M E S A    D I R E C T I V A

                                                                                                                    

 

 

 

 

 

 PRESIDENTE                         : Convencional Oscar Facundo Ynsfrán

 VICE PRESIDENTE 1º            : Convencional Emilio Cubas Grau

 VICE PRESIDENTE 2º            : Convencional Rafael Eladio Velázquez

 VICE PRESIDENTE 3º            : Convencional Darío A. Palacios Vera

 VICE PRESIDENTE 4º            : Convencional Luis Alfonso Resck

 

 

 

 

 SECRETARIOS                      : Convencional Diógenes Martínez

                                                            : Convencional Emilio Oriol Acosta

                                                            : Convencional Cristina Muñoz

                                                            : Convencional Antonia Irigoitia

                                                            : Convencional Víctor Báez Mosqueira

 

 

 

                                                                                                 


 

 

COORDINADORES

 

    Convencional Gerardo Sosa Argaña

    Convencional Víctor Núñez

    Convencional Ramiro Barboza

    Convencional Ramón Vera Venialgo


 

DIARIO DE SESIONES

 

 

            Computación:  José Manuel Plano de Egea

            Corrección y Estilo: Américo Pérez Peña

            Secretaría y Archivo:  Merardo Martínez

           


 

 

 

 

 

                                                                                         LISTA DE CONVENCIONALES

 


Acevedo, Euclides Roberto

Acosta Cantero, Emilio Oriol

Alcaraz, Cirila Cabral vda. de

Alfonzo González, Marcelino

Alvarenga P., Francisco

Argaña C., Jesús M.

Aseretto, Rodolfo

Avalos Flores, Carlos

Ayala, Angel

Ayala Jiménez, Eusebio R.

Ayala Zelada, Humberto

Báez Mosqueira, Víctor

Balmelli, Carlos Mateo

Barboza, Ramiro

Bareiro Saguier, Rubén

Benítez C., Carmelo J. G.

Benítez Florentín, Juan M.

Bernal Garay, Víctor Luis

Boccia, Franklin

Bogado Gondra, Juan Félix

Britos Acosta, Julián

Caballero C., Esteban

Cabral Frutos, Pablo A.

Cáceres, Crescencio H.

Cáceres, Favio Catalino

Callizo, Federico

Camacho Paredes, Emilio

Campos Cervera, Rodrigo

Candia, José Ismael

Cano Radil, Bernardino

Capurro, Héctor

Cárdenas Marín, Ignacio

Castiglioni Soria, Luis A.

Castillo Gamarra, Celso

Centurión, María Ligia

Centurión, Rodolfo H.

Centurión S., Gregorio R.

Chaparro, Albino

Chilavert Benítez, Lino

Chilavert Viera, Reinaldo

Colarte, Carlos Martín

Dávalos Arce, Felipe

Decoud Rodríguez, Justo R.

Delvalle, Oscar Alberto

Delvalle García, Domingo

Díaz Calderara, Francisco

Doldán Velázquez, Manuel

Dos Santos, Jorge

Dos Santos Jara, César R.

Duarte E., Inmaculada

Duarte Molinas, Luis A.

Echagüe de Ayala, María C.

Echagüe Insfrán, Ismael

Elizeche Baudo, Juan F.

Enciso Gómez, Patricio

Enciso Vega, Gregorio

Escobar Genes, José B.

Espínola, Armando

Esteche Troche, Abrahán

Estigarribia G., Hugo

Fanego Arellano, Julio C.

Fanego Mussi, Rubén O.

Fernández Arévalos, Evelio

Fernández B., Benjamín

Fernández E., José F.

Fernández de Marín, Nilda

 

 

 

Ferreira, Antonio

Ferreira vda. de Ayala, Dolores

Ferreira Bernal, Miguel M.

Figueredo, Federico

Franco Lanceta, Ricardo

Fretes, Carlos

Fretes Faría, Aparicio

Flores López, Arcadio

Florentín Paoli, Atilio R.

Gamarra V., Valentín

Garay, Luis

García, Migdalia R. de

Galeano, Antonia O. de

Galeano, Miguel Angel

Gauto Sanabria, Carlyle W.

Gill Duarte, Rodolfo

Godoy Jara, Milciades

González, Carlos Alberto

González F., Blanca Lila

González, Juan de la Cruz

González, Gustavo René

Gónzalez, Timoteo

González Delvalle, Alcibiades

González Macchi, Luis A.

González O., Wilfrido S.

Gwynn Safstrand, Cayo

Heisecke, Guillermo

Hermosilla Ortigoza, Dora

Huerta Echeverry, Juan R.

Insaurralde F., Víctor Hugo

Insaurralde Fleitas, Elvio

Irigoitia, Antonia

Jiménez, Castor Elizardo

Kennedy, Peter Holder

Laíno, Domingo

Laterza, Gustavo

Lezcano Claude, Luis

Llamas, Estanislao

Llano, Pedro Luis

López, Francisco Solano

López Leiva, Fernando

López Ramírez, Blanca M.

Lugo Benítez, Pedro

Lugo Ortiz, Julio César

Maciel Pasotti, Benjamín

Martínez, Diógenes

Martínez G., Estanislao

Mazó Elizeche, Gustavo A.

Melgarejo Lanzoni, Rubén

Melgarejo Pereira, Isidro

Meyer, Carlos Ovidio

Miltos, Cosme

Mongelós, Juan Héctor Mongelós, Serapio

Morel Pintos, Mario

Morínigo, José Nicolás

Morínigo, Susana

Muñoz, Cristina

Núñez, Víctor Manuel

Oggero Fernández, Raúl

Orella, Juan Gilberto

Ortíz Samudio, Tomás

Osorio, Cecilio Alejandro

Ovelar Ledesma, Pedro P.

Paciello, Oscar

Palacios Vera, Darío A.

 

 

 

Paniagua F., Víctor Hugo

Peralta Pérez, Juan Manuel

Pérez Peña, Julio Damián

Podestá, Carlos

Portillo, Pedro Darío

Quevedo Acosta, Víctor M.

Quintana, Gonzalo

Radice, Manuel Augusto

Ramírez, Avelino

Ramírez, Fermín

Ramírez C., Manuel de J.

Ramírez Jou, Manfredo

Ramírez, René

Recalde de Rojas, Elba

Resck, Luis Alfonso

Ríos Rodríguez, Jorge

Riquelme, Miguel Angel

Robles Alcaraz, Aída M.

Rodas, Miguel Angel

Rodríguez Acosta, Eduardo

Rodríguez Arias, Pablino A.

Rodríguez P., Pedro Angel

Rodríguez, Osvaldo Tomás

Rodríguez, Teresa D. de

Rodríguez, Sinforiano

Rolón Galeano, Fernando

Rolón Sanabria, Vidal

Romero, Rubén Darío

Romero Pereira, Carlos

Romero Roa, Ramón

Ruíz Díaz, Herminio

Ruíz Díaz Brítez, Perfecto

Ruíz Díaz Bareiro, Elisa

Ruíz Nestosa, Jesús

Sachero, María Elena

Saguier, Miguel Abdón

Salum Flecha, Antonio

Samaniego G., Gustavo

Samaniego Giménez, José D.

Sánchez Galeano, Víctor H.

Saucedo Rodas, Aníbal

Sardi Segovia, Manuel

Segovia Avalos, Luis A.

Segovia Boltes, Agustín

Silvero Silvano, Jorgelina

Sosa Argaña, Gerardo

Sotomayor de Setrini, Ada

Storm B., Carlos Armando

Storm Monges, Crescencio

Talavera Martínez, Pedro

Torales Franco, Marciano D.

Ugarte Díaz, Alirio

Valiente Escobar, Antonio

Vargas Mendoza, Eligio

Velázquez, Rafael Eladio

Vera Cáceres, Julio César

Vera Fleitas, Francisco

Vera Venialgo, Ramón A.

Villagra Marsal, Carlos

Villalba, Edgar

Villalba Cardozo, Bernardo

Villanueva Cardozo, Leslie

Ynsfrán, Oscar Facundo

Yore de Yunis, Lamia

Zárate González, Dionisio

Zarratea, Tadeo


                                                                                        

 

SESION ORDINARIA N° 29.- 21 DE MAYO DE 1992

 

FECHA:21 de mayo de 1992.

INICIO:09:00 horas.

FINAL:     17:30 horas.

 

                                                              AUSENTES

 

CON AVISO:           Sesión Completa:-Alvarenga, Francisco

-Esteche Troche,Abrahán

-Fernández Estigarribia, José Félix

-Lugo Benítez, Pedro

-Maciel Pasotti, Benjamín

 

Turno Mañana:-González, Blanca Lila

-Mazó Elizeche, Gustavo

 

Turno Tarde:           -Caballero, Esteban

-Insaurralde Fleitas, Elvio

-Saucedo Rodas, Aníbal

-Sardi Segovia, Manuel

-Vasconsellos, Julio César

-Villagra Marsal, Carlos

 

SIN AVISO:             Turno Mañana:-Echagüe Insfrán, Ismael

-Oggero Fernández, Raúl

 

Turno Tarde:           -Espínola, Armando

-González, Blanca Lila

-López, Francisco Solano

-Sánchez Galeano, Víctor Hugo

 

 

                                                      ASUNTOS ENTRADOS

 

 

-Pedido de permiso del ciudadano Convencional Benjamín Maciel Pasotti para dejar de asistir a la sesión del 21 de mayo.

 

-Pedido de permiso del ciudadano Convencional Elvio Insaurralde Fleitas para dejar de asistir a las sesiones del 21 y 22 de mayo.

 

-Pedido de permiso del ciudadano Convencional Carlos Fretes para dejar de asistir a las sesiones, del 22 al 24 de mayo.

 

-Pedido de permiso del ciudadano Convencional Héctor Mongelós para ausentarse de la sesión del 21 de mayo, a partir de las 17:00 horas.

 

-Pedido de permiso de la ciudadana Convencional Dora Hermosilla Ortigoza para llegar con retraso a la sesión del 21 de mayo.

 

-Pedido de permiso de la ciudadana Cristina Muñoz para llegar con retraso a la sesión del 21 de mayo.

 

-Pedido de permiso del ciudadano Convencional Gustavo Mazó Elizeche para ausentarse de la sesión del 21 de mayo, por la mañana.

 

-Pedido de permiso del ciudadano Convencional Héctor Capurro para ausentarse de la sesión del 21 de mayo, por 2 horas.

 

-Pedido de permiso del ciudadano Convencional Manuel Augusto Radice para ausentarse de la sesión del 21 de mayo, por 3 horas.

 

-Pedido de permiso de la ciudadana Convencional Cirila Cabral de Alcaraz para ausentarse de la sesión del 21 de mayo, por 2 horas.

 

-Pedido de permiso del ciudadano Convencional Pedro Lugo Benítez para ausentarse de las sesiones del 21, 22 y 23 de mayo.

 

-Pedido de permiso del ciudadano Convencional Francisco Alvarenga para dejar de asistir a la sesión del 21 de mayo.

 


SE INICIA LA SESION SIENDO LA HORA 9:00

 


CIUDADANO PRESIDENTE:  Honorable Convención, ciudadanos Convencionales, habiendo quórum en la sala de más de ciento cincuenta y un Convencionales, la Presidencia declara abierta la sesión del día de la fecha.

 

                Por Secretaría se dará lectura al Resumen del Acta de la sesión de la tarde anterior.

 

CIUDADANA SECRETARIA:  RESUMEN DE ACTA  N° 31

 

                 SESION DE FECHA MIERCOLES 20 DE MAYO DE 1992

 

                                          PUNTOS TRATADOS

 

 

1)Lectura y consideración de los artículos aprobados en la sesión anterior, ratificándose su aprobación.

 

2)Seguidamente se continúa el tratamiento del Art. 155. Del Gobierno Departamental, mocionando el ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil que la votación se haga por ideas:

 

1a. Idea:  "El Gobierno de cada Departamento estará a cargo de un Gobernador".  APROBADO POR MAYORIA.

 

2a. Idea:Si será electo por voto directo.  APROBADO POR MAYORIA.

 

3a. Idea:Si va haber Junta Departamental.  APROBADO POR MAYORIA, con 107 votos.

 

4a. Idea:Tuvo 3 mociones:

 

Moción N° 1 -Que cada Municipio elija un representante de la Junta Departamental.

 

Moción N° 2 -Que cada Municipio por lo menos tenga un representante en la Junta Departamental.

 

Moción N° 3 -Que la ley fije el régimen de representación ante la Junta Departamental, aprobándose esta 3a. moción por mayoría.   

5a.Idea:Si se incorporará la figura del Vicegobernador.

 

Por la incorporación                                                                          42 votos.

Por la no incorporación                                                                      73 votos.

En blanco 5 votos.

 

                En consecuencia, no se incorpora la figura de la Vicegobernación, por resultar esta moción en Minoría.

 

6a. Idea:  Tuvo 4 mociones:

 

Moción N° 1 -Si el Gobernador será representante o ejecutor de la política nacional del Poder Ejecutivo.

 

Moción N° 2 -Si el Gobernador ejecutará la política nacional del Poder Ejecutivo.

 

Moción N° 3 -Del Convencional Gonzalo Quintana.  Que no se mencione nada, o sea, por la supresión de esta idea.

 

Moción N° 4 -Del Convencional Ismael Echagüe.  Que se remita a la Ley Orgánica Departamental.

 

                Puesto a votación, se aprueba la Moción N° 1.  Por Mayoría.

 

7a. Idea:  Tuvo  dos Mociones:

 

Moción N° 1 -Si la elección será coincidente con las elecciones nacionales o Presidenciales.

 

Moción N° 2 -Si la elección será coincidente con las Municipales.

 

                Sometido a votación, se aprueba la Moción N° 1.  Por Mayoría.

 

                El tratamiento de 8a. idea, no pudo llevarse a cabo al comprobarse la falta de quórum, ya que se encontraban en la Sala de sesiones 97 Convencionales.

 

                El Convencional Carmelo Benítez solicitó se llame lista para verificar los Convencionales ausentes y se deje constancia de la misma.

 

                Luego del control de asistencia por lista, el Presidente de la Convención levantó la sesión, siendo la hora 19:40, manifestando antes, que esta situación se pondrá a conocimiento de la Comisión de Poderes y Reglamentos, para que dictamine sobre la sanción a los Convencionales ausentes.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  A consideración el acta que acaba de leerse por Secretaría.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Luis Alfonso Resck, sobre el acta, en lo posible, porque si hubiese algún otro comentario, la Presidencia lo dejaría para después.  Solamente observaciones al acta.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Dionisio Zárate, observaciones al acta, únicamente.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL DIONISIO ZARATE:  Ciudadano Presidente:  al  comienzo de la parte en donde el Convencional Cano Radil expuso las ideas a ser votadas, si mal no recuerdo, creo que no aclaró que esos puntos, una vez aprobados, pasaría a una Comisión que redactaría y presentaría para hoy en forma de artículos a ser sometidos nuevamente a consideración el nuevo texto.

 

                Tengo entendido que fue así.  Ahora no escuché, o me parece no haber escuchado esa propuesta.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                En efecto, por Secretaría se va a tomar nota.  El ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil propuso que se formase una Comisión Ad-Hoc, al final de agotadas las ideas que iban a integrar esa redacción, y encomendó inclusive a que la Presidencia designase, pero como no se llegó a agotar el tema del análisis de las ideas, no hemos podido llegar a esa etapa, por lo que tal vez en el día de la fecha se haga.         Se toma nota de esa observación muy atinada.

 

                Tiene la palabra la ciudadana Convencional Lamia Yore de Yunis.

 

CIUDADANA CONVENCIONAL LAMIA YORE DE YUNIS:  Gracias, ciudadano Presidente.  Le hago la aclaración de que no es para referirme al acta precisamente, ¿no sé si corresponde?

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  No.  Sobre el acta solamente, para que podamos avanzar. 

 

CIUDADANA CONVENCIONAL LAMIA YORE DE YUNIS:  Me reservo, ciudadano Presidente.  Gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:   ¿No existe otra observación?

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Carmelo Benítez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARMELO BENITEZ:  Gracias, ciudadano Presidente.  Si mal no recuerdo, la idea N° 7, que era la que se tenía que votar si las elecciones de las Juntas Departamentales se hacían con las Municipales o con las generales, eso no se llegó a aprobar, ciudadano Presidente.  Sin embargo, aparece, según escuché, que eso fue aprobado por la Idea N° 1. 

 

                Entonces esa era la observación que quería hacer sobre el acta, ciudadano Presidente.

 

 CIUDADANO PRESIDENTE:  Sí, ciudadano Convencional.  Consulto a Secretaría; yo pienso que no se llegó a aprobar, y no se dice en el acta.

 

                Le va a hacer la aclaración el ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil, que llevaba ordenadamente el tratamiento de las votaciones de las ideas.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL:  Gracias, ciudadano Presidente.  En el acta se leyó que van a ser coincidentes con los Comicios Nacionales, pero en referencia a la elección de Gobernador, y sería bueno que se agregue la palabra "Gobernador", que me parece que no fue leída.  Pero indudablemente que la Junta Departamental no fue todavía votada.  Gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:   Tiene la palabra el ciudadano Convencional Peter Holder Kennedy.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL PETER HOLDER KENNEDY:  Ciudadano Presidente:  una aclaración; al comienzo del acta, pienso que debe figurar, que esta plenaria se constituyó en Comisión para el tratamiento del Artículo 155, y no figura en el acta, ciudadano Presidente.

 

                Además, concuerdo con el Convencional Carmelo Benítez en el sentido, de que el punto 7 no se votó.  Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Se toma nota y por Secretaría se va a corregir la omisión.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Rafael Eladio Velázquez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL RAFAEL ELADIO VELAZQUEZ:  Ciudadano Presidente:  en el Resumen del Acta se habla de que se tomó la lista de ausentes; quiero hacer constar que yo tenía permiso hasta el 19.  Se produjo un percance porque hubo 400 peregrinos paraguayos, para una gratificación, y tuve que llegar recién el 20, llegué a Asunción cuando estaba finalizando el horario habitual de sesiones de la Constituyente.

 

                Para hacer constar que no me he retirado de la sesión, sino que no me había incorporado todavía.  A eso solo efecto.  Gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Se toma nota, ciudadano Convencional, y se le informa por la Presidencia que se tomó nota de los presentes en el momento de la falta de quórum, quedando para después determinar los ausentes y las justificaciones, porque hay ausentes con avisos y otros con permiso.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Luis Alfonso Resck.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS ALFONSO RESCK:   Gracias, ciudadano Presidente.  Yo también quisiera poner a salvo una responsabilidad en mi calidad de representante del pueblo, como la tienen todos los Convencionales, respetuosa y fraternalmente.

 

                Primero, ciudadano Presidente, se había convenido establecer un horario de 8:00 á 12:00 y de 13:00 á 17:00 de la tarde.  En ese marco, desde un comienzo siempre había estado presente, incluso viniendo antes y saliendo después.  Más aún, ni siquiera mediodía yendome a casa.  

 

                Hago esto ante mis distinguidos compañeros Convencionales y sobre todo ante la opinión pública, ya que somos objeto en ese sentido de una suerte de justificado contralor.

 

                En el día de ayer, ciudadano Presidente, nuevamente no se cumplió el horario.  Comenzamos más de la hora 9:00, más de las 15:00 de la tarde, y nosotros tenemos otro compromiso.  Yo también tengo, digamos, responsabilidades en la Universidad, y a raíz del incumplimiento del horario, pecamos de irresponsable, con el incumplimiento también de otros compromisos.

 

                Yo, a pesar de todo solicité permiso, porque era la hora 19:30, cuando me retiré, ciudadano Presidente.  Y me duele muchísimo, porque trato y hago un esfuerzo, incluso, muchas veces con la salud deteriorada, en estar presente.

 

                No he faltado, no sólo un minuto, un segundo, ciudadano Presidente.  Por eso me dolería que fuera publicado, o que constara en acta como un irresponsable.  Quiero poner a salvo simplemente mi responsabilidad, ante mis hermanos Convencionales y sobre todo ante mi pueblo.  Gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.  La Presidencia, para su tranquilidad le recuerda, que efectivamente el ciudadano Convencional Luis Alfonso Resck se apersonó ante la Presidencia, y le dio aviso de que se ausentaría en vista de que habían variado los horarios, y que él tenía un compromiso de tipo docente, de manera que queda justificada su inasistencia en horas de la tarde.

 

                La Presidencia, ¿si no existe otra observación sobre el acta?

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Dionisio Zárate.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL DIONISIO ZARATE:  Sobre el acta, ciudadano Presidente.  El último párrafo de la exposición del acta habla precisamente de la toma de lista de los presentes, y la decisión de la Presidencia de pasar a la Comisión de Legislación para determinar el grado de sanción que correspondería.

 

                A ese respecto, ciudadano Presidente, desde luego, no podemos estar en contra del cumplimiento de los Reglamentos que habla de sanciones cuando ella sea válidamente aplicable.  Pero quiero hacer una aclaración, ciudadano Presidente, la sanción debe aplicarse en general a quienes habitualmente suelen estar ausentes. 

 

                Personalmente, creo que, no digo con modestia, porque no es mi costumbre adoptar posiciones con falsa modestia.  Es así que con orgullo puedo decir que soy uno de los que no suelen faltar, e inclusive, no suelo retirarme antes de hora.  Estuve presente ayer, no me afecta, pero reclamo, en homenaje a quienes habitualmente cumplen con puntualidad, y por una circunstancia del azar, ayer 10 minutos antes, tuvieron que retirarse, sería injusta la aplicación de una sanción en estos casos.

 

                Por eso solicito, reiterando un pedido anteriormente hecho, que la Presidencia o la Mesa Directiva, semanalmente los viernes informe la acumulación de ausencias, que realmente son numerosas, para que se esté llevando y aplicando con justicia esas sanciones, ciudadano Presidente.  Nada más.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.  Antes de ceder la palabra a otros Convencionales, la Presidencia encarece que solamente verse su intervención sobre observaciones al acta.  Para satisfacción del ciudadano Convencional que acaba de usar de la palabra, la Presidencia le informa que las expresiones vertidas por el Presidente fueron una vez que se levantó la sesión por falta de quórum.  De manera, que fue solamente una expresión de anhelo, no debe constar en el acta, no puede constar en el acta, porque la sesión se levantó por falta de quórum.  Simplemente el Presidente anunció que sometería, y seguramente en esta mañana, que ya hay quórum, la Presidencia va a expedirse sobre el punto, y va a explicar a los ciudadanos Convencionales el mecanismo a regir en lo futuro.

 

                Tiene la palabra, mientras tanto, solamente para observación del acta.  Si no es así, la Presidencia le va a cortar el uso de la palabra.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Serapio Mongelós.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL SERAPIO MONGELOS:  Sí.  Declino, porque ya se dijeron los conceptos que yo quería imprimir aquí, referente  a la ausencia de la tarde de ayer.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  ¿Alguien más quiere hacer observaciones al acta?

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Carlos Martín Colarte, sobre el acta.

 

                Orden en la sala para escuchar al orador.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS MARTIN COLARTE:  Ciudadano Presidente:  solamente para adherirme a las palabras del compañero Dionisio Zárate.  Ya el Presidente de la Convención nos dio la explicación bien instructiva respecto a la ausencia de los Convencionales, en la cual también yo me incluyo, y estoy desde luego dispuesto a acatar lo que decida la Comisión de Reglamento.  Nada más, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.  No habiendo otra observación, la Presidencia da por aprobada el acta que acaba de leerse por Secretaría, con las observaciones pertinentes.

 

                APROBADO.            

 

                Por Secretaría se va a dar lectura a los permisos.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Por el día jueves 21 de mayo, solicita permiso el Convencional Benjamín Maciel Pasotti. 

 

                Por los días jueves 21 y viernes 22, el Convencional Elvio Isaurralde Fleitas.

 

                Desde el viernes 22, hasta el domingo 24, el Convencional Carlos Fretes. 

 

                Por el día de hoy a partir de la hora 17:00, el ciudadano Convencional Héctor Mongelós. 

 

                Solicitan licencia para llegar más tarde las Convencionales Dora Hermosilla y Cristina Muñoz.

 

                Por el día de la fecha, en horas de la mañana, solicita permiso el ciudadano Convencional Gustavo Mazó Elizeche.

 

                Por el término de dos horas, el Convencional Héctor Capurro.

 

                Por el término de tres horas, el Convencional Manuel Augusto Radice.

 

                Por dos horas, la Convencional Cirila Cabral vda. de Alcaráz.

 

                Por los días 21, 22, y 23 del presente mes, el Convencional Pedro Lugo Benítez.

 

                Por el día de hoy, 21 de mayo, todo el día, el Convencional Francisco Alvarenga.

 

                Eso es todo, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Antes de pasar al tratamiento en particular del texto constitucional, la Presidencia va a dirigirse a los ciudadanos Convencionales, en relación con algunos aspectos que hacen al buen desempeño y al buen manejo de esta Convención. 

 

                En primer lugar, la Presidencia reitera que es obligación de los ciudadanos Convencionales asistir, impreteriblemente, a todas las sesiones de esta Magna Convención.

 

                Tienen el recurso de dar aviso en caso de imposibilidad.  La misma debe ser justificada, por lo que de acuerdo al Reglamento, esa inasistencia injustificada, será tomada en cuenta, para que en lo sucesivo, quienes no justifiquen su ausencia, o no den aviso, o no pidan permiso a la Presidencia para retirarse del recinto, que la Presidencia en cada caso tendrá que intevenir, e informará a la plenaria que fulano o mengano se retira de la sala, para esta eventualidad futura, que no debe repetirse, de dejar a la plenaria sin quórum.

 

                Entonces, la Presidencia cree oportuno aplicar el Artículo 17, para lo futuro, que consiste en que aquellos Convencionales que incurran en reiteradas faltas de ausencia, cree la Presidencia llegada la oportunidad, de consultar a la plenaria, para que el caso sea derivado ya, sin discusión como dice el Artículo 17, para que la Comisión de Poderes y Reglamentos, establezca qué tipo de sanción se deberá aplicar en lo futuro.

 

                Es, particularmente, responsabilidad de la Presidencia encauzar el buen funcionamiento de esta Convención.  El tiempo apremia.  Por eso la Presidencia encarece la máxima responsabilidad de los ciudadanos Constituyentes, en cumplir sus obligaciones, que en este momento son únicamente para con la Convención.

 

                Se considerarán solamente causas justificadas, la de enfermedad o causa de fuerza mayor, pero de alguna manera tendrá que salvarse esta situación.  Creo que es muy sencillo para lo futuro consulto para que la Convención dé su aprobación para que pase a la Comisión de Poderes y Reglamentos, la posibilidad de establecer las sanciones para las ausencias que se produzcan en lo sucesivo.  Si están de acuerdo, se servirán levantar la mano:  Mayoría.

 

                Muchas gracias.  La Presidencia pasa, en consecuencia, el tema a la Comisión de Poderes y Reglamentos.

 

                En segundo lugar, la Presidencia quiere comunicar que ya ha convocado para sesión extraordinaria del día sábado y domingo para la prosecución del texto constitucional.

 

                APLAUSOS...

 

                En la seguridad de que los ciudadanos Convencionales sabrán redoblar trabajo y esfuerzo, para que si en estos días se justifique un avance decisivo, en el número de aprobación de artículos, pueda la Presidencia desconvocarla, si acaso justifique la labor hecha por esta Convención.  En caso contrario, continuará la sesión, la convocatoria de sesión, para el día sábado y domingo. 

 

                Es obligación impreterible de los ciudadanos Convencionales, de la Convención en pleno, y de esta Presidencia, que llevemos a buen término y aprobar lo antes posible la sanción de esta Constitución.  Muchas gracias.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Jorge Dos Santos.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL JORGE DOS SANTOS:  Muchas gracias, ciudadano Presidente.  Ciudadanos Convencionales:  respetuosamente, me permito hacer algunas observaciones con respecto a este tema que usted ha iniciado.  Ciudadano Presidente:  usted ha manifestado que el tiempo nos apremia, y hay una serie de situaciones que a mí me preocupan y que realmente entiendo que no se justifican. 

 

                No tenemos autoridad moral, tal vez, para aplicar o recriminar a ningún compañero que se haya ausentado en el día de ayer, porque hay una falta de disciplina en las sesiones, falta de disciplina en el manejo de esta Convención.  Se convoca las sesiones todos los días para la hora 8:00 de la mañana, todos los días estamos para esa hora, y se inician las sesiones, como en el día de la fecha, a la hora 9:00.  Ocurre lo mismo en horas de la tarde.  Entonces, ciudadano Presidente, estamos perdiendo diariamente más de tres horas por ser así muy bondadosos con relación al inicio de nuestras sesiones.

 

                Y hay una especie de, con respecto a su persona, ciudadano Presidente, me permito sugerirle muy respetuosamente, hay algunos compañeros Convencionales que mientras usted está arriba y no ingresa  al recinto de nuestras deliberaciones, en este recinto, tampoco ingresan y se quedan en cafetería.  Por lo tanto, ciudadano Presidente, preocupado también, y en aras de una buena marcha y del logro de nuestro objetivo, que es la de dotar de una Constitución a nuestro país, me permito sugerirle a que seamos más puntuales todos, que sí somos convocados a la hora 8:00 de la mañana, a la hora 8:00 de la mañana estemos aquí e iniciemos concierta tolerancia de 10 á 15 minutos las sesiones.  De la misma forma en horas de la siesta.  Si somos convocados a la hora l4:00 ó a la hora 13:00, estemos aquí con una tolerancia de 15 minutos y que ahí se tome nota de los ausentes y que se lean las justificaciones.

 

                Entiendo,  ciudadano Presidente, que si imponemos una rígida disciplina, no va a ser necesario estar convocando sesiones para los fines de semana, un hecho que evidentemente nos perjudica a nosotros los campesinos que queremos ver a nuestros familiares los fines de semana.

 

                Por ello me permito, ciudadano Presidente, hacer respetuosamente estas sugerencias y también exhortar a los compañeros a que cumplamos con mayor responsabilidad.  

 

                Asimismo, solicito también que en este tema tratemos de ser lo más breve posible, si no vamos a iniciar una caravana de justificaciones e inmediatamente entremos a estudiar el artículo que corresponde en esta mañana.  Muchas gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, gracias, ciudadano Convencional.

 

                La Presidencia también traslada esta preocupación de la llegada tardía para el inicio y explica también a los presentes de que existen Vicepresidentes.  El Presidente no entra antes de que haya quórum, porque es imposible hacerlo.  Por eso vamos a..., así mismo es, yo controlo eso y están los Vicepresidentes que yo inmediatamente les doy lugar para que ellos ocupen la silla y puedan abrir inmediatamente la sesión.  En procura de ejemplo debo decir, que la Presidencia no estuvo ausente un sólo día, gracias a Dios, por enfermedad.  De manera que esto vaya, no en descargo, sino vaya como ejemplo para que..., el problema de la llegada tardía para no iniciar en el momento de las deliberaciones, en la hora , traslado y yo mismo me hago el deber de cumplirlo; de manera que ya no vamos más a insistir en ese tema.  Directamente vamos a aplicar:  sí hay quórum a esa hora, empieza decididamente la sesión.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Alirio Ugarte Díaz.

 

                Hay una moción de orden.  El ciudadano Convencional Cayo Gwynn tiene la palabra para una moción de orden.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CAYO GWYNN:  Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  solicito a la Presidencia y a todos los Convencionales se siga el estudio en cuestión de nuestro Proyecto de Constitución.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Es una moción de orden para que se pase al tratamiento del Orden del Día.  Los que estén de acuerdo, se sirvan levantar la mano.  MAYORIA.

 

                Se pasa al tratamiento en particular del Texto Constitucional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL:  Gracias, Presidente.

 

                El día de ayer suspendimos el tratamiento del Artículo 155.  Y para retomar el hilo de la historia, tendríamos que volver a constituirnos en Comisión en virtud del Artículo 80 inciso 10°, del presente Reglamento, y aprobar la forma de tratamiento del Proyecto de Constitución Nacional en virtud del Artículo 98 inciso 1°, o sea votar por ideas o párrafos.

 

                En tal sentido hago moción de orden concreta para que se tome esta resolución por la Convención y, una vez aprobada, creo que no va a haber inconveniente, ya que funcionó bien el método en el día de ayer y avanzamos bastante ordenadamente en la discusión de las ideas de este artículo tan importante.  Pasemos a tratar los 3 puntos que nos quedan del mismo, que serían:  Si la elección de la Junta Departamental va a ser nacional o  municipal; si el período va a ser 5 años, que creo que no hay ninguna objeción sobre el tema.  Y en tercer punto, si va a haber reelección o no de los gobernadores, y en caso de que haya reelección si va a ser contínua o alternada.  Muchas gracias, Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias.  La Presidencia lleva a votación para que esta Convención se constituya en Comisión.  MAYORIA.

