M
E S A D I R E C T I V A
PRESIDENTE :
Convencional Oscar Facundo Ynsfrán
VICE PRESIDENTE 1º : Convencional Emilio Cubas Grau
VICE PRESIDENTE 2º :
Convencional Rafael Eladio Velázquez
VICE PRESIDENTE 3º : Convencional Darío A. Palacios Vera
VICE PRESIDENTE 4º : Convencional Luis Alfonso Resck
SECRETARIOS :
Convencional Diógenes Martínez
:
Convencional Emilio Oriol Acosta
:
Convencional Cristina Muñoz
:
Convencional Antonia Irigoitia
:
Convencional Víctor Báez Mosqueira
COORDINADORES
Convencional Gerardo Sosa Argaña
Convencional Víctor Núñez
Convencional Ramiro Barboza
Convencional Ramón Vera Venialgo
DIARIO DE SESIONES
Computación: José Manuel Plano de Egea
Corrección y Estilo: Américo Pérez Peña
Secretaría y Archivo: Merardo
Martínez
LISTA
DE CONVENCIONALES
Acevedo,
Euclides Roberto
Acosta
Cantero, Emilio Oriol
Alcaraz,
Cirila Cabral vda. de
Alfonzo
González, Marcelino
Alvarenga
P., Francisco
Argaña
C., Jesús M.
Aseretto,
Rodolfo
Avalos
Flores, Carlos
Ayala,
Angel
Ayala
Jiménez, Eusebio R.
Ayala
Zelada, Humberto
Báez
Mosqueira, Víctor
Balmelli,
Carlos Mateo
Barboza,
Ramiro
Bareiro
Saguier, Rubén
Benítez
C., Carmelo J. G.
Benítez
Florentín, Juan M.
Bernal
Garay, Víctor Luis
Boccia,
Franklin
Bogado
Gondra, Juan Félix
Britos
Acosta, Julián
Caballero
C., Esteban
Cabral
Frutos, Pablo A.
Cáceres,
Crescencio H.
Cáceres,
Favio Catalino
Callizo,
Federico
Camacho
Paredes, Emilio
Campos
Cervera, Rodrigo
Candia,
José Ismael
Cano
Radil, Bernardino
Capurro,
Héctor
Cárdenas
Marín, Ignacio
Castiglioni
Soria, Luis A.
Castillo
Gamarra, Celso
Centurión,
María Ligia
Centurión,
Rodolfo H.
Centurión
S., Gregorio R.
Chaparro,
Albino
Chilavert
Benítez, Lino
Chilavert
Viera, Reinaldo
Colarte,
Carlos Martín
Dávalos
Arce, Felipe
Decoud
Rodríguez, Justo R.
Delvalle,
Oscar Alberto
Delvalle
García, Domingo
Díaz
Calderara, Francisco
Doldán
Velázquez, Manuel
Dos
Santos, Jorge
Dos
Santos Jara, César R.
Duarte
E., Inmaculada
Duarte
Molinas, Luis A.
Echagüe
de Ayala, María C.
Echagüe
Insfrán, Ismael
Elizeche
Baudo, Juan F.
Enciso
Gómez, Patricio
Enciso
Vega, Gregorio
Escobar
Genes, José B.
Espínola,
Armando
Esteche
Troche, Abrahán
Estigarribia
G., Hugo
Fanego
Arellano, Julio C.
Fanego
Mussi, Rubén O.
Fernández
Arévalos, Evelio
Fernández
B., Benjamín
Fernández
E., José F.
Fernández
de Marín, Nilda
Ferreira,
Antonio
Ferreira
vda. de Ayala, Dolores
Ferreira
Bernal, Miguel M.
Figueredo,
Federico
Franco
Lanceta, Ricardo
Fretes,
Carlos
Fretes
Faría, Aparicio
Flores
López, Arcadio
Florentín
Paoli, Atilio R.
Gamarra
V., Valentín
Garay,
Luis
García,
Migdalia R. de
Galeano,
Antonia O. de
Galeano,
Miguel Angel
Gauto
Sanabria, Carlyle W.
Gill
Duarte, Rodolfo
Godoy
Jara, Milciades
González,
Carlos Alberto
González
F., Blanca Lila
González,
Juan de la Cruz
González,
Gustavo René
Gónzalez,
Timoteo
González
Delvalle, Alcibiades
González
Macchi, Luis A.
González
O., Wilfrido S.
Gwynn
Safstrand, Cayo
Heisecke,
Guillermo
Hermosilla
Ortigoza, Dora
Huerta
Echeverry, Juan R.
Insaurralde
F., Víctor Hugo
Insaurralde
Fleitas, Elvio
Irigoitia,
Antonia
Jiménez,
Castor Elizardo
Kennedy,
Peter Holder
Laíno,
Domingo
Laterza,
Gustavo
Lezcano
Claude, Luis
Llamas,
Estanislao
Llano,
Pedro Luis
López,
Francisco Solano
López
Leiva, Fernando
López
Ramírez, Blanca M.
Lugo
Benítez, Pedro
Lugo
Ortiz, Julio César
Maciel
Pasotti, Benjamín
Martínez,
Diógenes
Martínez
G., Estanislao
Mazó
Elizeche, Gustavo A.
Melgarejo
Lanzoni, Rubén
Melgarejo
Pereira, Isidro
Meyer,
Carlos Ovidio
Miltos,
Cosme
Mongelós,
Juan Héctor Mongelós, Serapio
Morel
Pintos, Mario
Morínigo,
José Nicolás
Morínigo,
Susana
Muñoz,
Cristina
Núñez,
Víctor Manuel
Oggero
Fernández, Raúl
Orella,
Juan Gilberto
Ortíz
Samudio, Tomás
Osorio,
Cecilio Alejandro
Ovelar
Ledesma, Pedro P.
Paciello,
Oscar
Palacios
Vera, Darío A.
Paniagua
F., Víctor Hugo
Peralta
Pérez, Juan Manuel
Pérez
Peña, Julio Damián
Podestá,
Carlos
Portillo,
Pedro Darío
Quevedo
Acosta, Víctor M.
Quintana,
Gonzalo
Radice,
Manuel Augusto
Ramírez,
Avelino
Ramírez,
Fermín
Ramírez
C., Manuel de J.
Ramírez
Jou, Manfredo
Ramírez,
René
Recalde
de Rojas, Elba
Resck,
Luis Alfonso
Ríos
Rodríguez, Jorge
Riquelme,
Miguel Angel
Robles
Alcaraz, Aída M.
Rodas,
Miguel Angel
Rodríguez
Acosta, Eduardo
Rodríguez
Arias, Pablino A.
Rodríguez
P., Pedro Angel
Rodríguez,
Osvaldo Tomás
Rodríguez,
Teresa D. de
Rodríguez,
Sinforiano
Rolón
Galeano, Fernando
Rolón
Sanabria, Vidal
Romero,
Rubén Darío
Romero
Pereira, Carlos
Romero
Roa, Ramón
Ruíz
Díaz, Herminio
Ruíz
Díaz Brítez, Perfecto
Ruíz
Díaz Bareiro, Elisa
Ruíz
Nestosa, Jesús
Sachero,
María Elena
Saguier,
Miguel Abdón
Salum
Flecha, Antonio
Samaniego
G., Gustavo
Samaniego
Giménez, José D.
Sánchez
Galeano, Víctor H.
Saucedo
Rodas, Aníbal
Sardi
Segovia, Manuel
Segovia
Avalos, Luis A.
Segovia
Boltes, Agustín
Silvero
Silvano, Jorgelina
Sosa
Argaña, Gerardo
Sotomayor
de Setrini, Ada
Storm
B., Carlos Armando
Storm
Monges, Crescencio
Talavera
Martínez, Pedro
Torales
Franco, Marciano D.
Ugarte
Díaz, Alirio
Valiente
Escobar, Antonio
Vargas
Mendoza, Eligio
Velázquez,
Rafael Eladio
Vera
Cáceres, Julio César
Vera
Fleitas, Francisco
Vera
Venialgo, Ramón A.
Villagra
Marsal, Carlos
Villalba,
Edgar
Villalba
Cardozo, Bernardo
Villanueva
Cardozo, Leslie
Ynsfrán,
Oscar Facundo
Yore
de Yunis, Lamia
Zárate
González, Dionisio
Zarratea,
Tadeo
SESION ORDINARIA N° 29.- 21 DE MAYO DE 1992
FECHA:21
de mayo de 1992.
INICIO:09:00
horas.
FINAL: 17:30 horas.
AUSENTES
CON
AVISO: Sesión Completa:-Alvarenga, Francisco
-Esteche
Troche,Abrahán
-Fernández
Estigarribia, José Félix
-Lugo
Benítez, Pedro
-Maciel
Pasotti, Benjamín
Turno
Mañana:-González, Blanca Lila
-Mazó
Elizeche, Gustavo
Turno
Tarde: -Caballero, Esteban
-Insaurralde
Fleitas, Elvio
-Saucedo
Rodas, Aníbal
-Sardi
Segovia, Manuel
-Vasconsellos,
Julio César
-Villagra
Marsal, Carlos
SIN
AVISO: Turno Mañana:-Echagüe Insfrán,
Ismael
-Oggero
Fernández, Raúl
Turno
Tarde: -Espínola, Armando
-González,
Blanca Lila
-López,
Francisco Solano
-Sánchez
Galeano, Víctor Hugo
ASUNTOS
ENTRADOS
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Benjamín Maciel Pasotti para dejar de
asistir a la sesión del 21 de mayo.
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Elvio Insaurralde Fleitas para dejar de
asistir a las sesiones del 21 y 22 de mayo.
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Carlos Fretes para dejar de asistir a las
sesiones, del 22 al 24 de mayo.
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Héctor Mongelós para ausentarse de la
sesión del 21 de mayo, a partir de las 17:00 horas.
-Pedido
de permiso de la ciudadana Convencional Dora Hermosilla Ortigoza para llegar
con retraso a la sesión del 21 de mayo.
-Pedido
de permiso de la ciudadana Cristina Muñoz para llegar con retraso a la sesión
del 21 de mayo.
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Gustavo Mazó Elizeche para ausentarse de
la sesión del 21 de mayo, por la mañana.
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Héctor Capurro para ausentarse de la
sesión del 21 de mayo, por 2 horas.
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Manuel Augusto Radice para ausentarse de
la sesión del 21 de mayo, por 3 horas.
-Pedido
de permiso de la ciudadana Convencional Cirila Cabral de Alcaraz para
ausentarse de la sesión del 21 de mayo, por 2 horas.
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Pedro Lugo Benítez para ausentarse de las
sesiones del 21, 22 y 23 de mayo.
-Pedido
de permiso del ciudadano Convencional Francisco Alvarenga para dejar de asistir
a la sesión del 21 de mayo.
SE INICIA LA SESION SIENDO LA
HORA 9:00
CIUDADANO PRESIDENTE: Honorable Convención, ciudadanos
Convencionales, habiendo quórum en la sala de más de ciento cincuenta y un
Convencionales, la Presidencia declara abierta la sesión del día de la fecha.
Por
Secretaría se dará lectura al Resumen del Acta de la sesión de la tarde
anterior.
CIUDADANA SECRETARIA: RESUMEN DE ACTA N°
31
SESION DE FECHA MIERCOLES 20 DE MAYO DE 1992
PUNTOS TRATADOS
1)Lectura
y consideración de los artículos aprobados en la sesión anterior, ratificándose
su aprobación.
2)Seguidamente
se continúa el tratamiento del Art. 155. Del Gobierno Departamental,
mocionando el ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil que la votación se
haga por ideas:
1a. Idea: "El Gobierno de
cada Departamento estará a cargo de un Gobernador". APROBADO POR MAYORIA.
2a.
Idea:Si
será electo por voto directo. APROBADO
POR MAYORIA.
3a.
Idea:Si
va haber Junta Departamental. APROBADO
POR MAYORIA, con 107 votos.
4a.
Idea:Tuvo
3 mociones:
Moción
N° 1
-Que cada Municipio elija un representante de la Junta Departamental.
Moción
N° 2 -Que
cada Municipio por lo menos tenga un representante en la Junta Departamental.
Moción
N° 3
-Que la ley fije el régimen de representación ante la Junta Departamental,
aprobándose esta 3a. moción por mayoría.
5a.Idea:Si
se incorporará la figura del Vicegobernador.
Por
la incorporación 42
votos.
Por
la no incorporación 73
votos.
En
blanco 5 votos.
En
consecuencia, no se incorpora la figura de la Vicegobernación, por resultar
esta moción en Minoría.
6a. Idea: Tuvo 4 mociones:
Moción
N° 1
-Si el Gobernador será representante o ejecutor de la política nacional del
Poder Ejecutivo.
Moción
N° 2
-Si el Gobernador ejecutará la política nacional del Poder Ejecutivo.
Moción
N° 3
-Del Convencional Gonzalo Quintana. Que
no se mencione nada, o sea, por la supresión de esta idea.
Moción
N° 4
-Del Convencional Ismael Echagüe. Que se
remita a la Ley Orgánica Departamental.
Puesto
a votación, se aprueba la Moción N°
1. Por Mayoría.
7a. Idea: Tuvo dos Mociones:
Moción
N° 1
-Si la elección será coincidente con las elecciones nacionales o
Presidenciales.
Moción
N° 2
-Si la elección será coincidente con las Municipales.
Sometido
a votación, se aprueba la Moción N°
1. Por Mayoría.
El
tratamiento de 8a. idea, no pudo llevarse a cabo al comprobarse la falta
de quórum, ya que se encontraban en la Sala de sesiones 97 Convencionales.
El
Convencional Carmelo Benítez solicitó se llame lista para verificar los
Convencionales ausentes y se deje constancia de la misma.
Luego
del control de asistencia por lista, el Presidente de la Convención levantó la
sesión, siendo la hora 19:40, manifestando antes, que esta situación se pondrá
a conocimiento de la Comisión de Poderes y Reglamentos, para que dictamine
sobre la sanción a los Convencionales ausentes.
