Leyes Paraguayas

Ley Nº 1551 / DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA, UNA FRACCION DE TERRENO INDIVIDUALIZADA COMO PARTE DE LA FINCA N° 10.794, ASIENTO DE LA ESCUELA GRADUADA N° 13.305 "VIRGEN DE FATIMA", UBICADA EN EL BARRIO BARCEQUILLO DEL CITADO MUNICIPIO



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LEY  N° 1.551
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA, UNA FRACCION DE TERRENO INDIVIDUALIZADA COMO PARTE DE LA FINCA N° 10.794, ASIENTO DE LA ESCUELA GRADUADA N° 13.305 "VIRGEN DE FATIMA", UBICADA EN EL BARRIO BARCEQUILLO DEL CITADO MUNICIPIO
EL CONGRESO  DE LA  NACION PARAGUAYA  SANCIONA CON  FUERZA  DE
LEY
Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de San Lorenzo, a transferir a título gratuito a favor del Estado Paraguayo - Ministerio de Educación y Cultura, una fracción de terreno individualizada como parte de la Finca N° 10.794, bajo el N° 1 al folio 1 y siguientes del 12 de julio de 1977, Distrito de San Lorenzo, con Cta. Cte. Ctral. N° 27-1398-02, Fracción A de la Manzana X, asiento de la Escuela Graduada N° 13.305 "Virgen de Fátima", ubicada en el barrio Barcequillo del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: Mide 42,80 ms. (cuarenta y dos metros con ochenta centímetros), linda con el resto del terreno destinado para plaza;
AL SUR: Mide 46,50 ms. (cuarenta y seis metros con cincuenta centímetros), linda con la calle 7;
AL ESTE: Mide 81,80 ms. (ochenta y un metros con ochenta centímetros), linda con calle Leopardi Sur; y,
AL OESTE: Mide 90,50 ms. (noventa metros con cincuenta centímetros), linda con derechos de Ramón Gómez.
SUPERFICIE: 3.817,9.736 ms2. (tres mil ochocientos diecisiete metros cuadrados con nueve mil setecientos treinta y seis centímetros cuadrados).
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a dos días del mes de noviembre del año un mil novecientos noventa y nueve, y por la Honorable Cámara de Senadores, a trece días del mes de abril del año dos mil, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000001551






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