 

                La Convención se ha constituido en Comisión.  Por Secretaría se va a hacer el relatorio de lo que se va a tratar en este momento.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  ciudadano Presidente:  la idea que estaba en discusión ayer cuando se levantó la sesión, era si las elecciones para las Juntas Departamentales debían de ser coincidentes con las elecciones Presidenciales o con las elecciones Municipales.  Ese era el tema en discusión corresponde reabrir el debate sobre tema.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  A consideración.  Vamos a votar directamente entonces.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Víctor Manuel Núñez, para proponer una u otra cosa.  Coincidente con las nacionales o con las Municipales.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR MANUEL NUÑEZ:   Sí, señor Presidente, gracias. 

 

                Ciudadanos Convencionales:  en realidad ayer hemos escuchado suficiente argumentaciones al respecto.  Una de las cuales es la que me mueve en este momento a solicitar el uso de la palabra.

 

                Habíamos escuchado a alguien que desea que la Junta Departamental sea electa en elecciones simultáneas con las autoridades Municipales, habiendo alegado que la Junta Departamental es la encargada de planificar el desarrollo y la actividad del Gobierno Departamental.  Ese es un aspecto que me estuvo preocupando, por las siguientes razones:  sí es la Junta Departamental electa en ocasión diferente a la del Gobernador, la que tenga que establecer los planes de Gobierno, yo me pregunto con qué plataforma electoral se presentaría el candidato a Gobernador, si simplemente sería electo para cumplir un plan de trabajo preestablecido por una Junta Departamental anterior.

 

                No estoy a favor o en contra de que sea electa en tal o cual oportunidad.  Simplemente traigo esto como un elemento de reflexión, porque suponemos que el Gobernador hará su campaña electoral en base a un programa de trabajo, que tiene que ser elaborado por él, y en base al cual, los planes concretos serían puestos a consideración de la Junta Departamental, una vez formado el Gobierno Departamental.  Pero si este Gobernador se encuentra con un plan preestablecido, cuál sería la base de su campaña electoral para ser electo en el Departamento.

 

                Eso es un razonamiento que pongo a consideración de los ciudadanos Convencionales para que lo tengan en cuenta en el momento de votar si la Junta Departamental será electa en comicios Municipales o generales.  Gracias, señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene la palabra el ciudadano Convencional Cecilio Osorio.  Breve para manifestar argumentos a favor o encontra.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CECILIO OSORIO:   Gracias, Presidente.

 

                Voy a ser muy breve en mi exposición, ciudadano Presidente.  Solamente quería exteriorizar mi adhesión a lo que ayer se había expresado en esta honorable Convención.

 

                En principio, el honorable Convencional Carlos Podestá  había ideado que las elecciones de la Junta Departamental se haga coincidentemente con la elección del Gobernador Departamental; en ese sentido, señor Presidente, considero positivo, saludable que así sea, que la Junta Departamental sea electa coincidentemente con la elección del Gobernador Departamental, es decir, en las elecciones generales.

 

                Creo que no perjudicaría a ninguno de las Bancadas que eso sea realizado de esa manera.  Por eso yo exhorto a todos los Convencionales, como amigo de los campesinos que no tiene compromiso con los enemigos de ellos, para que se adhieran a esta moción; de que las elecciones de la Junta Departamental sea coincidente con la elección del Gobernador Departamental, es decir, de las elecciones generales.  Nada más.  Muchas gracias, Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  La Presidencia va a llevar a votación...,, Hay otro.

 

                Tiene el uso de la palabra, el último que aparece inscripto, el ciudadano Convencional Sinforiano Rodríguez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL SINFORIANO RODRIGUEZ:  ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  escuché atentamente ayer los argumentos a favor y en contra de ambas posiciones.  Y en un intento de total objetividad, sin que me mueva absolutamente ningún tipo de interés sectario, yo me hago la siguiente reflexión. 

 

                Esa inquietud que expresó un preopinante, de que sería una desventaja para los Gobernadores atenerse a un plan que él no lo ha elaborado; tengo la impresión de que carece de consistencia si uno recuerda el siguiente factor:  el arranque es fundamental.  Esto me recuerda un poco a esas directivas que se recambian parcial y periódicamente, porque, si en el 93 se inician los Gobiernos Departamentales, entonces eso de por sí establece una regularidad de que cada Gobernador se lance con su plataforma propia y el recambio del intervalo, que será sistemáticamente en los intervalos, por aquellos de los ejercicios alternantes, hará que Juntas Departamentales sobrevinientes por el camino, sirvan como un eficaz contralor político.  Es decir; cada Gobernador siempre será lanzado con su plataforma propia, y la alternancia de Juntas en los intervalos en forma aritméticamente regular, servirá como un eficaz y útil factor contralor. Nada más.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Se va a llevar a votación.  Estamos en estadio de votación.

 

                En primer lugar, se va a votar si la elecciones de las Juntas Departamentales serán coincidentes con las nacionales, o sea con la de Gobernador.  Quienes estén de acuerdo con la elección coincidente con las elecciones generales del Gobernador las de la Junta Municipal, se servirán levantar la mano.  MAYORIA.  Queda aprobada la idea.

 

                APROBADO.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL:  Gracias, Presidente.

 

                Habría que simplemente poner a votación el tiempo de duración de estos períodos gubernamentales que en todos los proyectos coinciden que sean 5 años.  Cumplido ese requisito formal, pasaría a ser tratado el último tema: si se acepta la reelección o no de los Gobernadores.

 

CIUDADANO PRESIDENTE: Quienes estén por el período de 5 años, se servirán levantar la mano.  MAYORIA.  Queda aprobado el período de 5 años.

 

                APROBADO.

 

                Ahora viene otra idea.  Tiene la palabra el ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL:  Gracias, Presidente.

 

                Ahora habría que votar de la siguiente forma, Presidente.  Y es la última idea del artículo que nos ocupa.

 

                En primer lugar, si esta Convención va a aceptar la reelección o no de los Gobernadores.  Si la Convención decide..., no sé si está tomada nota por Secretaría...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Sí guardan silencio, por favor, para que se pueda escuchar.

 

                Siga con el uso de la palabra ciudadano Convencional Cano Radil.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL:  Primero si se va a aceptar o no  la reelección de los Gobernadores.  Si la reelección no es aceptada no hay inconveniente y si la reelección sí es aceptada, si va a ser por un período más continuo o alternado, hay que votar de la siguiente forma.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  La Presidencia va a llevar a votación, entonces si se admite la reelección, en primer término.  Quienes estén por la reelección se servirá levantar la mano.  MINORIA.  No habrá reelección.

 

                APLAUSOS...

 

                Consulto si queda alguna otra idea más, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL:  Gracias, Presidente.

 

                Con este punto hemos aprobado el árbol temático del Artículo 155.  Ahora, la Presidencia tendría que nominar una Comisión especial para que traiga redactado el artículo, como ya aprobamos en la sesión pasada, para el día de mañana sería ya en este caso.  Gracias, Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                La Presidencia, en uso de su atribuciones va nombrar una Comisión Ad-Hoc para la redacción del artículo, recogiendo las ideas aquí aprobadas.  En consecuencia, nombro a los ciudadanos...,  ¡ la Presidencia va a nombrar, no admite interrupción alguna !  Quedan nombrados los siguientes ciudadanos Convencionales:  Carlos Avalos, Carmelo Benítez, Carlos Villagra Marsal, Oscar Paciello, Diógenes Martínez, Gonzalo Quintana, Emilio Camacho y Bernardino Cano Radil.  Esta es la Comisión que será la encargada de redactar para que en el día de mañana nos traiga la redacción del Artículo 155.

 

                APLAUSOS...

 

                El siguiente artículo.  Se pasa al tratamiento del Artículo 156.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Bernardo Villalba.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDO VILLALBA:  Ciudadano Presidente:  hay una idea sumamente importante en el Artículo 155 que no se ha votado, que es la posibilidad de reelección de los Miembros de la Junta Departamental, que están en varios proyectos, ciudadano Presidente.  Es por eso que había solicitado la palabra antes de que se nombre los miembros de esta Comisión, ciudadano Presidente, es una idea que está en varios proyectos.  Los Miembros de la Junta Departamental si van a poder ser o no reelecto.  Gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL: Gracias, Presidente.  Obviamente el conflicto era solamente  admitir la reelección o no del Gobernador, nadie cuestionó que la Junta Departamental pueda ser reelecto.  Entonces, obviamente no se puede votar porque no hay moción contraria, por lo menos en los textos que se han presentado hasta la fecha.  Entonces es indudable que eventualmente la ley podría, incluso, regular esta situación, pero para mi modo de ver, y que quede ya en el acta, aprovechando esta situación, la Junta Departamental pueden ser reelecta sin ningún tipo de límites, y el Gobernador sí, no puede ser reelecto. Gracias, Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE: Correcto, ciudadano Convencional.  Se trata de un cuerpo colegiado y no hubo ninguna observación a ese respecto.

 

                Vamos al Artículo 156.  Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Martín Colarte.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL MARTIN COLARTE: ciudadano  Presidente, compañeros Convencionales: pido para que esta en Comisión nombrada también se integre al Convencional Víctor Manuel Núñez.  Nada más, señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE: Se agrega el nombre de  Víctor Núñez.

 

CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 156...

 

CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Federico Callizo.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO CALLIZO:  Sí, ciudadano Presidente.  Quiero pedir que se incorpore a esta Comisión al Convencional Rodrigo Campos Cervera, teniendo en cuenta que él, juntamente con el ciudadano Evelio Fernández, fueron redactores en la Subcomisión, de este tema, ciudadano Presidente.  Entonces es correcto que figure un miembro de la Comisión Redactora.  No es más que por ese motivo que estoy solicitando la incorporación de este Convencional a esta Comisión.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Se agrega, ciudadano Convencional sin más trámite.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  ciudadano Presidente:  antes de pasar a estudiar el siguiente artículo, yo creo que la plenaria  estaba constituida en Comisión, y solicito que se cierre el estado de Comisión y se pase a plenaria nuevamente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Así es.  Ha terminado la misión del tratamiento en Comisión:  por tanto se va a cerrar.  No hay otro punto que va a tratar la Convención constituida en Comisión.  Se pasa al plenario; entonces queda cerrado, terminó la etapa de Comisión de la plenaria.

 

                Prosigue el tratamiento del artículo en particular.  Sí se puede leer por Secretaría.

 

CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 156.  Propuesta N° 1. Proyecto Base.  Título del artículo: De los Requisitos.  Texto: Para ser Gobernador se requiere: 

 

                1) Ser paraguayo natural.

               

                2) Tener 30 años cumplidos.

 

                3) Ser nativo del Departamento o con residencia en él por 3 años como mínimo.

 

                Propuesta N° 2.  Convencional Víctor Hugo Insaurralde.  Titulo: igual.  Texto:  Para ser Gobernador se requiere:

 

1) Ser paraguayo natural.

 

2) Tener 30 años cumplidos. Y

 

3) Ser nativo del Departamento o con residencia en él por 5 años.

 

                Propuesta N° 3.  Fue retirada.

 

                Propuesta N° 4.  Convencionales  Gonzalo Quintana, Luis Llano, Manuel Ramírez y otros.  Título:  igual.  Texto: Para ser Gobernador se requiere:

 

1) Ser paraguayo natural.

 

2) Tener 30 años cumplidos.  Y

 

3) Ser nativo del Departamento, con residencia mínima de 1 año en el mismo o con residencia en él por 3 años para los no nativos.

 

                Propuesta N° 5.  Convencional Carlos Avalos.  De los Requisitos.  Para ser Gobernador se requiere:

 

1) Ser paraguayo natural.

 

2) Tener 30 años cumplidos. Y

 

3) Ser nativo del Departamento o con residencia real y efectiva en él de 3 años como mínimo.

 

                Propuesta N° 6.  Víctor Hugo Sánchez.

 

CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Víctor Hugo Sánchez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR HUGO SANCHEZ: ciudadano Presidente: la propuesta que yo he presentado guardaba relación con la estructura administrativa de los Departamentos.  Y observo que el tema vinculado con la autonomía ya ha sido aprobado en el Artículo 150.  En consecuencia, yo retiro esta propuesta.  Nada más.

 

CIUDADANO SECRETARIO: Propuesta N° 7.  Carlyle Gauto y Bernardo Villalba.  Título: igual.  Texto: Para ser Gobernador se requiere:

 

1) Ser paraguayo natural.

 

2) Tener 30 años cumplidos. Y

 

3) Ser nativo del Departamento o con residencia en él de 3 años como mínimo.  Para ser miembro de la Junta Departamental..., bueno está incompleto  aquí el texto.

 

                Quedaría entonces hasta los requisitos para ser Gobernador.  La mesa nota que la diferencia en las 5 propuestases exclusivamente en el inciso 3.

 

INTERRUPCION...    

 

CIUDADANO CONVENCIONAL ...:  Edad y residencia, es el tema.  Primero ...

 

INTERRUPCION....

 

CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR PACIELLO:   Ciudadano Presidente, como  miembro informante de la Comisión Redactora.  Por favor.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  A consideración.  Tiene la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello, miembro informante de la Comisión.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR PACIELLO:  Ciudadano Presidente.: en el día de ayer se produjo este hecho del que se dio cuenta hace un rato, por el inmenso fastidio que causa a la mayoría de los Convencionales tener que, en muchos casos, insistirse en las mismas ideas.  Acá se han presentado 4 o 5 propuestas, y creo que todos los Convencionales son suficientemente perspicaces como para saber discernir si qué es lo que quieren y cuál es la propuesta que les parece.  Acá no hay nada que fundamentar, ni apoyar, ciudadano Presidente.  Por eso, solicito que, con carácter previo, de acuerdo al Artículo 98, inciso 6), de los Reglamentos, se vote el Despacho de Comisión que es sumamente claro, no requiere fundamentación ni explicación alguna.  Si éste es rechazado, entonces, entremos en la serie de vaguedades y generalidades que plantean todos los otros proyectos alternativos. 

 

                Solicito, ciudadano Presidente, como moción de orden, desde luego, concreta, que se pase a votación el Despacho de Comisión. Muchas gracias.

 

Aplausos...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Ramiro Barboza.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL RAMIRO BARBOZA:  Gracias, ciudadano Presidente.  En el mismo sentido que el ciudadano Convencional          Presidente de la Comisión Redactora, ciudadano Presidente, deseo informar, respetuosamente, a los ciudadanos Convencionales que, aparte de tratar el Artículo 156 de este proyecto, nosotros, en computadora, ya tenemos registrado 243 proyectos alternativos presentados, que se han discutido, por una parte.  Ciudadano Presidente, en la mayoría de los casos, en el Diario de Sesiones hemos podido observar que gran parte de este documento se relaciona a cuestiones meramente reglamentarias.  Se ha discutido más sobre cuestiones reglamentarias que sobre el fondo de la cuestión. 

 

                Ciudadano Presidente, apelo a un autocontrol de los ciudadanos Convencionales, en el sentido de que utilicen la palabra cuando tienen verdaderamente algo que aportar.  La mayoría, como ha dicho el Convencional Tadeo Zarratea, guardamos nuestro silencio atentos, respetuosos y nuestro voto responsable, y eso es lo que debe de primar.  Es imposible que con 156 artículos aprobados, se hayan presentado 234 propuestas alternativas.

 

                Ciudadano Presidente:  además de usar papel en el Diario de Sesiones para dejar constancia de cuestiones meramente reglamentarias que no hacen al fondo del asunto o para apoyar meramente alguna decisión que uno puede votar libremente, eso es lo que estamos haciendo.  En consecuencia, ciudadano Presidente, apelo nuevamente a los ciudadanos Convencionales, en el sentido de que aceleremos este proceso constituyente, aportando nuestro silencio respetuoso.  Gracias, ciudadano Presidente.

 

Aplausos...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                La Presidencia declara cerrada la lista de oradores con dos inscriptos: Emilio Camacho y Rafael Eladio Velázquez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR INSAURRALDE:  Ciudadano Presidente:  yo pedí hace rato la palabra.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Y bueno, Víctor Insaurralde.  No más. La Presidencia declara cerrada la lista de oradores.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Emilio Camacho.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO CAMACHO:  Declino, ciudadano Presidente.

 

Aplausos...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene la palabra el ciudadano Convencional Rafael Eladio Velázquez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL RAFAEL ELADIO VELAZQUEZ:  Ciudadano Presidente:  son muy loables todas las expresiones que se han formulado, pero no debemos sentar el funesto precedente de cerrar el debate sin debate.  Creo que, en todas las oportunidades, el recurso sería apelar al autocontrol y al sentido de la responsabilidad de los Convencionales, para que no hablen demás.  Pero no podemos dejar sentando este precedente.  Todas las cuestiones son discutibles, todas las cuestiones son opinables y hay que reservar el derecho de los ciudadanos Convencionales a hacerlo en el momento que lo consideren oportuno. 

 

                Quiero señalar, inclusive, que el debate se ha abierto, porque el primero de los oradores ha calificado de vaguedades los proyectos distintos a los de la Comisión Redactora.  Sin entrar a pronunciarme sobre si son o no vaguedades, creo que, inclusive, el debate se abrió.  Si los ciudadanos Convencionales creen que se puede votar directamente, se abstendrán de pedir la palabra.  En cuanto a la estadística que nos ha proporcionado un Convencional, los 250 y tantos proyectos sustitutivos sobre un total de 156 artículos, señalan, más que una facundia indebida, una verdadera, un recato, diría yo, una austeridad extrema, ya que no alcanzan a 2 proyectos por artículo.  Creo que es laudable y señala el sentido de responsabilidad con que se ha usado la palabra.  Me opongo, sí, Presidente, a que sentemos el precedente de cerrar el debate sin haberlo abierto.  Nada más.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Ciudadano Convencional, la Presidencia abrió el debate, hablaron los ciudadanos Convencionales Oscar Paciello, Ramiro Barboza, Emilio Camacho, declinó.  Advertí que quedaban su nombre y el de Víctor Insaurralde, luego de lo cual la Presidencia declaró cerrada la lista de oradores.

 

                Tiene la palabra el último orador inscripto, el ciudadano Convencional Víctor Insaurralde.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR INSAURRALDE:  Gracias, ciudadano Presidente.  Quisiera apelar a la sensibilidad de los ciudadanos Convencionales.  Resulta que cuando a algunos les interesa hablar sobre un tema, no quieren que se cierre la lista de oradores, ni el debate.  Pero, cuando no les conviene tocar esto, automáticamente se ponen en defensiva, y eso es injusto, ciudadano Presidente.

 

Aplausos...

 

                En este tema de la descentralización,y donde vienen a tallar los reales intereses de los Departamentos, quienes más interesados estamos en este tema somos los campesinos, ciudadano Presidente.  Por eso solicito que se reabra nuevamente la lista de oradores, y tratemos de participar aquellos que tenemos nuestras reales intensiones de llevar adelante este proyecto, ciudadano Presidente, por un lado.  En segunda circunstancia, quiero señalar una situación ... 

 

                Pido la atención, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Se ruega orden en la sala para escuchar al orador.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR INSAURRALDE:  En la Comisión de Redacción había quedado una propuesta en minoría, y ahora, he presentado una propuesta alternativa, porque no estoy de acuerdo, ciudadano Presidente, en que, para que una persona sea Gobernador, necesite simplemente de tres años de residencia en el Departamento.  Para mí es ilógico, es totalmente absurdo que una persona, que por el simple hecho electoralista, vaya y se radique en un Departamento por tres años, después pueda ser Gobernador.

 

                Quiero establecer, ciudadano Presidente, que en algunos países en Sudamérica -y voy a dar casos específicos- en la República Argentina, que es un país federal y donde se respeta mucho más ...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Orden en la sala para escuchar al orador

 

CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR INSAURRALDE:  ...donde se respeta mucho más, incluso, a los inmigrantes, ciudadano Presidente, el caso de la provincia de Formosa; para ser Gobernador, incluso, se le da potestad a los extranjeros, con una cierta residencia en el país y en su Estado.  Un extranjero que vive 15 años en la Provincia de Formosa, puede llegar a ser Gobernador.  Y un argentino tiene que tener una residencia efectiva de 5 años, nativo de la provincia.  Pero, para aquellos que vienen de otras provincias, como mínimo, ciudadano Presidente, se requiere 8 años de residencia previa, real y efectiva. 

 

                De la misma forma, en otro país -si usted me permite ciudadano Presidente, quiero hacer la lectura-  también en Guatemala, para ser Gobernador como mínimo se requiere residir los últimos cinco años antes de la elección, o sea, de su elección como Gobernador, debe radicarse en el Departamento.  Yo me pregunto, ciudadano Presidente, si una persona que vive tres años en el Chaco paraguayo -voy a hablar de mi Departamento, porque es el que conozco y puedo expedirme fácilmente sobre él-.  En el Chaco paraguayo, una persona que va y se radica por tres años, se radica en las urbes, en las ciudades donde hay mayor estabilidad de trabajo, o como comerciante, hay mayor disciplina.  Sin embargo, no conoce en tres años, ni en cinco años, lo que es el fondo del Chaco.  Quisiera que vaya este personaje que quiere ser Gobernador del Chaco y empiece a recorrer 500 kilómetros de camino que no es asfaltado, donde hay clausuras.  Ni en 15 años va a conocer todo lo que es el Chaco.  Y, ciudadano Presidente, creo que cinco años de residencia en un Departamento debe ser como mínimo, para que un ciudadano pueda ser electo como Gobernador. 

 

                Hay otros compañeros que también se expedirán sobre el caso, si así lo cree conveniente la Convención.  Por eso, ciudadano Presidente, solicito a los ciudadanos Convencionales que traten de estudiar bien, que traten de mentalizarse bien, que no podemos permitir que la residencia sea solamente de tres años. 

 

                De la misma forma, hay proyectos, ciudadano Presidente, que se han presentado para hablar sobre el tema de los miembros de las Juntas Departamentales.  Y eso también, es un capítulo aparte que tenemos que estudiar, ciudadano Presidente.  Por eso, vuelvo a insistir, apelo a los ciudadanos Convencionales que se reabra nuevamente el debate y se dé oportunidad a todos para que puedan hablar.  Muchas gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                La Presidencia, en primer término, deja constancia de que en ningún momento ha coartado la libertad de palabra de ningún Convencional.  Se ha ceñido estrictamente a los Reglamentos y, en función de sus atribuciones, ha declarado cerrada la lista.  Ahora, el ciudadano Convencional, la propuesta que ha hecho, es prácticamente la de apelación ante la Convención para que esta decisión de haber cerrado la lista se reabra.  Queda a cargo de la Convención esta apelación para que se reabra la lista. 

 

                Los que estén de acuerdo por que se reabra la lista de oradores, se servirán levantar la mano.  Hay una confusión, se va a votar por fila únicamente.

 

                Los que estén por que se reabra la lista de oradores se servirán ponerse de pie.

 

                Escuchen, los que estén por la decisión de reabrir.  Es una apelación ante la Convención para que se reabra la lista de oradores.            

 

                Primera fila, se podrán ponerse de pie, uno sólo.

 

                Dos votos . Segunda fila, por que se reabra, tres votos. 

 

                Tercera fila, un voto.  Para que se reabra la lista de oradores.

 

                Cuarta fila, seis votos.

 

                Quinta fila, ocho votos.

 

                Villanueva:  siéntese por favor, porque confunde.

 

                Sexta fila, por que se reabra la lista de oradores, ocho votos.

 

                Séptima fila, siete votos.

 

                Octava fila, por que se reabra, doce votos.

 

                Novena fila, por que se reabra, veinte votos.

 

                Décima y restantes, por que se reabra la lista de oradores, quince votos.

 

                Mesa, cuatro votos.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Ochenta y siete votos. 

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Ochenta y siete votos.  Mayoría.  Se reabre la lista de oradores.  Por favor, si se inscriben.

 

CIUDADANA SECRETARIA:   Mantengan la mano levantada, por favor.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene la palabra el ciudadano Convencional Leslie Villanueva.

 

                Rogamos a los ciudadanos Convencionales que no se retiren de la sala.

 

INTERRUPCION...

 

CIUDADANO CONVENCIONAL ...:  Ciudadano Presidente: le pido la palabra sobre un punto importante.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Si se trata de una moción de orden, únicamente, ciudadano Convencional.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL ...:  Tengo entendido, que primeramente deben hacer uso de la palabra los proponentes, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Bueno, ¿están inscriptos?  Ya usó de la palabra el Convencional Víctor Hugo Insaurralde.

 

                Se ofrece la palabra al ciudadano Convencional Gonzalo Quintana.  No está.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Luis Llano.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS LLANO:  Distinguidos Convencionales ...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Orden en la sala para escuchar al orador.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS LLANO:  ...hemos analizado, como campesinos, la Propuesta Base, y hemos encontrado un pequeño inconveniente en el punto tres.  La  Propuesta Base dice que para ser Gobernador, se requiere ser nativo del Departamento, o con residencia en él por tres años, como mínimo.  En este punto, hemos encontrado un pequeño inconveniente. ¿Que quiere decir que un individuo, al ser nativo de un Departamento sin estar consustanciado con los reales problemas de dicho Departamento, puede ir a presentarse como candidato con sólo ese requisito de ser nativo del mismo?.  Creo que eso va a ser contraproducente para el Departamento.  Necesitamos personas que conozcan la problemática del Departamento y que realmente sepan los problemas reales que existen, para que de esa forma se pueda tratar de solucionar los problemas y llevar adelante el progreso del Departamento, que es lo que se busca con esta descentralización. 

 

                Por eso nosotros hemos puesto en el punto tres que, para ser Gobernador, el requisito de ser nativo además debe ser acompañado con la residencia mínima, aunque sea de un año, de ese nativo en el Departamento.  Bueno, eso realmente.  Invito a todos los Convencionales, especialmente a los residentes en el interior y a los representantes campesinos a que analicen y que piensen en este punto, ciudadanos.  Si no, cualquier individuo que haya nacido en nuestros respectivos Departamentos y se haya convertido en citadino o capitalino puede ir a presentársenos allá como candidato a Gobernador, señores.  Eso debemos pensar y analizar, ciudadanos.  Por eso, nosotros ponemos este requisito de que sea, como mínimo, un año de residencia en el Departamento, para que pueda presentarse como candidato a ocupar la gobernación de nuestro Departamento.

 

                Creo que con esto, les invito nuevamente a todos, los campesinos especialmente, y los representantes del interior, a tener en cuenta este punto.  Muchas gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Se ofrece la palabra al ciudadano Convencional Carlos Avalos Flores, proyectista.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS AVALOS:  Ciudadano Presidente:  voy a ser breve.  Solamente para mencionar que retiro mi moción, y me adhiero a la moción presentada por el Convencional Víctor Hugo Insaurralde.  Gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Se ofrece la palabra al ciudadano Convencional Carlyle Gauto, como proyectista.  No está en la sala.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Bernardo Villalba, como co-proyectista.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDO VILLALBA:  Gracias, ciudadano Presidente.  También, en la parte de los requisitos para ser gobernador, nos adherimos a la moción del Convencional Víctor Hugo Insaurralde, pero queremos un agregado en este artículo, en donde consten los requisitos para miembros de la Junta Departamental, en el sentido de cambiar la edad y reducir  25 años para los miembros de la Junta Departamental, por las siguientes razones y fundamentos que no es necesario esgrimir mucho.  Bien sabemos que para ser Diputado, la edad mínima es de veinte y cinco años, así también para los Ministros.  Entonces, es justo que la edad mínima para miembro de la Junta Departamental también sea de veinte y cinco años coincidente con la de los Ministros y los Diputados.

 

                Por tanto, solicitamos que, en el estadio oportuno, se vote por separado, en primer lugar, inciso por inciso la Propuesta Base con relación a los otros proyectos y también se voten en forma separada los requisitos para ser miembros de la Junta Departamental.  Gracias, ciudadano presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Antes de dar la palabra, la Presidencia, va a hacer leer, por Secretaría, la lista de los oradores inscriptos, e inmediatamente va a proceder al cierre de la lista de oradores.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Leslie Villanueva, Valentín Gamarra, Carmelo Benítez, Martín Colarte, Rubén Romero, Carlile Gauto, Nilda de Marín, Peter Holder Kennedy, Abelino Ramírez, Dionisio Zárate, Angel Ayala, Gonzalo Quintana, Pedro Rodríguez, Darío Palacios, Timoteo González, Domingo Delvalle, Andrés Ramírez, Víctor Hugo Paniagua y Elvio Insaurralde

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  La Presidencia declara cerrada la lista de oradores.

 

                Prosigue el debate.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Leslie Villanueva.

 

                La Presidencia ruega brevedad, en lo posible, sobre este tema.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL LESLIE VILLANUEVA: Gracias, ciudadano Presidente.  Ciudadanos Convencionales: soy uno de los Convencionales que siempre en forma silenciosa están apoyando para que esta Convención siga adelante.

 

                También seré breve, sobre una cuestión fundamental, sobre una duda tremenda y ojalá que los ciudadanos Convencionales me saquen de esta duda que tengo.  Aquí dice de que para ser Gobernador se requiere ser "nativo del Departamento".  En eso quiero ser claro, en que, si es que un ciudadano nativo vive en la capital o en el exterior y luego por su poder económico se lanza como candidato, por solamente ser nativo, puede ser gobernador. 

 

                Por eso solicito a los ciudadanos Convencionales, principalmente del interior, para que vean y estudien esta cuestión tan fundamental para nuestros Departamentos, porque muchas veces pueden ocurrir que una persona puede ser nativo de un Departamento y viva en la capital; luego, por su poder económico y por algún aparato partidario, va y se lanza como candidato. 

 

                Creo que tendríamos que poner freno a esta situación, y es por eso que estoy con la propuesta N° 3, del último inciso y solicito que se vote párrafo por párrafo.  Gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Valentín Gamarra.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL VALENTIN GAMARRA:  Muchas gracias, ciudadano Presidente.  En el Diario de Sesiones de la Comisión Redactora consta las argumentaciones hechas por los Convencionales del interior, en ocasión de aprobarse este artículo "de los requisitos para ser Gobernador".  En aquella ocasión, ciudadano Presidente y queridos Convencionales, hemos fundamentado, con énfasis, el peligro que representa para los Departamentos la institución de solamente tres años de antigüedad para pugnar, nuevamente, por la gobernación. 

 

                Y pusimos como ejemplo, en aquella ocasión, la de los Delegados de Gobierno, que en su mayoría tienen más de tres años, cuatro años, cinco años de permanencia en el cargo pero jamás de residencia. 

 

                El Departamento de Canindeyú tuvo cuatro Delegados de Gobierno y ninguno de ellos, ni siquiera al término de sus funciones, se ha quedado en el lugar donde amasaron sus fortunas.  En ese sentido, nosotros nos allanaríamos con la propuesta de Víctor Hugo Insaurralde a los efectos de ir por la propuesta N° 4, que llena más las aspiraciones de los Convencionales campesinos para este cargo.  Y si es posible corregir, si es de Estilo, cuando habla de un año, sea "un año inmediatamente anterior a la fecha de elecciones", porque de lo contrario tampoco no solucionaría nada que un nativo que hace quince años se haya ido a Asunción y haya vuelto por lo menos un año.  Entonces, le estaríamos dando esos mismos derechos.

 

                Por eso, ciudadano Presidente, para terminar, lógico, "la residencia real y efectiva, de un año antes de las elecciones, del nativo y cinco años para los no nativos". Muchas gracias.  Me dictó "año previo a las elecciones  y cinco años para los no nativos".  Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Carmelo Benítez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARMELO BENITEZ:  Gracias, ciudadano Presidente.  Efectivamente, como dijo mi compañero Valentín Gamarra, perdone que lo cite, en la Comisión de Redacción, personalmente me he opuesto a lo que viene hoy como Proyecto Base.  Y justamente, sacando a relucir la figura, ya en este momento borrada del éter, del Delegado de Gobierno. 

 

                Nuestro Delegado de Gobierno, del Departamento de Itapúa, en este momento y antes de la sanción de esta nueva Carta Magna, ya tiene más de tres años como Delegado de Gobierno.  Si bien es cierto, son personas que están cumpliendo sus funciones, no es menos cierto, que al consagrarse este artículo en la forma que viene de la Comisión de Redacción, estaríamos dándole la posibilidad de que se presenten con un noventa y nueve coma noventa y nueve por ciento (99,99%) de posibilidades de ganar de vuelta el mando Departamental, como Gobernador.