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración el acta que acaba de leerse
por Secretaría.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Luis Alfonso Resck, sobre el acta, en lo
posible, porque si hubiese algún otro comentario, la Presidencia lo dejaría
para después. Solamente observaciones al
acta.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Dionisio Zárate, observaciones al acta,
únicamente.
CIUDADANO CONVENCIONAL DIONISIO
ZARATE: Ciudadano Presidente: al
comienzo de la parte en donde el Convencional Cano Radil expuso las
ideas a ser votadas, si mal no recuerdo, creo que no aclaró que esos puntos,
una vez aprobados, pasaría a una Comisión que redactaría y presentaría para hoy
en forma de artículos a ser sometidos nuevamente a consideración el nuevo
texto.
Tengo
entendido que fue así. Ahora no escuché,
o me parece no haber escuchado esa propuesta.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
En
efecto, por Secretaría se va a tomar nota.
El ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil propuso que se formase
una Comisión Ad-Hoc, al final de agotadas las ideas que iban a integrar esa
redacción, y encomendó inclusive a que la Presidencia designase, pero como no
se llegó a agotar el tema del análisis de las ideas, no hemos podido llegar a
esa etapa, por lo que tal vez en el día de la fecha se haga. Se
toma nota de esa observación muy atinada.
Tiene
la palabra la ciudadana Convencional Lamia Yore de Yunis.
CIUDADANA CONVENCIONAL LAMIA
YORE DE YUNIS: Gracias,
ciudadano Presidente. Le hago la
aclaración de que no es para referirme al acta precisamente, ¿no sé si
corresponde?
CIUDADANO PRESIDENTE: No.
Sobre el acta solamente, para que podamos avanzar.
CIUDADANA CONVENCIONAL LAMIA
YORE DE YUNIS: Me
reservo, ciudadano Presidente. Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: ¿No existe otra observación?
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Carmelo Benítez.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARMELO
BENITEZ: Gracias, ciudadano Presidente. Si mal no recuerdo, la idea N°
7, que era la que se tenía que votar si las elecciones de las Juntas
Departamentales se hacían con las Municipales o con las generales, eso no se
llegó a aprobar, ciudadano Presidente.
Sin embargo, aparece, según escuché, que eso fue aprobado por la Idea N°
1.
Entonces
esa era la observación que quería hacer sobre el acta, ciudadano Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE: Sí, ciudadano
Convencional. Consulto a Secretaría; yo
pienso que no se llegó a aprobar, y no se dice en el acta.
Le
va a hacer la aclaración el ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil, que
llevaba ordenadamente el tratamiento de las votaciones de las ideas.
CIUDADANO CONVENCIONAL
BERNARDINO CANO RADIL: Gracias, ciudadano Presidente. En el acta se leyó que van a ser coincidentes
con los Comicios Nacionales, pero en referencia a la elección de Gobernador, y
sería bueno que se agregue la palabra "Gobernador", que me parece que
no fue leída. Pero indudablemente que la
Junta Departamental no fue todavía votada.
Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Peter Holder Kennedy.
CIUDADANO CONVENCIONAL PETER
HOLDER KENNEDY:
Ciudadano Presidente: una
aclaración; al comienzo del acta, pienso que debe figurar, que esta plenaria se
constituyó en Comisión para el tratamiento del Artículo 155, y no figura en el
acta, ciudadano Presidente.
Además,
concuerdo con el Convencional Carmelo Benítez en el sentido, de que el punto 7
no se votó. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Se
toma nota y por Secretaría se va a corregir la omisión.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Rafael Eladio Velázquez.
CIUDADANO CONVENCIONAL RAFAEL
ELADIO VELAZQUEZ: Ciudadano Presidente: en el Resumen del Acta se habla de que se
tomó la lista de ausentes; quiero hacer constar que yo tenía permiso hasta el
19. Se produjo un percance porque hubo
400 peregrinos paraguayos, para una gratificación, y tuve que llegar recién el
20, llegué a Asunción cuando estaba finalizando el horario habitual de sesiones
de la Constituyente.
Para
hacer constar que no me he retirado de la sesión, sino que no me había
incorporado todavía. A eso solo
efecto. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Se toma nota, ciudadano Convencional, y se le
informa por la Presidencia que se tomó nota de los presentes en el momento de
la falta de quórum, quedando para después determinar los ausentes y las
justificaciones, porque hay ausentes con avisos y otros con permiso.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Luis Alfonso Resck.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
ALFONSO RESCK: Gracias, ciudadano Presidente. Yo también quisiera poner a salvo una
responsabilidad en mi calidad de representante del pueblo, como la tienen todos
los Convencionales, respetuosa y fraternalmente.
Primero,
ciudadano Presidente, se había convenido establecer un horario de 8:00 á 12:00
y de 13:00 á 17:00 de la tarde. En ese
marco, desde un comienzo siempre había estado presente, incluso viniendo antes
y saliendo después. Más aún, ni siquiera
mediodía yendome a casa.
Hago
esto ante mis distinguidos compañeros Convencionales y sobre todo ante la
opinión pública, ya que somos objeto en ese sentido de una suerte de
justificado contralor.
En
el día de ayer, ciudadano Presidente, nuevamente no se cumplió el horario. Comenzamos más de la hora 9:00, más de las
15:00 de la tarde, y nosotros tenemos otro compromiso. Yo también tengo, digamos, responsabilidades
en la Universidad, y a raíz del incumplimiento del horario, pecamos de
irresponsable, con el incumplimiento también de otros compromisos.
Yo,
a pesar de todo solicité permiso, porque era la hora 19:30, cuando me retiré,
ciudadano Presidente. Y me duele
muchísimo, porque trato y hago un esfuerzo, incluso, muchas veces con la salud
deteriorada, en estar presente.
No
he faltado, no sólo un minuto, un segundo, ciudadano Presidente. Por eso me dolería que fuera publicado, o que
constara en acta como un irresponsable.
Quiero poner a salvo simplemente mi responsabilidad, ante mis hermanos
Convencionales y sobre todo ante mi pueblo.
Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional. La Presidencia, para su tranquilidad le
recuerda, que efectivamente el ciudadano Convencional Luis Alfonso Resck se
apersonó ante la Presidencia, y le dio aviso de que se ausentaría en vista de
que habían variado los horarios, y que él tenía un compromiso de tipo docente,
de manera que queda justificada su inasistencia en horas de la tarde.
La
Presidencia, ¿si no existe otra observación sobre el acta?
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Dionisio Zárate.
CIUDADANO CONVENCIONAL DIONISIO
ZARATE: Sobre el acta, ciudadano Presidente. El último párrafo de la exposición del acta
habla precisamente de la toma de lista de los presentes, y la decisión de la
Presidencia de pasar a la Comisión de Legislación para determinar el grado de
sanción que correspondería.
A
ese respecto, ciudadano Presidente, desde luego, no podemos estar en contra del
cumplimiento de los Reglamentos que habla de sanciones cuando ella sea
válidamente aplicable. Pero quiero hacer
una aclaración, ciudadano Presidente, la sanción debe aplicarse en general a
quienes habitualmente suelen estar ausentes.
Personalmente,
creo que, no digo con modestia, porque no es mi costumbre adoptar posiciones
con falsa modestia. Es así que con
orgullo puedo decir que soy uno de los que no suelen faltar, e inclusive, no
suelo retirarme antes de hora. Estuve
presente ayer, no me afecta, pero reclamo, en homenaje a quienes habitualmente
cumplen con puntualidad, y por una circunstancia del azar, ayer 10 minutos
antes, tuvieron que retirarse, sería injusta la aplicación de una sanción en
estos casos.
Por
eso solicito, reiterando un pedido anteriormente hecho, que la Presidencia o la
Mesa Directiva, semanalmente los viernes informe la acumulación de ausencias,
que realmente son numerosas, para que se esté llevando y aplicando con justicia
esas sanciones, ciudadano Presidente.
Nada más.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional. Antes de ceder la palabra a otros
Convencionales, la Presidencia encarece que solamente verse su intervención
sobre observaciones al acta. Para
satisfacción del ciudadano Convencional que acaba de usar de la palabra, la
Presidencia le informa que las expresiones vertidas por el Presidente fueron
una vez que se levantó la sesión por falta de quórum. De manera, que fue solamente una expresión de
anhelo, no debe constar en el acta, no puede constar en el acta, porque la
sesión se levantó por falta de quórum.
Simplemente el Presidente anunció que sometería, y seguramente en esta
mañana, que ya hay quórum, la Presidencia va a expedirse sobre el punto, y va a
explicar a los ciudadanos Convencionales el mecanismo a regir en lo futuro.
Tiene
la palabra, mientras tanto, solamente para observación del acta. Si no es así, la Presidencia le va a cortar
el uso de la palabra.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Serapio Mongelós.
CIUDADANO CONVENCIONAL SERAPIO
MONGELOS: Sí. Declino, porque ya se dijeron los conceptos
que yo quería imprimir aquí, referente a
la ausencia de la tarde de ayer.
CIUDADANO PRESIDENTE: ¿Alguien más quiere hacer observaciones al
acta?
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Carlos Martín Colarte, sobre el acta.
Orden
en la sala para escuchar al orador.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
MARTIN COLARTE:
Ciudadano Presidente: solamente
para adherirme a las palabras del compañero Dionisio Zárate. Ya el Presidente de la Convención nos dio la
explicación bien instructiva respecto a la ausencia de los Convencionales, en
la cual también yo me incluyo, y estoy desde luego dispuesto a acatar lo que
decida la Comisión de Reglamento. Nada
más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional. No habiendo otra observación, la Presidencia
da por aprobada el acta que acaba de leerse por Secretaría, con las
observaciones pertinentes.
APROBADO.
Por
Secretaría se va a dar lectura a los permisos.
CIUDADANO SECRETARIO: Por el día jueves 21 de mayo, solicita
permiso el Convencional Benjamín Maciel Pasotti.
Por
los días jueves 21 y viernes 22, el Convencional Elvio Isaurralde Fleitas.
Desde
el viernes 22, hasta el domingo 24, el Convencional Carlos Fretes.
Por
el día de hoy a partir de la hora 17:00, el ciudadano Convencional Héctor
Mongelós.
Solicitan
licencia para llegar más tarde las Convencionales Dora Hermosilla y Cristina
Muñoz.
Por
el día de la fecha, en horas de la mañana, solicita permiso el ciudadano
Convencional Gustavo Mazó Elizeche.
Por
el término de dos horas, el Convencional Héctor Capurro.
Por
el término de tres horas, el Convencional Manuel Augusto Radice.
Por
dos horas, la Convencional Cirila Cabral vda. de Alcaráz.
Por
los días 21, 22, y 23 del presente mes, el Convencional Pedro Lugo Benítez.
Por
el día de hoy, 21 de mayo, todo el día, el Convencional Francisco Alvarenga.
Eso
es todo, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Antes
de pasar al tratamiento en particular del texto constitucional, la Presidencia
va a dirigirse a los ciudadanos Convencionales, en relación con algunos
aspectos que hacen al buen desempeño y al buen manejo de esta Convención.
En
primer lugar, la Presidencia reitera que es obligación de los ciudadanos
Convencionales asistir, impreteriblemente, a todas las sesiones de esta Magna
Convención.
Tienen
el recurso de dar aviso en caso de imposibilidad. La misma debe ser justificada, por lo que de
acuerdo al Reglamento, esa inasistencia injustificada, será tomada en cuenta,
para que en lo sucesivo, quienes no justifiquen su ausencia, o no den aviso, o
no pidan permiso a la Presidencia para retirarse del recinto, que la
Presidencia en cada caso tendrá que intevenir, e informará a la plenaria que
fulano o mengano se retira de la sala, para esta eventualidad futura, que no
debe repetirse, de dejar a la plenaria sin quórum.
Entonces,
la Presidencia cree oportuno aplicar el Artículo 17, para lo futuro, que
consiste en que aquellos Convencionales que incurran en reiteradas faltas de
ausencia, cree la Presidencia llegada la oportunidad, de consultar a la
plenaria, para que el caso sea derivado ya, sin discusión como dice el Artículo
17, para que la Comisión de Poderes y Reglamentos, establezca qué tipo de
sanción se deberá aplicar en lo futuro.
Es,
particularmente, responsabilidad de la Presidencia encauzar el buen
funcionamiento de esta Convención. El
tiempo apremia. Por eso la Presidencia
encarece la máxima responsabilidad de los ciudadanos Constituyentes, en cumplir
sus obligaciones, que en este momento son únicamente para con la Convención.
Se
considerarán solamente causas justificadas, la de enfermedad o causa de fuerza
mayor, pero de alguna manera tendrá que salvarse esta situación. Creo que es muy sencillo para lo futuro
consulto para que la Convención dé su aprobación para que pase a la Comisión de
Poderes y Reglamentos, la posibilidad de establecer las sanciones para las
ausencias que se produzcan en lo sucesivo.
Si están de acuerdo, se servirán levantar la mano: Mayoría.
Muchas
gracias. La Presidencia pasa, en
consecuencia, el tema a la Comisión de Poderes y Reglamentos.
En
segundo lugar, la Presidencia quiere comunicar que ya ha convocado para sesión
extraordinaria del día sábado y domingo para la prosecución del texto
constitucional.
APLAUSOS...
En
la seguridad de que los ciudadanos Convencionales sabrán redoblar trabajo y
esfuerzo, para que si en estos días se justifique un avance decisivo, en el
número de aprobación de artículos, pueda la Presidencia desconvocarla, si acaso
justifique la labor hecha por esta Convención.
En caso contrario, continuará la sesión, la convocatoria de sesión, para
el día sábado y domingo.
Es
obligación impreterible de los ciudadanos Convencionales, de la Convención en
pleno, y de esta Presidencia, que llevemos a buen término y aprobar lo antes
posible la sanción de esta Constitución.
Muchas gracias.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Jorge Dos Santos.
