂłn General de los Registros PĂșblicos  bajo el N° 1 al folio 1 y siguientes del año 1999, cuya superficie es de 183 Has. 3.652 m2 (ciento ochenta y tres hectĂĄreas con tres mil seiscientos cincuenta y dos metros cuadrados). Excluir sus desprendimientos: Fincas N°s. 3093, 2989, 3127, 3206, 3101, 3223, 3239 y 3243, ubicadas en el Distrito de AtyrĂĄ del III Departamento Cordillera.
ArtĂ­culo 2Âș.-  El Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT) y quienes acrediten la propiedad de la finca expropiada, acordarĂĄn  en un plazo no mayor a 90 (noventa) dĂ­as el precio del inmueble. En caso de no haber acuerdo podrĂĄn recurrir al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a los efectos de la determinaciĂłn judicial del precio.  
ArtĂ­culo 3Âș.- La transferencia de los lotes se realizarĂĄ despuĂ©s de comprobarse fehacientemente que los interesados no poseen otros bienes inmuebles en el territorio de la RepĂșblica.
ArtĂ­culo 4Âș.- ComunĂ­quese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cåmara de Senadores, a veintiséis días del mes de agosto del año dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cåmara de Diputados a veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil cuatro, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 1) de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley NÂș 00000002525






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