 

                Ciudadanos:  quisiera solicitar a los proyectistas de la propuesta N° 4 que encabeza el Convencional Gonzalo Quintana, que acojan la propuesta de Víctor Insaurralde y que también se levante, ciudadano Presidente, la edad mínima requerida para un Gobernador.  No puede ser que un Gobernador de tan sólo treinta años tenga la sublime responsabilidad de dirimir todos los aspectos atinentes a un Departamento.  El Departamento de Itapúa es un Departamento pujante, un Departamento laborioso, un Departamento ubérrimo.  Y en ese sentido, tenemos entendido que treinta años no le da todavía al hombre suficiente capacidad. 

 

                Acá mismo, dentro del seno de nuestra Convención, habemos gente con más de cuarenta y cincuenta años que irresponsablemente ayer, por ejemplo, no estuvieron presentes.  Y qué sería una persona de treinta años, que tenga que dirimir responsabilidades tan importantes como la de Gobernador.

 

                Ciudadano Presidente:  tenemos entendido que, al consagrar la nueva figura jurídica de la descentralización, lo que estamos haciendo es llevar un poco de ese poder central a nuestros lugares de origen.  Y en ese sentido, ¿por qué se va a poner treinta y cinco años para ser Presidente de la República y solamente treinta años a una persona que prácticamente cumple las mismas funciones, en menor escala, en los Departamentos? 

 

                También quiero referirme a los proyectista de la propuesta N° 4, en el sentido de que también acojan, por lo menos, "de cinco años de residencia a los no nativos y un año de residencia a los nativos del Departamento, inmediatamente antes de la elección".  Porque, si ésto no se pone, en el Departamento de Itapúa, Alfredo Stroessner puede ser el próximo Gobernador.  Muchas gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Martín Colarte.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL MARTIN COLARTE:  Karaí Presidente, tapicha kuéra Convencionales:  Heta oñe'ëva jepive he'i, en homenaje al tiempo voy a ser breve, pero ha' eténte pe voy a ser breve, katuete oñe'ë quince o veinte minutos.  Che ha'éta la en homenaje al tiempo añe'ëtaha apenas un minuto.

 

                Ajeykeko mbarete hagüä ha pe tapicha kuéra che costado izquierdo mokoiveva he'iva' ekue.  Chévero guarä tapicha Convencional kuéra, principalmente tapicha campesino, ja hecha poräva'erä ko asunto kóva, porque ko'ä hína,  he'i hagüeicha ápe el preopinante último, y katuete la iplatamívante lña oho oye radica la ñande departamentope ha oñeja'ata ajépa oganá la gobernación en nuestro Departamento, valga la redundancia.  Ha sy va'era upéva porque el pueblo campesino, che aje referí muy específicamente, al Departamento de San Pedro, roimé oré totalmente consustanciado ko asunto'í koandíve ¿por qué?  Porque campaña rojapo ajá kurí ja romoïmbáma de manifiesto ko'a mba'e ahä ikatúva'erá kurí oje sucedé en esta nueva Carta Magna, ja japo ápe hína en este momento.

 

                Asi es que, ciudadano Presidente, che añe adelantá ame'e voi la che voto a la propuesta N° 4, con la inclusión o japova'ekue mención, ko ápe, tapicha Carmelo Benítez.  Che agüiye ndéve, karai Presidente, ha Convecional kuéra.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Rubén Romero.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL RUBEN ROMERO:  Ciudadano Presidente,  Convencionales todos:  entiendo de que la propuesta N° 4, en el inciso 3) es la más acertada, porque justamente, se prevé en élla lo que nosotros, que residimos en el interior, estamos temiendo.  Nosotros tememos de los paracaidistas, de los prevendarios y de los cepilleros que residen en distintos lugares de nuestro país y que vayan nuevamente para ocasionar perjuicio en nuestros departamentos.  Justamente tenemos la experiencia de los Delegados de Gobiernos que van y solamente se conectan con los traficantes de autos, con los traficantes de drogas, con los abigeos, con los faenadores clandestinos y con los contrabandistas y dejan de lado lo que es la realidad departamental. 

 

                Nosotros necesitamos de gente que conozcan la necesidad del pueblo campesino y conozcan la realidad departamental.  Por eso yo estoy con la propuesta N° 4, y propongo también para que se acoja de que "los no nativos tengan una residencia de por lo menos cinco años" de tal forma para que podamos apoyar en forma total esta propuesta N° 4.  Gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Carlile Gauto.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLILE GAUTO:  Ciudadano Presidente, honorables Convencionales:  los proponentes de la propuesta N° 7, hemos observado que en el texto de la Comisión Redactora, el Proyecto Base, hay una omisión referente de los requisitos para ser miembro de la Junta Departamental.

 

                Ciudadano Presidente, en cuanto a eso, hemos presentado nuestra propuesta estableciendo los mismos requisitos para el Gobernador, excepto la edad, que deberá de tener veinte y cinco años.  Que consideramos es la adecuada, inclusive, es la edad permitida en casi todas las Constituciones para ser Diputado, un cargo de gran responsabilidad, que creemos que podría ser equiparada a esa edad.

 

                Ciudadano Presidente, en cuanto al texto N° 4, que es un sentimiento, que está representado en todos los campesinos, por diferentes inquietudes de diferentes índoles, nosotros en cuanto, los proponentes de la propuesta N° 7, nos adherimos a la propuesta N° 4, en la parte pertinente de los requisitos para ser Gobernador y solicitamos el agregado del segundo párrafo de nuestra propuesta, que se refiere a los requisitos para ser miembros de la Junta Departamental.  Igualmente hago mía la solicitud de mi compañero, proponente de la propuesta de que se vote inciso por inciso y párrafo por párrafo.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra la ciudadana Convencional Nilda de Marín.

 

CIUDADANA CONVENCIONAL NILDA DE MARIN:  Gracias, ciudadano Presidente.  Ciudadanos Convencionales:  solamente para especificar un poquito más la propuesta que había hecho el ciudadano Convencional Valentín Gamarra.  En el sentido de que cualquiera sea la propuesta que salga ganadora, para la Comisión de Estilo  sobre todo se tenga en cuenta, en establecer "años previos a cada elección". 

 

                Y por otro lado, propongo que esos "años previos a cada elección" que tenga que exigírsele un no nativo en el Departamento sea de cinco años, no de tres, sino de cinco años.  Gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadana Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Peter Holder Kennedy.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL PETER HOLDER KENNEDY:  Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  en principio como firmante también de la propuesta N° 4, quiero aclarar que la idea fue "los nativos del lugar un años antes de las elecciones".  Acá seguramente hubo error de estilo, pero si se podría poner bien éso.  La idea base, nuestra, fue  que resida un años, por lo menos, antes de las elecciones, en el departamento.

 

                Tuve la oportunidad de leer todos los argumentos que esgrimieron en la Comisión Redactora referente a este punto.  Pero con el permiso del Ciudadano Presidente y de los distinguidos Convencionales, quiero dar algunas ideas vagas, o sea vaguedades, como se dijo acá.  Nosotros que vivimos en los departamentos no es que estemos con la idea de que los nativos no sean gobernadores.  En principio no tenemos la competencia.  Inclusive, la idea central es que los nativos del departamento vuelvan, los nativos del departamento capacitados en ciudades más grandes, en otros países, vuelvan al departamento a colaborar con el engrandecimiento de cada departamento.

 

                Pero lo que no estamos de acuerdo, ciudadano Presidente, es que, como se había dicho acá hace un rato, paracaidistas, o personas que vayan llegando justo el día antes de las elecciones sean electos Gobernadores, vivan en Asunción o vivan en otras ciudades, y que no se integren a la comunidad, en la cual es gobernador. 

 

                Nosotros en Coronel Oviedo, tenemos experiencias de Delgados, que los sábados y domingos vuelven a Asunción, junto a su familiares.  Y pienso particularmente, que en los departamentos también, si pensamos llevar adelante la democracia en este país, la sociedad, la sociedad civil debemos de compartir inclusive y controlarnos entre nosotros, no hay necesidad casi de otra persona, pero es fundamental que una persona que sea Gobernador del departamento, conozca el departamento, se integre con la sociedad civil del departamento, conviva con los problemas, si es posible también en la parte social del departamento.

 

                A parte de eso, ciudadano Presidente, tenemos casos concretos, nosotros que tenemos la experiencia, los que vivimos en el interior, de muchos casos de personas que se van y traen en lo posible lo que pueden y vuelven.  En este caso, leyendo dentro de los argumentos de la Comisión, no me dí de alguién que propuso, vamos a suponer un caso concreto de un candidato a Gobernador que vaya a competir para las elecciones de Gobernador, no sea residente, pierda las elecciones y vuelva otra vez.  Para mí no va a ser simpático un caso de eso  en los departamentos.

 

                Concretamente, ciudadano Presidente, estoy de acuerdo....o sea soy proponente de la propuesta N° 4, y recibo las adhesiones de las personas que me antecedieron de que puede ser que sea 5 años la residencia de los no nacidos en el Departamento. No así en la parte de 30 años que para mí puede ser desde 30 años, estamos para mí en una....redactando una Constitución para el futuro y en el futuro personas de 30 años me parece que ya van a ser bastante preparado, responsables para dicho cargo. Nada más, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Avelino Ramírez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL AVELINO RAMIREZ:  Gracias, ciudadano Presidente. Honorable Convención:  cuando en el campo habíamos llegado los dirigentes del interior con el ideal de la descentralización, estábamos motivados por el principio de que el mayor desarrollo de los municipios favorecería a un mayor y más acelerado desarrollo nacional. El desarrollo de los municipios en gran medida depende de la correcta administración de este municipio o de un Departamento a través de las gobernaciones y entendemos nosotros que un buen gobernador será aquel que conozca las inquietudes, los anhelos, las pretensiones del Departamento donde han de ejercer sus funciones.

 

                Y creemos nosotros que mayor conocimiento de estos ideales e inquietudes ha de tener aquel que por más tiempo esté conviviendo con ese pueblo de ese Departamento. Es por eso que apoyamos la pretensión, la idea de que para ser candidato a gobernador el no nativo tenga cuando menos 5 años de residencia y para el nativo cuando menos 1 año previo también de residencia en el Departamento del cual es oriundo, para evitar precisamente que aquel oriundo de un Departamento alejado por años del medio donde pretenderá ejercer sus funciones esté desconectado del ambiente, esté desconectado de ese pueblo y en consecuencia no podrá cumplir acabadamente con lo que de él se pretende, de él se espera.

 

                De ahí entonces, ciudadano Presidente, aquí entendemos nosotros que la propuesta N°2, la propuesta N° 4, sintetizan el anhelo de los Convencionales Constituyentes que llegamos del interior. Lo ideal sería que pudieran conjugarse estas dos propuestas y tengamos entonces como requisito para un candidato a gobernador no nativo, residencia de 5 años, para un candidato nativo de un Departamento, residencia previa de 1 año, antes de las elecciones de la que corresponda. Muchas gracias, ciudadano Presidente.

 

APLAUSOS....

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias ciudadano Convencional.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Dionisio Zarate.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL DIONISIO ZARATE GONZALEZ:  Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  tenemos un artículo aprobado con anterioridad que hace esencialmente al ejercicio de funciones y empleos públicos. El cargo de gobernador, evidentemente cae en ese ámbito, el ejercicio de funciones y empleos públicos. Finalmente no deja de ser un funcionario público. Dice el Artículo 101: "todos los paraguayos tienen derecho a ocupar funciones y empleos públicos sin otro requisito que el de la idoneidad", entre los requisitos que ahora en este Artículo 156, se mencionan "requisitos" es el acápite y se menciona ser paraguayo, tener 30 años de edad, ser nativo y otras cosas, queda subentendido lógicamente que debe interpretarse que ese requisito está implícitamente comprendido. Pero falta un detalle, ciudadano Presidente, porque cómo se determinaría la idoneidad si por lo menos no se establece un parámetro mínimo.

 

                De repente si se presenta un analfabeto o algo parecido no va a estar limitada, tal vez un elemento condicionante de algún nivel de estudio de capacitación mínimo. Claro que el factor electivo traslada la responsabilidad en los electores, que lleguen, inclusive, al extremo de elegir a un carente de formación académica o escolar mínimo, pero tal vez esta preocupación quede un poco como constancia de ese aspecto.

 

                Otro tema, ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  que a lo mejor en tren de precisar y no dejar una ventana por donde pueda, con interpretaciones retorcidas, escamotear algo que se dijo con anterioridad, la no reelegibilidad, que sea en todos los casos y traigo un poco un breve ejemplo: ¿ qué ocurriría si alguien que ejerció el cargo de Gobernador en otro Departamento, al cabo de 5 o 10 años se presenta, se radica 3 o 5 años en otro Departamento? y allí se vuelve a postular como gobernador, alegaría de que en ese Departamento él no va a ser reelecto. Por eso tal vez en el artículo anterior donde se habló de la irreelegibilidad, tal vez sería conveniente agregar la palabra "en todos los casos" o específicamente alegar un cuarto inciso en donde se diga como requisito no haber ejercido anteriormente el cargo de gobernador en otro Departamento. Nada más, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Angel Ayala.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL ANGEL AYALA:  Ciudadano Presidente:  no he pedido el uso de palabra.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Por secretaría me dieron el nombre, el suyo ciudadano Convencional.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Pedro Rodríguez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL PEDRO ANGEL RODRIGUEZ:  Ciudadano Presidente:  yo quería mocionar principalmente que en el Artículo N° 156, en el inciso 3), donde hay varias mociones encontradas, se vote idea por idea el inciso N° 3), en razón de que el inciso 1°),  creo que no tiene ningún problema, el inciso 2°) tampoco y más diferencias tenemos en el inciso N° 3). Yo, por ejemplo, solicito de todos los Convencionales constituyentes que el nativo del Departamento que va a candidatarse para gobernador tenga una residencia mínima real y efectiva de un año en el Departamento. Podemos tener el caso de que viene una persona nativa de Misiones procedente de Rusia, de la China, del Japón o de cualquier otro lugar del exterior de la República. No hay necesidad de que exclusivamente se vaya de Asunción con un aparato enorme, se candidate para gobernador, llega un mes antes, gana o pierda al cabo de 1 mes y se va. Termina su función de gobernador y se va, no sabe de la realidad que está ocurriendo en nuestro Departamento, del tiempo de ausencia que él por más que haya sido nacido dentro del Departamento, que por haber nacido nomás, por circunstancias del momento de su familia vivió tal vez 1 mes dentro del Departamento, y luego ya se fue al exterior de la República.

 

                Por eso entonces, pido un año de residencia mínima real y efectiva en el Departamento. También estoy de acuerdo con que a los no nativos se les exija 5 años de residencia mínima real y efectiva en el Departamento. Y en la parte de los miembros de la Junta Departamental, especialmente a mis compañeros Convencionales de la bancada colorada, les quiero recordar que los estatutos del Partido Colorado tienen un artículo que pide la participación de la juventud dentro de todas las listas de cargos electivos.  Por lo tanto, mociono que se baje los años requeridos para participar como miembro de la Junta Departamental a 25 años.  Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Dario Palacios.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL DARIO PALACIOS:  Gracias, Presidente, ciudadanos Convencionales:  yo quiero tener la oportunidad de dirigirme un poco a uno de los hombres más talentosos que comparte con nosotros estas deliberaciones. Me refiero con todo respeto al Prof. Luis Alfonso Resck. En corrillos de esta Convención, cuantas veces hemos hablado de los valores éticos sobre los valores morales.

 

                Y yo  quiero decir que estamos en este momento en una, situación importante dentro de la vida nacional para poder acercar este proceso democrático a buen puerto.  Estamos ante la mayor revolución intelectual de nuestra historia del país, estamos ante una de las puertas principales para asegurar el proceso democrático, la participación real y efectiva, por primera vez en la historia, de todos los estamentos de la vida nacional y la integración de la gente del interior definitiva y terminantemente a este proceso democrático.

 

                ¿Qué es lo que pretendemos con esta revolución intelectual? Lo que pretendemos es establecer las condiciones ideales para devolver la credibilidad a la clase política, muy manoseada en los últimos tiempos. ¿Qué es lo que pretendemos? Pretendemos también reivindicar a esa clase política, pretendemos, entonces, volver a practicar los verdaderos valores morales y éticos que deben ser las luces que nos deben guiar a la clase política. Por eso creo que es sumamente importante, para lograr, para conseguir esto, que nosotros actuemos con equilibrio absoluto. Necesitamos que nuestros gobernadores por lo menos tengan 35 años de edad para poder tener acceso a la gobernación.

 

                Sabemos perfectamente bien que nuestro país está constituido por una pleyade de jóvenes muy capaces, pero sin embargo también sabemos por experiencia que esa juventud solamente puede llegar a un equilibrio con la madurez y con el trascurso de los años y la experiencia - que solamente le van a dar, digamos, los años - y a los 30 años, pensamos nosotros, que un joven por más talentoso que sea no va a poder tener el suficiente equilibrio intelectual para poder realmente tomar las riendas de una gobernación y más todavía en aquellos Departamentos donde realmente tendría que el gobernador apelar a todas sus luces, tendría que apelar a todo sus talento, a toda su inteligencia y a su máxima capacidad, sobre todo, para poder asegurar esta participación, esta apertura a través de la descentralización en este proceso.

 

                Nosotros tenemos que ser conscientes de que la historia de la descentralización no termina acá, ni comienza acá, va a pasar prácticamente por muchos años, a lo mejor, de sacrificio, en donde el talento, la habilidad, la astucia de los dirigentes que van a estar a cargo de las gobernaciones, va a consolidar definitivamente la descentralización.  Por eso, creemos nosotros importante que seamos equilibrados, debemos establecer que aquéllos que son nativos de los Departamentos tengan por lo menos una residencia de 1 año antes de las elecciones, y que esta residencia sea efectiva.

 

                Pretendemos también, que los no oriundos tengan una residencia de 5 años como mínimo. Sabemos perfectamente bien aquellos que no son oriundos de un Departamento no pueden estar empapados de todas las necesidades que puede tener un Departamento. Yo particularmente les puedo decir, con toda sinceridad, hace 16 años que me plegué al Departamento de Itapúa. No soy oriundo del Departamento de Itapúa, y puedo decir que he actuado dentro del Departamento de Itapúa y aún no conozco todo el Departamento de Itapúa. Así que, muchos menos, una persona que venga a radicarse en un Departamento con 3 años de residencia me parece que no puede todavía tener prácticamente el reflejo de lo que es un Departamento.

 

                Por eso, ciudadanos, es importante apelar a la conciencia de los ciudadanos Convencionales que no residen en el interior, que escuchen estas inquietudes, estas indicaciones que nosotros estamos dando porque son el reflejo de la práctica y de la vivencia que nosotros estamos teniendo cotidianamente en nuestro Departamento.

 

                Ciudadanos Convencionales:  creemos firmemente que estas inquietudes que nosotros estamos trayendo son el fiel reflejo de nuestras necesidades. Por eso apelamos a los distinguidos Convencionales a que tengan en cuenta estos apuntes que nosotros estamos haciendo en este momento, sobre estos temas y pedimos firmemente que se vote por ideas para no equivocarnos.  Gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Timoteo González.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL TIMOTEO GONZALEZ:  Ciudadano Presidente: declino, porque se ha dicho todo.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Declina.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Luis LLano

 

CIUDADANO CONVENCIONAL PEDRO LUIS LLANO:  Muchas gracias, ciudadano Presidente.  Ciudadanos Convencionales:  realmente, después de escuchar tantas palabras interesantes de los distinguidos Convencionales, especialmente del interior, no me queda otra cosa que acoger la idea de Victor Hugo Insaurralde en elevar a 5 años para la residencia de los no nativos en ambos casos, para los ativos y los no nativos que sean inmediatamente anteriores a las elecciones. También solicito a la presidencia que la votación se haga por inciso.  Muchas gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene la palabra el ciudadano Convencional Victor Hugo Paniagua.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR HUGO PANIAGUA:  Gracias, ciudadano Presidente.  Ciudadanos Convencionales:  esta Convención Nacional Constituyente está atravesando hoy uno de los momentos más delicados de su existencia. Ayer nomás quedó definitivamente consagrado un nuevo modelo de Estado unitario para la República del Paraguay y hoy estamos tratando de una de las figuras centrales si no es la figura central misma, que debe impulsar este nuevo modelo de Estado. Nos estamos refiriendo a la figura del gobernador Departamental. Sabemos muy bien que para gobernar un Departamento se necesita estar plenamente identificado con los problemas de dicho Departamento.

 

                Se tiene que tener una perfecta sintonía con los anhelos y angustias actuales de la población de ese Departamento, se tiene que poseer los conocimientos cabales y profundos con respecto a las realidades sociales, económicas y políticas de ese Departamento,  y esta sensibilidad, este conocimiento se adquiere solamente a través de una convivencia permanente con la población.

 

                Ciudadano Presidente: tenemos que luchar contra una imagen nefasta, contra la imagen proyectada por la figura del Delegado de Gobierno que hasta nuestros días teóricamente tendría que gobernar los Departamentos del interior del país, y todo el mundo, todo el interior del país, por lo menos, porque somos los que sufrimos de la proyección de esta figura nefasta; estamos con la angustia con el nudo en la garganta, de que algunos de ellos nuevamente puedan acceder al Gobierno Departamental en este nuevo modelo instituido usando y abusando de la máquina estatal y puedan establecer así un triste continuismo del sistema actual.

 

                Queremos cambiar para mejorar la estructura del Poder en el interior del país y queremos ofrecer a las generaciones futuras una herencia de sanidad moral en la administración de los recursos humanos y económicos del interior del país. Y mientras nos ronde la figura de aquéllos que no han hecho otra cosa sino denigrar los atributos de moralidad y eficiencia, no podremos jamás articular una política de redención para el pueblo campesino, que, estoy seguro, en su inmensa mayoría repudia esa institución llamada Delegación de Gobierno que, desatendiendo a su función primordial que es la de impulsar el desarrollo de los Departamentos, no se ha convertido en otra cosa sino en el retrato de una represión policiaca, chantaje, corrupción, coacción, y profunda degeneración de todo el sistema judicial imperante en el interior del país. Si nosotros no luchamos contra esto y si no determinamos con cabalidad absoluta las condiciones que deben implementarse para que un ciudadano pueda ser electo gobernador en su Departamento, podemos caer nuevamente en el retroceso y anular en la acción toda la intención de remodelar la estructura unitaria del país a través de la descentralización, ciudadano Presidente.

 

                Por lo tanto, yo solicito humildemente a todos los Convencionales de mi país, que, atendiendo a los apegos y las argumentaciones enumeradas por los que me precedieron en el uso de la palabra por ser la mas moderada, por ser la que atiende más a la intención pura de la descentralización, podamos votar por la unión feliz de dos propuestas provenientes de dos sectores políticos diferentes de nuestra sociedad campesina, por una propuesta impulsada por un miembro de la bancada del interior, campesinazo a quien conozco pynandi y kasö mboka-í como Luis Llanos y el de Victor Hugo Insaurralde otro alto exponente de la bancada campesina del Partido colorado.

Muchas gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Orden en la sala. Tiene la palabra el último orador, el ciudadano Convencional Oriol Acosta.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL ORIOL ACOSTA:  Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales: Yo no voy a abundar en argumentaciones porque ya lo  han hecho los que me han precedido en el uso de la palabra; tan solo quiero ser un poco práctico para que luego de mi breve alocución podamos ir ya al estado de votación. Desde ya solicito, ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales que éste tan importante artículo sea votado inciso por inciso. Lo que quiero señalar desde ya es que todos los proyectos, creo, coinciden con el Proyecto Base elevado por la Comisión Redactora a este plenario en los dos primeros incisos, salvo que hay  una pequeña discrepancia con algún proyecto en el inciso segundo, vale decir, que el primer inciso dice ser paraguayo natural, y el segundo tener 30 años cumplidos. En lo que difieren las distintas propuestas que se han presentado es precisamente en el inciso tercero, y sobre este punto sobre esta cuestión es lo que se ha abundado en este tema.

 

                Quiero desde ya inclinarme por la propuesta N°4, presentada por el Convencional Gonzalo Quintana, Luis Llano y otros, con el agregado de las propuestas de Victor Hugo Insaurralde, la propuesta N°2, y las sugerencias de otros Convencionales que han pedido lo siguiente.

 

                En primer lugar, que para los no nativos de los respectivos departamentos se eleve el tiempo de residencia o radicación a cinco años que ya ha acogido el proyectista de la propuesta N°4, también para  los nativos como para los radicados se exija una radicación inmediata y anterior al día de las elecciones, para que no caigamos, si no establecemos estos requisitos, en que mañana se presenten ciudadanos de un departamento que han vivido en ese departamento un año pero hace 20 años atrás que no conocen la realidad de ese departamento, de esa población, de esa comunidad. Creo que sobre el tema han abundando ya suficientemente los ciudadanos Convencionales y pido al proyectista de la propuesta N°4 recoja esta sugerencia mía en el sentido de cambiar el término residencia por radicación, porque son términos diferentes. 

 

                Radicación implica simplemente que aquel que quiera candidatarse a gobernador tenga raíces echadas en el lugar, tenga ya un arraigo en esa zona y no como en este momento bien lo están los delegados de gobierno que están residiendo en los respectivos departamentos pero no tienen radicación en el mismo. Para hacer esa salvedad, solicito a los proyectistas de la propuesta N°4 que entonces acojan esta sugerencia de cambiar el término residencia por radicación, y sugiero si me permite el ciudadano Presidente que el inciso tercero quede redactado de la siguiente manera "Para ser gobernador se requiere, inciso primero, igual al del Proyecto Base, inciso segundo igual al del Proyecto Base, y el inciso tercero que diga "Ser nativo del departamento con radicación mínima de un año, en el mismo, o con radicación en él por cinco años para los no nativos. En ambos casos inmediatamente anteriores a las elecciones. Es todo, Presidente.

 

APLAUSOS..

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Terminó la lista de oradores. La Presidencia va a llevar a votación si se va a votar o no por incisos y advierte la Presidencia que en determinado inciso, creo que es el tercero, admite ideas separables.

 

                De manera que en los dos primeros incisos se vote por inciso, y en el tercero por ideas separables. Los que estén de acuerdo se servirán levantar la mano.

 

MAYORIA.

 

                Por Secretaría se van a leer, entonces,los incisos que van a ser sometidos a votación inmediatamente.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  El artículo hasta el inciso primero.

 

                El artículo tiene el título de REQUISITOS:  Para ser gobernador se requiere:

 

                1) Ser paraguayo natural.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  A votación, los que estén de acuerdo se servirán levantar la mano.

 

APROBADO.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  El Proyecto Base en el inciso segundo dice: Tener 30 años cumplidos.

 

APROBADO.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  El inciso tercero cuenta con varias propuestas y también ideas separables.1) los nativos del departamento, que para un proyecto no tiene ningún tiempo fijado, y para el otro proyecto tiene el tiempo fijado de un año.

 

                Primero, el Proyecto Base que dice ser nativo del Departamento sencillamente y el proyecto alternativo sería, en caso de ser nativo del Departamento una radicación de un año, inmediatamente anterior a las elecciones.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Sobre el punto tiene la palabra el Convencional Pedro Ángel Rodríguez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL PEDRO ANGEL RODRIGUEZ:  Que la radicación real y efectiva de la persona también este ahí, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Ciudadano Convencional: todavía no llegamos a eso. La primera idea es que sea nativo del departamento, que coincide en casi todos. Y esa es la que se va a llevar a votación.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  La primera moción sería del Proyecto Base, nativo del Departamento sin ningún otro requisito.

 

                Y la  segunda moción es; nativo del departamento con una radicación inmediatamente anterior a las elecciones de por lo menos un año. Esa es la segunda moción.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Se lleva a votación la primera propuesta.

  

                Nativo del departamento sin ningún aditamento, que es de la Comisión Redactora. Los que estén de acuerdo se servirán levantar la mano.

MINORIA

 

La segunda moción.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Nativo del Departamento con una radicación mínima de un año por lo menos, inmediatamente anterior al día de las elecciones.

 

                APROBADO.

 

La segunda idea para este mismo inciso para aquellos que no son nativos. La primera moción es la del Proyecto Base, que dice con residencia en el departamento de por lo menos de tres años. Esa es la primera moción.

 

                La segunda moción es la de una radicación en el Departamento de por lo menos cinco años inmediatamente anteriores al día de las elecciones.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Se lleva a votación, en primer lugar, la moción del Proyecto Base. Se va a llevar a votación la idea que acaba de leerse por secretaría, en primer lugar el Proyecto Base. Quienes estén por su aprobación, se servirán levantar la mano.

 

MINORIA.

 

La moción N°2, quienes estén por su aprobación se servirán levantar la mano:

MAYORIA.

 

                APROBADO.

 

Quedo concluido el estudio del artículo en cuestión.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Pedro Rodriguez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL PEDRO RODRIGUEZ:  Ciudadano Presidente, yo quiero que en ese artículo, la radicación de un año , sea real y efectiva; esas dos palabras quiero que figure en el acta.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Ya quedó aprobado, ciudadano Convencional, y en todo caso, se pasa a la Comisión de Estilo si es pertinente.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL:  Ciudadano Presidente: no se ha votado una moción, es la moción que se refiere a la propuesta n°6, del último párrafo que establece requisitos para los miembros de las juntas departamentales.

 

                Solicito sea votado éso, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Ciudadano Convencional: rogamos silencio, para poder seguir ordenadamente nuestras deliberaciones.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Federico Callizo.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO CALLIZO:  Si, ciudadano Presidente. Si se acogiera la idea del preopinante de que sea una radicación efectiva, se reabre el debate, ciudadano Presidente. Eso ya fue votado, eso ni siquiera es del arbitrio de la Comisión de Estilo; eso se resolvió de esa manera, ciudadano Presidente; si no se reabriría el debate, daría lugar de nuevo a debatir el tema.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Desde luego, la Presidencia ya advirtió que se votó. Cualquier cuestión vinculada a Estilo, diría yo, lo tendrá en cuenta la Comisión.

 

                Hay una cuestión planteada por el ciudadano Convencional Carlile Gauto.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLILE GAUTO:  Ciudadano Presidente: nosotros, los proponentes de la propuesta N°7, tenemos entendido y no nos oponemos a la votación que se hizo, solamente nosotros alegamos que es incompleta la votación porque no se votó la propuesta hecha por nosotros. El último párrafo, la idea del último párrafo, el cual se refiere a los requisitos establecidos para los integrantes de las juntas departamentales, ciudadano Presidente. Solicito que sea votado.

 

CIUDADANO PRESIDENTE: Por Secretaría se va a aclarar la última parte de la propuesta N°7.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL..:  Yo propongo, ciudadano Presidente, que se ponga a consideración de la Convención la metodología en el caso de que se  vote por inciso, porque hace unos días ocurrió un problema cuando nos apartamos del Proyecto Base. Estábamos teniendo para votar por inciso o por párrafo el contenido del Proyecto Base, todo aquel que se aparta del Proyecto  Base ya estábamos desechando y destinándolo a un nuevo artículo. Porque lo que se estudia y se vota por inciso es con relación al Proyecto Base. Ahora yo pido que se ponga a consideración de la Convención si vamos a establecer la metodología de que lo que esté contenido en una propuesta cuyos términos no coinciden en el Proyecto Base, lo mismo se va a poner a consideración y a votación de la plenaria, independientemente de coincidir o no en su contenido con el Proyecto Base; esa es mi propuesta, ciudadano Presidente. Se pone a consideración de la plenaria.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Por qué no lee ciudadano Secretario para que la Convención tenga pleno conocimiento. Una nueva incorporación que no hace a los gobernadores sino a las juntas departamentales.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Sí. Con mucho gusto.

 

                Para ser miembro de la junta departamental se requiere los mismo requisitos establecidos para el gobernador, excepto la edad, que deberá tener 25 años. Esto en la Comisión Redactora se había deferido a la  ley.

 

CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra el ciudadano Convencional Bernardo Villalba.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDO VILLALBA:  Gracias, ciudadano Presidente. Lo que se defirió a la ley fue el número de miembros de la junta departamental, no así los requisitos que tienen que llenar los miembros de la junta departamental. Es por eso que en su momento, cuando hice uso de la palabra, había solicitado que una vez aprobado el artículo tal cual viene de la Comisión Redactora, con las modificaciones, se vote como un agregado a este artículo, una vez terminado este tratamiento.

