M
E S A D I R E C T I V A
PRESIDENTE :
Convencional Oscar Facundo Ynsfrán
VICE PRESIDENTE 1º : Convencional Emilio Cubas Grau
VICE PRESIDENTE 2º :
Convencional Rafael Eladio Velázquez
VICE PRESIDENTE 3º : Convencional Darío A. Palacios Vera
VICE PRESIDENTE 4º : Convencional Luis Alfonso Resck
SECRETARIOS :
Convencional Diógenes Martínez
:
Convencional Emilio Oriol Acosta
:
Convencional Cristina Muñoz
:
Convencional Antonia Irigoitia
:
Convencional Víctor Báez Mosqueira
COORDINADORES
Convencional Gerardo Sosa Argaña
Convencional Víctor Núñez
Convencional Ramiro Barboza
Convencional Ramón Vera Venialgo
DIARIO DE SESIONES
Computación: José Manuel Plano de Egea
Corrección y Estilo: Américo Pérez Peña
Secretaría y Archivo: Merardo
Martínez
LISTA DE
CONVENCIONALES
Acevedo,
Euclides Roberto
Acosta
Cantero, Emilio Oriol
Alcaraz,
Cirila Cabral Vda. de
Alfonzo
González, Marcelino
Alvarenga
P., Francisco
Argaña
C., Jesús M.
Aseretto,
Rodolfo
Avalos
Flores, Carlos
Ayala,
Angel
Ayala
Jiménez, Eusebio R.
Ayala
Zelada, Humberto
Báez
Mosqueira, Víctor
Balmelli,
Carlos Mateo
Barboza,
Ramiro
Bareiro
Saguier, Rubén
Benítez
C., Carmelo J. G.
Benítez
Florentín, Juan M.
Bernal
Garay, Víctor Luis
Boccia,
Franklin
Bogado
Gondra, Juan Félix
Britos
Acosta, Julián
Caballero
C., Esteban
Cabral
Frutos, Pablo A.
Cáceres,
Crescencio H.
Cáceres,
Favio Catalino
Callizo,
Federico
Camacho
Paredes, Emilio
Campos
Cervera, Rodrigo
Candia,
José Ismael
Cano
Radil, Bernardino
Capurro,
Héctor
Cárdenas
Marín, Ignacio
Castiglioni
Soria, Luis A.
Castillo
Gamarra, Celso
Centurión,
María Ligia
Centurión,
Rodolfo H.
Centurión
S., Gregorio R.
Chaparro,
Albino
Chilavert
Benítez, Lino
Chilavert
Viera, Reinaldo
Colarte,
Carlos Martín
Dávalos
Arce, Felipe
Decoud
Rodríguez, Justo R.
Delvalle,
Oscar Alberto
Delvalle
García, Domingo
Díaz
Calderara, Francisco
Doldán
Velázquez, Manuel
Dos
Santos, Jorge
Dos
Santos Jara, César R.
Duarte
E., Inmaculada
Duarte
Molinas, Luis A.
Echagüe
de Ayala, María C.
Echagüe
Insfrán, Ismael
Elizeche
Baudo, Juan F.
Enciso
Gómez, Patricio
Enciso
Vega, Gregorio
Escobar
Genes, José B.
Espínola,
Armando
Esteche
Troche, Abrahán
Estigarribia
G., Hugo
Fanego
Arellano, Julio C.
Fanego
Mussi, Rubén O.
Fernández
Arévalos, Evelio
Fernández
B., Benjamín
Fernández
E., José F.
Fernández
de Marín, Nilda
Ferreira,
Antonio
Ferreira
vda. de Ayala, Dolores
Ferreira
Bernal, Miguel M.
Figueredo,
Federico
Franco
Lanceta, Ricardo
Fretes,
Carlos
Fretes
Faría, Aparicio
Flores
López, Arcadio
Florentín
Paoli, Atilio R.
Gamarra
V., Valentín
Garay,
Luis
García,
Migdalia R. de
Galeano,
Antonia O. de
Galeano,
Miguel Angel
Gauto
Sanabria, Carlyle W.
Gill
Duarte, Rodolfo
Godoy
Jara, Milciades
González,
Carlos Alberto
González
F., Blanca Lila
González,
Juan de la Cruz
González,
Gustavo René
Gónzalez,
Timoteo
González
Delvalle, Alcibiades
González
Macchi, Luis A.
González
O., Wilfrido S.
Gwynn
Safstrand, Cayo
Heisecke,
Guillermo
Hermosilla
Ortigoza, Dora
Huerta
Echeverry, Juan R.
Insaurralde
F., Víctor Hugo
Insaurralde
Fleitas, Elvio
Irigoitia,
Antonia
Jiménez,
Castor Elizardo
Kennedy,
Peter Holder
Laíno,
Domingo
Laterza,
Gustavo
Lezcano
Claude, Luis
Llamas,
Estanislao
Llano,
Pedro Luis
López,
Francisco Solano
López
Leiva, Fernando
López
Ramírez, Blanca M.
Lugo
Benítez, Pedro
Lugo
Ortiz, Julio César
Maciel
Pasotti, Benjamín
Martínez,
Diógenes
Martínez
G., Estanislao
Mazó
Elizeche, Gustavo A.
Melgarejo
Lanzoni, Rubén
Melgarejo
Pereira, Isidro
Meyer,
Carlos Ovidio
Miltos,
Cosme
Mongelós,
Juan Héctor Mongelós, Serapio
Morel
Pintos, Mario
Morínigo,
José Nicolás
Morínigo,
Susana
Muñoz,
Cristina
Núñez,
Víctor Manuel
Oggero
Fernández, Raúl
Orella,
Juan Gilberto
Ortíz
Samudio, Tomás
Osorio,
Cecilio Alejandro
Ovelar
Ledesma, Pedro P.
Paciello,
Oscar
Palacios
Vera, Darío A.
Paniagua
F., Víctor Hugo
Peralta
Pérez, Juan Manuel
Pérez
Peña, Julio Damián
Podestá,
Carlos
Portillo,
Pedro Darío
Quevedo
Acosta, Víctor M.
Quintana,
Gonzalo
Radice,
Manuel Augusto
Ramírez,
Avelino
Ramírez,
Fermín
Ramírez
C., Manuel de J.
Ramírez
Jou, Manfredo
Ramírez,
René
Recalde
de Rojas, Elba
Resck,
Luis Alfonso
Ríos
Rodríguez, Jorge
Riquelme,
Miguel Angel
Robles
Alcaraz, Aída M.
Rodas,
Miguel Angel
Rodríguez
Acosta, Eduardo
Rodríguez
Arias, Pablino A.
Rodríguez
P., Pedro Angel
Rodríguez,
Osvaldo Tomás
Rodríguez,
Teresa D. de
Rodríguez,
Sinforiano
Rolón
Galeano, Fernando
Rolón
Sanabria, Vidal
Romero,
Rubén Darío
Romero
Pereira, Carlos
Romero
Roa, Ramón
Ruíz
Díaz, Herminio
Ruíz
Díaz Brítez, Perfecto
Ruíz
Díaz Bareiro, Elisa
Ruíz
Nestosa, Jesús
Sachero,
María Elena
Saguier,
Miguel Abdón
Salum
Flecha, Antonio
Samaniego
G., Gustavo
Samaniego
Giménez, José D.
Sánchez
Galeano, Víctor H.
Saucedo
Rodas, Aníbal
Sardi
Segovia, Manuel
Segovia
Avalos, Luis A.
Segovia
Boltes, Agustín
Silvero
Silvano, Jorgelina
Sosa
Argaña, Gerardo
Sotomayor
de Setrini, Ada
Storm
B., Carlos Armando
Storm
Monges, Crescencio
Talavera
Martínez, Pedro
Torales
Franco, Marciano D.
Ugarte
Díaz, Alirio
Valiente
Escobar, Antonio
Vargas
Mendoza, Eligio
Velázquez,
Rafael Eladio
Vera
Cáceres, Julio César
Vera
Fleitas, Francisco
Vera
Venialgo, Ramón A.
Villagra
Marsal, Carlos
Villalba,
Edgar
Villalba
Cardozo, Bernardo
Villanueva
Cardozo, Leslie
Ynsfrán,
Oscar Facundo
Yore
de Yunis, Lamia
Zárate
González, Dionisio
Zarratea,
Tadeo
SESION ORDINARIA N° 33.- 27 DE MAYO DE 1992
FECHA
:27 de mayo de 1992.
INICIO:09:00
horas.
FINAL
:19:00 horas.
AUSENTES
CON
AVISO:Sesión Completa:-Alvarenga, Francisco
-Esteche
Troche, Abrahán
-Kennedy,
Peter Holder
-Miltos,
Cosme
-Muñoz,
Cristina
-Ruiz
Díaz, Herminio
-Samaniego
González, Gustavo
-Vasconsellos,
Julio César
Turno
Mañana:-González Delvalle, Alcibiades
-Rodríguez,
Osvaldo Tomás
-Ruiz
Díaz Britez, Perfecto
Turno
Tarde:-Acevedo, Euclides
-Centurión,
Rodolfo
-Enciso
Gómez, Patricio
-Galeano,
Miguel Angel
-Romero
Roa, Ramón
-Sotomayor
de Setrini, Ada
ASUNTOS
ENTRADOS
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Rodrigo Campos Cervera para ausentarse de
la sesión del 27 de mayo, por dos horas.
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Juan Héctor Mongelós para ausentarse de
la sesión del 27 de mayo entre las 09:00 y 11:00 horas.
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Abrahán Esteche para dejar de asistir a
las sesiones del 27 y 28 de mayo.
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Herminio Ruiz Díaz para dejar de asistir
a la sesión del 27 de mayo.
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Gustavo Samaniego González para dejar de
asistir a la sesión del 27 de mayo.
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Osvaldo Tomás Rodríguez para ausentarse
de la sesión del 27 de mayo, por la mañana.
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Peter Holder Kennedy para dejar de
asistir a la sesión del 27 de mayo.
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Perfecto Ruiz Díaz para ausentarse de la
sesión del 27 de mayo, por la mañana.
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Francisco Alvarenga para dejar de asistir
a la sesión del 27 de mayo.
-Pedido
de permiso de la ciudadana Convencional Cirila Vda. de Alcaraz para ausentarse
de la sesión del 27 de mayo, por la mañana.
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Cosme Miltos para dejar de asistir a la
sesión del 27 de mayo.
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Julio César Vasconsellos para dejar de
asistir a las sesiones por el resto de la Convención Nacional Constituyente.
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Héctor Capurro para ausentarse de la
sesión del 27 de mayo, parte de la mañana y de la tarde.
SE INICIA LA SESION
SIENDO LA HORA 9:00
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadanos
Convencionales: habiendo quórum de más de 110 Convencionales, la Presidencia
declara abierta la sesión del día de la fecha.
Por
Secretaría se dará lectura al Resumen del Acta de la sesión anterior.
Rogamos
a los ciudadanos Constituyentes, que tomen asiento y presten atención a la
lectura del acta.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Ciudadanos
Convencionales: la señora Secretaria va
a dar lectura al Resumen del Acta. Por
favor, rogamos atención a los ciudadanos Convencionales, así como a los que
están en el vestíbulo, que tengan la bondad de entrar para hacer visible el
quórum que existe.
Adelante,
señora Secretaría.
CIUDADANA SECRETARIA: RESUMEN DEL ACTA. SESION DE FECHA MARTES 26 DE MAYO DE 1992
ARTICULOS APROBADOS
Artículo 210.- DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION.
El
Proyecto de Ley de Presupuesto General de la Nación será presentado anualmente
por el Poder Ejecutivo, a más tardar el 1°
de setiembre, y su consideración por el Congreso tendrá prioridad
absoluta. Se integrará una Comisión
Bicameral la que recibido el proyecto lo estudiará y presentará dictamen a sus
respectivas Cámaras en un plazo no mayor de sesenta días corridos. Recibido los dictámenes la Cámara de
Diputados se abocará al estudio del Proyecto en sesiones plenarias y deberá
despacharlo en un plazo no mayor de quince días corridos. La Cámara de Senadores dispondrá de igual
plazo para el estudio del Proyecto con las modificaciones introducidas por la
Cámara de Diputados, y si las aprobare el mismo quedará sancionado. En caso contrario, volverá con las objeciones
a la otra Cámara, la cual se expedirá dentro del plazo de diez días corridos,
exclusivamente sobre los puntos discrepantes del Senado, procediéndose en la
forma prevista en el Art. 201, apartados 1), 2), y 3), siempre dentro del plazo
de diez días corridos.
Todos
los plazos establecidos en este artículo son perentorios, y la falta de
Despacho de cualquiera de ellos se entenderá como aprobación. Las Cámaras, sólo podrán rechazar totalmente
el proyecto presentado a su estudio por el Poder Ejecutivo, por mayoría
absoluta de dos tercios en cada una de ellas.
Artículo 211.- DE LA VIGENCIA DEL PRESUPUESTO.
Si
por cualquier razón el Poder Ejecutivo no hubiese presentado al Poder
Legislativo el proyecto de Presupuesto General de la Nación, dentro de los
plazos establecidos, o el mismo fuera rechazado conforme con el artículo
anterior, seguirá vigente el Presupuesto de Ejercicio Fiscal en curso.
SECCION III
DE LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO
Artículo 212.- DE SU CONFORMACION
Quince
días antes, de entrar en receso, cada Cámara designará por mayoría absoluta a
los Senadores y a los Diputados quienes en número de seis y doce como titulares
y tres y seis como suplentes, respectivamente, conformarán la Comisión
Permanente del Congreso, la cual ejercerá sus funciones desde el comienzo del
período de receso del Congreso hasta que se reinicien las sesiones ordinarias.
Reunidos
los miembros titulares de la Comisión Permanente, designarán un Presidente y
demás autoridades, y de ello se dará aviso escrito a los otros poderes del
Estado.
Artículo 213.- DE SUS ATRIBUCIONES
Son
atribuciones de la Comisión Permanente del Congreso:
1)Velar
por la observancia de la Constitución y de las leyes;
2)Dictar
su propio reglamento;
3)Convocar
a las cámaras a sesiones preparatorias con el objeto de que la apertura anual
del Congreso se efectúe en tiempo oportuno;
4)Convocar
y organizar las sesiones extraordinarias de ambas cámaras, de conformidad con
lo establecido en esta Constitución;
5)Autorizar
al Presidente de la República durante el receso del Congreso, para ausentarse
temporalmente del territorio nacional, en los casos previstos en esta
Constitución, y
6)las
demás que fije esta Constitución.
Artículo 214.- DE LOS INFORMES FINALES Y DE LA
RESPONSABILIDAD
La
Comisión Permanente del Congreso informará a cada Cámara al término de sus actuaciones,
y será responsable ante ellas e las medidas que hubiese adoptado o autorizado.
SECCION IV
DEL JUICIO POLITICO
Artículo 215.- DEL PROCEDIMIENTO
El
Presidente de la República, el Vicepresidente, los Ministros del Poder
Ejecutivo, los Ministros de la Corte Suprema de Justicia, el Fiscal General del
Estado, el Defensor del Pueblo, los miembros de la Contraloría General de la
República y los miembros del Tribunal Superior de Justicia Electoral, sólo
podrán ser sometidos a juicio político por mal desempeño de sus funciones,
delitos cometidos en el ejercicio de sus cargos o delitos comunes.
La
acusación será formulada por la Cámara de Diputados, por mayoría de dos
tercios. Corresponderá a la Cámara de
Senadores por mayoría absoluta de dos tercios, juzgar en juicio público a los
acusados por la Cámara de Diputados, y en su caso declararlos culpables, al
sólo efecto de separarlos de sus cargos.
En los casos de supuesta comisión de delitos, se pasarán los antecedentes
a la justicia ordinaria.
SECCION V
DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
Artículo 216.- DE LA COMPOSICION.
La
Cámara de Diputados es la Cámara de representación departamental. Se compondrá de ochenta miembros titulares
como mínimo, y de igual número de suplentes, elegidos directamente por el
pueblo en Colegios Electorales Departamentales.
La ciudad de la Asunción constituirá un Colegio Electoral con
representación en dicha Cámara. Los
Departamentos serán representados por un Diputado titular y suplente, como
mínimo; el Tribunal Superior de Justicia
Electoral, antes de cada elección y de acuerdo con el número de electores de
cada Departamento, establecerá el número de bancas que corresponda a cada
Departamento. La ley podrá acrecentar la
cantidad de Diputados conforme con el aumento de los electores.
Para
ser electo Diputado titular o suplente se requiere la nacionalidad paraguaya
natural y el haber cumplido veinticinco años.
Artículo 217.- DE LAS ATRIBUCIONES EXCLUSIVAS DE LA CAMARA
DE DIPUTADOS.
Son
atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados:
1)Iniciar
la consideración de los proyectos de ley relativos a la Legislación
Departamental y a la Municipal;
2)Designar
a... y proponer el nombramiento de...;
3)Prestar
acuerdo para la intervención de los gobiernos departamentales y municipales, y
4)las
demás atribuciones exclusivas que fije esta Constitución.
OBSERVACIONES: Aprobado ad referéndum con revisión de los
incisos 2 y 3.
SECCION VI
DE LA CAMARA DE SENADORES
Artículo
218.- DE LA COMPOSICION
La
Cámara de Senadores se compondrá de cuarenta y cinco miembros titulares como
mínimo, y de treinta suplentes, elegidos directamente por el pueblo en una sola
circunscripción nacional. La ley podrá
acrecentar la cantidad de Senadores conforme con el aumento de los electores.
Para
ser electo Senador titular o suplente se requiere la nacionalidad paraguaya
natural y el haber cumplido treinta y cinco años.
Artículo 219.- DE LAS ATRIBUCIONES EXCLUSIVAS DE LA CAMARA
DE SENADORES.
Son
atribuciones exclusivas de la Cámara de Senadores:
1)Iniciar
la consideración de los proyectos de ley relativos a la aprobación de tratados
o de acuerdo internacionales;
2)Prestar
acuerdo para los ascensos militares y de la Policía Nacional, desde el grado de
Coronel del Ejército o su equivalente en las otras armas y servicios;
3)Prestar
acuerdo para la designación de los embajadores y ministros plenipotenciarios en
el exterior;
4)Proponer
a la Cámara de Diputados la designación...
5)Designar
a...
6)Autorizar
el envío de misiones militares paraguayas permanentes al exterior y la admisión
de extranjeras al país, y;
7)las
demás atribuciones exclusivas que fije esta Constitución.
8)Prestar
acuerdo para la designación del Presidente y los Directores del Banco Central
del Paraguay.
9)Prestar
acuerdo para la designación de los Directores Paraguayos de los entes
binacionales.
OBSERVACION: los incisos 2 y 6 girados a Comisión de
Estilo, para su mejor redacción.
Los
incisos 4 y 5 fueron aprobados Ad referéndum.
Se
levanta la sesión siendo la hora 18:40.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Está
a consideración de la Convención el sumario de acta que ha leído la ciudadana
Secretaría. Si no hay objeción, vamos a
darlo por aprobado.
Queda
aprobado el sumario de acta.
APROBADO.
El
ciudadano Secretario va a leer los asuntos entrados.
CIUDADANO CONVENCIONAL
...: Ciudadano
Presidente: si usted me permite un
segundito.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: ¿Quién
pide la palabra, por favor?
CIUDADANO CONVENCIONAL
...: Insaurralde,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Insaurralde.
CIUDADANO CONVENCIONAL
INSAURRALDE: Ciudadano
Presidente, ciudadanos Convencionales:
al aprobar el acta de la sesión anterior, quisiera hacer sentar en dicha
acta, ciudadano Presidente, en representación del Chaco paraguayo, nuestro
orgullo, nuestra satisfacción por el hecho que hoy estamos dejando ante la
historia de nuestro país, luego de que varios prohombres de nuestra historia,
de nuestro país, han luchado para que el Chaco paraguayo realmente sea de
nuestro país y no de Bolivia. Hoy es la
continuación de aquel hecho histórico, ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales, al integrar definitivamente al Chaco en un proceso de un nuevo
Paraguay que no tiene precedente en nuestro país. Mis sinceros agradecimientos para todos los
Convencionales por este hecho histórico que le estamos dando al Chaco
paraguayo. Muchas gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy
bien, ciudadanos Convencionales. Lo que
está en consideración es el acta. No
tomamos nota de las expresiones del ciudadano Convencional Insaurralde.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Chilavert, para referirse al acta.
CIUDADANO CONVENCIONAL
CHILAVERT: Gracias,
ciudadano Presidente. También quería
hacer no referencia al acta. Por eso, al
término de la lectura del ciudadano Secretario, si me puede conceder, yo quiero
plantear otra cosa.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Se
tendrá presente, ciudadano.
El
ciudadano Secretario va a leer los asuntos entrados.
CIUDADANO SECRETARIO: Gracias. Sí.
Han solicitado por el día de hoy permiso los siguientes
Convencionales:
Por
el término de dos horas, el ciudadano Convencional Rodrigo Campos Cervera.
Entre
las 9:00 y las 11:00, el ciudadano Convencional Juan Héctor Mongelós.
El
ciudadano Convencional Abrahán Esteche, por los días miércoles 27 y jueves 28.
El
ciudadano Convencional Herminio Ruíz Díaz, por todo el día de hoy.
También
por todo el día de hoy, el ciudadano Convencional Gustavo Samaniego González.
El
ciudadano Convencional Osvaldo Tomás Rodríguez, pide también permiso por el día
de hoy, pero en horas de la mañana solamente.
El
ciudadano Convencional Peter Holder Kennedy, pide permiso por todo el día.
El
ciudadano Convencional Perfecto Ruíz Díaz, por las horas de la mañana del día
de hoy.
El
ciudadano Convencional Francisco Alvarenga, por todo el día de hoy.
La
ciudadana Convencional Cirila Cabral Vda. de Alcaraz, por el día de hoy, en
horas de la mañana.
El
ciudadano Convencional Cosme Miltos, por todo el día de hoy.
El
ciudadano Convencional Julio César Vasconsellos, por el resto del período y
figura acá, que corresponde que asuma el Convencional suplente Agustín Pio
Ramírez, a quien se lo está buscando porque vive en Kuruguaty.
También
el ciudadano Convencional Héctor Capurro pide permiso por el día de hoy en
horas repartidas de la mañana y la tarde.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Están
a consideración los pedidos de permiso, casi todos ellos, diríamos, de rutina,
porque son por cortos períodos. En el
caso del ciudadano Convencional Julio César Vasconsellos, sí, corresponde la
incorporación del Convencional suplente, el ciudadano Agustín Pío Ramírez, al
que invitaremos a incorporarse en cuanto se haga presente en el recinto.
Ahora
cedo la palabra al ciudadano Convencional Lino Chilavert, como lo había pedido
con anticipación.
CIUDADANO CONVENCIONAL LINO
CHILAVERT: Gracias,
ciudadano Presidente. Ciudadanos
Convencionales: quiero traer hasta el
seno de esta Magna Convención, un pedido muy especial. Si pudiera esta Magna Convención interceder
ante el Gobierno Central y tratar de conseguir algún paliativo a nuestros
hermanos campesinos que están atravesando momentos críticos. Porque hay un enorme desfasaje en el cultivo
y acopio del algodón y otros productos que ha dejado páuperizado y con muchas
cuentas a agricultores. En ese sentido,
quiero proponer a esta Magna Convención si cabe interceder ante el Gobierno
Central, por aquello de que en este momento sabemos están faenando sus bueyes,
están vendiendo lo que está a su alcance para tratar de cubrir sus
cuentas. Entendemos que el campesinado
cada vez más en esta forma seguirá pauperizándose, y ante esta crisis y la
calamidad que vive el país, que son cosas naturales, propongo a esta magna
Convención, si cabe, interceder ante el Gobierno Central, a ver si se puede
conseguir el replanteamiento de los créditos y algunos créditos blandos que
puedan paliar una situación critica que están atravesando nuestros hermanos
campesinos. Muchas gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN EL
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy
bien, cedo la palabra al ciudadano Convencional Carlos Podestá sobre este tema,
y después vamos a entrar en el articulado.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
PODESTA: Gracias, ciudadano
Presidente. La intensión manifestada por
el Convencional preopinante, es laudable.
Quiero recordar que, ya en una ocasión anterior, un grupo de
Convencionales se había interesado en el problema planteado por la baja
cotización del algodón cuando se anunciaba el inicio de las cosechas. Esa gestión fue una de las tantas que
seguramente contribuyeron a que el Gobierno Nacional haya tomado la disposición
de apoyar con un subsidio los precios básicos de la fibra.
En
vista de que esta Constitución no tiene atribuciones para encarar formalmente
el tema planteado. me permito sugerir que una delegación interbancadas se
constituya ante las autoridades del Congreso Nacional y expongan esta
inquietud, que, seguramente, ha de recibir la debida atención de los miembros
del Congreso Nacional. Gracias,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Gracias,
ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Benjamín Fernández Bogado.
CIUDADANO CONVENCIONAL BENJAMIN
FERNANDEZ BOGADO: Ciudadano
Presidente, honorables Convencionales:
simplemente quisiera, al iniciar esta deliberación del día de hoy, se
reflexionara sobre el tenor de una carta enviada por el Rector de la
Universidad Católica, a unos diez Convencionales, sobre el Artículo 4, que
fuera aprobado y en cierta manera sugiriendo de parte de la rectoría de la
Universidad Católica que estas personas abandonaran sus cátedras debido a la
forma en que han votado dicho artículo.
Creemos que esta Convención tiene que dar un planteamiento, tiene que
establecer un punto de vista sobre eso.
Quiero sugerir que el ciudadano Luis Alfonso Resck, un católico de
permanente tarea en la difusión de este credo, sea la persona encargada de dar
una posición de esta Convención Nacional Constituyente sobre esa carta, cuyo
tenor resulta ser bastante agraviante en dichos términos. Si el ciudadano Presidente no considera
inoportuno, sugeriría que el ciudadano Luis Alfonso Resck, se encargara del
mismo.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Gracias,
ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Félix Fernández Estigarribia.
CIUDADANO CONVENCIONAL FELIX
FERNANDEZ ESTIGARRIBIA: Ciudadano
Presidente: con respecto a todas las
últimas intervenciones, creo que todas tienen un alto grado de importancia;
pero nosotros tenemos una misión específica en esta Constituyente, la cual es redactar
la Constitución Nacional. Sobre todo, me
voy referir a la última intervención del apreciado colega, el ciudadano
Constituyente Benjamín Fernández Bogado, que él sabe, que yo estoy incurso en
la situación que él menciona.
Ciudadano
Presidente: al respecto me parece que
esta Convención es la más alta Magistratura de la República. Nosotros fuimos votados por la ciudadanía
paraguaya, y en función de ese legítimo mandato estamos sentados en esta sala. Por encima nuestro no existe ninguna
autoridad salvo Dios nuestro señor, para los que somos creyentes. Por lo tanto, ciudadano Presidente,
referirnos en esta Convención a actos pequeños de instituciones mucho más
pequeñas es absolutamente contrario a nuestra alta situación y a nuestra
responsabilidad como ciudadanos que forjan el futuro de la República. Por esos simples acontecimientos, yo propongo
que esta Convención continúe sus deliberaciones sin tratar ese punto. Y a los que somos católicos, rezar por las
autoridades de la Universidad Católica. Gracias, ciudadano Convencional.
APLAUSOS...
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Ciudadanos
Convencionales: antes de dar la palabra
al ciudadano Convencional Luis Alfonso Resck, quiero señalar la posibilidad de
que todas estas cosas, que en realidad no están dentro de nuestra competencia
directa, pasen a la Comisión de Poderes y Reglamentos. Pero cedo la palabra al ciudadano
Convencional Resck y después al ciudadano Convencional Dionisio Zárate.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
ALFONSO RESCK: Gracias,
ciudadano Presidente. Honorables
Convencionales: como he sido muy
generosamente aludido, le ruego me dispense un segundo la Presidencia. Totalmente conteste con la inquietud aquí
prevaleciente, imaginaos vosotros, fui el que enarboló esa bandera del derecho
a la vida. Sin embargo, paradójicamente
fui el más indignado por esa carta.
Incluso, ciudadano Presidente, en el panel de los líderes ya el
distinguido ciudadano Convencional Fernández me había formulado esa pregunta, y
creo que a la sazón le respondí categóricamente esa indignación por la
torpeza. Ahora me ratifico, precisamente
porque creo que ello no solamente es injusto, sino que es improcedente e
inoportuno.
Y
termino diciendo que, a raíz de ello, sin que nadie me sugiriera, ayer invité
al ciudadano Presidente de la Constituyente y a otros líderes para integrar una
delegación y llevar esta inquietud ante la Conferencia. La Conferencia me contestó que esta tarde
querría recibirnos a los efectos, precisamente, de formular nuestra protesta y
manifestarle nuestra inquietud. Muchas
gracias, muy amable.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL
...: Moción de orden,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PALABRA: Ciudadanos
Convencionales: aquí hay moción de orden
de Alirio Ugarte Díaz.
CIUDADANO CONVENCIONAL ALIRIO
UGARTE DIAZ: Sí. Ciudadano Presidente: que entremos directamente a tratar el orden
del día y a considerar el Artículo 220.
Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Ciudadanos
Convencionales: es moción prácticamente
de cierre de debate. En consecuencia la
misma admite a los líderes de bancadas expresar su opinión y después la
votamos.
Doy
la palabra a los ciudadanos lideres de las bancadas acá presentes.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Gracias, ciudadano
Presidente. Considero muy laudables las
inquietudes aquí expresadas. Pero,
efectivamente, nos apartan de nuestro cometido específico, y a mí me preocupa
lo siguiente, ciudadano Presidente: sí
esta Constituyente empieza a manifestar inquietudes por este o aquel otro
aspecto de la administración del país, o de las actividades que cumplen
distintas universidades o cualquier otro tipo de centro, o lo que fuere, a la
recíproca también, esta gente tiene todo el derecho del mundo de venir a
formular planteamientos que no siempre son atendibles.
Por
eso es que, velando por la independencia de este alto Cuerpo, y como que no
fuimos electos para tales cosas, independientemente de cualquier declaración
que pudiera formularse, o alguna gestión meramente conciliatoria y extra
reglamentaria, creo que esta cuestión no da para más, ciudadano Presidente,
razón por la cual tomando nota de las inquietudes de los distinguidos
Convencionales que me precedieron en el uso de la palabra, yo me adhiero a la
propuesta del Convencional Alirio Ugarte Díaz.
Muchas gracias.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Ciudadano
Presidente: el ciudadano Convencional
Fernández Estigarribia ya ha expresado su opinión.
Tiene
el uso de la palabra el Ciudadano Convencional Emilio Camacho.
CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO
CAMACHO: Sí.
Ciudadano Presidente: en los
mismo términos que el preopinante, ciudadano Presidente, creo que estos temas
no están a la altura de una Convención.
Pero
brevemente quisiera recordar que particularmente no aceptamos ninguna intermediación
nosotros por nuestra actitudes tomadas aquí como ciudadanos. No aceptamos ninguna intermediación, ni
pedimos intermediación alguna, lo hacemos a plena conciencia y no requerimos
este tipo de actitudes. Muchas gracias,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: El
ciudadano Convencional Euclides Acevedo no está presente.
Tiene
el uso de la palabra el Ciudadano Convencional Luis Alfonso Resck.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
ALFONSO RESCK: Sí,
ciudadano Presidente. Lo hago a título
personal y nadie puede negarme el derecho de actuar en tal carácter con el
ciudadano Manuel Benítez Florentín y otros.
Lo hacemos a título personal, no bajo ninguna presión, simplemente
porque somos coherentes con una posición de principios, ni representamos a la
Constituyente. Así que yo me ratifico en
esta postura. Muchas gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Si
no hay inconveniente, si no hay oposición, entonces, entramos al tratamiento
directo del Orden del Día. El Artículo
220 del proyecto.
Lo
va a leer el ciudadano Secretario. Hay
dos textos propuestos.
CIUDADANO
SECRETARIO: Propuesta
del Artículo 220.
Propuesta N°
1, del Proyecto Base. Capítulo II del Poder Ejecutivo. Sección I.
Del Presidente de la República y del Vicepresidente. Artículo 220. De la Composición. "El Poder
Ejecutivo es ejercido por el Presidente de la República".
Propuesta N°
2 ,
de los Convencionales Eusebio Ramón Ayala y Luis Lezcano Claude. Artículo
220. Composición del Poder Ejecutivo.
"El Poder Ejecutivo está compuesto por el Presidente de la República, el
Vicepresidente y los Ministros".
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Se
ofrece el uso de la palabra al Presidente de la Comisión Redactora para
fundamentar el Proyecto Base. Y luego a
los otros proyectistas.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente: el proyecto de la Comisión Redactora, desde luego,
es sumamente claro; se sigue con ello la tradición presidencialista por la cual
se ha optado en la Comisión Redactora.
De
ahí entonces, ciudadano Presidente, que incluir una modificación como la
propuesta, implicaría un trastrocamiento de todo el orden de este capítulo,
sentado en la Comisión Redactora, puesto que, si el Presidente de la República
puede por sí sólo nombrar y remover a sus Ministros, no se entiende cómo éstos,
formando parte de un Poder van ser desplazados por este acto exclusivo del
Presidente de la República, con lo cual se llega a dos conclusiones: una, o el Presidente tiene la más amplia
libertad de elegir su gabinete y designar los funcionarios superiores de la
administración, o estamos estableciendo una suerte de Gobierno de Gabinete,
casi, en el cual el Presidente de la República, para poder remover a sus
Ministros, como que estos forman parte
del Poder Ejecutivo, tendrían que ser sometidos a algún tipo especial de
procedimiento que no tenemos previsto en el texto constitucional.
No
obstante ello, ciudadano Presidente, como posición personal me hubiera gustado
a mí una responsabilidad compartida y colectiva, pero el criterio de la
Comisión Redactora ha sido el que he dejado expuesto.
De
ahí entonces que, sin perjuicio de abundar en más razones más adelante, me
gustaría conocer cuáles son las razones que han movido a los mocionantes de
esta propuesta alternativa, puesto que desconozco los fundamentos y, en virtud
de ello, no puedo referirme al planeamiento.
En
cualquiera de los casos, dejo sentado:
la Comisión Redactora ha optado por un sistema Presidencialista y en
virtud de ello tendríamos que alterar totalmente este capítulo si es que vamos
a optar por una alternativa diferente.
Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy
bien, ciudadano Convencional.
El
ciudadano Convencional Eusebio Ramón Ayala, como proyectista, tiene el uso de la palabra.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA: Ciudadano
Presidente, Ciudadano Convencionales:
como primer punto, tengo que aclarar que si este artículo alternativo
fuese aprobado no sería necesario introducir ninguna modificación en el texto
del Poder Ejecutivo, absolutamente.
Si
los Convencionales tienen en cuenta y tienen el proyecto a mano, van a leer que
este Artículo 220, dice:
"Composición del Poder Ejecutivo.
Después habla del Presidente de la República y seguidamente habla del Vicepresidente
de la República. Y habla también de los
Ministros, es decir, lo que nosotros queremos decir con este artículo es que el
Poder Ejecutivo está compuesto por el Presidente de la República, el
Vicepresidente y los Ministros. Es una
simple descripción de cuál es la composición del Poder Ejecutivo".
La
misma cosa ocurre cuando se dice por ejemplo, que el Parlamento está compuesto
por la Cámara de Diputados y por la Cámara de Senadores.
En
igual sentido, también se dice al hablar del Poder Judicial: "que el Poder Judicial esta compuesto
por la Corte Suprema de Justicia, por el Consejo de la Magistratura, por el
Tribunal Electoral y por los demás Juzgado y Tribunales que cree la ley".
Es
decir, ciudadanos, no se altera absolutamente nada, y me parece que es una
cuestión de coherencia intelectual y, sobre todo, sistemática y real. En ese sentido, decir quienes son los que
componen el Poder Ejecutivo.
Y,
les puedo preguntar, cómo nos vamos a referir al Vicepresidente de la
República; en qué órgano está el Vicepresidente de la República, ¿en qué
órgano? Obviamente está dentro del Poder
Ejecutivo, no esta fuera del Poder Ejecutivo.
Los Jueces dentro de qué órgano están, aunque no esté en la Corte, están
dentro del Poder Judicial, es una cuestión de absoluta lógica. Es la composición, es decir, absolutamente
nada se va a cambiar.
Segundo: nada tiene que ver y absolutamente nada tiene
que ver con la designación de los Ministros y de los demás funcionarios. El Presidente de la República y el
Vicepresidente son electos por el voto popular.
Los Ministros son electos por el Presidente de la República. El sólo hecho de que nosotros digamos acá que
el Poder Ejecutivo está compuesto también por los Ministros, eso no implica
borrar ese artículo que dice: "De
la forma de designación de los Ministros".
Absolutamente, no altera para nada.
Además,
ciudadano Presidente, el Artículo 220 se quiere relacionar con la idea
de la función ¿quién ejerce tal cosa? El
Artículo 220 de la Comisión Redactora dice: "El Poder Ejecutivo ejerce el Presidente
de la República", y eso es falso, él asume, él es el responsable, uno de
los responsables del Poder Ejecutivo, pero no es el único. El Vicepresidente tiene atribuciones
exclusivas, mínimas, pero tiene atribuciones exclusivas. Y los Ministros colaboran y son solidariamente
responsable con el Presidente de la República, y además se forma un Consejo de
Ministros en donde también colabora.
Ciudadanos Convencionales: es una
acto de realismo, es un acto de sistematización intelectual que hay que poner,
que está compuesto por los órganos que componen.
¿Cómo
vamos a referirnos a los Ministros? El
lenguaje común nos dice, la sabiduría popular nos dice: "los Ministros del Poder Ejecutivo. El Vicepresidente integra el Poder
Ejecutivo".
Además,
creo que no se ha cambiado absolutamente nada con esta redacción, lo único que
se quiere dar es, describir cuál es la composición del Poder Ejecutivo. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Antes de dar la palabra al primero de los inscriptos,
el ciudadano Convencional Alirio Ugarte Díaz, voy a leer la lista de los
inscriptos. Están inscriptos los
ciudadanos Convencionales Alirio Ugarte Díaz, Isidro Melgarejo Pereira, Luis
Lezcano Claude, Evelio Fernández, Rodrigo Campos Cervera, Federico Callizo,
Esteban Caballero, Tadeo Zarratea, Bernardino Cano Radil, Ricardo Franco
Lancetta y Domingo Delvalle.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Alirio Ugarte Díaz.
CIUDADANO CONVENCIONAL ALIRIO
UGARTE DIAZ: Es
al sólo efecto de que la Comisión de Estilo tome nota, para el caso de que la
propuesta básica sea aprobada, y que a mi criterio el título no coincide con el
texto del artículo mismo. O sea que en
vez de decir "De la Composición" debiera decir "Del
Ejercicio". Gracias.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Isidro Melgarejo Pereira.
CIUDADANO CONVENCIONAL ISIDRO
MELGAREJO PEREIRA: Gracias,
ciudadano Presidente. Es para referirme
a que esta propuesta que se incorpora como alternativa al Proyecto Base implica
en su concepto la existencia de la composición de un Poder Ejecutivo
corporativo o colegiado.
Tal
como ya explicó el Presidente de la Comisión, los Ministros son directamente
empleados de confianza del Presidente, y
no tienen, en su carácter de Secretarios de Estado, el origen de su designación
no es por el voto popular. De manera que
pueden ser nombrados y cambiados en cualquier momento; es una primera situación
de diferencia que existe con la figura del representante del Poder Ejecutivo.
Por
otro lado, ese carácter electivo del Presidente, significa el cumplimiento de
un mandato delegado del pueblo, es una representación que se hace en una sala
persona como Jefe de Estado y por esa razón se le da una serie de atribuciones
especiales que están establecidos a lo largo de los artículos que vamos a ir
considerando.
Con
respecto a la figura del Vicepresidente, este señor, a pesar de tener
específicamente establecidas sus atribuciones, son todas delegadas, no tiene
atribuciones por sí mismo; vamos a ver que en el artículo siguiente, es para
ocupar la Presidencia en caso de impedimento, ausencia temporal o vacancia
definitiva.
Y
en el Artículo 233, en 3 incisos se está estableciendo sus atribuciones, y
todas ellas son de delegación. En el
inciso 1° lo sustituye al
Presidente en los casos previstos. En el
inciso 2° por designación del
Presidente, puede representarlo nacional o internacionalmente y también la
última eventualidad de participar o no en las deliberaciones del Consejo de
Ministros y un trabajo de coordinación.
Quiere
decir, entonces, que es netamente subordinado a la figura del Jefe del
Ejecutivo este Vicepresidente.
Ahora
bien, esta teoría del mandato del pueblo, de esta representación, es más fácil
todavía de comprenderlo cuando vamos al campo internacional. La representación de un Estado lo hace
solamente una persona, va en representación de un país en una reunión de
Presidentes, no va un Cuerpo Colegiado con Vicepresidente o con Ministro. Y esta figura de la representación ha sido
largamente debatida en el seno de la Comisión Redactora para concluir por
ratificar este Artículo 220 que inicia el capítulo del Poder Ejecutivo; en el
Artículo 232, inciso 1°,
cuando se habla de "los Deberes y Atribuciones del Presidente de la
República", cuando dice en su inciso 1°;
representar al Estado, o sea, que él representa por sí mismo al Estado
paraguayo. Entonces ¿qué pasa? No podemos disminuir la figura del Presidente
con dos elementos que no tienen la misma categoría y la misma identidad que
nosotros hemos tratado de establecer en la figura del Jefe del Ejecutivo
Nacional.
Por
estas breves razones, entiendo que debemos apoyar el Proyecto Base tal cual ha sido
despachado de la Comisión Redactora.
Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy
bien, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Luis Lezcano Claude,
co-proyectista.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
LEZCANO CLAUDE: Ciudadano
Presidente, ciudadanos Convencionales:
el artículo que proponemos como alternativa, lo hacemos porque se trata
de una propuesta en que se define mejor la composición del Poder Ejecutivo, es
decir, se define esta composición en una forma más completa.
Ya
se ha dicho que este Poder no sólo lo ejerce el Presidente de la República sino
también el Vicepresidente y los Ministros.
Lo que se busca, fundamentalmente, es determinar la ubicación de estos funcionarios;
del Presidente, del Vicepresidente y los Ministros dentro de la organización
institucional que estamos creando. De lo
contrario parecería que queda suspendido en el espacio sin pertenecer a ninguno
de los Poderes.
Uno
de los motivos es determinar claramente que forman parte del Poder
Ejecutivo. Se trata de un artículo
meramente descriptivo. Esto no significa
que, tanto el Presidente como el Vicepresidente y los Ministros, tengan sus
atribuciones específica como está indicado en el proyecto de la Comisión
Redactora. El Presidente sigue teniendo
las atribuciones que están indicada, lo mismo el Vicepresidente y también los
Ministros.
El
hecho de que se incluya a los tres como componente del Poder Ejecutivo no
altera en lo más mínimo el carácter que pueda ejercer el Presidente de la
República como representante del Estado, no tiene ninguna vinculación y no
significa un menoscabo
a esta facultad. Tampoco influye en cuanto a la facultad del
Presidente de nombrar y remover por sí a los Ministros, porque, como digo, se
mantienen claramente las atribuciones específicas del Presidente, del
Vicepresidente y de los Ministros.
Tampoco altera el Presidencialismo, ni hay necesidad de modificar en
nada el resto del texto que corresponde al Poder Ejecutivo, por lo meno digo, como consecuencia de este
artículo que estamos proponiendo.
No
se trata de crear un Ejecutivo colegiado en sentido estricto; porque se puede
hablar de un Cuerpo Colegiado cuando los miembros que lo integran se encuentran
en una situación de igualdad, lo cual no ocurre como acabo de explicar. Y también cuando los miembros ejercen las
mismas atribuciones, lo cual tampoco ocurre de acuerdo con esta propuesta. Un Cuerpo Colegiado es, por ejemplo, esta
Convención Nacional Constituyente en que todos sus miembros son, desde el punto
de vista jurídico, iguales y ejercen las misma atribuciones. Por eso, en sentido estricto, no se puede
hablar de que con el artículo que proponemos vamos a tener un Ejecutivo
Colegiado.
Ya
se ha dicho que, con relación a otros poderes, también se hace esta misma
descripción, como por ejemplo en el caso del Artículo 241 que se refiere al
Poder Judicial; allí se dice que "El Poder Judicial es ejercido por la
Corte Suprema de Justicia, por los Tribunales y Juzgados". Eso no significa que estos tres órganos
tengan las mismas atribuciones, ni que formen un Cuerpo Colegiado en conjunto,
de manera que esta afirmación de que se trata de un Cuerpo Colegiado no
corresponde.
No
es tampoco, como se ha dicho, un gobierno, convertir al Poder Ejecutivo en un
Gobierno de Gabinete, es decir, en un sistema Parlamentario, porque ya he
señalado que el Presidente conserva perfectamente la atribución de remover a
los Ministros.