CIUDADANO CONVENCIONAL JORGE
DOS SANTOS: Muchas
gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos Convencionales:
respetuosamente, me permito hacer algunas observaciones con respecto a
este tema que usted ha iniciado.
Ciudadano Presidente: usted ha
manifestado que el tiempo nos apremia, y hay una serie de situaciones que a mí
me preocupan y que realmente entiendo que no se justifican.
No
tenemos autoridad moral, tal vez, para aplicar o recriminar a ningún compañero
que se haya ausentado en el día de ayer, porque hay una falta de disciplina en
las sesiones, falta de disciplina en el manejo de esta Convención. Se convoca las sesiones todos los días para
la hora 8:00 de la mañana, todos los días estamos para esa hora, y se inician
las sesiones, como en el día de la fecha, a la hora 9:00. Ocurre lo mismo en horas de la tarde. Entonces, ciudadano Presidente, estamos
perdiendo diariamente más de tres horas por ser así muy bondadosos con relación
al inicio de nuestras sesiones.
Y
hay una especie de, con respecto a su persona, ciudadano Presidente, me permito
sugerirle muy respetuosamente, hay algunos compañeros Convencionales que
mientras usted está arriba y no ingresa
al recinto de nuestras deliberaciones, en este recinto, tampoco ingresan
y se quedan en cafetería. Por lo tanto,
ciudadano Presidente, preocupado también, y en aras de una buena marcha y del
logro de nuestro objetivo, que es la de dotar de una Constitución a nuestro país,
me permito sugerirle a que seamos más puntuales todos, que sí somos convocados
a la hora 8:00 de la mañana, a la hora 8:00 de la mañana estemos aquí e
iniciemos concierta tolerancia de 10 á 15 minutos las sesiones. De la misma forma en horas de la siesta. Si somos convocados a la hora l4:00 ó a la
hora 13:00, estemos aquí con una tolerancia de 15 minutos y que ahí se tome
nota de los ausentes y que se lean las justificaciones.
Entiendo, ciudadano Presidente, que si imponemos una
rígida disciplina, no va a ser necesario estar convocando sesiones para los
fines de semana, un hecho que evidentemente nos perjudica a nosotros los
campesinos que queremos ver a nuestros familiares los fines de semana.
Por
ello me permito, ciudadano Presidente, hacer respetuosamente estas sugerencias
y también exhortar a los compañeros a que cumplamos con mayor
responsabilidad.
Asimismo,
solicito también que en este tema tratemos de ser lo más breve posible, si no
vamos a iniciar una caravana de justificaciones e inmediatamente entremos a
estudiar el artículo que corresponde en esta mañana. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, gracias,
ciudadano Convencional.
La
Presidencia también traslada esta preocupación de la llegada tardía para el
inicio y explica también a los presentes de que existen Vicepresidentes. El Presidente no entra antes de que haya
quórum, porque es imposible hacerlo. Por
eso vamos a..., así mismo es, yo controlo eso y están los Vicepresidentes que
yo inmediatamente les doy lugar para que ellos ocupen la silla y puedan abrir
inmediatamente la sesión. En procura de
ejemplo debo decir, que la Presidencia no estuvo ausente un sólo día, gracias a
Dios, por enfermedad. De manera que esto
vaya, no en descargo, sino vaya como ejemplo para que..., el problema de la
llegada tardía para no iniciar en el momento de las deliberaciones, en la hora
, traslado y yo mismo me hago el deber de cumplirlo; de manera que ya no vamos
más a insistir en ese tema. Directamente
vamos a aplicar: sí hay quórum a esa
hora, empieza decididamente la sesión.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Alirio Ugarte Díaz.
Hay
una moción de orden. El ciudadano
Convencional Cayo Gwynn tiene la palabra para una moción de orden.
CIUDADANO CONVENCIONAL CAYO
GWYNN: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: solicito a la
Presidencia y a todos los Convencionales se siga el estudio en cuestión de
nuestro Proyecto de Constitución.
CIUDADANO PRESIDENTE: Es una moción de orden para que se pase
al tratamiento del Orden del Día. Los
que estén de acuerdo, se sirvan levantar la mano. MAYORIA.
Se
pasa al tratamiento en particular del Texto Constitucional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil.
CIUDADANO CONVENCIONAL
BERNARDINO CANO RADIL: Gracias,
Presidente.
El
día de ayer suspendimos el tratamiento del Artículo 155. Y para retomar el hilo de la historia,
tendríamos que volver a constituirnos en Comisión en virtud del Artículo 80
inciso 10°, del presente
Reglamento, y aprobar la forma de tratamiento del Proyecto de Constitución
Nacional en virtud del Artículo 98 inciso 1°,
o sea votar por ideas o párrafos.
En
tal sentido hago moción de orden concreta para que se tome esta resolución por
la Convención y, una vez aprobada, creo que no va a haber inconveniente, ya que
funcionó bien el método en el día de ayer y avanzamos bastante ordenadamente en
la discusión de las ideas de este artículo tan importante. Pasemos a tratar los 3 puntos que nos quedan
del mismo, que serían: Si la elección de
la Junta Departamental va a ser nacional o
municipal; si el período va a ser 5 años, que creo que no hay ninguna
objeción sobre el tema. Y en tercer
punto, si va a haber reelección o no de los gobernadores, y en caso de que haya
reelección si va a ser contínua o alternada.
Muchas gracias, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias. La Presidencia lleva a votación para que esta
Convención se constituya en Comisión. MAYORIA.
La
Convención se ha constituido en Comisión.
Por Secretaría se va a hacer el relatorio de lo que se va a tratar en
este momento.
CIUDADANO
SECRETARIO: ciudadano Presidente:
la idea que estaba en discusión ayer cuando se levantó la sesión, era si
las elecciones para las Juntas Departamentales debían de ser coincidentes con
las elecciones Presidenciales o con las elecciones Municipales. Ese era el tema en discusión corresponde
reabrir el debate sobre tema.
CIUDADANO PRESIDENTE: A
consideración. Vamos a votar
directamente entonces.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Víctor Manuel Núñez, para
proponer una u otra cosa. Coincidente
con las nacionales o con las Municipales.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
MANUEL NUÑEZ: Sí,
señor Presidente, gracias.
Ciudadanos
Convencionales: en realidad ayer hemos
escuchado suficiente argumentaciones al respecto. Una de las cuales es la que me mueve en este
momento a solicitar el uso de la palabra.
Habíamos
escuchado a alguien que desea que la Junta Departamental sea electa en
elecciones simultáneas con las autoridades Municipales, habiendo alegado que la
Junta Departamental es la encargada de planificar el desarrollo y la actividad
del Gobierno Departamental. Ese es un
aspecto que me estuvo preocupando, por las siguientes razones: sí es la Junta Departamental electa en
ocasión diferente a la del Gobernador, la que tenga que establecer los planes
de Gobierno, yo me pregunto con qué plataforma electoral se presentaría el candidato
a Gobernador, si simplemente sería electo para cumplir un plan de trabajo
preestablecido por una Junta Departamental anterior.
No
estoy a favor o en contra de que sea electa en tal o cual oportunidad. Simplemente traigo esto como un elemento de
reflexión, porque suponemos que el Gobernador hará su campaña electoral en base
a un programa de trabajo, que tiene que ser elaborado por él, y en base al
cual, los planes concretos serían puestos a consideración de la Junta
Departamental, una vez formado el Gobierno Departamental. Pero si este Gobernador se encuentra con un
plan preestablecido, cuál sería la base de su campaña electoral para ser electo
en el Departamento.
Eso
es un razonamiento que pongo a consideración de los ciudadanos Convencionales
para que lo tengan en cuenta en el momento de votar si la Junta Departamental
será electa en comicios Municipales o generales. Gracias, señor Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Cecilio Osorio. Breve para manifestar
argumentos a favor o encontra.
CIUDADANO CONVENCIONAL CECILIO
OSORIO: Gracias, Presidente.
Voy
a ser muy breve en mi exposición, ciudadano Presidente. Solamente quería exteriorizar mi adhesión a
lo que ayer se había expresado en esta honorable Convención.
En
principio, el honorable Convencional Carlos Podestá había ideado que las elecciones de la Junta
Departamental se haga coincidentemente con la elección del Gobernador
Departamental; en ese sentido, señor Presidente, considero positivo, saludable
que así sea, que la Junta Departamental sea electa coincidentemente con la
elección del Gobernador Departamental, es decir, en las elecciones generales.
Creo
que no perjudicaría a ninguno de las Bancadas que eso sea realizado de esa
manera. Por eso yo exhorto a todos los
Convencionales, como amigo de los campesinos que no tiene compromiso con los
enemigos de ellos, para que se adhieran a esta moción; de que las elecciones de
la Junta Departamental sea coincidente con la elección del Gobernador
Departamental, es decir, de las elecciones generales. Nada más.
Muchas gracias, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: La Presidencia va a llevar a votación...,,
Hay otro.
Tiene
el uso de la palabra, el último que aparece inscripto, el ciudadano
Convencional Sinforiano Rodríguez.
CIUDADANO CONVENCIONAL
SINFORIANO RODRIGUEZ: ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: escuché atentamente ayer
los argumentos a favor y en contra de ambas posiciones. Y en un intento de total objetividad, sin que
me mueva absolutamente ningún tipo de interés sectario, yo me hago la siguiente
reflexión.
Esa
inquietud que expresó un preopinante, de que sería una desventaja para los
Gobernadores atenerse a un plan que él no lo ha elaborado; tengo la impresión
de que carece de consistencia si uno recuerda el siguiente factor: el arranque es fundamental. Esto me recuerda un poco a esas directivas
que se recambian parcial y periódicamente, porque, si en el 93 se inician los
Gobiernos Departamentales, entonces eso de por sí establece una regularidad de
que cada Gobernador se lance con su plataforma propia y el recambio del
intervalo, que será sistemáticamente en los intervalos, por aquellos de los
ejercicios alternantes, hará que Juntas Departamentales sobrevinientes por el
camino, sirvan como un eficaz contralor político. Es decir; cada Gobernador siempre será
lanzado con su plataforma propia, y la alternancia de Juntas en los intervalos
en forma aritméticamente regular, servirá como un eficaz y útil factor
contralor. Nada más.
CIUDADANO PRESIDENTE: Se va a llevar a votación. Estamos en estadio de votación.
En
primer lugar, se va a votar si la elecciones de las Juntas Departamentales
serán coincidentes con las nacionales, o sea con la de Gobernador. Quienes estén de acuerdo con la elección coincidente
con las elecciones generales del Gobernador las de la Junta Municipal, se
servirán levantar la mano. MAYORIA. Queda aprobada la idea.
APROBADO.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil.
CIUDADANO CONVENCIONAL
BERNARDINO CANO RADIL: Gracias, Presidente.
Habría que simplemente poner a votación el tiempo de
duración de estos períodos gubernamentales que en todos los proyectos coinciden
que sean 5 años. Cumplido ese requisito
formal, pasaría a ser tratado el último tema: si se acepta la reelección o no
de los Gobernadores.
CIUDADANO PRESIDENTE: Quienes
estén por el período de 5 años, se servirán levantar la mano. MAYORIA. Queda aprobado el período de 5 años.
APROBADO.
Ahora
viene otra idea. Tiene la palabra el
ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil.
CIUDADANO CONVENCIONAL
BERNARDINO CANO RADIL: Gracias, Presidente.
Ahora
habría que votar de la siguiente forma, Presidente. Y es la última idea del artículo que nos
ocupa.
En
primer lugar, si esta Convención va a aceptar la reelección o no de los
Gobernadores. Si la Convención
decide..., no sé si está tomada nota por Secretaría...
CIUDADANO PRESIDENTE: Sí guardan silencio,
por favor, para que se pueda escuchar.
Siga
con el uso de la palabra ciudadano Convencional Cano Radil.
CIUDADANO CONVENCIONAL
BERNARDINO CANO RADIL: Primero si se va a aceptar o no
la reelección de los Gobernadores.
Si la reelección no es aceptada no hay inconveniente y si la reelección
sí es aceptada, si va a ser por un período más continuo o alternado, hay que
votar de la siguiente forma.
CIUDADANO PRESIDENTE: La Presidencia va a
llevar a votación, entonces si se admite la reelección, en primer término. Quienes estén por la reelección se servirá levantar
la mano. MINORIA. No habrá reelección.
APLAUSOS...
Consulto
si queda alguna otra idea más, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil.
CIUDADANO CONVENCIONAL
BERNARDINO CANO RADIL: Gracias, Presidente.
Con
este punto hemos aprobado el árbol temático del Artículo 155. Ahora, la Presidencia tendría que nominar una
Comisión especial para que traiga redactado el artículo, como ya aprobamos en
la sesión pasada, para el día de mañana sería ya en este caso. Gracias, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano
Convencional.
La
Presidencia, en uso de su atribuciones va nombrar una Comisión Ad-Hoc para la
redacción del artículo, recogiendo las ideas aquí aprobadas. En consecuencia, nombro a los
ciudadanos..., ¡ la Presidencia
va a nombrar, no admite interrupción alguna ! Quedan nombrados los siguientes ciudadanos
Convencionales: Carlos Avalos, Carmelo
Benítez, Carlos Villagra Marsal, Oscar Paciello, Diógenes Martínez, Gonzalo
Quintana, Emilio Camacho y Bernardino Cano Radil. Esta es la Comisión que será la encargada de
redactar para que en el día de mañana nos traiga la redacción del
Artículo 155.
APLAUSOS...
El
siguiente artículo. Se pasa al
tratamiento del Artículo 156.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Bernardo Villalba.
CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDO
VILLALBA: Ciudadano
Presidente: hay una idea sumamente
importante en el Artículo 155 que no se ha votado, que es la posibilidad de
reelección de los Miembros de la Junta Departamental, que están en varios
proyectos, ciudadano Presidente. Es por
eso que había solicitado la palabra antes de que se nombre los miembros de esta
Comisión, ciudadano Presidente, es una idea que está en varios proyectos. Los Miembros de la Junta Departamental si van
a poder ser o no reelecto. Gracias,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la
palabra el ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil.
