Leyes Paraguayas

Ley Nツコ 3269 / CONCEDE PENSION GRACIABLE AL SEテ前R TORIBIO RUIZ DIAZ OLMEDO



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LEY Nツー 3269
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE AL SEテ前R TORIBIO RUIZ DIAZ OLMEDO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artテュculo 1ツー.- Concテゥdese pensiテウn graciable de G. 700.000 (Guaranテュes setecientos mil) mensuales, a favor del seテアor Toribio Ruiz Dテュaz Olmedo.
Artテュculo 2ツー.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensiテウn dispuesta en esta Ley, serテ。n proveテュdos por la Direcciテウn General del Tesoro a la Direcciテウn de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretarテュa de Estado de Administraciテウn Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Cテウdigo Presupuestario vigente.
Artテュculo 3ツー.- El beneficiario de esta pensiテウn graciable no podrテ。 acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artテュculo 4ツー.- Comunテュquese al Poder Ejecutivo.          
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cテ。mara de Senadores, a diecinueve dテュas del mes de abril del aテアo dos mil siete, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cテ。mara de Diputados, a doce dテュas del mes de julio del aテアo dos mil siete, de confrmidad con lo dispuesto en el Articulo 204 de la Constituciテウn Nacional. 

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