En
cierto modo, quizás sería una transición al parlametarismo, una limitación al
Presidente en el sentido fundamentalmente en un sentido, en una forma que tenga
más que nada un efecto psicológico de no dar a este Poder Ejecutivo una imagen
de unipersonalidad. No debemos mantener
ningún poder que pueda identificarse con una persona sola, ninguno de los otros
Poderes, ni el Poder Legislativo, ni el Poder Judicial se identifican con una
sola persona. Debemos acabar con los
únicos líderes, la posibilidad de que el Presidente de la República se
identifique con el Poder Ejecutivo.
Con
el texto que viene de Comisión, Presidente de la República es sinónimo de Poder
Ejecutivo; cuando se dice Poder Ejecutivo, de acuerdo con el texto de Comisión,
se dice Presidente de la República.
Debemos tratar de evitar que cualquier Poder que estamos creando pueda
identificarse con una sola persona.
Además la inclusión indica la exacta composición de este Poder.
Lo
que señalo, tiene su apoyo en numerosas Constituciones. Voy a mencionar algunas de ellas. Por ejemplo, la Constitución de Bolivia dice:
"El Poder ejecutivo se ejerce por el Presidente de la República
conjuntamente con los Ministros de Estado".
La
Constitución de Venezuela dice: "El
Poder Ejecutivo se ejerce por el Presidente de la República y los demás funcionarios
que determinen esta Constitución y las leyes".
Costa
Rica: "El Poder Ejecutivo lo
ejercen el Presidente de la República y los Ministros de Gobierno".
Panamá: "El Organo Ejecutivo está constituido por
el Presidente de la República y los Ministros de Estado".
Guatemala: "El Presidente y Vicepresidente de la
República, Ministros y Viceministros de Estado y funcionarios dependientes
integran el Organismo Ejecutivo".
Uruguay: "El Poder Ejecutivo será ejercido por el
Presidente de la República, actuando con el Ministro o Ministros respectivos o
con el Consejo de Ministros".
En
todas estas constituciones, como se ve, se establece que el Poder Ejecutivo no
se identifica exclusivamente con el Presidente de la República.
El
Proyecto de Comisión sostiene la postura tradicional, es cierto, la que se ha
venido sosteniendo en todos los textos constitucionales paraguayo hasta el que
está en vigencia. Pero esta posición que
estamos señalando es la que se adopta en los textos más recientes. Por esa razón creo que debemos optar por la
alternativa, porque si bien, con lo que llevamos aprobado de la Constitución,
ya nadie podrá decir "el Estado soy yo", pero sin embargo con este
artículo que no viene de Comisión, el Presidente puede decir, "el Poder
Ejecutivo soy yo".
Por
esa razón, solicito a los ciudadanos Convencionales el apoyo a la Moción N°
2. Muchas gracias, nada más.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy
bien, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Evelio Fernández Arévalos.
CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO
FERNANDEZ AREVALOS: Gracias,
ciudadano Presidente.
Apoyo
el proyecto de la Comisión, fundado en razones
históricas, sistemáticas y doctrinarias.
En
razones históricas, porque la propuesta de la Comisión Redactora es la misma
que establecieron todas las Constituciones que rigieron en el Paraguay a la
fecha.
Por
razones sistemáticas apoyo la propuesta de la Comisión Redactora en razón de
que, tal como lo ha reconocido un preopinante, en la propuesta alternativa se
mezclan dos sistemas diferentes, y se ha dicho que se pretende una suerte de
transición a otro sistema.
Creo
que tenemos que ser claros, estamos postulando un sistema presidencialista, el
que, por oposición al sistema parlamentario, reúne en una misma persona las
calidades de Jefe del Estado y Jefe del Gobierno. En el sistema Parlamentario el Jefe del
Estado es irresponsable políticamente y es distinto al Gobierno que está
constituido por un Gabinete. Un Gabinete
integrado por un primer Ministro y los Ministros. Si nosotros vamos a conservar el sistema
Presidencialista, es conveniente que, de acuerdo con una sistemática franca, se
establezca claramente que la jefatura del Estado y del Gobierno radican en una
misma persona.
Sostengo
también la tesis de la Comisión Redactora por consideraciones
doctrinarias. Todos los Poderes del
Estado pueden ser vistos y analizados desde dos perspectivas diferentes: como órgano-institución,
y como órgano-persona.
Así,
el Parlamento, el Congreso, mirado desde el punto de vista del
órgano-institución, está integrado por la Cámara de Diputados y la Cámara de
Senadores. Y desde el punto de vista de
órgano persona, está integrado por Diputados y Senadores.
El
Poder Judicial, desde el punto de vista de órgano-institución, está integrado
por la Suprema Corte de Justicia, los Tribunales y Juzgados; y desde el punto
de vista del órgano-persona, está integrado por los Ministros de la Corte
Suprema de Justicia y por Jueces. Así
también, el Poder Ejecutivo es el órgano-institución, en tanto que el
órgano-persona, es el Presidente de la República en un régimen
Presidencialista.
De
manera que, doctrinariamente, no cabe esa mixtura que propone la tesis
alternativa.
Por
último, quería significar que desde el punto de vista doctrinario, se considera
a la Vicepresidencia de la República y a los Ministros, como órganos
extra-Poderes: así lo califica la
doctrina. No tiene ningún sentido, al
referirse a un Poder del Estado, mencionar a todos sus integrantes. Si ese
fuera el caso, referente al Parlamento tendría que mencionarse los Secretarios,
el Girador, los empleados, etc., etc. Si
ese fuera el caso, tendría que mencionarse en la órbita del Poder Ejecutivo, a
la administración pública, los Directores de Departamentos, Vice-Ministros,
etc.
El
hecho de que el órgano-institución, involucra a otras dependencias
subordinadas, de ninguna manera viene a constituir la esencia de ese órgano-institución. Por consiguiente, y a fin de no mezclar
instituciones y sistemas que son totalmente diferentes, es conveniente seguir
el consejo de la Comisión Redactora. Nada
más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy bien, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Rodrigo Campos Cervera. Antes de comenzar el ciudadano Convencional,
voy a leer la lista de los que están inscriptos, a fin de que se preparen o
estén presentes. Después del Convencional Rodrigo Campos Cervera, figuran los
ciudadanos Convencionales Federico Callizo, Esteban Caballero, Tadeo Zarratea,
Bernardino Cano Radil, Franco Lanceta, Delvalle, Morínigo y Oscar Paciello.
Adelante,
ciudadano Convencional Rodrigo Campos Cervera.
CIUDADANO CONVENCIONAL RODRIGO
CAMPOS CERVERA:
Gracias, ciudadano Presidente.
Los distintos preopinantes que apoyan el texto de la Comisión Base, al
que también adhiero, me exoneran de abundar en las mismas consideraciones,
salvo, ciudadano Presidente, dejar perfectamente aclarado que, por lo menos
dentro de la Comisión Redactora, ha sido unánime el criterio de reafirmar el
carácter o la forma de Gobierno Presidencialista, que tiene como pilares
fundamentales, el carácter monista del Ejecutivo, el carácter electivo del
mismo, y por otra parte la facultad irrestricta de nombrar y remover a sus
ministros.
Estos
tres principios serían en alguna forma lesionados por la propuesta que arriman
algunos Convencionales. El carácter
monista desaparecería, por cuanto que la composición consiste, de acuerdo con
lo que establece el diccionario:
"formar de varias cosas una".
Tampoco
el carácter electivo del Poder Ejecutivo se mantendría incólume, por cuanto que
lo integrarían personas que no tienen ese carácter. Y también en cuanto al
nombramiento y remoción de los Ministros, se haría verdaderamente difícil,
porque quienes integran en un mismo grado un Poder, puedan ser removidos por
alguien que lo integra en un nivel similar.
En
los demás Poderes, donde se dice de que el Poder Judicial estará integrado por
la Corte Suprema y los Juzgados. Ello no
da, ni faculta a la Corte Suprema como Organo Superior a remover a los demás
jueces a su voluntad.
Lo
mismo ocurre con relación a la integración, o a la composición del
Congreso. Cada uno de los congresistas,
es par, y tiene idénticos derechos y atribuciones que los demás.
Esta
propuesta, como se ha dicho, consideraría una suerte de mixtura o almodrete, que
no facilitaría el manejo de uno de los Poderes de nuestra organización, de la
parte orgánica de nuestra Constitución.
No introduciría a mi juicio ninguna ventaja, sino crearía confusiones
que debiéramos evitar inicialmente, con propuestas que no ofrezcan, sino
trasparencia y claridad en los conceptos doctrinarios y de propio manejo
conceptual.
Es
por ello, ciudadano Presidente, que manifiesto mi adhesión a la Propuesta Base
de la Comisión Redactora. Gracias,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy bien. Ciudadanos Convencionales. Hemos leído dos veces la lista de inscriptos,
la misma no ha aumentado. Si no tienen
inconveniente vamos a declarar cerrada la lista de oradores, salvo que alguno
pida la palabra.
Queda
cerrada la lista de oradores.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Federico Callizo.
CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO
CALLIZO: Ciudadano Presidente: voy a ser muy breve, porque quienes me
antecedieron en el uso de la palabra defendiendo la redacción del Artículo 220
tal como viene de Comisión, me van a relevar en gran medida, de insistir sobre
los mismos argumentos.
Pero,
con referencia a dos puntos, voy a hacer alguna pequeña y corta
consideración. En primer lugar creo que
la confusión viene del título, que no ha sido modificado por la Comisión de
Estilo, que hace referencia a la composición.
Me parece que aquí tendría que buscarse una
frase más feliz, tal como lo dijo un preopinante, "Del Ejercicio"; o
poner simplemente "el Poder Ejecutivo", por un lado.
Por
otro lado, ciudadano Presidente, quiero hacer referencia a lo que algunos
preopinantes han señalado con respecto al Poder Judicial, queriendo comparar la
estructura del Poder Judicial con la estructura del Poder Ejecutivo, en tanto
en cuanto se acogiera la segunda propuesta del Artículo 220.
El
Poder Judicial no tiene una composición vertical como es la del Poder
Ejecutivo. Cada Juez, en el Poder
Judicial, tiene su propia autonomía; solamente la Corte Suprema ejerce un Poder
de Superintendencia, pero, de ninguna manera, la Corte Suprema puede influir,
de ninguna forma, en las resoluciones que pueda tomar un Juez, por muy inferior
que sea a los de la Corte, a la composición de la Corte Suprema.
Por
eso creo que el ejemplo no es válido, ciudadano Presidente y, por el contrario,
creo que, al no ser válido el ejemplo, le estamos dando el carácter
independiente que necesita tener el Poder Judicial.
Por
eso, ciudadano Presidente, quiero dar mi voto por anticipado, a la redacción
del Artículo 220, tal como viene de la Comisión Redactora. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muchas gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Esteban Caballero.
CIUDADANO CONVENCIONAL ESTEBAN
CABALLERO:
Gracias, ciudadano Presidente. Ya
se han expresado mis argumentos.
Declino.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Tadeo Zarratea.
CIUDADANO CONVENCIONAL TADEO
ZARRATEA: Gracias, ciudadano Presidente. Es evidente que los cuatro miembros de la
Comisión Redactora que acaban de preopinar tienen su línea de pensamiento, una
línea bastante unificada, en cuanto al carácter monista del Poder Ejecutivo,
ciudadano Presidente. No obstante, sigo
en la línea señalada por el ciudadano Convencional Luis Lezcano Claude, y
quiero apoyar esta moción N°
2, porque me parece mucho más realista.
Tengo
entendido que aquí se está transformando el Poder Ejecutivo Unipersonal en un
Poder Ejecutivo que, sin pasar a ser plural, sin embargo pierde su carácter de
unipersonalidad en cierto sentido. No en
el sentido estricto de la institución, en el sentido de producirse las leyes o
la toma de resoluciones que debe hacer
el Poder Ejecutivo, sino en el sentido de la participación de otras personas en
el quehacer del Poder Ejecutivo.
Estamos
creando en artículos posteriores, ciudadano Presidente, la figura del
Vicepresidente de la República, y esta persona, que va a ejercer la
Vicepresidencia, no va a tener un carácter meramente, un poder meramente
expectativo, en el sentido de esperar la vacancia o la acefalía para entrar en
función. Si fuera así, yo estaría...
INTERRUPCION...
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO
DE LA PRESIDENCIA: Por favor, pido no interrumpir al orador con
diálogos muy fuertes, en alta voz.
Disculpe, ciudadano Convencional.
Adelante.
CIUDADANO CONVENCIONAL TADEO
ZARRATEA: Si fuera así, me adheriría a la tesis de la
Comisión Redactora, pero no es así. De
manera que este Vicepresidente creado, no es un Magistrado meramente
expectante, como sería por ejemplo un Senador suplente, que espera su turno
para jurar, y puede eventualmente entrar en funciones. No, el Vicepresidente de la República jura
con el Presidente de la República, conjuntamente, y entra en funciones, y no
tiene una función meramente expectante o sustitutiva, tiene atribuciones tales
como participar de las deliberaciones del Consejo de Ministros, y coordinar la
relación entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo.
Es
decir, tiene trabajo específico dentro del Poder Ejecutivo, ciudadano
Presidente, y es un magistrado. Y quiero aquí traer a colación la gran
distinción que han hecho los romanos entre el Magisterio y el Ministerio, entre
el Magister y entre el Minister; y en ese sentido podríamos hasta coincidir con
la Comisión Redactora, que los Ministros son nombrados y removidos por el
Magistrado, pero el Vicepresidente de la República no, ciudadano Presidente. El es electo por el pueblo en comicios
directos, él presta juramento ante el Congreso, y él tiene funciones
específicas de atender las relaciones entre dos Poderes del Estado, y es un
Magistrado. No es un Ministrado.
De
manera que es parte integrante del Poder Ejecutivo, y yo solicito la
consideración de la Comisión Redactora, porque en ese caso, de no ser así,
caeríamos en una suerte de incongruencia al mantener un Poder Ejecutivo
Unipersonal a toda costa, y sin embargo estamos transformando ese Poder muy ampliamente
con la introducción de la figura del señor Vicepresidente de la República. Es todo, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy bien, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil.
CIUDADANO CONVENCIONAL
BERNARDINO CANO RADIL: Gracias, ciudadano Presidente. Muy brevemente, porque el ciudadano
Convencional Evelio Fernández y el ciudadano Convencional Rodrigo Campos
Cervera ya anticiparon algunos de los argumentos.
Resulta
que tenemos que ser claros en la concepción que tenemos del régimen político
que nosotros queremos instaurar en esta Convención Nacional Constituyente. Y queremos instaurar un sistema
Presidencialista con control Parlamentario.
Ese es el mecanismo que queremos instaurar.
Vamos
a ser claros que es el modelo venezolano, por dar una idea, que es el modelo en
alguna medida uruguayo, por dar otra de las constituciones que son más
analógicas, o con mayor analogía, con otro modelo.
Que
queramos instaurar un régimen Presidencialista con control Parlamentario, no
implica que queramos desarticular el Poder Ejecutivo, ni extinguir el sistema
Presidencialista. Que quede también
claro. No queremos nosotros diluir el
Poder, no tenemos miedo en ese aspecto a esa concepción de unicato, como dijo
un preopinante de líderes únicos, etc.; no tiene nada que ver, porque en
muchísimos países del mundo tienen sistema Presidencialista, y son
absolutamente democráticos, sin ningún tipo de inconveniente.
O
sea, que es un argumento falaz, que quiere llevar agua a su molino, desde un
punto de vista un poquito interesado y no ajustado a la verdad.
En
segundo lugar, tenemos que ser claros, este sistema Presidencialista que
queremos instaurar, está enclaustrado en un Poder Ejecutivo que lo ejerce única
y exclusivamente el Presidente de la República.
Ese es el modelo político que nosotros instauramos.
¿Hemos
avanzado? Sí señor, hemos
avanzado. ¿En qué? Los Ministros son solidariamente
responsables, Artículo 236 del Proyecto, por el refrendo que hacen de los actos
de Gobierno, pero como Secretarios del Presidente de la República, que ejerce
el Poder Ejecutivo, no como integrantes del Poder Ejecutivo, sino como
Secretarios, que quede también claro.
Porque ellos van a ser responsables o corresponsables en su esfera
específica y cuando suscriban los actos de Gobierno con el Presidente de la
República.
Esto no es compartir la composición del Poder
Ejecutivo, también que quede claro.
En
tercer lugar, ciudadano Presidente, no podemos tener un sistema político, en
esta tapa de nuestra evolución de nuestro país, que sea confuso, que sea
difícil de dilucidar, que no se sepa cómo va a estar integrado el Poder
Ejecutivo. Tenemos que adscribirnos
fielmente al modelo político, para que la nueva Constitución, y las
instituciones de la República, sepan a qué atenerse claramente.
Por
eso es que optamos en la Comisión Redactora, por el unicato, en ese aspecto del
Presidente de la República como titular exclusivo del Poder Ejecutivo.
No
entendemos el Poder Ejecutivo que estamos instaurando en esta Constitución como
un Organo Colegiado, no entendemos el Poder Ejecutivo como un órgano que tenga
que ser integrado por diversos componentes, de menor rango jerárquico, y dependientes
de él. No entendemos tampoco el Poder
Ejecutivo como un paso más cercano al parlamentarismo, no tiene nada que ver en
nuestra concepción en la Comisión Redactora, con esas explicaciones que dieron
algunos preopinantes.
Nosotros
lo definimos claramente como un modelo presidencialista, sí con control
parlamentario, pero no modificamos la estructura del poder, y no queremos
modificar la estructura del poder. Y esa
fue, en ese aspecto de la composición de los órganos del poder, la opción que
tomó la Comisión Redactora.
Con
estas breves explicaciones, ciudadano Presidente, y para no extenderme y ceder
el uso de la palabra a quienes van a seguir en la lista, pido que se apoye el
Proyecto de la Comisión Redactora tal cual está, porque es el modelo que
realmente está adaptado a la necesidad del país. Muchas gracias.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy bien, ciudadano Convencional. Antes de dar la palabra al ciudadano
Convencional Ricardo Franco Lanceta, como nos estamos aproximando al momento de
la votación, pido a los ciudadanos Convencionales que están sentados muy atrás,
que tengan la bondad de avanzar hacia sus asientos, para evitar confusiones con
el público. Así también, como esto se
oye en el vestíbulo, a los ciudadanos Convencionales que están ausentes, que se
sirvan entrar.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Ricardo Franco Lanceta.
CIUDADANO CONVENCIONAL RICARDO
FRANCO LANCETA:
Ciudadano Presidente: creo que
estamos analizando un tema que tiene la suficiente trascendencia, y vale la
pena dedicarle algunas consideraciones.
Me anoto, evidentemente, en la línea doctrinaria de los que razonan, en
favor de la propuesta N°
2.
Entiendo
que no está cuestionándose el régimen presidencialista. Lo que sí se está cuestionando, y creo que
con un muy buen juicio, es una suerte de tránsito de un régimen
presidencialista personalizado, a un régimen presidencialista
institucionalizado.
Creo
que, en ese contexto, tenemos que encuadrar un razonamiento, es decir, si
queremos ser congruentes con toda la experiencia histórica que tiene acumulada
el país en cuanto al abuso del Poder que
se hace cuando los mandatos se ejercen sin mayores controles en su marco jurisdiccional.
Quiero
entender que el sistema que propone la propuesta N°
2, está evidentemente sin sacrificar la unidad doctrinaria del sistema
presidencialista que estamos consagrando, acercándose al sistema
presidencialista institucionalizado, que sí se compadece, mucho más, con el
Estado de derecho democrático, que estamos elaborando en esta
Constitución.
Por
estas breves consideraciones, y anotando también lo siguiente, a título
simplemente ilustrativo, así cuando consagramos la República unitaria, la
República unitaria podría mantenerse centralizada, optamos por el sistema
descentralizado. En este momento estamos
consagrando el régimen presidencialista, puede ser personalizado o
institucionalizado. Lo que queremos es
que sea institucionalizado, para evitar toda forma de autocracia, por abuso de
Poder.
En
base a estas consideraciones, yo me adhiero conviccionalmente a la propuesta N°
2. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN EL
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy bien, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Domingo Delvalle.
¿Está
en la sala el ciudadano Convencional Domingo Delvalle?
CIUDADANO CONVENCIONAL DOMINGO
DELVALLE:
Sí, ciudadano Presidente. Ciudadanos
Convencionales: a mí me parece extraño
que situaciones atípicas se traigan en el plenario de esta Convención, que
miembros de la Comisión Redactora cambien de postura, de la noche a la mañana,
porque aparentemente este tema fue ampliamente debatido en la Comisión
Redactora; ese es por un lado.
Por
otro lado, si este tema fue debatido ampliamente en dicha Comisión, también
somos conscientes de que al tener un sistema programático constitucional,
debemos seguir la temática de consagrar una de las alternativas, un sistema
presidencialista, o un sistema parlamentarista.
Históricamente
el Paraguay tuvo una tradición por el sistema presidencial, y yo nuevamente
apoyo el texto de la Comisión Redactora, principalmente por la fuerza que tiene
que tener un Presidente en nuestro país.
No podemos desdibujar su figura simplemente por cuestiones ajenas que
escaparen este momento a una explicación lógica.
Finalmente,
ciudadano Presidente, ratifico mi voto por el texto de la Comisión
Redactora. Gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy bien, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional José Nicolás Morínigo.
CIUDADANO CONVENCIONAL JOSE
NICOLAS MORINIGO: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: creo que el eje del problema
puede ser planteado de la siguiente manera:
implica el planteamiento de la propuesta N°
2 una alternativa que debilita el sistema presidencialista. Ese es el punto que
estamos discutiendo en este momento; y desde mi punto de vista, creo que no existe
esa posibilidad. ¿Por qué? En primer lugar no se plantea, como alguien
dijo, una estructura colegiada y fue suficientemente explicada esta situación. Lo que acá se plantea, si es que podríamos
encontrar algún término, es un criterio de carácter plural. Pero este criterio de carácter plural no
quita la importancia y el eje fundamental del Poder Ejecutivo en la función que
cumple el Presidente. El sistema
presidencialista, ciudadano Presidente, valga la redundancia, lo importante
estriba en las funciones que ejerce el Presidente de la República y no en esa
identificación entre institución y persona que, desde el punto de vista
sico-social, y eso sí me parece importante, genera toda una mentalidad en donde
se identifica el Presidente de la República con un Poder, y eso sí que tiene
posibilidades de generar una imagen que fortalece una cultura de carácter
autoritario. Estoy plenamente consciente
de que esa identificación entre poder y persona, en el caso exclusivamente del
Poder Ejecutivo, es uno de los problemas fundamentales como para generar una
imagen peligrosa para una práctica democrática.
Por
esto, ciudadano Presidente, creo que la propuesta N°
2, que no constituye un mecanismo para debilitar el sistema Presidencialista, es
lo que debemos apoyar en este caso.
Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Tiene el uso de la palabra, el último orador
anotado, el ciudadano Convencional Oscar Paciello.
¿Está
en la sala el Convencional Paciello? ¿No
está en la sala?
Tiene
la palabra, entonces. Por favor.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Y, ciudadano Presidente, es simplemente para
pedir se lleve a votación el artículo, de acuerdo al Artículo 98, inciso 6) de
nuestro Reglamento, tal cual proviene de la Comisión Redactora. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Ciudadano Convencional Eusebio Ramón Ayala,
está cerrada la lista de oradores, pero como proyectista...
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA:
Ciudadano Presidente: le recuerdo
que un artículo del Reglamento me autoriza a hacer uso de la palabra.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Perfecto.
Haga uso de la palabra.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA:
Gracias, muy amable, Ciudadano
Presidente. Quiero aclarar algunas
cosas. Independientemente de qué moción
salga ganadora, lo importante es hablar claro y no confundir los términos en
forma interesada o desinteresada. Lo que
sí no podemos permitir es una confusión de los términos.
Primero,
estamos hablando de la Composición del Poder Ejecutivo y no de las atribuciones
del Poder Ejecutivo; eso es absolutamente claro, ciudadano Presidente. En el texto no dice nada y es absolutamente
claro y es una expresión de dos líneas que dice "el Poder Ejecutivo está
compuesto por el Presidente de la República, el Vicepresidente y los
ministros", es decir, no estamos discutiendo las funciones de cada uno de
ellos ni estamos discutiendo las atribuciones de cada uno de ellos. Simplemente estamos describiendo, cómo es en
la realidad, cuál es la composición del Poder Ejecutivo.
Por
lo tanto, no está en entredicho el sistema presidencialista, con el sistema
parlamentario, y de ninguna manera, nosotros estamos abogando por el sistema
parlamentario. Esa es una confusión,
ciudadano Presidente, que no puede darse, cuando uno lee un artículo con dos
líneas, es imposible confundir. Nadie
está poniendo en duda acá que el Jefe de Estado y el jefe de Gobierno es el
Presidente de la República, eso es absolutamente claro.
Además,
no comparto que el Vicepresidente, como ha dicho un preopinante, sea
considerado un organismo extrapoderes, porque, entonces, sistemáticamente,
nosotros fuimos incoherentes. Tendríamos
que haber ubicado, entonces, al Vicepresidente en el Capítulo de otros
Organismos del Estado, con el Defensor del Pueblo, con la Contraloría General
de la República, etc. Entonces, desde el
punto de vista sistemático ese argumento, realmente, no es válido.
Entonces,
y ¿qué es el Vicepresidente? El
Vicepresidente también forma parte del Poder Ejecutivo. Basta leer los artículos de la Constitución y
vamos a ver que tiene igual forma de elección, igual duración en el mandato,
iguales inhabilidades, e iguales incompatibilidades, iguales
responsabilidades. Por lo tanto, también tiene la restricción en el sentido de
que no pueden ausentarse al mismo tiempo del país el Presidente y el
Vicepresidente, sin permiso del Congreso.
En lo único que difieren son en las atribuciones; además fueron electos
por el voto popular también, ambos, tanto el Presidente como el Vicepresidente.
En
tercer lugar, el Presidente, es cierto, puede remover a sus ministros, obviamente,
pero eso no implica que los Ministros no formen parte del Poder Ejecutivo. Forman parte del Poder Ejecutivo. Y además el Vicepresidente, es electivo y no
puede ser removido por el Presidente de la República, absolutamente. Además, la referencia que se hizo al sistema
monista, etc. eso es muy dogmático. Por
lo tanto, la serie de Constituciones que ha nombrado el Convencional Luis
Lezcano Claude, que son quince Constituciones, más o menos, las más modernas
que tienen esta forma de composición, entonces, estarían violando el dogma y
entonces, sería imposible que el Derecho Constitucional pueda progresar.
Ciudadano
Presidente: acá hay que hablar
claro. No se está poniendo en entredicho
que el Presidente sea Jefe de Estado o Jefe de Gobierno. Eso es absolutamente claro. Y segundo, ni el sistema
presidencialista. No estamos en un
sistema parlamentario, absolutamente.
Además, estamos hablando de la composición del Poder Ejecutivo y no de
las atribuciones que cada uno de ellos tiene.
Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy bien.
Se pasa a votar, entonces.
Primero vamos a usar el sistema de manos levantadas. Se van a leer las dos propuestas, para tener
presente qué se pone a votación.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Ciudadano Presidente: una aclaración última.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Por favor, ciudadano Convencional, le hemos
dado la palabra prolongada, ha hecho larga...
Necesitamos avanzar en el desarrollo y...
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA: Hay un
error en el artículo de la Comisión Base, del Proyecto Base. Si usted quiere que diga cuál es el error o
de lo contrario me callo.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Dígalo, ciudadano, dígalo.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA: De que
el título no coincide con lo que dice.
Alguien ya dijo. Dice el Artículo
220, De la Composición. Y sin embargo dice, "El Poder Ejecutivo
es ejercido por el Presidente de la República". Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Por favor, quiere leer el texto,
ciudadano. La observación ya fue
formulada por el primer orador anotado, el ciudadano Convencional Alirio Ugarte
Díaz. Adelante. Y después se lee. Así nomás.
CIUDADANO SECRETARIO:
Propuesta N°
1. Proyecto Base.
Texto:
"El Poder Ejecutivo es ejercido por el Presidente de la
República".
Propuesta N°
2. Título:
Composición del Poder Ejecutivo.
Texto: "El Poder Ejecutivo
está compuesto por el Presidente de la República, el Vicepresidente y los
Ministros".
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Ciudadanos Convencionales: están las dos propuestas.
La
propuesta N° 1, Proyecto Base,
los que estén de acuerdo, por favor, se serivrán levantar la mano: Vamos a tener que controlar, porque aquí a mi
derecha hay muchos que no votan a favor.
Por
favor, los que estén de acuerdo con el texto del Proyecto Base, se servirán ponerse
de pie
Primera fila: 15 votos.
Segunda fila: 11 votos.
Tercera fila: 8 votos.
Cuarta fila: 7 votos.
Quinta fila: 9 votos.
Sexta fila: 6 votos.
Séptima fila: 2 votos.
Octava fila: 7 votos.
Novena fila: 13 votos.
Décima fila y restantes: 20 votos.
Mayoría. Queda aprobado el texto del Proyecto Base.
APROBADO.
Pasamos al
Artículo 221. Del Vicepresidente. El Ciudadano Secretario va a leer.
CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 221.
Título: Del
Vicepresidente. Texto: "Habrá un
Vicepresidente de la República que, en caso de impedimento, o ausencia
temporal, o vacancia definitiva, sustituirá de inmediato al Presidente con
todas sus atribuciones".
Punto
final del texto.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Está a consideración el texto leído por el
ciudadano Secretario. Texto único. Del Vicepresidente. Artículo 221.
Ofrezco
la palabra, caso contrario vamos a poner a votación.
Se
pone a votación.
Los
que estén de acuerdo, se servirán levantar la mano: Mayoría. Queda aprobado el Artículo 221.
APROBADO.
Artículo 222. De
los Requisitos. Ciudadano Secretario,
por favor.
CIUDADANO SECRETARIO: Texto:
"Para ser Presidente de la República o
Vicepresidente se requiere:
1)La nacionalidad paraguaya natural;
2)el haber cumplido treinta cinco años, y
3)el estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y
políticos".
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: A consideración el artículo. Ofrezco la palabra.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Rodolfo Gill Duarte.
CIUDADANO CONVENCIONAL RODOLFO
GILL DUARTE: Muchas
gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos Convencionales: quisiera hacer unas breves reflexiones, en cuanto
al requisito de edad que debe tener el compatriota para poder ser candidato a
la presidencia de la República de nuestro país.
Entiendo muy bien, que demográficamente hablando, nuestro país está
integrado por un gran contingente de jóvenes, por una parte. Y por la otra, que por mucho tiempo nuestra
juventud no tuvo realmente la oportunidad de ser protagonista de todo lo que en
una sociedad libre y democrática es dable ser.
También
quisiera decir que la responsabilidad de ser el Jefe del Ejecutivo de un país
requiere, aparte de capacidad, idoneidad, requiere experiencia. Administrar un país, aunque pequeño como el
nuestro, significa estar demasiado bien dotado para poder dirigirlo con
acierto.
Pienso,
ciudadano Presidente y ciudadanos Convencionales, que nos hacen falta políticos
estadistas con el suficiente vigor físico y mental, por una parte. Pero por otra, con una experiencia que le
pueda dar, verdaderamente, cordura y sensatez en sus decisiones. Por eso, ciudadano Presidente y ciudadanos Convencionales,
pensando, un poco en voz alta, llamo la atención sobre este punto de la edad
para el conciudadano candidato a la Presidencia de la República. Quizás, treinta y cinco años, y los que ya
hemos pasado esa edad, si hacemos un análisis retrospectivo, veremos que a esa
edad, hemos cometido todavía muchos errores, por la falta de experiencia.
Por
esa misma razón, ciudadano, también quiero sacar acá, como ejemplo, hay una
institución que tiene dos mil años de vida, y salvo excepciones, el dirigente
de la Iglesia Católica siempre ha sido un hombre maduro, un hombre curtido en
experiencia. Por esas razones, en esta
reflexión en voz alta, invito a mis colegas Convencionales, que recapacitemos
sobre este punto.
Concretando,
a nosotros nos agradaría que ese compatriota, por lo menos tuviese
"cuarenta años de edad".
Porque estaría en condiciones de ser un conciudadano vigoroso, como
dije, física y mentalmente, pero ya con una experiencia acumulada, que le va a
servir, verdaderamente, de sustento para poder capear todo lo que significa ser
jefe del Ejecutivo Nacional de un país.
Muchísimas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Eusebio Ramón Ayala.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA:
Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales: quiero defender el Proyecto Base, el Artículo
222, y quiero aclarar que los requisitos son los habituales normalmente para el
Presidente. Tanto es así, que se exige
la "nacionalidad paraguaya natural".
Eso implica que los paraguayos naturalizados no podrán ser Presidente de
la República, en el inciso 1). En el
inciso 2) "el haber cumplido treinta y cinco años de edad" y quiero
contestar las reflexiones del preopinante con otras reflexiones, en el sentido
de que no es imperativo que el Presidente tenga treinta y cinco años. Lo que se establece acá es un mínimo de
treinta y cinco años. Puede ser un
Presidente de treinta, cuarenta, cincuenta, setenta años, no hay ningún límite
en edad máxima, es decir, tampoco se puede plantear, en términos de una lucha
generacional entre los jóvenes y los viejos, absolutamente. Creo que eso es inadecuado, también.
Además,
ciudadano Presidente, todos sabemos que nadie sabe el linde de edad en donde
una persona de inexperiencia adquiere experiencia. No creo que por un acto de magia, al cumplir
cuarenta años uno tenga toda la experiencia del mundo. Depende de la vivencia personal de cada uno
de ellos, depende de la capacidad. Y
además, una cuestión esencial, nosotros no vamos a elegir a un Presidente por
su edad, sino que un Presidente es electo por el voto mayoritario del pueblo, y
si el pueblo confía en una persona de treinta y seis, treinta y siete o
cuarenta o setenta años, es el pueblo el que decide el destino de su país.
Creo
que por esa razón apoyo la propuesta de la Comisión Redactora y no debemos
olvidar que la Constitución de 1870 ya decía en su Artículo 89, como requisito,
que el Presidente debiera tener solamente treinta años como mínimo. Es decir, eso nos estamos remontando a 1870 y
la experiencia que hemos tenido con las dos Constituciones, que han exigido
cuarenta años, y de acuerdo a los Presidentes que hemos tenido, nuestra
experiencia no feliz, ciudadano Presidente y eran personas de mucha más edad
que treinta y cinco, cuarenta años. Por
lo tanto, como ejemplo, creo que eso no puede servir de fundamento a la
oposición al Proyecto de la Comisión Redactora.
Ciudadano
Presidente: por esos motivos, brevemente
apuntados, apoyo la moción de la Comisión Redactora. Nada más.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy bien.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Rubén Melgarejo Lanzoni.
CIUDADANO CONVENCIONAL RUBEN
MELGAREJO LANZONI: Muchas gracias, ciudadano Presidente. Ciudadanos Convencionales: apoyo las expresiones del preopinante, el
Convencional Eusebio Ramón Ayala, en toda su exposición y quiero agregar
más. El hecho de que en nuestro país,
hacer un poco de antecedente histórico, en especial, desde la fecha de nuestra
independencia, han sido jóvenes quienes han tenido un protagonismo en el
quehacer nacional y en el desarrollo en sí hasta el año de la guerra del
Chaco.
Lo
cierto es que con esta disposición estamos dando un margen de posibilidad de
participación de la gente en este proceso democrático. En este proceso de consolidación hacia la
democracia de nuestro país, lo que este articulado permite es la posibilidad de
que mucha gente, joven en especial y que es un gran sector importante de la
población paraguaya, tenga como base de estímulo para estar en las actividades
propias, partidarias o políticas del quehacer nacional.
Así
también es conveniente traer a colación que en varias Constituciones, el caso
de los Estados Unidos y la República del Uruguay, la edad, como requisito, está
fijada en treinta y cinco años. Lo que
nosotros estamos haciendo con la aprobación de este artículo es darle una
posibilidad para que, con el tiempo, puedan aspirar, no solamente aquellos que
acceden a los treinta y cinco años, sino que incluye un margen de cinco años si
es que aceptamos el de cuarenta años de edad, o sea, treinta y seis, treinta y
siete, treinta y ocho, hasta treinta y nueve años.
En
fin, al apoyar esta moción, estamos dando la amplia participación y en especial
la posibilidad de que generaciones, que por mucho tiempo han sido postergadas,
por el caso obvio, de que en treinta y cinco años hemos tenido, siempre, un
sólo presidente y eso implica postergación, tendrán ahora, con esta posibilidad
de designación una participación de otros estamentos.
Finalmente,
quiero expresar que a mi juicio, al establecer los treinta y cinco años de
edad, no significa que inexorablemente el próximo Presidente de la República
sea un individuo de treinta y cinco años, sino lo que estamos haciendo es darle
la posibilidad al poder soberano, que es, realmente, el pueblo el que va a
elegir en un sistema democrático, la opción no limitando a cuarenta, sino que a
treinta y cinco años, cualquier hombre público de buena conducta y natural
paraguayo, pueda aspirar a ese cargo. Y
considero que un individuo, a pesar que no tengo todavía esa edad, a los
treinta y cinco años, ya puede aspirar y más aún a ser destacado profesional y un estadista de
renombre.
Con
esta breve exposición, apoyo la propuesta de la Comisión Redactora y en
especial las expresiones del Convencional Eusebio Ramón Ayala. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy bien.
El
ciudadano Convencional Serapio Mongelós tiene el uso de la palabra.
CIUDADANO CONVENCIONAL SERAPIO
MONGELOS: Ciudadano Presidente: quiero adherirme a la Propuesta Base por la
sencilla razón de que la juventud tuvo sus postergaciones y hoy es la
oportunidad de que vamos a hacer un cambio nuevo y debemos darle la
oportunidad. No por eso que solamente
será de treinta y cinco años, sino por la sencilla razón de que entre ellos
nace la esperanza de la patria y estaremos acompañándolos con los mayores y con
las experiencias que hemos ganado.
Y
la sencilla razón es que las gentes mayores, algunas veces, le tienen miedo a
la imagen y la imagen nosotros respaldaremos y daremos esa oportunidad. Solamente quiero decirles que tanto tiempo
hemos estado esperando turno, hoy, ya tal vez, nos queda a nosotros, en el
olvido y en el pasado, pero no a nuestros hijos le cerremos la oportunidad, si
llega la oportunidad para que ocupe ese cargo tan privilegiado y tan
esperanzado, que en ello depositamos todos nuestros intereses, que es la
esperanza del mañana.
Y
espero que adhiramos a la Propuesta Base que vino de la Comisión
Redactora. Gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy bien.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Federico Callizo Nicora.
CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO
CALLIZO: Gracias, ciudadano Presidente. Quiero hacer uso de la palabra para apoyar la
redacción que viene de la Comisión Redactora con respecto a la edad de los que
pueden ser candidatos a Presidente y Vicepresidente de la República.
Los
que me han precedido en el uso de la palabra, en su mayoría, han sido jóvenes,
quizá los más jóvenes que están participando en esta Convención. No estoy, lamentablemente, en esa categoría,
pero como persona de edad, con espíritu joven, quiero apoyar la posibilidad de
que los jóvenes puedan acceder a los 35 años, al cargo de la primera Magistratura, cargo que no va a ser
posible si no tiene la capacidad y el ejercicio necesario para ello. Es
necesario, para acceder al cargo, haber pasado por las experiencias de una vida
política intensa, y no es posible, ciudadano Presidente, que
constitucionalmente se impida que jóvenes relevantes y con vocación política no
puedan acceder al cargo. Muy bien lo
dijo un preopinante que no, necesariamente, van a ser jóvenes siempre. Es posible que a los jóvenes les cueste mucho
más acceder, pero no le cerremos el camino a que se interesen desde muy jóvenes
al quehacer cívico y en el quehacer político en donde deben conseguir ganar un lugar de privilegio
para acceder a la primera Magistratura.
Por
eso, ciudadano Presidente, invito a los ciudadanos Convencionales a votar el texto
de la Comisión Redactora, tal como viene
presentado. Nada más.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA
PRESIDENCIA: Ciudadanos Convencionales quiero hacer
presente que están inscriptos, para hacer uso de la palabra, los ciudadanos
Convencionales Julián Britos Acosta, Jorge Dos Santos y Oscar Paciello. Si no hay inconvenientes y nadie mas pide la
palabra, podemos cerrar la lista de
oradores.
Queda
cerrada la lista de oradores.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Julián Britos Acosta.
CIUDADANO CONVENCIONAL JULIAN
BRITOS ACOSTA: Ciudadano Presidente: entiendo que éste es un
proyecto único, no cabe la posibilidad de una modificación y estamos haciendo
una discusión bizantina, ciudadano Presidente, tenemos que agilizar nuestra
Convención, tenemos una responsabilidad nacional.
Solicito
que se pase a votación siendo proyecto único y, si es rechazado, estudiaremos
la otra posibilidad. Gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Quedan
dos oradores inscriptos y que además siempre está la opción de que la
Comisión Redactora acoja la sugerencia de un Convencional.
Si
no tiene usted inconveniente, vamos a dar la palabra a los dos oradores
inscriptos y, como está cerrada la lista de oradores, entramos a votar, es cosa
de minutos.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Jorge Dos Santos.
CIUDADANO CONVENCIONAL JORGE
DOS SANTOS:
Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales: en homenaje al tiempo, declino uso de la
palabra.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Ciudadanos Convencionales: antes de darle la palabra, pido a los
ciudadanos Convencionales que no se retiren de la sala porque estamos sobre el
borde estricto del quórum, y también vamos a hacer sonar la campana del
vestíbulo para que entren los Convencionales que están afuera.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Sí, ciudadano Presidente. Este es un artículo
que no tiene nada extraordinario ciertamente, salvo en lo relativo a la edad de
que aquí se propone, digo ciudadano Presidente, que ésta es una disposición
coherente con todas las otras que se han venido aprobando y que se establecen
ciertas edades mínimas. Realmente, no
sin sobresaltos, uno sanciona una disposición de este tipo.
Nuestros antecedentes constitucionales, por lo menos la Constitución del
40 y del 67 exigían mayor edad, y en la presente circunstancia acaso ello se
justificara, ciudadano Presidente, visto que, si bien es cierto hay que dar
oportunidad a la juventud, hay numerosas generaciones de jóvenes que en este
país no han tenido la oportunidad. Durante 35 años vieron taponadas sus
posibilidades de acceso a cargos de servicios al Estado en lugar relevante, de
manera que este argumento de que a la juventud hay que darle oportunidad para
mí es intrascendente, porque hay mucha gente madura, que es así, no ha tenido
oportunidad...
INTERRUPCION...
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Otra interrupción, estamos 101 Convencionales
en la sala por favor no se retire nadie... Adelante ciudadano Convencional
Oscar Paciello y disculpe.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Y me preocupa también ciudadano Presidente,
algunas experiencias bastante desgraciadas que hemos tenido en algunos países
latinoamericanos de Presidentes muy jóvenes que han terminado y han enderezado
a sus países hacia una situación catastrófica.
Tal
es el caso por ejemplo, de lo que ha acontecido en el Perú. Fue a la primera Magistratura un joven
probablemente brillante, pero hoy día vemos adonde fue conducido el Perú.
De manera que es cuestión de reflexionar en
profundidad sobre este tema, ciudadano Presidente. No he tenido ocasión de consultar con los
compañeros de la Comisión Redactora, y, de hecho, no se ha radicado una
propuesta alternativa por escrito, de tal suerte que nosotros podríamos acoger
o no tal propuesta.
Pero
yo también, al igual que un distinguido preopinante, el Ing. Rodolfo Gill
Duarte, quiero dejar constancia de esta grave preocupación, honradamente no
creo que ningún ciudadano a los 35 años este capacitado para asumir la primera
magistratura. Sinceramente lo manifiesto, ciudadano Presidente, como mínimo
tendría que tener 40 0 45 años; pero como se ha optado y se habla con el
remanido argumento de que aquí la juventud es mas del 50% de la población del
país y demás argumentos que realmente no hacen a la cuestión de fondo y sin
embargo tendría que optar ya que no hay ninguna propuesta alternativa por el
proyecto tal cual proviene de Comisión.
Y
en consecuencia, ciudadano Presidente, pido que, de acuerdo al artículo
respectivo a nuestro reglamento se vote por ser el despacho único. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy bien,
ciudadano Convencional, pasamos a votar.
Estamos todavía 101 Convencionales en la sala.
Los
que estén de acuerdo con el proyecto Base, se servirán levantar la mano.
Mayoría.
APROBADO.
Queda
aprobado el artículo 222 en los términos en que vino de la Comisión Redactora.
Pasamos
al Artículo 223.
CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 223.
Título:
De la Duración.
Texto: El Presidente de la República y el Vicepresidente duran
cinco años improrrogables en el ejercicio de sus funciones, a contarse desde el
15 de Agosto siguiente a las elecciones.
Y no podrán ser reelectos en ningún caso.