 

                Es por eso que solicitamos que se ponga a consideración y se vote el agregado que hemos propuesto al artículo 156. Gracias, Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Se va a aclarar por secretaría.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales: en primer lugar, yo considero que la petición de los señores Convencionales es legítima, pero viene para mi contraproducente en el sentido de que acá estamos hablando de los requisitos para ser gobernador, no para las juntas departamentales, vale decir, que ésto corresponde que se gire, en todo caso, a la Comisión Redactora, para que lo acoja como un nuevo artículo.

 

                Es el único camino que nos queda, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene la palabra el ciudadano Convencional Carmelo Benitez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARMELO BENITEZ:  Gracias, ciudadano Presidente. Sinceramente, y recordando lo ocurrido ayer a la tarde cuando se votó si iba a existir o no una junta departamental, se había optado por que exista. Una vez optado ello se ha deferido a la ley los requisitos y el número de los componentes de esa junta departamental. Si nosotros en este momento queremos votar así como pide el Convencional que me precedió en el uso de la palabra, tenemos que hacer una reconsideración para hacer eso.  Porque ayer ya se votó por ideas y esa ideas ya fueron acogidas, en  la parte, como la idea 3, que se defiera  a la ley. Nada más, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Sus palabras son suficientemente esclarecedoras, para conocimiento de la Convención.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Ricardo Franco Lanceta.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL RICARDO FRANCO LANCETA:  Declino Presidente, porque el preopinante dijo exactamente lo que yo iba a decir. Gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene la palabra el ciudadano Convencional Carlos Villagra Marsal.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS VILLAGRA MARSAL:  Simplemente para corroborar lo que el Convencional Carmelo Benitez ha dicho. La idea que apoyamos es que la composición y funciones de la junta departamental será establecida por ley,   de manera que corresponde votar eso ahora. La ley establecerá edad, funciones, etc,.Gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene la palabra, por segunda vez, el ciudadano Convencional Carlile Gauto.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLILE GAUTO:  Ciudadano Presidente: quiero aclarar a los que me antecedieron en el uso de la palabra que el artículo 155 no se aprobó todavía.  Eso se aprobó en Comisión. La plenaria de la Convención no aprobó todavía ese artículo y, por sobre todo, lo que fue diferido a la ley fue la composición y las atribuciones, no los requisitos. Quiero aclarar eso, ciudadano Presidente, y solicito que se vote ésto.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene la palabra el ciudadano Convencional Víctor Manuel Nuñez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR MANUEL NUÑEZ:  Gracias, ciudadano Presidente.  Ciudadanos Convencionales: efectivamente, lo que quedó diferido a la ley, en Comisión, fue la composición y atribuciones de  la junta departamental.

 

                Algún Convencional dijo que este artículo corresponde exclusivamente a requisitos para ser gobernador, y de acuerdo al título del mismo no es así. Habla simplemente de los requisitos e inmediatamente dice: para ser gobernador se requiere tales requisitos, valga la redundancia. Bien podemos también poner los requisitos para la junta departamental. Hay una razón, ciudadano Presidente. Hasta ahora el Proyecto Base tiene una laguna en cuanto a la sucesión para los casos de acefalía, ausencia, inhabilidad o muerte del gobernador. Hemos resuelto en comisión de que la composición vaya a la ley. Probablemente también la ley va a establecer el sistema de sucesión. Algunos son partidarios de que el Presidente de la junta departamental ocupe provisoriamente el cargo de gobernador en ausencia de éste y en ese caso,  ciudadano Presidente, la junta departamental, los mismos requisitos para ser miembro de la junta departamental tienen que existir, los mismos requisitos, de manera que un miembro de la junta departamental pueda ser gobernador para completar el período, o, de lo contrario un Presidente de la junta departamental que sea designado para ser gobernador sustituto no va a cumplir los requisitos exigidos por esta Constitución. Muchas gracias, Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Terminó la lista de oradores. La Presidencia va a llevar a votación si se incorpora o no este agregado para ser miembro de la junta departamental. Se va a leer por Secretaría.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  El último párrafo de este artículo, de acuerdo a la propuesta N°7, diría: para ser miembro de la junta departamental se requiere los mismos requisitos establecidos para el gobernador, excepto la edad que deberá tener 25 años.

 

CIUDADANO PRESIDENTE: Orden en la sala.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Luis González Macchi.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS GONZALEZ MACCHI:  Una aclaración, Presidente. Si no escuché mal, en esta sala se dijo claramente que esto se remitió a la ley. Señores: cómo vamos a votar otra vez la inclusión de una cosa que ya se votó ayer, que vaya a la ley. O creemos que todos los diputados o parlamentarios no van a tener la inteligencia de hacer una ley adecuada a la Constitución. La Constitución tiene que tener lagunas indudablemente, o vamos a hacer aquí en esta Constitución: la ley debe esclarecer y encaminar la Constitución. Para eso está el Parlamento.

 

                Ciudadano Presidente: no se puede votar ésto porque ayer decidieron ustedes, esta Magna Asamblea, remitirlo a la ley. Nada más.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Se van a leer por Secretaría las cuestiones que fueron remitidas para ser elaboradas en el artículo 155.Lo que realmente se remitió a la ley o no se remitió a la ley: es lo que queremos que se sepa.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Ayer cuando se discutió la idea de la junta departamental, se discutieron tres ideas con relación a la composición de la junta departamental. Uno decía mínimo, uno por municipio, otro decía uno por municipio, y otro defería a la ley. Era el tema de la composición de la junta departamental la que se había deferido. Cuando yo me referí a que la Comisión había deferido a la ley, había hablado de la Comisión Redactora, en las decisiones ordinarias de la Comisión Redactora, no a la sesión plenaria que ayer se constituyó en Comisión y había resuelto. Las ideas discutidas, repito, fueron sobre la composición de la junta departamental exclusivamente, y así consta en el acta.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  En consecuencia, queda aclarado por Secretaría lo que se remitió.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Carlos Villagra Marsal.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS VILLAGRA MARSAL:  En la palabra composición entran también requisitos, de manera que también los requisitos la composición es abarcante de la palabra requisitos, ciudadano Presidente.

 

                La ley establece la composición y, al establecer la composición, también establece los requisitos necesarios para ser miembro de la junta departamental. No son dos cosas diferentes. Gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Hay una moción de orden.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Ayala.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL AYALA: Ciudadano Presidente: yo mociono que se aplace la consideración de este tema y que se pase al orden del Día para que se dé tiempo a un debate más prolongado del tema el día de mañana.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Es moción de aplazamiento. Se va a llevar a votación.

 

                Los que estén de acuerdo con el aplazamiento, se servirán levantar la mano.

MINORIA.

 

                Por Secretaría se va a aclarar nuevamente.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Ocurre, ciudadano Presidente, que, lo que aquí nuestro Presidente de la Comisión de Estilo nos asegura, respetamos, pero ayer no se habló. Se habló exclusivamente del número de miembros de la junta departamental; esa fue la idea discutida ayer; unos hablaban de mínimo uno, y otro hablaban de uno. Y otra deferir éso, pero esa idea deferir a la ley.

 

                Yo no estoy defendiendo ninguna postura sino la pureza de nuestra decisión. Ayer, la idea que se discutió fue el número de componentes de la junta departamental, y eso fue lo que se resolvió.

 

                Ahora, si en la Comisión Redactora, si se resolvió que el tema de los requisitos y todo tema relacionado a la junta departamental se remita, se defiera a la ley. Es todo, Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Ricardo Franco Lanceta.  Para una moción de orden, en que consiste.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL RICARDO FRANCO LANCETA:  Consiste en que se ponga inmediatamente a votación el texto que se acaba de leer que, entiendo, es completamente legítimo, porque responde a una larga inquietud del interior del país. Gracias, Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Se va a llevar a votación, si se incorpora o no como el texto que ya suficientemente se dió lectura por Secretaría. 

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Carlos Avalos.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS AVALOS:  Gracias, ciudadano Presidente. Para una breve aclaración, ciudadano Presidente. De acuerdo al texto como está redactado este proyecto de agregado al artículo 156, van a poder ser consejales departamentales solamente los ciudadanos que tengan 25 años de edad, si señor, solamente los ciudadanos que tengan 25 años de edad, si tienen 26 años o 27, ya no podrán ser, ciudadano Presidente.-

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Ciudadano Convencional: vamos a escuchar su moción de orden y si es que gana en prelación se la va a tener en cuanta, porque hay una moción de cierre de debate y votación directamente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  ¿En qué consiste su moción?.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...:  En consulta con el proyectista, solicito, ciudadano Presidente, que se ponga a consideración de esta Convención, en el título del artículo donde dice:  "Para ser gobernador se requiere...", que se implemente directamente "Para ser gobernador y para miembros de la Junta...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Ciudadano Convencional, no es moción de orden.  En consecuencia, la Presidencia le retira la palabra.

 

                Vamos a dar lectura.

 

                Ciudadano Convencional, no es moción de orden.  Perdóneme.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  El Presidente de la Comisión de Estilo ya ha hecho la corrección de estilo y queda así redactado. Entonces, el proyecto del último párrafo del artículo:  "Para ser miembro de la Junta Departamental se requiere:  los mismos requisitos establecidos para el gobernador, excepto la edad, que deberá ser de 25 años cumplidos".  Esta es la redacción del Presidente de la Comisión de Estilo, el Convencional Carlos Villagra Marsal.

 

                La idea es la edad mínima, pero es cuestión de redacción, que debemos respetar a nuestro Presidente.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...:  Ciudadano Presidente...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  A votación.  Quienes estén por el agregado de esta parte final del Artículo 156, se servirán levantar la mano.  Mayoría.

 

                ¿Quién pide rectificación?.

 

                Rectificación:  primera fila, los que estén por la incorporación de este párrafo. 

 

                Se pidió rectificación. 

 

                Primera fila, por la incorporación del texto leído, se servirán ponerse de pie,  nadie.

 

                Segunda fila, por la incorporación, nadie. 

 

                Tercera fila, por la incorporación, siete votos. 

 

                Cuarta fila, por la incorporación, cinco votos.

 

                La fila quinta, por la incorporación, ocho votos.

 

                Sexta fila, por la incorporación, once votos. 

 

                Séptima fila, por la incorporación, siete votos. 

 

                Octava fila, por la incorporación, once votos. 

 

                Novena fila, por la incorporación, veintiún votos.

 

                Décima fila y restantes, veintiún votos.  Mesa, cuatro votos.

 

                Por Secretaría, se va a dar el resultado del escrutinio.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Noventa y seis votos por la incorporación. 

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  MAYORÍA.

 

                Queda incorporado al texto del Artículo 156.

 

                APROBADO.

 

                Pasamos al tratamiento del Artículo 157.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Artículo 157. 

 

                Propuesta N° 1, Proyecto Base.  Título:  De la Competencia:  "Es de competencia del gobierno departamental:

 

                 1) la coordinación de las actividades con las distintas municipalidades del departamento, la organización de los servicios departamentales comunes, tales como obras públicas, provisión de energía, de agua potable y demás que afecten en común a más de un municipio y la promoción de asociaciones de cooperación, entre ellos;

 

                2) la elaboración del plan de desarrollo departamental que deberá coordinarse con el plan nacional de desarrollo, así como la formulación presupuestaria anual a ser considerada en el Presupuesto General de la Nación;

 

                3) la coordinación de la acción departamental con las actividades del gobierno central, en especial, lo relativo a las oficinas de carácter nacional en el departamento, primordialmente, en el ámbito de la salud y en el de la educación, 4) de la integración de los consejos de desarrollo departamental, y;

 

                5) las demás competencias que fijen esta Constitución y la ley.

 

                La propuesta N° 2 ha sido retirada por el Convencional Víctor Hugo Insaurralde.

 

                Propuesta N° 3, Convencionales Juan Francisco Elizeche y Carlos Mateo Balmelli.  Título:  De la Competencia.  Texto:  "Es de competencia del Gobierno Departamental:

 

                1) la coordinación de las actividades con las distintas municipalidades del departamento, la organización de los servicios departamentales comunes, tales como obras públicas, provisión de energía, de agua potable y demás, que afecten en asociaciones de cooperación entre ellos;

 

                2) la elaboración del plan de desarrollo departamental, que deberá coordinarse con el plan nacional de desarrollo, así como la formulación presupuestaria anual a ser considerada en el Presupuesto General de la Nación;

 

                3) la coordinación de la acción departamental con las actividades del gobierno central, en especial, lo relativo a las oficinas de carácter nacional en el departamento, primordialmente, en el ámbito de la salud y en el de la educación;

 

                4) las demás competencias que fijen esta Constitución y la ley".

 

CIUDADANA SECRETARIA:  Propuesta N° 4, Esteban Caballero.  "De la Competencia:  Es de competencia del gobierno departamental:

 

                1) coordinar la prestación integral de los servicios de competencia municipal;

 

                2) elaborar un plan de desarrollo departamental, en coordinación con los planes nacionales de desarrollo.  Los presupuestos de los planes de desarrollo departamental deberán ser consideradas por el Presupuesto General de la Nación;

 

                3) participar en la elaboración y en la evaluación de las políticas públicas nacionales que tengan impacto a nivel departamental.  Asimismo, es función del gobierno departamental la participación activa en la selección y nombramiento de los encargados de implementar esas políticas a nivel departamental.  Dicha participación debe darse especialmente en las áreas de educación y la salud;

 

                4) las demás competencias que fije la ley y esta Constitución".

 

                Propuesta N° 5, Gonzalo Quintana, Luis Llano, Manuel Ramírez, Luis Lezcano Claude y otros.  "De la Competencia:  El gobierno departamental ejerce funciones normativas y administrativas de coordinación y planificación socio-económica, de complementariedad de la acción municipal, la subsidiaridad del gobierno central y de la prestación de servicios que determine la Constitución y la ley.  Serán competencias privativas de los gobiernos departamentales:

 

                1) las obras públicas que se desarrollen íntegramente en el territorio departamental;

 

                2) caza y pesca;

 

                3) minería y recursos hídricos, dentro de su territorio;

 

                4) cultura, turismo y artesanía;

 

                5) seguridad y tránsito dentro del territorio y fuera del éjido municipal;

 

                6) puerto y aeropuertos deportivos y de cabotaje;

 

                7) las demás que fije la ley".

 

                Propuesta N° 6, Carlos Avalos Flores.  "De la Competencia:  Inciso 4) la integración y organización de los consejos de desarrollo departamental", es modificación de un inciso, y la inclusión de un nuevo inciso que diría:  "el control operacional de la policía nacional en el departamento".

 

                Propuesta N° 7, Carlyle Gauto, Bernardo Villalba, Manuel Riquelme.  "De la competencia:  Es de la competencia del gobierno departamental:  De la junta departamental:  La junta departamental legisla a través de ordenanzas departamentales y tiene las siguientes atribuciones, conforme a la ley:

 

                1) reglamentar y organizar las prestaciones de servicios a cargo del departamento, coordinar las actividades y promover la asociación de cooperación de los municipios del departamento;

 

                2) elaborar y sancionar planes de desarrollo departamental, que deberá, en lo pertinente, coordinarse con el plan nacional de desarrollo;

 

                3) aprobar la formulación del Presupuesto anual departamental a ser considerado en el Presupuesto General de la Nación;

 

                4) coordinar la acción del gobierno departamental con las del gobierno central, en especial, en lo relativo a las oficinas de carácter nacional en el departamento, primordialmente, en el ámbito de salud y educación;

 

                5) autorizar al gobernador para celebrar contratos, negociar empréstitos, enajenar bienes y ejercer la fiscalización sobre sus gestiones;

 

                6) dictar normas de policía en todas aquellas cuestiones que no sean materia de disposición legal, y;

 

                7) las demás competencias que fijen esta Constitución y la ley".

 

                "Del gobernador:

 

                 1) ejercer la representación legal del departamento, actuar en su nombre, dirigir y coordinar la acción administrativa del mismo, gestionar y promover el desarrollo integral;

 

                2) promulgar las ordenanzas de la junta departamental, cumplirlas y reglamentarlas, o en su caso, vetarlas, conforme al procedimiento que establece la ley;

 

                3) participar de las sesiones de la junta departamental, con voz, pero sin voto;

 

                4) presentar a la junta departamental los proyectos de ordenanzas sobre planes y programas de desarrollo económico y social, obras públicas y presupuesto anual de ingresos y egresos;

 

                5) convocar con un temario preciso a sesiones extraordinarias de las juntas departamentales;

 

                6) orientar y coordinar los servicios nacionales en las condiciones que les sean encomendadas por el gobierno central;

 

                7) contratar su personale de servicio técnico y de asesoramiento que sea necesario, y;

 

                8) las demás competencias que fijen esta Constitución y la ley".  Fin de la propuesta.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Como son 6 las propuestas, una se ha retirado, y es numerosísima la posibilidad de participación, la Presidencia pasa a cuarto intermedio la sesión hasta la tarde, a la hora 14:00, sin tolerancia.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR PACIELLO:  Ciudadano Presidente:  antes de levantar la sesión.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR PACIELLO:  Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  para nadie es un secreto que existen factores retardatarios en este país interesados en que esta Constitución no sea sancionada.  Todos los Convencionales, si no quieren pasar a la historia como ineptos, deben tomar conciencia de este hecho. 

 

                Es la razón, ciudadano Presidente, que a mí me alarma, la incoherencia, la inconsecuencia de quienes persiguen un objetivo y se extravían por el camino.

 

                Hemos debatido este asunto de la descentralización desde antes de las elecciones.  Yo puedo informar y hablar de lo que ha ocurrido en el seno de mi bancada.  Se ha constituido una bancada campesina que, desde que se instaló esta Convención, está trabajando.  Se ha tratado el tema hasta la saciedad en el plenario de la bancada, se constituyó una comisión, se estudió, se acogieron todas las iniciativas, y resulta que ahora nos venimos y nos encontramos con catorce, quince proyectos de gente que quiere figurar en el diario.  Va a figurar seguramente en el diario, pero de una Convención que no llegó a su fin, y no va a ser con sábados ni domingos que vamos a terminar esta Constitución, sino con la autodisciplina consciente, la responsabilidad de alcanzar nuestro objetivo.  Por eso ciudadano Presidente...

 

Aplausos...

 

                Por eso, ciudadano Presidente, me permito lanzar una exhortación a los compañeros Convencionales, respetando, naturalmente, sus legítimas inquietudes, pero rogándoles que no pasemos ante la historia como unos ineptos, que colaboremos todos para salir adelante, y que se aplique el Reglamento, ciudadano Presidente, y marchemos adelante.  Muchas gracias.

 

Aplausos...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Pasa a cuarto intermedio la plenaria, hasta la hora 14:00.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Honorable Convención, ciudadanos Convencionales:  habiendo más de cien Convencionales que hacen quórum, prosigue la sesión de la tarde, se reanuda la misma, y, por Secretaría, se va a dar lectura a pedidos de permiso.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Han solicitado permiso, para el curso de esta tarde, los Convencionales Julio César Vasconsellos, por toda la tarde.  La Convencional Nilda de Marín, a partir de la hora 16:00 y por una hora.  El Convencional Manuel Enrique Doldán, a partir de la hora 18:00.  La Convencional Migdalia Rodríguez de García, notifica de su presencia con retraso, y también, por el curso de toda la tarde del día de hoy, solicitan permiso los Convencionales Carlos Villagra Marsal, Aníbal Saucedo Rodas y Manuel Sardi Segovia.  Es todo, Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias.

 

                Por Secretaría, se va a dar lectura a la Resolución que convoca a sesión extraordinaria para los días sábado y domingo.

 

CIUDADANA SECRETARIA:  Resolución N° 76, que convoca a sesión extraordinaria a la Convención Nacional Constituyente para los días sábados 23 y domingo 24 de mayo de 1992.

 

                Asunción, 20 de mayo de 1992.  Visto la urgente necesidad de adecuarse a los plazos establecidos por la Ley 18/91 para la elaboración de la nueva Constitución, y, considerando que será necesario prever un plazo mínimo para las correcciones de técnica y estilo, luego de concluidas las deliberaciones que el Reglamento Interno, en su Artículo 114, establece que en los casos no previstos en el presente Reglamento, se aplicarán las disposiciones del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados, la cual en su Artículo 43, inciso f) faculta al señor Presidente a convocar a sesiones extraordinarias, en uso de sus atribuciones, el Presidente de la Honorable Convención Nacional Constituyente, resuelve:

 

                Artículo 1°:  Convocar a sesión extraordinaria a la Convención Nacional Constituyente para los días sábado 23 y domingo 24 de mayo del corriente año, a partir de la hora 8:00, para proseguir con el estudio del texto constitucional presentado por la Comisión Redactora, conforme al orden del día que se establece y que forma parte integrante de esta Resolución.

 

                Artículo 2°:  Comunicar a quienes corresponde y, cumplido, archivar.

 

Aplausos...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Muy bien.

 

                Prosigue el estudio del texto constitucional. 

 

                A consideración, el Artículo 157, cuyas diversas propuestas fueron leídas antes de pasarse a ese cuarto intermedio, de manera que queda a consideración de los ciudadanos Convencionales.  Vamos a dar preeminencia a los distintos autores que figuran, en primer término, en las respectivas propuestas.

 

                Queda abierta la lista de oradores.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...:  Pido la palabra, Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene la palabra el ciudadano Convencional Juan Francisco Elizeche o Carlos Mateo Balmelli, de la propuesta N° 3.  No están.

 

                El ciudadano Convencional Esteban Caballero, para sostener la propuesta N° 4, tiene la palabra.  No está.

 

                La Propuesta N° 5.  Se le ofrece la palabra al ciudadano Convencional Gonzalo Quintana.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL GONZALO QUINTANA:  Gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Queda abierta la lista de oradores para los que quieran inscribirse a tiempo.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL GONZALO QUINTANA:  Esta mañana hemos sido calificados, más de veinte Convencionales, porque dicen que planteamos vaguedades y generalidades.  No voy a refutar la afirmación, porque puede ser que el calificador tenga razón.  Pero sí quiero reafirmar la voluntad que los excepcionales no nos harán correr cuando de defender convicciones se trata.  El último excepcional de este país está en Brasilia y nosotros estamos hoy aquí tratando de enmendar sus errores, ciudadano Presidente.

 

                Ahora me voy al tema que nos convoca.  Estamos en presencia del tema esencial.  He venido reiterando, ciudadano Presidente, la importancia que tienen las competencias para la descentralización.  Son las competencias las que definen el carácter y el grado de la descentralización.  Y también, en la competencia y en la asignación de recursos, la idea, el principio de la descentralización, tiene su más grave prueba de veracidad.  Aquí vamos a ver si queremos descentralizar o no el país.

 

                Quiero defender la descentralización tan despiadadamente atacada por esta Constitución, hasta ahora, pero creo que podemos salvar algo de sus principios, si hacemos un buen artículo, y, fundamentalmente, porque podrá evitar los problemas de gobernabilidad que a tanta gente plantea y que parte de su concepción constitucional.  Había manifestado en el día de ayer, ciudadano Presidente, que la descentralización bien hecha incrementa los márgenes de gobernabilidad, trasparencia, credibilidad y eficacia de los sistemas democráticos mediante la ampliación de la participación ciudadana.  Si no hacemos bien este artículo, lo que estaremos haciendo, ciudadano Presidente, es cometer un grave error, que en Latinoamérica ya tiene sus consecuencias. 

 

                En este sentido, el Presidente de la Comisión de Redacción hoy dijo que esto era una novedad, era un tema novedoso, y eso es cierto.  Aquí en nuestro país, ciudadano Presidente.  Pero hay experiencias en Latinoamérica que, de ninguna manera, podemos reeditar, como el caso peruano.  En el caso peruano, ciudadano Presidente, y voy a leer lo que dice un peruano, para ver que si las palabras de Gonzalo Quintana no llaman la atención, vamos a ver si las de un peruano puede llamar la atención.  El Doctor Valentín Paniagua Corazado fue Ministro de Educación en el Perú, y hace una publicación que titula "Descentralización autoritaria y centralista", que es la del tipo de descentralización que nosotros estamos pergeñando, y hace una advertencia que nosotros no podemos desconocer porque sabemos que la consecuencia que sufre el Perú por una mala conceptualización de la descentralización, provoca, es uno de los elementos que provocaron el golpe en el Perú.  Dice este señor, y me voy a permitir leer, ciudadano Presidente,  "Las deficiencias de concepción constitucional, errores de desarrollo legislativo, configuran ahora un panorama poco auspicioso para la descentralización en el Perú.  Los gobiernos regionales, en realidad, recién han comenzado a percibir cuan ilusoria es su economía frente al Poder Ejecutivo.  No advierten del todo todavía en qué medida está librada también al arbitrio del Poder Legislativo.  Todo esto trae como consecuencia un conflicto insalvable entre el gobierno departamental y el poder central como consecuencia de la determinación autoritaria de las atribuciones y subordinación administrativa en su ejercicio".

 

                Este señor, que conoce muy bien de los problemas que plantea una mala conceptualización constitucional, recomienda todas las atribuciones, y haciendo referencia a los gobiernos municipales y comparándolos, dice:  "Todas las atribuciones de las regiones, en cambio, hacen relación con materias en las que el Poder Ejecutivo es igualmente competente y que, naturalmente, deben distribuirse por ley para su ejercicio, y así las atribuciones de las municipalidades son originarias, en tanto que de las regiones son, simplemente, derivadas".

 

                Ciudadano Presidente, en la propuesta que hemos realizado, conjuntamente con otros Convencionales, tomamos con mucha seriedad esta experiencia latinoamericana.  Es así como estamos planteando, en un párrafo, que naturalmente deben distribuirse por ley para su ejercicio, y así las atribuciones de las municipalidades son originarias, en tanto que de las regiones son simplemente derivadas.

 

                Ciudadano Presidente:  en la propuesta que hemos realizado conjuntamente con otros Convencionales tomamos con mucha seriedad una orientación general sobre las competencias del Gobierno Departamental.

 

                Para que no existan estos tipos de conflictos, ciudadano Presidente, la mayoría de los países que han procedido o han iniciado un proceso de descentralización exitoso, han coincidido en darle atribuciones políticas administrativas a los Municipios y funciones socio-económicas a los Departamentos, a las Regiones.

 

                En ese ámbito general, ciudadano Presidente, nosotros establecemos las funciones de coordinación y de planificación socio-económicas, establecemos para salvaguardar la economía municipal, que se tiene que hacer con verdadero espíritu de descentralizador, que no consiste en sacar atribuciones a organismos menores, porque en ese proceso estamos centralizando y no descentralizando, de complementariedad a la acción municipal.  Y luego una corrección, no es la subsidiaridad, sino desubsidiaridad del Gobierno central. 

 

                Y en la prestación de servicio que determine la Constitución y la ley, porque el Gobierno Departamental, en algún Gobierno consciente, puede percibir que le sea más eficiente y útil delegar algún tipo de servicios nacionales, para que se encargue el Gobierno Departamental.

 

                Pero, ciudadano Presidente, en la segunda parte de esta propuesta, está, creo yo, la base mínima que va a garantizar una conceptualización de la descentralización que nos va  a permitir realmente que la descentralización sea un instrumento de eficiencia y un instrumento de democratización.  Esto se refiere a las competencias privativas, las competencias que no dependen más que de ese Gobierno Departamental.

 

                En ese sentido, ciudadano Presidente, estamos proponiendo que una de ellas sea las obras públicas que se desarrollen íntegramente en el territorio del Departamento.

 

                La idea, vuelvo a insistir, de la descentralización es la eficiencia, la eficiencia en la atención de aquellas cuestiones, de aquellos problemas, que son demasiado grandes para que atiendan los Municipios y son demasiado pequeños en importancia para que tengan toda la atención de parte del Gobierno Central.

 

                Y esa es una experiencia que la estamos viviendo diariamente la gente en este país.  Hay cientos de obras públicas, caminos, alcantarillados, puentes que hoy están atendidos por juntas vecinales, ciudadano Presidente, sin ningún tipo de apoyo.  En estas obras públicas, como los caminos, por ejemplo, y puede ser de otra naturaleza, evidentemente un Gobierno Departamental va a tener la posibilidad de resolver este tipo de problemas que nadie hoy los están atendiendo.

 

                La segunda propuesta es la caza y pesca, ciudadano Presidente.  Yo creo que la caza no va a tener ningún tipo de problemas, porque eso tiene un ámbito territorial muy evidente de acción.  Sin embargo, se podría pensar que la pesca sería una exageración, en cuanto que puede significar la regulación por la extensión de los cursos de agua de más de un Departamento.

 

                Nosotros hemos reconocido que el Gobierno central va a tener, ciudadano Presidente, una obligación fundamental de protección ambiental.  Quiere decir que esta Constitución, es cuestión del equilibrio ecológico.

 

                Quiere decir, ciudadano Presidente, que ésta es una cuestión en que va a haber una normativa general establecida en la ley, pero es evidente que los mecanismos de control y de normativa y reglamentación puntual, de acuerdo a esa ley general va a ser más eficientemente atendida por los Gobiernos que están viendo lo que está pasando en su curso de agua.  Y se refiere siempre al ámbito territorial, del cual no se puede divorciar el concepto de la descentralización.

 

                La tercera propuesta, ciudadano Presidente, es el tema de las minerías, y de los recursos hídricos dentro de su territorio.  Esto creo que no tiene ningún problema porque se referirá a la regulación, a la promoción de su explotación, en los términos que se refieren en general este capítulo limitado por las disposiciones de la Constitución y la ley.

 

                Cultura, turismo y artesanía, no creo que haya ningún tipo de objeción.

 

                Seguridad y tránsito dentro del territorio y fuera del éjido Municipal.  Sabemos, ciudadano Presidente, que en el interior del país, el tránsito no está controlado, excepto en los Municipios organizados que tienen de alguna manera una Policía Municipal, que está garantizando esta seguridad y el tránsito.  Sin embargo, todas las rutas, todos los caminos vecinales no tienen ningún control, y la importancia que tiene esto, no solamente es de la seguridad, sino tiene una consecuencia económica fundamental, ciudadano Presidente.

 

                A la gente del interior del país, por falta de normativa, de regulación y de control, el esfuerzo económico, el esfuerzo humano, el esfuerzo en tiempo que ponen los vecinos, para cuidar de un camino, es destrozado literalmente en un minuto por la irresponsabilidad de los grandes transportes.  Rutas que no pueden soportar cargas mayores de cuatro o cinco mil kilos, son destrozados por camiones de veinticinco, y treinta mil kilos sin ningún tipo de control y tiene una consecuencia socio-económica realmente grave para toda la zona que está afectada por este tipo de irresponsabilidad.

 

                Finalmente, ciudadano Presidente, proponemos la competencia de puertos y aeropuertos deportivos y de cabotaje.  Esto se refiere exclusivamente al ámbito interno del Departamento.  De ninguna manera, estamos afectando las competencias que le son propias al Gobierno, al Gobierno central.

 

                Debo decir, ciudadano Presidente, que encuentro que esto es lo mínimo, lo mínimo que se puede regular en materia de competencias, para evitar, reitero, este conflicto que puede generar la indefinición de competencias en donde el Gobierno Departamental no es más que el ejecutor de las Políticas Ministeriales en la medida que esas Políticas y los recursos que ellos, estos órganos centrales designan, le permitan realizar.  Esto es lo mínimo que se puede pedir para garantizar que el Gobierno Departamental no vaya a ser la creación de nuevos puestos públicos inútiles, que van a tener una tarea de la cual ellos van a ser absolutamente responsables de realizar.

 

                Quiero referirme, ciudadano Presidente, a la Propuesta N°7, que me causa una gran simpatía, porque los que pudieron revisar las distintas propuestas presentadas a esta Convención, coinciden con el proyecto que algunos de nosotros habíamos diseñado.  Pero esto, ciudadano Presidente, se refiere a las funciones de la Junta Departamental y al Gobernador y desgraciadamente no establecen realmente ningún tipo de competencia.  Esta propuesta yo lo había presentado a mi Partido, a mi bancada, y a esta Convención, y he aceptado, con mucho gusto la sugerencia de que íbamos a entrar en un excesivo reglamentarismo, y que era más propio de la ley.  Sin compartir totalmente este pensamiento he aceptado esa idea, pero quiero advertir, reiterar, que la Propuesta N°7, en realidad, no establece ningún tipo de competencia, sino que define las funciones de los dos órganos de Gobiernos Departamentales.

 

                En cuanto a la Propuesta Base, ciudadano Presidente, no hace más que describir la tarea que tendría que realizar cualquier Organización, cualquier Comisión Directiva de un Club de fútbol.  Si esa Directiva no coordina, si esa Directiva no planifica, si esa Directiva no elabora planes, no coordina acciones, no sé qué tendría que hacer.  Esta Propuesta Base, no determina ningún tipo de competencia.

