Leyes Paraguayas

Ley Nº 1445 / DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL (IBR), UN INMUEBLE DE 329 HAS. CON 1.252 Mts2., INDIVIDUALIZADO COMO FINCA No. 6.381 DEL DISTRITO DE CAAGUAZU, HOY DE PASO YOBAI.-



Descargar Archivo: LEY Nº 1.445 (57.74 KB)


LEY N° 1.445
QUE DECLARA DE INTERÉS SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL (IBR), UN INMUEBLE DE 329 HAS. CON 1.252 Mts2., INDIVIDUALIZADO COMO FINCA No. 6.381 DEL DISTRITO DE CAAGUAZU, HOY DE PASO YOBAI.-
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Declárase de interés social y exprópiase a favor del Instituto de Bienestar Rural (IBR), un inmueble de 329 hás. con 1.252 mts2. ( trescientas veintinueve hectáreas con un mil doscientos cincuenta y dos metros cuadrados ), individualizado como Finca No. 6.381 del Distrito de Caaguazú, hoy de Paso Yobai, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 146, inciso a) de la Ley No. 854/63, Estatuto Agrario.
Artículo 2°.- El Instituto de Bienestar Rural (IBR) y el propietario acordarán en un plazo de noventa días el precio del inmueble expropiado. En caso de no haber acuerdo, las partes podrán recurrir al Juzgado de Primera Instancia, a los efectos de la determinación del precio.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a trece días del mes de mayo del año un mil novecientos noventa y nueve, y por la Honorable Cámara de Diputados, a diecisiete días del mes de junio del año un mil novecientos noventa y nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.-

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000001445






De interes

¿Tienes alguna duda? ponte en contacto con nosotros