El Vicepresidente solo podrá ser electo Presidente si
hubiese cesado en su cargo 6 meses antes de los Comicios Generales. Quien haya ejercido la Presidencia por más de
doce meses, no podrá ser electo Vicepresidente de la República.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Es proyecto único, está a
consideración el proyecto.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Estanislao Llamas.
CIUDADANO CONVENCIONAL
ESTANISLAO LLAMAS: Ciudadano Presidente: como ese artículo es un
poco complicado, yo pido un cuarto intermedio de 20 minutos para reunión de la
Bancada mayoritaria a los efectos de traer una propuesta consensuada.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Es proyecto único, si quieren hacer uso de la
palabra exponen...
Tiene
la palabra el Convencional Eusebio Ramón Ayala.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA:
Ciudadano Presidente: nosotros hemos establecido que se deben presentar
las mociones 30 minutos antes del inicio de cada sesión. Creo que eso es una regla categórica. Además, nadie ha pedido el uso de la palabra;
por lo tanto estamos en etapa de votación, así que yo pido que se lleve a
votación, ciudadano Presidente. Nada
más.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Nadie pide la palabra sobre el proyecto.
Se
pone a votación el proyecto del Artículo 223, que acaba de ser leído.
Quienes
estén de acuerdo ser servirán levantar la mano.
Mayoría.
APROBADO.
Queda
aprobado el Artículo 223.
Pasamos
al Artículo 224.
CIUDADANO
SECRETARIO: Artículo 224.
Existen dos propuestas.
Propuesta N°1,
que es el Proyecto Base.
Título: De las
Elecciones.
Texto: "El Presidente de
la República y el Vicepresidente de la República serán elegidos conjunta y
directamente por el pueblo por mayoría simple de votantes, en comicios
generales que se realizarán entre 90 y 120 días, antes de expirar el período
Constitucional vigente".
Propuesta N°
2. Convencionales Rafael Eladio Velázquez,
Federico Callizo, y Eusebio Ramón Ayala.
Titulo:
De las Elecciones.
Texto:
"El Presidente de la República y el Vicepresidente de la República
serán elegidos conjunta y directamente por el pueblo por mayoría de votantes,
en Comicios Generales que se realizarán entre 90 y 60 días antes de expirar el
período Constitucional vigente.
Resultará
electa la formula que obtuviera mas del 50% del total de votos emitidos, si no
se alcanzase esa mayoría se realizará una nueva elección dentro de los 30 días, en la cual participarán únicamente
las dos formulas mas votadas. En la
segunda votación se considerará electa la fórmula que obtenga mayor cantidad de
votos".
CIUDADANO PRESIDENTE:
A consideración de la Plenaria, el Artículo 224.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO:
Ciudadano Presidente: aquí nos hallamos
ante la propuesta de la Comisión Redactora, en mayoría, que acoge un sistema de
elecciones para Presidente y Vicepresidente de la República, que observa el
principio de la mayoría simple para acceder a tales cargos.
Es
obvio, ciudadano Presidente, que es deseable y es recomendable que la persona
que resulte electa para desempeñar la primera Magistratura de la República,
esté avalada con la mayoría de sufragios
que fuere menester.
Y
esto, de acuerdo a los diversos sistemas electorales en el mundo, se trata
muchas veces de encontrar a través de un mecanismo llamado de la segunda vuelta
o Ballotage, que es justamente el que recoge la propuesta alternativa que
estamos considerando.
Yo
quiero fundar el dictamen de la Comisión en mayoría, con algunas
consideraciones muy importantes que hacen a muchos factores. En primer lugar, si bien es cierto esta
institución que aparece en el proyecto sustitutivo, en alguna medida como
consecuencia yo no sé dé qué factores fue acogida como una innovación en
nuestro Código electoral, creemos nosotros que de ninguna manera puede
concurrir a asegurar el objetivo perseguido.
El
objetivo de esta segunda vuelta en las elecciones, no es otro, como ya dije,
que el de que el primer Magistrado obtenga una mayoría. Pero que es lo que sucede en la
práctica? Dejemos por de pronto del
horizonte de nuestra estimativa, la muy fácil propensión existente actualmente,
de suponer que toda la oposición se va a aglutinar bajo un mismo lema o bajo un
mismo pendón para buscar un cambio pacífico y democrático por la vía del voto
en este país.
Es
probable que tal ocurra eventualmente.
No digo que pudiera serlo o no serlo, pero en el fondo esto no asegura
el objetivo propuesto, cual es el de que el Presidente que resulte electo
cuente con esa mayoría necesaria para poder gobernar con tranquilidad,
porque, que es cuanto va a ocurrir? Generalmente estas mayorías -y esto ocurre en
todas partes del mundo- esa mayoría obtenida en segunda vuelta es como
consecuencia de componendas y arreglos entre las distintas fuerzas políticas
que concurrieron en la primera vuelta.
De
manera que no tengo porqué imputar inmoralidad a estos acuerdos, pero tampoco
son lo que han orientado originalmente las propuestas electorales. Se forman así mayorías ciertamente, mayorías
absolutamente artificiales, frágiles, endebles, y la experiencia en otros
países nos enseña a dónde conduce esto.
Ahí tienen el caso del Perú, en donde su Presidente, surgido de una
segunda vuelta, pero sin mayoría Parlamentaria, se encontró con que
sistemáticamente su gestión no era del agrado o no gozaba del acuerdo de las
fuerzas mayoritarias del país. Y
entonces, ahí tienen ustedes una violenta situación de crisis. A eso nos conduce el ballotage. Vamos a ponernos en un plano mas
concreto. Si una fuerza política tiene
el 40 0 45% de las Bancas de una representación Parlamentaria, es evidente que
está en condiciones de ejercer este contralor y tanto más si fue desplazada por
una vía artificial, puede tornar al país absolutamente ingobernable.
Por
lo demás, pienso, ciudadano Presidente, quienes discurren sobre esta
perspectiva suponiendo que sería fácil aglutinar a todas las fuerzas bajo una
misma divisa, que, en posibilidad de aumentar o incrementar su caudal
electoral. Están aquellos que hubiesen
obtenido la primera mayoría relativa, puesto que tienen mayores, y más sólidas
perspectivas de ofrecer mejores y mas ventajas.
Entonces,
el juego electoral se reduce a una preterición de la voluntad popular, a una
negociación del cual tantas carteras, o Ministerios o Bancas van a ser de la
fuerza que acompañe para lograr esa mayoría, y, en esas condiciones, se
desnaturaliza absolutamente el proceso electoral. Nos parece a nosotros en la Comisión
Redactora en mayoría mucho mas honesto respetar la voluntad popular tal cual ha
sido expresada en las urnas. Quien
obtuvo una mayoría, aunque no sea mayoría absoluta, pero una mayoría
significativa, estamos totalmente de acuerdo con que esa sea la fuerza, sea la
que acceda a la primera Magistratura de la República, por cuanto que
definitivamente es la primera fuerza política del país. Negar esa realidad, es buscar por atajos
extraviados algo que no está en la realidad de las cosas.
Por
otra parte, si esta fuerza no va merecer el respeto obtenido en los comicios, y
éstos van a ser objeto de una segunda vuelta para amañar las componendas,
entonces, ciudadano Presidente, lo que estamos haciendo es propiciar unos
mecanismos que desnaturalizan total y frontalmente un sistema electoral que ha
sido tradicional en nuestro país, que ha exhibido comprobada eficacia. Pero me voy a ir a algunos otros ejemplos
para que se pueda tener presente, en qué medida y con qué sentido este es el
sistema que lo respetan muchas naciones que no han tenido ningún quiebre ni
entorpecimiento en su vida institucional.
Traigo
por ejemplo el caso del Presidente de los Estados Unidos, que es electo por una
mayoría simple. Allá el voto ni siquiera
en obligatorio, no concurren todos los ciudadanos, y en definitiva, quien sale
electo Presidente, sale por un porcentaje alrededor del 20% de los electores
posibles, pero, sin, embargo nadie, en sus cabales discute la legitimidad
democrática de este procedimiento de elección.
En
otros países, que tienen el sistema indirecto por el de compromisarios, o sea
aquel que determina que el Congreso se constituya en el Colegio electoral y de
acuerdo a la fuerza política elija al Presidente, siempre también se ha
respetado la voluntad popular. Está el
caso de Eduardo Frey, cuando fue electo por primera vez, él estuvo lejos de
tener la mayoría absoluta, pero se ha respetado. Posteriormente,en el caso de otro gobernante,
Salvador Allende, también se respeto la mayoría relativa, porque eso es lo que
aconseja y lo que indica el sentido común.
Ir a otro experimento, en mi concepto, configura un salto al vacío, un
salto a lo desconocido, algo que puede llevarnos a imprevisibles consecuencias
y que, más que otra cosa, es pasto para el aventurerismo político, y no el
respeto irrestricto a la voluntad popular libremente expresada en las urnas.
Por
todas estas razones, ciudadano Presidente, y las que me reservo emitir
posteriormente si necesario fuere, yo me permito solicitar la aprobación del
despacho de la Comisión Redactora tal cual aparece en el texto que acaba de
leerse. Muchas Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
La
Presidencia va a hacer leer por Secretaría la lista de los oradores inscriptos
e inmediatamente va a cerrar la lista de oradores porque ve que es muy
numerosa.
Rafael Eladio Velázquez, Vidal Rolón, Juan
Manuel Peralta, Carlos Avalos, Carlos Alberto González, Lino Chilavert, Julio
César Lugo, Isidro Melgarejo, Hugo Estigarribia, Benjamín Maciel Passoti,
Carmelo Benitez, Pedro Pablo Ovelar, Cayo Gwynn,Martín Colarte, Juan Gilberto
Orella, Carlos Romero Pereira, Manfredo Ramírez You, José Ismael Candía,
Eusebio Ramón Ayala, Federico Callizo, Juan Félix Bogado Gondra, Luis Lezcano,
Oscar Paciello, Dionisio Zárate, Celso Castillo, Bernardino Cano Radil, Luis
Alfonso Resck, Estanislao Llamas, Víctor Manuel Nuñez, Carlos Avalos, José
Nicolás Morinigo, Dario Palacios y Diógenes Martínez.
CIUDADANO PRESIDENTE:
La Presidencia declara cerrada la lista
de oradores.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Rafael Eladio Velázquez.
CIUDADANO CONVENCIONAL RAFAEL
ELADIO VELAZQUEZ: Ciudadano Presidente: acá se trata de buscar
el sistema mas democrático para la elección del Presidente de la
República. No están en juego problemas
de honestidad, ni de componendas, ni de arreglos políticos, ni desastres que
puedan producirse. Los ejemplos que
acaban de aludirse, en primer lugar quiero señalar que no son adecuados: en el caso de los Estados Unidos la elección
del Presidente de la República es indirecta y hay un sistema bipartidario muy
afirmado, muy fuerte, y en el caso peruano, creo que no se trata de un problema
de apoyo o de falta de apoyo parlamentario, sino que de falta de vocación
democrática del que está en Ejercicio de la Presidencia, un señor que no supo
enfrentar la realidad de que hay una opinión pública que se manifiesta a través
del Parlamento.
En
consecuencia, creo que no son ejemplos que puedan llevarnos a cambiar de
postura.
Nosotros,
los que presentamos la propuesta N°
2, aceptamos in totum, como primer párrafo el Proyecto Base, pero le agregamos
lo relativo a la segunda vuelta en caso de que ninguno de los candidatos
obtenga la mayoría absoluta.
Ocurre
que en el Paraguay da la impresión de que estamos saliendo del sistema
bipartidista, que durante muchos años encauzó nuestra vida política, y, en
consecuencia, pueden existir fuerzas relativamente respetables, desde el punto
de vista numérico, que también tengan sus opciones alternativas. Estas fuerzas políticas pueden, sumadas entre
todas, constituir grandes mayorías, que sin embargo, con el sistema de mayoría
relativa, quedarían excluidas de la selección del candidato a Presidente de la
República. Un candidato con y no el 40
ni el 45, con el 35% de los votos, eventualmente podría tener la mayoría
relativa. Es más, si se llevan adelante
algunos proyecto que están manejando sobre ley de lemas, nos encontraríamos con
que un candidato con el 7 o el 8%, estando en el lema más votado, también
podría ser ungido Presidente de la República.
Todos
estos son problemas que hacen a la esencia del sistema democrático
representativo. En consecuencia, la
segunda vuelta no significa,ni abrir el camino, necesariamente, a las
componendas, ni a los arreglos sórdidos, sino dar oportunidad a las grandes
mayorías que coincidan en lo esencial, a elegir el candidato, que crean que
satisface más esas aspiraciones comunes.
No necesariamente se ha de llegar a acuerdo de reparto de Ministerios;
pueden también haber acuerdos programáticos, y muchas veces en la historia
política de los países hispanoamericanos y europeos, han habido concertaciones
y acuerdos programáticos que no necesariamente tienen carácter
prebendario. No debemos nosotros
impresionarnos demasiado por los últimos cuarenta años de prebendarismo. Creo que todos estamos resueltos a superar
ese prebendarismo y, en consecuencia, si nos concientizamos sobre la materia,
cualquier acuerdo al que se llegare, se basará, fundamentalmente, en las
grandes aspiraciones nacionales.
Por
otra parte, tampoco es un hecho inexorable, que las fuerzas actualmente
opositoras hayan de coincidir todas en una segunda vuelta. Tengo mis dudas en relación a algunos casos
que están apareciendo recientemente. No
sabemos con quiénes estos señores encontrarán más afinidad en sus proyectos, en
su concepción del mundo y de la vida, en su concepto de la cuestión
social. En consecuencia, acá, esto no
significa un peligro para ninguno de los Partidos existentes. Si las elecciones son limpias, si el
Departamento de Identificaciones elabora las cédulas de identidad con la
honestidad que tenemos el derecho de reclamarle, no necesariamente determinado
Partido Político va a tener invariablemente la mayoría relativa. Debemos tener presente que, si se juega
limpio, esta mayoría relativa es discutible.
Por
otra parte, ciudadano Presidente, creemos, y en esto nos reafirmamos, que el
sistema de mayoría relativa puede significar la exclusión de una gran mayoría
que, quizás, esté separada por discrepancias circunstanciales o de detalles,
por los que vayan con candidaturas separadas, pero que coincidan en lo esencial
y discrepen con la candidatura que haya obtenido la mayoría relativa. No voy a hacer referencia al derecho
comparado, porque otros oradores que me seguirán en el uso de la palabra,
seguramente, podrán abonar con esto, pero nosotros, fundamentalmente, estamos
movidos por lo que nos ha traído a esta Convención: elaborar la mejor Constitución posible para
la República del Paraguay. Y esa mejor
Constitución posible pasa, necesariamente, por la línea de la democracia
representativa con la manifestación de la voluntad concreta de las grandes
mayorías de la República. Nada más, por
el momento, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Vidal Rolón.
CIUDADANO CONVENCIONAL VIDAL
ROLON: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: quiero referirme, muy
ligeramente, a este Artículo 224 que se relaciona a las elecciones, y expreso y
anticipo ya, mi total apoyo al Proyecto Base que viene de la Comisión
Redactora.
Ciudadano
Presidente: creo que lo que se plantea
en el proyecto N° 2, lo que
denominaríamos la segunda vuelta para las elecciones, el balotaje -y creo que
se lo llama muy ajustadamente como al gobierno de la minoría, ciudadano
Presidente- considero que este sistema que se quiere instituir aquí, con
jerarquía constitucional, desde luego que ya figura en el Código
Electoral. Simplemente, para mí, como un
ciudadano que vive en el campo y que convive con sus amigos, y en este caso,
con sus compañeros y sus correligionarios, pienso que constituye esto una
estafa, una inmoralidad y una deshonestidad cívica ciudadana, a la soberana
voluntad mayoritaria del pueblo, ciudadano Presidente.
Considero
también que no es posible negar al pueblo su decisión, no es posible negar al
pueblo su vocación, ciudadano Presidente, puesto que -y ya desde esta nueva
etapa en que estamos viviendo- todas las elecciones, todos los comicios son
libres, democráticos y transparentes, ciudadano Presidente. Creo, entonces, que realizar una nueva
consulta popular en un perentorio término de treinta días, no haría
absolutamente posible armonizar las propuestas y los proyectos de los distintos
Partidos Políticos, de las distintas corrientes que participan en unas
elecciones, ciudadano Presidente.
¿Cómo
es posible que diez o quince propuestas nacionales, propuestas de gobierno,
puedan conciliarse, ciudadano Presidente?.
Es absolutamente imposible. Este
sistema nos llevaría al caos, a la anarquía y al desorden. ¿Qué es lo que se
busca con este sistema de la segunda vuelta?
Simplemente, lanzarse a la caza de un objetivo que es el poder,
ciudadano Presidente. De manera que,
entonces, esas son mis observaciones, que ésta es una figura nefasta, es una
figura antipopular, una figura antidemocrática, que resta y niega la
inclinación soberana del pueblo, ciudadano Presidente. Por eso rechazo en forma categórica y me
ratifico que no es posible compatibilizar, no es posible conciliar, armonizar,
por ejemplo, diez o quince propuestas.
¿Qué es lo que se va a ofrecer al pueblo? Absolutamente nada. Se van a ofrecer al pueblo días de caos, de
desorden y anarquía, ciudadano Presidente.
Por
eso, mi rechazo, por eso, mi total falta de identidad con este tipo de
figuras. Simplemente, vamos ya,
entonces, a apoyar lo que el pueblo manifiesta en la primera oportunidad y
apoyar la simple mayoría. Muchas
gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Juan Manuel Peralta.
CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN
MANUEL PERALTA:
Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos Convencionales: no
quisiera acudir a un alto grado de emotividad para exponer mi pensamiento sobre
este tema. Lo que sí creo que está bien
claro para todos los ciudadanos Convencionales, es la intención que tienen
ambas propuestas. Creo que en eso
estamos claros. Lo importante es aquí,
con absoluto respeto, como lo venimos haciendo, comenzar a decir lo que cada
uno pensamos y por qué pensamos de una forma, puede ser mejor, o la otra
forma.
A
mí me parece que realmente, si contemplamos que vivimos un proceso de cambio y
ese proceso de cambio se realiza, no solamente en nuestro país, sino en todo el
continente, y por qué no decirlo, en todo el mundo, puede aparecer, y de hecho
aparecen, distintas maneras de interpretar nuestro mundo, nuestra
realidad. Y en eso también, en los
procesos de democratización que vivimos, evidentemente, que aparecen distintas
maneras de interpretar la realidad y, por supuesto, también distintas maneras
de pensar cómo dar respuestas a esa realidad; pero sí pienso que, si realmente
buscamos un cambio y que ese cambio sea para mejorar nuestras convivencias,
nuestras relaciones en todos sus ordenes, en cuanto a relaciones políticas,
sociales, económicas y culturales, evidentemente que tenemos que pensar cuál
sería el mecanismo que nos debe ayudar, cuál sería el mecanismo que nos debe
ayudar para poder, realmente, hacer factible una gobernación con la suficiente
participación de nuestro pueblo.
Y
entiendo, ciudadanos Convencionales, ciudadano Presidente, que necesitamos
concertar para gobernar, y no concertar para hacer oposición al que quiere
gobernar. Y por ese motivo, porque se necesita
concertar para hacer un gobierno que responda a la necesidad de la mayoría, y
la mayoría del sufragio simple solamente no constituye la mayoría, digamos, del
sufragio que se habían depositado. Por
eso pienso que, realmente, si queremos que haya una convivencia cada vez más
armónica y cada vez más íntimamente relacionada en este proceso que queremos
vivir, tenemos que crear mecanismos que exijan, tanto a aquellas organizaciones
políticas o partidarias que tengan un electorado importante, como a aquellas
que le siguen en importancia que tengan que, forzosamente, buscar algunas
alianzas o algunas concertaciones con otras fuerzas para poder, realmente,
gobernar.
Por
eso, ciudadano Presidente, quiero dejar manifiesto hoy que, pensando en ese
país que soñamos todos los paraguayos, que pensando en ese nuevo tiempo que
queremos todos y pensando y mirando las necesidades más sentidas de nuestro
pueblo, que no seamos más paraguayos contrapuestos unos a otros, sino
paraguayos confraternizados y mirando juntos el bien común de nuestra patria;
pensando en eso, quiero afirmar, en esta oportunidad, que, me parece, la
propuesta N° 2 obligaría, tanto
al Partido que tenga la votación mayoritaria en una elección, como a aquellos
otros, a buscar con quien contar para poder gobernar y para poder concertar
hacia los objetivos superiores.
Por
eso, ciudadano Presidente, adelanto mi voto por la propuesta N°
2. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional. Ha hablado cinco minutos, gracias.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Carlos Avalos.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
AVALOS: Gracias, ciudadano Presidente. Ciudadanos Convencionales: creo que en este tema, ciudadano Presidente,
existen posturas bien definidas y, en homenaje al tiempo y a la larga lista de
oradores, adelantando mi firme posición con relación al apoyo al Proyecto
Base. Declino hacer uso de la palabra,
ciudadano Presidente. Gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Carlos Alberto González.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
ALBERTO GONZALEZ: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: nos encontramos frente a
un tema donde, evidentemente, existen argumentos que puedan apoyar una u otra
tesis de las dos que han sido presentadas:
Proyecto Base y el proyecto N°
2.
Creo,
sin embargo, que la realidad de nuestro país, al igual que la realidad de
América Latina, hace propicio el que se vote por el proyecto que establece la
segunda vuelta o balotaje. Se corre el
riesgo, con el proyecto de la mayoría, con el proyecto que nos trae la Comisión
Redactora en mayoría, de que un Presidente de la República sea electo con un
bajísimo porcentaje de votos que pudiera ser el diez, quince, veinte por
ciento, de acuerdo con el número de votantes, con el número de Partidos
políticos o de Movimientos políticos que participen en la elección.
Creo
que este tema no puede, de ninguna manera, dejar de preocupar, aún en la realidad
de nuestro país, si bien es cierto que existen dos Partidos que pudieran ser
considerados de mayor importancia, sin embargo, las posibilidades para el
futuro, hacen que pudieran existir, y ya existen, otras fuerzas políticas que
pudieran hacer totalmente imposible el que una determinada fuerza obtenga por
lo menos el cincuenta por ciento de los votos.
Se
ha hablado aquí en el sentido de que la minoría parlamentaria constituye un
grave problema cuando se recurre al sistema de balotaje, o segunda vuelta. Yo diría, ciudadanos Convencionales, que,
justamente, el problema de la minoría parlamentaria se da cuando no se
establece el sistema de la segunda vuelta, porque con este sistema resulta
absolutamente indispensable llegar a un acuerdo previo, y ese acuerdo previo,
implica, normalmente, un acuerdo en cuanto al apoyo parlamentario que pudiera
tener el Presidente de la República.
Quiere
decir que nosotros, en este momento, estamos consagrando la posibilidad de que
una minoría, en forma relativa, mayoría relativa, pero minoría dentro del
contexto global del electorado, pueda llegar a la Presidencia de la República y
tener una minoría parlamentaria, lo cual haría virtualmente ingobernable el
país. Creo que eso no podemos, de
ninguna manera, dejar de considerar cuando votemos este artículo.
Por
otro lado, el verdadero respeto a la voluntad popular se da cuando el
electorado se manifiesta de manera insospechable. Cuando se recurre a la segunda vuelta, son
los electores los que en definitiva, con una mayoría eventual, pero con mayoría
importante, es la que habrá de elegir al Presidente de la República.
Creo
que aquí se han citado algunos casos como el
chileno, pero justamente el caso chileno, deja en manos del Congreso la
posibilidad de elegir, y ellos pueden elegir libremente. No necesitan elegir precisamente al que haya
tenido el mayor número de votos. De
cualquier manera, cuando el electorado va a votar, podrá votar, evidentemente,
por los dos candidatos más votados, y ello hace que pueda, fácilmente, elegir,
si ese electorado está de acuerdo, elegir a aquel que obtuvo la mayoría
relativa de votos.
Por
lo tanto, creo que, de ninguna manera, puede compararse el principio de la mera
mayoría relativa con el principio que nosotros estamos sustentando, de que se
requiera la mayoría absoluta entre los dos candidatos que hubieren obtenido el
mayor número de votos en la primera elección.
Por
lo tanto, ciudadano Presidente, insto a los ciudadanos Convencionales a votar
por la propuesta N° 2. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadanos Convencionales.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Lino Chilavert.
CIUDADANO CONVENCIONAL LINO
CHILAVERT:
Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos Convencionales: dejo
sentada mi posición de apoyo al proyecto de la Comisión Redactora y creo que lo
planteado en el proyecto N°
2 es un artículo que tiene que corresponder al Código Electoral.
Por
de pronto, nuestro país, que apenas está ingresando al campo democrático, y
que, sabemos, nuestros electores aún no están acostumbrados a discernir
perfectamente, éste solamente se prestará a funestas componendas, por lo que
apoyo el Proyecto Base y le agradezco, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional por la concreción
y la brevedad.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Julio César Lugo.
CIUDADANO CONVENCIONAL JULIO
CESAR LUGO:
Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales: es también a los efectos de apoyar el
Proyecto Base, por considerar que la verdadera y legítima mayoría se consigue
en la primera vuelta, porque es sumamente más difícil. Además, considero que solamente hay dos
fuerzas políticas históricamente en nuestro país que debe definir el destino y el
objetivo de la mayoría en nuestro país.
Entonces,
por la brevedad del tiempo, me ratifico en el Proyecto Base. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Benjamín Maciel Pasotti.
CIUDADANO CONVENCIONAL BENJAMIN
MACIEL PASOTTI:
Gracias, ciudadano Presidente. Un
argumento muy personal. Estoy totalmente
contra el balotaje. Gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Carmelo Benítez.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARMELO
BENITEZ: Gracias, ciudadano Presidente. Ciudadanos Convencionales: las argumentaciones esgrimidas por el
Presidente de la Comisión de Redacción y por el Convencional Vidal Rolón me
eximen, ciudadano Presidente, de seguir hablando sobre el tema. Voto por la afirmativa del Proyecto Base de
la Comisión Redactora. Muchas gracias,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Pedro Pablo Ovelar.
Declina.
Tiene
el uso de la palabra, ciudadano Convencional.
CIUDADANO CONVENCIONAL PEDRO
PABLO OVELAR:
Ciudadano Presidente: en homenaje
al tiempo, declino, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Martín Colarte.
CIUDADANO CONVENCIONAL MARTIN
COLARTE: Ciudadano Presidente: en honor al tiempo y convencido de que todos
los que estamos acá, los Convencionales, ya tenemos, prácticamente, definida
nuestra posición, y me identifico plenamente con la Propuesta Base, y por tal
motivo, no hago uso de palabra, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Juan Gilberto Orella.
CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN
GILBERTO ORELLA: Ciudadano Presidente: no sin antes apoyar la Propuesta Base,
declino el uso de la palabra.
CIUDADANO PRESºIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Carlos Romero Pereira.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
ROMERO PEREIRA:
Ciudadano Presidente: creo que
está realmente ya definida la situación y hay suficiente argumentación dada por
el Presidente de la Comisión Redactora, por lo que adelanto mi voto a favor del
Proyecto Base. Gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional José Ismael Candia.
CIUDADANO CONVENCIONAL JOSE
ISMAEL CANDIA:
Declino, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Eusebio Ramón Ayala.
CIUDADANO PRESIDENTE: No está en la sala.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Federico Callizo.
CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO
CALLIZO: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: en primer lugar, quiero
felicitar a los ciudadanos Convencionales de la bancada mayoritaria que han
ahorrado tiempo no haciendo uso de la palabra, desde el momento en que ellos
están ya decididos a votar por el Proyecto de la Comisión Redactora, en
mayoría. Eso nos ahorra tiempo, y vamos
a poder avanzar, seguramente.
Pero
lo que me extraña es que, inicialmente, tanto el Presidente de la Comisión Redactora,
como el Convencional Vidal Rolón, hayan hecho uso de la palabra en una forma
impulsiva y en una forma realmente nada tendiente a aclarar las cosas, sino más
bien, con las expresiones pronunciadas queriendo menoscabar la posibilidad de
presentar un proyecto en disidencia, como se hizo en esta oportunidad.
Se
ha hablado de que hay mayor honestidad en la posición de la Comisión Redactora
en mayoría. Se ha hablado de amañar
componendas, se ha hablado de aventurismo Político, y se ha hablado de estafa
al pueblo.
Me
parece, ciudadano Presidente, que no era necesario caer en estos excesos,
puesto que se ha demostrado posteriormente, con el retiro de todos los señores,
que en forma acorde y monocorde han retirado su derecho a hablar, por lo que yo
creo, ciudadano Presidente, que hace falta que se deje bien aclarado aquí, que
podemos disentir en un tema, en que realmente, no sólo los Constitucionalistas
paraguayos, sino, Constitucionalistas del mundo están divididos.
Algunos
creen que el sistema de la mayoría simple es mejor para que se pueda gobernar
un país. En cambio, otros, como
nosotros, hemos considerado, ciudadano Presidente que la posibilidad de
gobernar un país se hace mucho más efectiva a través de la doble vuelta, desde
el momento en que, al no tener mayoría simple un candidato, son mayorías
demasiado endebles, frágiles, que es necesario reforzarlas a través de una
segunda vuelta. Y es el caso de Francia,
del Brasil, ahora, Colombia, y muchos otros países en que se aplica este
procedimiento con eficacia relativa, en
algunos con eficacia mejor y en otros, seguramente, que como el caso peruano,
no ha dado resultado.
Pero
de ahí, ciudadano Presidente, a que nos pongamos a querer encontrar en la
propuesta de la Comisión Redactora en minoría situaciones agraviantes, o
situaciones que tiendan a un criterio interesado, creo, ciudadano Presidente,
que no corresponde. Creo por el
contrario -y así lo dijo algún preopinante- que esto sí podría ser materia de una Ley
Electoral. Pero para eso tendríamos que
sencillamente excluir del proyecto en mayoría las palabras "mayoría
simple", y dejar solamente, "mayoría", de tal manera que la ley
sea la que va a reglamentar que tipo de mayoría es la que se requiere,
ciudadano Presidente.
Pero,
en homenaje también a la brevedad, y creo las líneas están absolutamente
tendidas, y aún cuando en una oportunidad, ciudadano Presidente había expresado
esto mismo, y motivó la reacción de una distinguida Convencional del Partido
mayoritario, de la bancada mayoritaria, creo que en esta oportunidad, sí,
corresponde decir, que en este caso, está perfectamente establecido, cuál va a
ser el voto. Es muy difícil torcer esa
decisión, ciudadano Presidente. Nada
más.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Presidente.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Luis Lezcano Claude.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
LEZCANO CLAUDE:
Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos
Convencionales: se ha dicho ya que el
sistema en que se busca la mayoría absoluta, y eventualmente, se recurre para
ello, a la segunda vuelta, busca dar mayor legitimidad al Gobierno que surja de
las urnas.
Voy
a ser breve, también. Quería decir mucho
más, pero, como ya se ha señalado, la decisión ya está adoptada por la bancada
mayoritaria, de manera que quería dejar sentadas algunas opiniones acerca del
sistema de balotaje.
En
primer lugar, hay que señalar que existe una basta legislación constitucional
que apoya el sistema de balotaje. Y nada
más voy a mencionar los países en cuyas constituciones actualmente existe. Está consagrado el balotaje. En el Brasil, Colombia, Ecuador, El Salvador,
Guatemala, Perú, Chile, Portugal. Y
también Costa Rica, con la variante de exigir como mínimo el 40% para triunfar
en la primera vuelta.
A
mí me hubiera gustado escuchar por lo menos a un miembro de la bancada
mayoritaria defender el balotaje. Pero,
defenderlo aquí, en este seno, oralmente, pero en vista de que ello parece que
va a ser imposible, me voy a remitir a la palabra escrita de uno de sus más
importantes representantes. Y lo voy a
mencionar por su nombre, porque lo estoy citando como autor, se trata del Dr.
Cano Radil que, en su anteproyecto de estatuto para la Asociación Nacional
Republicana, Partido Colorado, de abril de 1991, que tuvo la gentileza de
obsequiarme con su rúbrica, dice, en la página 105, en primer lugar,
refiriéndose a la mayoría simple de votos, dice lo siguiente: "La crítica que presenta es la falta de
legitimación de un candidato que no reúne la mitad más uno de las voluntades de
los electores". Y continúa el Dr.
Cano Radil, "por ende se podría incluir un artículo especial similar al
256 del Código Electoral vigente, por el cual se incorpora en nuestro Estatuto
la figura del balotaje, de origen Francés". Y además señala el ciudadano Convencional
Bernardino Cano Radil los beneficios del Balotaje; dice lo siguiente: " Los beneficios del balotaje, entre
otros son; 1) Permite al candidato que represente al Partido tener una
legitimación con mayoría absoluta de votos; y 2) Posibilita una serie de
alianzas que hacen a la vida democrática entre cada uno de los dos
precandidatos más votados con los restantes precandidatos que ya perdieron en
la primera ronda de elecciones".
Algunos
preopinantes han mencionado que aquí se trataría una serie de componendas sin
ningún sentido; en cambio, el ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil las
menciona como alianzas que hacen a la vida democrática. Pero para no hacer una cita parcial, también
voy a mencionar las desventajas que él señala.
Dice, en primer lugar, el costo electoral que implica hacer dos
elecciones en el seno de un Partido Político, y agrega, situación distinta a
elecciones a las cuales participan varios partidos. Es decir, tampoco esta es una objeción al
balotaje, a nivel nacional, porque afirma que cuando son varios Partidos no
habría inconvenientes.
Y
el segundo inconveniente que señala es el inconveniente que pueda aparejar
dentro de nuestro Partido una polarización extrema entre dos candidatos por carecer
todavía de una sólida cultura democrática.
Tampoco la segunda objeción es de relevancia, por lo menos aplicada a
nivel nacional; porque el ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil afirma
que la falta de sólida cultura democrática será en el seno de su Partido. Por eso, finalmente, él recomienda adoptar el
balotaje, recomienda a la Convención Extraordinaria del Coloradismo, recomienda
la adopción del Balotaje.
Quería
mencionar esta opinión de un autorizado miembro de la bancada colorada en apoyo
a esta propuesta del balotaje. Y además,
como otro punto, quería mencionar la gran variación que se ha dado en las
posturas del Partido Colorado. En enero,
febrero de 1990, en ocasión de tratarse el Código Electoral, el Partido
Colorado mayoritariamente votó a favor.
Es más, la propuesta de inclusión de esta figura provino de un miembro
del Partido Colorado. En ese momento, el
Partido Colorado había obtenido en las últimas elecciones, en mayo de 1989,
había obtenido, más del 70% de los votos.
De
manera que la situación de ese Partido parecía segura, parecía que no se podría
descender en un 20%, de tal manera a obligar a una segunda vuelta. Pero las cosas cambiaron con un 40% en las
elecciones Municipales, cuarenta y tanto por ciento, en las elecciones
Municipales de mayo de 1991, y un 55% en
las elecciones para Constituyentes de diciembre de 1991. Es decir, la posición ya es distinta, y
evidentemente, son motivos, meramente, coyunturales, los que mueven a los
miembros de la bancada mayoritaria a establecer este principio de que se exija
la mayoría relativa para elegir al Presidente de la República.
Es
evidente que no se tiene ese 70% en que la posibilidad de una segunda vuelta
parecía muy lejana. Ahora, de un 55 %,
evidentemente, se puede bajar 6 puntos, lo cual obligaría a esa segunda
vuelta. Pero lo que quiero recalcar es
la postura contradictoria entre lo que sostuvo en enero, febrero, de 1990 y la
que se sostiene a partir de mayo de 1991, después de los resultados de las
elecciones Municipales. Evidentemente,
hay un interés meramente coyuntural.
Creo
que, como una postura intermedia, creo que, incluso, se podría tener en cuenta
lo que ha señalado el Ciudadano Federico Callizo, en el sentido de no consignar
nada al respecto en el texto Constitucional, es decir, no poner "ni simple
mayoría", ni tampoco "balotaje", sino dejar librado esto, al
criterio de la ley, como sería, sí, una postura aceptable. Pero, evidentemente, establecer ya el
requisito de la simple mayoría a nivel Constitucional, cierra todas las
posibilidades de una posterior modificación de este porcentaje a través de la
ley.
Y
finalmente, sobre otra parte de este mismo artículo quiero mencionar para que
tenga en cuenta la Comisión Redactora, pasando ya a otro tema, que el Presidente
tiene que ser electo entre noventa y ciento veinte días antes del 15 de
agosto. Eso significa que las elecciones
tiene que realizarse entre el 15 de abril y el 15 de mayo, aproximadamente.
Por
otra parte, en el Artículo 181, aprobamos que los miembros del Congreso, es
decir, Senadores y Diputados, serán elegidos simultáneamente con el Presidente
de la República. Y el inicio del período
de Sesiones es el 1 de marzo, según se establece en el Artículo 178.
Según
lo que puedo entender, me parece que es un poco difícil de compatibilizar la
elección simultánea del Presidente con la elección en ese mismo acto de los
miembros del Congreso. Por eso quería,
sobre este punto en particular, quería la opinión de los miembros de la
Comisión Redactora, porque según entiendo yo, me es imposible encontrar una
fórmula en que simultáneamente se pueda elegir al Presidente y a los miembros
del Congreso.
INTERRUPCION...
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional, ha cumplido el plazo
de los 10 minutos.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
LEZCANO CLAUDE:
Bueno. He terminado, ciudadano
Presidente. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Juan Félix Bogado Gondra.
CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN
FELIX BOGADO GONDRA: Declino.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Dionisio Zárate.
CIUDADANO CONVENCIONAL DIONISIO
ZARATE GONZALEZ: Ciudadano Presidente, honorables Convencionales: quiero referirme a este tema que es objeto de
nuestro debate, para expresar mi apoyo a la propuesta proveniente de la
Comisión Redactora, fundamentalmente, ciudadano Presidente, honorables
Convencionales, por considerar de que el sistema de mayoría simple para elegir
al Presidente de la República está en la línea de una tradición donde
realmente, sin ningún tipo de disimulo ni artificio se expresa el pueblo para
designar a quién quiere investir con el mando del ejecutivo.
Personalmente,
considero que el sistema planteado por la propuesta alternativa, que se refiere
a la segunda vuelta, no es otra cosa sino el propósito de constituir mayorías
artificiosas, con el único objetivo de pretender derribar o desplazar a un
determinado Partido Político, eventualmente, en el poder, pero que ideológica,
programática, y funcionalmente, carecen de consistencia por la falta de
homogeneidad, y además, pecan estas seudo mayorías por no garantizar la
fidelidad las promesas electorales pregonadas durante las campañas electorales,
como lo atestiguan evidencias recientemente constatadas.
Ciudadano
Presidente: no busquemos, con pretextos
de intereses meramente coyunturales y políticos, con el mismo argumento que un
preopinante lo ha estado expresando, manejando porcentajes de elecciones del
89, 90 y 91, quiere decir que ese mismo criterio, es mismo criterio que según
ellos anima al sector mayoritario.
INTERRUPCION...
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional, debe abstenerse de
leer, salvo que sea alguna estadística, y con permiso de la sala.
CIUDADANO CONVENCIONAL DIONISIO
ZARATE GONZALEZ: No estoy leyendo, ciudadano Presidente.
Con
el mismo criterio con que se manejan porcentajes, de acuerdo a expresiones de
un preopinante, con ese mismo criterio se quiere atribuir a los defensores de
la Propuesta N° 1 que son criterios
políticos los que animan a los proponentes a defender esta propuesta.
Considero,
ciudadano Presidente, que hay que ir a un método que no se presta a ningún tipo
de disimulo en las intensiones. Y la
única forma de garantizar la coherencia, la fidelidad y una plena
responsabilidad de quién asume la Presidencia, es el respaldo de una mayoría
sin ningún tipo de componendas.
Nada
más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Luis Alfonso Resck.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
ALFONSO RESCK:
Gracias, ciudadano Presidente.
Honorables
Convencionales: voy a volver a, simplemente,
sentar una posición de principios, pero antes quisiera exhortar a los
honorables Convencionales, con todo respeto, reitero, y fraternidad, no vayamos
precisamente a hacer esta artificial clasificación entre honestos y
deshonestos, como, desgraciadamente, en esos excesos se cayó ayer. Defendamos nuestras posiciones con argumentos
racionales, pero respetando a quienes discrepan con nuestro punto de
vista. Siempre que abordamos temas que
afectan a intereses partidarios, desgraciadamente, se apela muchas veces a la
irracionalidad. Voy a defender una
posición, puedo estar equivocado, pero con el gran respeto y el afecto que me
merecen mis colegas Convencionales, y ello responde, repito, a la ratificación
de una posición de principios.
Resulta
que, ciudadano Presidente, nosotros estamos proclamando la democracia. La democracia representativa a partir de allí
emerje, y la participativa, con la, realmente, consagración de un artículo que
permita, ya que se habló de balotaje, una mayor participación de fuerzas
emergentes, paulatina y progresivamente, en el país, en la búsqueda de ese bien
común. En tal circunstancias se le abren
las puertas de concertar sobre la base de valores y de plataformas
programáticas que le son comunes. Eso es
legítimo, ciudadano Presidente. No tiene
nada de componendas. Si se busca
precisamente un objetivo común y hay coincidencias sobre esa base, no
precisamente para desplazar a un Partido, sino en la búsqueda afanosa del poder
por medios totalmente coherentes y conducentes, es legítimo, ciudadano
Presidente.
No
creo que haya habido componendas en Brasil.
O en Ecuador, o en otros países.
Ahora, para mí, fundamentalmente, ciudadano Presidente, es que nosotros
exhibamos ...
INTERRUPCION...
CIUDADANO PRESIDENTE: Orden en la sala. Orden, para escuchar al orador.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
ALFONSO RESCK: He
escuchado, paciente y respetuosamente a los ciudadanos Convencionales. Esa ha sido mi tradicional norma de conducta
desde que se ha iniciado esta honorable Convención.
No
estoy pidiendo, ciudadano Presidente, estoy exigiendo. El derecho no se pide, se exige. Y en ese sentido lo hago, con respeto y con
fraternidad. Y siempre en mis
intervenciones he respetado, tal vez en firmeza, pero en el marco del respeto, que
debe ser la norma que nos debe caracterizar, para que esta Constituyente
termine a satisfacción y honor del pueblo.
Ciudadano
Presidente: lo que quiero reiterar es
que en esa supuesta, presunta, eventual segunda vuelta, hay una más amplia
participación. Y Consiguientemente hay
una mayor garantía para el Gobernante que se consagre, porque va a tener un
mayor apoyo, un mayor consentimiento, un mayor aval, sin con ello subestimar a
quienes habrían triunfado, también legítimamente, en una mayoría simple. Pero no puede compararse ni desde el punto de
vista cualitativo, por ser una
concertación sobre valor y programa, ni mucho menos desde el punto de vista
cuantitativo.
Simplemente,
ciudadano Presidente, para dejar sentado una posición de principios, sin ningún
interés partidario, mirando siempre hacia el bien común y respetando a quienes
discrepan y exhortando a que sigamos esta marcha institucional, pero con la
altura que demanda la majestad de la Constituyente. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Víctor Manuel Nuñez.
Declina.
Muchas
gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente: ya he fundamentado el proyecto desde el punto
de vista de la Comisión Redactora, pero en esta oportunidad quiero hacerlo como
líder de mi bancada, para dejar sentado algunos principios fundamentales.
El
Partido Colorado es el Partido del cambio.
Es un Partido de hombres libres.
Por consecuencia no puede atarse a ninguna fórmula, ni podemos hablar en
esta emergencia de que aquí vengamos a sentar un principio oportunista ni
coyuntural, ni cosa que se le parezca.
Ciertamente,
ciudadano Presidente, sobre esta materia hay mucho que opinar. Y lo único que hacemos nosotros, ciudadano
Presidente, es considerar los antecedentes que están más cerca de nosotros,
para poder discernir con entera libertad qué es lo que nosotros pensamos como
expresión mayoritaria de este país, sobre lo que le conviene a nuestra patria.
Y
así, por ejemplo, hemos visto que cuando la elección del General Perón, aún
vigente la ley de balotaje, se consideró una necedad que una persona que había
obtenido el 49% de los votos tuviera que ir a una segunda vuelta. Y ahí se vio la hidalguía y grandeza de
Ricardo Balbín, gran dirigente del Radicalismo argentino, que declinó ir a una
segunda vuelta, lo que explica acabadamente, ciudadano Presidente, que,
alcanzar o no un 50%, es una cuestión muy relativa.
Pero
pasemos a otro país poderoso y gigantesco, el Brasil, que también tiene la
institución del balotaje. Y ahí lo
tienen a Collor, sin respaldo parlamentario, sin posibilidad de influir realmente
en el desarrollo de su país, con una inflación galopante que torna cada vez más
problemática la gestación del MERCOSUR.
