Leyes Paraguayas

Ley Nツコ 3499 / CONCEDE PENSION GRACIABLE AL SEテ前R AMADO JUAN SARABIA MORINIGO, CONOCIDO COMO AMADO DEL PARAGUAY



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LEY Nツコ 3499
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE AL SEテ前R AMADO JUAN SARABIA MORINIGO, CONOCIDO COMO AMADO DEL PARAGUAY
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artテュculo 1ツー.- Concテゥdese pensiテウn graciable de G. 1.500.000 (Guaranテュes un millテウn quinientos mil) mensuales, a favor del seテアor Amado Juan Sarabia Morテュnigo, con Cedula de Identidad Civil Nツー 208.612, artista nacional, conocido como Amado del Paraguay.
Artテュculo 2ツー.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensiテウn dispuesta en esta Ley, serテ。n proveテュdos por la Direcciテウn General del Tesoro a la Direcciテウn de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretarテュa de Estado de Administraciテウn Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Cテウdigo Presupuestario vigente.
Artテュculo 3ツー.- El beneficiario de esta pensiテウn graciable no podrテ。 acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artテュculo 4ツー.- Comunテュquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cテ。mara de Senadores, a veinte dテュas del mes de diciembre del aテアo dos mil siete, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cテ。mara de Diputados, a veintidテウs dテュas del mes de mayo del aテアo dos mil ocho, de conformidad a lo dispuesto en el Artテュculo 204, de la Constituciテウn Nacional.

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