CIUDADANO CONVENCIONAL
BERNARDINO CANO RADIL: Gracias, Presidente. Obviamente el conflicto era solamente admitir la reelección o no del Gobernador,
nadie cuestionó que la Junta Departamental pueda ser reelecto. Entonces, obviamente no se puede votar porque
no hay moción contraria, por lo menos en los textos que se han presentado hasta
la fecha. Entonces es indudable que
eventualmente la ley podría, incluso, regular esta situación, pero para mi modo
de ver, y que quede ya en el acta, aprovechando esta situación, la Junta
Departamental pueden ser reelecta sin ningún tipo de límites, y el Gobernador
sí, no puede ser reelecto. Gracias, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Correcto,
ciudadano Convencional. Se trata de un
cuerpo colegiado y no hubo ninguna observación a ese respecto.
Vamos
al Artículo 156. Tiene el uso de la
palabra el ciudadano Convencional Martín Colarte.
CIUDADANO CONVENCIONAL MARTIN
COLARTE:
ciudadano Presidente, compañeros
Convencionales: pido para que esta en Comisión nombrada también se integre al
Convencional Víctor Manuel Núñez. Nada
más, señor Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Se agrega el nombre de Víctor Núñez.
CIUDADANO SECRETARIO:
Artículo 156...
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Federico Callizo.
CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO
CALLIZO: Sí, ciudadano
Presidente. Quiero pedir que se
incorpore a esta Comisión al Convencional Rodrigo Campos Cervera, teniendo en
cuenta que él, juntamente con el ciudadano Evelio Fernández, fueron redactores
en la Subcomisión, de este tema, ciudadano Presidente. Entonces es correcto que figure un miembro de
la Comisión Redactora. No es más que por
ese motivo que estoy solicitando la incorporación de este Convencional a esta
Comisión.
CIUDADANO PRESIDENTE: Se agrega, ciudadano
Convencional sin más trámite.
CIUDADANO SECRETARIO: ciudadano
Presidente: antes de pasar a estudiar el
siguiente artículo, yo creo que la plenaria
estaba constituida en Comisión, y solicito que se cierre el estado de
Comisión y se pase a plenaria nuevamente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Así es. Ha terminado la misión del tratamiento en
Comisión: por tanto se va a cerrar. No hay otro punto que va a tratar la
Convención constituida en Comisión. Se
pasa al plenario; entonces queda cerrado, terminó la etapa de Comisión de la plenaria.
Prosigue
el tratamiento del artículo en particular.
Sí se puede leer por Secretaría.
CIUDADANO SECRETARIO:
Artículo
156. Propuesta N°
1. Proyecto Base. Título del artículo: De los Requisitos.
Texto: Para ser Gobernador se requiere:
1) Ser paraguayo natural.
2) Tener 30 años cumplidos.
3) Ser nativo del Departamento o con residencia en él
por 3 años como mínimo.
Propuesta
N° 2. Convencional Víctor Hugo Insaurralde. Titulo: igual. Texto:
Para ser Gobernador se requiere:
1)
Ser paraguayo natural.
2)
Tener 30 años cumplidos. Y
3)
Ser nativo del Departamento o con residencia en él por 5 años.
Propuesta
N° 3. Fue retirada.
Propuesta
N° 4. Convencionales Gonzalo Quintana, Luis Llano, Manuel Ramírez
y otros. Título: igual.
Texto: Para ser Gobernador se requiere:
1)
Ser paraguayo natural.
2)
Tener 30 años cumplidos. Y
3)
Ser nativo del Departamento, con residencia mínima de 1 año en el mismo o con
residencia en él por 3 años para los no nativos.
Propuesta
N° 5. Convencional Carlos Avalos. De los Requisitos. Para ser Gobernador se requiere:
1)
Ser paraguayo natural.
2)
Tener 30 años cumplidos. Y
3)
Ser nativo del Departamento o con residencia real y efectiva en él de 3 años
como mínimo.
Propuesta
N° 6. Víctor Hugo Sánchez.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Víctor Hugo Sánchez.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
HUGO SANCHEZ: ciudadano Presidente: la propuesta que yo he
presentado guardaba relación con la estructura administrativa de los
Departamentos. Y observo que el tema
vinculado con la autonomía ya ha sido aprobado en el Artículo 150. En consecuencia, yo retiro esta propuesta. Nada más.
CIUDADANO SECRETARIO: Propuesta
N° 7. Carlyle Gauto y Bernardo Villalba. Título: igual.
Texto: Para ser Gobernador se requiere:
1)
Ser paraguayo natural.
2)
Tener 30 años cumplidos. Y
3)
Ser nativo del Departamento o con residencia en él de 3 años como mínimo. Para ser miembro de la Junta
Departamental..., bueno está incompleto
aquí el texto.
Quedaría
entonces hasta los requisitos para ser Gobernador. La mesa nota que la diferencia en las 5
propuestases exclusivamente en el inciso 3.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL
...: Edad y residencia,
es el tema. Primero ...
INTERRUPCION....
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano
Presidente, como miembro informante de
la Comisión Redactora. Por favor.
CIUDADANO PRESIDENTE: A
consideración. Tiene la palabra el
ciudadano Convencional Oscar Paciello, miembro informante de la Comisión.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano
Presidente.: en el día de ayer se produjo este hecho del que se dio cuenta hace
un rato, por el inmenso fastidio que causa a la mayoría de los Convencionales
tener que, en muchos casos, insistirse en las mismas ideas. Acá se han presentado 4 o 5 propuestas, y
creo que todos los Convencionales son suficientemente perspicaces como para
saber discernir si qué es lo que quieren y cuál es la propuesta que les
parece. Acá no hay nada que fundamentar,
ni apoyar, ciudadano Presidente. Por
eso, solicito que, con carácter previo, de acuerdo al Artículo 98, inciso 6),
de los Reglamentos, se vote el Despacho de Comisión que es sumamente claro, no
requiere fundamentación ni explicación alguna.
Si éste es rechazado, entonces, entremos en la serie de vaguedades y
generalidades que plantean todos los otros proyectos alternativos.
Solicito,
ciudadano Presidente, como moción de orden, desde luego, concreta, que se pase
a votación el Despacho de Comisión. Muchas gracias.
Aplausos...
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano
Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Ramiro Barboza.
CIUDADANO CONVENCIONAL RAMIRO
BARBOZA: Gracias, ciudadano
Presidente. En el mismo sentido que el
ciudadano Convencional Presidente
de la Comisión Redactora, ciudadano Presidente, deseo informar,
respetuosamente, a los ciudadanos Convencionales que, aparte de tratar el
Artículo 156 de este proyecto, nosotros, en computadora, ya tenemos registrado
243 proyectos alternativos presentados, que se han discutido, por una
parte. Ciudadano Presidente, en la
mayoría de los casos, en el Diario de Sesiones hemos podido observar que gran
parte de este documento se relaciona a cuestiones meramente
reglamentarias. Se ha discutido más
sobre cuestiones reglamentarias que sobre el fondo de la cuestión.
Ciudadano
Presidente, apelo a un autocontrol de los ciudadanos Convencionales, en el
sentido de que utilicen la palabra cuando tienen verdaderamente algo que
aportar. La mayoría, como ha dicho el
Convencional Tadeo Zarratea, guardamos nuestro silencio atentos, respetuosos y
nuestro voto responsable, y eso es lo que debe de primar. Es imposible que con 156 artículos aprobados,
se hayan presentado 234 propuestas alternativas.
Ciudadano
Presidente: además de usar papel en el
Diario de Sesiones para dejar constancia de cuestiones meramente reglamentarias
que no hacen al fondo del asunto o para apoyar meramente alguna decisión que
uno puede votar libremente, eso es lo que estamos haciendo. En consecuencia, ciudadano Presidente, apelo
nuevamente a los ciudadanos Convencionales, en el sentido de que aceleremos
este proceso constituyente, aportando nuestro silencio respetuoso. Gracias, ciudadano Presidente.
Aplausos...
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
La
Presidencia declara cerrada la lista de oradores con dos inscriptos: Emilio
Camacho y Rafael Eladio Velázquez.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
INSAURRALDE: Ciudadano
Presidente: yo pedí hace rato la
palabra.
CIUDADANO PRESIDENTE: Y bueno, Víctor
Insaurralde. No más. La Presidencia
declara cerrada la lista de oradores.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Emilio Camacho.
CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO
CAMACHO: Declino, ciudadano
Presidente.
Aplausos...
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Rafael Eladio Velázquez.
CIUDADANO CONVENCIONAL RAFAEL
ELADIO VELAZQUEZ: Ciudadano
Presidente: son muy loables todas las
expresiones que se han formulado, pero no debemos sentar el funesto precedente
de cerrar el debate sin debate. Creo
que, en todas las oportunidades, el recurso sería apelar al autocontrol y al
sentido de la responsabilidad de los Convencionales, para que no hablen
demás. Pero no podemos dejar sentando
este precedente. Todas las cuestiones
son discutibles, todas las cuestiones son opinables y hay que reservar el
derecho de los ciudadanos Convencionales a hacerlo en el momento que lo consideren
oportuno.
Quiero
señalar, inclusive, que el debate se ha abierto, porque el primero de los
oradores ha calificado de vaguedades los proyectos distintos a los de la
Comisión Redactora. Sin entrar a
pronunciarme sobre si son o no vaguedades, creo que, inclusive, el debate se
abrió. Si los ciudadanos Convencionales
creen que se puede votar directamente, se abstendrán de pedir la palabra. En cuanto a la estadística que nos ha
proporcionado un Convencional, los 250 y tantos proyectos sustitutivos sobre un
total de 156 artículos, señalan, más que una facundia indebida, una verdadera,
un recato, diría yo, una austeridad extrema, ya que no alcanzan a 2 proyectos
por artículo. Creo que es laudable y
señala el sentido de responsabilidad con que se ha usado la palabra. Me opongo, sí, Presidente, a que sentemos el
precedente de cerrar el debate sin haberlo abierto. Nada más.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano
Convencional, la Presidencia abrió el debate, hablaron los ciudadanos
Convencionales Oscar Paciello, Ramiro Barboza, Emilio Camacho, declinó. Advertí que quedaban su nombre y el de Víctor
Insaurralde, luego de lo cual la Presidencia declaró cerrada la lista de
oradores.
Tiene
la palabra el último orador inscripto, el ciudadano Convencional Víctor Insaurralde.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
INSAURRALDE: Gracias,
ciudadano Presidente. Quisiera apelar a
la sensibilidad de los ciudadanos Convencionales. Resulta que cuando a algunos les interesa
hablar sobre un tema, no quieren que se cierre la lista de oradores, ni el
debate. Pero, cuando no les conviene
tocar esto, automáticamente se ponen en defensiva, y eso es injusto, ciudadano
Presidente.
Aplausos...
En
este tema de la descentralización,y donde vienen a tallar los reales intereses
de los Departamentos, quienes más interesados estamos en este tema somos los
campesinos, ciudadano Presidente. Por
eso solicito que se reabra nuevamente la lista de oradores, y tratemos de
participar aquellos que tenemos nuestras reales intensiones de llevar adelante
este proyecto, ciudadano Presidente, por un lado. En segunda circunstancia, quiero señalar una
situación ...
Pido
la atención, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Se ruega orden en la
sala para escuchar al orador.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
INSAURRALDE: En
la Comisión de Redacción había quedado una propuesta en minoría, y ahora, he
presentado una propuesta alternativa, porque no estoy de acuerdo, ciudadano
Presidente, en que, para que una persona sea Gobernador, necesite simplemente
de tres años de residencia en el Departamento.
Para mí es ilógico, es totalmente absurdo que una persona, que por el
simple hecho electoralista, vaya y se radique en un Departamento por tres años,
después pueda ser Gobernador.
Quiero
establecer, ciudadano Presidente, que en algunos países en Sudamérica -y voy a
dar casos específicos- en la República Argentina, que es un país federal y
donde se respeta mucho más ...
CIUDADANO PRESIDENTE: Orden en la sala
para escuchar al orador
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
INSAURRALDE: ...donde
se respeta mucho más, incluso, a los inmigrantes, ciudadano Presidente, el caso
de la provincia de Formosa; para ser Gobernador, incluso, se le da potestad a
los extranjeros, con una cierta residencia en el país y en su Estado. Un extranjero que vive 15 años en la
Provincia de Formosa, puede llegar a ser Gobernador. Y un argentino tiene que tener una residencia
efectiva de 5 años, nativo de la provincia.
Pero, para aquellos que vienen de otras provincias, como mínimo,
ciudadano Presidente, se requiere 8 años de residencia previa, real y
efectiva.
De
la misma forma, en otro país -si usted me permite ciudadano Presidente, quiero
hacer la lectura- también en Guatemala,
para ser Gobernador como mínimo se requiere residir los últimos cinco años
antes de la elección, o sea, de su elección como Gobernador, debe radicarse en
el Departamento. Yo me pregunto,
ciudadano Presidente, si una persona que vive tres años en el Chaco paraguayo
-voy a hablar de mi Departamento, porque es el que conozco y puedo expedirme
fácilmente sobre él-. En el Chaco
paraguayo, una persona que va y se radica por tres años, se radica en las
urbes, en las ciudades donde hay mayor estabilidad de trabajo, o como
comerciante, hay mayor disciplina. Sin
embargo, no conoce en tres años, ni en cinco años, lo que es el fondo del
Chaco. Quisiera que vaya este personaje
que quiere ser Gobernador del Chaco y empiece a recorrer 500 kilómetros de
camino que no es asfaltado, donde hay clausuras. Ni en 15 años va a conocer todo lo que es el
Chaco. Y, ciudadano Presidente, creo que
cinco años de residencia en un Departamento debe ser como mínimo, para que un
ciudadano pueda ser electo como Gobernador.
