Leyes Paraguayas

Ley Nº 2398 / AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA JOSEFA GARCETE VDA. DE GALEANO



Descargar Archivo: LEY N° 2398 (36.5 KB)


​LEY N° 2398
QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA JOSEFA GARCETE VDA. DE GALEANO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Auméntase a G. 700.000 (Guaraníes setecientos mil) mensuales, la pensión graciable concedida a favor de la Señora Josefa Garcete Vda. de Galeano, esposa del excombatiente de la Guerra del Chaco, Cabo 1º Benito Galeano.
Artículo 2º.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente. 
Artículo 3º.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4º.- Derógase el Artículo 2º de la Ley Nº 1223 de 31 de diciembre de 1997.
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a un día del mes de abril del año dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a trece días del mes de mayo del año dos mil cuatro, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.                                                                                                     

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000002398






De interes

¿Tienes alguna duda? ponte en contacto con nosotros