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LEY N掳 4.296
QUE DECLARA EN SITUACION DE EMERGENCIA SANITARIA LA CIUDAD DE ASUNCION (DECIMOCTAVA REGION SANITARIA) Y A LOS DEPARTAMENTOS CENTRAL (DECIMOPRIMERA REGION SANITARIA), ALTO PARANA (DECIMA REGION SANITARIA) Y GUAIRA (CUARTA REGION SANITARIA).
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Art铆culo 1掳.- Decl谩rase en situaci贸n de emergencia sanitaria por un plazo m谩ximo de noventa d铆as a partir de la promulgaci贸n de la presente Ley, a la Ciudad de Asunci贸n (decimoctava regi贸n sanitaria) y a los Departamentos Central (decimoprimera regi贸n sanitaria), Alto Paran谩 (d茅cima regi贸n sanitaria) y Guair谩 (cuarta regi贸n sanitaria).
Art铆culo 2掳.- Durante la vigencia de la presente Ley, establ茅cese la excepci贸n de la aplicaci贸n de los Art铆culos 159 y 160 de la Ley N潞 4.249/11 鈥淨UE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACI脫N PARA EL EJERCICIO FISCAL 2011鈥, a las zonas declaradas en emergencia en el art铆culo anterior.
Art铆culo 3掳.- Establ茅cese la liberaci贸n de los topes de recortes presupuestarios establecidos por el Ministerio de Hacienda al Ministerio de Salud P煤blica y Bienestar Social.
Art铆culo 4掳.- Comun铆quese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable C谩mara de Diputados, a los diecisiete d铆as del mes de marzo del a帽o dos mil once, y por la Honorable C谩mara de Senadores, a los treintai煤n d铆as del mes de marzo del a帽o dos mil once, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Art铆culo 204 de la Constituci贸n Nacional.