¿Por qué? Porque al fin de
cuentas la fuerza reunida de Lula y Frizola, era más que la de él. Pero sin embargo, por el mecanismo del
balotaje, por los odios irreconciliables entre estos dos sectores, resulta que
aparece una persona que, no sé, ni me consta, dice que fue más producto de los
medios de comunicación que de una real persuasión en el pueblo.
Ahí
lo tenemos al Perú que ya he mencionado.
¿A dónde conducen estas situaciones?
Es a que salga electo un ciudadano que no tiene el respaldo
popular. Prefiero que un Presidente, y
así lo prefieren los hombres libres de mi Partido, que sea fiel y leal a la
causa que defiende, a los ideales programáticos, que no se tenga que transigir
sobre ellos, porque va en ellos una concesión debida, una antropología
política. Y por consiguiente, ciudadano
Presidente, que sea esa propuesta más votada por el pueblo la que acceda a los
niveles de responsabilidad de la conducción gubernativa, hecho que ciertamente
no excluye ni puede excluir, por ningún concepto; porque acabamos de
sancionarlo en esta Constitución la participación que legítimamente le
corresponde a las minorías; porque debemos tener presente, ciudadano
Presidente: una cosa es tener mayoría y
pretender excluir a todos, y otra cosa, como democráticamente lo hemos
sancionado en esta Constituyente, que el Gobierno es Gobierno de la mayoría, pero
con respeto a la minoría. Varios artículos
del texto Constitucional que hemos aprobado así lo proclaman. Y esa coherencia, ciudadano Presidente, y no
como alevosamente se señala por ahí por supuestos oportunismos coyunturales del
momento, es lo que llevan a la bancada de mi Partido a votar lisa y llanamente
por el respeto de la voluntad popular.
Respetamos la mayoría sea cual fuere el porcentaje; porque en esos
términos, ciudadano Presidente, queremos darle un principio de legitimidad a
cualquier gobierno y aquí la posiciones están tomadas, ciudadano Presidente,
razón por la cual plena, deliberada, concientemente estamos por el
mantenimiento de la tesis que aprobó la Comisión Redactora en mayoría. Nada más, y pido se lleve cuanto antes a
votación esta cuestión. Muchas gracias,
ciudadano Presidente.
APLAUSOS...
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional José Nicolás Morínigo.
CIUDADANO CONVENCIONAL JOSE
NICOLAS MORINIGO: Ciudadano Presidente: discutir este artículo a un año de unas
elecciones generales, ciertamente no puede substraerse del problema político
que está implicado en él, y yo no sé si es posible salirse de esta discusión,
de esa atracción fatal de la política en este caso. Creo que, sin embargo, es necesario hacer algunas
referencias con respecto a qué es lo que más conviene para garantizar un
sistema democrático y, en este caso y frente a esta situación, me atrevo a
decir que la propuesta N°
2 constituye y favorece un mecanismo más adecuado para garantizar la gobernabilidad
en una sociedad.
Y
garantizar la gobernabilidad implica, ciertamente, garantizar y crear
mecanismos de mayor representatividad que permita que el vínculo entre sociedad
civil y poder político esté suficientemente garantizado y al mismo tiempo suficientemente
representado. Por esta razón, ciudadano
Presidente, creo que la propuesta N°
2, aún cuando no implique que la propuesta N°
1 sea antidemocrático ni mucho menos, considero que es la que garantiza mejor y
asegura mejor un proceso democrático.
Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el Convencional Darío Palacios.
CIUDADANO CONVENCIONAL DARIO
PALACIOS: Gracias, ciudadano Presidente. La verdad es que las exposiciones vertidas
por nuestro líder de bancada, ciudadano Convencional Oscar Paciello, me relevan
de exponer sobre algunos puntos importantes, pero yo quiero aportar algo
más. Resulta que pareciera que aquí en
el bloque este Colorado, se está queriendo imponer de vuelta una especie de
aplanadora, aparte de las exposiciones del ciudadano Convencional Oscar
Paciello que fueron claras desde el punto de vista técnico-jurídico, desde el
punto de vista que nosotros manejamos este tema. También quisiera agregar algo importante y
decir que, desde ese punto de vista también los constitucionalistas aún no
están de acuerdo sobre la conveniencia o no del sistema de balotaje aquellos
que están en contra o a favor, debemos tener en cuenta lo siguiente: que aquí
nosotros tenemos que tratar siempre de hablar claro y hablar con toda
sinceridad.
Ciudadanos
Convencionales: con todo respeto, me
permito discrepar con algunos preopinantes al decir en esta Constitución
Nacional, al imponer un nuevo sistema de cambios substanciales en la
metodología de nuestro gobierno, ya prácticamente estamos abriendo las puertas
anchas, para llevar a cabo una democracia plena en este país. Y de ese punto de vista tenemos que pensar de
que debemos ir pausadamente acercando, digamos, este proceso democrático hacia
buen puerto. Creo que con esta nueva
Constitución, nosotros ya hemos conseguido logros importantes, y entrar en el
tema del balotaje, tendríamos que pensar primero si el electorado está
preparado. Después del golpe del 2 y 3
de febrero estamos viviendo de elecciones en elecciones. El electorado está prácticamente un poco
agotado, es decir, está confundido.
Tenemos
que hacernos un poco el pensamiento siguiente:
¿el pueblo está preparado, el pueblo está conscientizado de lo que hacemos
en algunos países del mundo? ¿Alguna vez
se dio este proceso democrático tan aceleredamente como en nuestro país? Creemos nosotros que un proceso democrático
debe ser llevado por etapas, para que realmente pueda surtir sus efectos. Nosotros estamos acelerando nuestro proceso
democrático, y creo que todo proceso democrático y que se basamenta sobre una
revolución intelectual como la que estamos nosotros queriendo traspasar, no
puede llevarnos a buen puerto si de la noche a la mañana inmediatamente
queremos acelerar, imponer ritmo. Desde
este punto de vista, debemos pensar también, en que los Partidos políticos van
a desgastarse desmesuradamente, entrar en una segunda vuelta después de una
primera que va a ser también desgastadora y, como dijo el Convencional Nicolás
Morínigo, tan sólo a un año de las próximas elecciones, nosotros no podemos
substraernos a esto.
Así
que, ciudadanos, debemos ser prácticos en este país. Nosotros, en esta
Convención Nacional Constituyente, deberíamos pensar que hay que llevar a la
práctica esto que estamos en este momento teniendo ya prácticamente casi
terminado. Y de aquí a 5 años, por qué
no seguir hablando de este tema; mientras tanto, vamos a ejecutar lo que
nosotros aquí, con tanta sapiencia, con tanta calidad todos los Convencionales,
queremos poner en práctica en este país, una nueva Constitución que abre un
nuevo marco democrático, y vamos a ver, entonces, si de aquí a 5 años realmente
tenemos o no razón. Y por lo tanto,
creemos firmemente que tendríamos, en este tema tan importante, votar por lo
que establece el Proyecto Base. Muchas
gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Celso Castillo. No
está en la sala.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Estanislao LLamas.
CIUDADANO CONVENCIONAL
ESTANISLAO LLAMAS: Brevemente ciudadano Presidente: solamente
para decir lo siguiente: que nosotros tenemos que adecuarnos a la realidad de
nuestro pueblo, ciudadano Presidente.
Aquí ninguno de los dos sistemas que se quiere imponer es malo. Tanto el balotaje como el sistema de mayoría
simple son correctos. Por la realidad de
nuestro pueblo es, ciudadanos, que
solamente necesitamos la mayoría simple, por la sencilla razón de que
los candidatos en la primera vuelta van a ir a la quiebra y en la segunda ya
van a ir a la cárcel, ciudadano Presidente.
Por
lo demás, ciudadano Presidente, se ha hablado acá de legitimidad de los votos
que recibe un candidato y creo que la legitimidad en los votos no le da sólo
los votos favorables al candidato sino los votos totales de los
sufragantes. Todo junto hace, ciudadano
Presidente, el total de votos, hace que una lección sea legítima o no. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Eusebio Ramón Ayala.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA:
Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales: creo que ningún sistema electoral es
perfecto, eso no podemos discutir. Así
que lo que estamos discutiendo son posiciones que cada uno tenemos. Por lo tanto, creo que los ataques son
infundados y las defensas son exacerbadas. Tenemos que recuperar la
racionalidad. Es evidente que no podemos
despojarnos del clima político que vive el país y, más además, es legítimo que
cada sector defienda lo que cree que está bien.
Entonces,
creo que, sea cual fuere el sistema elegido, no va ser una catástrofe, porque
estos dos sistemas se han implementado en diferentes países con éxitos y con
fracasos. Se ha implantado con éxito el
balotaje en muchos países, se ha implementado el voto directo sin ningún
intermediario en otros países con mucho éxito y con fracasos, y está el sistema
mixto, como por ejemplo, el de Bolivia que la primera vuelta es con todos los
sufragantes, y la segunda vuelta es solamente a nivel, por ejemplo, del
Congreso, y ha dado éxitos y ha dado fracasos.
El
caso de los EE.UU: se eligen
Convencionales que eligen finalmente al Presidente y al Vicepresidente y es un
sistema que ha dado buenos resultados desde hace 200 años. Luego, ciudadano Presidente, yo he presentado
esta moción conjuntamente con otras personas, porque creo que con el balotaje
se representa mejor al pueblo, simplemente por eso. Y la otra experiencia tanto de Perú como de
otros países, no puede ser aplicada a este sistema, porque se ha demostrado que
todos los otros sistemas también ha conocido de fracasos y de éxitos. Así que creo, ciudadano Presidente, que cada
uno vote a conciencia sin ataques infundados y sin defensas exacervadas. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el último orador inscripto, el ciudadano Convencional Diógenes
Martínez.
CIUDADANO CONVENCIONAL DIOGENES
MARTINEZ: Ciudadano Presidente: reivindico, en primer
término la libertad de acción y de conciencia de todos los miembros de la
bancada colorada. Nadie va votar aquí
por determinada moción, si no está convencido de eso. El Presidente de nuestro Partido lo ha
declarado expresamente, y eso, frente a los Convencionales colorados,
reivindico claramente.
Estamos
sí convencidos, los colorados, de que se debe respetar la voluntad libre y sana
del pueblo, no la voluntad inducida por acuerdos electorales circunstanciales,
por componendas interesadas. De eso sí estamos convencidos, esa voluntad libre
que se manifiesta en una elección preparada, trabajada, elaborada que se
finiquita y se agota en unas elecciones generales cada 5 años, no aquella que
después de 30 días se verifica, componendas y transacciones de por medio. Con estos argumentos, más los esgrimidos por
varios correligionarios, estamos con la propuesta de la Comisión Redactora. Muchas gracias, ciudadano Convencional.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Ha
terminado la lista de oradores. Estamos
en estadio de votación. La
Presidencia...
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Marciano Torales, sobre la votación
ciudadano Convencional...
CIUDADANO CONVENCIONAL MARCIANO
TORALES: Solicito que la votación sea nominal,
ciudadano Presidente. Gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración. Los que estén por que la votación sea
nominal, se servirán levantar la mano... Hay una quinta parte. Se hará así
nominalmente. Por Secretaría se pasa
lectura para la expresión del sufragio.
CIUDADANO SECRETARIO:
Moción 1, es el Proyecto Base.
Moción 2, es por el Proyecto del ciudadano
Convencional Rafael Eladio Velázquez.
Domingo Laíno: Moción 2
Oscar Paciello: Moción 1
Rafael Eladio Velázquez: Moción 2
Emilio Camacho: Moción 2
Víctor Hugo Sánchez: Moción 1
Héctor Capurro:
Carlos Podestá: Moción 1
Diógenes Martínez: Moción 1
Carlos Alberto González
Juan Francisco Elizeche:
Víctor Báez Mosqueira: Moción 2
Carlos Romero Pereira: Moción 1
Rodrigo Campos Cervera:
Blanca Lila González:
Benjamín Fernández: Moción 1
Evelio Fernández: Moción 2
Rodolfo Gill Duarte: Moción 1
Miguel Addón Saguier: Moción 2
Arcadio Flores:
Luis Garay:
Migdalia de García: Moción 1
Juan Felix Fernández
Estigarribia: Moción 2
Raúl Oggero: Moción 1
Manuel Augusto Radice: Moción 2
María Celsa Echague de Ayala Moción 1
Ricardo Franco Lanceta:
Antonia Irigoitia: Moción 2
Bernardino Cano Radil:
Pedro Pablo Ovelar: Moción 1
Aníbal Saucedo:
Luis Angel González:
Carlos Armando Storm: Moción 1
Rubén Bareiro:
Juan Manuel Peralta: Moción 2
Dora Hermosilla:
Federico Callizo: Moción 2
José Ismael Candia: Moción 1
Luis Castiglioni: Moción 1
Pedro Dario Portillo: Moción 2
Rodolfo Centurión: Moción 1
Wilfrido González:
Estanislao LLamas: Moción 1
Rodolfo Aseretto: Moción 2
Julio César Fanego: Moción 1
Manuel Enrique Doldán: Moción 1
Alirio Ugarte: Moción 2
Abrahán Esteche:
Benjamín Maciel: Moción 1
Eusebio Ramón Ayala: Moción 2
Carlos Villagra Marsal:
Francisco Solano López: Moción 1
Humberto Ayala: Moción 2
Eligio Vargas: Moción 1
Elisa Ruiz Diaz:
María Elena Sachero:
Celso Castillo: Moción 1
Estanislao Martínez: Moción 2
Atilio Florentín:
Angel Ayala: Moción 2
Milciades Godoy: Moción 1
Franklin Boccia: Moción 2
Domingo Delvalle: Moción 1
Leslie Villanueva: Moción 1
Víctor Quevedo: Moción 2
Guillermo Heisecke: Moción 2
Víctor Manuel Núñez: Moción 1
Euclides Acevedo:
Elvio Insaurralde: Moción 1
Gonzalo Quintana: Moción 2
Jorgelina Silvero: Moción 1
Jorge Ríos: Moción 1
Víctor Bernal: Moción 1
Gustavo Laterza: Moción 2
Teresa Sosa de Arréllaga:
Isidro
Melgarejo: Moción 1
Julio César Vera:
Tadeo Zarratea: Moción 2
Antonia O. De Galeano: Moción 1
Dionisio Zárate: Moción 1
René Ramírez: Moción 2
Gregorio Enciso: Moción 1
Aida Robles: Moción 2
Lino Chilavert: Moción 1
Luis Lezcano Claude: Moción 2
Fernando López Leíva: Moción 1
Manuel Sardi: Moción 1
Esteban Caballero:
José Dolores Samaniego: Moción 1
Rubén Dario Romero: Moción 1
Sinforiano Rodríguez: Moción 2
Ramiro Barboza: Moción 2
Ismael Echagüe Insfrán:
Manfredo Ramírez: Moción 1
Agustín Segovia: Moción 1
Felipe Dávalos: Moción 1
Luis Alfonso Resck: Moción 2
Armando Espínola: Moción 2
Aparicio Fretes: Moción 1
Juan Ramón Huerta: Moción 2
Gustavo Samaniego:
Fermín Ramírez: Moción 2
Marciano Torales: Moción 1
Justo René Decoud:
Carlos Mateo Balmelli: Moción 2
Pedro Lugo: Moción 1
Carlos Fretes: En blanco
Julio Damian Pérez Peña:
María Ligia Centurión: Moción 2
Gerardo Sosa Argaña: Moción 1
Mario Morel: Moción 1
Federico Figueredo: En blanco
Pablino Rodríguez: Moción 1
Jorge Dos Santos: Moción 1
Jesús Ruiz Nestosa: Moción 2
Nilda de Marín: Moción 2
Cayo Wynn: Moción 1
Ramón Romero: Moción 1
Antonio Ferreira: Moción 2
Susana Morínigo:
Ignacio Cárdenas: Moción 1
Herminio Ruiz Díaz:
Avelino Ramírez: Moción 1
Ramón Vera Venialgo: Moción 2
Francisco Díaz: Moción 1
Elba Recalde de Rojas: Moción 2
Timoteo González: Moción 1
Eduardo Rodríguez: Moción 1
José Benigno Escobar: Moción 2
Inmaculada Duarte: Moción 1
Rubén Melgarejo: Moción 1
José Nicolás Morínigo: Moción 2
Juan Manuel Benítez: Moción 2
Hugo Estigarribia: Moción 1
Blanca M. López: Moción 1
Alcibiades González:
Bernardo Villalba: Moción 1
Antonio Valiente
Carlos Martín Colarte: Moción 1
Lamia Yore de Yunis:
Crescencio Storm: Moción 1
Julián Britos: Moción 1
Manuel Dejesús Ramírez: Moción 2
Pablo Cabral: Moción 1
Vidal Rolón: Moción 1
Castor Elizardo Giménez: Moción 1
Patricio Enciso:
Tomás Ortíz:
Peter Holder:
Francisco Alvarenga:
Carlyle Gauto: Moción 1
Fabio Cáceres: Moción 2
Luis Segovia: Moción 1
Reinaldo Chilavert: Moción 1
Darío Palacios: Moción 1
Emilio Oriol Acosta: Moción 1
Ada de Setrini:
Carmelo Benítez: Moción 1
Francisco Vera Fleitas: Moción 1
Pedro Angel Rodríguez: Moción 1
Luis Pedro Llano:
Herminio Cáceres:
Perfecto Ruíz Díaz:
Dolores de Ayala:
Juan Gilberto Orella: Moción 1
Carlos Avalos: Moción 1
Serapio Mongelós: Moción
2
Gustavo René González:
Miguel Angel Riquelme: Moción 1
Marcelino Alfonso: Moción 1
Osvaldo Tomás Rodríguez:
Juan de la Cruz González: Moción 1
Carlos Ovidio Meyer: Moción 1
Cosme Miltos:
Oscar Alberto Delvalle: Moción 1
Benito Giménez:
Cecilio Alejandro Osorio: Moción 1
Miguel Angel Galeano: Moción 2
Cesar Rolando Dos Santos: Moción 1
Julio César Lugo: Moción 1
Víctor Hugo Paniagua:
Miguel M. Ferreira: Moción 2
Valentín Gamarra: Moción 1
Luis A. Duarte Molinas: Moción
1
Víctor Hugo Insaurralde: Moción 1
Gregorio Centurión: Moción 1
Teresa de Rodríguez: Moción 1
Juan Félix Bogado:
Jesús María Argaña: Moción 1
Rubén Fanego: Moción 1
Gustavo Mazó: Moción 1
Edgar Villalba:
Cirila Vda. de Alcaráz: Moción 1
Albino Chaparro: Moción 1
Juan Héctor Mongelós: Moción 2
Fernando Rolón: Moción 1
Pedro Talavera: Moción 1
Miguel Angel Rodas:
CIUDADANO PRESIDENTE: Se invita a los ciudadanos Convencionales a
no retirarse de la sala aún.
Por
Secretaría, se va a dar el resultado de la votación.
CIUDADANO SECRETARIO: El Proyecto Base obtuvo 107 votos.
CIUDADANO PRESIDENTE: Mayoría.
Queda aprobado, en consecuencia, el Artículo 224, de conformidad al
Proyecto Base.
APROBADO.
CIUDADANO SECRETARIO: La moción N°
2 obtuvo 57 votos.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente: moción de orden de pasar a un cuarto intermedio
hasta la tarde, ya que no da el tiempo para iniciar el estudio de ningún otro
artículo. Muchas gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
La
Presidencia iba a proponer lo mismo. Se pasa
a cuarto intermedio hasta la tarde. Se
ruega puntualidad y asistencia. Muchas
gracias.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Vamos a dar inicio a la sesión de la tarde,
entonces, y por Secretaría se va a leer el artículo del Proyecto Base.
Hay
quórum legal. Acá no, pero ya están
llegando.
Vamos
a dar lectura a los Asuntos Entrados.
CIUDADANO SECRETARIO: Han solicitado...
CIUDADANO VICE PRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Perdón. Ciudadano Convencional Velázquez, por
favor. Ciudadano Vicepresidente, Rafael
Eladio Velázquez.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Bueno. Desde el momento en que la Secretaría anuncia
que hay quórum, comenzamos la sesión con los Asuntos Entrados.
CIUDADANO SECRETARIO:
Han solicitado permiso para la tarde de hoy los siguientes Convencionales: Rodolfo
H. Centurión, a partir de las 16 horas.
Por toda la tarde, el Convencional Miguel Angel Galeano. La Convencional Ada Sotomayor de Setrini, por
toda la tarde, y también por toda la tarde, el Convencional Patricio Enciso
Gómez.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Se toma nota de todos estos pedidos, y vamos
a entrar en materia.
Entramos en el Artículo 225. De la Asunción del Cargo. Va a leer la Secretaria el artículo.
CIUDADANA SECRETARIA:
Hasta el momento, por lo menos, es proyecto único.
De la Asunción al Cargo: En el caso de que en la fecha en la cual deban
asumir sus funciones el Presidente y el Vicepresidente de la República no estuviesen
proclamados en la forma dispuesta por esta Constitución, o fueran anuladas las
elecciones, el Presidente cesante entregará el mando al Presidente de la Corte
Suprema de Justicia, quien actuará hasta que se efectúe la transición, quedando
en suspenso sus funciones judiciales.
CIUDADANO VICE PRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: A consideración el Artículo
225 en los términos que ha sido leído.
Le cedo la palabra.
Si
no hay quien quiera hacer uso de la misma ponemos a votación.
Quienes
estén de acuerdo, se servirán levantar la mano.
Mayoría.
Queda
aprobado el Artículo 225.
APROBADO.
Artículo
226.
CIUDADANA
SECRETARIA: Artículo 226.
Título: De la Posesión del Cargo.
Texto:
"El Presidente de la República y el Vice Presidente de la República
tomarán posesión de su cargo ante el Congreso, prestando juramento o promesa
por su honor y ante la patria de cumplir con fidelidad y patriotismo sus
funciones constitucionales. Si el día
señalado el Congreso no alcanzara el quórum para reunirse, la ceremonia se
cumplirá ante la Corte Suprema de Justicia".
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: No tenemos ninguna información de que haya
disidencia.
El
Artículo 226 está a consideración en los términos leídos.
Ofrezco la palabra. Si no hay nadie que quiera hacer uso de la
misma, vamos a poner a votación.
Se
pone a votación, por favor.
Mayoría.
APROBADO.
Artículo
227.
CIUDADANA
SECRETARIA: Artículo
227. Título: De
las Ausencias. Texto: "El Presidente de la República o quien lo esté
sustituyendo en el cargo no podrá ausentarse del país sin dar aviso previo al
Congreso y a la Corte Suprema de Justicia.
Si la ausencia tuviera que ser por más de cinco días se requerirá la
autorización de la Cámara de Senadores.
Durante el receso de las Cámaras, la autorización será otorgada por la
Comisión Permanente del Poder Legislativo.
En ningún caso pueden estar ausentes del territorio nacional
simultáneamente el Presidente y el Vicepresidente".
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración, el Artículo 227. Quienes estén de acuerdo, se servirán
levantar la mano.
Mayoría.
APROBADO.
CIUDADANA
SECRETARIA: Artículo 228.
Título: De
la Acefalia. Texto: "En caso de
impedimento o ausencia del Presidente de la República lo reemplazará el Vice
Presidente, y a falta de éste, y en forma sucesiva, el Presidente del Senado,
el de la Cámara de Diputados y el de la Corte Suprema de Justicia. El Vicepresidente electo asumirá la
Presidencia de la República, si ésta quedase vacante antes o después de la
proclamación del Presidente y la ejercerá hasta la finalización del período
constitucional. De producirse la
vacancia definitiva de la Vicepresidencia durante los tres primeros años del
período constitucional, se convocará a elecciones para cubrirla. Si la misma tuviese lugar durante los dos
últimos años, el Congreso, por mayoría absoluta de sus miembros, designará a
quien deba desempeñar el cargo por el resto del período constitucional".
CIUDADANO PRESIDENTE:
A consideración el proyecto.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Rodolfo Gill Duarte.
CIUDADANO CONVENCIONAL RODOLFO
GILL DUARTE: Gracias, ciudadano Presidente. Y nuevamente, sólo como una consulta. A nuestro parecer, el Presidente de la
Suprema Corte es Presidente de uno de los tres Poderes del Estado paraguayo, y
no veo por qué debe estar en el orden de prelación en el tercer lugar, después
del Presidente de la Cámara de Diputados.
Consulto con los miembros de la Comisión Redactora, ciudadano
Presidente, por su intermedio. Muchas
gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Se corre traslado a la Comisión Redactora.
Tiene
la palabra el miembro de dicha Comisión, el ciudadano Convencional Evelio
Fernández Arévalos.
CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO
FERNANDEZ AREVALOS: La Comisión tuvo el criterio de que,
tratándose de un cargo esencialmente político, quienes tuvieran que reemplazar
al Presidente de la República en el caso previsto en el primer parágrafo del
Artículo 228, fueran también los Presidentes de las dos Cámaras, que son
órganos políticos del Estado, y recién a falta de éstos, el Presidente de la
Corte Suprema de Justicia.
Hay
que ver que, según hemos aprobado en un artículo anterior, en otros casos,
también interviene el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Artículo 225,
en el caso en que en la fecha en la cual deba asumir sus funciones el
Presidente y Vicepresidente de la República no estuviesen proclamados en la
forma dispuesta por esta Constitución, o fueran anuladas las elecciones. Pero para esta circunstancia, evidentemente,
no estarían en funcionamiento la Cámara de Diputados y la Cámara de
Senadores. Por eso se hizo esa previsión
en el Artículo 225, en tanto que, en el Artículo 228, por el motivo indicado se
establece el orden del reemplazo, primero, el Vicepresidente, y a falta de
éste, y en forma sucesiva, el Presidente del Senado, el de la Cámara de
Diputados y el de la Corte Suprema de Justicia.
Nada más, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Gustavo Laterza.
CIUDADANO CONVENCIONAL GUSTAVO
LATERZA: Gracias, ciudadano Presidente. Para formular una consulta técnica. La última línea del Artículo 228 dice que
"el Congreso por mayoría absoluta de sus miembros designará a la persona
quien deba desempeñar el cargo de Presidente por el resto del período
constitucional".
Lo
que no me queda en claro aquí es ¿en qué posición quedaría esta persona si
fuera una de las personas inhábiles para ser candidatos a Presidente de la
República? Porque el artículo siguiente
va a establecer cuáles son las inhabilidades para ser candidato pero no va a
establecer cuáles son las inhabilidades para ser designado por el
Congreso. Aparentemente, con una
interpretación, podría decirse que el Congreso va a tener que tener en cuenta
el Artículo 229 para no designar a una persona que sea inhábil, pero si designa
a una persona que sea inhábil, yo no veo cómo va a poder contestarse
jurídicamente esta designación. Sería
interesante discurrir algo sobre este punto.
Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Se
traslada la consulta.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Evelio Fernández Arévalos.
CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO
FERNÁNDEZ AREVALOS: Los preceptos constitucionales juegan
sistemáticamente, y la verdad es que en cada artículo no se pueden prever todas
la hipótesis. Es la interpretación de
las normas la que va a venir a dar respuesta a los requerimientos frente a
casos concretos que puedan producirse.
Entiendo
que está jugando acá en la interpretación del parágrafo final del Artículo 228,
las inhabilidades que figuran en el Artículo 229. De manera tal, que la designación por mayoría
absoluta del Congreso, se tendrá que efectuar a personas que no sean inhábiles
de acuerdo con las prescripciones del Artículo 229.
Por
último, quería señalar que el Congreso puede designar a cualquier ciudadano que
no tenga ninguna de esas inhabilidades, y no necesariamente de entre sus
miembros. Nada más, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
No
hay otro orador, que haya pedido la palabra.
La
Presidencia va a llevar a votación. Es
el Proyecto Base, Proyecto único.
Quienes
estén por la aprobación, se servirán levantar la mano.
Mayoría.
Queda
aprobado, en consecuencia, el Artículo 228.
APROBADO.
Artículo
229. Se dará lectura, por Secretaría.
CIUDADANO
SECRETARIO: Propuesta N°
1. Proyecto Base. Título: De las
Inhabilidades. Texto: Son inhábiles para ser candidatos a Presidente de la
República o Vicepresidente:
1)
Los Ministros del
Poder Ejecutivo, los Vice Ministros o subsecretarios y funcionarios de rango
equivalente, los Directores Generales de Reparticiones Públicas y los
Presidentes, Gerentes o Directores de los entes autárquicos, autónomos,
binacionales o multinacionales;
2)
Los Magistrados
Judiciales y los Miembros del Ministerio Público;
3)
el Defensor del
Pueblo, los miembros de la Contraloría General de la República, el Procurador
General de la República y los miembros del Consejo de la Magistratura;
4)
Los
representantes o mandatarios de empresas, corporaciones o entidades nacionales
o extranjeras, concesionarias de servicios públicos estatales, o de ejecución
de obras o provisión de bienes del Estado;
5)
Los Ministros de
cualquier religión o culto;
6)
Los Intendentes
Municipales; y,
7)
Los miembros en
servicio activo de las Fuerzas Armadas de la Nación y de la Policía, salvo que
hubiesen pasado a retiro un año antes del día de los comicios generales, por lo
menos.
En los casos previstos en los incisos 1), 2), 3) y
6), los afectados deben renunciar y haber dejado de ejercer sus respectivos
cargos, cuando menos, seis meses antes del día de la elección.
Propuesta
N° 2, Federico Callizo
Nicora.
CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO
CALLIZO: Me permite, para hacer una aclaración,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Federico Callizo.
CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO
CALLIZO: Creo que se ha deslizado un error al
incorporar esta propuesta N°
2, que está bajo mi nombre. Estas
inhabilidades se habían presentado oportunamente para el caso de los
Congresistas, pero no para el caso del Presidente de la República.
Por
lo tanto, ciudadano Presidente, esta propuesta no es correcta. No es que retire. No es correcta, ciudadano Presidente.
CIUDADANO SECRETARIO: Propuesta N°
3, Luis Lezcano Claude. Título: De las Inhabilidades. Texto:
Son inhábiles para ser candidatos a Presidente de la República o Vice
Presidente:
1)
Los Ministros del Poder
Ejecutivo, los Viceminis- tros o Subsecretarios y funcionarios de rango
equivalente, los Directores Generales de reparticiones públicas y los
presidentes de consejos, directores, gerentes o administradores generales de
los entes descentralizados, autárquicos, autónomos, binacionales o
multinacionales, los de empresas con participación estatal mayoritaria;
2)
Los Magistrados Judiciales y
los miembros del Ministerio Público;
3)
El Defensor del Pueblo, los
miembros de la Contraloría General de la República, el Procurador General de la
República, los miembros del Consejo de la Magistra tura y los miembros del
Tribunal Superior de Justicia Electoral;
4)
Los representantes o
mandatarios de empresas, corporaciones o entidades nacionales o extranjeras,
concesionarias de servicios públicos estatales, o de ejecución de obras
públicas o provisión de bienes del Estado;
5)
Los Ministros de cualquier
religión o culto;
6)
Los Gobernadores o Intendentes
Municipales;
7)
Los miembros en servicio activo
de las Fuerzas Armadas de la Nación y de la Policía, salvo que hubieran pasado
a retiro un año antes del día de los comicios generales, por lo menos;
8)
Los condenados por sentencia
firme a penas privativas de libertad, mientras dure la pena;
9)
Los condenados a penas de
inhabilitación para el ejercicio de la función pública, mientras dure aquella;
10) Los
condenados por la comisión de delitos electorales, por el tiempo que dure la
condena;
11) Los
propietarios o co-propietarios de los medios masivos de comunicación social;
12) El
cónyuge o los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de
afinidad de quien se encuentre en ejercicio de la Presidencia al realizarse la
elección o la haya desempeñado por cualquier tiempo en el año anterior a la
celebración de aquella.
En
los casos previstos en los incisos 1), 2), 3) y 6), los afectados deben
renunciar y dejar de ejercer sus respectivos cargos, cuando menos, seis meses
antes del día de la elección. En los
casos previstos en los incisos 4) y 5), la inhabilidad debe cesar, por lo
menos, seis meses antes del día de la elección.
Fin
del texto de la propuesta que figura como N°
3, que es la propuesta alternativa para el Artículo 229.
CIUDADANO PRESIDENTE:
A consideración de la plenaria.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO:
Muchas gracias, ciudadano Presidente.
Nos encontramos ante dos textos casi idénticos, salvo en algunos
incisos. Son inhábiles para ser
candidatos a la Presidencia de la República, y el Convencional...
CIUDADANO PRESIDENTE:
Orden en la sala para escuchar al orador.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: El Convencional Lezcano Claude hace, en el
inciso 3), un agregado que me parece muy justo y le damos acogida, cual es el
que los miembros del Tribunal Electoral, justamente, quienes van a controlar el
proceso eleccionario, se hallan en la misma condición que el Defensor del
Pueblo, el Procurador General de la República y demás. Es plenamente razonable y yo acojo sin ningún
problema, ciudadano Presidente, esta inclusión, que me parece muy oportuna.
Igual
cosa digo a propósito del agregado en el inciso 6) cuando habla de que son
inhábiles también los Gobernadores, porque, si establecemos la inhabilidad para
los Intendentes Municipales, no se ve la razón por la cual otros funcionarios
electivos, como los Gobernadores, no sufran de la misma inhabilidad, que, por
lo demás, puede cesar con la renuncia oportuna tal cual se establece en la
parte final del artículo.
No
puedo decir lo mismo de los otros incisos, en cuanto hacen referencia, por
ejemplo, al derecho de sufragio pasivo, cosa que para mí ya está contemplada en
la legislación ordinaria. Y me permito,
nomás, recordar también, ciudadano Presidente, que esta plenaria ha excluido de
las causales de inhabilidad a los propietarios o co-propietarios de los medios
de comunicación social, desde en el momento que es una cuestión que,
francamente, es de difícil aplicación, porque, al fin de cuentas, normalmente
los propietarios de estos medios son sociedades anónimas transformándose esta
previsión en un motivo de tirria que se presta a malas interpretaciones y que
no va a ser, por lo demás, de mayor aplicación práctica.
En
relación al último inciso, el parentesco con los miembros de la persona que
ejerce la Presidencia de la República, es un inciso que, francamente, ciudadano
Presidente, recuerdo que en alguna ocasión se había discutido y no tengo en la
memoria las razones por las cuales esta inhabilidad no fue acogida, o por lo
menos, no se insertó en el texto.
De
manera tal, ciudadano Presidente, que por vía de brevedad, yo suplicaría que
con el acogimiento que hago en nombre de la Comisión, de estas dos menciones
del miembro del tribunal electoral y los gobernadores, creo que podemos aprobar
este artículo y solicito se lo lleve a votación en esos mismos términos, hasta
donde está, y posteriormente, tratemos los incisos propuestos por la propuesta
N° 2, para ver si se
incluyen o no, con lo cual abreviaríamos el tratamiento de esta norma, si no,
tendríamos que ir a su votación, prácticamente, inciso por inciso, lo que nos
demandaría demasiado tiempo. Muchas
gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Luis Lezcano Claude para referirse y
fundamentar la propuesta N°
3.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
LEZCANO CLAUDE: Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos
Convencionales: esta propuesta
alternativa tiene como una de sus finalidades principales la de hacer concordar
las inhabilidades que habíamos establecido al referirnos al Congreso, es decir,
a las Cámaras de Senadores y Diputados, con estas que estamos estableciendo
para Presidente de la República y Vice Presidente. Estos son artículos paralelos y, salvo
algunas pequeñas modificaciones, cuando ciertas inhabilidades no caben en un
caso y sí caben en otro, son artículos casi idénticos, en cuanto a Senadores y
Diputados y en cuanto a Presidente y Vicepresidente de la República. De manera que la finalidad primera, es la de
tratar de concordar los artículos 191 y 192 con este artículo que estamos
tratando ahora.
En
cuanto a los incisos, yo le pediría también al Presidente de la Comisión
Redactora y a los miembros que acepten también las pequeñas modificaciones que
se introducen en el inciso 1) que simplemente son concordancias de lo
establecido en el Artículo 192 con este primer inciso. Es decir, se agregan, entre otras, las
palabras "los presidentes de consejos, entes descentralizados". En la parte final del inciso 1) se agregan
"los de empresas con participación estatal mayoritaria", que ya está
en el Artículo 192 que hemos aprobado en relación con Senadores y
Diputados. De manera que, de esa manera,
creo que habría acuerdo hasta el inciso 7) habría acuerdo en caso de que la
Comisión Redactora acceda también a esas pequeñas modificaciones y agregados
del inciso 1) que no alteran el sentido del inciso sino, nada más que se trata
de concordar.
A
partir del inciso 8) se agrega también una serie de inhabilidades que están
previstas en el Artículo 191. Esa es la
razón por la cual se agregan también acá, porque no entendemos que puedan ser
consideradas inhabilidades para Senadores y Diputados y no se las tenga en
cuenta en relación a Presidente y Vicepresidente de la República. El inciso 8) dice: "Los condenados por sentencia firme, a
penas privativas de libertad, mientras dure la pena", es el inciso 1) del
Artículo 191. El inciso 9) de esta
propuesta alternativa, "los condenados a penas de inhabilitación para el
ejercicio de la función pública mientras dure aquella", es el inciso 2)
del Artículo 191. El inciso 10) de mi
propuesta que dice: "los condenados
por comisión de delitos electorales por el tiempo que dure la condena",
está en el inciso 3) del Artículo 191, ya aprobado. En el inciso 11) se reproduce el inciso 9 del
Artículo 191. Este inciso ha sido
aprobado. Creo que el Presidente de la
Comisión Redactora está trascordado, porque, realmente, el inciso 9) que
dice: "Los propietarios o
co-propietarios de los medios masivos de comunicación", ha sido aprobado
como causa de inhabilidad para ser candidato a Senadores o Diputados.
Debo
dejar constancia de que no comparto, he votado en contra de su inclusión cuando
se trató el Artículo 191. Aquí
simplemente lo traigo a colación, porque se deben concordar esos dos
artículos. Si nosotros consideramos que,
en respeto a esa mayoría que decidió incluir esta inhabilidad, traje a colación
esta inhabilidad, a pesar de no compartirla.
Pero, si nosotros admitimos esta inhabilidad en relación con Senadores y
Diputados, no veo yo la razón por la cual no se deban admitir también como
inhabilidades en relación con la Presidencia y la Vicepresidencia de la
República. En todo caso, recomendaría a
los estimados ciudadanos Convencionales la supresión de este inciso aquí y
también como inhabilidad para Senadores y Diputados.
Verdaderamente,
el único inciso nuevo que se propone es el inciso 12) que se refiere al
"cónyuge o los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, o
segundo de afinidad de quien se encuentre en ejercicio de la Presidencia al
realizarse la elección o la haya desempeñado por cualquier tiempo en el año
anterior a la celebración de aquella".
Las razones son obvias. En varios
casos, muchas personas son excluidas de la posibilidad de ser candidatos por el
hecho de que pueden manejar el poder de que disponen en favor de sus propias
candidaturas y es evidente que en el caso de las personas que se mencionan
aquí, el cónyuge y los parientes, que se mencionan, evidentemente, el
Presidente que esté en ejercicio de la Presidencia, puede manejar toda la
influencia que tiene a su alcance para favorecer a estos candidatos. Esa es la razón por la cual se sugiere este
agregado.
Finalmente,
quiero señalar, aquí quiero hacer una observación, que en este artículo tal
cual nos viene de la Comisión quiero que se fijen los ciudadanos
Convencionales, en el inciso 1) están incluidos ya los Ministros y otros
funcionarios, y en el inciso 6) los Gobernadores e Intendentes
Municipales, al tratar el tema de las
inhabilidades para congresistas. Y en el
inciso 6, los gobernadores e intendentes municipales, al tratar el tema de las
inhabilidades para Congresistas. Se me
había dicho que esos dos deberían tener un tratamiento por separado, que es lo
que se hizo equivocadamente al tratar las inhabilidades para el Congreso. Aquí
se ve que realmente que los Ministros del Poder Ejecutivo, Gobernadores,
Intendentes, deben estar dentro de un mismo régimen, y, por tanto, en un mismo artículo, como había propuesto
cuando se trataron inhabilidades del Congreso.
Por
estas razones, sugiero a los compañeros Convencionales acoger estos incisos y
estos ordenamientos que estoy proponiendo en la propuesta alternativa N°
2. Muchas gracias. Nada más.
CIUDADANO PRESIDENTE:
El ciudadano Convencional Ramiro Barboza pide una interrupción en el momento
que está terminando el orador. Este le
cede la palabra.
Tiene
la palabra el Convencional Ramiro Barboza.
CIUDADANO CONVENCIONAL RAMIRO
BARBOZA:
Gracias, ciudadano Presidente. Solamente, los incisos 8, 9 y 10 del proyecto
del ciudadano Convencional Luis Lezcano Claude, me parece que están
contemplados en el Artículo 222, que habla en el tercer inciso, de que está en
pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos, que incluiría estas
inhabilidades, 222, o sea, donde ya hemos aprobado que para ser Presidente de
la República y Vicepresidente se requiere estar en pleno ejercicio de sus
derechos civiles y políticos. Nada más.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Gustavo Laterza.
CIUDADANO CONVENCIONAL GUSTAVO
LATERZA:
Sí. Gracias, ciudadano Presidente.
Quiero
volver sobre el tema, con el que ya estuve...
INTERRUPCION...
CIUDADANO PRESIDENTE:
Ciudadano Convencional, si me permite una interrupción, la Presidencia va a
pasar lista de los oradores inscriptos.
CIUDADANO SECRETARIO: Gustavo
Laterza, Federico Callizo y Edgar Villalba.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Si no hay más otro orador inscripto, la Presidencia declara cerrada la lista de oradores.
Tiene
la palabra ciudadano Convencional.
Disculpe.
CIUDADANO CONVENCIONAL GUSTAVO
LATERZA:
Sigue siendo preocupante para mí el caso de la vacancia definitiva de la
Vicepresidencia de la República, por el problema que se plantea en relación a
las inhabilidades. Voy a tratar de simplificar con un caso
concreto. Si falleciere el Presidente de la República dentro o antes de
cumplirse los tres primeros años del ejercicio de su cargo, se debe convocar a
elecciones generales. Es obvio que estas
elecciones van a ser convocadas para uno, dos, o tres meses después del
fallecimiento del Vicepresidente. Por lo
tanto ninguna de las personas que está incluida en el inciso 1,2,3 y 6 de este
Artículo 229 va a poder presentarse como candidato porque no van a poder
renunciar a su cargo 6 meses antes de las elecciones para la Vicepresidencia.
Lo
normal en estos casos, tengo entendido, es que se escoja para candidato a
Vicepresidente a una persona que esté cercana al Poder Ejecutivo. Generalmente es un Ministro, y, justamente,
los Ministros no van a poder ser candidatados para la Vicepresidencia. Y en el
caso de que el Vicepresidente falleciera después de los tres años, va a tener
que designar un nuevo Vicepresidente el Congreso, y el Congreso tampoco va a
poder designar a un Ministro ni ninguno de los demás cargos que están
enumerados en esos incisos, porque van a ser inhábiles.
Entonces,
vamos a estar entre la circunstancia de que se va a producir la vacancia de la
Vicepresidencia y ninguna de las personas aptas para ocupar ese cargo va a
poder ser ni designada por el Congreso, ni electa. Pienso que esto se puede solucionar muy
fácilmente agregándole una frase final de este artículo que diga que en los
casos previstos en los incisos 1, 2, 3, y 6, los afectados deben renunciar y
haber dejado de ejercer sus respectivos cargos cuanto menos 6 meses antes del
día de la elección, salvo el caso de la vacancia definitiva de la
Vicepresidencia. Esa es la sugerencia de la cual corro vista de esta
manera. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Se
traslada al miembro de la Comisión...
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Federico Callizo.
CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO
CALLIZO:
Sí, ciudadano Presidente. Creo que no está el ciudadano Convencional Oscar Paciello,
pero de todas maneras, a mi criterio es perfectamente aceptable la aclaración
y, entre paréntesis, muy útil la aclaración que hace el Convencional Laterza,
porque son casos así muy especiales, pero, con la aclaración hecha por el
convencional citado quedaría totalmente aclarada esta situación. Eso, con respecto a la propuesta y de que no
hubiera objeción, se podrá agregar.
En
segundo lugar, ciudadano Presidente, creo que con las pequeñas introducciones
señaladas por el Convencional Lezcano Claude, en el inciso 1°,
podríamos aceptar votar este artículo en los incisos 1 al 7, y pasar a
considerar, para un mejor aprovechamiento del tiempo, los incisos que no están
contemplados en el Proyecto Base, es decir, aquéllos que van del 8 al 12. De esa forma ganaríamos mucho tiempo.
Y,
finalmente, quiero recordar solamente que todos estos artículos se están
rigiendo por aquello de que son aprobados Ad-referéndum, que estas
instituciones señaladas, que no han sido aún tratadas, están votadas
Ad-referéndum de su incorporación en el texto constitucional. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano
Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Edgar Villalba.
CIUDADANO CONVENCIONAL EDGAR
VILLALBA: Gracias, ciudadano Presidente.