 

                Gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Por Secretaría se va a dar lectura a la lista de los oradores inscriptos.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Domingo Delvalle, Evelio Fernández, Carlos Avalos, Rubén Romero, Jorge Dos Santos, Carlyle Gauto, Rodrigo Campos Cervera, Pedro Rodríguez, Luis Duarte Molinas, Victor Hugo Paniagua, Bernardino Cano Radil y Emilio Oriol Acosta.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  La Presidencia declara cerrada la lista de oradores.

 

                Prosigue el uso de la palabra.  El ciudadano Convencional Carlos Avalos, proyectista.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS AVALOS FLORES:  Gracias, ciudadano Presidente.

 

                Ciudadanos Convencionales:  he presentado una propuesta de agregado al Artículo 157, en el inciso 4°), y la incorporación de un nuevo inciso.  En el inciso 4°), un agregado que hace referencia a la integración de los Consejos de Desarrollo Departamental, con el agregado también de la organización, o sea la integración y la organización de los Consejos de Desarrollo Departamental.

 

                Es probable, ciudadano Presidente, y ciudadanos Convencionales, que una ley de carácter general pueda establecer más adelante los mecanismos básicos y un marco general dentro de los cuales pudiesen desenvolverse los Consejos de Desarrollo en los distintos Departamentos.  Pero no es menos cierto, ciudadano Presidente, que la peculiaridad que tiene cada región o cada Departamento, de nuestro país, requeriría de reglamentaciones más específicas.  Por eso el agregado de la organización que daría la posibilidad a los Gobiernos Departamentales a reglamentar y a organizar esos Consejos de Desarrollo dentro de sus respectivos Departamentos, con reglamentos bien claros y bien específicos, que hagan relación a las situaciones propias y a las situaciones total es, muchas veces diferentes y cambiantes de cada Departamento.

 

                Como se puede observar, ciudadano Presidente, es apenas un agregado, pero que yo creo que es de mucha necesidad en ese inciso.

 

                El nuevo inciso, ciudadano Presidente, que propongo incorporar al Artículo 157, que es el control operacional de la Policía Nacional en el Departamento, considero que es de suma necesidad, en virtud de que existe una laguna en el Proyecto Base, ciudadano Presidente, porque no se establece ningún tipo de vínculo, ningún tipo de relación, ningún tipo de subordinación de la Policía Nacional al Poder Político, que en este caso sería la Gobernación.

 

                Tenemos que recordar, ciudadano Presidente, que el Proyecto Base en su Artículo 232, inciso 9°), nos trae claramente desarrollado que el Presidente de la República es el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, y también de las Fuerzas Policiales.  En ese sentido, se establece claramente, que las Fuerzas Armadas y Policiales, dependen del Poder Político.  Y de la misma manera, ciudadano Presidente, nosotros consideramos que, el control operacional de la Policía Nacional dentro de un Departamento debe estar bajo potestad de los Gobiernos Departamentales, porque aquí quiero advertir a los Ciudadanos Convencionales, ciudadano Presidente, que podríamos caer en que estaríamos creando un poder poderosísimo, una Fuerza Policial sin control, en los distintos Departamentos si no lo dejásemos subordinado al control del Poder Político, en este caso de las Gobernaciones.

 

                Yo creo, ciudadano Presidente, que es sumamente importante de que llenemos ese vacío, esa laguna, que estamos encontrando en el relacionamiento entre el Poder Político y la Policía Nacional.

 

                No discuto, ciudadano Presidente, la posibilidad de que más adelante, una vez sancionada esta Constitución Nacional, una ley orgánica Policial, pueda desarrollar mejor cuál será el sistema de relacionamiento y de control que pueda ejercer la Gobernación con la Policía Nacional sin poner impedimento en su función operacional.  Pero considero, ciudadano Presidente, sumamente válida, esta presentación que hago, de tal manera a dejar precautelado también, que pueda tener el Poder Político sobre una Fuerza Policial, que ostenta el uso de las armas.

 

                Por estas breves exposiciones, ciudadano Presidente, solicito  a mis compañeros Convencionales, en lo posible, su adhesión a través de su voto, para que estos dos agregados se hagan al Proyecto Base.

 

                Muchas gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Carlyle Gauto, para sostener la Propuesta N°7 presentada.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLYLE GAUTO SANABRIA:  Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  con el proyectista de esta moción, hemos hecho de esto un pensamiento, de lo siguiente, atendiendo al Artículo 155, que proviene de la Comisión Redactora, y entiendo que la tratada en la Comisión de la Convención dice:  "El Gobierno de cada Departamento estará a cargo de un Gobernador y una Junta Departamental".  O sea, son dos Órganos que tienen a su cargo el Gobierno de cada Departamento.

 

                El Artículo 157 del Proyecto Base, dice:  "Es competencia del Gobierno Departamental", es decir, está incluyendo ahí, a los dos Organos de esa Institución.

 

                Pensamos que hay una superposición.  Atendiendo a estos dos Artículos, se puede notar la confusión de atribuciones o competencia del Gobernador y de la Junta Departamental que, de aprobarse el 157, su implementación conllevaría, a nuestra manera de ver, un caos tremendo, una confusión, una superposición, de competencia y atribuciones, y, por sobre todo, corremos el serio riesgo de caer en un apuro, en cuanto a su implementación.

 

                Ciudadano Presidente:  voy a referirme, a lo que un preopinante ya se refirió; vuelvo a sacar, o saco al tapete lo que dijo el ex Ministro de Educación del Perú, Valentín Paniagua Corazao, en su documento de descentralización autoritaria y centralista.  Dice, en una parte que lleva el título "Centralismo y Autoritarismo": "La Descentralización que el Perú inició en 1980 con inmensa ilusión, comienza a afrontar graves visicitudes, deficiencias de concepción Constitucional, errores de desarrollo legislativo, vuelvo a repetir esta parte, deficiencia de concepción Constitucional, errores de desarrollo legislativo, configuran ahora un panorama poco auspicioso".  Un botón como muestra, dice.  Este señor, en su documento, atribuye el fracaso de la descentralización del Perú a la propia claridad en los textos Constitucionales, a la falta de atribución específica, a la falta de dotación de atribuciones y competencias específicas en los órganos e instituciones creados para los efectos de la descentralización.

 

                Ciudadanos Convencionales, ciudadano Presidente:  cuidémonos de que en nuestro pensamiento de dotar de una Constitución desarrollista al país, no caigamos en un fracaso.  Esta descentralización que estamos proponiendo en su fin es una cosa bella, es una cosa linda que anhela para su desarrollo el pueblo paraguayo, pero su implementación sabemos que no es sencilla.

 

                Ciudadano Presidente:  quiero remitirme a otra Constitución, a la Constitución de Colombia, que establece específicamente la competencia y atribuciones de las Asambleas Departamentales -que viene a equipararse con lo que es la Junta Departamental- en su Artículo 300 en una forma bien detallada, en una forma clara.  También en su Artículo 305 habla sobre las atribuciones y competencias del Gobernador.

 

                También la Constitución del Uruguay lo establece en forma detallada.

 

                Ciudadano Presidente:  tratando de evitar esos inconvenientes, de caer en un tropiezo en la implementación de la descentralización, que nos llevaría a nosotros los Convencionales a una responsabilidad tremenda en sentido negativo.  Tratando de evitar esto, hemos presentado este proyecto, el número 7, diferenciando la competencia de uno y otro órgano instituidos para el Gobierno Departamental.

 

                Ciudadano Presidente:  lo que proponemos, en esencia, es  establecer en forma efectiva las competencias ejecutivas de planes del Gobierno Nacional y departamentales, para el Gobernador, y legislativas de planes de Gobierno departamentales en coordinación con el Nacional, para la Junta Departamental.

 

                Ciudadano Presidente:  quisiera referirme un poco a lo que están diciendo, que la competencia, la competencia de la Junta Departamental fue diferida a la ley.

 

                Ciudadano Presidente:  eso no es cierto, la competencia fue derivada a la ley, pero en Comisión, y en ningún momento, todavía, fue aprobada por la plenaria.  Es decir, no podemos invocar eso, ciudadano Presidente.  Y por sobre todo, si es que así, así se aprueba, no hay ninguna prohibición, no hay ningún obstáculo en que se apruebe, así como lo proponemos en cuanto a la competencia para las Juntas Departamentales, por no existir prohibiciones.  Eso sí, las competencias no establecidas en esta Constitución pueden ser derivadas a la ley.

 

                Ciudadano Presidente:  llamo la atención con lo expuesto a mis compañeros Convencionales, y solicito la aprobación del proyecto que nosotros hemos presentado.

 

                Gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Domingo Delvalle.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL DOMINGO DELVALLE GARCIA:  Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  el tema de la descentralización necesita imperiosamente la mente fría y racional de los compañeros Convencionales.

 

                Desde mi punto de vista, el tema específico de la competencia, en el marco Constitucional, debería tener los puntos en los cuales se basen en forma general las competencias Departamentales.  Y para no dejar laguna, y, especialmente, para que exista flexibilidad, y que el Gobierno central pueda armónicamente integrarse con los Gobiernos Departamentales, y recíprocamente los Gobiernos Departamentales, que son instituciones nuevas, puedan integrarse al Gobierno central, debemos dejar un espacio o un mecanismo para que gradualmente se realice esta integración.

 

                Hago una salvedad para que la explicación tenga un sentido exacto.  En la Propuesta N°7 se habla específicamente de la elaboración y sanción de planes de desarrollo Departamentales.

 

                Este tema mereció de quien les habla, prácticamente una disertación ante la Comisión Redactora.  Recuerdo muy bien que fue un viernes a las 12 y 30 de la mañana.  Tuve que esperar 5 horas anticipada al Presidente de la Comisión Redactara, a quién le manifesté mi deseo de exponer sobre el tema.  Y, efectivamente, mereció la atención de los miembros de la Comisión Redactora, y en el momento, ese día, que fue prácticamente el último día de trabajo, en el tema específico de la política económica del Estado, se habla de los planes o programas, y he hablado ampliamente sobre este tema, como profesional, en la Comisión Redactora, explicando la situación.  Ellos lo acogieron, entiendo, con mucho agrado, pero, lastimosamente, en la Subcomisión, un Convencional, que en este momentos ha pedido permiso, ha presentado una propuesta que no fue considerada por la Subcomisión, que directamente entró como un capítulo en la Comisión Redactora, y, efectivamente, así está viniendo ya para ser tratado acá en la plenaria. 

                Y brevemente voy a dar la explicación, y, en su momento, cuando tratemos el capítulo pertinente, me permitiré nuevamente hacer esta exposición y aclaración.  Y aclaro sobre el tema, que prominentes dirigentes de la oposición se me han acercado, preocupados, para que, sobre este tema, nuevamente me explaye, no por el hecho de que ellos sean dirigentes, sino más bien, atendiendo a la situación por la cual está adecuada la economía general del país y su inserción en el campo internacional.  El Paraguay no es un país socialista.  No se rige por planes económicos, no es un país centralista, ni no tiene una política dirigista. 

 

                Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  doy -en más de una oportunidad ya lo he manifestado- el lugar, el aprecio y la estima de los conocimientos a cada ciudadano, en la medida de lo justo, respetando los conocimientos en aras de que nosotros hemos venido a esta Convención a legislar en forma justa para todos los ciudadanos y sin tratar de perjudicar, en el más mínimo sentido, a la población en general, a sus intereses.

 

                En ese sentido, me reitero y me ratifico en que se ha obrado mal desde un principio y que no debería seguirse con esa política; caso contrario, estaríamos, desde un principio, dejando un nefasto precedente constitucional que ha merecido, en reiteradas ocasiones artículos en los periódicos, exposiciones televisivas, etc.  Por eso ruego la especial atención, porque creo que este segundo párrafo de la propuesta N° 7 fue elaborado sin que los articulistas hayan querido cometer un error.  Pero, desde el punto de vista económico, existe una grave contradicción con lo que realmente es el país; caso contrario, nosotros debemos cambiar totalmente y declararnos un estado socialista.  Gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Ciudadano Convencional: ha usado once minutos.

 

                La Presidencia ruega a los siguientes oradores que se concreten al tema de la competencia.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Evelio Fernández.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS:  Gracias, ciudadano Presidente.  Voy a solicitar de los colegas su apoyo al Proyecto Base, fundado en las consideraciones que deseo sean breves.

 

                Es evidente que, habiendo creado el instituto, es necesario e ineludible atribuirle competencias y funciones.  Y el Artículo 157 está orientado, precisamente, a ese propósito.  Esas competencias y funciones, tal cual las expresa el Proyecto Base, de ninguna manera son aquellas que pueden ser inherentes a cualquier club de fútbol, como dijo un preopinante, puesto que no es propio de ninguno la coordinación de las actividades con las distintas municipalidades del departamento, la organización de los servicios departamentales comunes, tales como obras públicas, provisión de energía, agua potable y demás, que afecten en común a más de un municipio y la promoción de asociaciones de cooperación entre ellos; tampoco la elaboración del plan de desarrollo departamental y la formulación presupuestaria anual a ser considerada en el Presupuesto General de la Nación; tampoco la coordinación de la acción departamental con las actividades del gobierno central; y, por último, tampoco la integración de los consejos de desarrollo departamental.

 

                La idea básica, sobre la cual construyó la Comisión Redactora esta propuesta, se asienta en dos circunstancias, en primer lugar, que se trata de un instituto que estamos creando ahora, que no tiene raíces históricas en el Paraguay, que es un experimento que estamos iniciando, y que, consecuentemente, es conveniente establecer atribuciones y competencias en forma general y no muy pormenorizada, puesto que, como toda cosa que se está creando, que nace y que tiene que dar sus primeros pasos, es menester que la experiencia vaya haciendo de maestra para que se adopten por la ley las decisiones puntuales respecto a esos temas.

 

                En segundo pivote sobre el cual se asentó esta formulación, es que, como sentido estratégico, nos decidimos por la fortificación primaria de las municipalidades.  En la opción de dar máximas atribuciones al gobierno departamental o de asentarlas en los gobiernos municipales, la Comisión consideró conveniente fortificar a los gobiernos municipales, en la inteligencia de que las atribuciones que fueran a engrosar el gobierno departamental, lo serían sobre la base de un detrimento de las funciones y atribuciones de los gobiernos municipales.

 

                Esto es un punto de vista fundamental, porque, en la medida en que el gobierno departamental tiene más atribuciones y competencias, ellas irán, necesariamente, en detrimento de aquellas que competen, hasta ahora, a los municipios.  Y los municipios, ciudadanos Convencionales, son una realidad histórica en el Paraguay, en cierta manera, pre-existente a nuestra propia nación como país independiente.  Tienen una experiencia histórica, una incidencia social, una recepción en la costumbre y el uso, que hace que ellas funcionen efectivamente, y sobre la base de su existencia y funcionamiento, puedan perfeccionarse con relativa facilidad.  Pero con un experimento, con un instituto totalmente nuevo acá en la órbita de nuestro país como es el gobierno departamental es conveniente ser prudentes, y, entonces, ceñir el ámbito de sus competencias al mínimo posible, pero eso sí, dejando sentada una cláusula habilitante que, de acuerdo con la experiencia, amplíe esas competencias, de acuerdo con el rendimiento y la capacidad que demuestren los futuros gobiernos departamentales, y esa cláusula habilitante está estatuida en el apartado quinto, cuando dice:  "Las demás competencias que fijen esta Constitución y la ley".

 

                Los ciudadanos Convencionales ya habrán tenido la oportunidad de estudiar el Proyecto Base.  Me toca, nada más, en consecuencia, compararlo con algunas otras propuestas que están a la vista.  Referente de la propuesta 3, la diferencia es mínima, puesto que la propuesta 3 se ciñe a eliminar el inciso 4) que dice:  "La integración de los consejos de desarrollo departamental".  Básicamente, esa es su innovación. 

 

                Referente a la propuesta 4, quiero decir que esta propuesta encierra una serie de enunciados que pueden originar dificultades insalvables.  En primer lugar, en su apartado 2) dice que "los presupuestos de los planes de desarrollo departamental deberán ser considerados por el Presupuesto General de la Nación".  Esto implica, o puede implicar, o se puede interpretar -tal vez no se quiso decir eso, pero se dice- que el gobierno departamental elaborará su propio presupuesto.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...:  ¿Me permite una interrupción, ciudadano Convencional?.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS:  Sí, como no.  No hay problema.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...:  Como se está refiriendo a la propuesta N° 4, el titular de la misma, el proyectista, ha retirado la propuesta N° 4.  Entonces, para acelerar un poco más el trámite, y al mismo tiempo, ha pedido permiso por razones de salud.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS:  Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS:  Paso, entonces, a la propuesta N° 5.  La misma, en su primer parágrafo, hace un resumen bastante parecido a lo que propone la Comisión Redactora en su redacción general, pero -y esto es lo grave del asunto- establece que serán competencias privativas, y reitero la expresión "privativas" porque implica que solamente son atribuciones de los gobiernos departamentales y no de las municipalidades y no del gobierno nacional; las obras públicas que se desarrollen íntegramente en el territorio departamental.  Toda la materia de caza y pesca, minería y recursos hídricos dentro de su territorio, cultura, turismo y artesanía, seguridad y tránsito dentro del territorio y fuera del éjido municipal, puerto y aeropuertos deportivos de cabotaje y las demás que fije la ley.  Y esto es sumamente grave. 

 

                En primer lugar, el apartado 3), en lo que se refiere a minería y recursos hídricos dentro de su territorio, choca frontalmente con el Artículo 108 que hemos aprobado, y que establece terminantemente que corresponde al estado el dominio de todos los minerales sólidos, líquidos y gaseosos que se encuentren en estado natural en el territorio de la República, que el estado podrá otorgar concesiones a personas o empresas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que la ley regulará el régimen económico que contemple adecuadamente los intereses del Estado, de los concesionarios, de los propietarios que pudieran resultar afectados.  De manera que, no se puede concebir esta enunciación dentro de la sistemática ya aprobada en nuestra Constitución.

 

                En segundo lugar, ¿qué sentido tiene atribuir en forma exclusiva a los gobiernos departamentales lo relativo a cultura, turismo y artesanía?.  No tiene absolutamente ningún sentido.  Esto es una atribución, tanto del gobierno nacional, cuanto de las municipalidades.  ¿Qué sentido tiene atribuir al departamento, al gobierno departamental, seguridad y tránsito dentro del territorio y fuera del éjido municipal?.  Fuera del éjido municipal no existe nada porque nuestro sistema es universalístico: cada punto dentro de un departamento es también un punto que pertenece a un municipio.  Consecuentemente, ¿cómo es que va a regular la seguridad y tránsito fuera del éjido municipal?.  Tendrá que ser en la estratósfera.  Tampoco tiene ningún sentido lo de puerto y aeropuertos deportivos y cabotajes.  Aún en los países de Constitución federal, los puertos y aeropuertos no son provinciales, sino pertenecen a la órbita federal o nacional. 

 

                Y, por último, tampoco puede ser atribución exclusiva de los departamentos la caza y la pesca.  Ello, porque atenta contra lo que hemos dispuesto en los apartados, en los Artículos 7 y 8 de esta Constitución respecto a la protección del ambiente, que, lógicamente, no solamente involucra, en la mayoría de los casos, a un departamento, sino a más de uno.

 

                Señores, no quiero extenderme más sobre el tema y dejo librado al buen criterio de los ciudadanos Convencionales pensar en el error, para mí, bastante grave que contiene la propuesta N° 5, al atribuir competencias privativas a los gobiernos departamentales, a los indicados.  Ni siquiera el apartado 1), que pareciera, más o menos, aceptable, lo es.  Dice:  "Las obras públicas que se desarrollen integralmente en el territorio departamental".  Vamos a suponer que el gobierno nacional desee construir un hospital nacional en el ámbito de un departamento.  ¿Lo prohibirá este articulado?.  Parece que sí.  O, pareciera que, si se construye el hospital nacional, va a tener que caer su administración, cuanto menos, en la órbita del gobierno departamental, lo cual no tiene absolutamente, a mi juicio, ningún fundamento.  O, el trazado de una ruta.  Aúnque el trazado de una ruta sea y cubra el ámbito nada más que interno de un departamento, puede haber intereses nacionales que hagan que en su trazado intervenga el gobierno nacional.

 

                Y por último, para terminar con esta farragosa exposición, me voy a ocupar de la propuesta N° 7, que tiene el inconveniente básico de su excesivo puntillismo y detallismo  para un instituto que, lo repetimos, está in "status nacens", que es un experimento nuevo dentro del país y que tiene que tener flexibilidad, de manera tal que hay que cubrir el aspecto básico y dejar a la ley que, de acuerdo con la experiencia, vaya ampliando, restringiendo, o, de alguna manera, señalando nuevas rutas que posibiliten su desarrollo.  Nada más, ciudadano Presidente.

 

Aplausos...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Rubén Romero.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL RUBEN ROMERO:  Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  luego de la brillante exposición del preopinante, y a fin de no caer en repeticiones innecesarias, me queda respaldar, en su totalidad, el Proyecto Base de la Comisión Redactora. Pero, sí, también quiero referirme un poco a la propuesta N° 6, con relación a la agregación de un inciso que habla sobre el control operacional de la policía nacional en el departamento, que está previsto en el Artículo 169 del proyecto constitucional.

 

                Considero que es necesaria la inclusión de este inciso, porque, de lo contrario, no tenía razón de ser la descentralización político-administrativa.  El gobernador solamente va a ser un gestor departamental sin que tenga este poder operacional en cuanto al orden público.  Además de eso, acá lo que, -si realmente esto no incluimos-, lo que va a suceder es reemplazar al delegado de gobierno por un jefe de la policía nacional departamental, y tenemos demasiado mala experiencia de policías de carrera que van de la capital al interior de la República con el solo objetivo de llenarse los bolsillos.  Por lo tanto, necesitamos de una autoridad departamental que tenga a su cargo, justamente, coordinar en la operación de las funciones de la policía nacional.  Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Jorge Dos Santos.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL JORGE DOS SANTOS:  Muchas gracias, Presidente.  Ciudadanos Convencionales:  yo también quisiera profundizar en lo que acaba de manifestar el preopinante, partiendo de la premisa fundamental de que cualquier poder debe estar supeditado al poder civil.  Tenemos una tradición poco civilista en nuestro país.  Una de las virtudes, de las muchas, que creemos, tiene la descentralización, va a ser la de consolidar la transición democrática, consolidar la democracia en nuestro país. 

 

                Por lo tanto, entiendo yo, adhiriéndome al Proyecto Base, en donde se enumeran algunas competencias o funciones, como se les quiera llamar, y, posteriormente, se deja librado a la ley las demás funciones que pudieran poseer los gobiernos departamentales.  También quiero manifestar que, si se cae en la minuciosidad, en el detallismo, corremos el riesgo de entrar a violar la autonomía municipal.  No debemos forjar la descentralización sacrificando la autonomía municipal, pues allí estaríamos haciendo un trabajo totalmente a la inversa.  En ese sentido, como muestra, puedo citar esta propuesta que ya fue retirada, pero que como muestra, establece en su inciso 1), la propuesta N° 4 del Convencional Esteban Caballero, que ya fue retirada, en su inciso 1) habla de coordinar la prestación integral de los servicios de competencia municipal.  Es una velada intervención en los asuntos de las municipalidades. 

 

                Por lo tanto, así, pasando revista a todas las propuestas, entendemos que la mejor de ellas es la que viene de la Comisión Redactora, el Proyecto Base, y también aprovecho para manifestar mi apoyo, mi voto a la propuesta N° 6 del ciudadano Convencional Avalos Flores, en el nuevo inciso, en el cual habla del control operacional de la policía nacional en el departamento.  Si no, estaremos corriendo un riesgo, que ya lo ha señalado un preopinante, de crear un poder fáctico dentro del departamento, porque debemos entender, estimados ciudadanos Convencionales, que vamos a crear la policía nacional en un sentido totalmente inverso a lo que nosotros, los campesinos, deseamos. 

 

                Nosotros deseamos y queremos, la estamos consiguiendo, la descentralización.  Y la policía nacional se está centralizando.  Por lo tanto, hago este llamado de reflexión, de atención, principalmente, para que no creemos simples gestores departamentales, como ya lo manifestó el compañero preopinante.  También, que la policía esté supeditada al poder civil en los departamentos y no constituya un factor de obstáculo, un poder que esté por encima del poder civil, del poder constitucional que estamos creando.  Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Rodrigo Campos Cervera.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL RODRIGO CAMPOS CERVERA:  Gracias, Presidente.  Muy brevemente.  Un preopinante hizo una crítica, quizás no muy piadosa, pero extraordinariamente objetiva, lo que evita referirme a esos aspectos puntuales.

 

                Voy a hacer, simplemente, ciudadano Presidente, una reflexión inspirada en el trialismo de Goldschmidt, que ofrece un procedimiento que, yo creo, quizás siguiéndolo, podríamos avanzar en el proceso de redacción de nuestra Constitución.  Sostiene Goldschmidt que en todo proceso de creación de la ley, y mucho más concretamente de la ley suprema, es necesario atender a tres órdenes.   El orden de la realidad, donde se da el comportamiento y los hechos políticos, tanto en la faz agonal o de lucha por el poder, en la faz de ejercicio del poder y en la faz plenaria o de conjunción de ambos órdenes. 

 

                Por otra parte, también señala Goldschmidt, el orden normativo, ese orden normativo que debe traducir, necesariamente, el aspecto de nuestra realidad.  Y en este sentido, ciudadano Presidente, creo que, quienes estamos animados por el más sano interés de que se produzca una descentralización dentro de los límites racionales y posibles, queremos, ciudadano Presidente y compañeros Convencionales, que este avance no sea apresurado o extremo al punto de que haga decaer, precisamente, el terreno que se quiere ganar y los objetivos que se quieren alcanzar.

 

                Y ahí deja Goldschmidt, la última parte o el último orden, que es, precisamente, el orden axiológico, el que permite establecer la justicia, el equilibrio entre la tensión que se produce entre la norma y la realidad.  En ese orden de cosas, apelo a los compañeros Constituyentes que, precisamente, atiendan este orden axiológico que permite, digo, disipar esa bipolaridad que se da entre la tensión de la norma y la realidad.  Y no caigamos, ciudadano Presidente, en afanes que pudieran desnaturalizar, repito, los propósitos que queremos obtener. 

 

                En ese orden de cosas, ciudadano Presidente, también es conveniente recordar que la Constitución es el ordenamiento o la ordenación de las competencias supremas del estado.  Y en ese orden de cosas, ciudadano Presidente, no podemos nosotros descender o conferir competencias muy puntuales a otros órganos que integran el Estado, pero que no responden a esa supremacía que señala el autor mencionado que seguimos.  Las competencias deben estar plenamente limitadas en cuanto a los poderes del Estado, a los tres poderes del Estado.  Los demás órganos que integran también el Estado deben estar establecidas sus competencias generales, pero no incurrir en el error de pormenorizarlas, lo que es tarea plena e irrestricta de la propia ley.  No asumamos el papel de legisladores y Constituyentes al mismo tiempo.  Tenemos que diferenciar esos roles. 

 

                Ese es el sentido de mi exhortación, ciudadano Presidente, y termino solicitando, nuevamente, a los compañeros Convencionales, que, precisamente, ese anhelo a cuya realización todos hemos contribuido, no se malogre por querer imprimirle una fuerza, un avance superior a la que nuestra propia realidad histórica nos induce hacerlo con justicia y razonabilidad.  Gracias, ciudadano Presidente.

 

APLAUSOS...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Pedro Rodríguez.

 

                No está en la sala.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Luis Duarte Molinas.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS DUARTE MOLINAS:  Gracias ciudadano Presidente. 

 

                Ciudadanos Convencionales:  estoy muy de acuerdo con el Convencional Evelio Fernández en su exposición en cuanto a lo que se refiere a la descentralización.  Siempre he sido partidario de la descentralización como un representante del campesinado paraguayo, pero así como he sido partidario de la descentralización, siempre he tratado de que se compatibilicen los intereses nacionales con los del interior, de tal forma que la descentralización sea algo efectiva y vaya en beneficio del campesinado.

 

                Pero estoy viendo con cierta preocupación ciertos hechos que vienen a desnaturalizar esa idea descentralizadora que queremos; no quisiera agregar conceptos ya manifestados por otros preopinantes, pero me voy a referir en forma especifica en una materia que hace a mi competencia en relación a los años de servicio y al conocimiento que tengo en la materia.  Dice la propuesta 6, como un agregado del nuevo inciso, el control operacional de la policía nacional en el departamento.

 

                No sé si estoy equivocado o no, y si lo estoy espero que me perdonen, pero creo que desde el momento mismo en que se tenga un gobernador con policía a su cargo, viene a ser ya una federalización.  En segundo término, mal podría un jefe de policía ir a consultar con un gobernador a acerca de una operación que deba hacer en relación a un mandato judicial que había recibido del juez competente.

 

                También mal podría tener tres mandos el jefe de policía, pero en este caso tendría que hacer el gobernador el jefe de policía nacional y también el mismo presidente de la República y el Ministerio del Interior, por su naturaleza.  Quiero también mencionar que no es cierto que no esté escrito o no esté precisado el vínculo con el poder político del departamento, porque el artículo referente a la policía nacional que es el 169, taxativamente, en una de sus partes, dice:  "Ejecutar los mandatos de la autoridad competente" y para mí que la autoridad competente en el departamento...es el gobernador, en este caso, el intendente, el juez y otras autoridades que emanan de las autoridades correspondientes.

 

                Yo por eso, ciudadano Presidente, sin ánimo de polemizar, no soy partidario del agregado de este inciso en la competencia de los gobernadores y me opongo... Apoyo el Proyecto Base.  Gracias, ciudadano Presidente.

 

APLAUSOS...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias ciudadano Convencional.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Carmelo Benítez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARMELO BENITEZ:  Declino ciudadano Presidente.

 

APLAUSOS...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Muchas gracias.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Juan Félix Bogado Gondra.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN FELIX BOGADO GONDRA:   Ciudadano Presidente:  lastimosamente no declino, pero seré breve.

 

                Después de la exposición de brillantes preopinantes, quiero expedirme también a favor de la Propuesta Base y advertir dos cosas con respecto a un inciso, el inciso propuesto por el Convencional Carlos Avalos referente al control operacional de la policía nacional en el departamento.  Creo que eso de que alguna manera ya está incluido en el inciso en que se habla de la coordinación de la acción departamental con las actividades del gobierno central.

 

                En segundo lugar, con relación a la temática en general, a los temas muy abundantes que se dan en estas diversas mociones, quiero advertir a los ciudadanos Convencionales y también al ciudadano Presidente que, haciendo un contaje somero de los distintos temas, hay por lo menos 18 temas distintos en estas 6 mociones en este momento, razón por la cual me adelanto en sugerir al ciudadano Presidente y a los ciudadanos Convencionales, que no se nos ocurra pretender votar por temas, es decir me expido categóricamente a favor del Proyecto Base y también me adelanto en sugerir que se vote propuesta por propuesta y no tema por tema.  Nada más, ciudadano Presidente.

 

APLAUSOS...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Víctor Hugo Paniagua.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR HUGO PANIAGUA:  Gracias, ciudadano Presidente. Pero en consideración al tiempo, y porque el tema ya que ha sido suficientemente debatido, declino el uso de la palabra.

 

APLAUSOS...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Emilio Oriol Acosta

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO ORIOL ACOSTA:  A pedido de la mayoría, declino Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Muy bien.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR PACIELLO:  Gracias, ciudadano Presidente. Muy brevemente.  Yo creo que la amplia consideración que formulara el Convencional Evelio Fernández nos releva de mayores consideraciones así como las expresadas por el compañero Duarte Molinas, avaladas por su larga experiencia.

 

                El proyecto tal cual lo presenta la Comisión Redactora es muy simple, ciudadano Presidente.  Establece un haz de competencias que van a ser consolidadas y establecidas en el futuro en función de la Ley.  A esta altura no podríamos entrar en mayor profundidad en la competencia de la autoridad departamental sin generar conflictos y fricciones ya sea con los municipios o con el gobierno central.

 

                De ahí entonces, que se deja abierto todo ello a que la Ley, de acuerdo al Artículo 5, pueda oportunamente ir precisando los distintos aspectos aquí embebidos.  Por todo ello, ciudadano Presidente -y reitero-, en aplicación en lo expuesto en el Artículo 98, inciso 6, de los reglamentos, solicito sea sometido a consideración de esta plenaria el proyecto de la Comisión Redactora tal cual proviene de ella, y, si es rechazado, ahí entremos a considerar cualquier variante que fuere.  Muchas gracias.

