Leyes Paraguayas

Ley Nº 3634 / AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA EUGENIA ORTIZ



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LEY Nº 3634
QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA EUGENIA ORTIZ
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Auméntase a G. 1.500.000 (Guaraníes un millón quinientos mil) mensuales, la pensión graciable concedida a favor de la señora Eugenia Ortiz.
Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 3°.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4°.- Derógase la Ley Nº 2057 del 19 de diciembre de 2002.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a diecisiete días del mes de julio del año dos mil ocho, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a dieciséis días del mes de octubre del año dos mil ocho, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

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