Quisiera
referirme a uno de los incisos propuestos por el Convencional Luis Lezcano
Claude, concretamente el inciso undécimo, que hace relación a que las
inhabilidades para ser candidato a Presidente de la República y Vicepresidente,
se extiende a los propietarios o co-propietarios de los medios masivos de
comunicación social.
Este
inciso, ciudadano Presidente, es reiterativo de uno que ya fue presentado en el
Artículo 191, en lo que hace relación a las inhabilidades impuestas para ser
candidatos a los cargos parlamentarios. Este artículo, ciudadano Presidente,
que establece estas inhabilidades, en este caso, para ser candidatos a
Presidente o Vicepresidente es decir, los impedimentos que harán, que alguien
ni siquiera pueda ser nominado a los cargos ejecutivos, en este caso y entre
los vedados incorpora nuevamente a los propietarios y co-propietarios de los
medios masivos de comunicación, no se compadece, ciudadano Presidente, con el
Artículo 46 de este mismo Cuerpo Constitucional, que habla de la igualdad de
las personas y entre ellas se establece que no se admiten prerrogativas, ni
discriminaciones por razones étnicas de sangre, de fortuna, que sería en este
caso; ni con el subsiguiente Artículo el 47, que habla de la vigencia de la
igualdad establecida en el artículo anterior en su inciso b), que garantiza a
todos los habitantes de la República la igualdad ante las leyes.
Tampoco
se compadece, ciudadano Presidente, con el Artículo 101 de la Constitución que
estamos estudiando y que ya fuera aprobado, en cuanto hace relación a que todos
los paraguayos tienen derechos a ocupar funciones y empleos públicos en las
condiciones de igualdad previstas en esta Constitución.
Indudablemente,
ciudadano Presidente, los proyectistas han partido del hecho de que los
propietarios de medios masivos de comunicación, tanto en este caso en al
artículo en cuestión como en el artículo ya aprobado, cuentan con la ventaja
propagandística y por ende la ventaja promocional que significa disponer de
dichos medios de comunicación masivos, lo que, a su vez, les daría la ventaja
permanente de ser vistos, oídos, escuchados, leídos, constante y
reiterativamente, por la opinión pública, lo que de esta forma estaría
inclinando su preferencia de manera errónea, o por lo menos ésa sería la
interpretación que se le quiere dar, por quien mas tiempo aparece en los medios
periodísticos o los medios masivos de comunicación.
Pero
también esto supone, ciudadano Presidente, además de las razones expresadas,
que la ciudadanía toda es ingenua, torpe, fácil de influenciar y que esta
Constitución, por democrática que pretende ser en función de curatela política
o una suerte de ortopedia o elementos que lo ayuden a bien andar, debe proteger
al pueblo de su propia torpeza estableciendo para ello restricciones a la
participación política.
Sin
embargo, ciudadano Presidente, debemos decir de manera clara que una de las
características más resaltantes de los sistemas democráticos es la exigua o
mínima cantidad de restricciones o impedimentos que establecen para la
participación de los ciudadanos, para la participación política, y, por el
contrario, facilita esta participación y la estimula por todos los medios a su
alcance.
Por
este motivo, ciudadano Presidente, quisiera dejar sentada mi oposición a la
inclusión del inciso obrante en la propuesta del Convencional Luis Lezcano
Claude, como igualmente deseo dejar sentada mi posición en este momento sobre
el Artículo 101 que fuera anteriormente aprobado. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Eusebio Ramón Ayala.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA:
Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales, exclusivamente para hablar
sobre el proyecto 3, respecto a la prohibición a los propietarios de los medios
masivos de comunicación social. Si bien
es cierto, infelizmente a mi criterio, se ha aprobado esta inhabilidad para los
Diputados y Senadores, y realmente estoy en contra de que figure en la
Constitución en esta parte, esta proyección, ni siquiera dice qué son los
directores de los medios de comunicación. Sabemos bien que por la composición
societaria si es una sociedad anónima, un medio de comunicación puede tener 15,
10.000, 20.000 accionistas que son co-propietarios.
Realmente,
estoy en contra de este inciso, ciudadano Presidente. Nada más.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Ha
terminado la lista de oradores. La
Presidencia únicamente se permite consultar al Presidente de la Comisión
Redactora, con referencia a la aceptación del inciso 1°
de la propuesta de Luis Lezcano Claude, parcialmente aceptada por uno de los
miembros conspicuos de la Comisión, el ciudadano Convencional Federico Callizo,
referente al ordenamiento de determinadas personas que serían los Presidentes
de Consejos, directores, gerentes, el orden.
La
Presidencia, consulta al ciudadano Convencional, porque el mismo ha aceptado en
nombre de la Comisión, parcialmente, la parte final del inciso tercero , y
también acepta el inciso sexto. De
manera que votaría in-totum hasta el inciso séptimo. La consulta es sobre el inciso primero, la
inclusión que pide Luis Lezcano Claude.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Efectivamente, ciudadano Presidente, no
tenemos ninguna objeción porque son criterios que han venido trayéndose a lo
largo del texto Constitucional y hemos admitido el resto.
Por
eso, ciudadano Presidente, me ratifico en cuanto a lo que he expresado. Votemos este artículo y luego las inclusiones solicitadas en las cuales
obviamente, si vamos a ser coherentes con cuanto hemos venido manifestando acá,
este inciso 11, también tiene que entrar, o sea, incluir todas las demás inhabilidades
establecidas para Diputados y Senadores, y con eso resolvemos el problema. Ahora, el 12 exige un tratamiento especial,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: La Presidencia, entiende que aceptado
parcialmente el resto, se va a votar en forma separada. Entonces, la Presidencia va a llevar a
votación, en primer término, el texto de la Comisión aceptado en su inciso
primero, la parte final del tercero, inclusive el sexto.
Consulto
si no sería más fácil hacerlo directamente inciso por inciso para la rapidez.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Miguel Angel Riquelme.
CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL
ANGEL RIQUELME:
Gracias, ciudadano Presidente.
Consulto
si el inciso 3), donde habla del Defensor del Pueblo, se va a votar ya también
que es una figura.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional: se vota Ad-referéndum de su creación, si no
se crea no influye normalmente. Son
instituciones que van a ser aceptadas o creadas o no por esta plenaria. Entonces, la Presidencia lleva a votación sin
más trámite el Artículo 229, Proyecto Base con las aceptaciones hasta el inciso
7). Quienes estén de acuerdo, se
servirán levantar la mano.
Mayoría.
Queda
aprobado, en consecuencia, el Artículo 229 hasta el inciso 7).
Ahora
se van a votar las discusiones de los artículos, de los demás incisos, perdón,
presentados por el ciudadano Convencional Luis Lezcano Claude.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Una aclaración, ciudadano Presidente.
El
inciso 1) es también, un agregado que se propuso, ya fue aceptado.
CIUDADANO PRESIDENTE: Está todo aceptado. Entonces, a
consideración el inciso 8) con una salvedad de que aquí se ha
manifestado que estas previsiones están estatuidas en el Código Electoral.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Y, además, ciudadano Presidente, quiero
agregar el hecho de que las inhabilidades establecidas en los incisos 8), 9) y
10) del Proyecto, se comprenden dentro de lo establecido en el Artículo 222,
donde se dice que cualquier candidato debe estar en plena capacidad civil y
política. De manera que sería, a mi
juicio una redundancia innecesaria, no así el inciso 11) como digo y el inciso
12) que merecería una discusión muy especial.
CIUDADANO PRESIDENTE: En síntesis, la Comisión no acepta.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Luis Lezcano Claude.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
LEZCANO CLAUDE: Muchas
gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadano
Convencionales: con las explicaciones
dadas por el Convencional Oscar Paciello, creo que no es necesario incluir esos
tres incisos. Retiro la propuesta en
cuanto a esos tres. Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: En consecuencia retira los incisos 8), 9) y
10). Se pasa al tratamiento del inciso
11).
CIUDADANO SECRETARIO: Inciso 11, que dice: "Los propietarios o co-propietarios de
los medios masivos de comunicación social".
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración y a votación. Quienes estén por la inclusión, se servirán
levantar...
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Eusebio Ramón Ayala.
Ciudadanos
Convencionales: rogamos un poco de
silencio para prestar atención al orador, porque este es un momento un poco
delicado porque se intercalan nuevos incisos.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA:
Ciudadano Presidente: si bien
hemos aprobado una inhabilidad semejante, a mi criterio en forma infeliz, en la
parte de Diputados y Senadores, estoy a favor de la no inclusión de este inciso
11) de "los propietarios o co-propietarios de los medios masivos de
comunicación". Aparentemente, hay un ensañamiento en contra allí. Creo que no es una actitud muy agradable de
la Convención respecto a los medios de comunicación. Por eso solicito, ciudadano Presidente, la no
inclusión de este inciso.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Federico Callizo, luego el
ciudadano Convencional Oscar Paciello, y luego el ciudadano Convencional Emilio
Oriol Acosta.
CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO
CALLIZO: Solamente, ciudadano Presidente, para apoyar
las expresiones del preopinante. Creo
que no se debe incluir el inciso 11) en este artículo. Aún cuando se haya incluido como impedimento
para ser Diputados y Senadores, son situaciones diferentes, ciudadano
Presidente, y creo que no se debe incluir este inciso, para ser razonables y
prudentes en esta materia.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente: ésta es una habilidad ya establecida para
Diputados y Senadores, de manera que su inclusión obedecería a una razón de
coherencia con las demás previsiones, por un lado.
Por
otro lado, lo que me pesa sobre manera, en el ánimo de numerosos Convencionales
a quienes consulté, naturalmente como Presidente de la Comisión Redactora,
antes de verter estas opiniones, es ese extraño fenómeno que se ha producido en
el Brasil, en el que su Presidente por sobre todas la cosas, fue electo en
función a una poderosísima campaña de la Rede Loparinho. Entonces, eso es lo
que pesa en el ánimo de los compañeros Constituyentes y, francamente, creo que
esto debería librarse a la votación y al buen juicio de los ciudadanos
Convencionales acá, porque no admite mayor debate. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Emilio Oriol Acosta.
CIUDADANO CONVENCIONAL ORIOL
ACOSTA: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: creo que por una mínima
razón de coherencia, nosotros debemos aceptar la inclusión en este artículo el
inciso 11) presentado por el Convencional Lezcano Claude, en el sentido de que
los propietarios o co-propietarios de los medios masivos de comunicación
también sean inhábiles para ser Presidente o Vicepresidente de la República,
porque cómo vamos a permitir que ellos no puedan ser candidatos a Senadores y
Diputados y vamos a permitir que sean candidatos a Presidente o Vicepresidente
de la República. Tenemos que ser coherentes, ciudadanos Convencionales.
Pero
quiero sugerirle al Convencional Luis Lezcano Claude si no puede acoger una
pequeña modificación en el texto del inciso 11), en el sentido siguiente, que
diga "los directores propietarios o co-propietarios" de tal suerte a
hacer esa diferenciación porque, al hablar solamente de propietarios, puede ser
una Sociedad Anónima que comprenda, como lo dijo un Convencional preopinante,
varios propietarios, y todos ellos van a quedar inhabilitados para ser
candidatos a Presidente o Vicepresidente de la República.
Por
el otro lado, creo que el Artículo 47 inciso 6), por lo que un preopinante
también ha cuestionado que se suprima este inciso, habla muy claramente de que
el Estado garantizará a todos los habitantes de la República. El inciso c)
dice: "La igualdad para el acceso a
las funciones públicas no electivas", vale decir, que están previstos
estos casos, cuando es una función electiva, entonces, se puede hacer la
discriminación como está establecido en este Artículo 229, inciso 11), vale
decir, ciudadano Presidente, yo sugiero al Convencional Luis Lezcano Claude, si
puede acoger ese agregado que diga "los directores, propietarios o
co-propietarios" y por un mínimo de coherencia debemos incluir en este
articulado el inciso 11) propuesto por el ciudadano Convencional. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Ramiro Barboza.
CIUDADANO CONVENCIONAL RAMIRO
BARBOZA: Gracias, ciudadano Presidente.
Nosotros
habíamos votado en contra de la disposición que establecía que los propietarios
de los medios de comunicación social no podrían ser Diputados ni Senadores,
pero ahora nos encontramos ante la disyuntiva de permitirles de que puedan ser
Presidente de la República.
Ciudadano
Presidente: preferiría que no fuesen
candidatos a la Presidencia de la República y puedan ser Senadores y Diputados
que es una cuestión mucho menos importante.
Consecuentemente, o se incluye esto allá o borramos de las dos partes de
esto, porque si no existiría una
verdadera incoherencia, ciudadano Presidente. Les vamos a permitir lo más, y
les vamos a prohibir lo menos.
Por
eso es que creo que, ciudadano Presidente, o se incluye acá necesariamente, es
decir, les prohibimos a que sean Diputados y Senadores y Presidente de la
República, o de lo contrario les prohibimos a que sean Presidente de la
República y que sean Senadores y Diputados.
Nada más, ciudadano Presidente.
Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Miguel Angel Riquelme.
CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL
ANGEL RIQUELME:
Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadano
Presidente: primeramente quisiera dejar sentada mi protesta en contra del
Secretario que ayer ya me había dejado sin el uso de la palabra y hoy
nuevamente casi me deja, ciudadano Presidente.
Estuve levantando mi mano más de cinco o seis minutos. El se preocupa
más para hablar que de atender a los Convencionales que queremos dirigirnos.
Seguidamente,
ciudadano Presidente, quiero oponerme a la inclusión del inciso 11) que prohíbe
a los propietarios o co-propietarios de los medios masivos de comunicación a
ser candidato a Presidente. Realmente va a ser incoherente, concuerdo, pero,
entonces, por qué no asumimos una realidad y reconsideramos también el artículo
éste que se aprobó, que los inhabilita para ser Senadores y Diputados y dejemos
libre eso. Considero que estamos
coartando la libertad a los pequeños propietarios de medios de comunicación por
culpa de tener miedo a los grandes propietarios. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
CIUDADANO SECRETARIO: ¿Me permite, ciudadano Presidente? Fui aludido y tengo que dejar aclarado. Creo que la inquietud y la protesta del
ciudadano Convencional preopinante no se justifica, porque dice que casi no le
dí la palabra pero, al final se le dio la palabra. Eso no causa ningún daño
irreparable, si al final habló, ciudadano Presidente, vale decir que acá no
estamos discriminando a nadie ni privilegiando; estamos actuando conjuntamente
con la Secretaría de la bancada del P.L.R.A. de tal suerte que haya un
contralor cruzado de quien pide y quien no pide y se les da en el orden en que
se anotan. Gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: La Presidencia, antes de ofrecer la palabra
al próximo ciudadano Convencional inscripto, va a hacer leer por Secretaría la
lista de los oradores inscriptos para cerrarla
inmediatamente. Presten atención,
ciudadanos Convencionales.
CIUDADANO SECRETARIO: Rafael Eladio Velázquez, Eusebio Ramón Ayala,
Carlos Alberto González, Víctor Hugo Paniagua, Edgar Villalba, Manuel Ramírez,
Víctor Bernal, Bernardo Villalba, Ismael Echagüe y Jorge Dos Santos.
CIUDADANO PRESIDENTE: Queda cerrada la lista de oradores.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Rafael Eladio Velázquez.
CIUDADANO CONVENCIONAL RAFAEL
ELADIO VELAZQUEZ: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: no voy a tratar de diferenciar
si lo que se está cuestionando es una cuestión de coherencia o de
empecinamiento. En todo caso, señalo que
este inciso 11), que inhabilita para ser candidato para Presidente o
Vicepresidente de la República, no está en el Proyecto Base. Por algo la
Comisión Redactora lo excluyó de su Proyecto, es decir, no incluyó a los
directores, propietarios o co-propietarios de medios masivos de
comunicación. Creo que en buena hora se
abra la posibilidad a todos los ciudadanos.
En consecuencia, me opongo a la inserción de este inciso 11) que nos
propone un Convencional como agregado.
Además,
me alientan profundamente las palabras del Convencional preopinante, al hablar
de la conveniencia de volver a pensar y volver a considerar la exclusión ya
resuelta con relación a las candidaturas a Senadores y Diputados. Me opongo, pues, al inciso 11) y, si el
ciudadano Convencional preopinante hace moción de su sugerencia anterior, le
prometo mi voto de apoyo para la reconsideración. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Eusebio Ramón Ayala.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA:
Ciudadano Presidente: creo que tenemos que ser coherentes en la justicia
y no coherentes en la injusticia. En
primer lugar, si hemos restringido injustamente a los propietarios de medios de
comunicación para que sean candidatos a Diputados y Senadores, no por ello
tenemos que ampliar la injusticia también a los candidatos a Presidente y
Vicepresidente. Ese tipo de incoherencia
en la injusticia, prefiero ser incoherente, ciudadano Presidente, antes que
coherente injustamente.
Y
por eso concretamente y para tratar de ser coherente en la justicia, propongo
en este mismo momento la reconsideración del Artículo 191, inciso 9), ciudadano
Presidente y exijo la votación.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional no es pertinente el
planteamiento de reconsideración en el momento que se esta tratando la parte
final de un inciso que es de inclusión.
Le ruego que en su oportunidad lo haga, al término de ésto, inclusive,
en el día de mañana.
Con
todo el respeto que merece el ciudadano Convencional, alteraríamos el
procedimiento del tratamiento y nos traería una confusión.
De
manera que sigo ofreciendo la palabra sobre el mismo tema.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Carlos Alberto González.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
ALBERTO GONZALEZ: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales...
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA:
Ciudadano Presidente: antes. He presentado una moción de
reconsideración. Ahora, si ustedes me dicen
por qué es antiestatutario, yo aceptaría.
Hice
una moción de reconsideración del Artículo 191, inciso 9), aceptaría las
razones de la Presidencia, no hay ningún problema.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional: estamos tratando la terminación de un inciso,
inclusión o exclusión de dicho inciso, que haría parte del Artículo 229. Eso es lo que trae, necesariamente, como
tenemos por aplicación también el Reglamento de la Cámara de Diputados en forma
supletoria. Cada tratamiento de artículo es objeto de una discusión y de una
votación, y no en el medio de ella plantear reconsideraciones, porque quedaría a
medio camino.
Por
eso, respetuosamente le digo, que termine este artículo, y usted podrá hacer el
planteamiento de reconsideración.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA:
Ciudadano Presidente: vamos a
ponernos de acuerdo. Creo que las
mociones interrumpen el debate, interrumpen el orden del día, inclusive, o sea,
interrumpe el orden que se está tratando.
La moción siempre debe ser votada, una vez considerada. Si eso otorga un breve intercambio de
pareceres, se hará ese intercambio de pareceres. Si no admite debate, pues bien, no se hará
ningún debate, pero ésta es una cuestión previa, porque ¿de qué valdría más, si
es que aprobamos este inciso 11) y después vamos a reconsiderar respecto a los
Diputados y Senadores?
Entonces,
ciudadano Presidente, tengo a la vista el Reglamento Interno y en el Artículo
85 cuando dice "Moción de Reconsideración", no establece ningún
plazo, y creo que estoy en mi legítimo derecho; por lo tanto, le ruego al
ciudadano Presidente, respetuosamente, que confronte la opinión de la mesa y
que me dé una respuesta satisfactoria.
Para este momento no estoy satisfecho con la respuesta que me dieron.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional: le vuelve a insistir la Presidencia. No es reglamentario ni de práctica legislativa. En esta Asamblea existen Legisladores,
Senadores y Diputados. Usted tendría
razón si figurase como moción de orden.
La moción de reconsideración no es ninguna moción de orden. La moción de orden si interrumpe en cualquier
momento y se lleva a votación.
Por
eso, respetuosamente y para evitar mayor dilación, vamos a seguir adelante y,
oportunamente, en el estadio oportuno, usted tiene todo el derecho de plantear
esta reconsideración y la consiguiente, vinculada a las inhabilidades respecto
de Senadores y Diputados. Muchas
gracias.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Luis Lezcano Claude.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
ALBERTO GONZALEZ: Ciudadano Presidente: a mí me quitaron el uso de la palabra.
CIUDADANO PRESIDENTE: Un momentito.
Tiene razón.
Solamente
es autor, proyectista y quiere hacer una aclaración al respecto.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
LEZCANO CLAUDE:
Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos
Convencionales: nada más que por una cuestión
de respeto a la voluntad mayoritaria de esta Convención, había recordado este
inciso de los propietarios o copropietarios de los medios masivos de
comunicación, por una cuestión elemental de respeto a la voluntad mayoritaria
que se formuló en otra oportunidad en esta Convención. Ya he señalado que no comparto este
criterio.
Por
ese motivo, retiro la propuesta de este inciso y me adhiero a la propuesta de
reconsideración del inciso correspondiente del artículo referente a las
inhabilidades con relación a Senadores y Diputados. Verdaderamente, mi intención no era otra que
la de volver a este punto, de llamar la atención sobre eso y, en cierto modo,
provocar la reconsideración del artículo anterior. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional: usted tiene todo el derecho de retirar el
inciso 11) a que hace referencia, pero no puede, en este momento, adherirse al
planteamiento de reconsideración, porque no existe. El planteamiento de reconsideración no
existe. Falta terminar el inciso 12),
que es también proyecto suyo.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Carlos Alberto González.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
ALBERTO GONZALEZ: Ciudadano Presidente: habiendo sido retirado el inciso 11), no voy
a hacer uso de la palabra. Nada más.
CIUDADANO CONVENCIONAL ...: ¿Me permite, ciudadano Presidente?
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Emilio Oriol Acosta.
CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO
ORIOL ACOSTA:
Ciudadano Presidente: por una
mínima coherencia que debemos tener todos, ciudadano Presidente, hasta tanto no
se reconsidere en el Artículo 191 también como inhabilidad para los empresarios
de los medios de difusión la negativa de que pueda ser candidato a Diputados o
Senadores, yo me hago cargo del inciso 11) de la propuesta del Convencional
Luis Lezcano Claude.
CIUDADANO PRESIDENTE: Se hace cargo de la moción y subsiste la
moción, en consecuencia.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Víctor Hugo Paniagua.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
HUGO PANIAGUA:
Ciudadano Presidente:
primeramente quiero una aclaración de si se puede o no, si el
Convencional Emilio Oriol Acosta, puede o no hacerse cargo del inciso 11),
porque en caso contrario, sugiero que se vote el inciso 12) e inmediatamente pasemos
a la moción de reconsideración del Convencional Eusebio Ramón Ayala.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional: puede hacerse cargo. Y al mismo tiempo, fue aceptado también por
un miembro de la Comisión Redactora, el Convencional Oscar Paciello, quien
acogió como miembro de la Comisión.
Queda
en discusión y se va a llevar a votación, salvo que quieran hablar los otros
oradores.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Manuel Ramírez.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
HUGO PANIAGUA: Un momento,
ciudadano Presidente. Hice una pregunta,
ciudadano Presidente. Estoy todavía en
uso de la palabra.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra, ciudadano
Convencional Víctor Hugo Paniagua.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
HUGO PANIAGUA: Perfecto. Ciudadano Presidente: lo que quiero exponer es lo siguiente; me
parece que es sumamente injusto incluir a los propietarios y copropietarios que
no estén ejerciendo una función directiva dentro de esas empresas. Considero
que lo justo, lo ecuánime, sería que se reconsidere el artículo en cuestión,
porque creo que es una injusticia que al propietario o copropietario como tal,
sin estar ejerciendo una función directiva dentro de la empresa, le pueda ser
vedado el derecho de candidatarse para estos cargos, de manera tal que yo me
adhiero plenamente a lo expuesto por el ciudadano Convencional Miguel Angel
Riquelme, avalado por el ciudadano Convencional Rafael Eladio Velázquez y
también a la moción de reconsideración propuesta aquí por el ciudadano Convencional
Eusebio Ramón Ayala. Muchas gracias,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias por su intervención. Con referencia al pedido de reconsideración
es extemporáneo, vuelve a advertir la Presidencia.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Edgar Villalba.
CIUDADANO CONVENCIONAL EDGAR
VILLALBA: Gracias, ciudadano Presidente.
Reiterativamente hemos escuchado en esta Honorable Convención, ciudadano
Presidente, lo que considero un argumento traído de los pelos, el hecho de que por
razones de mínima coherencia y porque ya se incluyó en el Artículo 191 inciso 9°
esta aberración y a este inciso liberticida, se lo debe incluir aquí; caso
contrario, eliminarlo de ambos, reitero, además de que este artículo es
liberticida, pretender asumir por la vía de ese tipo de explicación la
justificación por la que debe mantenerse y sostenerse semejante aberración,
supera el límite de la lógica y de la responsabilidad en legislación, en
materia constitucional, ciudadano Presidente.
No
se puede argumentar que, por razones de coherencia debe mantenerse la infeliz
redacción que discrimina y limita el derecho de un ciudadano paraguayo, por ser
propietario de un medio de comunicación, a candidatarse a las Cámaras
Legislativas y a la Presidencia o Vicepresidencia de la República. No puede, ciudadano Presidente, so pretexto
de coherencia, porque se cometió una injusticia, una arbitrariedad y una
desigualdad, nuevamente legislando esa
desigualdad, esa arbitrariedad y esa injusticia, sostener en un inciso
subsiguiente que mantiene la mencionada arbitrariedad.
Si
hemos sancionado un error, si hemos sancionado una aberración, si nos hemos
equivocado, ciudadano Presidente y Honorable Convención, pues rectifiquemos,
modifiquemos esa conducta equivocada, pero no cometamos la torpeza lindante en
la obcecación de ratificarnos en el error, de ratificarnos en la aberración, de
ratificarnos en la inconsecuencia y en la incoherencia.
Por
razones de coherencia, ciudadano Presidente, no podemos mantener ese artículo.
Eso sí es coherencia, pero coherencia con la libertad y coherencia con los
principios y lo valores que atienden y proclaman la democracia representativa.
Ha
mencionado, ciudadano Presidente, un preopinante que en un principio no estuvo
de acuerdo con este inciso, pero con una segunda intervención sí estuvo, ha
mencionado el caso del Brasil, el caso del Presidente Collor. Efectivamente, el
Presidente Collor es propietario de medios masivos de comunicación y ha
accedido a la Presidencia de la República.
Pero ese hecho, en el Brasil y en otras democracias, no ha sido ni
significado un impedimento para que un ciudadano pueda postular a tan alta
dignidad, ciudadano Presidente.
Si
otras Constituciones, y acá se ha utilizado a favor y en contra el derecho
comparado y es natural que así sea. Si
otras Constituciones no lo consideran en esa situación y en esa condición,
porque acá recurriendo también al derecho comparado, habremos nosotros de
considerarlo así, ciudadano Presidente.
Parece
que lo que se teme es la competencia, pero también parece que se olvida que la
propia Ley Electoral, el Código Electoral, la Ley 1/90 regula, ciudadano
Presidente, la propaganda electoral, la duración de la propaganda electoral en
los medios masivos de comunicación, sean estos orales, escritos o televisados.
Además, ciudadano Presidente, reitero, finalmente; so pretexto de coherencia no
podemos caer en mantener una norma injusta, ciudadano Presidente. Los propietarios y copropietarios de medios
masivos de comunicación son iguales en dignidad y en derecho a todos los
ciudadanos ante la ley y, en primer lugar, por ello, ciudadano Presidente, ante
esta Constitución.
Por
lo tanto, pueden y deben ser candidatos a los cargos electivos nacionales. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Manuel Ramírez.
CIUDADANO CONVENCIONAL MANUEL
RAMIREZ: Sí, ciudadano Presidente. Solamente para
expresar que en nombre de la supuesta coherencia, no tendríamos que ir a
consagrar una disposición que viene a consagrar una injusticia, porque esta
disposición rompe el principio de la igualdad.
Solamente eso, ciudadano Presidente. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Una moción de orden, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Moción de orden pide un ciudadano
Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Rodríguez.
CIUDADANO CONVENCIONAL EDUARDO
RODRIGUEZ ACOSTA: Ciudadano Presidente: propongo que este artículo se posponga para
su estudio más adelante a los efectos de terminar con este inciso, a los
efectos de terminar este artículo y someter a consideración la propuesta de
reconsideración del ciudadano Convencional Eusebio Ramón Ayala, ya que no se puede reconsiderar
ahora, la moción de orden de posponer este inciso, corresponde. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Siendo una moción de aplazamiento referente al
inciso, la Presidencia advierte a la Asamblea que admite un breve debate, si se
aplaza o no, de manera que, quienes estén por el aplazamiento podrán usar de la
palabra, como quienes no estén.
Para
referirse de la moción de aplazamiento, tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Domingo Delvalle.
CIUDADANO CONVENCIONAL DOMINGO
DELVALLE:
Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales: en el día de ayer, precisamente, yo he votado
a favor de que los propietarios y copropietarios también tengan los mismos
derechos, que cada paraguayo, de ser elegidos. Y nuevamente me ratifico en los
mismos términos y apoyo la moción del ciudadano Convencional Eduardo Rodríguez
Acosta por el aplazamiento de este inciso.
Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: ¿Alguien más quiere hacer el uso de la
palabra?
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Víctor Hugo Paniagua sobre la
moción de aplazamiento.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
HUGO PANIAGUA:
Sí. Quiero apoyar la moción de
aplazamiento del inciso 11) hasta que reconsideremos el Artículo 191,inciso 9.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Solamente sobre el aplazamiento debe referirse, ciudadano Convencional.
¿Usted
está por el aplazamiento?
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
HUGO PANIAGUA: Apoyo
la moción de aplazamiento.
CIUDADANO PRESIDENTE: Apoya el aplazamiento.
Tiene
el uso de la palabra. ¿Algún otro
Convencional que pidió?
Se
lleva a votación.
Quienes
estén por la moción de aplazamiento se servirán levantar la mano.
Minoría.
Se
requiere mayoría absoluta de cien votos.
Se
sigue con el orden de la lista de oradores.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Bernardo Villalba.
CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDO
VILLALBA: Gracias, ciudadano Presidente.
En
primer lugar, hago uso de la palabra para desagraviar a todos los Convencionales que,
conscientemente y en pos de una mejora para nuestra Nación, hemos dado nuestro
voto favorable para que sea incluido este tipo de inhabilidad para los
candidatos a Diputados y Senadores, puesto que se ha tratado con expresiones de
grueso calibre a estos Convencionales que han dado su voto afirmativo. Y es
más, no se trata de una aberración, ni tan siquiera es un atentado contra la
igualdad ni contra la democracia. Con este chiste de que, hay una desigualdad
absoluta para aquellos quienes pueden tener la posibilidad de manipular la
información de la prensa, entonces, tendríamos que dejar de reglar las
inhabilidades para todos los cargos. Si
todos vamos a ser iguales y todos vamos a tener el mismo acceso a cualquier
cargo que fuese en cualquier condición, entonces, ¿para qué ponemos
inhabilidades para ser Diputado o Senador, Presidente o Vicepresidente? Entonces, con ese chiste vamos a dejar de
poner todas las inhabilidades.
Es
una inhabilidad válida para ser Diputado o para ser Senador, y más aún, le
llamo la atención a todos los Convencionales, en especial a aquellos que
estamos en el interior, porque bien sabemos que a partir de hoy la Cámara de Diputados
va a estar integrado por los representantes departamentales.
Les
recuerdo que la manipulación de la información en el interior de la República
está en manos de los dueños de las radioemisoras, quienes son los que realmente
va a manejar la política y van a manejar, en lo posible, la Cámara de
Representantes en la Cámara de Diputados.
Esto
es sumamente grave y peligroso. Y les
voy a dar un ejemplo claro y práctico sobre ésto, ciudadanos
Convencionales. Recuérdense ustedes de
un, hoy prenominado, político de mi Partido, que ha expulsado a funcionarios
por haber tocado la polca dieciocho en su radio. Esos son los peligros que
tenemos para la democracia. Y bien sabemos que, cuando el dueño de una
radioemisora, el dueño de un medio de prensa es el interesado directo de ocupar
un cargo electivo, bien sabemos que toda información dada va a ser en favor de
ese candidato y va a ser en contra de los oponentes. Eso es así.
Había dado el ejemplo en aquella oportunidad en que los demás
candidatos, incluso, llegan a pagar su propaganda electoral y no se transmite
esa propaganda electoral al pueblo, porque no tenemos forma de probar si
cuántas veces se ha pasado una grabación de propaganda en una radio, en una
televisión. Tenemos que recurrir sobre
esto al Tribunal Electoral y no tenemos pruebas. Siempre estamos a merced de esta gente. Entonces tenemos que decir que esto es
sumamente peligroso, y es más, para mí resulta sumamente sugestivo que se esté
proponiendo acá la reconsideración de este artículo.
No
sé, ciudadano Presidente, ciudadanos convencionales, pero tenemos que nosotros
estar consciente de esta situación. Si este peligro se presenta para los
candidatos a Senadores y Diputados, es también un peligro real para los
candidatos a Presidente y Vicepresidente.
Imagínense ustedes, hoy, un poderoso propietario de radio, televisión y
diario, candidato a Presidente de la República.
Pues por radio, televisión y diario va a ser el mejor candidato, no
teniendo suficiente espacio los demás candidatos para ser Presidente o
Vicepresidente.
Y
ésto es sí una desigualdad. Ahí sí
estaremos consagrando nosotros, en el texto de la Constitución Nacional, una
aberración al dar derecho suficiente a unos y a negarles los derechos a otros.
Ese es el tema. Ahí tenemos que
ubicarnos. Esa es la realidad que
tenemos que manejar y tenemos que reafirmarnos.
Les invito a mis compañeros ciudadanos Convencionales a ratificarnos en
que los propietarios y copropietarios de los medios masivos de comunicación
tienen que tener esta inhabilidad para ser candidato, y si su moral, su ética y
su personalidad le permiten ser candidatos, pues bien, que dejen de dirigir la
información a la sociedad y se presenten como tal, como candidatos; pero no
teniendo en sus manos el arma poderosa de manejar la información y la
propaganda y presentarse como candidato en una forma desigual con relación a
los otros candidatos. Es ahí adonde
queremos llegar. Es por una razón de
igualdad de todos los paraguayos que queremos esta inhabilidad, y no por una
razón ilógica, como el que se quiere traer acá con buena verba y manipulando el
sentido de las cosas.
Ciudadano
Presidente, ciudadanos Convencionales:
les insto a ratificarnos en los términos de este inciso y que sea
incluido como una inhibición, también, para ser candidato a Presidente y
Vicepresidente. Muchas gracias.
APLAUSOS...
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Ismael Echagüe Insfrán.
CIUDADANO CONVENCIONAL ISMAEL
ECHAGÜE: Ciudadano Presidente: me adhiero a la ilustración del preopinante,
del ciudadano Convencional Bernardo Villalba, y declino el uso de la palabra.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Luis Llano.
CIUDADANO CONVENCIONAL PEDRO
LUIS LLANO: En los mismos términos que el preopinante, me
adhiero y me reitero.
CIUDADANO PRESIDENTE: Declina. Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Hugo Estigarribia.
CIUDADANO CONVENCIONAL HUGO
ESTIGARRIBIA: Gracias, ciudadano Presidente. Nada más que para expresar mi oposición a la
inclusión del inciso 12) propuesto por el ciudadano Convencional Luis Lezcano
Claude.
Me
parece, realmente, una propuesta que no viene al caso hacerla, porque si el
Artículo 19 habla de que las deshonras a los Diputados no afectan a los
parientes y allegados, no veo hasta dónde podemos establecer que la honra del
ejercicio de la Presidencia...
INTERRUPCION...
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional: tiene que referirse al tema. Es el inciso
11). El 12 no se ha tocado todavía. Si
se limita a la cuestión.
CIUDADANO CONVENCIONAL HUGO
ESTIGARRIBIA:
Declino, entonces, y hablaré en su oportunidad. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Jorge Dos Santos.
CIUDADANO CONVENCIONAL JORGE
DOS SANTOS:
Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos Convencionales: uno de
los preopinantes habló para desagraviar a los Convencionales. Quisiera hablar, ciudadano Presidente y
ciudadanos Convencionales, para desagraviar a los propietarios o copropietarios
de los medios de comunicación.
Entiendo
que los políticos, principalmente nosotros que estamos en el Partido
oficialista, tenemos incapacidad para relacionarnos con la prensa, y por eso,
tal vez, tenemos hasta cierto sentido de inhabilidad para relacionarnos. Siempre estamos queriendo buscar o encontrar
fantasmas para culpar de nuestras derrotas o nuestros errores, entiendo que en
nuestra falta de criteriosidad, de organización, no creo que tengamos que tener
miedo o temer a un propietario de un medio de prensa.
Ciudadano
Presidente: insto. Acá se ha hablado de
coherencia. Me permito leerles a los compañeros Convencionales el Artículo 46,
que hemos aprobado en esta plenaria.
Dice: "Todos los habitantes
de la República son iguales en dignidad y derechos; no hay en ella fueros
personales ni títulos de nobleza; no se admiten prerrogativas ni
discriminaciones por razones étnicas, de sangre, de fortuna, de sexo, de
lengua, de estado civil, de filiación, de cultura, de educación, de profesión u
oficio". Y termino ahí, ciudadano
Presidente.
Es
decir, que estamos siendo incoherentes con el Artículo 46 que nosotros mismos
hemos aprobado y que habla de la igualdad de las personas. Asimismo estamos
siendo incoherentes con el Artículo 85, que habla del derecho del trabajo, de
que todos los habitantes de la República tienen el derecho de trabajo lícito.
No
sé, ciudadano Presidente. Tal vez
existirán uno o dos propietarios o copropietarios en este país que pudieran
tener posibilidades o pudieran utilizar en forma deshonesta su capacidad o la
infraestructura de los medios de comunicación.
Pero basta mirar en el interior, donde los humildes propietarios de
radio no tienen, inclusive, ni posibilidad de subsistencia para llevar estas
empresas. Por eso considero una
injusticia que se está pretendiendo cometer con este inciso 11), y me opongo y
adelanto mi apoyo a la reconsideración de este mismo tenor con referencia a las
inhabilidades a los congresistas.
Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
La
Presidencia, una vez más, le advierte que la reconsideración es extemporánea.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Domingo Delvalle. Por segunda vez.
CIUDADANO CONVENCIONAL DOMINGO
DELVALLE:
Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales: quiero dejar solamente un ejemplo desde un punto
de vista práctico, el por qué de la incoherencia de este inciso.
Pensemos
que a corto plazo va a funcionar la bolsa de valores y que las acciones de
estas empresas puedan ser cotizadas en dicha bolsa. Y dice en este inciso, que los propietarios o
copropietarios, no habla específicamente de una persona propietaria, sino va
más allá, va hacia todos los integrantes o los propietarios de las acciones ya
de esa empresa. Eso hace que,
genéricamente, le inhabilite a un ciudadano, inclusive, con temor de ir a
comprar las acciones de esa empresa. Y
eso es inadmisible. Es un estado de derecho.
Por esa razón, ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales, me
opongo, por el derecho de igualdad que todos los paraguayos tenemos, al
consagrar esta Constitución. Gracias, ciudadano Presidente.
APLAUSOS...
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Eduardo Rodríguez.
CIUDADANO CONVENCIONAL EDUARDO
RODRIGUEZ:
Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadano
Presidente: considero, que en todo caso, la redacción de este artículo no se
ajusta a lo que pretendemos, porque si bien no podemos desconocer que la prensa
constituye un poder, nosotros no debemos legislar para enfrentar poderes con
poderes. Nosotros mismos estamos
constituyéndonos en un Poder acá. Y no podemos estar confrontando poderes en
este país. Nosotros estamos acá para
tratar de armonizar el ámbito de los poderes, para tratar de congeniar y legislar
para el futuro.
El
preopinante bien lo explicó: vamos a
entrar en una nueva metodología, una nueva modalidad de inversión en el país,
el cual es la bolsa de valores. Si
comprase una acción, que no tengo dinero, pero es un caso hipotético, de una
radio o de un periódico, me inhabilita a ser candidato a mi. Sin embargo, estoy ejerciendo porque soy
copropietario. Creo que la redacción
debería decir; "y director propietario", para ajustarnos a lo que se quiere;
de lo contrario, estamos discriminando categóricamente a un sector de la
sociedad que constituye el cuarto poder.
Quiero
que tengan en cuenta esto los ciudadanos Convencionales: si vamos a excluir este inciso, por lo menos,
ajustar la redacción a lo que estamos pretendiendo en realidad y no hacer una
discriminación que en el futuro nos va a condenar como seudo demócratas. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra, el último orador, el ciudadano Convencional Emilio Oriol
Acosta, por segunda y última vez.
CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO
ORIOL ACOSTA CANTERO: Ciudadano Presidente: tan sólo para dejar bien aclarada mi
propuesta como sostenedor del inciso 11 de este artículo presentado por el
ciudadano Convencional Luis Lezcano Claude.
En
primer lugar, solicito que ese inciso 11, diga "directores propietarios o
copropietarios", para hacer la salvedad correspondiente. Voy a ser reiterativo. No podemos permitir que no se incluya en este
artículo este inciso, porque lo hemos establecido como una de las inhabilidades
para ser Diputado y Senador, que es mucho más leve que ser Vicepresidente o
Presidente de la República.
En
todo caso, ciudadano Presidente, también digo, que a posteriori, en su momento
se reconsidere el Artículo 191, inciso 9, y si la plenaria de la Convención,
por el voto requerido de dos tercios considera que es injusto que esté esta
veda o esta prohibición en ese articulado, pues, suprimamos y a posteriori
suprimamos también este inciso, porque no podemos dejar de incluir en este
momento, porque seríamos incoherentes, por las razones que ya había
apuntado. Es todo, ciudadano Presidente.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL...:
Ciudadano Presidente...
CIUDADANO PRESIDENTE:
Se cerró la lista de oradores. La
Presidencia va a llevar a votación y le ruego al ciudadano Convencional que
tenga paciencia.
Se
va a llevar a votación, en primer lugar, si se incluye o no. Los que estén por la inclusión, se servirán
levantar la mano.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Ciudadano Presidente: quiero hacer una moción de orden.
CIUDADANO PRESIDENTE: Estamos en votación, ciudadano Convencional.
Quienes
estén por la inclusión, se servirán levantar la mano.
Mayoría. Queda incluido el inciso.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL...: No, ciudadano Presidente, rectificación de
votos.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional: no se puede pedir rectificación de votos sin
que se le ofrezca la palabra.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional y ruego que ordenadamente la
pida.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Ciudadano Presidente: pido la palabra.
CIUDADANO PRESIDENTE: La tiene.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Ciudadano Presidente: considero, con todo respeto, me parece que la
Presidencia está con una dosis de nerviosismo...
INTERRUPCION...
CIUDADANO PRESIDENTE: La Presidencia no tiene ningún nervio,
ciudadano Convencional. Me permite el
diálogo, estoy a su entera disposición, como una alfombra.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Quería continuar, con mucho respeto, haciendo
el uso de la palabra. Resulta que nosotros no podemos interrumpir a
nadie y a nosotros se nos puede interrumpir, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
¿Está pidiendo rectificación, ciudadano Convencional?
CIUDADANO CONVENCIONAL...:
No, ciudadano Presidente, quiero pedir lo siguiente: que en el caso de que unos de los Secretarios
tenga que defender una postura o una moción, por favor que se baje aquí y que
lo haga, porque o si no desatiende, para anotarnos; entonces los otros ya se
concentran más. En este momento, el
Convencional Oriol estaba anotando junto con la Secretaría. Solicito que en el caso de que tenga que
defender, con mucho respeto, baje aquí y defienda y luego ocupe de nuevo su
lugar para que pueda atendernos en sus funciones de Secretario, ciudadano
Presidente. Nada más, y pido
rectificación de votos que ya solicité irrespetuosamente antes; ahora, con
mucho respeto, solicito la rectificación de votos, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Con
toda delicadeza y con todo respeto, la Presidencia le va a aclarar al ciudadano
Convencional que al único que se le exige bajar de este estrado es al
Presidente. No dice nada el Reglamento
respecto a los Secretarios. Pero si la
plenaria lo quisiese...
Entonces,
vamos a llevar adelante la rectificación propuesta. Se va a proceder a la rectificación de votos.
Los
que estén de acuerdo por la inclusión, se servirán ponerse de pie.
Primera fila: Cinco
votos.
Segunda fila: Dos
votos.
Tercera fila: Seis
votos.
Cuarta fila: Cinco
votos.
Quinta fila: Un
voto.
Sexta fila: Ocho
votos.
Séptima fila: Seis
votos.
Octava fila:
Seis votos.
Novena fila: Dieciséis
votos.
Décima y restantes:
Veintiséis votos.
La mesa: Tres
votos.
Son
en total 84 votos.
Se
va a votar por la no inclusión. Quienes
estén por la no inclusión, se pondrán de pie.
Primera fila: Trece
votos.
Segunda fila: Cinco
votos.
Tercera fila: Ocho
votos.
Cuarta fila: Siete
votos.
Quinta fila: Cuatro
votos.
Sexta fila: Dos
votos.