 

APLAUSOS...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional. Anuncian a un ciudadano Convencional que va a retirar su propuesta; entonces, démosle la oportunidad.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Bernardo Villalba.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDO VILLALBA:  Gracias, ciudadano Presidente, gracias, ciudadanos Convencionales:  queremos retirar la propuesta N° 7, a los efectos de facilitar la votación, sin antes expresar que no perdemos la esperanza de que nuestras ideas van a quedar plasmadas en la ley reglamentaria que se ha de dictar en el Parlamento.

 

APLAUSOS...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Muy bien, muchas gracias.  La Presidencia va a llevar a votación.  Entonces, estamos en estadio de votación y, en primer lugar, se va a llevar a votación la Propuesta Base que cuenta con el dictamen de la Comisión Redactora.

 

                Los que estén por la aprobación de la misma, se servirán levantar la mano.  Mayoría, queda aprobada.

 

                APROBADO.

 

APLAUSOS...

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Hay un agregado propuesto que se debe votar. Es una propuesta que se presentó reglamentariamente, como un nuevo inciso que dice así:  Inciso 4):  la integración y la organización de los consejos de desarrollo departamental...

 

INTERRUPCION...

 

CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR PACIELLO:  Me opongo terminantemente a que se vote ni agregue nada.  Esto no puede ser un inciso.  En todo caso que proponga un artículo sustitutivo o que pase un nuevo artículo a dictamen de la Comisión Redactora, pero no podemos estudiar así en barbecho ningún inciso.  Muchas gracias.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Recuerdo, ciudadano Presidente, que esta mañana, cuando se votó el tema de los requisitos, se ha votado el despacho de comisión.  Como ha sido una nueva propuesta presentada reglamentariamente, luego se votó el agregado de los requisitos para los miembros de la junta departamental...

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...:  Moción de orden, ciudadano Presidente, una moción de orden concretamente al Secretario.  En todos los actos de la Convención él está imponiendo normas, diciendo que hay que agregar; está conduciendo la Convención; no puede ser eso ciudadano Presidente...ruego a la Presidencia que lo llame al orden...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  La presidencia entiende que no es así.  Está explicando que existe la propuesta de un nuevo inciso, cuya aceptación o no sencillamente debe ser votada.  Es lo más simple que hay...

 

                Ciudadano Cano Radil, brevemente por favor.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL:  Gracias, ciudadano Presidente.

 

                La práctica que hemos tenido en esta Convención es votar los agregados cuando la propia Convención aceptó, pero acá el Presidente dijo que pedía  que se votara el proyecto de Comisión tal cual vino y ese es  el proyecto aprobado.  No hay posibilidad de agregar nada porque ya hemos convenido que fue un error en su momento esa forma de votación.  Hemos convenido que fue un error, señores.  Esta propia Convención actuó de esta forma hace dos días y la propia Convención reconoció el error con motivo de sancionarse un artículo en lo que hace el servicio militar obligatorio y al problema de los excombatientes y reconocimos que habíamos violado el Reglamento cuando votamos de esa forma, entonces yo no quiero que se vuelva a violar el Reglamento y cuando el Presidente de la Comisión Redactora acepte agregados que se voten supletoriamente a la moción base sí se puede votar; de lo contrario no se va a poder votar porque lo que se puso a consideración fue el texto tal cual vino y creo que lo aclaró muy bien el Presidente de la Comisión Redactora y es la única interpretación que cabe, salvo que decida

mos modificar el Reglamento.  Gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Carlos Avalos.

 

                La Presidencia advierte sustancialmente que la opinión autorizada de la Comisión Redactora es la que vale, si ella acoge o no acoge el tratamiento del mismo.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS AVALOS:   Gracias, ciudadano Presidente.

 

                Ciudadanos Convencionales:  quiero advertir a esta Convención,  ciudadano Presidente, que, de acuerdo a la modificación que se ha hecho en nuestro Reglamento Interno, yo como Convencional Constituyente de la República del Paraguay he presentado en hora, en su momento y reglamentariamente un proyecto de agregado que esta Convención, a través del voto, debe darnos su aprobación o rechazo, ciudadano Presidente.  Nada más.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Emilio Camacho.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO CAMACHO:  Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales: yo creo que la mesa en este tema no ha incurrido en ningún error.  Puedo estar en contra del agregado a proponer, pero lo que no podemos es cerrar ese mecanismo; de lo contrario se va a reducir sustancialmente la posibilidad del debate.  Varias veces se ha votado el Proyecto Base, gana, y luego, si hay agregados presentados como agregados toda vez que hayan sido presentados como un agregado pienso que corresponde la votación y pienso también que la mesa no se ha equivocado.  Reitero, toda vez que fue presentado como agregado posterior y no como artículo alternativo o sustitutivo.  Nada más, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Así es, ciudadano Convencional, aparece como nuevo inciso que podría ser o no un agregado.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Evelio Fernández Arévalos.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS:   Ciudadano Presidente:  acá se ha puesto a votación la propuesta N° 1 tal cual vino y esa propuesta tiene un contenido concreto.  Frente a esa propuesta se alzaban otras.  La que se quiera hacer votar era la Propuesta Base más un agregado, de manera que es otra propuesta. Significa votar todo lo que dice la Comisión Redactora y además  otra idea más.  Nosotros hemos votado ya concretamente por lo que propuso la Comisión Redactora que no incluye esa otra idea; consecuentemente el asunto esta totalmente terminado.  Si se hubiera votado por ideas hubiera sido totalmente distinto, porque es una idea nueva pero acá no se votó por ideas sino por propuestas y la propuesta que se puso a consideración y se votó es la Propuesta N° 1.  Nada más, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Federico Callizo.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO CALLIZO:  Gracias, ciudadano Presidente.

 

                Yo tengo una interpretación diferente, ciudadano Presidente, Creo que en muchos casos puede ser muy importante acoger la sugerencia de los ciudadanos Convencionales para mejorar el artículo presentado como proyecto de Comisión, lo que pienso, si es que la Comisión Redactora debe acoger esa sugerencia, si alguien de la Comisión Redactora recoge esa sugerencia, debe estudiarse, Ciudadano Presidente.  No se puede coartar la posibilidad de que en esta Convención se mejore la redacción.  La Comisión Redactora no tiene la última palabra, ciudadano Presidente:  entonces puede ser una palabra o puede ser una frase, ciudadano Presidente.  Creo que eso así debe interpretarse  y creo que fue el sentido de la expresión del Presidente de la Comisión Redactora; creo que ese fue el sentido, ciudadano Presidente.  Nada más.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                La Presidencia comparte plenamente la palabra del último ciudadano Convencional preopinante.  Efectivamente, existiendo de por medio un agregado que se presentó en tiempo, que puede constituir o no un artículo nuevo, debe ser consultada la Comisión Redactora si la misma acoge aceptar parte de su Comisión,  del Despacho de Comisión y si no, entonces, no; sencillamente no se vota.  Nosotros querríamos saber  en este momento si algún  miembro de la Comisión Redactora se opone a la inclusión de este nuevo inciso, diríamos.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Julián Britos.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL JULIAN BRITOS:  Ciudadano Presidente: nosotros hemos votado la propuesta del Proyecto Base así como viene.  No hay ninguna discusión al respecto, pero hay un deseo de algunos Convencionales de agregar un inciso en ese articulado y creo que la Comisión Redactora no tiene potestad de rechazar o de aceptar porque es competencia de la plenaria, ciudadano Presidente. ¿O para qué estamos nosotros acá, ciudadano Presidente, para aplaudir o qué?  Nosotros no estamos en contra  de la propuesta lo que sencillamente queremos hacer es agregar un inciso; eso es competencia de la plenaria, ciudadano Presidente. habiendo sido presentada en tiempo y en forma.  Gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Rafael Eladio Velázquez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL RAFAEL ELADIO VELAZQUEZ:  Ciudadano Presidente:  la intervención de la Comisión Redactora termina en el momento de la votación, que ya tuvo lugar.  Si la Comisión Redactora aceptaba la inclusión de la propuesta con el N° 6, pues, el Proyecto Base, tenía un inciso más; si no la aceptaba, pues, si era rechazado el Proyecto se votaba la propuesta N° 6  con todo el texto del Proyecto Base más el inciso cuarto.  Yo creo que tenemos que dejar abierto el camino a la discusión, el camino al mejoramiento, pero ese mejoramiento o esa discusión son anteriores a la  votación.  En este momento la cuestión resulta extemporánea porque es cosa resuelta; se ha aprobado un texto concreto.  Tal vez si era rechazado ese primer texto, se votaba el proyecto N° 6 que era más amplio, con un  inciso más un proyecto distinto pero en este momento no corresponde ya tratarlo.  Gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR PACIELLO:  En todos los casos, ciudadano Presidente, acá se han suscitado, siempre a través mío, previa consulta con los compañeros, o muchas veces hemos acogido algunas ideas y nos hemos abierto a la  mejora de cualquier texto. Nuestra actitud no es  una actitud cerril o cosa por el estilo, es racional.  En este caso hemos dicho muy claramente que, como se trata de una cuestión sobre la que no existe ninguna experiencia histórica concreta, y cualesquiera otra competencia, o podría generar conflicto con el poder central, o con el poder municipal, o sea, con los municipios, porque no podemos hacer crecer los departamentos a costa de los municipios.

 

                Planteábamos una solución ecléctica que quedaba concedida en estos términos.  Si el día de mañana a alguien se le antoja que la policía, el ejército, la marina, la aviación o lo que fuera, entonces, el gobernador, pues, lo dirá la ley y así lo autoriza el inciso 5) del artículo que hemos aprobado. Dejamos abierta la puerta.  Pero se ha votado en estos términos, he sido muy claro al decir:  pido se vote el Despacho de Comisión  tal cual proviene de ella.  Entonces no podemos, pues, andar ahora pensando qué inciso le vamos a agregar a un artículo ya aprobado; me parece perder el tiempo, ciudadano Presidente.  Muchas gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Carmelo Benítez.  La Presidencia ruega brevedad para terminar de  una vez esto. 

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARMELO BENITEZ:  Gracias, ciudadano Presidente.  

               

                Acá se ha hablado, ciudadano Presidente, de que si la Comisión Redactora  o uno de los miembros de la Comisión Redactora hubiera aceptado en contraposición a los otros, se votaba primero el proyecto de Comisión y luego el inciso o el agregado. Tengo entendido que no hace falta que nadie acoja porque el Convencional Carlos Avalos es miembro de la Comisión Redactora, él es un miembro nato de la Comisión Redactora,  así que si él lo presenta, lo hace en su doble calidad, aceptando y también presentando ese proyecto.  Nada más que eso quiero decir, ciudadano Presidente.  Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Gregorio Enciso.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL GREGORIO ENCISO:  Gracias, ciudadano Presidente.

 

                Solamente yo quiero explicar que en este caso específico  tuvimos un voto dirigido porque realmente tenemos evidencia de que en esta sala hay, no digo la minoría o la mayoría, pero hay una gran cantidad de personas que querían agregar este inciso y tenemos antecedentes de que se ha aplicado este mismo sistema, y yo opino que los votos dirigidos no están bien.  Nada más, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Carlos Avalos.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS AVALOS:  Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  en el artículo anterior  que hemos votado, ciudadano Presidente, referente a los requisitos para ser gobernador, se han agregado, ciudadano Presidente, también los requisitos para ser Concejal Departamental.  Ningún miembro, ni mucho menos el Presidente de la Comisión de Redacción, ha acogido ese agregado, ciudadano Presidente, y este plenario lo ha votado. Ciudadano Presidente:  yo solamente solicito un legítimo derecho como Convencional Constituyente y que esta plenaria en su soberana decisión vote ese agregado y diga si debe ser incluido o no a través del voto de los ciudadanos Convencionales aquí presentes, ciudadano Presidente.

 

                Porque reglamentariamente  lo exige y todos los antecedentes que tenemos, inclusive del mismo día de hoy, ciudadano Presidente, exige que se dé ese tratamiento.  Muchas gracias, ciudadano Presidente.     

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                La Presidencia va a llevar a votación lo que la plenaria va a decidir respecto, en primer termino, a si incorpora o no, si se vota una incorporación nueva después de haberse aprobado ya un artículo in totum  Entonces si se vota o no, después vamos a expedirnos sobre la incorporación.  Primero se va a votar, entonces, si se vota o no...  pero el reglamento, señor, ya fue aplicado, ciudadano Convencional, ya se aprobó eso, quedo esto solamente a interpretación.  Interpretación  es lo que se va a votar si es que se puede o no incorporar una propuesta presentada dentro del tiempo y que significa un agregado o un nuevo artículo, porque es un nuevo inciso, diríamos, si la plenaria interpreta que se puede agregar  y lo determina por mayoría, eso servirá de orientación para las siguientes sesiones.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...:  Ciudadano Presidente, pido la palabra.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Ciudadano Convencional ya está cerrado.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...:  Quiero una aclaración, quiero saber por cuál voy a votar ciudadano Presidente, no...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Ciudadano Convencional no se va a votar todavía la incorporación.  Si corresponde o no.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...: No me escuchó usted, ciudadano Presidente, pido la palabra.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Ciudadano Convencional está prohibido  el diálogo.  Le ofrezco la palabra.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...:  Gracias, ciudadano Presidente.  Le agradezco.

 

                Lo que quiero saber, ciudadano Presidente, es  si la interpretación de qué artículo del Reglamento vamos a estar votando.  Yo no sé cuál es, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Se va a leer por Secretaría el artículo del Reglamento.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  El Artículo 98, inciso 5), dice: "Que podrán presentarse otro u otros artículos que sustituyen totalmente al que será discutido o modifiquen, adicionen o supriman parte de él hasta treinta minutos antes de la hora fijada para el inicio de la sesión, salvo los artículos consensuados entre los proyectistas durante la sesión".  Ese es el inciso, "adicionen".

 

INTERRUPCION

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...:  No hace referencia a la votación ciudadano Presidente, hace referencia a la presentación.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional José Nicolás Morínigo.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL JOSE NICOLAS MORINIGO:  Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  yo creo que de un tiempo a esta parte hemos perdido más tiempo discutiendo cuestiones de procedimiento que avanzando en la aceptación de las normas de la Constitución, ciudadano Presidente, yo creo que es absolutamente razonable que esta plenaria decida en estos momentos cuál va  a ser la interpretación con respecto al problema que tenemos y mociono que se cierre la lista de oradores sobre este tema, que se lleve a votación y entonces superamos este inconveniente que hasta parece absurdo.  Hoy estuvimos escuchando cuatro horas de intervenciones con respecto a problemas que son sumamentes sencillos y lo que estamos haciendo es simplemente alargar inútilmente esta Convención.  Gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                La Presidencia va a llevar a votación la interpretación de si se puede o no incorporar un agregado presentado en tiempo como ampliación.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Federico Callizo, para una aclaración.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO CALLIZO:  Una aclaración, ciudadano Presidente... 

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Se va a votar entonces.  En consecuencia, los que estén por la interpretación de que se puede agregar un artículo, una ampliación o inciso después de votado,  se servirán levantarse la mano, quienes estén de acuerdo.  Mayoría.

 

                Se va a leer el texto.  Ahora se lee el texto y si se incorpora o no.

               

CIUDADANO SECRETARIO:  Sería el inciso 6°). El control operacional de la Policía Nacional en el departamento, entre la competencia de la gobernación.  El control operacional de la Policía Nacional en el departamento.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Orden en la sala.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.

 

CIUDADANO  CONVENCIONAL OSCAR PACIELLO:  Quiero fundamentar brevemente, por qué la oposición a este artículo, o inciso que se pretende.

 

                En primer lugar, destruye toda la sistemática del proyecto tal cual ha sido presentado, votado y aprobado.

 

                En segundo lugar, abre la peligrosa posibilidad de generar una serie de bandas armadas parapoliciales en todo el territorio de la República. 

 

                Vamos a ser responsables de la generación, de la anarquía en este país, porque cómo, si las armas no están bajo un poder central, vamos a autorizar que 19 funcionarios tengan el control.  Esto va a ser imposible; traeremos de nuevo, a esta sociedad que ha sufrido tantos golpes y revoluciones y luchas fratricidas, un nuevo factor de inestabilidad e intranquilidad, cuando que ha sido clara y terminantemente explicado que una policía organizada sobre base moderna, está para cumplir las funciones de la autoridad legítima y competente, entre las cuales se incluye el Gobernador.

 

                Entonces, acá tendríamos el caso de un Policía Nacional, una Policía Departamental y hasta policía de tránsito municipal, dónde vamos a ir a parar, ciudadano Presidente.  Esto es muy peligroso y yo me opongo tajante y radicalmente.  Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Carlos Avalos.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS AVALOS:  Gracias, ciudadano Presidente.

 

                Ciudadanos Convencionales:  con ruego de atención por favor.

 

                Creo que se ha interpretado mal, ciudadano Presidente y ciudadanos Convencionales, el alcance.  Al contrario totalmente, aquí lo que se quiere, como lo he expuesto hoy al defender la inclusión de ese agregado, ciudadano Presidente, es que haya un control para evitar justamente la corrupción, para evitar justamente que esa Policía Nacional se convierta en poder omnímodo dentro de los departamentos y que no tenga el control del poder político.

               

                Ese es el fundamento, ciudadano Presidente, no la desviación que se está pretendiendo dar a la interpretación y he manifestado claramente, ciudadano Presidente, en ocasión de mi exposición.

 

INTERRUPCION...

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...:  Moción de orden, ciudadano Convencional.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  ¿Alguien pidió moción de orden?

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS AVALOS:   Estoy en uso de la palabra, estoy esperando que se calle la audiencia, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene que hablar previamente el orador.  Termine ciudadano Convencional.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS AVALOS:  Terminó, ciudadano Presidente, diciendo nada más que, evidentemente, una vez sancionada el nuevo marco constitucional de nuestro país, se deberá establecer una Ley Orgánica Policial que establezca esos mecanismos de control operacional entre la gobernación y la Policía Nacional, ciudadano Presidente.

 

                Por lo tanto, creo que no es la interpretación que se le ha querido dar a este agregado.  Nada más, y muchas gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                ¿Alguien pide moción de orden?.  Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Cayo Gwynn, para una moción de orden.  ¿En qué consiste la moción de orden?

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CAYO GWYNN SAFSTRAND:  Ciudadano Presidente, que se cierre el debate y que se lleva a votación el artículo en discusión.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Bueno.  Quienes estén por el cierre del debate, se servirán levantar la mano.          Queda cerrado el debate. 

 

                Se lleva a votación.  Quienes estén por la incorporación, se servirán levantar la mano.  Minoría.

 

                Continua el tratamiento del texto constitucional.  Artículo 158.

 

                Se ruega orden en la sala, para proseguir el estudio.  Por Secretaría se va a informar.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  solamente un minuto para levantar el cargo formulado gratuita e irresponsablemente.  Nunca ha estado en mi ánimo conducir esta Convención; sí he tratado en todo momento de cumplir con la función que me asigna el Reglamento que es la de ser relator y auxiliar de la Presidencia. 

 

                La insinuación del ciudadano Convencional Melgarejo Pereira es, me parece a mí, totalmente gratuita y la rechazo categóricamente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Prosigue el estudio del Artículo 158, De los Recursos.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Artículo 158.  Proyecto Base.  Título:  De los Recursos.  Texto:  "Los recursos de la administración departamental son: 

 

                1-  La porción correspondiente de impuestos, tasas y contribuciones que se definan y regulen esta Constitución y la ley;

 

                2-  Las asignaciones o subvenciones que les destine el gobierno nacional;

 

                3-  Las rentas propias determinadas por ley, así como las donaciones; y

               

                4-  Los demás recursos que fije la ley.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  El proponente de la propuesta N° 2, desea hacer uso de la palabra.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...:  Es a los efectos de retirar la moción N° 2.  Esta presentación la hicimos en un todo coherente con las series de artículos previos, pero sería realmente incoherente mantener esta propuesta dentro de los textos aprobados, así que la retiro, porque tengo consultado con la mayoría de los proponentes y si no hay nadie que se oponga retiro, sugiero que se retire, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, se tiene por retirada por Secretaría.

 

                A consideración y a votación la propuesta N° 1, que es Proyecto Base.  No existe otra propuesta. 

 

                Quienes estén de acuerdo, se servirán levantar la mano.  Mayoría.  Queda aprobado el Artículo 158. 

 

                Pasamos al siguiente.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Artículo 159.  Existen cuatro propuestas. 

 

                Propuesta N° 1.  Proyecto Base.  Mientras se reparte, vamos a dar lectura y los proyectistas pueden empezar a fundamentar.

 

                Propuesta  N° 1.  Proyecto Base.  Título:  De la intervención.  Texto:  "Los departamentos y las municipalidades podrán ser intervenidos por el Poder Ejecutivo, previo acuerdo de la Cámara de Diputados, en los siguientes casos:

 

                1-  A solicitud de la Junta Departamental o Municipal por decisión de la mayoría absoluta;

 

                2-  Por desintegración de la Junta Departamental o Municipal que imposibilite su funcionamiento; y

 

                3-  Por grave irregularidad en la ejecución del presupuesto o en la administración de sus bienes, previo dictamen de la Contraloría General de la República.  La intervención no se prolongará por más de 90 días, y si de ella resultase la existencia del caso previsto en el apartado 3), la Cámara de Diputados, por mayoría absoluta, podrá destituir al Gobernador o Intendente o a la Junta Departamental o Municipal debiendo el Tribunal Superior de Justicia Electoral convocar a nuevos comicios para constituir las autoridades que reemplacen a las que hayan cesado en sus funciones, dentro de los 90 días siguientes a la resolución dictada por la Cámara de Diputados. 

 

                Final de la propuesta N° 1.

 

                PROPUESTA N° 2:  Del Convencional Víctor Nuñez, Artículo 159.  De lA intervención.  "Los gobiernos departamentales podrán se intervenidos por el Poder Ejecutivo en los casos de producirse graves irregularidades en la ejecución del presupuesto o en la administración de sus bienes, previo dictamen de la Contraloría General de la República.  En los demás casos no previstos en esta Constitución la intervención sólo podrá realizarse de acuerdo a la Cámara de Diputados.  La intervención no se prolongará por más de 90 días y si de ella resultare la existencia de la causal prevista en esta Constitución, el Poder Ejecutivo, con acuerdo de la Cámara de Diputados adoptado por mayoría absoluta, podrá destituir al Gobernador en cuyo caso será sustituido por el vice Gobernador o en su defecto el Tribunal Superior de la Justicia Electoral convocará a comicios para la elección de un nuevo Gobernador dentro de los 90 días siguientes a la resolución del Poder Ejecutivo que disponga la destitución".

 

                PROPUESTA N° 3:  Del Convencional Víctor Hugo Sánchez.  Artículo 159.  "El Presidente de la República, en los casos taxativamente señalados por la ley, suspenderá o destituirá a los Gobernadores.  Su régimen de inhabilidades e incompatibilidades no será menos estricto que el establecido para el Presidente de la República".

 

                PROPUESTA N° 4:  De los Convencionales Juan de la Cruz González y Carlos Ovidio Meyer.  Artículo 159.  De la Intervención.  "Los departamentos y las municipalidades podrán ser intervenidas por el Poder Ejecutivo, previo acuerdo de la Cámara de Diputados, por las causales que serán establecidas por la ley.   La intervención en ningún caso se prolongará por más de 90 días y, si de ella resultase comprobados hechos o actos irregulares en la ejecución del presupuesto o en la administración de sus bienes, previo dictamen de la Contraloría General de la República, la Cámara de Diputados por mayoría absoluta podrá destituir al Gobernador o Intendente o a la Junta Departamental o Municipal, debiendo el Tribunal Superior de Justicia Electoral convocar a nuevos comicios para constituir las autoridades que reemplacen a las que hayan cesado en sus funciones, dentro de los 90 días siguientes a la resolución dictada por la Cámara de Diputados".

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  A consideración. 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello, sobre la Propuesta Base.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR PACIELLO:  Bueno, ciudadano Presidente.  De inicio ¿verdad? apenas tengo escaso tiempo de poder hacer las comparaciones para ver si cuál es el criterio de los demás integrantes de la Comisión Redactora en relación a esto. 

 

                Yo apenas me voy a limitar en esta intervención y de momento a decir que la intervención probable de las autoridades departamentales o Municipales, de acuerdo al criterio de la Comisión Redactora, fue que se realice en todos los casos por el Poder Ejecutivo, pero mediando acuerdo y dictamen de la Cámara de Diputados.

 

                Ahora, estoy apreciando que en otras propuestas esto está relativamente variado y me gustaría conocer y mientras tanto voy a hacer algunas consultas con los compañeros de la Comisión Redactora, para ver si se pueden acoger o no las propuestas que se han formulado, en qué caso, cómo y me gustaría conocer los fundamentos porque es muy extenso, pero reitero, el criterio que ha predominado en la Comisión Redactora ha sido que todas estas intervenciones solamente pueden darse mediando dictamen previo de la Cámara de Diputados.  Ese es el criterio de la Comisión Redactora.

 

                Ahora, cuáles podrían ser los otros criterios, me gustaría escuchar previamente antes de dar una opinión.  Muchas gracias, ciudadano Presidente. 

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Víctor Nuñez, como proyectista de la propuesta n° 2.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR NUÑEZ:  Gracias, ciudadano Presidente.

 

                Ciudadanos Convencionales:  antes debo aclarar que esta propuesta distribuida a los ciudadanos  Convencionales ha sido debidamente sustituida en tiempo por otra propuesta.  Esta que ustedes tienen en manos no es la propuesta real, es la original, pero fue sustituida.  Como ustedes podrán ver, acá habla del vice Gobernador y eso ya fue desechado por esta plenaria e inmediatamente les será distribuido el texto de la propuesta, pero me permito leer cómo queda la propuesta final.

 

                Solamente propongo sustituir el último párrafo del artículo, el resto queda igual al Proyecto Base, sustituí el último párrafo de la siguiente manera:  "la intervención no se prolongará por más de 90 días y si de ellas resultase la existencia de la causal prevista en el apartado 3), el Poder Ejecutivo con acuerdo con la Cámara de Diputados adoptado por mayoría absoluta podrá destituir al Gobernador o Intendente o a la Junta Departamental o Municipal, en cuyo caso serán sustituidos de acuerdo con lo que determine la ley". 

 

                El fundamento de esta última parte, de derivar a la ley el sistema de sucesión y sustitución, es a fin de mantener coherencia con los demás casos como de Intendente Municipal, Junta Municipal.  La ley establece el sistema de sucesión y no la Constitución.  Estoy proponiendo que sea el Poder  Ejecutivo el que determine o decida la destitución, ya sea del Gobernador o Intendente Municipal, o de la Junta Departamental o Municipal, y no la Cámara de Diputados. 

 

                Nosotros no tenemos un sistema parlamentario, como para que ninguna Cámara del Parlamento decida el nombramiento o la destitución de un funcionario.  Debe ser el Poder Ejecutivo, pero, a los efectos de que el Parlamento ejerza ese control, entonces establecemos acá que debe ser con acuerdo de la Cámara de Diputados.  Ese es el fundamento breve de esta propuesta.  Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Juan de la Cruz González, como proyectista.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN DE LA CRUZ GONZÁLEZ:  Gracias, ciudadano Presidente.

 

                Muy brevemente, porque el preopinante ha adelantado algunos conceptos que nosotros habíamos previsto en nuestra propuesta.  Estamos ante la medida de una posible intervención, la cual indudablemente conlleva a la limitación de la autonomía Municipal. 

 

                En consecuencia, esta es una medida administrativa que se deja incluida en la competencia del Poder Ejecutivo y cuyo paso debe darse bajo riguroso control por parte del Parlamento Nacional por ser tanto el Intendente Municipal como los concejales Municipales y de las Juntas Departamentales por supuesto y del Gobernador incluso en su caso, electos por el pueblo, y la Municipalidad, por sobre todas las cosas, que se maneja en base a la competencia exclusiva prevista en sus respectivas cartas orgánicas, debe manejarse conforme a la ley. 

 

                Es la razón por la que en esta propuesta se remite al Parlamento la enunciación de las causales para la intervención a las municipalidades.

 

                Por otro lado, ciudadano Presidente, estamos conformes, en todos los casos posibles, en que la intervención, en ningún caso, bajo ningún concepto, se prolonge más allá de los 90 días.  Esto en base a experiencias recogidas en el campo del nunicipalismo paraguayo.  Y la intervención, como se trata de un ente autónomo, con organismos conformados por Junta Municipal, por un lado y por otro lado intendencia Municipal, muchas veces las causales que requiere la intervención por parte del Poder Ejecutivo se originan con exclusividad de unos de estos órganos y son órganos coordinados, no son supraordinados, razones que justifican por otro lado que sea la ley la que establezca las causales de previo estudio por parte de los señores parlamentarios.

 

                En cuanto a la sustitución, por supuesto, producida la destitución de cualquiera de ellos por las causales previstas en las leyes respectivas habrá de ser el Poder Ejecutivo, pero con el acuerdo del Parlamento y del organismo competente que sería la junta Electoral el que convoque a un nuevo comicio. 

                Así, ciudadano Presidente, en homenaje al tiempo y en la inteligencia, o en la creencia de haber expuesto a groso modo los fundamentos que avalan esta propuesta, dejamos a consideración de los ciudadanos Convencionales repensar y reflexionar sobre esto.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Evelio Fernández Arévalos.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS:  Mi propósito simplemente es aclarar el sentido de la propuesta N° 1, para que no haya dudas sobre su verdadera intención y el tema abarcante. 

 

                Acá se establecen tres situaciones para que se pueda producir la intervención  a los departamentos y municipalidades, pero todas ellas, absolutamente todas, requieren el previo acuerdo de la Cámara de Diputados.  Los primeros dos casos se refieren a situaciones de hecho, provenientes de la autonomía, de la voluntad de la Junta Municipal o de una situación fáctica totalmente insuperable. La primera de ellas, es que la misma Junta Departamental solicite su intervención con mayoría absoluta o que la misma Junta Municipal solicite su intervención por decisión de la mayoría absoluta. 

 

                Aquí se está respetando simplemente la autonomía de la voluntad del organismo  Municipal o departamental.  Siempre, y aún en ese caso, requerirá, lo repito, el previo acuerdo de la Cámara de Diputados para que el Poder Ejecutivo pueda decretar la intervención.

 

                El tercer caso, es una situación totalmente distinta  a los anteriores.  Se produce cuando en contra, diríamos así, de la voluntad presunta de los miembros de la Junta Departamental o Municipal se ordena la intervención. ¿Cuál es ese caso? Cuando se verifique graves irregularidades en la ejecución del presupuesto o en la administración de sus bienes, previo dictamen de la Contraloría General de la República.

 

                En este caso, entonces, aunque no pida la Junta Departamental y Municipal, y aún en contra de su voluntad, se puede decretar la intervención.  Claro está que siempre previo acuerdo de la Cámara de Diputados, y en este caso particular, previo dictamen de la Contraloría General de la República.  Se está rodeando a este tipo de intervención que es contra la voluntad presunta de los órganos a ser intervenidos. 

 

                Se está, entonces, levantado una serie de presupuestos que imposibiliten una intervención arbitraria, como la necesidad de un dictamen previo de la Contraloría General de la República y, por supuesto, como todos los casos, en acuerdo de la Cámara de Diputados.

 

                Para esta tercera hipótesis, que es la más peligrosa, por así decirlo, se establece también que la facultad, la Cámara de Diputados por mayoría absoluta podrá destituir al Gobernador o Intendente o a la Junta Departamental o Municipal.  En los demás casos no es necesario ¿por qué?, porque en el primero está la solicitud del mismo organismo y en el segundo existe una desintegración del organismo. 

 

                Solamente en este tercer capítulo, entonces, podemos hablar de la destitución, del Gobernador o Intendente, de la Junta Departamental o Municipal.

 

                Esa vendría a ser la arquitectura básica de esta propuesta.  ¿Cuáles son las diferencias con las demás propuestas presentadas?  En cuanto a la propuesta N° 2, se establece que esa intervención en el caso 3, sea dispuesta directamente por el Poder Ejecutivo, no por la Cámara de Diputados como dice la propuesta N° 1.

 

                Y en cuanto a la propuesta N° 4, la diferencia es sustancial en este sentido.  Que, en vez de establecer como la propuesta N° 1, los casos específicos en que pueda haber intervención, en vez de establecer las hipótesis 1, 2 y 3 como la propuesta N° 1, deja librada a la ley que establezca las causales para esa intervención.  La Comisión no acogió esa posibilidad, porque para organismos que se supone que en cierta medida surgen de la voluntad popular, es un tanto peligroso dejar derivado a la ley establecer las causales para su intervención.