Hay
otros compañeros que también se expedirán sobre el caso, si así lo cree
conveniente la Convención. Por eso,
ciudadano Presidente, solicito a los ciudadanos Convencionales que traten de
estudiar bien, que traten de mentalizarse bien, que no podemos permitir que la
residencia sea solamente de tres años.
De
la misma forma, hay proyectos, ciudadano Presidente, que se han presentado para
hablar sobre el tema de los miembros de las Juntas Departamentales. Y eso también, es un capítulo aparte que
tenemos que estudiar, ciudadano Presidente.
Por eso, vuelvo a insistir, apelo a los ciudadanos Convencionales que se
reabra nuevamente el debate y se dé oportunidad a todos para que puedan
hablar. Muchas gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano
Convencional.
La
Presidencia, en primer término, deja constancia de que en ningún momento ha
coartado la libertad de palabra de ningún Convencional. Se ha ceñido estrictamente a los Reglamentos
y, en función de sus atribuciones, ha declarado cerrada la lista. Ahora, el ciudadano Convencional, la
propuesta que ha hecho, es prácticamente la de apelación ante la Convención
para que esta decisión de haber cerrado la lista se reabra. Queda a cargo de la Convención esta apelación
para que se reabra la lista.
Los
que estén de acuerdo por que se reabra la lista de oradores, se servirán
levantar la mano. Hay una confusión, se
va a votar por fila únicamente.
Los
que estén por que se reabra la lista de oradores se servirán ponerse de pie.
Escuchen,
los que estén por la decisión de reabrir.
Es una apelación ante la Convención para que se reabra la lista de
oradores.
Primera
fila, se podrán ponerse de pie, uno sólo.
Dos
votos . Segunda fila, por que se reabra, tres votos.
Tercera
fila, un voto. Para que se reabra la lista
de oradores.
Cuarta
fila, seis votos.
Quinta
fila, ocho votos.
Villanueva: siéntese por favor, porque confunde.
Sexta
fila, por que se reabra la lista de oradores, ocho votos.
Séptima
fila, siete votos.
Octava
fila, por que se reabra, doce votos.
Novena
fila, por que se reabra, veinte votos.
Décima
y restantes, por que se reabra la lista de oradores, quince votos.
Mesa,
cuatro votos.
CIUDADANO SECRETARIO: Ochenta y siete votos.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ochenta y siete votos. Mayoría. Se reabre la lista de oradores. Por favor, si se inscriben.
CIUDADANA SECRETARIA: Mantengan la mano levantada, por favor.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Leslie Villanueva.
Rogamos
a los ciudadanos Convencionales que no se retiren de la sala.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL ...: Ciudadano Presidente: le pido la palabra
sobre un punto importante.
CIUDADANO PRESIDENTE: Si se trata de una
moción de orden, únicamente, ciudadano Convencional.
CIUDADANO CONVENCIONAL
...: Tengo entendido, que
primeramente deben hacer uso de la palabra los proponentes, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Bueno, ¿están
inscriptos? Ya usó de la palabra el
Convencional Víctor Hugo Insaurralde.
Se
ofrece la palabra al ciudadano Convencional Gonzalo Quintana. No está.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Luis Llano.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
LLANO: Distinguidos
Convencionales ...
CIUDADANO PRESIDENTE: Orden en la sala
para escuchar al orador.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
LLANO: ...hemos analizado,
como campesinos, la Propuesta Base, y hemos encontrado un pequeño inconveniente
en el punto tres. La Propuesta Base dice que para ser Gobernador,
se requiere ser nativo del Departamento, o con residencia en él por tres años,
como mínimo. En este punto, hemos
encontrado un pequeño inconveniente. ¿Que quiere decir que un individuo, al ser
nativo de un Departamento sin estar consustanciado con los reales problemas de
dicho Departamento, puede ir a presentarse como candidato con sólo ese
requisito de ser nativo del mismo?. Creo
que eso va a ser contraproducente para el Departamento. Necesitamos personas que conozcan la
problemática del Departamento y que realmente sepan los problemas reales que
existen, para que de esa forma se pueda tratar de solucionar los problemas y
llevar adelante el progreso del Departamento, que es lo que se busca con esta
descentralización.
Por
eso nosotros hemos puesto en el punto tres que, para ser Gobernador, el
requisito de ser nativo además debe ser acompañado con la residencia mínima,
aunque sea de un año, de ese nativo en el Departamento. Bueno, eso realmente. Invito a todos los Convencionales,
especialmente a los residentes en el interior y a los representantes campesinos
a que analicen y que piensen en este punto, ciudadanos. Si no, cualquier individuo que haya nacido en
nuestros respectivos Departamentos y se haya convertido en citadino o
capitalino puede ir a presentársenos allá como candidato a Gobernador,
señores. Eso debemos pensar y analizar,
ciudadanos. Por eso, nosotros ponemos
este requisito de que sea, como mínimo, un año de residencia en el
Departamento, para que pueda presentarse como candidato a ocupar la gobernación
de nuestro Departamento.
Creo
que con esto, les invito nuevamente a todos, los campesinos especialmente, y
los representantes del interior, a tener en cuenta este punto. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Se ofrece la palabra
al ciudadano Convencional Carlos Avalos Flores, proyectista.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
AVALOS: Ciudadano
Presidente: voy a ser breve. Solamente para mencionar que retiro mi
moción, y me adhiero a la moción presentada por el Convencional Víctor Hugo
Insaurralde. Gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Se
ofrece la palabra al ciudadano Convencional Carlyle Gauto, como
proyectista. No está en la sala.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Bernardo Villalba, como co-proyectista.
CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDO
VILLALBA: Gracias, ciudadano Presidente. También, en la parte de los requisitos para
ser gobernador, nos adherimos a la moción del Convencional Víctor Hugo
Insaurralde, pero queremos un agregado en este artículo, en donde consten los
requisitos para miembros de la Junta Departamental, en el sentido de cambiar la
edad y reducir 25 años para los miembros
de la Junta Departamental, por las siguientes razones y fundamentos que no es
necesario esgrimir mucho. Bien sabemos
que para ser Diputado, la edad mínima es de veinte y cinco años, así también
para los Ministros. Entonces, es justo
que la edad mínima para miembro de la Junta Departamental también sea de veinte
y cinco años coincidente con la de los Ministros y los Diputados.
Por
tanto, solicitamos que, en el estadio oportuno, se vote por separado, en primer
lugar, inciso por inciso la Propuesta Base con relación a los otros proyectos y
también se voten en forma separada los requisitos para ser miembros de la Junta
Departamental. Gracias, ciudadano
presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Antes
de dar la palabra, la Presidencia, va a hacer leer, por Secretaría, la lista de
los oradores inscriptos, e inmediatamente va a proceder al cierre de la lista
de oradores.
CIUDADANO SECRETARIO: Leslie Villanueva, Valentín Gamarra, Carmelo
Benítez, Martín Colarte, Rubén Romero, Carlile Gauto, Nilda de Marín, Peter
Holder Kennedy, Abelino Ramírez, Dionisio Zárate, Angel Ayala, Gonzalo
Quintana, Pedro Rodríguez, Darío Palacios, Timoteo González, Domingo Delvalle,
Andrés Ramírez, Víctor Hugo Paniagua y Elvio Insaurralde
CIUDADANO PRESIDENTE: La Presidencia declara cerrada la lista de
oradores.
Prosigue
el debate.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Leslie Villanueva.
La
Presidencia ruega brevedad, en lo posible, sobre este tema.
CIUDADANO CONVENCIONAL LESLIE
VILLANUEVA: Gracias, ciudadano Presidente. Ciudadanos Convencionales: soy uno de los
Convencionales que siempre en forma silenciosa están apoyando para que esta
Convención siga adelante.
También
seré breve, sobre una cuestión fundamental, sobre una duda tremenda y ojalá que
los ciudadanos Convencionales me saquen de esta duda que tengo. Aquí dice de que para ser Gobernador se
requiere ser "nativo del Departamento". En eso quiero ser claro, en que, si es que un
ciudadano nativo vive en la capital o en el exterior y luego por su poder económico
se lanza como candidato, por solamente ser nativo, puede ser gobernador.
Por
eso solicito a los ciudadanos Convencionales, principalmente del interior, para
que vean y estudien esta cuestión tan fundamental para nuestros Departamentos,
porque muchas veces pueden ocurrir que una persona puede ser nativo de un
Departamento y viva en la capital; luego, por su poder económico y por algún
aparato partidario, va y se lanza como candidato.
Creo
que tendríamos que poner freno a esta situación, y es por eso que estoy con la
propuesta N° 3, del último inciso
y solicito que se vote párrafo por párrafo.
Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Valentín Gamarra.
CIUDADANO CONVENCIONAL VALENTIN
GAMARRA: Muchas gracias, ciudadano Presidente. En el Diario de Sesiones de la Comisión
Redactora consta las argumentaciones hechas por los Convencionales del
interior, en ocasión de aprobarse este artículo "de los requisitos para
ser Gobernador". En aquella ocasión,
ciudadano Presidente y queridos Convencionales, hemos fundamentado, con
énfasis, el peligro que representa para los Departamentos la institución de
solamente tres años de antigüedad para pugnar, nuevamente, por la gobernación.
Y
pusimos como ejemplo, en aquella ocasión, la de los Delegados de Gobierno, que
en su mayoría tienen más de tres años, cuatro años, cinco años de permanencia
en el cargo pero jamás de residencia.
El
Departamento de Canindeyú tuvo cuatro Delegados de Gobierno y ninguno de ellos,
ni siquiera al término de sus funciones, se ha quedado en el lugar donde
amasaron sus fortunas. En ese sentido,
nosotros nos allanaríamos con la propuesta de Víctor Hugo Insaurralde a los
efectos de ir por la propuesta N°
4, que llena más las aspiraciones de los Convencionales campesinos para este
cargo. Y si es posible corregir, si es
de Estilo, cuando habla de un año, sea "un año inmediatamente anterior a
la fecha de elecciones", porque de lo contrario tampoco no solucionaría
nada que un nativo que hace quince años se haya ido a Asunción y haya vuelto
por lo menos un año. Entonces, le
estaríamos dando esos mismos derechos.
Por
eso, ciudadano Presidente, para terminar, lógico, "la residencia real y
efectiva, de un año antes de las elecciones, del nativo y cinco años para los
no nativos". Muchas gracias. Me
dictó "año previo a las elecciones
y cinco años para los no nativos".
Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Carmelo Benítez.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARMELO
BENITEZ: Gracias, ciudadano Presidente. Efectivamente, como dijo mi compañero
Valentín Gamarra, perdone que lo cite, en la Comisión de Redacción,
personalmente me he opuesto a lo que viene hoy como Proyecto Base. Y justamente, sacando a relucir la figura, ya
en este momento borrada del éter, del Delegado de Gobierno.
Nuestro
Delegado de Gobierno, del Departamento de Itapúa, en este momento y antes de la
sanción de esta nueva Carta Magna, ya tiene más de tres años como Delegado de
Gobierno. Si bien es cierto, son
personas que están cumpliendo sus funciones, no es menos cierto, que al
consagrarse este artículo en la forma que viene de la Comisión de Redacción,
estaríamos dándole la posibilidad de que se presenten con un noventa y nueve
coma noventa y nueve por ciento (99,99%) de posibilidades de ganar de vuelta el
mando Departamental, como Gobernador.
Ciudadanos: quisiera solicitar a los proyectistas de la
propuesta N° 4 que encabeza el
Convencional Gonzalo Quintana, que acojan la propuesta de Víctor Insaurralde y
que también se levante, ciudadano Presidente, la edad mínima requerida para un
Gobernador. No puede ser que un
Gobernador de tan sólo treinta años tenga la sublime responsabilidad de dirimir
todos los aspectos atinentes a un Departamento.
El Departamento de Itapúa es un Departamento pujante, un Departamento
laborioso, un Departamento ubérrimo. Y
en ese sentido, tenemos entendido que treinta años no le da todavía al hombre
suficiente capacidad.
Acá
mismo, dentro del seno de nuestra Convención, habemos gente con más de cuarenta
y cincuenta años que irresponsablemente ayer, por ejemplo, no estuvieron
presentes. Y qué sería una persona de treinta
años, que tenga que dirimir responsabilidades tan importantes como la de
Gobernador.
Ciudadano
Presidente: tenemos entendido que, al
consagrar la nueva figura jurídica de la descentralización, lo que estamos
haciendo es llevar un poco de ese poder central a nuestros lugares de
origen. Y en ese sentido, ¿por qué se va
a poner treinta y cinco años para ser Presidente de la República y solamente
treinta años a una persona que prácticamente cumple las mismas funciones, en
menor escala, en los Departamentos?
También
quiero referirme a los proyectista de la propuesta N°
4, en el sentido de que también acojan, por lo menos, "de cinco años de
residencia a los no nativos y un año de residencia a los nativos del
Departamento, inmediatamente antes de la elección". Porque, si ésto no se pone, en el
Departamento de Itapúa, Alfredo Stroessner puede ser el próximo
Gobernador. Muchas gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Martín Colarte.
CIUDADANO CONVENCIONAL MARTIN
COLARTE: Karaí Presidente, tapicha kuéra
Convencionales: Heta oñe'ëva jepive
he'i, en homenaje al tiempo voy a ser breve, pero ha' eténte pe voy a ser
breve, katuete oñe'ë quince o veinte minutos.
Che ha'éta la en homenaje al tiempo añe'ëtaha apenas un minuto.
Ajeykeko
mbarete hagüä ha pe tapicha kuéra che costado izquierdo mokoiveva he'iva'
ekue. Chévero guarä tapicha Convencional
kuéra, principalmente tapicha campesino, ja hecha poräva'erä ko asunto kóva,
porque ko'ä hína, he'i hagüeicha ápe el
preopinante último, y katuete la iplatamívante lña oho oye radica la ñande
departamentope ha oñeja'ata ajépa oganá la gobernación en nuestro Departamento,
valga la redundancia. Ha sy va'era upéva
porque el pueblo campesino, che aje referí muy específicamente, al Departamento
de San Pedro, roimé oré totalmente consustanciado ko asunto'í koandíve ¿por
qué? Porque campaña rojapo ajá kurí ja
romoïmbáma de manifiesto ko'a mba'e ahä ikatúva'erá kurí oje sucedé en esta
nueva Carta Magna, ja japo ápe hína en este momento.