Séptima fila: Dos
votos.
Octava fila: Tres
votos.
Novena fila: Nueve
votos.
Décima y restantes: Nueve
votos.
La mesa: Un voto.
CIUDADANO SECRETARIO: Por la inclusión de este inciso, han votado
84 Convencionales y por la no inclusión 63.
CIUDADANO PRESIDENTE: Mayoría.
Queda incluido, en consecuencia, el inciso 11.
APROBADO.
CIUDADANO SECRETARIO:
Ahora falta votar el inciso 12 del proyecto de Luis Lezcano Claude.
Que
dice así: "El cónyuge o los parientes dentro del cuarto grado de
consanguinidad o segundo de afinidad, de quien se encuentre en ejercicio de la
Presidencia al realizarse la elección o la haya desempeñado por cualquier
tiempo en el año anterior a la celebración de aquello".
CIUDADANO PRESIDENTE: Se
va a llevar a votación. Quienes estén
por la inclusión...
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Hugo Estigarribia.
CIUDADANO CONVENCIONAL HUGO
ESTIGARRIBIA: Gracias, ciudadano Convencional.
Es
a los efectos de continuar con mi exposición.
Realmente pienso que este inciso no debe ser incluido en concordancia
con lo expuesto en el Artículo 19 que ya aprobamos y que dice que la deshonra
de los imputados no afecta a sus parientes o allegados. Asimismo, yo creo que la honra de tener un
pariente Presidente no puede ser una inhabilidad para la candidatura y más aún
en los grados que se proponen, cuarto grado de consanguinidad y segundo de
afinidad.
Además,
creo que este inciso tiene la finalidad de evitar el manejo del aparato estatal
a favor de un pariente, entiendo que esa debe ser la finalidad de este inciso;
pero, asimismo, creo que en la presente Constitución se arbitran los medios
necesarios para evitar el mal uso de la autoridad que se tenga en favor de la
candidatura de algún pariente, motivo por el cual yo propongo el rechazo del
presente inciso. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Pedro Rodríguez.
CIUDADANO CONVENCIONAL PEDRO
ANGEL RODRIGUEZ: En el mismo sentido, ciudadano Presidente, yo
rechazo el inciso 12 de este Artículo porque podemos tener casos en que puede
ser, por ejemplo, que el hermano hoy Presidente de la República por el Partido
Colorado, puede tener un hermano de otro Partido que pueda candidatarse para
Presidente de la República y cómo vamos a inhabilitarlo hoy a presentarse a ese
hermano del Presidente actual.
Por
eso, ciudadano Presidente, me ratifico en la opinión del preopinante de
rechazar este artículo. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Se
ofrece la palabra a algún miembro de la Comisión.
Tiene
el uso de al palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente: en Comisión hay razones por las cuales se ha
excluido esta situación, pero de ella está mejor impuesto y le suplico al
Convencional Evelio Fernández, quien trató ya esto en su Comisión, que dé los
fundamentos que nos convencieron a nosotros en la Comisión Redactora para no
incluirlo. Muchas gracias, ciudadano
Convencional.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Evelio Fernández Arévalos.
CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO
FERNANDEZ AREVALOS: Ciudadano Presidente: siendo inevitable que hable, quiero decir que
en la Comisión Redactora se había tenido en cuenta un argumento para no aprobar
una norma parecida a la que se propone ahora y es el hecho de que los parientes
del que reviste el cargo de Primer Mandatario no tienen ninguna culpa de serlo,
de manera que se le haría pasible de una suerte de sanción por una situación
que no eligieron, porque el parentesco por lo general no se elige. Ese es el motivo por el cual la Comisión
Redactora, cuando se propuso un artículo similar, no la había aceptado. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de al palabra el ciudadano Convencional Miguel Angel Riquelme.
CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL
ANGEL RIQUELME:
Gracias, ciudadano Presidente.
Es
nada más que para acogerme a los preopinantes y apoyar el rechazo de este
inciso que se propone.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Flanklin Boccia.
CIUDADANO CONVENCIONAL FRANKLIN
BOCCIA: Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos
Convencionales, muy respetuosamente discrepo con los preopinantes. Yo sé que debemos legislar para el futuro,
pero está muy cercano aún el pasado, donde verdaderas dinastías de corrupción
de familias enteras usaban los cargos para ir subiendo en otros cargos. No solamente por el miedo a que se repita
esto sino porque creo que en la tradición de nuestro país y de nuestro pueblo
todavía están al apoyarse en los parientes encumbrados para ir ocupando otros
cargos. Adelanto mi voto a que sea
incluido este inciso. Gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil.
CIUDADANO CONVENCIONAL
BERNARDINO CANO RADIL: Gracias, ciudadano Presidente.
Muy
simplemente, para recordar un fundamento que me pareció determinante en el
momento del debate sobre este asunto.
Resulta que nosotros hemos eliminado cualquier tipo de discriminación
por sangre en la Constitución Nacional y éste es un caso típico de discriminación por sangre, por parentesco y
no hay fueros especiales ni privilegios especiales en nuestra Constitución ni
hay ningún privilegio ni no privilegio por razones de parentesco de
sangre. Entonces, vamos a violar
realmente un principio constitucional que hemos puesto en los primeros
artículos del proyecto.
En
este caso no es la función lo que está, sino la inhabilitación; no es la
actividad lo que está, sino la inhabilitación que es una cuestión voluntaria,
sino que simplemente es una cuestión no voluntaria independiente de la voluntad
de la persona y que tiene que ver con el parentesco, que es una cuestión de
sangre o una cuestión de fuero, que en este caso no podría ser habilitado. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Víctor Báez Mosqueira.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
BAEZ MOSQUEIRA:
Gracias, ciudadano Presidente.
Yo
quiero manifestar mi apoyo a la inclusión de este inciso 12 porque debemos
recordar que justamente, hace pocos años, había una intención de llevar como
sucesor a un familiar muy cercano de alguien que nos dejó hace muy poco. Lo que acá se pretende evitar, ciudadano
Presidente, ciudadanos Convencionales, es el nepotismo en los núcleos de poder,
es la eternización de familias que disfruten de los beneficios del poder y
estén esquilmando al país.
Por
eso, doy mi apoyo categórico a la inclusión de este inciso 12, en el artículo
que estamos estudiando. Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Rafael Eladio Velázquez.
CIUDADANO CONVENCIONAL RAFAEL
ELADIO VELAZQUEZ: Ciudadano Presidente: acá no está en juego ni la honra ni la
deshonra ni la discriminación por sangre ni nacimiento ni ningún tipo de
privilegios. Lo que está en juego, como
ya lo adelantó uno de los preopinantes, es precautelarse contra la distorsión
del sistema representativo a través del nepotismo, es decir, tratamos de
precautelarnos contra el uso de los distintos recursos del Estado, que
indudablemente los tiene en toda situación el titular del Poder Ejecutivo, en
favor de un inmediato deudo suyo, llámese hijo o hija, llámese cuñado o cuñada,
llámese hermano o hermana.
Tenemos
el ejemplo de República Dominicana donde un Trujillo pasaba el poder a otro
Trujillo. Tenemos el ejemplo...
CIUDADANO PRESIDENTE: Orden en la sala para escuchar al orador.
CIUDADANO CONVENCIONAL RAFAEL
ELADIO VELAZQUEZ: ..tenemos el ejemplo de la Venezuela de Juan
Vicente Gómez, peor aún, porque un tío fue asesinado por un sobrino cuando
peleaban por la sucesión del dictador que no llegó a dejar el poder. Estamos precautelándonos, pues, contra
excesos del nepotismo que distorsiona el sistema representativo. Por eso doy mi apoyo a este proyecto. Nada más.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Terminaron
los oradores. La Presidencia va a llevar
a votación, en primer lugar, la inclusión de este inciso.
Los
que estén por la inclusión del inciso, se servirán levantar la mano. Mayoría.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Rectificación de voto, ciudadano
Presidente. Solicito rectificación de
voto, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional, primero
identificarse, pedir la palabra y después se le va a ofrecer la palabra.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Gracias, ciudadano Presidente, solicito la
palabra.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra ciudadano Convencional.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Solicito
rectificación de voto, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Así se hará, ciudadano Convencional.
Los
que estén por la inclusión, se pondrán de pie.
Primera fila: Nueve
votos.
Segunda fila: Cuatro
votos.
Tercera fila: Once
votos.
Cuarta fila: Ocho
votos.
Quinta fila: Cinco
votos.
Sexta
fila: Siete votos.
Séptima fila: Cinco
votos.
Octava fila: Siete
votos.
Novena fila: Nueve
votos.
Décima y restantes: Veintisiete
votos.
La mesa: Cuatro
votos.
Son
el total 92, por la inclusión.
Mayoría. Queda incluido.
APROBADO.
Terminó
el artículo. Orden en la sala para
escuchar tal cual como queda el artículo.
Ciudadanos
Convencionales se les ruega no abandonar la sala.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Eusebio Ramón Ayala, para la
reconsideración, entiendo que para fundamentar su reconsideración.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA:
Ciudadano Presidente: a esta altura, prácticamente, la reconsideración
no tiene sentido. En todo caso, voy a ver más adelante, porque protesto en
forma respetuosa contra la actitud del Presidente. No me ha permitido formular el pedido de
reconsideración antes de la votación de este inciso 11. Porque el Artículo 84 dice claramente que
interrumpe y que inmediatamente después
del pedido de reconsideración se tiene que llevar a votación y no se ha
cumplido. Si la mesa me dice que existe algún artículo en la cual se ha apoyado esa actitud, entonces aceptaré gustoso la
opinión de la mesa directiva. Nada más,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Retira el pedido de reconsideración.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Rodrigo Campos Cervera.
CIUDADANO CONVENCIONAL RODRIGO
CAMPOS CERVERA:
Ciudadano Presidente: la
preocupación del preopinante que la considero muy atinada, se resuelve con la
aplicación supletoria del Reglamento de la Cámara de Diputados, que exige que
el pedido de reconsideración se tramite al término de la discusión de la
aprobación del artículo o de la sesión en su caso. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, por la ilustración ciudadano
Convencional.
El
ciudadano Convencional Víctor Paniagua formuló también el mismo pedido de
reconsideración. Le pregunto si se
reafirma o la retira.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
PANIAGUA: Gracias, ciudadano Presidente.
Retiró
el pedido de reconsideración.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Se
pasa al estudio del siguiente artículo del texto constitucional.
CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 230.
Proyecto único. Propuesta de la
Comisión Redactora. Título: De la Inhabilidad
por Atentar Contra la Constitución.
"Los jefes militares o los caudillos civiles de un golpe de Estado,
revolución armada o movimiento similar que atenten contra el orden establecido
por esta Constitución y que como consecuencia asumen el poder como Presidente
de la República, Vicepresidente, Ministro del Poder Ejecutivo o mando militar
propio de oficiales generales, quedan inhabilitados para el ejercicio de
cualquier cargo público por dos períodos constitucionales, sin perjuicio de sus
respectivas responsabilidades civiles y penales".
Punto
final del Proyecto único.
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración y votación el proyecto
único.
Quienes
estén por la aprobación, se servirán levantar la mano.
Mayoría. Queda aprobado el texto que acaba de leerse.
APROBADO.
Se
pasa al siguiente artículo.
CIUDADANO
SECRETARIO:
Artículo 231. Proyecto
único. De
las Incompatibilidades. "El
Presidente de la República y el Vicepresidente no pueden ejercer cargos
públicos o privados, remunerados o no, mientras duren en sus funciones. Tampoco pueden ejercer el comercio, la
industria o actividad profesional alguna, debiendo dedicarse en exclusividad a
sus funciones".
Punto
final del texto.
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración y votación el siguiente
texto. Quienes estén de acuerdo, se
servirán levantar la mano.
APROBADO.
Se
pasa al siguiente artículo.
CIUDADANO
SECRETARIO:
Artículo 232. Existen cuatro
propuestas.
Propuesta N°
1: Proyecto Base. Título:
De los Deberes y de las Atribuciones del
Presidente de la República. "Son
deberes y atribuciones de quien ejerce la Presidencia de la República:
1) Representar
al Estado y dirigir la administración general del país.
2) Cumplir y
hacer cumplir esta Constitución y las leyes.
3) Participar
en la formación de las leyes de conformidad con esta Constitución, promulgarlas
y publicarlas, reglamentarlas y controlar su cumplimiento.
4) Vetar total
o parcialmente las leyes sancionadas por el Congreso, formulando las
observaciones u objeciones que estime convenientes.
5) Dictar
decretos que para su validez requerirán el refrendo del Ministro del ramo.
6) Nombrar y
remover, por sí, a los Ministros del Poder Ejecutivo, al Procurador General de
la República y a los funcionarios de la Administración Pública, cuya
designación y permanencia en los cargos no estén reglados de otra forma por
esta Constitución o por la ley.
7) Tener a su
cargo el manejo de las relaciones exteriores de la República. En caso de agresión externa y previa
autorización del Congreso declarar el Estado de defensa nacional o concertar la
paz, negociar y firmar tratados internacionales, recibir a los jefes de
misiones diplomáticas de los países extranjeros y admitir a sus Cónsules con
acuerdo del Senado, designar embajadores.
8) Dar cuenta
al Congreso al inicio de cada período anual de sesiones de las gestiones
realizadas por el Poder Ejecutivo, así como informar de la situación general de
la República y de los planes para el futuro.
9) Es el
Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación. De acuerdo con la ley, dicta los reglamentos
militares, dispone de las Fuerzas Armadas, las organiza y distribuye, adopta las medidas necesarias
para la defensa nacional, provee por sí los grados en todas las armas, hasta el
de Teniente Coronel o sus equivalentes y, con acuerdo del Senado, el de los
grados superiores.
10) Indultar o
conmutar las penas impuestas por los jueces y tribunales de la República, de
acuerdo con la ley y con informe de la
Corte Suprema de Justicia.
11) Convocar a
sesiones extraordinarias al Congreso, a cualquiera de las Cámaras o a ambas a
la vez, debiendo estas tratar sólo aquellos asuntos sometidos a su respectiva
consideración.
12) Proponer
al Congreso proyectos de ley, los cuales podrán ser requeridos con declaratoria
de urgente consideración.
13) Disponer
la recaudación e inversión de las rentas de la República de acuerdo con el
Presupuesto General de la Nación, y con las leyes de cuya ejecución rendirá
cuenta anualmente al Congreso,
14) Preparar y
presentar a consideración de las Cámaras del Congreso el Proyecto Anual de
Presupuesto General de la Nación,
15) Ejecutar y
hacer cumplir las disposiciones emanadas de las autoridades creadas por esta
Constitución, y
16) Los demás
deberes y atribuciones que fije esta Constitución.
Fin
del texto de la Propuesta N°
1.
CIUDADANO SECRETARIO: Propuesta N°
2,
de los Convencionales Víctor Hugo Sánchez ...
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL ...: Ciudadano Presidente...
CIUDADANO PRESIDENTE: Se van a leer todas las Propuestas.
CIUDADANO SECRETARIO: Propuesta N°
2,
de los Convencionales Víctor Hugo Sánchez, Estanislao Llamas y otros.
Mismo
título: Inciso 9) Es el Comandante en Jefe de las Fuerzas
Armadas de la Nación, cargo que no se delega.
De acuerdo con la ley, dicta los reglamentos militares, dispone de las
Fuerzas Armadas, las organiza y distribuye.
Por sí nombra a los Comandantes de las Fuerzas Públicas. Adopta las medidas necesarias para la defensa
nacional. Provee por sí los grados en
todas las Armas hasta la de Teniente Coronel, o su equivalente, y con acuerdo
del Senado el de los grados superiores.
Propuesta
N° 3,
del Convencional Valentn Gamarra.
Mismo
título, inciso 9) es el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación,
pudiendo nombrar para el mando efectivo de las mismas a un Oficial General de
su cuadro permanente. De acuerdo con la
ley dicta los Reglamentos Militares, dispone de las Fuerzas Armadas, las
organiza y distribuye. Adopta las
medidas necesarias para la defensa nacional.
Provee por sí los grados en todas las armas hasta la de Teniente
Coronel, o su equivalente, y con acuerdo del Senado el de los grados
superiores.
Propuesta
N° 4,
del Convencional Agustín Víctor Segovia.
Mismo
título; Inciso 9) Es el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de la
Nación. De acuerdo con la ley dicta los
reglamentos militares, dispone de las Fuerzas Armadas, las organiza y
distribuye. Encarga a un Oficial General
de su cuadro permanente el ejercicio del mando de las Fuerzas Armadas. Adopta las medidas necesarias para la defensa
nacional. Provee por sí los grados en
todas las armas hasta la de Teniente Coronel, o su equivalente, y con acuerdo
del Senado el de los grados superiores.
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello, por la Comisión
Redactora.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente: aquí el texto de este artículo que acabamos
de leer no exhibe mayor complejidad, salvo en cuanto se refiere al inciso 9 del
Artículo 232, en el que se han radicado tres propuestas.
La
primera de ellas, trae una mención que considero fundamental, y que bueno resulta
que se la consagre en el texto constitucional, cual es, de que el cargo de
Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación no se delega.
A
propósito de esto, ciudadano Presidente, existe o se ha agitado la opinión
pública del país, en relación con una propuesta que circuló originalmente de
que el Presidente de la República podría delegar el mando de las Fuerzas
Armadas en un Oficial Superior.
Corresponde
estar muy atento a esta cuestión, ciudadano Presidente, porque, de acuerdo a
una rigurosa hermenéutica jurídica en materia de Derecho Público, las funciones
de las que está investido un cargo no pueden ser delegadas si ellas no están
expresamente autorizadas. Ahora bien,
aquí no solamente no se autoriza tal delegación en la propuesta N°
2, sino que enfáticamente se rechaza esa posibilidad o se refuerza el hecho de
que este cargo de Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación no se
delega y debe ser ejercido por el Presidente de la República, razón por la
cual, ciudadano Presidente, quiero decir que esta mención prácticamente goza
del consenso casi total de todos quienes hemos trabajado en esta materia.
No
podría decir lo mismo de las otras propuestas, en las que se nombra para el
mando efectivo de las Fuerzas Armadas a un Oficial General, o aquella otra en
la que se encarga a un Oficial General el ejercicio del mando de las Fuerzas
Armadas.
Esto
no es posible admitir, ciudadano Presidente, y acaso el ejemplo más restallante
en nuestra Historia Constitucional esté signado por un momento verdaderamente
difícil de la Historia Nacional, cual fue el caso del conflicto bélico con
Bolivia.
En
aquella ocasión, el Presidente Eusebio Ramón Ayala, en ningún momento resignó
su condición de Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación, sin
perjuicio de lo cual nombró a un Comandante del Ejército en Campaña, que fue el
Mariscal Estigarribia, y la disimilitud de criterios entre el Comandante en
Jefe por un lado, y el Comandante efectivo de las Fuerzas Armadas por otro
lado, en un momento dado se hizo patente cuando el Presidente de la República,
en tal carácter, concedió un breve armisticio que desde el punto de vista
estrictamente militar no se justificaba seguramente, pero que el Presidente
tenía sus miras, el conjunto, el manejo de las relaciones internacionales y
demás, y fue la razón por la cual el Mariscal acató aquella decisión del
Presidente de la República. Pienso,
ciudadano Presidente, que ese debe ser el ejemplo que debe inspirar a todos los
Oficiales Generales. Por eso,
interpretando este ejemplo de nuestra propia historia, que es, por lo demás, un
ejemplo exitoso, creo que este agregado de que el cargo no se delega, es plena,
cabal y perfectamente admisible por la Comisión Redactora.
En
cuanto a la otra parte, de que a este mismo, en esta misma propuesta, se agrega
el hecho de que por sí, nombra a los Comandantes de la Fuerza Pública, desde
luego, esta es una situación obvia que se deriva de la facultad que le estamos
acordando al Comandante en Jefe, de dictar los reglamentos y él va a
reglamentar como le parece seguramente la Fuerza y dispondrá de las Fuerzas
Armadas, las organizará y las distribuirá como mejor le plazca, y es obvio, que
dentro de eso está la de nombrar a sus Comandantes.
El
nombrará al Comandante de la Aeronáutica, de la Armada, del Ejército, como le
plazca. De todas las Fuerzas, de la
Policía, inclusive. Porque es la persona
que maneja y tiene a su cargo todas estas actividades en nombre del
Estado. Representa al Estado, se dice
luego, en uno de los incisos del texto que se nos ha distribuido.
Entonces,
ciudadano Presidente, creo que con estos agregados, me parece que estamos en
condiciones de acogerlos, hacerlo despacho de Comisión, desde el momento que no
hay ninguna cuestión ni mención extraordinaria que desnaturalice la esencia de
lo que se ha venido sosteniendo hasta este momento.
Repito,
ensalzo y reitero el concepto liminar que ha mí me parece muy útil establecer
acá, cuál es, el de que el cargo no se delega.
Porque se ha hecho demasiado en relación con este tema y aquí
enfáticamente el Constituyente le está dando la respuesta que en buen sentido y
la lógica indican, enseñan y aconsejan.
Por lo demás, el hecho de que a muchas personas les haya parecido
sugerente este texto que se agrega ahí, de que nombra a los Comandantes de la
Fuerza Pública, está dicho que no va a ser a cualquier persona, a quien va a
nombrar.
Un
almirante, por ejemplo, ya para llegar a ese grado habrá tenido que gozar en
más de cuatro o cinco ocasiones del acuerdo del Senado, porque si no hay
acuerdo del Senado no puede llegar a ese cargo, por lo que estamos diciendo
también que se tratará de personas que van a ejercer su oficio específico
dentro de un marco de legalidad y conforme al más estricto control democrático
en la provisión de los cargos. Lo mismo
cabe decir de un General y lo mismo de un Brigadier, o no sé, o Comodoro como
se llama en la Aeronáutica.
En
cualquiera de los casos, ciudadano Presidente, quiero mencionar que a mi me
satisface ampliamente esta mención de que el cargo no se delega y por eso la
acogemos. Y en cuanto al otro, es una
facultad derivada y también acogemos para simplificar el tratamiento de este
inciso, presto mi asentimiento a esa propuesta y no a las otras, que
enfáticamente, manifiesto la oposición de la Comisión Redactora. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Antes
de ofrecer la palabra a los ciudadanos Convencionales inscriptos, por
Secretaría se va a dar lectura a la lista de oradores e inmediatamente la
Presidencia va a pasar a cerrar la misma.
CIUDADANA SECRETARIA: Los cuatro primeros a quienes voy a nombrar
son proyectistas. Víctor Hugo Sánchez,
Estanislao Llamas, Valentín Gamarra, Agustín Víctor Segovia.
Juan
Francisco Elizeche, Esteban Caballero, Carlos Podestá, Federico Callizo, Miguel
Abdón Saguier, Carlos Alberto González y Franklin Boccia, hasta el momento.
CIUDADANO PRESIDENTE: La Presidencia ... el Convencional Luis
Alfonso Resck, el Convencional Oscar Paciello.
El Convencional Camacho y Rodolfo Gill Duarte, Carlile Gauto.
La
Presidencia declara cerrada la lista de oradores con los inscriptos. Se los ha inscripto a todos los que han
levantado la mano, por Secretaría.
CIUDADANO CONVENCIONAL ...: Ciudadano Presidente: pido la palabra con respecto al cierre de la
lista de oradores.
CIUDADANO PRESIDENTE: Sí, ciudadano Convencional.
CIUDADANO CONVENCIONAL ...: apelo a esta Convención esa decisión suya,
ciudadano Presidente, que es un tema muy importante y que hace referencia a la
inquietud de todo un país, ciudadano Presidente. Apelo a que se vuelva a abrir.
CIUDADANO PRESIDENTE: La Presidencia ya cerró la lista de
oradores. Usted puede apelar ante la
Convención.
CIUDADANO CONVENCIONAL ...: Eso mismo estoy diciendo, ciudadano
Presidente, y apelo a esta Convención.
CIUDADANO PRESIDENTE: Queda a votación. A consideración de la Asamblea, la apelación.
Quienes
estén porque continúe abierta la lista de oradores, se servirán levantar la mano.
Minoría.
Queda
cerrada la lista de oradores.
Se
ofrece la palabra al ciudadano Convencional Víctor Hugo Sánchez.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA:
Ciudadano Presidente:
CIUDADANO PRESIDENTE: ¿Quién pide la palabra?
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA:
Ciudadano Presidente: pido un
interrupción antes de pasar la lista de oradores. Como miembro de la Comisión Redactora, no
acepto la decisión del ciudadano Presidente de la Comisión Redactora en cuanto
a aceptar la moción N°
2 de este Artículo 232, inciso 9. Y eso
quiero dejar constancia, ciudadano Presidente, antes de que me toque la
palabra.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
El
miembro informante de la Comisión es el vocero, siempre usando el Reglamento
supletorio de la Cámara de Diputados, pero de todas maneras, en su oportunidad
se puede discutir eso.
Vamos
a escuchar a los autores de las otras propuestas.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional ...
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Quiero aclarar, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Al sólo efecto de aclarar, ciudadano
Presidente. Hasta este momento, soy
Presidente de la Comisión Redactora, asumo una decisión. El que no esté de acuerdo, sencillamente,
mantiene como dictamen en minoría su punto de vista, y acá no estamos
suscitando ningún problema de autoridad.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA:
No. Absolutamente. Permiso, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional Eusebio Ramón Ayala.
La Presidencia le va a ofrecer la palabra, pero, por favor; evitemos esta
réplica en lo posible.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Eusebio Ramón Ayala.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA:
Ciudadano Presidente: no pongo en
duda los cargos que ostentan las autoridades de esta Convención, es decir, no
niego que el Convencional Oscar Paciello sea el Presidente de la Comisión
Redactora. La práctica es que él podía
acoger un proyecto que no era de la Comisión Redactora, toda vez que no haya
oposición de los miembros de la Comisión Redactora. Cuando hay oposición, obviamente, no puede
acogerlo, eso es así absolutamente; de lo contrario de qué serviría el Proyecto
Base, si con la sola mención de la decisión y de la voluntad del Presidente de
la Comisión podría ser dejado como dictamen en minoría una cuestión que se ha
aprobado en mayoría en la Comisión Redactora.
Eso es absolutamente falso, ciudadano Presidente. Nada más.
CIUDADANO PRESIDENTE: Continua la lista de oradores.
CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL
ABDON SAGUIER: Una aclaración,
como miembro de la Comisión Redactora, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Va a continuar la lista de oradores
CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL
ABDON SAGUIER: Soy
miembro de la Comisión Redactora. Una
aclaración, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional: entonces vamos a ofrecer a todos los miembros
de la Comisión Redactora, pero existe una lista de oradores.
CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL
ABDON SAGUIER: Sin perjuicio de lo que pueda venir después,
quiero expresar mi desacuerdo, ciudadano Presidente, con la posición del
Presidente de la Comisión Redactora.
Me
reservo el derecho de hablar después, pero adelanto que, de ninguna manera, se
puede interpretar como que sea un proyecto de la mayoría, y que nuestra
posición sea la minoría, si eso se aprobó por unanimidad en la Comisión
Redactora, ciudadano Presidente. Nada
más. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Víctor Hugo Sánchez.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
HUGO SANCHEZ:
Ciudadano Presidente, honorable Convención: realmente, después de las palabras y de las
fundamentaciones presentadas por el Líder de la Bancada Colorada y Presidente
de la Comisión de Redacción, huelgan otros comentarios tendientes a argumentar
mejor el contenido de este inciso noveno, que proponemos con una pequeña
modificación. Debemos, sin embargo,
antes manifestar nuestra sorpresa e inquietud por la posición que están asumiendo
algunos miembros de la Comisión de Redacción al cuestionar este inciso noveno,
en la parte en que nos proponemos establecer algunas pocas modificaciones que
no tiene otro sentido que el de clarificar mejor el inciso por cuanto que,
entendemos se ha presentado algún tipo de omisión que es conveniente salvar.
Se
sabe, por ejemplo, que una inquietud generalizada, tanto de los miembros de la Comisión de Redacción como los
de la opinión pública que venía acompañando dichos trabajos, ha sido el tema
referente a si era o no delegable el mando de las Fuerzas Armadas.
Aquí,
si bien es cierto que el inciso noveno comienza diciendo que el Presidente de
la República es el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación, sin
embargo, no especifica en forma explícita si ese cargo podría ser o no
delegable. En consecuencia, a los
efectos de evitar cualquier tipo de duda, cualquier tipo de equívocos,
agregamos la frase: "cargo que no se delega". Con eso entendemos que traemos claridad a
este tema y fundamentalmente, despejamos todo tipo de duda.
Por
otra parte, es de recordar, que en el Capítulo Quinto al hablar de la Fuerza
Pública, Artículo 166, hemos establecido que la Fuerza Pública está integrada
en forma exclusiva por las Fuerzas Militares y Policiales. Luego, en los siguientes artículos, no se
determina quién es la persona o el Poder que tiene la facultad de designar a
los Comandantes de esta Fuerza Pública.
En consecuencia, existiendo esa omisión dentro del texto constitucional,
también aquí venimos con la intención de llenar ese vacío al establecer también
en forma explícita que el Presidente de la República tendrá la facultad de
designar, de nombrar a los Comandantes de la Fuerza Pública.
En
consecuencia, con estas pequeñas enmiendas, entendemos que se da claridad al
artículo y fundamentalmente a las atribuciones que corresponden al Presidente
de la República. Nada más, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Estanislao Llamas.
CIUDADANO CONVENCIONAL
ESTANISLAO LLAMAS: Ciudadano Presidente,
ciudadanos Convencionales: si bien es
cierto que algunos colegas Convencionales hablan de que el Comandante en Jefe
de las Fuerzas Armadas de la Nación es el Presidente de la República, ya está
implícitamente determinada la delegación.
Sin embargo, la realidad de nuestro pueblo, Convencionales, eso hay que
mirar. Casi nunca se cumple la ley por
sus ambigüedades, por su falta de interpretaciones y explicaciones, y nosotros
que estamos presentando este proyecto, creemos que si explicitamos más la parte
de la delegabilidad, creo que estaremos haciendo mejor la Constitución,
ciudadanos Convencionales.
Esta
institución de la delegabilidad es una institución muy antigua, allá en tiempos
de los romanos. En tiempos de la
República romana, los Generales romanos que venían de la guerra,
dejaban su ejército antes de cruzar el Rubicón
y se iban a presentar ante el Senado. Y
más o menos eso es lo que queremos estar diciendo acá. Los Comandantes en Jefe de los ejércitos,
cuando van a tener que rendir cuenta al Presidente, es a él al que tienen que
rendir cuenta, es al Comandante en Jefe y a nadie más. Es esa la idea, y ese el motivo por el cual
nosotros quisimos agregar la palabra "cargo que no se delega".
En
cuanto por sí nombre a los Comandantes de la Fuerza Pública, también queremos
dejar explícitamente establecido que es el Presidente de la República el único
que puede nombrar a un Comandante, ya sea del Ejército, de la Marina, de
Guerra, ya sea de la Policía, del F.O.P.E., o del DINAR, eso es lo que queremos
dejar bien claro, ciudadanos Convencionales.
Acá no hay doble intención, ni deseo favorecer a nadie. Acá lo que queremos es robustecer a la
democracia sin temor, llamar a las cosas por su nombre y ubicar a las
instituciones en su lugar. No hay que
tener miedo de poner los cargos que corresponden a cada miembro de los Poderes
del Estado, porque así es como vamos a hacer la verdadera democracia, y así es
como vamos a darle mayor fuerza al sometimiento, de la fuerza pública, al Poder
Ejecutivo. Nada más, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Valentín Gamarra, referente a la
propuesta N° 3.
CIUDADANO CONVENCIONAL VALENTIN
GAMARRA: Retiro mi propuesta, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Agustín Víctor Segovia Boltes.
CIUDADANO CONVENCIONAL AGUSTIN
SEGOVIA BOLTES:
Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales: esta propuesta de sustitución hago sólo
debido al hecho de que las Fuerzas Armadas son una organización compuesta de
tres fuerzas en atributo al personal y material sofisticado que se mantiene,
amén de los apoyos que se necesitan.
Este
señor Comandante en Jefe, debido a sus múltiples funciones -y sabemos muy bien
que un hombre excepcional puede a cabalidad controlar eficazmente a siete
hombres y si es muy eficaz, eficaz a quince-
Creo interesante que, como toda organización de una empresa siempre se
encarga a un técnico en la materia a los efectos de que pueda administrar, él
encargue, en subordinación directa al Comandante en Jefe, de estas fuerzas a
los efectos, de que el ejercicio del mando sea de los fueros mismos de esta
organización. Por tanto, ciudadanos
Convencionales Constituyentes y ciudadano Presidente, no estamos quebrantando
la autoridad de este Comandante en Jefe cuanto a su mando. Tan solamente reclamo en esta sustitución
para que, por los fueros naturales, pueda un señor General, tanto del Ejército,
de la Aeronáutica o de las Fuerzas Navales, comandar estas Fuerzas en una
subordinación directa al Comandante en Jefe.
Bien
sabemos que acá muchos están pensando en suspicacias, pero la efectividad en el
mando es necesaria para que este señor Comandante en Jefe pueda eficazmente
cumplir con todas sus atribuciones de Presidente de la República. Por tanto, encarezco a los ciudadanos
Convencionales a que pensemos con paraguayidad. Estamos queriendo hacer un
nuevo Paraguay. No olvidemos que
nuestras Fuerzas Armadas, han sido y siguen siendo los gestores, los animadores
de estas circunstancias en las cuales estamos viviendo esta Constituyente en
libertad de expresión, estamos nosotros, testigos acá, fehacientes y lúcidos,
pues creo de que no estoy afectando al convencimiento civilista. He estado más de 30 años en el ejército, y
siempre entendíque las Fuerzas Armadas, en el mando medio en el cual me cupo
actuar, comprenden a la civilidad paraguaya.
La institución militar es un segmento de la sociedad, sus componentes,
los hombres de las Fuerzas Armadas no son unos supertipos ni tipos
especiales. Son seres humanos iguales a
nosotros, pues, unamonos hoy con fe en el futuro de
un Paraguay mejor. Por tanto, rogaría que se tenga en cuenta
este encargo a uno de la casa para que pueda realmente conducir la casa. Muchas
gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Juan Francisco Elizeche.
CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN
FRANCISCO ELIZECHE: Muchas gracias, ciudadano Presidente.
En
primer lugar, quiero aclarar, como miembro de la Comisión Redactora, porque
estoy en desacuerdo con acoger ningún tipo de agregado al Proyecto Base.
Ciudadano
Presidente: en este artículo en
especial, no estamos haciendo un tratamiento de las Fuerzas Armadas, es un tema
que ya hemos tratado en su oportunidad y entiendo que no ha habido ningún
menoscabo ni intención de menoscabo para esta importante institución del
Estado.
En
cuanto a la facultad del Presidente de nombrar Comandancias como se plantea en
el Proyecto N° 2, crea una
situación ambigua. Y a mi juicio,
ciudadano Presidente y ciudadanos Convencionales, establece nuevamente con
rango constitucional la dualidad de Poderes, porque en ningún momento se
especifica que esa designación se refiere a las diversas Armas, a los diversos
servicios y creo que es materia reservada a la ley.
Y
queremos nosotros, ciudadano Presidente, en esta Constituyente, establecer un
nuevo orden jurídico y político, basado en los principios de la democracia
pluralista, participativa y representativa.
En tal sentido, no podemos sino apoyar el Proyecto Base, tal cual vino
de la Comisión Redactora, sin ningún agregado, en el entendimiento de que, en
la regulación de las relaciones del Poder Ejecutivo con las Fuerzas Armadas, su
organización interna y la designación de los Comandantes de sus cuadros
permanentes es materia que será tratada por la ley. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Esteban Caballero.
CIUDADANO CONVENCIONAL ESTEBAN
CABALLERO:
Si. Ciudadano Presidente,
ciudadanos Convencionales: en el mismo
sentido que el preopinante, quisiera hacer uso de la palabra. Pienso que la Propuesta N°
2 también entra en una series de ambigüedades que pueden ser sumamente
peligrosas a la hora de estructurar nuestro futuro orden político.
La
palabra Comandancia se usa en dos ocasiones y eso es tremendamente peligroso,
porque de hecho, como dijo el preopinante, puede llevar a una suerte de
dualidad de Poderes.
Pienso
que el Proyecto Base que viene de Comisión Redactora, que ha sido aprobado en
forma unánime, fue prueba de un avance sustancial en cuanto a la Constitución
de un Estado de derecho democrático y de unas Fuerzas Armadas institucionales.
No
es el momento ahora de echar paso atrás en ese logro que tuvo la Comisión
Redactora. Creo que el proceso de
transición a la democracia en el Paraguay está lo suficientemente maduro como
para poder dar este paso que se está queriendo dar con el texto que viene en la
Propuesta N° 1 del Proyecto
Base.
Las
relaciones civiles y militares con todo lo dificultosa que pueden llegar a ser,
se podrán ir solucionando y encaminando efectivamente y para bien del país, sin
necesidad alguna de inscribir ambigüedades en el texto Constitucional. De manera, ciudadano Presidente, que de hecho
doy mi pleno derecho a la Propuesta N°
1, sin ninguna enmienda e insto a los ciudadanos Convencionales que hagan lo
mismo. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Carlos Podestá. Orden en la sala para escuchar al orador.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
PODESTA: Ciudadano Presidente: de cualquier modo, siendo el Presidente de la
República Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación, va a tener
que designar a los Comandantes de las Fuerzas Públicas.
El
hecho de que expresamente se mencione en la Propuesta N°
2 esta facultad, no quita ni agrega nada.
Algunos preopinantes han explicado realmente que ésta es materia de ley,
pero, de ninguna manera, la ley que vaya a resultar de la reglamentación de
este artículo iría a contradecir la letra que se propone en este artículo.
Por
ese motivo, ciudadano Presidente, anticipo mi voto en apoyo a la moción N°
2.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Federico Callizo.
CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO
CALLIZO: Ciudadano Presidente: realmente, ciudadano
Presidente, causa cierta admiración que el Presidente de la Comisión Redactora
defienda principalmente la redacción en el inciso 9) de la Propuesta N°
2, cuando que en el pleno de la Comisión Redactora, por unanimidad se aprobó la
redacción del inciso 9) tal como viene en el Proyecto Base.
Dos
cosas, ciudadano Presidente: en primer
lugar, si para dar mayor claridad y énfasis al hecho de que el Presidente de la
República es el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, se quiere agregar
"cargo que no se delega", creo que esa aclaración, se debería haber
incorporado nada más en el Proyecto Base, desde que este proyecto incluso en su
redacción, es mejor que el de la Propuesta N°
2. Si nos detenemos un instante a leer
lo que dice este inciso, encontramos que el Comandante en Jefe de las Fuerzas
Armadas, que es el Presidente de la República, dispone de las Fuerzas Armadas,
las organiza y distribuye, lo cuál esta claramente significando que él puede
nombrar cuando así le parezca y sea necesario, por los motivos que se
presentaren en la vida política del país, Comandantes de Operaciones o
Comandantes de Entrenamientos, etc., en las distintas armas.
Me
parece una redundancia, ciudadano Presidente, y solamente trae a confusión en
lo que van a interpretar este inciso para su correcta aplicación, el incorporar
expresamente la frase que dice que el Presidente de la República puede nombrar
a los Comandantes de la Fuerza Pública, a mi parece una frase redundante que no
contribuye para nada a clarificar exactamente el sentido, no solamente,
ciudadano Presidente, de la redacción, sino que el sentido de quienes han
expuesto en esta Convención, su criterio unánime respecto a que el Comandante
en Jefe de las Fuerzas Armadas es el Presidente de la República. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Miguel Abdón Saguier.
CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL
ABDON SAGUIER:
Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales Constituyentes: el ejemplo que nos puso un preopinante
refiriéndose al Dr. Eusebio Ayala, creo que es absolutamente válido. Y es válido, sobre todo para defender el
proyecto tal cual nos viene aquí a la plenaria de la Comisión Redactora.
Porque,
efectivamente, el Eusebio Ramón Ayala, gobernó con una Constitución en la que
se consagraba que el Comandante en Jefe era el Presidente de la República y no
tenía ninguna referencia a que él tenía que nombrar a los Comandantes de las
Fuerzas Armadas, es decir, resulta absolutamente innecesario, es obvio, es
lógico.
En
consecuencia, ciudadano Presidente, tomamos nosotros ese ejemplo, que se nos
citara anteriormente y en base a ese ejemplo, si vamos hacer coherentes
precisamente, tenemos que apoyar el Proyecto Base. En el proyecto de inciso que nos trae la
Propuesta N° 2, se dice que el
cargo no es delegado, pero después se dice que nombra a los Comandantes de la
Fuerza Pública.
Y
la Fuerza Pública esta integrada por la policía y las Fuerzas Armadas. Quiere decir que va a haber un Comandante de
las Fuerzas Armadas de las tres armadas, va a haber una sola persona que va a comandar
al ejército, va a comandar a la marina y a va a comandar a la aeronáutica. En los hechos va a hacer ese el Comandante
supremo de todas las Fuerzas Armadas de la Nación.
En
consecuencia, ciudadano Presidente, nos resulta sencillamente contradictoria
esta formulación, por decir menos, porque aquí parecería que hay como se dijo
en una oportunidad, algún apyte so'ó en este artículo, ciudadano
Presidente. Si nos fijamos atentamente
cómo esta redactado, dice el artículo:
por sí nombra a los Comandantes de las Fuerzas Públicas; pero si se
hubiera querido en rigor darle el carácter sobresaliente y la nota definitiva
de que el único Comandante de la Fuerza es el Presidente de la República, se
debió seguir la formulación que se hace en el inciso 6) del mismo artículo, que
dice; nombrar y remover por si a los Ministros del Poder Ejecutivo. ¿Por qué no se agregó esto de remover?, y aquí, perdónenme estimados
ciudadanos Convencionales Constituyentes, parecería que no se puede de esta
manera hablar, en esos términos, a los militares, pero sí se puede hablar, en
esos términos, a los civiles.
Acá,
si se hubiera sido, reitero, coherente, se hubiera utilizado la misma
formulación; nombrar y remover por sí a los Comandantes de la Fuerza
Pública. Pero no, acá parece que se teme
irritar, cuando que en rigor de verdad, acá estamos ... Si, como no...
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Una interrupción. Sí, que se agrega la frase, "nombra y
remueve"; no hay ningún problema.
CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL ABDON
SAGUIER: Voy a seguir, ciudadano Presidente: pero se dijo más, un preopinante dijo que no
se agrega ni se quita nada.
Entonces,
¿para qué modificar el Proyecto Base?
Pero no entiendo.
Obviamente,
ciudadano Presidente, aquí tenemos que ser, me parece a mi, seremos, firmes,
mesurados. Estamos legislando la parte
orgánica. Y los errores orgánicos van a
acarrear serias consecuencias para la vida democrática del país. Podemos equivocarnos, quizás en la parte
dogmática, pero lo que tenemos que tener cuidado es en legislar en la parte
orgánica. Aquí puede empezar a cojear
nuestra democracia, ciudadano Presidente.
Se
ha hablado de que, por razones técnicas, el Presidente de la República, que va
a ser un civil, no puede ser el Comandante en Jefe, pero desde luego el
Presidente, no va a ir a decirle al Comandante del Primer Cuerpo de Ejército
cómo tiene que poner sus tanques, no va a ir a decirle al General Oviedo, o al
General Marino González cómo tiene que hacer orden cerrado, o cómo tiene que hacer
cuerpo a tierra, o al Comandante de la Aeronáutica como tiene que hacer el
ataque de la escuadrilla aérea o el de la Armada cómo tiene disponer sus
lanchas torpederas.
Pero
lógicamente que no. Acá estamos hablando
en términos de instancia suprema de decisión
política, ciudadano Presidente. Ese es el tema; acá no, de ninguna manera,
pretendemos que el Presidente nos diga cuánto tiempo tiene durar la gimnasia o
el orden cerrado.
Lo
que tenemos que definir, ciudadano Presidente, y en esta parte orgánica, es si
vamos a mediatizar esta revolución democrática de la cual somos
protagonistas. Queremos una democracia
tutelada, o queremos que el poder civil sea el Poder Supremo, y sea el que
decida todas las instancias de la vida de la República; ese es el tema,
ciudadano Presidente.
Y
me atrevo a hablar en nombre de mi bancada, que queremos que esta revolución
democrática sea completa, que la llevemos hasta establecer un sistema orgánico
en el cual no exista ningún tipo de duda, que el mando supremo es el Presidente
de la República, porque él, en definitiva, es el depositario de la voluntad
soberana del pueblo, ciudadano Presidente.
Tenemos
compromisos democráticos, acá entre nosotros, ciudadano Presidente, tenemos
compromisos democráticos con el pueblo paraguayo y reclamamos que se cumplan
esos compromisos; tenemos que ser leales con la palabra empeñada.