 

                Es mejor que, consideramos así en la  Comisión, sea la propia Constitución la que establezca taxativamente esas causales.  Nada más, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano  Convencional.

 

                Por Secretaría se va a dar lectura de los oradores inscriptos.

 

CIUDADANA SECRETARIA:  Emilio Camacho, Ricardo Franco Lanceta, José Nicolás Morínigo, Eusebio Ramón Ayala y Manuel Ramírez.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  La Presidencia declara cerrada la lista de oradores.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Emilio Camacho.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO CAMACHO:  Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  en primer lugar, quiero expresar sobre al actitud del Presidente de la Comisión Redactora.  Supongo que todos teníamos el tiempo suficiente en cuanto a una defensa de este proyecto.  Si yo estaba enterado de que él no iba a defender, hubiera pedido la palabra par defender como miembro de la Comisión Redactora, y no acogerme a la lista de oradores.

 

INTERRUPCION...

 

CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR PACIELLO:  Me permite una interrupción, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  ¿Le permite, ciudadano Convencional?

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO CAMACHO:  Sí, cómo no.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR PACIELLO:  Cuando yo todavía no conocía las otras propuestas, Convencional Camacho, ni tuve tiempo de leerlas, cómo voy a hacer una diferenciación y eso ha quedado brillantemente a cargo de Convencional Evelio Fernández, no hace falta más defensa me parece a mi.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias.  Prosiga, ciudadano Convencional.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO CAMACHO:  He expresado ni opinión, y prosigo, ciudadano Presidente.

 

                En momentos como este, es cuando se definen los rumbos típicos, las actitudes, y aquí simplemente estamos discutiendo el artículo central de todo el proceso de descentralización.  Van a estar las Juntas Municipales, los gobiernos departamentales, estarán  más vinculados a la soberanía popular o más vinculados a una decisión unilateral del Poder Ejecutivo.

 

                En la Subcomisión N° 3, creímos razonable establecer, como bien lo expresó el Convencional Evelio Fernández, claramente los casos en que pueden ser intervenidos, que, por otra parte, ya está en la Constitución de 1967, si bien con menos precisión, pero ya la del 67 establece claramente una enumeración taxativa de las causales de intervención, porque remitirlo a la ley sería simplemente pervertir el concepto de la representación desde el momento que son autoridades locales. 

 

                Lo que hace este artículo es establecer claramente la relación de jerarquía con respecto al poder central.  Por eso el Poder Ejecutivo puede intervenir y sin embargo requiere el acuerdo de la Cámara de Diputados, en el entendimiento de que ésta es la Cámara de conformación regional.   Nuevamente aseguramos un vínculo permanente entre la descentralización y las decisiones políticas.  Es muy claro esta parte, ciudadano Presidente. 

 

                ¿Qué es lo que hay que evitar en la descentralización?  El caos, la ingobernabilidad y esto se precautela claramente con el inciso 2), cuando habla por desintegración de la Junta Departamental o Municipal que imposibilite su funcionamiento o a solicitud de la Junta Departamentales o Municipales.

 

                Y el tercer caso es algo obvio, elemental, en caso de corrupción de graves irregularidades.  Pero, no es un concepto de gravedad que lo va a determinar arbitrariamente el gobierno central, sino que queda supeditado a un dictamen previa de la Contraloría General de la República. 

 

                Es nada más, ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales,  que asegurar un procedimiento, un tratamiento institucional de los mecanismos de intervención.  El párrafo final establece también claramente el procedimiento y el tiempo de duración de las intervenciones precisamente para evitar que este artículo pueda ser utilizado como elemento para represalias políticas en que se puedan intervenir y se prolonguen indebidamente las intervenciones.

 

                Yo creo que los compañeros partidarios de la descentralización, los compañeros con experiencia municipal deben entender claramente este artículo y no necesitan de mucha ilustración porque son gentes informadas, empapadas.  También ciudadano Presidente, aquí discutimos el eje central de la descentralización que es la posibilidad de que los dirigentes naturales, aquellos que surgen  de las bases mismas, tengan posibilidad de hacer carrera política sin tener el visto bueno de uno, o dos, o tres jerarcas de sectores, movimientos o partidos.

 

                Aquí lo que queremos asegurar es con la palabra, con el voto, la efectiva democratización.  Y por eso no hacemos otra cosa que todo el constitucionalismo comparado, asegurar la vinculación directa al Poder Ejecutivo.  Eso está claramente precautelado aquí. De modo, ciudadano Presidente, que los argumentos de anarquía o caos, no proceden en este caso. 

 

                Pido a esta plenaria el voto por el Proyecto N° 1.  Pido por varias razones; porque durante seis meses aquí hay personas que se han jugado por la descentralización.  Durante seis meses, hemos compartido reuniones, criterios y opiniones.  Y hemos llegado a unos de esos momentos en que puede decirse que es un punto de inflexión.  Aquí vamos a decidir realmente si vamos a proteger a los departamentos y municipios de eventuales arbitrariedades y, especialmente, si vamos a dejarlos vinculados a la soberanía popular.  Se los vincula a sus Juntas Departamentales o sus Juntas Municipales, de tal modo que gobernadores e intendentes respondan en primer lugar a su pueblo, que tengan que justificarse  y estar bien con los pobladores, con los habitantes de las ciudades y departamentos.

 

                Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  no voy a citar los artículos del derecho comparado, pero en prácticamente  todas las Constituciones, las formas de intervención están en vinculación directa con la forma de gobierno o forma de Estado. En este caso se precautela nítidamente el carácter unitario a tal punto, que lo único que se agrega a la Constitución de 1967 es el acuerdo de la Cámara de Diputados, porque si vamos a descentralizar este país tiene que estar precautelado esa descentralización en la máxima instancia legislativa.

 

                Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  quienes queremos la descentralización dentro de un claro sentido del orden, quienes apoyamos un proyecto de cogestión ciudadana y entendemos que la tarea de gobernar es una mancomunión de todo este país, tenemos que apoyar este Proyecto Base, que fue elaborado con mucho tiempo, con mucha discusión en la Subcomisión N° 3, -de la cual formé parte- que se repitió en la Comisión Redactora, y donde quedó claramente establecido:  primero, el sentido de vinculación jerárquica, es el Poder Ejecutivo el que interviene; pero, en segundo lugar, que la democracia, la descentralización, tiene que asegurar que ninguna ley pueda pervertir esta vocación, esta voluntad de efectivamente descentralizar y democratizar este país.  Nada más, ciudadano Presidente.

 

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Ricardo Franco Lanceta.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL RICARDO FRANCO LANCETTA:  Gracias, Presidente.  Yo estoy completamente de acuerdo con la Propuesta Base, desde luego. Pero, quiero hacer una consideración que entiendo que es de mucha significación en este momento de democracia.  Creo que hay un olvido que tenemos que reparar en la redacción de este artículo. Hay un tema básico que es la preservación de las garantías jurisdiccionales de la persona,  básicamente, la garantía de la libertad. 

 

                ¿Qué pasa cuando en un gobierno departamental existe un autócrata que está violando las libertades públicas?  Esa es una causal de intervención que no hemos previsto. Consiguientemente, sugiero, con todo respeto, que los miembros de la Comisión de Redacción recojan como un punto 4) "y causal de intervención por violación de las garantías ciudadanas consagradas por la presente Constitución".

 

                Creo que, esa disposición es fundamental incluirla, y estimo que ha sido una omisión completamente involuntaria porque estábamos siempre con un concepto un poco patrimonialista en la elaboración de las causales de intervención de los gobiernos departamentales, eso por una parte.

 

                Por otra parte, también entiendo -y esto va como una recomendación a la Comisión de Estilo- que estamos hablando de los departamentos.  Hay otra sección que habla exclusivamente de los municipios y estamos mezclando un poquito.  Creo que eso la Comisión de Estilo lo pondrá en su lugar.  Cuando estamos hablando de la Sección de los departamentos, hablamos ya de la intervención de las municipalidades.  Creo que habría que desdoblar eso y llevar  las causales de intervención de los municipios al capítulo "De los Municipios".  Eso es una sugestión secundaria.  De cualquier manera, la elaboración creo que está bien hecha pero entiendo que hay una omisión, ciudadano Presidente, y debemos reparar, y lo hago como una propuesta muy puntual a los miembros de la Comisión Redactora.  Gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional José Nicolás Morínigo.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL:  Gracias, ciudadano Presidente.

 

                Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  creo que el Proyecto Base tiene fundamentalmente algunas virtudes que deseo señalar. 

 

                En primer lugar, la importancia de establecer taxativamente las causales de la intervención.  Creo que este punto es fundamental, de tal manera, que la intervención no quede librada a arbitrios y al mismo tiempo no queda librada a una ley que podría poner en tela de juicio todo lo que se está planteando acá y todo el proceso de descentralización y el proceso de democratización que estamos asegurando con este planteamiento. 

 

                Al mismo tiempo, dentro del Proyecto Base, creo que existen simplemente tres grandes causales para intervenir:  la ingobernabilidad interna, la desintegración y por ultimo las irregularidades administrativas que deben estar fundadas por dictamen de la Contraloría General.  Por consiguiente, creo que esos aspectos constituyen y definen, de todas maneras, una intervención importante de la Contraloría de suerte a no dejar librado este concepto de graves irregularidades a un criterio de carácter arbitrario. 

 

                Con respecto a las propuestas, ciudadano Presidente, y en relación a la propuesta N° 2, me llama la atención, tal cual como está formulado, en el sentido, del segundo párrafo, "de dejar librado en los demás casos no previstos en esta Constitución".

 

                ¿Cuáles son esos casos?  La ley se encargará, determinará cuáles podrían serlo. Si aceptamos este criterio, simplemente estamos nuevamente abriendo las posibilidades de eliminar el criterio taxativo que me parece importante dejar claramente establecido en esta Constitución.

 

                Con respeto a la propuesta N° 3, simplemente, lo que acá se plantea es borrar el criterio de la representatividad y el proceso electoral que, obviamente, fue establecido para la elección de los intendentes y de los gobernadores, con lo cual lo que se hace es asegurar la posibilidad de una intervención del Ejecutivo y darle más preminencia a la autoridad que a la representatividad popular.

 

                Y con respeto a la propuesta N° 4, se elimina nuevamente los criterios taxativos con lo cual se deja librado nuevamente las posibilidades de intervención a la ley o a los criterios arbitrarios que podrían ser de un Ejecutivo que desea controlar o que podría controlar todo este proceso de democratización a través de instituciones representativas.

 

                Ciudadano Presidente y ciudadanos Convencionales:  creo que el Proyecto Base representa realmente la alternativa para asegurar, este sentido de descentralización democratizadora que estamos planteando.  Gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Eusebio Ramón Ayala.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL:  Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  cuando una ley, y en este caso una ley máxima, la Constitución, quiere garantizar derechos, lo usual y lo correcto, es que se establezcan amplios derechos y que las restricciones sean taxativamente establecidas en la ley y que sean excepcionales. Cuando se refiere a órganos, a instituciones a los cuales nosotros queremos darle el atributo de la autonomía, tenemos que actuar con el mismo criterio.

 

                Si nosotros queremos defender la autonomía, entonces tenemos que poner causales específicas, restricciones específicas, taxativamente señalados en el más alto nivel, que es el nivel constitucional.  Creo que esa es una regla básica, si uno quiere realmente proteger la libertad de las personas, cuando se trata de las personas y la autonomía de las instituciones cuando se trata de estas últimas.

 

                Respecto a este proyecto hay tres preguntas  básicas. ¿Quién interviene?  ¿Cuáles son las causales? y  ¿Cuál es el tiempo de duración de la intervención, para que no se convierta este tiempo de intervención en una destitución, en una suplantación de las funciones?  Es decir, en los cuatro proyectos, el que interviene es el Poder Ejecutivo, pero el Proyecto Base y el proyecto N° 4, son los únicos que requieren previo acuerdo de la Cámara de Diputados.

 

                Respeto a las causales, la moción  N°1 establece las tres únicas causales en el más alto nivel, es decir a nivel Constitucional.  En la moción N°2 dice:  "deja a cargo de la ley, tal vez, porque dice, los demás casos no previstos en la Constitución".  La moción N°3, deja a cargo de la ley y la 4°, dice:  "hechos o actos irregulares con previo dictamen de la Contraloría".

 

                Respecto al tiempo de intervención, en la moción N° 1, 2 y 4, coinciden en los noventa días, pero sin embargo la moción N°3 está sin plazo, ciudadano Presidente. 

 

                Creo que, la moción N°1 del Proyecto Base es la mejor de todas.  Es obvio que tiene algunos problemas porque las causales de intervención son políticas, son de hechos, y son jurídicas.

 

                Políticas en el primer punto, dice: "a solicitud de la Junta Departamental o Municipal por decisión de la mayoría absoluta".  Y en este punto cabe hacer un pequeño apunte, en el sentido de que esto se llama y lo ha llamado precisamente, -tal vez el más grande jurista de todos los tiempos- el Dr. Salvador Villagra Maffiodo que esto es "el ara-kiri municipal", o el ara-kiri a la autonomía, pero yo creo que esto está bien preciso acá.

 

                El segundo punto, es por una cuestión de hecho que puede obedecer a diversas causas, a diversas causas políticas inclusive en que es imposible que funcione.  Por lo tanto, nada mejor que la intervención.

 

                En cuanto al punto N° 3), es la parte más sensible.  "Se puede hacerlo por grave irregularidad, pero con previo dictamen de la Contraloría General de la República".

 

                Ciudadano Presidente:  creo que el mejor proyecto de las cuatro propuestas que tenemos, es el Proyecto Base de la Comisión Redactora.  Gracias, ciudadano Presidente.

 

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Manuel Ramírez.

 

INTERRUPCION...

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO RAMON AYALA:  Ciudadano Presidente:  me dispensa, me he olvidado de un punto que quería contestar, si usted me concede.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Sí, como no.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO RAMON AYALA:  Respecto al último punto, con todo el respeto que se merece el Convencional preopinante en cuanto a la intervención por violación de las libertades democráticas, las libertades legítimas fue algo parecido.

 

                Yo creo, ciudadano Presidente, no conviene hacerlo porque es una cuestión básica, y es un problema muy grave que no se puede solucionar fácilmente porque va a la esencia misma de la democracia.  Lo que en otros términos se plantea es la legitimidad o no, la posibilidad o no de la revocatoria de los mandatos populares. 

 

                Si nosotros creemos en la democracia, si nosotros creemos en la estabilidad de los gobernantes, en la estabilidad de los gobiernos, en la estabilidad de las instituciones,  creo que cuando una persona es electa por dos años, por tres años, o por cinco años -toda vez que no cometa delitos u otras causales establecidas expresamente en la ley- no puede ser destituida de esas funciones, porque estaríamos atacando ese principio de la democracia.  Y sobre todo incurriríamos en un grave error, tal vez, en no dar estabilidad a los gobiernos futuros, y sobre todo conspira contra la democracia.  Es muy respetable la posición de que el pueblo se convierta siempre en una asamblea permanente y que pueda destituir a sus gobernantes en cualquier momento. Esa es tal vez la ventaja que se dice, pero, por contrapartida, no hay ninguna garantía de estabilidad en las instituciones, ni hay mucho menos garantía para que se afiance la democracia en un país.  Gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Antes de ofrecerle la palabra al ciudadano Convencional Manuel Ramírez, la Presidencia hace saber a la plenaria que en lo sucesivo ningún Convencional debe retirarse de la sala sin permiso de la Convención, porque hace peligrar el quórum.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Manuel Ramírez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL MANUEL RAMIREZ:  Gracias, ciudadano Presidente.  Es al solo efecto de quizás dar una interpretación diferente con respecto al Artículo 159, y, desde ya, apoyando el Proyecto Base, y decir que fundamentalmente aquí hay tres cuestiones que se desarrolla en el artículo.

 

                En primer lugar, ¿quién es el órgano que puede intervenir a estos órganos, llámense departamentos o municipalidades, y las condiciones para la intervención  donde se establece que será el  Poder Ejecutivo, previo acuerdo de la Cámara de Diputados?

 

                Y en segundo lugar, los sujetos o quiénes son los que puede solicitar dicha intervención y la condición para que proceda dicha solicitud  Y se establece con claridad en el inciso primero, diciendo que sería la Junta Departamental o Municipal por decisión de la mayoría absoluta. Y entonces, debemos convenir que solamente hay dos causales para que proceda la intervención con la consecuencia que se establece en este mismo artículo que son: primero, la desintegración de la Junta Departamental o Municipal que imposibilite su funcionamiento,  es decir, -como ya lo ha dicho un preopinante- la ingobernabilidad interna. 

 

                Y en segundo lugar, por la existencia de graves irregularidades en la ejecución del presupuesto o en la administración de sus bienes y también con el previo dictamen de la Contraloría General de la República.

 

                Por lo tanto, Ciudadano Presidente, es al solo efecto de la interpretación que habría que darle a este artículo. Nada más, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional Víctor Manuel Núñez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL:  Gracias, Ciudadano Presidente. Disculpen que tenga que volver a hacer uso de la palabra para aclarar algunos conceptos y expresar que he comprobado, una vez más, que en esta sala, algunos convencionales sólo se oyen a sí mismos y no escuchan cuando los otros hablan.  Llego a esa conclusión porque me he apresurado, inmediatamente, al ponerse a consideración este artículo, en aclarar que la propuesta N° 2, presentada a los ciudadanos Convencionales había sido retirada y sustituida por otra propuesta que no se llegó a repartir.  Inclusive he dado lectura a la misma propuesta y sin embargo casi todos los preopinantes se han referido a la propuesta N° 2, ya retirada, por lo que deduzco que no han escuchado y que la mayoría sólo se escuchan a sí misma.

 

                Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  nosotros, en ningún momento, hemos puesto en duda la efectividad de la descentralización, siendo los fervientes defensores de esta nueva figura constitucional.  Y estamos seguros de que en este nuevo sistema no se puede dejar al arbitrio de una sola autoridad la intervención de un departamento o de una autoridad electa por el pueblo departamental.  Pero estamos seguros también de que es necesario establecer un mecanismo de intervención, puesto que el gobierno departamental tiene que cumplir algunas funciones encoméndales por el gobierno central y administrar fondos provistos por ese gobierno.  Por lo tanto, también en algunos casos es necesaria la intervención y así lo comprendió la Comisión Redactora cuando estableció las causales en qué casos expresos y únicos debe ser o puede ser intervenido un gobierno departamental o municipal; por esa razón yo había manifestado que estaba de acuerdo con toda esa parte del Proyecto Base. 

                Sin embargo, he propuesto sustituir el ultimo párrafo

-solamente el ultimo párrafo- de ese proyecto por otro "que contemple la facultad de destitución de las autoridades intervenidas al Poder Ejecutivo y no a la Cámara de Diputados".  Al Poder Ejecutivo que es la autoridad que debe necesariamente ejercer también el control sobre un representante suyo en el departamento, que es el gobernador. Pero a fin de asegurar el control democrático de esa intervención, también requerirá el acuerdo de la Cámara de Diputados adoptado por mayoría absoluta. No queda al arbitrio del Poder Ejecutivo la destitución de una autoridad.  La única variante, ciudadano Presidente,  es que sea el Poder Ejecutivo el que adopte la medida con acuerdo de la Cámara, y no la Cámara directamente. 

 

                La otra variante es que, una vez producida la destitución del Gobernador, del Intendente Municipal, la Junta Departamental o Municipal, el sistema de sucesión o elección de nuevas autoridades quede a cargo de la ley.

 

                El intendente municipal de acuerdo a la ley actual, -la Ley Electoral- el Artículo 263, perdón Artículo 266 del Código Electoral establece: "en caso de ausencia no justificada por más de treinta días, renuncia, inhabilitación o muerte de un Intendente Municipal, el Presidente de la Junta Municipal asumirá, interinamente, las funciones de aquél y convocará a sesión de la misma, en la cual, mediante voto secreto de cada uno de sus miembros, se elegirá, de entre los mismos, un nuevo Intendente Municipal para completar el período, cualquiera sea el tiempo que haya transcurrido desde la elección".

 

                En materia de sustitución de miembros de Junta Electoral, el sistema está establecido en la Ley Orgánica Municipal.

 

                Nosotros no podemos establecer como un corcel constitucional que el Tribunal, inmediatamente o dentro de los noventa días, llame a nuevos comicios sin establecer el tiempo previo de duración del Gobierno.  Si la destitución ocurre faltando seis meses para la finalización del período, de acuerdo a lo que nosotros establecemos en esta parte de la Constitución, necesariamente el Tribunal va a tener que llamar a nuevas elecciones para completar esos seis meses.  Es algo totalmente absurdo y oneroso para el herario público.  Por eso es que yo prefiero que "el sistema de sucesión quede a cargo de la ley como está previsto en materia municipal".

 

                La ley ya va a estudiar, los parlamentarios van a estudiar, con más tiempo, con más detenimiento, el sistema más apropiado para la sucesión, y, si transcurriere un tiempo relativamente corto, desde que inició su función la autoridad destituida, entonces, si la ley considera necesario, podrá establecer que se convoque a nuevos comicios.  Pero no, así como está acá, que en todos los casos hay que llamar a nuevos comicios, se podría tener diez o doce comicios departamentales en un período de cinco años. 

 

                En ese aspecto, ciudadanos Convencionales, propongo que el sistema de sucesión o de nueva elección sea derivado a la ley y no se establezca aquí taxativamente en la Constitución Nacional.

Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el último orador inscripto, el ciudadano Convencional Oscar Paciello.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR PACIELLO:  Ciudadano Presidente:  el fundamento del artículo, tal cual proviene de Comisión Redactora, es el de que únicamente una autoridad electiva puede destituir a una autoridad electa.  En eso creo que todos estamos de acuerdo.

 

                Ahora, ante la exposición del Convencional Núñez, realmente a mi me asalta la duda de que aquí en el texto no hemos establecido ningún período dentro del cual podría producirse la destitución.  Pienso, ciudadano Presidente, que esta es una cuestión que efectivamente va a tener que establecerse en la ley orgánica que se logre sancionar en relación con este asunto.  Y desde ese punto de vista ya casi nada resta por agregar, pero me parece muy oportuna la observación del preopinante, porque francamente, ciudadano Presidente, seis meses antes del período no tiene sentido nombrar un reemplazante, por un lado.

 

                Por otro lado, los motivos de oportunidad, siempre los tiene el Poder Ejecutivo, si va a decretar una intervención.  El único poder que puede intervenir es el Poder Ejecutivo y se salva con el Proyecto Base el principio antes enunciado; o sea, que "una autoridad electa no puede ser destituida sino por una autoridad electa".  Y en ese sentido, creo que está bien así como está el Proyecto Base de Comisión pero habría que realmente formularle una precisión mayor a este respecto, en estos puntos que está señalando el Convencional Núñez, y a mi me asalta la duda, ciudadano Presidente, en relación con la posible oportunidad o dilación de que pudiera surgir en este tratamiento.  Pero así se ha analizado muy exhaustivamente en la Comisión Redactora.  Entonces, no me resta sino solicitar la aprobación del despacho.  Nada más, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Se va a ofrecer la palabra al ciudadano Convencional Juan de la Cruz González, para retirar su propuesta.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN DE LA CRUZ GONZALEZ:  Gracias, ciudadano Presidente.  No para retirar, precisamente...

 

INTERRUPCION...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  No.  Ciudadano Convencional, entonces, la Presidencia no le puede ofrecer más la palabra, porque no está inscripto en la lista de oradores.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN DE LA CRUZ GONZALEZ:  En mi carácter de proyectista, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Ciudadano Convencional, aquí se habló de que usted iba a retirar.  No es necesaria, entonces, su intervención.  Muchas gracias.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN DE LA CRUZ GONZALEZ:  Ciudadano Presidente:  No he dicho, en ningún momento, ni en sueño que retiraría mi propuesta.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  La Secretaría me ha dado dicha versión.  No siendo así, no se halla inscripto;  ya quedó cerrada la lista de oradores; de manera que la Presidencia va a llevar a votación, sin más trámite.  Estamos en estadio de votación.

 

INTERRUPCION...

 

CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN DE LA CRUZ GONZALEZ:  ¿Ni aún en mi carácter de proyectista, ciudadano Presidente?

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Ya no, ciudadano Convencional.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN DE LA CRUZ GONZALEZ:  Acato con toda amabilidad.  Muchas gracias,  ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Muchas gracias, a usted.

 

                Se lleva a votación.

 

                En primer término, el Proyecto Base, el Despacho de Comisión, propuesta N° 1.

 

                Quienes estén por la aprobación del mismo, se servirán levantar la mano:  Mayoría.  Queda aprobado el Artículo 159, de acuerdo al Proyecto Base.

 

                APROBADO.

 

                Se pasa al siguiente Artículo 160.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Artículo 160.  Propuesta única.  Proyecto Base.

 

                                                SECCION  III

INTERRUPCION...

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...:  Presidente...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Miguel Angel Riquelme.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL ANGEL RIQUELME:  Gracias, ciudadano Convencional.  Es solamente para pedir una aclaración.  Si en el texto que acabamos de aprobar está incluida la sugerencia del Convencional Víctor Núñez, que ha acogido el Presidente de la Comisión Redactora.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  No, ciudadano Convencional, quedó aprobado tal cual textualmente se ha leído el Proyecto Base.  Quedó para la interpretación de que se remita a la ley, que deba dictarse para que recoja estas expresiones del ciudadano Convencional Víctor Manuel Núñez.  Muchas Gracias.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL ANGEL RIQUELME:  Muchas gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  A consideración, entonces, el Artículo 160, que es un proyecto único.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Sección III, Título de la Sección de los Municipios.  Artículo 160.  Título del artículo:  De la autonomía.

Texto:  Las municipalidades son los órganos de gobierno local con personería jurídica que dentro de sus competencias tienen autonomía política, administrativa y normativa, así como autarquía en la recaudación e inversión de sus recursos.  Punto final del texto del proyecto único.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  A consideración y a votación el proyecto único.  Hay alguien que desea hablar.  Por eso, la Presidencia siempre dice a consideración y a votación.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional, Luis Lezcano Claude.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS LEZCANO CLAUDE:  Gracias, ciudadano Presidente.

 

                Ciudadanos Convencionales:  el Artículo 160 que vamos a tratar, creo que debería ser analizado en relación con el Artículo 150, que ya hemos aprobado.  En el Artículo 150 ya esta contenido todo lo que se establece en este nuevo artículo.  En el primero se establece que los de departamentos y municipios gozan de autonomía política, administrativa y normativa.  También se -establece la otra disposición que es muy importante que está contenida en este artículo - que tienen autarquía en la administración e inversión de sus recursos.

 

                Es decir, dos partes fundamentales del artículo ya están contenidas en el Artículo 160.  Además, como en este Artículo 150 se hace referencia tanto a Departamentos como a Municipios, en la Sección II, que trata de los Departamentos, no se ha incluído una disposición similar la del Artículo 160, porque evidentemente ya está en el Artículo 150.

 

                De tal manera que el Artículo 160, debería ser suprimido o por lo menos, debería ser remitido a la Comisión de Estilo y Técnica Lesgilativa, de tal suerte que los Artículos 150 y 160, sean refundidos en un sólo artículo.  Nada más, muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                No hay oposición.  Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Emilio Camacho.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO CAMACHO:  Ciudadano Presidente:  para hacer una aclaración.  Estoy de acuerdo con que pase a la Comisión de Estilo y Técnica Legislativa, pero no estoy de acuerdo que sea la misma cosa.  El Artículo 150, establece la estructura la política y administrativa, y el Artículo 160, define lo que es un Municipio, así como el Artículo 155 define lo que es un Departamental.

 

                Por lo tanto, ciudadano Presidente no existe esta confusión. Es cierto que existen repeticiones que tendrían que ser tratadas por la Comisión de Estilo y Técnica Legislativa.  Pero, este artículo esta repitiendo una antigua definición de los Municipios.  Nada más, Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Se va a llevar a votación con la observación de que la Comisión de Estilo y Técnica Legislativa tratara de armonizar en lo posible.

 

                Quienes estén de acuerdo por la aprobación del texto único, se servirán levantar la mano.

 

                Mayoría.

 

                Queda aprobado el Artículo 160.  Pasamos al siguiente artículo.

 

                APROBADO.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Artículo 161.  Proyecto Unico.  Proyecto Base.  Título:  De las Elecciones.  Texto:  El gobierno de las Municipalidades estará a cargo de un Intendente y una Junta Municipal, los cuáles serán electos en sufragio directo por las personas habilitadas legalmente.  Punto final del texto del proyecto único.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  A consideración y a votación.

 

                Piden la palabra.  Un momentito.  Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Luis Lezcano Claude.  Pide de nuevo la palabra.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS LEZCANO CLAUDE:  Si, ciudadano Presidente, muchas gracias.

 

                También es para una breve observación.  Creo que este Artículo 161 es, digamos, el artículo paralelo al Artículo 155.  Realmente el tema que se trata aquí, en este caso en relación con los Municipios, es el gobierno municipal.  Verdaderamente el tema central del artículo, no son las elecciones, sino es el gobierno municipal; por ello, así como en el Artículo 155, el título era o es del gobierno departamental.  Sugiero que el título sea del gobierno municipal.  Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR PACIELLO:  Ciudadano Presidente.  sí, la observación del ciudadano Convencional Luis Lezcano Claude, es clarísima.

 

                Y quiero aclarar, ciudadano Presidente, que en la Comisión Redactora no hemos aprobado propiamente los títulos de los artículos, sino que fue una cosa que con finalidades propedeúticas, que asentó la Comisión de Estilo y Técnica Legislativa a nuestra recomendación precisamente, para facilitar el conocimiento por el pueblo.

 

                De manera que esto ciertamente no forma parte del texto, pero es razonable lo que está señalando el ciudadano Convencional Lezcano Claude, y acojo con absoluta tranquilidad porque me parece que es correcto. Nada más, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Víctor Manuel Núñez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR MANUEL NUÑEZ:  Si, ciudadano Presidente.

 

                A los efectos de señalar también un aspecto meramente de estilo.  Ya no me voy a referir al título, porque tenía también esa misma observación, pero cuando dice el gobierno de las Municipalidades, estará a cargo de un Intendente.  Parece que hay una mala formulación, porque las Municipalidades son órganos de gobierno, que comprende el Intendente y la Junta Municipal.  Creo que debe decir el gobierno de los municipios.

 

                En el artículo anterior 160, dice claramente que las Municipalidades son los órganos de gobierno local, por lo tanto, acá debe decir Municipios y no Municipalidades.  Gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR PACIELLO:  Ciudadano Presidente:  me parece muy exacta la observación del ciudadano Convencional Víctor Manuel Núñez.  Si bien es cierto, es una cuestión casi de estilo, veo que es razonable acoger esta observación. Muchas gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  La Presidencia va a llevar a votación con las observaciones hechas y aceptadas por el Presidente de la Comisión Redactora.  Los que estén por su aprobación, se servirán levantar la mano.

 

                Mayoría.

 

                Queda aprobado el Artículo 161. 

 

                APROBADO.

 

                Se pasa al Artículo 162, se va a dar lectura por Secretaría y existen dos propuestas.

 

CIUDADANO SECRETARIO: Existen dos propuestas: Proyecto Base.  Título del artículo:  De las atribuciones.  Texto: Serán atribuciones de las Municipalidades dentro de su jurisdicción territorial y con arreglo a la ley:

 

                1) La libre gestión en materia de su competencia, particularmente en la de urbanismo, ambiente, abasto, educación, cultura, deporte, turismo, asistencia sanitaria y social, instituciones de créditos, cuerpos de inspección y de policía;

 

                2) La administración de sus bienes y la disposición de ellos;

 

                3) La elaboración de su presupuesto de ingresos y egresos;

 

                4) La participación en las rentas nacionales;

 

                5) La regulación del monto de las tasas retributivas de servicios, efectivamente prestados, no pudiendo sobrepasar el costo de los mismos;

 

                6) El dictado de ordenanzas, reglamentos y resoluciones;

 

                7) El acceso al crédito privado y al crédito público nacional e internacional;

 

                8) La reglamentación y fiscalización del tránsito, el transporte público y las de otras materias relativas a la circulación de vehículos; y

 

                9) Las demás atribuciones que fijen esta Constitución y la ley.