Asi
es que, ciudadano Presidente, che añe adelantá ame'e voi la che voto a la
propuesta N° 4, con la inclusión
o japova'ekue mención, ko ápe, tapicha Carmelo Benítez. Che agüiye ndéve, karai Presidente, ha
Convecional kuéra.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Rubén Romero.
CIUDADANO CONVENCIONAL RUBEN
ROMERO: Ciudadano Presidente, Convencionales todos: entiendo de que la propuesta N°
4, en el inciso 3) es la más acertada, porque justamente, se prevé en élla lo
que nosotros, que residimos en el interior, estamos temiendo. Nosotros tememos de los paracaidistas, de los
prevendarios y de los cepilleros que residen en distintos lugares de nuestro
país y que vayan nuevamente para ocasionar perjuicio en nuestros
departamentos. Justamente tenemos la
experiencia de los Delegados de Gobiernos que van y solamente se conectan con
los traficantes de autos, con los traficantes de drogas, con los abigeos, con
los faenadores clandestinos y con los contrabandistas y dejan de lado lo que es
la realidad departamental.
Nosotros
necesitamos de gente que conozcan la necesidad del pueblo campesino y conozcan
la realidad departamental. Por eso yo
estoy con la propuesta N°
4, y propongo también para que se acoja de que "los no nativos tengan una
residencia de por lo menos cinco años" de tal forma para que podamos
apoyar en forma total esta propuesta N°
4. Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Carlile Gauto.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLILE
GAUTO: Ciudadano Presidente, honorables
Convencionales: los proponentes de la
propuesta N° 7, hemos observado
que en el texto de la Comisión Redactora, el Proyecto Base, hay una omisión
referente de los requisitos para ser miembro de la Junta Departamental.
Ciudadano
Presidente, en cuanto a eso, hemos presentado nuestra propuesta estableciendo
los mismos requisitos para el Gobernador, excepto la edad, que deberá de tener
veinte y cinco años. Que consideramos es
la adecuada, inclusive, es la edad permitida en casi todas las Constituciones
para ser Diputado, un cargo de gran responsabilidad, que creemos que podría ser
equiparada a esa edad.
Ciudadano
Presidente, en cuanto al texto N°
4, que es un sentimiento, que está representado en todos los campesinos, por
diferentes inquietudes de diferentes índoles, nosotros en cuanto, los
proponentes de la propuesta N°
7, nos adherimos a la propuesta N°
4, en la parte pertinente de los requisitos para ser Gobernador y solicitamos
el agregado del segundo párrafo de nuestra propuesta, que se refiere a los
requisitos para ser miembros de la Junta Departamental. Igualmente hago mía la solicitud de mi
compañero, proponente de la propuesta de que se vote inciso por inciso y
párrafo por párrafo.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra la ciudadana Convencional Nilda de Marín.
CIUDADANA CONVENCIONAL NILDA DE
MARIN: Gracias, ciudadano Presidente. Ciudadanos Convencionales: solamente para especificar un poquito más la
propuesta que había hecho el ciudadano Convencional Valentín Gamarra. En el sentido de que cualquiera sea la
propuesta que salga ganadora, para la Comisión de Estilo sobre todo se tenga en cuenta, en establecer
"años previos a cada elección".
Y
por otro lado, propongo que esos "años previos a cada elección" que
tenga que exigírsele un no nativo en el Departamento sea de cinco años, no de
tres, sino de cinco años. Gracias,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadana Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Peter Holder Kennedy.
CIUDADANO CONVENCIONAL PETER
HOLDER KENNEDY:
Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales: en principio como firmante también de la
propuesta N° 4, quiero aclarar
que la idea fue "los nativos del lugar un años antes de las
elecciones". Acá seguramente hubo
error de estilo, pero si se podría poner bien éso. La idea base, nuestra, fue que resida un años, por lo menos, antes de
las elecciones, en el departamento.
Tuve
la oportunidad de leer todos los argumentos que esgrimieron en la Comisión
Redactora referente a este punto. Pero
con el permiso del Ciudadano Presidente y de los distinguidos Convencionales,
quiero dar algunas ideas vagas, o sea vaguedades, como se dijo acá. Nosotros que vivimos en los departamentos no
es que estemos con la idea de que los nativos no sean gobernadores. En principio no tenemos la competencia. Inclusive, la idea central es que los nativos
del departamento vuelvan, los nativos del departamento capacitados en ciudades
más grandes, en otros países, vuelvan al departamento a colaborar con el engrandecimiento
de cada departamento.
Pero
lo que no estamos de acuerdo, ciudadano Presidente, es que, como se había dicho
acá hace un rato, paracaidistas, o personas que vayan llegando justo el día
antes de las elecciones sean electos Gobernadores, vivan en Asunción o vivan en
otras ciudades, y que no se integren a la comunidad, en la cual es
gobernador.
Nosotros
en Coronel Oviedo, tenemos experiencias de Delgados, que los sábados y domingos
vuelven a Asunción, junto a su familiares.
Y pienso particularmente, que en los departamentos también, si pensamos
llevar adelante la democracia en este país, la sociedad, la sociedad civil
debemos de compartir inclusive y controlarnos entre nosotros, no hay necesidad
casi de otra persona, pero es fundamental que una persona que sea Gobernador
del departamento, conozca el departamento, se integre con la sociedad civil del
departamento, conviva con los problemas, si es posible también en la parte
social del departamento.
A
parte de eso, ciudadano Presidente, tenemos casos concretos, nosotros que
tenemos la experiencia, los que vivimos en el interior, de muchos casos de
personas que se van y traen en lo posible lo que pueden y vuelven. En este caso, leyendo dentro de los argumentos
de la Comisión, no me dí de alguién que propuso, vamos a suponer un caso
concreto de un candidato a Gobernador que vaya a competir para las elecciones
de Gobernador, no sea residente, pierda las elecciones y vuelva otra vez. Para mí no va a ser simpático un caso de
eso en los departamentos.
Concretamente,
ciudadano Presidente, estoy de acuerdo....o sea soy proponente de la propuesta
N° 4, y recibo las
adhesiones de las personas que me antecedieron de que puede ser que sea 5 años la
residencia de los no nacidos en el Departamento. No así en la parte de 30 años
que para mí puede ser desde 30 años, estamos para mí en una....redactando una
Constitución para el futuro y en el futuro personas de 30 años me parece que ya
van a ser bastante preparado, responsables para dicho cargo. Nada más,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Avelino Ramírez.
CIUDADANO CONVENCIONAL AVELINO
RAMIREZ: Gracias, ciudadano Presidente. Honorable
Convención: cuando en el campo habíamos
llegado los dirigentes del interior con el ideal de la descentralización,
estábamos motivados por el principio de que el mayor desarrollo de los municipios
favorecería a un mayor y más acelerado desarrollo nacional. El desarrollo de
los municipios en gran medida depende de la correcta administración de este
municipio o de un Departamento a través de las gobernaciones y entendemos
nosotros que un buen gobernador será aquel que conozca las inquietudes, los
anhelos, las pretensiones del Departamento donde han de ejercer sus funciones.
Y
creemos nosotros que mayor conocimiento de estos ideales e inquietudes ha de
tener aquel que por más tiempo esté conviviendo con ese pueblo de ese
Departamento. Es por eso que apoyamos la pretensión, la idea de que para ser
candidato a gobernador el no nativo tenga cuando menos 5 años de residencia y
para el nativo cuando menos 1 año previo también de residencia en el
Departamento del cual es oriundo, para evitar precisamente que aquel oriundo de
un Departamento alejado por años del medio donde pretenderá ejercer sus
funciones esté desconectado del ambiente, esté desconectado de ese pueblo y en
consecuencia no podrá cumplir acabadamente con lo que de él se pretende, de él
se espera.
De
ahí entonces, ciudadano Presidente, aquí entendemos nosotros que la propuesta N°2,
la propuesta N° 4, sintetizan el
anhelo de los Convencionales Constituyentes que llegamos del interior. Lo ideal
sería que pudieran conjugarse estas dos propuestas y tengamos entonces como
requisito para un candidato a gobernador no nativo, residencia de 5 años, para
un candidato nativo de un Departamento, residencia previa de 1 año, antes de
las elecciones de la que corresponda. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
APLAUSOS....
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Dionisio Zarate.
CIUDADANO CONVENCIONAL DIONISIO
ZARATE GONZALEZ: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: tenemos un artículo
aprobado con anterioridad que hace esencialmente al ejercicio de funciones y
empleos públicos. El cargo de gobernador, evidentemente cae en ese ámbito, el
ejercicio de funciones y empleos públicos. Finalmente no deja de ser un
funcionario público. Dice el Artículo 101: "todos los paraguayos tienen
derecho a ocupar funciones y empleos públicos sin otro requisito que el de la
idoneidad", entre los requisitos que ahora en este Artículo 156, se mencionan
"requisitos" es el acápite y se menciona ser paraguayo, tener 30 años
de edad, ser nativo y otras cosas, queda subentendido lógicamente que debe
interpretarse que ese requisito está implícitamente comprendido. Pero falta un
detalle, ciudadano Presidente, porque cómo se determinaría la idoneidad si por
lo menos no se establece un parámetro mínimo.
De
repente si se presenta un analfabeto o algo parecido no va a estar limitada,
tal vez un elemento condicionante de algún nivel de estudio de capacitación
mínimo. Claro que el factor electivo traslada la responsabilidad en los
electores, que lleguen, inclusive, al extremo de elegir a un carente de
formación académica o escolar mínimo, pero tal vez esta preocupación quede un
poco como constancia de ese aspecto.
Otro
tema, ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales: que a lo mejor en tren de precisar y no dejar
una ventana por donde pueda, con interpretaciones retorcidas, escamotear algo
que se dijo con anterioridad, la no reelegibilidad, que sea en todos los casos y
traigo un poco un breve ejemplo: ¿ qué ocurriría si alguien que ejerció el
cargo de Gobernador en otro Departamento, al cabo de 5 o 10 años se presenta,
se radica 3 o 5 años en otro Departamento? y allí se vuelve a postular como
gobernador, alegaría de que en ese Departamento él no va a ser reelecto. Por
eso tal vez en el artículo anterior donde se habló de la irreelegibilidad, tal
vez sería conveniente agregar la palabra "en todos los casos" o
específicamente alegar un cuarto inciso en donde se diga como requisito no
haber ejercido anteriormente el cargo de gobernador en otro Departamento. Nada
más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Angel Ayala.
CIUDADANO CONVENCIONAL ANGEL
AYALA: Ciudadano Presidente: no he pedido el uso de palabra.
CIUDADANO PRESIDENTE: Por secretaría me dieron el nombre, el suyo
ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Pedro Rodríguez.
CIUDADANO CONVENCIONAL PEDRO
ANGEL RODRIGUEZ: Ciudadano Presidente: yo quería mocionar principalmente que en el
Artículo N° 156, en el inciso
3), donde hay varias mociones encontradas, se vote idea por idea el inciso N°
3), en razón de que el inciso 1°), creo que no tiene ningún problema, el inciso
2°) tampoco y más
diferencias tenemos en el inciso N°
3). Yo, por ejemplo, solicito de todos los Convencionales constituyentes que el
nativo del Departamento que va a candidatarse para gobernador tenga una
residencia mínima real y efectiva de un año en el Departamento. Podemos tener
el caso de que viene una persona nativa de Misiones procedente de Rusia, de la
China, del Japón o de cualquier otro lugar del exterior de la República. No hay
necesidad de que exclusivamente se vaya de Asunción con un aparato enorme, se
candidate para gobernador, llega un mes antes, gana o pierda al cabo de 1 mes y
se va. Termina su función de gobernador y se va, no sabe de la realidad que
está ocurriendo en nuestro Departamento, del tiempo de ausencia que él por más
que haya sido nacido dentro del Departamento, que por haber nacido nomás, por
circunstancias del momento de su familia vivió tal vez 1 mes dentro del
Departamento, y luego ya se fue al exterior de la República.
Por
eso entonces, pido un año de residencia mínima real y efectiva en el
Departamento. También estoy de acuerdo con que a los no nativos se les exija 5
años de residencia mínima real y efectiva en el Departamento. Y en la parte de
los miembros de la Junta Departamental, especialmente a mis compañeros
Convencionales de la bancada colorada, les quiero recordar que los estatutos
del Partido Colorado tienen un artículo que pide la participación de la
juventud dentro de todas las listas de cargos electivos. Por lo tanto, mociono que se baje los años
requeridos para participar como miembro de la Junta Departamental a 25
años. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Dario Palacios.
CIUDADANO CONVENCIONAL DARIO
PALACIOS: Gracias, Presidente, ciudadanos
Convencionales: yo quiero tener la
oportunidad de dirigirme un poco a uno de los hombres más talentosos que
comparte con nosotros estas deliberaciones. Me refiero con todo respeto al
Prof. Luis Alfonso Resck. En corrillos de esta Convención, cuantas veces hemos
hablado de los valores éticos sobre los valores morales.
Y
yo quiero decir que estamos en este
momento en una, situación importante dentro de la vida nacional para poder
acercar este proceso democrático a buen puerto.
Estamos ante la mayor revolución intelectual de nuestra historia del
país, estamos ante una de las puertas principales para asegurar el proceso
democrático, la participación real y efectiva, por primera vez en la historia,
de todos los estamentos de la vida nacional y la integración de la gente del
interior definitiva y terminantemente a este proceso democrático.
¿Qué
es lo que pretendemos con esta revolución intelectual? Lo que pretendemos es
establecer las condiciones ideales para devolver la credibilidad a la clase
política, muy manoseada en los últimos tiempos. ¿Qué es lo que pretendemos?