Por
eso, ciudadano Presidente, a los Convencionales Constituyentes les insto a que,
en cumplimiento de sus compromisos
democráticos que tenemos entre nosotros y con el pueblo paraguayo, no
modifiquemos ese Proyecto Base y apoyemos resueltamente esta revolución
democrática, cuyo signo tiene que ser la supremacía del poder civil, porque es
la expresión de la soberanía popular, ciudadano Presidente. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Carlos Alberto González.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
ALBERTO GONZALEZ: Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales: en la propia expresión de quién hablara en
primer término, hemos advertido que se pretende no delegar la Comandancia en
Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación, cargo que debe permanecer en manos del
Presidente de la República.
Sin
embargo, se nos ofrece un proyecto en el cual se establece una verdadera
dicotomía; por un lado, se mantiene que el Presidente de la República no puede
delegar el cargo de Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación,
pero, por otro lado, por una vía Constitucional, no tan indirecta, se crea ya
el cargo de Comandante de las Fuerzas Armadas de la Nación, y qué diferencia va
a haber entonces entre Comandante de las Fuerzas Armadas de la Nación y
Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas.
Yo
recurro al sentido de responsabilidad de los ciudadanos Convencionales. No podemos crear esta dicotomía que
permanentemente va a ser un factor de discordia en el futuro del país. No quiero crear al futuro Presidente de la
República, sea del Partido que fuere, sea del Partido Colorado, el problema de
estar en competencia permanente con un Comandante de las Fuerzas Armadas de la
Nación. Si es Comandante en Jefe debe
conservar el cargo de Comandante en Jefe y no delegar, porque el nombramiento
de Comandante de las Fuerzas Armadas viene a crear una situación totalmente
inadmisible.
Sería
inclusive preferible, cosa que no lo admitimos, pero, digo, sería preferible
delegar el mando a crear una dualidad de mando, como en este momento se esta
pretendiendo, ciudadanos Convencionales.
No le creemos al futuro Presidente de la República, que muy bien puede
ser un Presidente del Partido Colorado, la imposibilidad de gobernar con la
propia Constitución Nacional, y no le creemos problemas que pueden hacer
totalmente imposible llevar adelante un gobierno democrático y un gobierno
institucional. Gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Franklin Boccia.
CIUDADANO CONVENCIONAL FRANKLIN
BOCCIA: Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos
Convencionales: teniendo una Propuesta
Base tan clara, causa hasta estupor el hecho de que, en nombre de la claridad y
clarificación de estos conceptos, se nos presenten otras propuestas que, creo,
la hace mucho más ambigua. Concuerdo
plenamente con los preopinantes y, respetando a mis colegas Convencionales que
han presentado las propuestas alternativas y creyendo en la buena intención de
estos ciudadanos Convencionales, creo que lo que ellos querían decir es que el
Presidente tiene la potestad de nombrar a los Comandantes de las distintas
armas que componen las Fuerzas Armadas y la Policía. Pero, eso sería una redundancia, ya que forma
parte de una ley militar.
Volvemos
a cometer con estas propuestas alternativas el mismo error que ya había llamado
la atención para que la Comisión de Estilo o que la Comisión Redactora tenga en
cuenta cuando tratábamos el tema de Congreso, que llamábamos Congreso a ambas
Cámaras.
INTERRUPCION...
CIUDADANO PRESIDENTE: Orden en la sala para escuchar al orador,
rogamos a los ciudadanos Constituyentes que tomen asiento, por favor.
CIUDADANO CONVENCIONAL FRANKLIN
BOCCIA: Gracias, ciudadano Presidente. Cometemos, decía, el mismo error que
cometíamos al nombrar a ambas Cámaras reunidas en conjunto como Congreso, y de
denominar también Congresos a las reuniones individuales de cada Cámara.
Acá
llamamos Comandante de las Fuerzas Públicas, que son integradas por las Fuerzas
Armadas y la Policía Nacional, al Presidente de la República, que no puede
delegar ese mando. Inmediatamente se
nombra una suerte de Coordinador, a quién según una de las propuestas, el
Presidente encargará y según la Propuesta N°
2, el Presidente nombrará con el mismo título que tiene el Presidente de la
República, Comandante de las Fuerzas Armadas, es decir, creamos la ambigüedad y
confundimos a quienes mas adelante tendrán que interpretar esta Constitución.
Aplaudiría
sin embargo, la inclusión de una sola frase, la frase que dice; cargo que no se
delega, para dar mayor claridad aún a la Propuesta Base. En honor al tiempo y a la brevedad, adelanto
mi voto a la Propuesta Base y pido a los ciudadanos Convencionales que
recapaciten y también voten por la misma.
Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Luis Alfonso Resck.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
ALFONSO RESCK:
Gracias, ciudadano Presidente.
Honorables Convencionales: no
creo que pueda agregar nuevos conceptos,
pero solamente a los que me han precedido en el uso de la palabra, cuando esta
tarde me habían entregado y esto lo digo siempre con el respeto y la
fraternidad que son mis normas de conducta, tanto privada cuanto pública, yo
gustoso había aceptado al agregarse "cargo que no se delega", aunque
me parecía que de suyo la primera frase, ya involucraba esa indelegabilidad.
Pero,
como para quizá explicitar más, acepté.
Posteriormente, cuando llegó a mis manos este documento, realmente me
sentí confundido, porque por sí nombra a los Comandantes de la Fuerza Pública,
pareciera contradecir lo que se afirmaba en términos de explicitez.
Por
ello, ciudadano Presidente, creo que si realmente nos anima la intención de
conferirle, como puede ser dentro de una posición civilista, al Presidente
también la jerarquía de Comandante en Jefe, no veo por qué, ciudadano
Presidente y honorables Convencionales, tengamos nosotros, aunque si quizás
para explicitar "cargo que no se delega", añadir luego "por sí
nombra a los Comandantes".
Ello
traería una confusión y en una Constitución que estamos redactando, como se
dijo muy bien, en la parte orgánica debemos ser claros y terminantes, ciudadano
Presidente; más aún cuando miramos hacia el futuro, abrir un ancho camino en un
proceso de democratización caracterizado por ese Estado Social de Derecho con
los conceptos de democracia representativa y pluralista.
Por
ello, ciudadano Presidente, me ratifico en el Proyecto Base. Creo que es claro y terminante, y rinde honor
a este sentido civilista. Muchas
gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Edgar Villalba.
CIUDADANO CONVENCIONAL EDGAR
VILLALBA: Gracias, ciudadano Presidente. El artículo que nos ocupa, indudablemente ha
requerido no pocas horas y concienzudas discusiones de los ciudadanos
integrantes de la Comisión Redactora.
No
obstante hoy, y a pesar de haberse dicho acá reiteradas veces y por sus mismos
integrantes de que el inciso 9), que forma parte del artículo en cuestión,
fuera aprobado por la unanimidad de sus componentes, hoy nos encontramos con
que algunos, o por lo menos claramente uno de ellos, disiente con lo que ayer
por unanimidad aprobara y plantea la alternativa propuesta en la moción N°
2.
Sin
embargo, ciudadano Presidente, lo que nos impone o expone la Propuesta N°
2 en su redacción, en cuanto dice:
Presidente de la República, es el Comandante en Jefe de las Fuerzas
Armadas de la Nación y le agrega -y es lo que diferencia del Proyecto Base-
"cargo que no se delega", nos parece, ciudadano Presidente, realmente
una perogrullada y es realmente redundancia.
Si queda taxativamente expresado:
el Presidente de la República es de manera categórica el Comandante en
Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación, no es necesario, ni pertinente,
ciudadano Presidente, que a continuación se agregue la frase, cargo que no se
delega.
Reitero,
salvo que se quiera pecar de perogrullo, no existe otra razón, ni semántica, ni
gramática, ni lógica, ni jurídica, que aconseje o recomiende tal agregado.
Pero
la cosa no termina allí, ciudadano Presidente.
Posteriormente el mismo proyecto, que se nos quiere introducir en
sustitución del Proyecto Base, agrega, como al descuido y aparentemente con
buena fe, que el Presidente de la República por sí nombra a los Comandantes de
la Fuerza Pública.
Y
acá, ciudadano Presidente, me permitiré hacer otras reflexiones referidas a los
reglamentos militares. En el momento
actual, en el momento presente, rigiendo la Constitución de 1967, los
nombramientos de los Comandantes de lo que hoy se denomina Fuerza Pública, es
decir, de las Fuerzas Armadas de la Nación, están previstos en los reglamentos
militares vigentes actualmente, los reglamentos militares que incluso fueron
modificados en algunas de sus partes por el actual titular del Poder Ejecutivo,
después del 3 de febrero de 1989
En
ese sentido, y en tal carácter, el actual titular del Poder Ejecutivo el Gral.
Andrés Rodríguez, recientemente ha nombrado al más novel de los Comandantes de
Armas, al Gral. Humberto Garcete en el carácter de Comandante del Ejército,
institución por demás recientemente creada, no así como las que ya
anteriormente existían, como eran las Comandancias de las fuerzas aéreas o
aeronáuticas y de la Armada.
Estos
Comandantes, ciudadano Presidente, los de la Armada y de las Fuerzas Aéreas, ya
existían, porque existían esos cargos, incluso en fecha anterior al 3 de
febrero de 1989, y con la vigencia, ciudadano Presidente de la Constitución del
67 y de los reglamentos militares que entonces tenían vigencia, y que, hoy
modificado por el actual titular del Poder Ejecutivo, siguen teniendo vigencia,
y que lo autorizan a nombrar por sí a los Comandantes de esas tres armadas
componentes de las Fuerzas Armadas.
Es
decir, y en resumen, actualmente, por los reglamentos militares, el Presidente
de la República nombra ya y por sí al Comandante del Ejército, al Comandante de
la Fuerza Aérea, y al Comandante de la Armada.
De
manera que, no se puede decir de que haga falta establecer de manera clara en
una ley que posteriormente interpretará el precepto constitucional o en el
inciso en cuestión. No hace falta,
ciudadano Presidente, no hace falta interpretar este inciso, ni el artículo que
faculta al Presidente de la República, y la prueba mas palpable, inexcusable e
irrefutable, es que con esta Constitución en vigencia y con los reglamentos
militares en vigencia, el Presidente de la República, sin necesidad de que
ninguna otra ley interprete está Constitución, está ya teniendo facultades
claras y precisas para proceder a los nombramientos de los Comandantes de las
tres armas componentes de las Fuerzas Armadas.
Pero
no termina ahí la cosa, ciudadano Presidente, y acá es, creo, que viene el
peligro de que se nos introduzca aleve y aviezamente a través de esta frase
disfrazada de inocencia y pretendiendo querer interpretar la Constitución o
defiriendo a la ley, la posibilidad de una precisión normativa, ciudadano
Presidente.
Se
dice que el Presidente de la República por sí nombra a los Comandantes de la
Fuerza Pública. Y esto nos remite,
ciudadano Presidente, al Artículo 166, sancionada por esta honorable
Convención. El artículo en cuestión, el
166, dice que la Fuerza Pública esta integrada en forma exclusiva por las
Fuerzas Militares y las Fuerzas Policiales.
En
consecuencia, si el titular del Poder Ejecutivo nombra a los Comandantes de la
Fuerza Pública, necesariamente en concordancia, coincidencia e interpretación
del Artículo 166, deberá nombrar un Comandante para las Fuerzas Militares, y un
Comandante para las Fuerzas Policiales.
Ahí,
en mi opinión, ciudadano Presidente, radica el quid de este artículo, deslizado
a cuento de inocentada y como si quisiera ser para deferir a la ley la
interpretación constitucional.
Entonces,
estaríamos, ciudadano Presidente, ante esta hipótesis que presumo será la que
los intérpretes de esta Constitución y los facilitadores del militarismo en
este país en un futuro no muy lejano habrán de hacer, es que el Presidente de
la República en virtud de este Artículo 166, y nombrando los Comandantes de la
Fuerza Pública, deberá entonces, nombrar un Comandante para las Fuerzas
Militares que están compuestas por el Ejército, comandante para las Fuerzas
Policiales, es decir para la Policía Nacional.
Con
estos nombramientos, ciudadano Presidente, sin delegar y acá está la gravedad
de la cuestión, sin delegar formalmente el cargo de Comandante en Jefe, se
unificará el mando de las tres Armas: del Ejército, de las Fuerzas Aéreas y de
la Armada, componentes de las llamadas Fuerzas Militares; se unificará este
mando en un oficial general de su cuadro permanente, ciudadano Presidente, que
será su comandante.
Y,
continuando con la interpretación de este mismo artículo, otro oficial
superior, pero de las Fuerzas Policiales o de Policía Nacional, será el
Comandante de la Policía Nacional, consecuentemente. Y de esta forma, ciudadano Presidente,
estaremos llegando a que indirectamente el Titular del Ejecutivo, el Presidente
de la República, que será, según el artículo que estamos tratando, el N°
232 en su inciso noveno, será formalmente el Comandante en Jefe de las Fuerzas
Armadas de la Nación, se verá indirectamente en la necesidad inevitable e
ineludible, por mandato del Artículo 166 y la interpretación subsiguiente de
los sectores militaristas se verá -decía-
"obligado a delegar en la práctica, sin hacerlo así formalmente, la
Comandancia de las Fuerzas Militares en un Oficial General y la Comandancia,
también efectiva, de la Policía Nacional en otro oficial general.
Esta
es la interpretación, ciudadano Presidente, que no debe tomar de sorpresa a
esta Honorable Convención. Esa es la
interpretación que, guardando los principios de democracia y de civilidad,
guardando el principio sacrosanto de que en las democracias las Fuerzas Armadas
de la Nación, el sector militar, el depositario legítimo de las armas de la
República, alimentado, vestido, sostenido y mantenido por fuerzas civiles de la
Patria, deben estar igualmente sometidas al Poder Político, y en este caso al
Poder Político es el Poder Civil. Y el
Poder Civil, en una democracia, está fundamentalmente representado por el
titular del Poder Ejecutivo, en la medida en que asume también la titularidad
de la Comandancia en Jefe de sus Fuerzas Armadas. Muchas Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra el
ciudadano Convencional Emilio Camacho.
CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO
CAMACHO: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: estamos debatiendo en
este momento si vamos a asumir la decisión de una vez por todas de fundar el
Poder Político soberano en este país, si de una vez por todas vamos a hacer que
el Poder Político descanse, resida, única y exclusivamente, en las autoridades
electivas, como lo establecen las constituciones democráticas del mundo.
El
pueblo delega su soberanía en los cargos electivos, y estos cargos electivos
nada pueden hacer si se quiere ejercer el Poder con vocación democrática. No me hubiera opuesto a la moción N°
2 , si no fuera por las siguientes razones:
en primer lugar, recordar, ciudadanos Convencionales, que el Proyecto
Base fue aprobado por unanimidad en la Comisión Redactora, y fue uno de los
pasos fundamentales que hemos dado como Constituyentes democráticos.
En
segundo lugar, al analizar la propuesta N°
2, debemos remitirnos inmediatamente al Artículo 166, como ya se señaló en el
debate. Dice la propuesta alternativa N°
2: "por sí nombra a los Comandantes
de la Fuerza Pública". Y el 166
dice claramente: "De la Fuerza Pública. De la Composición. "La Fuerza Pública está integrada en
forma exclusiva por las Fuerzas Militares y Policiales".
Esto
quiere decir que se abre camino para que el Presidente de la República, cuya
vocación de poder indiscutible fue defendida arduamente cuando se abundaba en
favor del carácter unipersonal del Poder Ejecutivo, significa que este
Presidente podrá nombrar a un Comandante del Ejército, y a un Jefe de la
Policía.
Por
lo tanto, ciudadano Presidente, vamos a tener doble Poder, vamos a inducir a
que el Presidente de la República nombre a un Comandante de las Fuerzas Armadas
de la Nación, porque esa es la nueva terminología que hemos incorporado con el
Artículo 166,
precisamente a raíz de un término logrado -a
mi criterio- un término feliz,
proveniente del Proyecto que sirvió de base a la Comisión Redactora, del
Proyecto en mayoría.
Ciudadano
Presidente, ciudadanos Convencionales:
nosotros, muchas veces hemos insistido aquí sobre la impostergable
necesidad de unificarnos todos como políticos en la tarea de construir un poder
político democrático. Y este es uno de
sus momentos, este es uno de esos pocos artículos que definen el rumbo de una
Convención Constituyente y que definen si queremos o no un Estado democrático
de derecho.
De
una vez por todas debemos proveer los instrumentos para crear el Poder Político
soberano. La normativa y los hechos
deben ir por la misma senda, ciudadano Presidente. Eso es el Estado de derecho. No podemos nosotros mandar por un camino al
Presidente electo por todos los paraguayos, y por otro camino al Poder fáctico
más importante.
Creo
que el Proyecto Base armoniza coherentemente, con todo respeto, a las Fuerzas
Armadas y armoniza también lo que de una vez por todas debemos resolver en
nuestra trágica historia, el entender acabadamente, que el único Poder legítimo
es aquel que emana de las urnas, y que todos los demás poderes deben subordinarse
a él.
Por
eso, ciudadano Presidente, apoyo el Proyecto Base que fue aprobado por
unanimidad en la Comisión Redactora.
Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Rodolfo Gill
Duarte.
CIUDADANO CONVENCIONAL RODOLFO
GILL DUARTE:
Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos Convencionales: aquí,
los que me antecedieron en el uso de la palabra, están hablando de que nosotros,
los Constituyentes, tenemos que verdaderamente operar como políticos solidarios
con el sistema democrático, por una parte.
Por
la otra, se dice de que lo que vamos a decidir es algo eminentemente
político. Estamos de acuerdo en ambas consideraciones,
y precisamente por eso tenemos que decir que es indelegable la función
principal que tiene, respecto a las Fuerzas Armadas, el ciudadano Presidente de
la República.
Pero,
ciudadanos Convencionales, lo que estamos tratando de hacer, a través de la
modificación de la Propuesta N°
2, es hacerlo en forma más explícita la no delegabilidad, por una parte; y por
la otra, tenemos que ponernos de acuerdo racional e inteligentemente que al
designar el ciudadano Presidente de la República, sea del Partido cual fuere en
el futuro a los componentes del alto mando militar, está haciendo en función
político-administrativa, puesto que él, siendo un civil, no puede entrar en la
parte operacional con todo el conocimiento profesional que ello requiere.
De
ninguna manera nosotros estamos creando Reglamento o pretendiendo crear una
dualidad de línea de mando. Por el contrario, estamos enfatizando la no
delegabilidad, por una parte; y por la otra, estamos diciendo que hay que darle
la máxima jerarquía, la potestad que tiene el ciudadano Presidente de la
República de designar su alto mando.
No
creo que verdaderamente estemos creando un problema en el futuro, ni mucho
menos. Por el contrario, ciudadano
Presidente y ciudadanos Convencionales, estamos aclarando lo que
administrativamente debe hacer, en forma forzosa, el futuro ciudadano
Presidente de la República, en esta era democrática.
Por
eso, ciudadano Presidente, nosotros estamos por la modificación del Proyecto
Base, a través de la Propuesta N°
2. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Carlos Villagra Marsal.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
VILLAGRA MARSAL: Gracias,
ciudadano Presidente. Yo, también al
igual que el Convencional Luis Alfonso Resck, confieso que esta mañana, cuando
me dieron a leer la Propuesta N°
2, al principio me pareció sumamente razonable, a tal extremo de que incluso,
accedí a que mi nombre figurara entre los proponentes. Pero más tarde, reflexionando algo sobre ella
y, sobre todo, en compañía aquí de mi ilustre amigo, el Convencional Rodrigo
Campos Cervera, llegué a algunas conclusiones que las voy a expresar dentro del
ámbito de lo que creo saber, es decir, dentro del campo semántico.
En
efecto, aquí se habla de un cargo que no se delega, pero aquí hay que usar
necesariamente la conjunción adversativa o todas las locuciones
equivalentes. Sin embargo, no obstante,
por sí nombra a los Comandantes de la Fuerza Pública. Creo que esto es lo que en retórica se
denomina claramente una "contradixio in terminis", porque, por un
lado, es evidente que acá se está aplicando, y toda la ilustración de los
ciudadanos Convencionales estarán de acuerdo conmigo, que la palabra "delegación
o delegar", mejor dicho el verbo "delegar", se utiliza en su
única acepción, que es la de dar una persona a otra la jurisdicción que tiene
por su dignidad u oficio, (subrayo esa palabra), para que haga sus veces
o conferirle su representación. Resulta
que acá, en efecto, no se está, cuando se dice: "nombra a los Comandantes
de la Fuerza Pública", no se está, en efecto, delegando el cargo; pero sí
se está transfiriendo las funciones, utilizando aquí la palabra
"función", en su tercera acepción que es "la capacidad de
acción, o acción propia de los cargos y oficios".
De
manera que, entonces, no se delega el cargo pero sí se delega la función; es
decir se hace lo que en doctrina se denomina una delegación imperfecta. Y entonces, para no hablar ya sino en términos
de hecho, bien puede ocurrir que un señor General del Ejército, con la
arrogancia o el sentido del poder que caracteriza normalmente a estos
caballeros, venga un día y le diga al Presidente de la República: "ciudadano Presidente, es necesario que
usted nombre a uno de mis camaradas, o a mí mismo, como Comandante en Jefe de
las Fuerzas Armadas. Porque aquí, eso es
lo que está diciendo. Desde luego, las
tres Armas, por supuesto.
Cosa
muy diferente sería, si esto fuera, como existe por ejemplo, en algunos países
como en los Estados Unidos, en que el Presidente es el Comandante en jefe de
las Fuerzas Armadas, pero existe un Jefe de Estado Mayor Conjunto, que en este
momento es el General Collin Powell.
Desde
luego, no se dice, tampoco por supuesto, que el Presidente de la República se
coloque el uniforme "pará para'í", y se ponga una boina verde, y que
use un cuchillo pagüi.
No,
no se trata de eso, pero acá se trata efectivamente de que hay una
contradicción. Es decir, alguien, en
este caso el Presidente de la República, va a tener el cargo, y otro lo va a
ejercer, de manera que el mando efectivo va a ser de otro.
De
modo, entonces, ciudadano Presidente, que adelanto mi voto, por lo que me
parece más razonable. Efectivamente,
después de haber reflexionado, como ya he dicho, que es el Proyecto Base.
Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Evelio Fernández
Arévalos.
CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO
FERNANDEZ AREVALOS: Ciudadano Presidente: pienso que, básicamente la Propuesta N°
1 y la Propuesta N° 2, establecen la no
delegabilidad de la Comandancia en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación.
Algunos
pueden pensar que, toda vez que el Proyecto Base, en su inciso 9, no establece
expresamente esa indelegabilidad, ese cargo podría ser delegado, pero no hay
tal. Reitero ésto porque es conveniente
tenerlo presente. Estamos tratando
materias de Derecho Público. Y en
Derecho Público, el principio que rige es el de legalidad estricta o de
especialidad.
Todo
lo que no está expresamente normado y establecido o expresamente permitido,
está prohibido, de manera tal que, si el Proyecto Base dice: "es el Comandante
en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación", y no dice que ese cargo es
delegable, por ese principio de especialidad o legalidad estricta del Derecho
Público, ese cargo es lisa y llanamente indelegable. Quiero ser claro sobre el particular.
Me parece que el propósito de los que
formularon la Propuesta N°
2 fue hacer más claro este concepto, y tal vez si se hubieran restringido a
ello, como lo hicieron en el primer parágrafo: "es el Comandante en Jefe
de las Fuerzas Armadas de la Nación, cargo que no se delega", si la
innovación se hubiera detenido en ese punto, sería totalmente aceptable por
todos, inclusive por los miembros de la Comisión Redactora, que -dicho sea de
paso- aprobaron por unanimidad el Proyecto
Base.
Sin
embargo, pienso que se trata simplemente de un error de redacción. El agregado "por sí nombra a los
comandantes de la Fuerza Pública"; es anfibológico, crea una zona obscura
que puede dar lugar a interpretaciones equívocas. Y tratándose de una materia tan delicada,
sobre todo en nuestro país, es conveniente ser claro y preciso, para que mañana
no venga un buen señor y diga, bueno, yo no puedo delegar mi cargo, pero me
exigen que nombre un Comandante de la Fuerza Pública. Es decir, nada menos que un Comandante de las
Fuerzas Armadas, y de las Fuerzas Policiales.
Hay
que tener cuidado. Si en el ánimo de los
que formularon la Propuesta N°
2, está el de disipar toda duda referente a la no delegabilidad del cargo de
Comandante en Jefe, no fue feliz la adopción de ese segundo párrafo, "por
sí nombra a los Comandantes de la Fuerza Pública".
Llamo
a la reflexión a estos proponentes, y les sugiero que, para no dividir votos
inútilmente, si realmente el ánimo de ellos es el que acabo de expresar,
aceptemos la primera parte, y suprimamos la segunda, y todos votemos una sola
propuesta. Me permito invitar a los
ciudadanos firmantes de la Propuesta N°
2, para que hagan éso y, entonces, no dispersamos inútilmente los votos, y
demostramos una voluntad clara, precisa sobre este particular. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano
Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Martín Colarte.
CIUDADANO CONVENCIONAL MARTIN
COLARTE: Karai Presidente, che rapicha Convencional
kuérape.
Hetaiterei
ñe'ë guata poräva ña hendu ko artículo kóva ári ha che monga'u, sinceramente.
Oï momento ajeikekose la Propuesta Basere, ha oï momento ajeikeko mbareteseve
la Propuesta 2. Ha amo huguápe atopa
peteï propuesta del compañero Segovia, ha upéva che gustante aveï.
Ha
aporandusemi tapicha kuéra Convencionalpe, aipota che disculpá che hermano
kuéra, péicha hagüi karai Juan Pérez,
próximamente osë electo como Primer Mandantario de la Nación. Ha había sido ko karaï Juan Pérez ndoikuaái
mba'épa he'ise la Ejército, ndoikuaái mba'épa he'ise la Aviación, ndoikuaái
mba'épa he'ise la Marina, ha ndoikuaáï etevéma voi mba'eve, porque ni la fusil
manivelare ha'e ndopokói va'ekue voí. Ha
mba'éichaiko en un caso necesario ko
karai Juan Pérez ñane mboguatáta che hermano kuéra. Pévape pregúntante ko che
ajaposemi peëme guarä porque chemonga'u. Ko'ápeve che ñe'ë guata en honor al
tiempo tapicha kuéra. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias,
ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Carlyle Gauto. No se encuentra en la sala.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional José Nicolás Morínigo.
CIUDADANO CONVENCIONAL JOSE
NICOLAS MORINIGO: Ciudadano Presidente,
ciudadanos Convencionales. Creo que uno
de los problemas fundamentales de la sociedad paraguaya consiste en la
separación entre el poder formal y el poder real, entre el funcionamiento
institucional formal y el funcionamiento institucional real.
Todas
nuestras instituciones tienen sus estatutos, pero el funcionamiento real de las
organizaciones tiene un comportamiento diferencial al que se plantea en la
norma formal.
Creo
que la Propuesta N° 2 que estamos
analizando, apunta a crear las condiciones para que se dé precisamente este mal
que afecta a la sociedad paraguaya en su conjunto. Cuando se establece que
"por sí nombra a los comandantes de las fuerza pública", estamos
señalando claramente que es posible, dado que la Fuerza Pública está compuesta
por las Fuerzas Armadas y la Fuerza Policial, que pueda nombrarse un Comandante
de las Fuerzas Armadas de las tres armas, y un Comandante de la Fuerza
Policial; con lo cual estamos, claramente, estableciendo un poder real que va a
tener este Comandante de las Fuerzas Armadas, y un poder formal que va a estar
a cargo del Presidente de la República.
Esta
separación y esta dicotomía constituye un peligro absolutamente serio y real
para la marcha de cualquier proceso de democratización, y constituye un
obstáculo serio a cualquier intento de gobernabilidad seria, en la medida en
que van a existir dos poderes que van a tener influencias sobre una institución
fundamental, no solo de la vida social sino también política, que son las
Fuerzas Armadas de la Nación.
Y en el marco de la experiencia de la sociedad
paraguaya, resulta este planteamiento un error que puede tener repercusiones
lamentables. Por esta razón, ciudadano
Presidente, insto a los compañeros Convencionales a que mediten seriamente que
se está planteando, aparentemente desde mi punto de vista, la posibilidad de
una dicotomía, nuevamente, entre un poder fáctico real, y un poder formal que
no va a tener capacidad de influencia sobre el poder real.
Y
esto constituye simplemente posibilidad cierta de no poder consolidar, y al
mismo tiempo garantizar, cualquier sistema democrático en la sociedad
paraguaya.
Estamos
ante un peligro serio. No creo que acá
exista, simplemente, un error de redacción o una intención no lograda en esta
redacción. Acá existe una propuesta
claramente orientada hacia la consolidación de este problema entre el poder
formal y el poder real; por lo que insto a los ciudadanos Convencionales a
apoyar, siempre que queramos consolidar la democracia y consolidar todo aquel
poder que deviene de la soberanía popular a través de las elecciones, el
Proyecto Base. Muchas gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Eusebio Ramón Ayala.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA:
Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales: el Proyecto Base fue acusado que no poseer
las características propias de un texto claro, de un texto que no dice
expresamente lo que pretende decir y, en sustitución a este texto, se presenta
la alternativa N° 2, que
aparentemente explica mejor y que aparentemente es más claro.
Creo
que, entre ambas propuestas, si realmente nosotros queremos que el cargo de
Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas y las Fuerzas Policiales no se
delegue, yo creo que el texto más claro, el más explícito, el más diáfono, que
no es posible interpretarlo de otra manera, es el Proyecto de la Comisión
Redactora, que fue aprobado por unanimidad en esa ocasión.
Veamos
qué dice el Proyecto de la Comisión Redactora.
El Proyecto de la Comisión Redactora dice simplemente: "es el Comandante de las Fuerzas Armadas
de la Nación", ¿y qué quiere decir con ésto, ciudadanos
Convencionales? Es el Comandante en Jefe
de las Fuerzas Armadas de la Nación. Hay
otras expresiones similares cuando dice, por ejemplo, es como si dijéramos
"el Poder Ejecutivo es ejercido por el Presidente de la República del
Paraguay"; o que digamos, fulano de tal es el Presidente de la República
del Paraguay.
Es
absolutamente obvio que ese cargo no es delegable, no puede ser delegable,
absolutamente. Es la misma cosa que
dijéramos fulano de tal es Senador o Diputado; es absolutamente obvio que ese
cargo de Diputado o Senador no son delegables, porque fueron electos por voto
popular, y aparte dice expresamente, "tal persona ocupa tal
cargo". No es delgable.
Y
acá quiero hacer una pequeña diferenciación, entre lo que se entiende por la
licitud en el derecho privado y por la legalidad en la administración.
Dentro
del Derecho Administrativo, y sobre todo dentro del Derecho Constitucional,
para estas cuestiones, para las autoridades, lo que no está expresamente
permitido, está prohibido.
Desde
luego que, entonces, si dice "es Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas
de la Nación y no dice que puede delegar", es absolutamente indelegable.
Es
muy diferente la licitud del Derecho Privado, cuando se dice: "que todo lo
que no está prohibido está permitido", esa es otra cosa, eso es otro
campo, y merece otro tipo de reglamentación.
Además,
¿que se pretende hacer con este Artículo 232, en la propuesta N°
2? Por un lado se dice: "es el Comandante en Jefe de las Fuerzas
Armadas de la Nación, dice: "cargo
que no se delega", a mí me parece que esto ya implica decir algo, una
tautología, decir demás lo que se está diciendo, y además dice: "que por
sí nombra a los Comandantes de la Fuerza Pública ¿y quiénes son los que
integran la Fuerza Pública? Las Fuerzas
Armadas de la Nación y las Fuerzas Policiales.
Obviamente puede nombrar un Comandante para cada componente de la Fuerza
Pública.
Desde
luego, entonces, que el poder va a estar concentrado. Además, si acá dice en
esta primera parte "cargo que no se delega", ¿qué necesidad tienen
los proyectistas de la propuesta N°
2, en aclarar en el segundo párrafo, "por sí nombra a los Comandantes de
la Fuerza Pública", si eso es una atribución privativa, y exclusiva del
Comandante en Jefe.
Ciudadano
Presidente: creo que la cuestión en sí
es bien clara. Nosotros, o queremos un
Presidente que tenga, además de las atribuciones Constitucionales y legales,
además del poder legítimo, producto de las urnas, con el acompañamiento del
poder real sobre las Fuerzas Armadas, o Ciudadano Presidente, queremos...
INTERRUPCION...
CIUDADANO PRESIDENTE: Rogamos silencio a los ciudadanos
Convencionales, para escuchar al orador.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA: ... O
queremos, ciudadano Presidente, un Presidente de la República sin la
posibilidad de ejercer realmente ese poder tan importante que existe todavía,
que es el Poder de las Fuerzas Armadas.
Ciudadano
Presidente: creo que es una opción
clara, o sí nosotros queremos
democratizar el país, o sí queremos continuar con el mismo régimen en que los
poderes fácticos son los que realmente gobiernan. Tenemos que otorgarle al Presidente de la
República, no solamente el poder legítimo producto de las urnas con todas las
atribuciones constitucionales y además el mando efectivo de las Fuerzas
Armadas. Eso no debe confundirse, que el
Presidente puede o no puede meterse en las tareas militares como Comandante en
Jefe, como Comandante de Operaciones.
Se
han puesto ejemplos, ciudadano Presidente, en este lugar, de hace cuarenta (40)
años cuando hemos estado en guerra con una nación hermana, felizmente olvidada,
en 1935 en que se ha delegado en algo la Comandancia de las Fuerzas
Operacionales. Acaso ustedes vieron que
el Presidente Bush de los Estados Unidos ha delegado también el cargo de
Comandante en Jefe en ocasión de la infeliz guerra del Golfo Pérsico; nada de
eso ocurre, ciudadano Presidente.
Es
absolutamente claro. Tenemos ejemplos
concretos en el Derecho Constitucional comparado y es raro que, justamente,
cuando puede beneficiarnos y cuando puede beneficiar la democracia, no traemos
los ejemplos cercanos. Tenemos el
ejemplo de la Argentina, acá mismo, tenemos ejemplos del Brasil, tenemos el
ejemplo de toda América Latina, ciudadano Presidente. Es otra cosa, y yo creo que esta es una
cuestión política, además.
La
Constitución actual dice expresamente "que se puede delegar el cargo de
Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas en un oficial general". Sin embargo, nosotros queremos dar al
Presidente actual las atribuciones constitucionales y el poder efectivo para
que podamos tener una feliz transición hacia la democracia. Por esos motivos brevemente apuntados,
ciudadano Presidente, yo apoyo la moción N°
2 y nada más, ciudadano Presidente.
Perdón,
un momentito, voy a aclarar, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Presta su adhesión a la moción 2. Lo dijo, ciudadano Convencional. Tiene derecho a rectificarse.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA:
Ciudadano Presidente: desde luego
que todos tenemos el derecho de rectificarnos.
Hubo un lapsus y reconozco que he sufrido en público, ciudadano
Presidente. Entonces, yo mociono por la
Moción N° 1; por eso estaba
abogando.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.
Orden
en la sala para escuchar al orador. Rogamos, prestar atención.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente: aquí y en esta
emergencia ya no hablo como Presidente de la Comisión Redactora, desde el
momento que cuanto a mí me ha parecido de justicia acogerlo, he encontrado un clima no propicio
precisamente, pero en cualquiera de los casos, ciudadano Presidente, yo he
expresado claramente mi adhesión a la propuesta y he acogido la propuesta de
los ciudadanos Convencionales Víctor
Hugo Sánchez, Estanislao Llamas, Timoteo González Galván y Gerardo Sosa
Argaña. En ella a los efectos
propedéuticos y enfatizando la jerarquización del poder político sobre los
poderes fácticos, se establece con suprema claridad que el cargo de Comandante
en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación no se delega, eso esta demasiado
claramente expreso acá y es lo que concita la adhesión de numerosos compañeros
Convencionales.
Quiere
decir, entonces, que acá explícita, enfática y categóricamente se asienta la
supremacía del Poder político de la persona ungida por el voto de las urnas
como suprema autoridad que tiene desde
luego el ejercicio del mando supremo y, como consecuencia de ello, el uso
legítimo de las fuerzas públicas.
Hay
cuestiones de hecho que son insoslayables e insuperables. Se ha traído acá a colación el ejemplo de los
Estados Unidos y desde luego que a nadie se le ocurre que al señor Bush no se
le antojó ni por ningún momento, ni
nosotros estamos propiciando que el Presidente de la República va a
delegar, he sido extremadamente claro, he traído un ejemplo muy claro y
categórico de momentos difíciles para nuestra patria, en los cuales en ningún
momento y por ningún concepto el Presidente de la República delega nada.
Ahora,
una razón de racionalización del ejercicio del Poder Público obliga en
determinadas circunstancias a asumir los expedientes concretos, las cuestiones
de hecho necesarias para una organización eficiente de esas Fuerzas
Armadas. Al fin de cuentas, aquí estamos
haciendo una tormenta en un vaso de agua, porque yo no sé qué es lo que podría
venir a decir la ley. No creo, ciudadano
Presidente, que la ley venga a decir que los Comandantes de las Fuerzas
Públicas van a ser designados por el Congreso o por el Poder Judicial o que va a
constar esta Fuerza Pública si va a constar de una, dos, tres, cuatro o cinco
armas. Es absolutamente imposible y acá
tenemos clarísimamente asentado "que la ley va a establecer los
reglamentos militares y de acuerdo a eso el Presidente de la República la va a
organizar y distribuir".
De
manera que esto es demasiado claro como para que se preste a interpretaciones
equivocas. Por lo demás, ciudadano
Presidente, nadie es refractario a
recibir sugestiones y clarificaciones.
Así como el Presidente de la República puede nombrar a los Comandantes
de la Fuerza Pública porque es el Jefe Supremo del Estado, así también lo puede
remover y es por eso que explícita, enfáticamente acojo la sugerencia, de un
Convencional acá, de que el Presidente
por sí sólo y nadie más, nombra y remueve a los Comandantes de las Fuerzas
Públicas. Mayor claridad no se puede
pedir.
Es
una cuestión de hecho, pero si no ponemos acá en el texto constitucional ¿a
cargo de quién está esta función de nombrar y remover a los Comandantes de las
distintas fuerzas? Estamos sencillamente
dejando un proyecto trunco, porque ¿quién lo va a nombrar? Alguien lo tiene que nombrar. Alguien de acuerdo a los reglamentos
militares o policiales va a tener que destituir a esta gente. Y nadie más que el Presidente de la
República. De manera, que asentar lo
obvio, asentar todo aquello que clarifica, la interpretación del texto
constitucional, solamente puede llevar a que las funciones no se confundan, a
que las competencias se delimiten exactamente, y a que todo el mundo tenga bien
claro, quién está subordinado a quien, Cómo, Bajo qué circunstancias.
El
artículo es tremendamente clarificador.
Acá no hace falta ser jurista para entender que la función del
Comandante, que el cargo de Comandante en Jefe no se delega. La responsabilidad, por consiguiente, es del
Presidente de la República que, teniendo una equivocación en esta materia, es
pasible de un juicio político porque es responsable. Esta responsabilidad no la puede delegar por
ningún concepto. En consecuencia el mal
uso que pudiera hacer de esta potestad que le deviene de su condición de
Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación, puede ser sancionado y
penalizado. Para eso en el día de ayer
hemos aprobado el Juicio Político, si no ¿qué virtualidad tendría esta figura y
esta institución en nuestra Constitución?
Por algo se le da, entonces, el coronamiento que necesita este texto
constitucional, al establecer, clarísimamente, que por sí nombra y remueve a
los Comandantes de las Fuerzas Públicas.
No
veo ninguna intención encubierta ni cosa oscura, puesto que la cuestión es
tremendamente obvia. Alguien tiene que
hacerlo, y ese alguien no puede ser otro que el Presidente de la República.
Por
eso, ciudadano Presidente, me adhiero a esta propuesta tal cual ha sido
presentada. En consecuencia, ya sea que
esto se acepte como despacho de Comisión o como propuesta independiente, quiero
expresar, clara y categóricamente, que estoy por el texto de la propuesta
presentada por los Convencionales Víctor Hugo Sánchez, Estanislao Llamas,
Timoteo González y Gerardo Sosa. Nada
más, ciudadano Presidente, y muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Agustín Segovia, con referencia
a su propuesta.
CIUDADANO CONVENCIONAL AGUSTIN
SEGOVIA: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: retiro mi moción, de la
propuesta N° 4 y me adhiero, a
la explícita exposición dada por el Convencional Oscar Paciello, por la
propuesta N° 2. Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Retira
su propuesta y se adhiere a la propuesta N°
2.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Oriol Acosta, penúltimo orador.
CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO
ORIOL ACOSTA:
Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales: después de escuchar las distintas
argumentaciones en pro y en contra de este inciso 9) del Artículo 232,
específicamente con relación a los agregados, también quiero hacer una pequeña
aclaración y adherirme a algunos preopinantes, con respecto al primer agregado.
Bien
lo dijo un preopinante que el agregado, en la segunda línea, dónde dice
"cargo que no se delega" refiriéndose al Comandante en Jefe de las
Fuerzas Armadas de la Nación, que es el Presidente de la República, me parece
que no quita ni saca nada a este párrafo, porque sabemos que en Derecho Público
lo que no está expresamente permitido está prohibido, y todos lo saben.
Con
respecto al otro agregado que es lo que creo que es el cuestionamiento que se
está haciendo a esta propuesta N°
2 del inciso 9) del Artículo 232, creo que hay una cierta confusión en el
sentido de que algunos interpretan que, al decir que "por sí nombrar a los
Comandantes de la Fuerza Pública" y que en el Artículo 266, está establecido
"que la Fuerza Pública lo componen las Fuerzas Militares y las Fuerzas
Policiales", quiero creer que algunos están pensando que va a ser un solo
Comandante el que va a regir los destinos de las Fuerzas Militares y
Policiales. Sin embargo, va a ser designado
y nombrado y removido por el Presidente de la República en uso de atribuciones,
en su carácter de Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación, un militar para la
Fuerza Militar y un policía del más alto rango de su especie, para las Fuerzas
Policiales. Pero van a estar
subordinados, ambos, al Presidente de la República.
Quizá
aquí se ha puesto "nombra a los Comandantes de la Fuerza Pública",
podría haber dicho "nombra al Jefe del Estado Mayor Conjunto de la Fuerza
Armada" que a lo mejor no hubiese creado tantas quisquillocidades en
algunos Convencionales. Crear un cargo o
un inferior al de Comandante. Lo que
quiero dejar en claro es que no va ser aquel nombrado por el Presidente un
Comandante de la Fuerza Armada, porque el único Comandante de la Fuerza Armada
de la Nación, de acuerdo al texto de este Proyecto, es el Presidente de la
República y en tal sentido, aquellos que son nombrados por él, policías y
militares, van a estar subordinados y en cualquier momento, así como tiene la
potestad de nombrarlos también puede removerlos. Es todo, ciudadano Presidente, con respecto.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra la última oradora inscrita, la ciudadana Convencional
Antonia Irigoitia.
CIUDADANA CONVENCIONAL ANTONIA
IRIGOITIA:
Gracias, ciudadano Presidente.
Honorables Convencionales:...
INTERRUPCION...
CIUDADANO PRESIDENTE: Orden en la sala para escuchar a la oradora.
CIUDADANA CONVENCIONAL ANTONIA
IRIGOITIA: Pocas
veces he hecho uso de la palabra, desde esta mesa, para intervenir en los
debates de este plenario, pero en esta oportunidad lo hago con la firme
convicción de que estamos tratando un artículo medular para la vigencia de la
democracia y la gobernabilidad, en el futuro, del Paraguay.
Estamos
sancionando una nueva Constitución, lo que nos dará la posibilidad de vivir una
nueva República. Entonces, hagamos que
en esa República, el Presidente de la República, valga la redundancia, pueda tener toda la gobernabilidad. Este inciso presentado, como propuesta N°
2, lejos de clarificar, lleva a una confusión y a una trampa. Démosle al futuro Presidente de la República
y a los próximos que tengan la llave maestra para poder ejecutar políticamente,
todo lo que su plan de gobierno pueda permitirle.
No
hagamos que, a través de una confusa redacción, -llamo por favor a la reflexión
a todos mis colegas Convencionales a que seamos razonables- no demos la
posibilidad de que a través de una confusa y tramposa redacción, que ya nos he
clarificado, perfectamente, el Convencional Carlos Villagra Marsal, -y perdone
que lo cite- nos da perfectamente la explicación de a qué nos llevaría
sancionar este inciso, tal como viene como la propuesta N°
2.
Y
otra cosa me llama poderosamente la atención que, habiendo tenido unanimidad
este artículo en la Comisión Redactora, ahora se pretenda cambiar por otra
redacción que en nada mejora al despacho de Comisión. Entonces, ciudadanos Convencionales, les pido
apoyo a la Propuesta Base y doy, desde ya adelanto mi apoyo a esta propuesta,
por la vigencia de una real República, porque tengamos un Presidente de la
República que pueda gobernar efectivamente y, sobre todo, evitar los famosos
conatos, de los cuales ha sido objeto este país con tan tristes consecuencias.