 

                Propuesta N° 2:  Convencionales:  Carlos Avalos, Gustavo Rene González.  Título igual al Proyecto Base.  Propone la sustitución del inciso 8), por el siguiente texto:  La reglamentación y fiscalización del tránsito, el transporte público, la expedición de patentes y chapas de autovehículos, y las de otras materias relativas a la circulación de vehículos.

 

CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración de la plenaria, el artículo en cuestión.  Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR PACIELLO: Ciudadano Presidente: realmente acá la única variación que se ha señalado a las cuestiones que tradicionalmente son de atribución y consecuencias de los Municipios, es lo relativo a la expedición de patentes y chapas de autovehículos que ahora desde luego, esta así.

 

                De manera que, a ciencia cierta no entiendo cuál es la razón por la cual tendría que ponerse explícitamente, porque es de competencia municipal la recaudación de los impuestos y tasas que les son asignados por las leyes respectivas.  Y entre esos impuestos, está el impuesto de patentes: es de competencia del Municipio la reglamentación del transporte y fiscalización del tránsito dentro del Municipio, y a esa finalidad obedece las chapas.

 

                Ahora quiero llamar la atención de Convención Nacional Constituyente sobre un hecho que a mí me parece muy importante. Resulta que ahora en este mismo momento la prensa se hizo eco de una situación realmente agraviante para el país que son las chapas del Municipio de Nueva Colombia, allá por Barcelona.  Y francamente, hasta qué punto, justamente luego de que salga eso, nosotros los Constituyentes vamos a decir:  no tienen que dar chapas.  A mi me alarma y me inquieta, ciudadano Presidente, que ponga yo en el texto constitucional, justamente cuando estamos ante la evidencia; hace cuatro días, todos los diarios están publicando el negociado de las chapas.

 

                Por eso me opongo radicalmente a esto, ciudadano Presidente. Es una cuestión sumamente peligrosa.  Se puede hacer un mal uso, como se esta comprobado públicamente, y así como vino el texto de la Comisión Redactora, me parece muy bien y muchas gracias, ciudadano Presidente.

 

                APLAUSOS...

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el proyectista, el ciudadano Convencional Carlos Avalos.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS AVALOS:  Gracias, ciudadano Presidente.

 

                Ciudadanos Convencionales:  con el criterio del preopinante, ciudadano Presidente, creo que tendríamos que eliminar las Municipalidades y cualquier organismo administrativo que pueda caer en una situación de corrupción.

 

                Para eso ya hemos aprobado en el artículo anterior, ciudadano Presidente, la posibilidad de la intervención de las gobernaciones y de los municipios a través del Poder Ejecutivo.  Aquí con este proyecto sustitutivo del inciso 8), que he presentado, ciudadano Presidente, no busco otra cosa o no buscamos con el coproyectista otra cosa, que garantizar a las Municipalidades un derecho adquirido, que en gran medida representa, en ciertos Municipios, hasta el cuarenta (40%) y cincuenta (50%) por ciento de los recursos de ese Municipio.

 

                Y, ciudadano Presidente, vuelvo a reiterar que esto es a los efectos de garantizar, porque también es de conocimiento así como ha salido en la prensa que se ha producido el chapatráfico, como lo dicen, de la Municipalidad de Nueva Colombia, de que existe la posibilidad de la creación de un registro único de automotores y otorgar la facultad de la expedición de patentes y chapas de rodados a otros organismos que no sean de los Municipios.

 

                Y eso sería sencillamente, ciudadano Presidente, llevar a la tumba financiera a los Municipios. 

 

                Ciudadano Presidente:  solicito que los ciudadanos Convencionales presten un poco de atención a estos argumentos.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Orden en la sala y atención al orador, por favor.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS AVALOS:  Ciudadano Presidente:  en varias oportunidades en que he tenido intervención, cuando se trataba el tema de los Municipios y de la descentralización en la Comisión de Redacción, he manifestado lo siguiente:  así como se dice que la familia es la célula fundamental de la sociedad, así también podemos decir que los Municipios constituyen la célula fundamental del desarrollo de un país.

 

                Y, por lo tanto, ciudadano Presidente, debemos fortalecer la autonomía de los Municipios, debemos fortalecer que los Municipios tenga asegurados sus ingresos, y es por eso, ciudadano Presidente, que propongo este agregado en el inciso 8), con ruego de que sea apoyado por los ciudadanos Convencionales.  Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Evelio Fernández Arévalos.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS:  Gracias.  A las razones expuestas por el Presidente de la Comisión Redactora, quiero agregar otras.

 

                El preopinante ha hecho referencia a proyectos que existirían en estudio, de crear un registro nacional de la propiedad del automotor.  Y eso es absolutamente necesario e inevitable, porque es la única manera de que cada automotor cuente con una matrícula, con una historia determinada y evitar el tráfico ilegal de automotores.

 

                Eso no quita que las chapas-patentes que sean otorgadas por ese registro de la propiedad del automotor, unificado para todo el país, no tengan una determinada radicación.  Es decir, que no tengan distintivo para cada uno de los Municipios.  Si bien es una sola entidad la que registra, cada chapa tiene un distintivo relativo a cada uno de los Municipios.  Y eso tampoco quita que los respectivos Municipios perciban la tasa o impuesto correspondiente.  Eso es otra materia, pero es indudable que el progreso del país y la necesidad de evitar el tráfico ilegal de automotores, obligan a la creación de un registro nacional de la propiedad del automotor, donde se expidan las chapas en forma correlativa que impidan ese tipo de negociados; lo repito, sin perjuicio de que los ingresos relativos a esas chapas-patentes, se giren a las Municipalidades a que correspondan los respectivos automotores, lo cual aconseja también que se apruebe el Proyecto Base tal cual viene planteado.  Nada más, Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Por Secretaría se va a dar lectura a la lista de oradores inscriptos: Eusebio Ramón Ayala, Fermín Ramírez, Timoteo González, Luis Duarte Molinas, Miguel Angel Riquelme, Juan de la Cruz González, Emilio Camacho y Víctor Hugo Insaurralde.  Edgar Villalba, Víctor Núñez y Víctor Paniagua.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  La Presidencia declara cerrada la lista de oradores.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Eusebio Ramón Ayala.  Si puede ser breve, le vamos agradecer, no en particular a usted, sino a todos me estoy refiriendo.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO RAMÓN AYALA:  Inclusive si es en particular, acepto generosamente, ciudadano Presidente.

 

                Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  creo que se garantiza la autonomía municipal y se garantiza que las materias de sus competencias son privativas de las Municipalidades.

 

                No creo razonable poner en una Constitución la expedición de patentes y chapas de autovehículos, no creo razonable.  Creo que va en contra de la seriedad de una Constitución, si bien es cierto que hemos puesto muchas cosas, pero no tenemos que ir empeorando, ciudadano Presidente.

 

                Respeto que la autonomía municipal implica que debe tener sus recursos necesarios.  La existencia de una ley de registro único de automotores no implica que las Municipalidades no puedan percibir las tasas respecto a las expedición de las chapas; eso creo que es muy claro.

 

                Además, ciudadano Presidente, si nosotros vamos a proteger a nivel constitucional de todas las posibles leyes que puedan ir recortando y no dejar al campo legislativo, entonces tendríamos que poner también que los permisos para las fiestas también deben estar a nivel constitucional, que los que otorgan son las Municipalidades, por ejemplo.

 

                No creo, ciudadano Presidente, por esas razones.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Ciudadano Convencional, una interrupción. Los ciudadanos Convencionales no deben retirarse de la sala, porque peligra el quorúm.  Prosiga, ciudadano Convencional.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO RAMÓN AYALA:  Si, ciudadano Presidente.  Por esa razón, apoyo la moción N° 1 de la Comisión Redactora.  Gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Fermín Ramírez.  No se encuentra, no está.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Timoteo González.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL TIMOTEO GONZÁLEZ:  Si, ciudadano Presidente.

 

                Quiero observar, ciudadano Presidente.  En el inciso 4) dice: de la participación de las rentas en las rentas nacionales.

 

                Creo que tiene que decir aquella renta que fije la ley.  Me parece que debe complementarse en ese punto.

 

                Por otro lado, ciudadano Presidente, distinguidos Convencionales, estoy totalmente en desacuerdo con que se quiera pretender establecer en la Constitución Nacional una cuestión que es meramente administrativa, en la expedición de patentes o de las chapas de autovehículos y de la de otra materia de circulación de que ya está salvada, precisamente en el inciso que se quiere cambiar.

 

                Simplemente eso, ciudadano Presidente.  Gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Luis Duarte Molinas.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS DUARTE MOLINAS:  Gracias, ciudadano Presidente.

 

                Ciudadanos Convencionales: voy a tratar de ser breve en honor al tiempo.  Escuché al Convencional Carlos Avalos manifestarse sobre la expedición de patentes y chapas de autovehículos.  Creo que por su parte hay un error de a percepción en cuanto el concepto de lo que es el tránsito, en razón de que la expedición de patentes y chapas de autovehículos, no hace al solo efecto de estar siendo un perceptor de tasas al respecto.

 

                Quiero manifestarle al compañero Convencional que en el apartado 8) ya esta escrito taxativamente lo que corresponde en lo que se refiere al tránsito en las atribuciones de las Municipalidades.  Está visto que hacer el agregado o poner este agregado, como bien lo dijo ya el Convencional Ayala, estaríamos nosotros haciendo una reglamentación ya puramente de tránsito en esta Constitución.  La reglamentación de tránsito es facultad de las Junta Municipales, no de una Constituyente.

 

                Por lo tanto, ciudadano Presidente apoyo inextenso el Proyecto Base aprobado de la Comisión Redactora.  Gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Miguel Angel Riquelme.  Declina.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Juan de la Cruz González.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN DE LA CRUZ GONZÁLEZ:  Gracias.  Es a los efectos de sugerir a la Comisión de Redacción la siguiente observación:  En el Artículo 162 en estudio, comienza el artículo con la siguiente oración:  Serán atribuciones de las municipalidades.

 

                Se me ocurre que las municipalidades son instituciones que sirven de asiento al gobierno municipal.  Cabría aquí en consecuencia;  Serán atribuciones de los Municipios, o en su defecto, serán atribuciones de los organismos municipales.  La municipalidad no es la institución objetiva que visualiza la institución, pero la institución en sí es el Municipio.  Y la institución es el asiento donde funciona, es decir el asiento de los gobiernos municipales; porque los órganos municipales son las juntas municipales y la intendencia municipal, es decir no la Municipalidad, sin perjuicio de que se tenga mejor criterio sobre el particular.

 

                Otra observación.  Ya un preopinante se adelanto en cuanto al inciso 4), que dice: que la participación en las rentas nacionales habría que limitar este concepto, de lo contrario tendrían derechos los Municipios en participar en la renta nacional en bruto o en todas las rentas nacionales.

 

                Otra observación que quisiera trasladar a consideración de la Comisión de Redacción es el contenido del inciso 8) de la parte que expresa; la reglamentación y fiscalización del tránsito y del transporte público.  No me consta, ciudadano Presidente, que fuera de algunas municipalidades exista transporte público.  Aquí lo que seguramente se quiere expresar es la reglamentación y fiscalización del tránsito del transporte privado reglamentado, a los que llamamos comúnmente transporte público, pero no son transporte público, porque el transporte público se rige en base a normativas diferentes.

 

                Y si esa es la intención, magnífico, pero aquí entiendo que se refiere a transporte privado reglamentado, que son los colectivos.  Nada más, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Emilio Camacho.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO CAMACHO:  Ciudadano Presidente, ciudadano Convencionales:  brevemente, simplemente dar la siguiente significación.

 

                La propuesta del Convencional Avalos, evidentemente creo que no pueda responderse simplemente haciendo referencia a los frecuentes escándalos de corrupción de nuestro país.  Con ese criterio, cuántas personas o muchas personas ni siquiera tendrían que figurar aquí, entendiéndose que los escándalos afectan a varias instancias del Estado, y no solamente a uno o dos Municipios.

 

                Ciudadano Presidente:  lo que quiero dejar bien en claro es lo siguiente:  que dentro del Proyecto Base en el inciso 8), debe interpretarse claramente que la expedición de patente es una competencia municipal y de ninguna manera eso impide la creación de un registro nacional único de automotores, que es otra cosa, técnica y jurídicamente es otra cosa.  Porque así se legisla.  En todas las leyes de derechos comparados está claramente eso; que los registros únicos pueden hacerse perfectamente sin perjudicar digamos, a los Municipios, que es lo que se quiere precautelar aquí, pues, ciudadano Presidente, una persona medianamente enterado de los presupuestos municipales, sabe: que de doscientos veinte y pico municipios del país, ciento diez y seis municipios, sus ingresos más del sesenta (60%) por ciento, son porla expedición de patentes.

 

                Por lo tanto, aquí estamos legislando para nuestro país, para nuestra historia, para nuestro municipios, y es eso lo que se quiere preservar, reitero.  Yo creo que un argumento en el sentido de decir que esto impide la reglamentación única en todo el país, no se ajusta a la realidad, de ninguna manera eso perjudica.  Por lo tanto, ciudadano Presidente, quería dejar nada más el alcance de este término.

 

                Con respecto a un preopinante, a responder como miembro de la Comisión Redactora, transporte público tiene una doble acepción; eso puede brindarlo tanto el Estado como los particulares, pero son públicos en el momento que se extienden generalidades a la población y por lo tanto deben estar bajo potestad del Estado, sea Municipio o Departamento Central, es ese el concepto de transporte público.  Nada más, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Edgar Villalba.  Declina.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EDGAR VILLALBA:  No, ciudadano Presidente, lamentablemente, pero voy a ser sumamente breve.

 

                Quisiera simplemente manifestar mi preocupación con respecto al inciso 4) del Artículo 162 en cuestión, que habla, es decir, el artículo en sí habla de las atribuciones de las Municipalidades, y el inciso 4), habla de la participación en la rentas nacionales, Entiendo, ciudadano Presidente, que este inciso, tal debiera ser suprimido en este artículo que habla de las atribuciones.  De lo contrario ser trasladado a otro artículo que hable de los recursos de las Municipalidades, artículo este que no está contemplado, ciudadano Presidente, en el anteproyecto que estamos estudiando,

 

Normalmente, como se lo ha hecho en lo que hace relación a los gobiernos departamentales, hay un artículo, el 158 en este caso, que habla de los recursos que proveerán a la administración departamental en cuestión. En este caso, en el de los municipios, correspondería, tal vez, agregar un artículo que haga relación a los recursos y entre ellos mencionar los ingresos corrientes, ingreso de capital, legados, donaciones, intereses, multas, participación del impuesto inmobiliario correspondiente a la comuna y, lógicamente, también, la participación en las rentas nacionales, eventualmente. Es una sugerencia que hago al plenario, particularmente a la Comisión Redactora, ciudadano Presidente. Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias. Se toma nota de eso para la Comisión de Estilo y Técnica Legislativa.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Víctor Manuel Núñez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR MANUEL NUÑEZ:  Gracias, ciudadano Presidente. Es, simplemente, para despejar una preocupación, con relación al inciso 7), del artículo en estudio y solicitar a algún miembro de la Comisión Redactora tenga la gentileza de expresar el alcance de este inciso.

 

                Cuando el 7) habla del acceso al crédito privado y crédito público nacional e internacional, aparentemente no se establece ninguna limitación o condición para el acceso a ese credito público internacional. Y por eso, sugiero, si es posible agregar, ahí me están soplando, justamente, es la frase que propondría agregar es; " con arreglo a la Ley".

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Se transfiere a algún miembro de la Comisión.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Evelio Fernández Arévalos.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS:  Tanto la observación del preopinante como de la anterior, quedan salvados al comienzo de este artículo, porque dice: "Serán atribuciones de las municipalidades..."

 

CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR MANUEL NUÑEZ:  Aclarado. Muchas gracias.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS:  Bueno.   "..dentro de su... y con arreglo a la Ley." Nada más.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Víctor Hugo Insaurralde.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR HUGO INSAURRALDE:  Declino, ciudadano Presidente. Muchas gracias.

 

Aplausos.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Declina. Queda el último orador inscripto, el ciudadano Convencional Víctor Hugo Paniagua.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR HUGO PANIAGUA:  Declino, porque ya se han aclarado todas mis dudas, ciudadano Presidente.

 

Aplausos.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Muchas gracias, ciudadano Convencional.

 

                La Presidencia va a llevar a votación. Estamos en estado de votación.

 

                Vamos a llamar a la gente que está afuera, primero.

 

                Ciudadanos Convencionales: se va a llevar a votación. Se lleva a votación, en primer término.

 

INTERRUPCION.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL DIOGENES MARTINEZ:  Ciudadano Presidente: un pedido de aclaración, ciudadano Presidente. No quiero ser más acusado indebidamente.

 

                Ayer habíamos hablado que....

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Está ingresando a la sala un grupo considerable de Convencionales.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL DIOGENES MARTINEZ:  Cuando.....

 

Aplausos.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL DIOGENES MARTINEZ:  Ayer habíamos hablado de que, cuando hay una propuesta que se refiere a una sola parte del Proyecto Base, se llevaría a votación la propuesta menos esa parte, de tal modo que pueda tener la oportunidad, aquel que presentó una parte, de que su propuesta sea votada, porque no pueden ser votados dos proyectos, como en este caso, independientemente, por el hecho de que, si triunfara la propuesta N° 2, sería un artículo incompleto. Así que, ésa era la fórmula que ayer se implementó, y consulto al Presidente y a la Convención si vamos a seguir con ese criterio que, creo, a mi juicio, es lo más conveniente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  El Presidente de la Comisión Redactora no aceptó la inclusión de este inciso 8°, por lo que, no se puede votar, y solamente se vota directamente el despacho de Comisión así como ha venido.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...:  Ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Sí.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL:  ¿Me permite, por favor?.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional José Nicolás Morínigo.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL JOSE NICOLAS MORINIGO:  Ciudadano Presidente: recuerdo perfectamente este caso.  El ciudadano Convencional José Félix Fernández Estigarribia había planteado esta situación y se había incluido el caso en la cuestión de relación internacional, donde se condenaba el colonialismo y el imperialismo, y se incluyó, también, la dictadura, y se votó ésto, se aceptó hasta el inciso correspondiente y posteriormente fue tratado, específicamente, este inciso.

 

                Creo que es lo más razonable para dar posibilidades a que un inciso o un agregado pueda ser discutido por esta plenaria. Gracias, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  En ese caso, se llevaría a votación todo el artículo menos el inciso 8°). De acuerdo.

 

                Se lleva a votación el Proyecto Base en todas sus partes menos en el inciso 8°).

 

                Los que estén de acuerdo, se servirán levantar la mano.

 

                MAYORIA. Queda aprobado.

 

                APROBADO.

 

                Ahora, el inciso 8°). En primer lugar. Se va a dar lectura por Secretaría.

 

CIUDADANO SECRETARIO: El inciso 8°) del Proyecto Base, dice así: " La reglamentación y fiscalización del tránsito, el transporte público y la de otras materias relativas a la circulación de vehículos".

 

                La propuesta N° 2. Dice así: "La reglamentación y fiscalización del tránsito, el transporte público, la expedición de patentes y chapas de autovehículos y de las otras materias relativas a la circulación de vehículos."

 

                El cambio, la modificación o el agregado es; "la expedición de patentes y chapas de autovehículos", que figura en la propuesta N° 2.

 

CIUDADANO PRESIDENTE: Se lleva a votación. En primer término, el inciso del despacho de Comisión, Proyecto Base.

 

                Quienes estén por el mismo, se servirán levantar la mano.

 

                MAYORIA. Queda aprobado, en consecuencia, la totalidad del Artículo 162.

 

                APROBADO.

 

                Pasamos al Artículo 163.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Proyecto único. Proyecto Base. Título. Del Impuesto Inmobiliario. Texto. Corresponderá a las Municipalidades y a los Departamentos la totalidad de los tributos que graven la propiedad inmueble en forma directa. Su recaudación será competencia de las Municipalidades. El 70%  de lo recaudado por cada Municipalidad quedará en propiedad de la misma, el 15% en la del departamento respectivo y el 15% restante será distribuido entre las Municipalidades de menores recursos de acuerdo con la Ley. Punto final del texto del proyecto único.

 

CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración y a votación el proyecto único.

 

                Quienes estén por el mismo, se servirán levantar la mano.

 

                MAYORIA. Queda aprobado, en consecuencia, el Artículo 163.

 

                APROBADO.

 

CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 164. Proyecto único. Proyecto Base. Título. De la Protección de los Recursos. Texto. Ninguna institución del Estado, ente autónomo, autárquico o descentralizado podrá apropiarse de ingresos o rentas de las Municipalidades. Punto final del texto del proyecto único.

 

CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración. Hay un ciudadano Convencional que desea hacer uso de la palabra.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Luis Lezcano Claude.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS LEZCANO CLAUDE:  Gracias, ciudadano Presidente. Creo que, en este Artículo 164, la protección no se debe limitar a las Municipalidades, es decir, entiendo que habría que agregar; "Ninguna institución del Estado, ente autónomo, autárquico o descentralizado podrá apropiarse de ingresos o rentas de los Departamentos o las Municipalidades."

 

                Someto eso a consideración de la Comisión Redactora. Gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene el uso de la palabra el ciudadano Evelio Fernández Arévalos, por la Comisión Redactora.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS:  En primer lugar, materia de Departamento no estamos tratando, estamos tratando de las Municipalidades.

 

                En segundo lugar, no se cumple con el Reglamento, tendría que haberse presentado como proyecto.

 

                Y en tercer lugar, la razón de fondo es que las entidades que están sujetas a permanentes apropiaciones indebidas son las Municipalidades específicamente.  Por eso se quiso dar estatura y jerarquía constitucional, sobre todo, a moción de los ciudadanos Convencionales del interior, a las Municipalidades. De manera que ese es el motivo por el cual figura con esta redacción. Nada más, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Tadeo Zarratea.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL TADEO ZARRATEA:  Gracias, ciudadano Presidente. Es para llamar la atención de la Comisión Redactora sobre la falta de reciprocidad en este Artículo 164, ciudadano Presidente. Dice que; "ninguna institución del Estado, ente autónomo, autárquico o descentralizado podrá apropiarse de ingresos o rentas de las Municipalidades." Pero no dice que, viceversa,  las Municipalidades no podrán apropiarse, también, de rentas, fundamentalmente, de las rentas del Estado.

 

                Es una preocupación, ciudadano Presidente, en el mundo tributario, y estuve consultando con tributaristas de primera línea.  Creen ellos que la Constitución debe garantizar efectivamente, porque si no, podrían darse situaciones de exceso en que las Municipalidades empiecen, con el apoyo ahora, más aún de los departamentos, a recortar ciertas rentas del Estado.

 

                Es para llamar la atención sobre este punto y solicitar la aclaración de la Comisión Redactora, ciudadano Presidente. Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Emilio Camacho, de la Comisión Redactora.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO CAMACHO:  Sí. Ciudadano Presidente: yo tuve oportunidad de compartir ese criterio y existe una confusión o un concepto distinto a lo que es la jerarquía del Estado. Los Municipios no pueden ingresar, porque, obviamente, están subordinados primero al Congreso, al Poder Ejecutivo. Aquí lo que se busca es impedir los despojos, autoridades administrativas. Eso en primer lugar.

 

                En segundo lugar, sabemos, ciudadano Presidente, que las materias tributarias se crean por leyes. Las leyes, es el Congreso el único órgano que puede crear y habilita al Poder Ejecutivo, a veces a tasas o a veces a las Municipalidades. Por lo tanto, ese peligro no existe, ciudadano Presidente. Y recordar, como dijo el preopinante, si se quiere modificar el artículo, existe un Reglamento al que debemos orientarnos. Nada más, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Víctor Hugo Paniagua.

 

                Declina.

 

                La Presidencia va a llevar a votación.

 

                Quienes estén de acuerdo con la aprobación del texto único, se servirán levantar la mano.  Mayoría.  Queda aprobado.

 

                APROBADO.

 

                Se pasa al siguiente artículo.

 

CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 165. Proyecto único. Proyecto Base. Título. De las Categorías.

 

                Texto. Las diferentes categorías y regímenes de Municipalidades podrán ser establecidas por Ley atendiendo a las condiciones de población, de desarrollo económico, de situación geográfica, ecológica, cultural, histórica y a otros factores determinantes de su desarrollo. Las Municipalidades podrán asociarse con otras para encarar en común la realización de sus fines y mediante Ley con Municipalidades de otros países.  Punto final del texto del proyecto único.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  A consideración y a votación el proyecto único.

 

     Quienes estén de acuerdo, se servirán levantar la mano. Mayoría.

 

                APROBADO.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Como finalización del Capítulo, hay una propuesta de nuevo artículo que corresponde se pase a Comisión Redactora, presentada por el ciudadano Convencional Isidro Melgarejo Pereira.

 

CIUDADANO PRESIDENTE: Hay una propuesta. Se pasa a Comisión Redactora. Se va a leer. Se va a dar lectura.

 

                Se va a leer por Secretaría. Han pedido. No se abre debate sobre el mismo. Solamente se va a dar lectura y se gira a la Comisión Redactora. Solamente para conocimiento.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  De Atribuciones y Deberes del Gobernador. El Gobernador tiene la siguiente atribución y deber.

 

                1) Cumplir y hacer cumplir las órdenes y resoluciones que recibe del Poder Ejecutivo;

 

                2) Nombrar y remover los funcionarios y empleados de su dependencia cuya designación no estuviere atribuida a otra autoridad sin perjuicio de lo que dispongan las Leyes sobre la carrera administrativa;

 

                3) Presentar al Congreso un informe de su administración durante el año inmediatamente anterior; y,

 

                4) Presentar al Congreso el proyecto de ley de presupuesto de su departamento.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Ya quedó girado a Comisión Redactora.

 

                La Presidencia. No, no va a ser objeto de debate en esta instancia. Mañana, después, cuando la Comisión Redactora tenga su opinión, se va a discutir ampliamente como quieren los ciudadanos Convencionales.

 

                Conforme al Artículo 91, el Presidente gira a la Comisión. Reitero.

 

                Hemos cumplido el horario acabadamente, de manera que, la Presidencia somete a consideración el levantamiento de la sesión, por el día de hoy.

 

                Quienes estén de acuerdo, se servirán levantar la mano. Mayoría.

 

                Se levanta la sesión hasta el día de mañana, para estudiar otro Capítulo, el de la fuerza pública.

 

SE LEVANTA LA SESION SIENDO LA HORA 17:30.

 

 


                                                                      


 

RESOLUCIONES ADOPTADAS

 

-Aprobación del Acta N° 31 de fecha 20 de mayo de 1992.

 

-Pasar a la Comisión de Poderes y Reglamentos la lista de Convencionales ausentes sin aviso de cada sesión.

 

-Convocación a sesión extraordinaria los días 23 y 24 de mayo, a partir de las 08:30 horas.

 

Artículo 155.-          

 

8a. idea:

Si las elecciones de la Junta Departamental sería coincidente con las elecciones Generales.

 

9a. idea:

El gobernador electo durará 5 años en sus funciones.

 

-Nombramiento de una Comisión Ad-Hoc que elaborará el texto final del artículo 155, compaginando las ideas.  Conformación:  Carlos Avalos, Carmelo Benítez, Carlos Villagra Marsal, Diógenes Martínez, Gonzalo Quintana, Emilio Camacho, Bernardino Cano Radil, Oscar Paciello, Víctor Manuel Núñez, Rodrigo Campos Cervera.

 

Artículo 156.-           DE LOS REQUISITOS.

 

Para ser Gobernador se requiere:

 

1)ser paraguayo natural;

 

2)tener treinta años cumplidos, y

 

3)ser nativo del departamento, o con radicación en el mismo con un año cuanto menos.  En el caso de que el candidato no sea oriundo del departamento, debería estar radicado en él durante cinco años como mínimo.  Ambos plazos se contarán inmediatamente antes de las elecciones.

 

Para ser miembro de la Junta Departamental se requiere:

 

Los mismos requisitos para el Gobernador excepto la edad, que deberá ser la de veinticinco años cumplidos.

 

Artículo 157.-           DE LA COMPETENCIA.

 

Es de competencia del gobierno departamental:

 

1)la coordinación de las actividades con las distintas municipalidades del departamento; la organización de los servicios departamentales comunes, tales como las obras públicas, provisión de energía, de agua potable y demás que afecten en común a más de un Municipio, y la promoción de asociaciones de cooperación entre ellos;

 

2)la elaboración del plan de desarrollo departamental, que deberá coordinarse con el Plan Nacional de Desarrollo, así como la formulación presupuestaria anual, a ser considerada en el Presupuesto General de la Nación;

 

3)la coordinación de la acción departamental con las actividades del gobierno central, en  especial lo relativo a las oficinas de carácter nacional;

 

4)la integración de los Consejos de Desarrollo Departamental, y

 

5)las demás competencias que fijen esta Constitución y la ley.

 

Artículo 159.-           DE LA INTERVENCION.

 

Los departamentos y las municipalidades podrán ser intervenidos por el Poder Ejecutivo, previo acuerdo de la Cámara de Diputados, en los siguientes casos:

 

1)a solicitud de la Junta Departamental o Municipal, por decisión de la mayoría absoluta;

 

2)por desintegración de la Junta Departamental o Municipal, que imposibilite su funcionamiento, y

 

3)por grave irregularidad en la ejecución del presupuesto o en la administración de sus bienes, previo dictamen de la Contraloría General de la República.

 

La intervención no se prolongará por más de noventa días, y si de ella resultase la existencia del caso previsto en el apartado 3), la Cámara de Diputados, por mayoría absoluta, podrá destituir al Gobernador o Intendente, o a la Junta Departamental o Municipal, debiendo el Tribunal Superior de Justicia Electoral convoca a nuevos comicios para constituir las autoridades que reemplacen a las que hayan cesado en sus funciones, dentro de los noventa días siguientes a la resolución dictada por la Cámara de Diputados.

 

                                                                                                             SECCION III

                                                                                                       De los Municipios

 

Artículo 160.-           DE LA AUTONOMIA.

 

Las municipalidades son los órganos de gobierno local con personería jurídica que, dentro de su competencia, tienen autonomía política, administrativa y normativa, así como autarquía en la recaudación e inversión de sus recursos.

 

Artículo 161.-           DEL GOBIERNO MUNICIPAL.

 

El gobierno de los municipios estará a cargo de un Intendente y de una Junta Municipal, los cuales serán electos en sufragio directo por las personas habilitadas legalmente.

 

Artículo 162.-           DE LAS ATRIBUCIONES.

 

Serán atribuciones de las municipalidades, dentro de su jurisdicción territorial y con arreglo a la ley:

 

1)la libre gestión en materias de su competencia, particularmente en las de urbanismo, ambiente, abasto, educación cultura, deporte, turismo, asistencia sanitaria y social ,instituciones de crédito, cuerpos de inspección y de policía;

 

2)la administración de sus bienes y la disposición de ellos;

 

3)la elaboración de su presupuesto de ingresos y egresos;

 

4)la participación en las rentas nacionales;

 

5)la regulación del monto de las tasas retributivas de servicios efectivamente prestados, no pudiendo sobrepasar el costo de los mismos;

 

6)el dictado de ordenanzas, reglamentos y resoluciones;

 

7)el acceso al crédito privado y al crédito público, nacional e internacional;

 

8)la reglamentación y fiscalización del tránsito, el transporte público y las de otras materias relativas a la circulación de vehículos, y

 

9)las demás atribuciones que fijen esta Constitución y la la ley.

 

Artículo 163.-DEL IMPUESTO INMOBILIARIO.

 

Corresponderá a las municipalidades y a los departamentos la totalidad de los tributos que graven la propiedad inmueble en forma directa.  Su recaudación será competencia de las municipalidades.  El setenta porciento de lo recaudado por cada Municipalidad quedará en propiedad de la misma, el quince porciento en la del departamento  respectivo y el restante será distribuido entre las municipalidades de menores recursos, de acuerdo con la ley.

 

Artículo 164.-           DE LA PROTECCION DE LOS RECURSOS.

 

Ninguna institución del Estado, ente autónomo, autárquico o descentralizado, podrá apropiarse de ingresos o rentas de las municipalidades.

 

Artículo 165.-           DE LAS CATEGORIAS.

 

Las diferentes categorías y regímenes de municipalidades podrán ser establecidos por ley, atendiendo a las condiciones de población, de desarrollo económico, de situación geográfica, ecológica, cultural, histórica, y a otros factores determinantes de su desarrollo.

 

Las municipalidades podrán asociarse con otras para encarar en común la realización de sus fines y, mediante ley, con municipalidades de otros países.

 

-Se gira a la Comisión Redactora el nuevo artículo:  ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL GOBERNADOR.