Pretendemos también reivindicar a esa clase política, pretendemos, entonces,
volver a practicar los verdaderos valores morales y éticos que deben ser las
luces que nos deben guiar a la clase política. Por eso creo que es sumamente
importante, para lograr, para conseguir esto, que nosotros actuemos con
equilibrio absoluto. Necesitamos que nuestros gobernadores por lo menos tengan
35 años de edad para poder tener acceso a la gobernación.
Sabemos
perfectamente bien que nuestro país está constituido por una pleyade de jóvenes
muy capaces, pero sin embargo también sabemos por experiencia que esa juventud
solamente puede llegar a un equilibrio con la madurez y con el trascurso de los
años y la experiencia - que solamente le van a dar, digamos, los años - y a los
30 años, pensamos nosotros, que un joven por más talentoso que sea no va a
poder tener el suficiente equilibrio intelectual para poder realmente tomar las
riendas de una gobernación y más todavía en aquellos Departamentos donde
realmente tendría que el gobernador apelar a todas sus luces, tendría que
apelar a todo sus talento, a toda su inteligencia y a su máxima capacidad,
sobre todo, para poder asegurar esta participación, esta apertura a través de
la descentralización en este proceso.
Nosotros
tenemos que ser conscientes de que la historia de la descentralización no
termina acá, ni comienza acá, va a pasar prácticamente por muchos años, a lo
mejor, de sacrificio, en donde el talento, la habilidad, la astucia de los
dirigentes que van a estar a cargo de las gobernaciones, va a consolidar
definitivamente la descentralización.
Por eso, creemos nosotros importante que seamos equilibrados, debemos
establecer que aquéllos que son nativos de los Departamentos tengan por lo
menos una residencia de 1 año antes de las elecciones, y que esta residencia
sea efectiva.
Pretendemos
también, que los no oriundos tengan una residencia de 5 años como mínimo.
Sabemos perfectamente bien aquellos que no son oriundos de un Departamento no
pueden estar empapados de todas las necesidades que puede tener un
Departamento. Yo particularmente les puedo decir, con toda sinceridad, hace 16
años que me plegué al Departamento de Itapúa. No soy oriundo del Departamento
de Itapúa, y puedo decir que he actuado dentro del Departamento de Itapúa y aún
no conozco todo el Departamento de Itapúa. Así que, muchos menos, una persona
que venga a radicarse en un Departamento con 3 años de residencia me parece que
no puede todavía tener prácticamente el reflejo de lo que es un Departamento.
Por
eso, ciudadanos, es importante apelar a la conciencia de los ciudadanos
Convencionales que no residen en el interior, que escuchen estas inquietudes,
estas indicaciones que nosotros estamos dando porque son el reflejo de la
práctica y de la vivencia que nosotros estamos teniendo cotidianamente en
nuestro Departamento.
Ciudadanos
Convencionales: creemos firmemente que estas
inquietudes que nosotros estamos trayendo son el fiel reflejo de nuestras
necesidades. Por eso apelamos a los distinguidos Convencionales a que tengan en
cuenta estos apuntes que nosotros estamos haciendo en este momento, sobre estos
temas y pedimos firmemente que se vote por ideas para no equivocarnos. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Timoteo González.
CIUDADANO CONVENCIONAL TIMOTEO
GONZALEZ: Ciudadano Presidente: declino, porque se ha
dicho todo.
CIUDADANO PRESIDENTE: Declina.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Luis LLano
CIUDADANO CONVENCIONAL PEDRO
LUIS LLANO: Muchas
gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos Convencionales:
realmente, después de escuchar tantas palabras interesantes de los
distinguidos Convencionales, especialmente del interior, no me queda otra cosa
que acoger la idea de Victor Hugo Insaurralde en elevar a 5 años para la
residencia de los no nativos en ambos casos, para los ativos y los no nativos
que sean inmediatamente anteriores a las elecciones. También solicito a la
presidencia que la votación se haga por inciso.
Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Victor Hugo Paniagua.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
HUGO PANIAGUA:
Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos Convencionales: esta
Convención Nacional Constituyente está atravesando hoy uno de los momentos más
delicados de su existencia. Ayer nomás quedó definitivamente consagrado un
nuevo modelo de Estado unitario para la República del Paraguay y hoy estamos
tratando de una de las figuras centrales si no es la figura central misma, que
debe impulsar este nuevo modelo de Estado. Nos estamos refiriendo a la figura
del gobernador Departamental. Sabemos muy bien que para gobernar un
Departamento se necesita estar plenamente identificado con los problemas de
dicho Departamento.
Se
tiene que tener una perfecta sintonía con los anhelos y angustias actuales de
la población de ese Departamento, se tiene que poseer los conocimientos cabales
y profundos con respecto a las realidades sociales, económicas y políticas de
ese Departamento, y esta sensibilidad,
este conocimiento se adquiere solamente a través de una convivencia permanente
con la población.
Ciudadano
Presidente: tenemos que luchar contra una imagen nefasta, contra la imagen
proyectada por la figura del Delegado de Gobierno que hasta nuestros días
teóricamente tendría que gobernar los Departamentos del interior del país, y
todo el mundo, todo el interior del país, por lo menos, porque somos los que
sufrimos de la proyección de esta figura nefasta; estamos con la angustia con
el nudo en la garganta, de que algunos de ellos nuevamente puedan acceder al
Gobierno Departamental en este nuevo modelo instituido usando y abusando de la
máquina estatal y puedan establecer así un triste continuismo del sistema
actual.
Queremos
cambiar para mejorar la estructura del Poder en el interior del país y queremos
ofrecer a las generaciones futuras una herencia de sanidad moral en la
administración de los recursos humanos y económicos del interior del país. Y
mientras nos ronde la figura de aquéllos que no han hecho otra cosa sino
denigrar los atributos de moralidad y eficiencia, no podremos jamás articular
una política de redención para el pueblo campesino, que, estoy seguro, en su
inmensa mayoría repudia esa institución llamada Delegación de Gobierno que,
desatendiendo a su función primordial que es la de impulsar el desarrollo de
los Departamentos, no se ha convertido en otra cosa sino en el retrato de una
represión policiaca, chantaje, corrupción, coacción, y profunda degeneración de
todo el sistema judicial imperante en el interior del país. Si nosotros no luchamos
contra esto y si no determinamos con cabalidad absoluta las condiciones que
deben implementarse para que un ciudadano pueda ser electo gobernador en su
Departamento, podemos caer nuevamente en el retroceso y anular en la acción
toda la intención de remodelar la estructura unitaria del país a través de la
descentralización, ciudadano Presidente.
Por
lo tanto, yo solicito humildemente a todos los Convencionales de mi país, que,
atendiendo a los apegos y las argumentaciones enumeradas por los que me precedieron
en el uso de la palabra por ser la mas moderada, por ser la que atiende más a
la intención pura de la descentralización, podamos votar por la unión feliz de
dos propuestas provenientes de dos sectores políticos diferentes de nuestra
sociedad campesina, por una propuesta impulsada por un miembro de la bancada
del interior, campesinazo a quien conozco pynandi y kasö mboka-í como Luis
Llanos y el de Victor Hugo Insaurralde otro alto exponente de la bancada
campesina del Partido colorado.
Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Orden en la sala. Tiene la palabra el último
orador, el ciudadano Convencional Oriol Acosta.
CIUDADANO CONVENCIONAL ORIOL
ACOSTA: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: Yo no voy a abundar en argumentaciones porque ya lo han hecho los que me han precedido en el uso
de la palabra; tan solo quiero ser un poco práctico para que luego de mi breve
alocución podamos ir ya al estado de votación. Desde ya solicito, ciudadano Presidente,
ciudadanos Convencionales que éste tan importante artículo sea votado inciso
por inciso. Lo que quiero señalar desde ya es que todos los proyectos, creo,
coinciden con el Proyecto Base elevado por la Comisión Redactora a este
plenario en los dos primeros incisos, salvo que hay una pequeña discrepancia con algún proyecto
en el inciso segundo, vale decir, que el primer inciso dice ser paraguayo
natural, y el segundo tener 30 años cumplidos. En lo que difieren las distintas
propuestas que se han presentado es precisamente en el inciso tercero, y sobre
este punto sobre esta cuestión es lo que se ha abundado en este tema.
Quiero
desde ya inclinarme por la propuesta N°4,
presentada por el Convencional Gonzalo Quintana, Luis Llano y otros, con el
agregado de las propuestas de Victor Hugo Insaurralde, la propuesta N°2,
y las sugerencias de otros Convencionales que han pedido lo siguiente.
En
primer lugar, que para los no nativos de los respectivos departamentos se eleve
el tiempo de residencia o radicación a cinco años que ya ha acogido el
proyectista de la propuesta N°4,
también para los nativos como para los
radicados se exija una radicación inmediata y anterior al día de las
elecciones, para que no caigamos, si no establecemos estos requisitos, en que
mañana se presenten ciudadanos de un departamento que han vivido en ese
departamento un año pero hace 20 años atrás que no conocen la realidad de ese
departamento, de esa población, de esa comunidad. Creo que sobre el tema han
abundando ya suficientemente los ciudadanos Convencionales y pido al
proyectista de la propuesta N°4
recoja esta sugerencia mía en el sentido de cambiar el término residencia por
radicación, porque son términos diferentes.
Radicación
implica simplemente que aquel que quiera candidatarse a gobernador tenga raíces
echadas en el lugar, tenga ya un arraigo en esa zona y no como en este momento
bien lo están los delegados de gobierno que están residiendo en los respectivos
departamentos pero no tienen radicación en el mismo. Para hacer esa salvedad,
solicito a los proyectistas de la propuesta N°4
que entonces acojan esta sugerencia de cambiar el término residencia por
radicación, y sugiero si me permite el ciudadano Presidente que el inciso
tercero quede redactado de la siguiente manera "Para ser gobernador se
requiere, inciso primero, igual al del Proyecto Base, inciso segundo igual al
del Proyecto Base, y el inciso tercero que diga "Ser nativo del
departamento con radicación mínima de un año, en el mismo, o con radicación en
él por cinco años para los no nativos. En ambos casos inmediatamente anteriores
a las elecciones. Es todo, Presidente.
APLAUSOS..
CIUDADANO PRESIDENTE: Terminó la lista de oradores. La Presidencia
va a llevar a votación si se va a votar o no por incisos y advierte la
Presidencia que en determinado inciso, creo que es el tercero, admite ideas
separables.
De
manera que en los dos primeros incisos se vote por inciso, y en el tercero por
ideas separables. Los que estén de acuerdo se servirán levantar la mano.
MAYORIA.
Por
Secretaría se van a leer, entonces,los incisos que van a ser sometidos a
votación inmediatamente.
CIUDADANO SECRETARIO: El artículo hasta el inciso primero.
El
artículo tiene el título de REQUISITOS:
Para ser gobernador se requiere:
1)
Ser paraguayo natural.
CIUDADANO PRESIDENTE: A votación, los que estén de acuerdo se
servirán levantar la mano.
APROBADO.
CIUDADANO SECRETARIO: El Proyecto Base en
el inciso segundo dice: Tener 30 años cumplidos.
APROBADO.
CIUDADANO SECRETARIO: El inciso tercero cuenta con varias propuestas
y también ideas separables.1) los nativos del departamento, que para un
proyecto no tiene ningún tiempo fijado, y para el otro proyecto tiene el tiempo
fijado de un año.
Primero,
el Proyecto Base que dice ser nativo del Departamento sencillamente y el
proyecto alternativo sería, en caso de ser nativo del Departamento una
radicación de un año, inmediatamente anterior a las elecciones.
CIUDADANO PRESIDENTE: Sobre el punto tiene la palabra el
Convencional Pedro Ángel Rodríguez.
CIUDADANO CONVENCIONAL PEDRO
ANGEL RODRIGUEZ: Que la radicación real y efectiva de la
persona también este ahí, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional: todavía no llegamos a
eso. La primera idea es que sea nativo del departamento, que coincide en casi
todos. Y esa es la que se va a llevar a votación.
CIUDADANO SECRETARIO: La primera moción sería del Proyecto Base,
nativo del Departamento sin ningún otro requisito.
Y
la segunda moción es; nativo del departamento
con una radicación inmediatamente anterior a las elecciones de por lo menos un
año. Esa es la segunda moción.
CIUDADANO PRESIDENTE: Se lleva a votación la primera propuesta.
Nativo
del departamento sin ningún aditamento, que es de la Comisión Redactora. Los
que estén de acuerdo se servirán levantar la mano.
MINORIA
La segunda moción.
CIUDADANO SECRETARIO: Nativo del Departamento con una radicación
mínima de un año por lo menos, inmediatamente anterior al día de las
elecciones.
APROBADO.
La segunda idea para este mismo inciso para
aquellos que no son nativos. La primera moción es la del Proyecto Base, que dice
con residencia en el departamento de por lo menos de tres años. Esa es la
primera moción.
La
segunda moción es la de una radicación en el Departamento de por lo menos cinco
años inmediatamente anteriores al día de las elecciones.
CIUDADANO PRESIDENTE: Se lleva a votación, en primer lugar, la
moción del Proyecto Base. Se va a llevar a votación la idea que acaba de leerse
por secretaría, en primer lugar el Proyecto Base. Quienes estén por su
aprobación, se servirán levantar la mano.
MINORIA.
La moción N°2,
quienes estén por su aprobación se servirán levantar la mano:
MAYORIA.
APROBADO.
Quedo concluido el estudio del artículo en
cuestión.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Pedro Rodriguez.
CIUDADANO CONVENCIONAL PEDRO
RODRIGUEZ: Ciudadano
Presidente, yo quiero que en ese artículo, la radicación de un año , sea real y
efectiva; esas dos palabras quiero que figure en el acta.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ya quedó aprobado, ciudadano Convencional, y
en todo caso, se pasa a la Comisión de Estilo si es pertinente.
CIUDADANO CONVENCIONAL: Ciudadano Presidente: no se ha votado una
moción, es la moción que se refiere a la propuesta n°6,
del último párrafo que establece requisitos para los miembros de las juntas
departamentales.