Por
todo ello, por la vigencia de una real democracia, de una real gobernabilidad,
votemos por la Propuesta Base. Muchas
gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Honorables Convencionales: habiendo terminado la lista de oradores,
entramos en estadio de votación.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Pido la palabra, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Estamos en estadio de votación, y solamente
si se trata de una aclaración respecto al texto, si se refiere a la votación.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Cayo Gwynn.
CIUDADANO CONVENCIONAL CAYO
GWYNN: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: solicito que la votación
se lleve nominal, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Bueno.
A consideración. Si los
ciudadanos Convencionales así lo deciden, la Presidencia lleva a votación, la
propuesta de votación nominal. Reúne la
mayoría de un quinto.
La
votación será nominal, y entonces, al mismo tiempo se votarán los dos
proyectos. El Proyecto Base, sin
modificaciones y el Proyecto Base con la modificación introducida en el inciso
9), propuesta N° 2. De manera que es muy claro. La Presidencia, para no hacer muy
largo... No varían en absoluto, los diez
y seis incisos, solamente un inciso, el inciso 9). El N°
1 va ser el Proyecto Base, y el N°
2 la Propuesta N° 2.
Se
van a leer los incisos 9). Del Proyecto
Base, por una parte, y el inciso 9) del Proyecto N°
2. Por Secretaría se va a dar lectura.
CIUDADANO SECRETARIO: Proyecto Base. Dice:
el inciso 9) "es el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de la
Nación de acuerdo con la ley dicta los reglamentos militares; dispone de las
Fuerzas Armadas, las organiza y distribuye; adopta las medidas necesarias para
la defensa nacional; provee por sí los grados, en todas las armas, hasta el de
Teniente Coronel o su equivalente y con acuerdo del Senado el de los grados
superiores".
Propuesta N°
2. De los Convencionales Víctor Hugo Sánchez y
otros, dice así: "Es el Comandante
en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación, cargo que no se delega. De acuerdo con la ley dicta los reglamentos
militares; dispone de las Fuerzas Armadas, las organiza y distribuye. Por sí nombra y remueve a los Comandantes de
la Fuerza Pública; adopta las medidas necesarias para la defensa nacional; provee por sí los grados, en todas las armas,
hasta la de Teniente Coronel o su equivalente y con acuerdo del Senado el de
los grados superiores".
Son
las dos mociones .
CIUDADANO PRESIDENTE: Se va a llevar a votación nominal. Una nueva aclaración para que no tengan
ninguna duda al respecto, porque se van a aprobar en este instante los diez y
seis incisos. Sea que se apruebe el
Proyecto Base, sin modificación del
inciso 9), sea que se vote el Proyecto Base con la modificación del inciso 9),
Propuesta N° 2. Por eso, tanto, la propuesta N°
1, como la N° 2, llevan implícita
la aprobación de todos los otros incisos que suman a quince.
Entonces,
llevamos a votación. Los ciudadanos
Convencionales dirán uno por el Proyecto Base sin modificaciones; dos por el
Proyecto Base con la modificación, Propuesta N°
2. Uno y dos, ¿está bien? Para clarificación uno y dos.
CIUDADANO SECRETARIO:
Domingo Laino:
Oscar Paciello: Moción 2
Rafael Eladio Velázquez:
Emilio Camacho: Moción 1
Víctor Hugo Sánchez: Moción 2
Héctor Capurro:
Carlos Podestá: Moción 2
Diógenes Martínez: Moción 2
Carlos Alberto González:
Juan Francisco Elizeche Baudo: Moción 1
Víctor Báez Mosqueira: Moción 1
Carlos Romero Pereira:
Rodrigo Campos Cervera:
Blanca Lila González:
Benjamín Fernández Bogado: Moción 1
Evelio Fernández Arévalos: Moción 1
Julio César Vasconsellos: Ausente.
Rodolfo Gill Duarte: Moción 2
Miguel Abdón Saguier: Moción 1
Arcadio Flores López: Moción 1
Luis Garay: Moción 2
Migdalia R. de García: Moción 2
José Félix Fernández
Estigarribia: Ausente.
Raúl Oggero: Moción 2
Manuel Augusto Radice: Moción 1
María Celsa Echagüe de Ayala: Moción 2
Ricardo Franco Lanceta: Ausente.
Bernardino Cano Radil:
Antonia Irigoitia: Moción 1
Pedro Pablo Ovelar:
Aníbal Saucedo Rodas: Moción 1
Luis Angel González Macchi: Ausente.
Carlos Armando Storm: Moción 2
Rubén Bareiro Saguier: Moción 1
Juan Manuel Peralta: Moción 1
Cristina Muñoz: Ausente.
Dora Hermosilla:
Federico Callizo: Moción 1
José Ismael Candia: Moción 2
Luis A. Castiglioni: Moción 1
Pedro Darío Portillo: Moción 1
Rodolfo H. Centurión: Ausente.
Wilfrido S. González: Moción 1
Estanislao Llamas: Moción 2
Rodolfo Asereto: Moción 1
Julio C. Fanego Arellano:
Manuel Doldán Velázquez: Ausente.
Alirio Ugarte Díaz: Moción 1
Abrahán Esteche Troche: Ausente.
Benjamín Maciel Pasotti: Moción 2
Eusebio Ramón Ayala: Moción 1
Carlos Villagra Marsal: Moción 1
Francisco Solano López: Moción 2
Humberto Ayala Zelada: Moción 1
Eligio Vargas Mendoza: Moción 2
Elisa Ruíz Díaz Bareiro: Moción 1
María Elena Sachero: Moción 1
Celso Castillo Gamarra: Moción 2
Estanislao
Martínez: Moción 1
Atilio R. Florentín Paoli: Moción 2
Angel Ayala: Moción 1
Milciades Godoy Jara: Moción 2
Franklin Boccia: Moción 1
Domingo Delvalle: En blanco
Leslie Villanueva: Ausente.
Víctor M. Quevedo: Moción 1
Guillermo Heisecke: Moción 1
Víctor Manuel Núñez:
Euclides Roberto Acevedo: Ausente.
Elvio Insaurralde Fleitas: Ausente.
Gonzalo Quintana: Moción 1
Jorgelina Silvero Silvano: Moción 2
Jorge Ríos Rodríguez: Moción 1
Víctor Luis Bernal: Moción 2
Gustavo Laterza: Moción 1
Teresa Sosa L. de Arréllaga: Ausente.
Isidro Melgarejo Pereira: Ausente.
Julio Vera Cáceres: Ausente.
Tadeo Zarratea: Moción 1
Antonia Ovando de Galeano: Moción 2
Dionisio Zárate González: Moción 2
René Ramírez: Moción 1
Gregorio Enciso Vega: Moción 2
Aída M. Robles Alcaraz: Moción 1
Lino Chilavert: Moción 1
Luis Lezcano Claude: Moción 1
Fernando López Leiva: Moción 1
Manuel Sardi Segovia: Moción 2
Estebán Caballero: Moción 1
José D. Samaniego Giménez: Moción 2
Rubén Darío Romero: Moción 1
Sinforiano Rodríguez: Moción 1
Ramiro Barboza: Moción 1
Ismael Echagüe Insfrán: Moción 2
Manfredo Ramírez Jou: Moción 2
Agustín Segovia Boltes: Moción 2
Felipe Dávalos Arce: Moción 2
Luis Alfonso Resck: Moción 1
Armando Espínola: Moción 2
Aparicio Fretes Farías:
Juan R. Huerta Echeverry: Ausente.
Gustavo Samaniego González: Ausente.
Fermín Ramírez: Moción 2
Marciano D. Torales Franco: Moción 2
Justo R. Decoud: Ausente.
Carlos Mateo Balmelli: Moción 1
Pedro Lugo Benítez: Moción 2
Carlos Fretes: Moción 1
Julio Damián Pérez Peña: Moción 2
María Eligia Centurión:
Gerardo Sosa Argaña: Moción 2
Mario Morel Pintos: Moción 1
Federico Figueredo: Moción 1
Pablino A. Rodríguez: Moción 1
Jorge Dos Santos: Moción 1
Jesús Ruíz Nestosa: Moción 1
Nilda E. Fernández de Marín: Moción 1
Cayo Gwynn: Moción 2
Ramón Romero Roa: Ausente.
Antonio Ferreira: Moción 1
Susana Morínigo:
Ignacio Cárdenas Marín: Moción 2
Herminio Ruíz Díaz: Ausente.
Avelino Ramírez: Ausente.
Ramón A. Vera Venialgo: Moción 1
Francisco Díaz Calderara: Moción 2
Elba Recalde de Rojas: Moción 1
Timoteo González:
Eduardo Rodríguez: Ausente.
José Benigno Escobar Genes: Moción 1
Inmaculada Duarte: Moción 2
Rubén Melgarejo Lanzoni: Moción 1
José Nicolás Morínigo: Moción 1
Juan M. Benítez Florentín: Moción 1
Hugo Estigarribia: Moción 2
Blanca N. López Ramírez: Moción 1
Alcibiades González Delvalle: Moción 1
Bernardo Villalba: Moción 2
Antonio Valiente Escobar: Ausente.
Carlos Martín Colarte: Moción 2
Lamia Yore de Yunis:
Crescencio Storm: Moción 2.
Julián Britos Acosta: Ausente.
Manuel de Jesús Ramírez: Moción 1
Pablo A. Cabral: Ausente.
Vidal Rolón Sanabria: Moción 2
Castor Elizardo Giménez: Moción 2
Patricio Enciso Gómez: Ausente.
Tomás Ortíz Samudio: Moción 2
Peter Holder Kennedy: Ausente.
Francisco Alvarenga: Ausente.
Carlile Gauto: Moción 2
Fabio C. Cáceres: Moción 1
Luis A. Segovia Avalos: Moción 1
José M. Sarubi: Ausente.
Reinaldo Chilavert Viera: Moción 2
Darío A. Palacios Vera: Moción 2
Emilio Oriol Acosta: Moción 2
Ada G. Sotomayor de Setrini: Ausente.
Carmelo J. Benítez: Moción 1
rancisco Vera Fleitas: Moción 1
Pedro Angel Rodríguez: Moción 2
Luís Pedro Llano Imas: Moción 1
Crescencio Herminio Cáceres: Moción 2
Perfecto Ruíz Díaz Brítez: Ausente.
Dolores Ferreira vda. de Ayala: Moción 1
Juan Gilberto Orella: Moción 1
Carlos Avalos Flores: Moción 1
Serapio Mongelós: Moción 1
Gustao René González: Moción 1
Miguel Angel Riquelme: Moción 2
Marcelino Alfonso González: Moción 2
Osvaldo Tomás Rodríguez: Moción 1
Juan de la Cruz González: Moción 2
Carlos Ovidio Meyer: Moción 2
Cosme Miltos: Ausente.
Oscar Alberto Delvalle: Moción 2
Benito Giménez Caballero: Ausente.
Cecilio Alejandro Osorio: Moción 2
Miguel Angel Galeano: Ausente.
César R. Dos Santos Jara: Moción 2
Julio César Lugo Ortiz: Moción 2
Víctor Hugo Paniagua: Moción 2
Miguel M. Ferreira Bernal: Moción 1
Valentín Gamarra Velázquez: Moción 2
Luís A. Duarte Molinas: Ausente.
Víctor Hugo Insaurralde: Moción 2
Gregorio R. Centurión: Moción 2
Teresa Delvalle de Rodríguez: Moción 2
Juan Félix Bogado Gondra: Con permiso.
Jesús María Argaña: Ausente.
Rubén O. Fanego Mussi: Moción 2
Gustavo Mazó: Moción 1
Edgar Villalba: Moción 1
Cirila C. vda. de Alcaraz: Moción 2
Albino Chaparro: Moción 2
Juan Héctor Mongelós: Moción 1
Fernando Rolón Galeano: Moción 2
Pedro Talavera Martínez: Moción 2
Miguel Angel Rodas: Moción 2
INTERRUPCION... (se pasa al conteo).
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadanos Convencionales: la Presidencia les pide que no se retiren de
la sala porque vamos a continuar con dos o tres artículos más, artículos que no
tienen oposición. Así que, por favor,
vamos a avanzar. Vamos avanzar ahora y
después vamos levantar, son muy breves.
APLAUSOS...
INTERRUPCION... Moción N°
2, 81 ó 82.
La
información, oficial de la Mesa, la información oficial de la Mesa, por favor.
La
Presidencia llama al silencio, si persiste el desorden va tener que levantar o
suspender la sesión. Se llama al
silencio, para que se verifique y se dé el resultado del escrutinio. Tengan paciencia.
INTERRUPCION...
La
Presidencia ordena que el personal y cualquier otra persona baje del
escenario. Queden en la sala
directamente Convencionales y funcionarios que sean estrictamente de aquí, del escenario,
que son los de Secretaría.
CIUDADANO SECRETARIO: Se hace el relatorio ciudadanos
Convencionales.
CIUDADANO PRESIDENTE: Por favor si prestan atención.
CIUDADANO SECRETARIO: En la sala votaron ciento sesenta y siete
personas, de los cuales la moción N°
1 tuvo ochenta tres votos, la moción N°
2, tuvo ochenta y dos, y dos votos en blanco.
El total de votantes es de ciento sesenta y siete. La mayoría simple de
los presentes es ochenta y tres, punto cinco; quiere decir que la no se ha
alcanzado la mayoría simple en esta sala.
Se debe volver a votar.
CIUDADANO PRESIDENTE: Así mismo es, ciudadanos Convencionales. Se va a volver a votar. No hay mayoría, el reglamento exige. Ciudadanos Convencionales, si no guardan la
compostura, la Presidencia se va ver en la necesidad de suspender por lo menos
por media hora.
Pero,
ciudadanos Convencionales, requiere la mayoría simple de los presentes. La mayoría simple de los presentes. Tengan paciencia.
CIUDADANO SECRETARIO: La Mesa aclara de que vamos a leer el
Reglamento. No hay ningún
fanatismo. Se va a aceptar lo que dice
el Reglamento, vamos leer el Reglamento en la parte pertinente. Vamos a buscar para leer. Aquí no hay ningún fanatismo, ciudadanos
Convencionales. Se va a acatar lo que
dice el Reglamento. Ciudadanos
Convencionales: el Artículo 57 del
Reglamento, les pido que lo tengan a mano.
CIUDADANO PRESIDENTE: Silencio en sala para escuchar. Por Secretaría se va a dar lectura a la parte
pertinente del Reglamento.
CIUDADANO SECRETARIO: El Artículo 57. Quórum y mayoría. La Convención no podrá sesionar sin quorúm
legal. Para formarlo será necesaria la
asistencia de la mitad más uno del número total de Convencionales. La Convención adoptará sus decisiones por
simple mayoría, entendiéndose por tal más de la mitad de los miembros
presentes.
Y
habíamos dicho, una norma interpretativa se dictó, y dice: en los casos en que
no se alcanzare la mayoría prevista en este artículo, se volverán a votar las
mociones presentadas y resultará aprobada la obtuviere mayor número de
votos. Es claro el Reglamento. Artículo 57 del Reglamento. Y está en la norma interpretativa. No es de forma, es norma interpretativa. De todos modos, el Reglamento claramente, en
el Artículo 57, lo dice...
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional Emilio Camacho: le invito a que pase para ver el
Reglamento. Pase, entonces, para ver.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
PODESTA: Ciudadano Presidente: moción de orden,
ciudadano Presidente. Se está tratando
de ganar tiempo para llamar a los ausentes.
Yo ruego que la Presidencia aplique el Reglamento y que además, en el
momento de emitir su voto los ciudadanos Convencionales, tengan la gentileza de
ponerse de pie. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadanos Convencionales, no se ha reunido
la mayoría simple de la mitad más uno de los presentes. Es clarísimo el Reglamento. Entonces, se va a volver a repetir la
votación y quien gane por un voto, será la propuesta ganadora. No hay ningún inconveniente y rogamos que los
ciudadanos Convencionales se sosieguen en su espíritu y se sometan a lo que
dispone el Reglamento. Se va a volver a
votar por segunda vez, pero requerimos un poco de tranquilidad de parte de los
Convencionales.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional José Nicolás Morínigo.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Presidente: usted está en lo correcto. Vamos a respetar el Reglamento. Creo que es necesario guardar la compostura
necesaria, pero quiero recordarle que sólo pueden votar aquellos que han votado
en la elección y no los que estuvieron ausentes, porque, de lo contrario,
alteraríamos sustancialmente esta situación.
CIUDADANO PRESIDENTE: Totalmente de acuerdo, ciudadano
Convencional. Por eso se invita a los
ciudadanos Convencionales a que no se retiren de la sala y quienes asi lo
hubiesen hecho, que están en cafetería, vuelva aquí, porque vamos a saber,
ciudadano Convencional, por el número.
Si este número excede, es nula la votación. Tenemos marcada la presencia de los
ciudadanos Convencionales.
Unicamente
los presentes. Felizmente está marcados
los presentes. Vamos a volver a votar
los presentes. El control de la mesa
está a cargo de los tres Secretarios.
Ciudadanos
Convencionales: la Presidencia desea
que la votación, la segunda votación, se realice en el más perfecto orden. Por
eso encarece que guarde compostura, se pongan un poco de ecuanimidad y se
sosieguen los ánimos.
Se
va a proceder a la segunda votación. Los ciudadanos Convencionales deberán
tomar asiento, que pasen a los lugares respectivos en la misma fila y ponerse
de pie.
INTERRUPCION...
Ciudadanos
Convencionales: para proceder a la
segunda votación, la Presidencia encarece que los ciudadanos Convencionales
tomen asiento. Antes de que se haga lo
que se está recomendando, no se va a poder proceder a la votación...
Tomen
asiento, ciudadanos Convencionales. La
misma gente; no va variar; por eso pedimos que no se ausenten de la sala.
¿Están todos?. Tomen asiento, ciudadanos
Convencionales y bajen a la décima fila.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Presidente, la palabra por favor.
CIUDADANO PRESIDENTE: Mientras no tomen asiento y no se llamen a
silencio, no se va iniciar la segunda votación...
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Moción de orden,
ciudadano Presidente...
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadanos Convencionales: sírvanse ocupar sus asientos; que se ocupen
los asientos y vamos a empezar la segunda votación. Rogamos el más absoluto silencio en homenaje
al respeto y a la concordia que deben reinar entre los ciudadanos
Convencionales. Cada ciudadano
Convencional en su asiento, y por favor si se abstienen del diálogo durante
esta votación. Ya se inicia la segunda
votación.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Ciudadano Presidente: pido la palabra, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Domingo Laíno.
CIUDADANO CONVENCIONAL DOMINGO
LAINO: Creo que conviene, a los efectos de que se
calme la Convención y también dar oportunidad a que se converse; creo que es
posible llegar a un acuerdo sobre un texto único. Yo creo que va a ser un gran acuerdo ya que
estamos tratando un tema central que hace a la transición y a la germinación
democrática del país.
Por
eso, ciudadano Presidente, solicito un cuarto intermedio.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadanos Convencionales, por favor, es una
moción de orden que pide un cuarto intermedio para que puedan tratar los
líderes -ese es el sentido en el que pide- pero es una moción de orden que la
Presidencia va a llevar a votación. Si
se concediese un cuarto intermedio, la Presidencia no admitiría que fuesen
fuera de la sala; se quedarían aquí nada más que por breves minutos.
Se
lleva a votación. Quienes estén de
acuerdo por la moción de orden se servirán levantar la mano: Minoría.
Se requiere mayoría absoluta.
Vamos
a llevar a votación con el mismo silencio con que le escucharon a Domingo
Laíno. Por favor, ciudadano
Convencional... estamos en
votación. ¿Va a hacer una aclaración como
Secretario, ciudadano Convencional?
CIUDADANO SECRETARIO: Por razones de transparencia, porque éste es
un momento, creo, es uno de los momentos más críticos. Por razones de transparencia, me permito
solicitar al Presidente y a los ciudadanos Convencionales que, previo a la
votación, los Secretarios, los 4 Secretarios aquí presentes se pongan de
acuerdo sobre aquellas personas que no votaron, de tal forma que todo sea
totalmente claro y transparente.
CIUDADANO CONVENCIONAL DIOGENES
MARTINEZ: Ciudadano Presidente: propongo una metodología. Que el mismo Secretario que ha dado lectura
lea y, si hay alguna objeción de uno de los Secretarios, objeta; no hay ninguna
mala fe, todos tenemos punteado quiénes estuvieron ausentes; una tarea de
verificar 198 personas previamente va llevar media hora; basta que se lea y uno
de los Secretarios dice: "ese no
estuvo presente", y ahí verificamos.
INTERRUPCION...
CIUDADANA CONVENCIONAL ANTONIA
IRIGOITIA:
Ciudadano Presidente: ¿me permite
la palabra, por favor?
CIUDADANO PRESIDENTE: Sí, con mucho gusto. La Presidencia lo único que ruega es que sean
breves porque es de lo más sencillo; no podrán haber más de 167 personas
votantes en la sala; no, porque pueden haber en blanco.
Tiene
la palabra la ciudadana Convencional.
CIUDADANA CONVENCIONAL ANTONIA
IRIGOITIA: Yo
quisiera leer los nombres de las personas que estuvieron ausentes en la primera
votación; así que si me permite, para que se tome nota.
CIUDADANO PRESIDENTE: Está bien, como no. Se accede.
Se
ruega silencio para escuchar quiénes estuvieron ausentes.
CIUDADANA CONVENCIONAL ANTONIA
IRIGOITIA: Julio
César Vasconsellos, José Félix Fernández Estigarribia, Ricardo Franco Lanceta,
Luis Angel González Macchi, Cristina Muñoz, Rodolfo Centurión, Manuel Doldán
Velázquez, Abrahán Esteche Troche, Julio César Vera Cáceres y Juan R. Huerta
Echeverry.
INTERRUPCION...
CIUDADANO SECRETARIO: Un momentito, pasó una hoja. También estuvieron ausentes: Euclides Roberto Acevedo; estuvo ausente
Elvio Insaurralde e Isidro Melgarejo Pereira y Teresa Sosa R. de
Arréllaga. Después viene: Julio César Vera Cáceres, Juan R. Huerta
Echeverry, Gustavo Samaniego González, Justo R. Decoud, Ramón Romero Roa,
Herminio Ruiz Días, Avelino Ramírez, Antonio Valiente Escobar, Julián Britos
Acosta, Pablo A. Cabral Frutos, Patricio Enciso Gómez, Peter Holder Kennedy,
Francisco Alvarenga, Ada G. Sotomayor de Setrini, Perfecto Ruiz Díaz Brítez,
Cosme Miltos, Benito Giménez Caballero, Miguel Angel Galeano, Luis A. Duarte
Molinas, Juan Félix Bogado Gondra. Esos
son los ausentes. YJosé Sarubi Lepretti
CIUDADANO PRESIDENTE: En esta votación no se va llamar a los
ausentes. Ciudadano Convencional, una
breve, breve intervención para no interrumpir otra vez esta tranquilidad a la
que estamos llegando.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Justamente, por la tranquilidad, ciudadano
Presidente. Somos varios los que
llevamos el cómputo para colaborar con la Secretaría; que los colegas
Convencionales dejen los "versitos" de lado y canten claramente 1 ó 2
para evitar equívocos, ciudadano Presidente.
Le agradezco.
Y
que se paren para que sea más claro, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: El reglamento habla de afirmativa o negativa,
de manera que 1 ó 2, no más, se dirá...
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL...: ¿Me permite, ciudadano Presidente?.
CIUDADANO PRESIDENTE: Sin pararse, lo único que con clara, fuerte e
inteligible voz. Va comenzar la
votación.
CIUDADANO SECRETARIO:
Domingo Laíno: Moción 1.
Oscar Paciello: Moción 2
Rafael Eladio Velázquez: Moción 1
Emilio Camacho Paredes: Moción 1
Víctor Hugo Sánchez: Moción 2
Héctor Capurro: Moción 1
Carlos Podestá: Moción 2
Diógenes Martínez: Moción 2
Carlos Alberto González: Moción 1
Juan Francisco Elizeche Baudo: Moción 1
Víctor Baéz Mosqueira: Moción 1
Carlos Romero Pereira: Moción 2
Rodrigo Campos Cervera: Moción 1
Blanca Lila González: Moción 2
Benjamín Fernández Bogado: Moción 1
Evelio Fernández Arévalos: Moción 1
Rodolfo Gill Duarte: Moción 2
Miguel Abdón Saguier: Moción 1
Arcadio Flores López: Moción 1
Luis Garay: Moción 2
Migdalia R. de García: Moción 2
Raúl Oggero Fernández: Moción 2
Manuel Augusto Radice: Moción 1
María Celsa Echagüe de Ayala: Moción 2
Bernardino Cano Radil: Moción 2
Antonia Irigoitia: Moción 1
Pedro Pablo Ovelar: Moción 2
Aníbal Saucedo Rodas: Moción 1
Carlos Armando Storm: Moción 2
Rubén Bareiro Saguier: Moción 1
Juan Manuel Peralta: Moción 1
Dora Hermosilla Ortigoza: Moción 2
Federico Callizo: Moción 1
José Ismael Candia: Moción 2
Luis A. Castiglioni Soria: Moción 1
Pedro Darío Portillo: Moción 1
Wilfrido S. González: Moción 1
Estanislao Llamas: Moción 2
Rodolfo Aseretto: Moción 1
Julio C. Fanego Aréllano: Moción 2
Alirio Ugarte Díaz: Moción 1
Benjamín Maciel Pasotti: Moción 2
Eusebio Ramón Ayala: Moción 1
Carlos Villagra Marsal: Moción 1
Francisco Solano López: Moción 2
Humberto Ayala Zelada: Moción 1
Eligio Vargas Mendoza: Moción 2
Elisa Ruíz Díaz Bareiro: Moción 1
María Elena Sachero: Moción 1
Celso Castillo Gamarra: Moción 2
Estanislao Martínez: Moción 1
Atilio R. Florentín Paoli: Moción 2
Angel Ayala: Moción 1
Milciades Godoy Jara: Moción 2
Franklin Boccia: Moción 1
Domingo Delvalle: Moción 2
Leslie Villanueva Cardozo: Moción 2
Víctor M. Quevedo: Moción 1
Guillermo Heisecke: Moción 1
Víctor Manuel Núñez: Moción 2
Gonzalo Quintana: Moción 1
Jorgelina Silvero Silvano: Moción 2
Jorge Ríos Rodríguez: Moción 1
Víctor Luis Bernal: Moción 2
Gustavo Laterza: Moción 1
Tadeo Zarratea: Moción 1
Antonia Ovando de Galeano: Moción 2
Dionisio Zárate González: Moción 2
René Ramírez: Moción 1
Gregorio Enciso Vega:
Aída M. Robles de Alcaráz: Moción 1
Lino Chilavert Benítez: Moción 1
Luis Lezcano Claude: Moción 1
Fernando López Leiva: Moción 2
Manuel Sardi Segovia: Moción 2
Esteban Caballero: Moción 1
José D. Samaniego Giménez: Moción 2
Rubén Darío Romero: Moción 1
Sinforiano Rodríguez: Moción 1
Ramiro Barboza: Moción 1
Ismael Echagüe Insfrán: Moción 2
Manfredo Ramírez Jou: Moción 2
Agustín Segovia Boltes: Moción 2
Felipe Dávalos Arce: Moción 2
Luis Alfonso Resck: Moción 1
Armando Espínola: Moción 1
Aparicio Fretes Farias: Moción 2
Fermín Ramírez:
Marciano Torales:
Carlos Mateo Balmelli: Moción 1
Pedro Lugo Benítez: Moción 2
Carlos Fretes: Moción 1
Julio Damián Pérez: Moción 2
María Ligia Centurión: Moción 1
Gerardo Sosa Argaña: Moción 2
Mario Morel Pintos
APLAUSOS...
Federico Figueredo: Moción 1
Pablino A. Rodríguez: Moción 1
Jorge Dos Santos: Moción 1
Jesús Ruíz Nestosa: Moción 1
Nilda E. Fernández de Marín: Moción 1
Cayo Gwynn: Moción 2
Antonio Ferreira: Moción 1
Susana Morinigo:
Ignacio Cardenas Marín: Moción 2
Ramón A. Vera Venialgo: Moción 1
Francisco Díaz Calderara: Moción 2
Elba
Recalde de Rojas: Moción 1
Timoteo González: Moción 2
Eduardo Rodríguez Acosta: En Blanco
José Benigno Escobar: Moción 1
Inmaculada Duarte: Moción 1
Rubén Melgarejo Lanzoni:
Jose Nicolás Morinigo: Moción 1
Juan Manuel Benítez Florentín:
Hugo Estigarribia: Moción 2
Blanca M. López Ramírez:
Alciliades González: Moción 1
Bernardo Villalba: Moción 2
Carlos Martín Colarte: Moción 2
Lamia Yore de Yunis:
Crescencio Storm Monges:
Manuel de Jesús Ramírez: Moción 1
Vidal Rolón Sanabría: Moción 2
Castor Elizardo Jiménez: Moción 2
Tomás Ortíz Samudio: Moción 2
Carlyle Gauto: Moción 1
Favio C. Cáceres: Moción 1
Luis A. Segovia Avalos: Moción 1
Reinaldo Chilavert Viera: Moción 2
Dario A. Palacios: Moción 2
Emilio Oriol Acosta: Moción 2
Carmelo J. Benítez: Moción 1
Francisco Vera Fleitas: Moción 1
Pedro Angel Rodríguez: Moción 2
Luis Pedro Llano: Moción 1
Crescencio Cáceres:
Dolores Ferreira: Moción 1
Juan Gilberto Orella: Moción 2
Carlos Avalos Flores: Moción 1
Serapio Mongelos: Moción 1
Gustavo Rene González: Moción 1
Miguel Angel Riquelme: Moción 2
Marcelino Alfonso González: Moción 2
Osvaldo Tomás Rodríguez: Moción 1
Juan de la Cruz González: Moción 2
Carlos Ovidio Meyer: Moción 2
Oscar Alberto del Valle: Moción 2
Cecilio Alejandro Osorio: Moción 2
César Rolando Dos Santos:
Julio César Lugo: Moción 2
Víctor Hugo Paniagua: Moción 2
Miguel M. Ferreira Bernal: Moción 1
Valentín Gamarra Velázquez: Moción 2
Víctor Hugo Insaurralde: Moción 2
Gregorio R. Centurión: Moción 2
Teresa Delvalle de Rodríguez: Moción 2
Juan Félix Argaña: Moción 2
Rubén O. Fanego Mussi: Moción 2
Gustavo Mazó: Moción 1
Edgar Villalba: Moción 1
Cirila C. Vda. de Alcaraz:
Alvino Chaparro: Moción 2
Juan Héctor Mongelos: Moción 1
Fernando Rolón Galeano: Moción 2
Pedro Talavera Martínez: Moción 2
Miguel Angel Rodas: Moción 2
CIUDADANO PRESIDENTE: Rogamos silencio en
la sala.
La
Presidencia encarece un silencio para leer el resultado, y que se abstengan de
cualquier euforia al respecto. Por
favor, ciudadanos Convencionales, vamos a comportarnos, porque va a continuar
la sesión. Existen dos o tres artículos
más.
CIUDADANO SECRETARIO: El resultado de la
votación.
CIUDADANO PRESIDENTE: Se va a dar lectura,
por Secretaria, del Resultado de la votación.
CIUDADANO SECRETARIO: Por la propuesta de
la Comisión del Proyecto Base: 82.
Por
la propuesta N°2: 83 y un voto en blanco.
APLAUSOS...
CIUDADANO PRESIDENTE: Queda aprobada.
APROBADO.
Rogamos
a los Convencionales no retirarse de la sala.
INTERRUPCION...
CIUDADANO SECRETARIO: Perdón. Se rectifica: dos votos en blanco.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadanos
Convencionales: Vamos a continuar los
artículos.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Hay dos artículos
con proyecto único.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadanos Convencionales: la Presidencia encarece que los ciudadanos
Convencionales. Si dejan sin quórum es
una descortesía. Es breve ciudadanos
Convencionales.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Moción de orden.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra
para una moción de orden.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Solicito que se levante
la sesión, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración la
moción de orden. Los que estén de
acuerdo, que levanten la mano. Mayoría.
Mayoría.
Se
levanta la sesión.
INTERRUPCION...
Ya
se levantó la sesión.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL RODRIGO
CAMPOS CERVERA: Ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra,
pero le advierto que ya se levantó la sesión, porque hubo una moción de orden.
Tiene
la palabra ciudadano Convencional Rodrigo Campos Cervera.
CIUDADANO CONVENCIONAL RODRIGO
CAMPOS CERVERA: Ciudadano
Presidente: No quisiera que mis palabras
cayeran en saco roto, en el sentido de que si está levantada la sesión,
obviamente lo que pueda decir no tendría ningún efecto, aún cuando fuera
jurídicamente válido. Es por ello
ciudadano Presidente, que pido por favor, que esto sea en sesión, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Mire, ciudadano
Convencional: le vamos a aclarar, y con
toda tranquilidad. El ciudadano
Convencional Víctor Hugo Paniagua, pidió el levantamiento de la sesión, y
apoyaron todos los Convencionales contra la opinión de la Presidencia, que
quería continuar.
Vamos
a darle.
CIUDADANO CONVENCIONAL RODRIGO
CAMPOS CERVERA: De
acuerdo con el Artículo 57 del Reglamento, evidentemente, cualquier moción,
para ser aprobada requiere mayoría. Es
cierto, que a través de una interpretación, que no tiene el efecto de modificar
el Reglamento, se ha tenido un sistema operativo contrario a lo que prescribe
el Artículo 57. Yo creo que se trata de
un asunto tan importante y que hace a la esencia de nuestra
institucionalidad. Y es por eso,
ciudadano Presidente, que yo pido nos ajustemos a lo que dispone el Artículo
57. Si no se logra la mayoría indicada,
pues, ciudadano Presidente, que se reitere la votación, hasta que se obtenga la
mayoría que exige el Artículo 57 de nuestro Reglamento.
Ese
seria el comportamiento absolutamente jurídico y ajustado a los términos del
mismo. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano
Convencional: el Presidente de la
Comisión de Reglamento, quien está ausente, pero existe creo un
Vicepresidente. Esta fue una
modificación, no es una interpretación.
Es una modificación del Reglamento, cuyo texto tengo aquí y le puedo dar
uso a Podestá que... Fue aprobado. Le vamos a leer ciudadano Convencional. Fue aprobado en plenaria de esta Convención,
no es interpretativo, es modificación.
CIUDADANO SECRETARIO: Ciudadano
Presidente: quiero aclarar que
seguramente mis palabras fueron las que indujeron al error. Esta fue modificación, no norma
interpretativa, esta fue modificación.
Yo me había equivocado al decir que era una norma interpretativa. Pero, aquí hay una nueva versión incluso, y
se pueden revisar los dictámenes de la Comisión de Asuntos Generales.
REVISION.
Se
aclaró suficientemente que fue introducida una modificación. Yo me había equivocado al decir que era una
norma interpretativa, pero aquí están los documentos. Gracias.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Ciudadano
Presidente: ¿Podría
tener la gentileza de explicarnos si la sesión
continua o no?, porque los ciudadanos Convencionales de la izquierda se han
levantado tumultuosamente a agolparse en el fondo. Y usted levantó la sesión. Y, ¿estamos o no estamos en sesión?
CIUDADANO PRESIDENTE: Honorable
Convención: El Presidente, en uso de
atribuciones, levanta la sesión ahora, en este mismo instante. Y ruega mañana, puntualidad, a la hora 08:00.
SE LEVANTA LA SESION SIENDO LA HORA 19:00
RESOLUCIONES
ADOPTADAS
-Aprobación
del Acta N° 35 de fecha 26 de
mayo de 1992.
CAPITULO
II
DEL
PODER EJECUTIVO
SECCION
I
Del
Presidente de la República y del Vicepresidente
Artículo 220.- DEL EJERCICIO.
El
Poder Ejecutivo es ejercido por el Presidente de la República.
Artículo 221.- DEL VICEPRESIDENTE.
Habrá
un Vicepresidente de la República que, en caso de impedimento o ausencia
temporal o vacancia definitiva, sustituirá de inmediato al Presidente con todas
sus atribuciones.
Artículo 222.- DE LOS REQUISITOS.
Para
ser Presidente de la República o Vicepresidente se requiere:
1)la
nacionalidad paraguaya natural;
2)el
haber cumplido treinta y cinco años, y
3)el
estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
Artículo 223.- DE LA DURACION.
El
Presidente de la República y el Vicepresidente duran cinco años improrrogables
en el ejercicio de sus funciones, a contarse desde el 15 de agosto siguiente a las
elecciones y no podrán ser reelectos en ningún caso. El Vicepresidente sólo podrá ser electo
Presidente si hubiese cesado en su cargo seis meses antes de los comicios
generales. Quien haya ejercido la
presidencia por más de doce meses no podrá ser electo Vicepresidente de la
República.
Artículo 224.- DE LAS ELECCIONES.
El
Presidente de la República y el Vicepresidente de la República serán elegidos
conjunta y directamente por el pueblo, por mayoría simple de votantes, en
comicios generales que se realizarán entre noventa y ciento veinte días antes
de expirar el período constitucional vigente.
Artículo 225.- DE LA ASUNCION AL CARGO.
En
el caso de que en la fecha en la cual deban asumir sus funciones el Presidente y
el Vicepresidente de la República no estuviesen proclamados en la forma
dispuesta por esta Constitución, o fueran anuladas las elecciones, el
Presidente cesante entregará el mando al Presidente de la Corte Suprema de
Justicia, quien actuará hasta que se efectúe la transmisión, quedando en
suspenso sus funciones judiciales.
Artículo 226.- DE LA POSESION DEL CARGO.
El
Presidente de la República y el Vicepresidente de la República tomarán posesión
de su cargo ante el Congreso, prestando juramento o promesa por su honor y ante
la patria de cumplir con fidelidad y patriotismo sus funciones
constitucionales. Si el día señalado el
Congreso no alcanzara el quórum para reunirse, la ceremonia se cumplirá ante la
Corte Suprema de Justicia.
Artículo 227.- DE LAS AUSENCIAS.
El
Presidente de la República, o quien lo esté sustituyendo en el cargo, no podrá
ausentarse del país sin dar aviso previo al Congreso y a la Corte Suprema de
Justicia. Si la ausencia tuviera que ser
por más de cinco días, se requerirá la autorización de la Cámara e
Senadores. Durante el receso de las
Cámaras, la autorización será otorgada por la Comisión Permanente del Poder
Legislativo.
En
ningún caso pueden estar ausentes del territorio nacional, simultáneamente, el
Presidente y el Vicepresidente.
Artículo 228.- DE LA ACEFALIA.
En
caso de impedimento o ausencia del Presidente de la República, lo reemplazará
el Vicepresidente, y a falta de éste y en forma sucesiva, el Presidente del
Senado, el de la Cámara de Diputados y el de la Corte Suprema de Justicia.
El
Vicepresidente electo asumirá la presidencia de la República si ésta quedase
vacante antes o después de la proclamación del Presidente, y la ejercerá hasta
la finalización del período constitucional.
De
producirse la vacancia definitiva de la Vicepresidencia durante los tres
primeros años del período constitucional, se convocará a elecciones para
cubrirla. Si la misma tuviese lugar
durante los dos últimos años, el Congreso, por mayoría absoluta de sus
miembros, designará a quien deba desempeñar el cargo por el resto del período
constitucional.
ARTICULO 229.- DE LAS INHABILIDADES.
Son
inhabilidades para ser candidatos a Presidente de la República o
Vicepresidente:
1)Los
ministros del Poder Ejecutivo, los viceministros o subsecretarios y
funcionarios de rango equivalente, los directores generales de reparticiones
públicas y los presidentes de consejos, directores, gerentes o administradores
generales de los entes descentralizadores generales de los entes
descentralizados, autárquicos, autónomos, binacionales o multinacionales, los
de empresas con participación estatal mayoritaria;
2)los
magistrados judiciales y los miembros del Ministerio Público;
3)el
Defensor del Pueblo, los miembros de la Contraloría General de la República, el
Procurador General de la República, los miembros del Consejo de la Magistratura
y los miembros del Tribunal Superior de Justicia Electoral;
4)los
representantes o mandatarios de empresas, corporaciones o entidades nacionales
o extranjeras, concesionarias de servicios públicos estatales, o de ejecución
de obras o provisión de bienes del Estado;
5)los
ministros de cualquier religión o culto;
6)los
Gobernadores y los intendentes municipales;
7)los
miembros en servicio activo de las Fuerzas Armadas de la Nación y de la
Policía, salvo que hubieran pasado a retiro un año antes del día de los
comicios generales, por lo menos.
8)los
directores propietarios o copropietarios de los medios masivos de comunicación
social.
9)El
cónyuge o los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de
afinidad, de quien se encuentre en ejercicio ole la presidencia al realizarse
la elección o la haya desempeñado por cualquier tiempo en el año anterior a la
celebración de aquella.
En
los casos previstos en los incisos 1), 2), 3) y 6) los afectados deben
renunciar y haber dejado de ejercer sus respectivos cargos cuanto menos seis
meses antes del día de la elección, salvo el caso de vacancia definitiva de la
Vicepresidencia.
Artículo 230.- DE LA INHABILIDAD POR ATENTAR CONTRA LA
CONSTITUCION.
Los
jefes militares o los caudillos civiles de un golpe de Estado, revolución
armada o movimiento similar que atenten contra el orden establecido por esta
Constitución, y que como consecuencia asuman el poder como Presidente de la
República, Vicepresidente, Ministro del Poder Ejecutivo o mando militar propio
de oficiales generales, quedan inhabilitados para el ejercicio de cualquier
cargo público por dos períodos constitucionales, sin perjuicio de sus
respectivas responsabilidades civiles y penales.
Artículo 231.- DE LAS INCOMPATIBILIDADES.
El
Presidente de la República y el Vicepresidente no pueden ejercer cargos públicos
o privados, remunerados o no, mientras duren en sus funciones. Tampoco pueden ejercer el comercio, la
industria o actividad profesional alguna, debiendo dedicarse en exclusividad a
sus funciones.
Artículo 232.- DE LOS DEBERES Y DE LAS ATRIBUCIONES
DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
Son
deberes y atribuciones de quien ejerce la presidencia de la República:
1)representar
al Estado y dirigir la administración general del país;
2)cumplir
y hacer cumplir esta Constitución y las leyes;
3)participar
en la formación de las leyes de conformidad con esta Constitución, promulgarlas
y publicarlas, reglamentarlas y controlar su cumplimiento;
4)vetar
total o parcialmente las leyes sancionadas por el Congreso, formulando las
observaciones u objeciones que estime convenientes;
5)dictar
decretos que, para su validez, requerirán el refrendo del Ministro del ramo;
6)nombrar
y remover por sí a los Ministros del Poder Ejecutivo, al Procurador General de
la República, y a los funcionarios de la administración pública cuya
designación y permanencia en los cargos no estén reglados de otra forma por
esta Constitución o por la ley;
7)tener
a su cargo el manejo de las relaciones exteriores de la República. En caso de agresión externa, y previa
autorización del Congreso declarar el Estado de Defensa Nacional o concertar la
paz. Negociar y firmar tratados
internacionales. Recibir a los jefes de
misiones diplomáticas de los países extranjeros y admitir a sus cónsules. Con acuerdo del Senado, designar Embajadores;
8)dar
cuenta al Congreso, al inicio de cada período anual de sesiones, de las
gestiones realizadas por el Poder Ejecutivo, así como informar de la situación
general de la República y de los planes para el futuro;
9)Es
el comandante en jefe de las fuerzas armadas de la Nación, cargo que no se
delega. De acuerdo con la ley, dicta
los reglamentos militares, dispone de las fuerzas armadas, las organiza y
distribuye. Por sí, nombra y remueve
a los comandantes de la Fuerza Pública.
10)indultar
o conmutar las penas impuestas por los Jueces y Tribunales de la República, de
acuerdo con la ley y con informe de la Corte Suprema de Justicia;
11)convocar
a sesiones extraordinarias al Congreso, a cualquiera de las Cámaras o a ambas a
la vez, debiendo éstas tratar sólo aquellos asuntos sometidos a su respectiva
consideración;
12)proponer
al Congreso proyectos de ley, los cuales podrán ser requeridos con declaratoria
de urgente consideración;
13)disponer
la recaudación e inversión de las rentas de la República de acuerdo con el
Presupuesto General de la Nación y con las leyes, de cuya ejecución rendirá
cuenta anualmente al Congreso;
14)preparar
y presentar a consideración de las cámaras del Congreso el proyecto anual de
Presupuesto General de la Nación;
15)ejecutar
y hacer cumplir las disposiciones emanadas de las autoridades creadas por esta
Constitución, y
16)los
demás deberes y atribuciones que fije esta Constitución.