Solicito
sea votado éso, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional: rogamos silencio,
para poder seguir ordenadamente nuestras deliberaciones.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Federico Callizo.
CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO
CALLIZO: Si, ciudadano Presidente. Si se acogiera la
idea del preopinante de que sea una radicación efectiva, se reabre el debate,
ciudadano Presidente. Eso ya fue votado, eso ni siquiera es del arbitrio de la
Comisión de Estilo; eso se resolvió de esa manera, ciudadano Presidente; si no
se reabriría el debate, daría lugar de nuevo a debatir el tema.
CIUDADANO PRESIDENTE: Desde luego, la Presidencia ya advirtió que
se votó. Cualquier cuestión vinculada a Estilo, diría yo, lo tendrá en cuenta
la Comisión.
Hay
una cuestión planteada por el ciudadano Convencional Carlile Gauto.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLILE
GAUTO: Ciudadano Presidente: nosotros, los
proponentes de la propuesta N°7,
tenemos entendido y no nos oponemos a la votación que se hizo, solamente
nosotros alegamos que es incompleta la votación porque no se votó la propuesta
hecha por nosotros. El último párrafo, la idea del último párrafo, el cual se
refiere a los requisitos establecidos para los integrantes de las juntas
departamentales, ciudadano Presidente. Solicito que sea votado.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Por Secretaría se va a aclarar la última parte de la propuesta N°7.
CIUDADANO CONVENCIONAL..: Yo propongo, ciudadano Presidente, que se
ponga a consideración de la Convención la metodología en el caso de que se vote por inciso, porque hace unos días
ocurrió un problema cuando nos apartamos del Proyecto Base. Estábamos teniendo
para votar por inciso o por párrafo el contenido del Proyecto Base, todo aquel
que se aparta del Proyecto Base ya
estábamos desechando y destinándolo a un nuevo artículo. Porque lo que se
estudia y se vota por inciso es con relación al Proyecto Base. Ahora yo pido
que se ponga a consideración de la Convención si vamos a establecer la
metodología de que lo que esté contenido en una propuesta cuyos términos no
coinciden en el Proyecto Base, lo mismo se va a poner a consideración y a
votación de la plenaria, independientemente de coincidir o no en su contenido
con el Proyecto Base; esa es mi propuesta, ciudadano Presidente. Se pone a
consideración de la plenaria.
CIUDADANO PRESIDENTE: Por qué no lee ciudadano Secretario para que
la Convención tenga pleno conocimiento. Una nueva incorporación que no hace a
los gobernadores sino a las juntas departamentales.
CIUDADANO SECRETARIO: Sí. Con mucho gusto.
Para
ser miembro de la junta departamental se requiere los mismo requisitos
establecidos para el gobernador, excepto la edad, que deberá tener 25 años.
Esto en la Comisión Redactora se había deferido a la ley.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Bernardo Villalba.
CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDO
VILLALBA: Gracias, ciudadano Presidente. Lo que se
defirió a la ley fue el número de miembros de la junta departamental, no así
los requisitos que tienen que llenar los miembros de la junta departamental. Es
por eso que en su momento, cuando hice uso de la palabra, había solicitado que
una vez aprobado el artículo tal cual viene de la Comisión Redactora, con las
modificaciones, se vote como un agregado a este artículo, una vez terminado
este tratamiento.
Es
por eso que solicitamos que se ponga a consideración y se vote el agregado que
hemos propuesto al artículo 156. Gracias, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Se va a aclarar por secretaría.
CIUDADANO SECRETARIO: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: en primer lugar, yo considero que la petición de los señores
Convencionales es legítima, pero viene para mi contraproducente en el sentido
de que acá estamos hablando de los requisitos para ser gobernador, no para las
juntas departamentales, vale decir, que ésto corresponde que se gire, en todo
caso, a la Comisión Redactora, para que lo acoja como un nuevo artículo.
Es
el único camino que nos queda, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Carmelo Benitez.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARMELO
BENITEZ: Gracias, ciudadano Presidente. Sinceramente, y
recordando lo ocurrido ayer a la tarde cuando se votó si iba a existir o no una
junta departamental, se había optado por que exista. Una vez optado ello se ha
deferido a la ley los requisitos y el número de los componentes de esa junta
departamental. Si nosotros en este momento queremos votar así como pide el
Convencional que me precedió en el uso de la palabra, tenemos que hacer una
reconsideración para hacer eso. Porque
ayer ya se votó por ideas y esa ideas ya fueron acogidas, en la parte, como la idea 3, que se defiera a la ley. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Sus
palabras son suficientemente esclarecedoras, para conocimiento de la
Convención.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Ricardo Franco Lanceta.
CIUDADANO CONVENCIONAL RICARDO
FRANCO LANCETA: Declino Presidente, porque el preopinante dijo
exactamente lo que yo iba a decir. Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Carlos Villagra Marsal.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
VILLAGRA MARSAL: Simplemente para corroborar lo que el
Convencional Carmelo Benitez ha dicho. La idea que apoyamos es que la
composición y funciones de la junta departamental será establecida por ley, de manera que corresponde votar eso ahora. La
ley establecerá edad, funciones, etc,.Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra, por segunda vez, el
ciudadano Convencional Carlile Gauto.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLILE
GAUTO: Ciudadano Presidente: quiero aclarar a los
que me antecedieron en el uso de la palabra que el artículo 155 no se aprobó
todavía. Eso se aprobó en Comisión. La
plenaria de la Convención no aprobó todavía ese artículo y, por sobre todo, lo
que fue diferido a la ley fue la composición y las atribuciones, no los
requisitos. Quiero aclarar eso, ciudadano Presidente, y solicito que se vote
ésto.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Víctor Manuel Nuñez.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
MANUEL NUÑEZ: Gracias, ciudadano Presidente. Ciudadanos Convencionales: efectivamente, lo que
quedó diferido a la ley, en Comisión, fue la composición y atribuciones de la junta departamental.
Algún
Convencional dijo que este artículo corresponde exclusivamente a requisitos
para ser gobernador, y de acuerdo al título del mismo no es así. Habla
simplemente de los requisitos e inmediatamente dice: para ser gobernador se
requiere tales requisitos, valga la redundancia. Bien podemos también poner los
requisitos para la junta departamental. Hay una razón, ciudadano Presidente.
Hasta ahora el Proyecto Base tiene una laguna en cuanto a la sucesión para los
casos de acefalía, ausencia, inhabilidad o muerte del gobernador. Hemos
resuelto en comisión de que la composición vaya a la ley. Probablemente también
la ley va a establecer el sistema de sucesión. Algunos son partidarios de que
el Presidente de la junta departamental ocupe provisoriamente el cargo de
gobernador en ausencia de éste y en ese caso,
ciudadano Presidente, la junta departamental, los mismos requisitos para
ser miembro de la junta departamental tienen que existir, los mismos
requisitos, de manera que un miembro de la junta departamental pueda ser
gobernador para completar el período, o, de lo contrario un Presidente de la
junta departamental que sea designado para ser gobernador sustituto no va a
cumplir los requisitos exigidos por esta Constitución. Muchas gracias,
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Terminó la lista de oradores. La Presidencia
va a llevar a votación si se incorpora o no este agregado para ser miembro de
la junta departamental. Se va a leer por Secretaría.
CIUDADANO SECRETARIO: El último párrafo de este artículo, de acuerdo
a la propuesta N°7, diría: para ser
miembro de la junta departamental se requiere los mismos requisitos establecidos
para el gobernador, excepto la edad que deberá tener 25 años.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Orden en la sala.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Luis González Macchi.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
GONZALEZ MACCHI: Una aclaración, Presidente. Si no escuché
mal, en esta sala se dijo claramente que esto se remitió a la ley. Señores:
cómo vamos a votar otra vez la inclusión de una cosa que ya se votó ayer, que
vaya a la ley. O creemos que todos los diputados o parlamentarios no van a
tener la inteligencia de hacer una ley adecuada a la Constitución. La
Constitución tiene que tener lagunas indudablemente, o vamos a hacer aquí en
esta Constitución: la ley debe esclarecer y encaminar la Constitución. Para eso
está el Parlamento.
Ciudadano
Presidente: no se puede votar ésto porque ayer decidieron ustedes, esta Magna
Asamblea, remitirlo a la ley. Nada más.
CIUDADANO PRESIDENTE: Se van a leer por Secretaría las cuestiones
que fueron remitidas para ser elaboradas en el artículo 155.Lo que realmente se
remitió a la ley o no se remitió a la ley: es lo que queremos que se sepa.
CIUDADANO SECRETARIO: Ayer cuando se discutió la idea de la junta
departamental, se discutieron tres ideas con relación a la composición de la
junta departamental. Uno decía mínimo, uno por municipio, otro decía uno por
municipio, y otro defería a la ley. Era el tema de la composición de la junta
departamental la que se había deferido. Cuando yo me referí a que la Comisión
había deferido a la ley, había hablado de la Comisión Redactora, en las
decisiones ordinarias de la Comisión Redactora, no a la sesión plenaria que
ayer se constituyó en Comisión y había resuelto. Las ideas discutidas, repito,
fueron sobre la composición de la junta departamental exclusivamente, y así
consta en el acta.
CIUDADANO PRESIDENTE: En consecuencia, queda aclarado por
Secretaría lo que se remitió.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Carlos Villagra Marsal.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
VILLAGRA MARSAL: En la palabra composición entran también
requisitos, de manera que también los requisitos la composición es abarcante de
la palabra requisitos, ciudadano Presidente.
La
ley establece la composición y, al establecer la composición, también establece
los requisitos necesarios para ser miembro de la junta departamental. No son
dos cosas diferentes. Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Hay una moción de orden.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Ayala.
CIUDADANO CONVENCIONAL AYALA:
Ciudadano Presidente: yo mociono que se aplace la consideración de este tema y
que se pase al orden del Día para que se dé tiempo a un debate más prolongado
del tema el día de mañana.
CIUDADANO PRESIDENTE: Es moción de aplazamiento. Se va a llevar a
votación.
Los
que estén de acuerdo con el aplazamiento, se servirán levantar la mano.
MINORIA.
Por
Secretaría se va a aclarar nuevamente.
CIUDADANO SECRETARIO: Ocurre, ciudadano Presidente, que, lo que aquí
nuestro Presidente de la Comisión de Estilo nos asegura, respetamos, pero ayer
no se habló. Se habló exclusivamente del número de miembros de la junta
departamental; esa fue la idea discutida ayer; unos hablaban de mínimo uno, y
otro hablaban de uno. Y otra deferir éso, pero esa idea deferir a la ley.
Yo
no estoy defendiendo ninguna postura sino la pureza de nuestra decisión. Ayer,
la idea que se discutió fue el número de componentes de la junta departamental,
y eso fue lo que se resolvió.
Ahora,
si en la Comisión Redactora, si se resolvió que el tema de los requisitos y
todo tema relacionado a la junta departamental se remita, se defiera a la ley.
Es todo, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Ricardo Franco Lanceta. Para una moción de orden, en que consiste.
CIUDADANO CONVENCIONAL RICARDO
FRANCO LANCETA:
Consiste en que se ponga inmediatamente a votación el texto que se acaba
de leer que, entiendo, es completamente legítimo, porque responde a una larga
inquietud del interior del país. Gracias, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Se va a llevar a votación, si se incorpora o
no como el texto que ya suficientemente se dió lectura por Secretaría.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Carlos Avalos.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
AVALOS: Gracias, ciudadano Presidente. Para una breve
aclaración, ciudadano Presidente. De acuerdo al texto como está redactado este
proyecto de agregado al artículo 156, van a poder ser consejales
departamentales solamente los ciudadanos que tengan 25 años de edad, si señor,
solamente los ciudadanos que tengan 25 años de edad, si tienen 26 años o 27, ya
no podrán ser, ciudadano Presidente.-
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional: vamos a escuchar su
moción de orden y si es que gana en prelación se la va a tener en cuanta,
porque hay una moción de cierre de debate y votación directamente.
CIUDADANO PRESIDENTE: ¿En qué consiste su moción?.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: En consulta con el proyectista, solicito,
ciudadano Presidente, que se ponga a consideración de esta Convención, en el
título del artículo donde dice:
"Para ser gobernador se requiere...", que se implemente
directamente "Para ser gobernador y para miembros de la Junta...
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional, no es moción de
orden. En consecuencia, la Presidencia
le retira la palabra.
Vamos
a dar lectura.
Ciudadano
Convencional, no es moción de orden.
Perdóneme.
CIUDADANO SECRETARIO: El Presidente de la Comisión de Estilo ya ha
hecho la corrección de estilo y queda así redactado. Entonces, el proyecto del
último párrafo del artículo: "Para
ser miembro de la Junta Departamental se requiere: los mismos requisitos establecidos para el
gobernador, excepto la edad, que deberá ser de 25 años cumplidos". Esta es la redacción del Presidente de la
Comisión de Estilo, el Convencional Carlos Villagra Marsal.
La
idea es la edad mínima, pero es cuestión de redacción, que debemos respetar a
nuestro Presidente.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Ciudadano Presidente...
CIUDADANO PRESIDENTE: A votación.
Quienes estén por el agregado de esta parte final del Artículo 156, se
servirán levantar la mano. Mayoría.
¿Quién
pide rectificación?.
Rectificación: primera fila, los que estén por la
incorporación de este párrafo.
Se
pidió rectificación.
Primera
fila, por la incorporación del texto leído, se servirán ponerse de pie, nadie.
Segunda
fila, por la incorporación, nadie.
Tercera
fila, por la incorporación, siete votos.
Cuarta
fila, por la incorporación, cinco votos.
La
fila quinta, por la incorporación, ocho votos.
Sexta
fila, por la incorporación, once votos.
Séptima
fila, por la incorporación, siete votos.
Octava
fila, por la incorporación, once votos.
Novena
fila, por la incorporación, veintiún votos.
Décima
fila y restantes, veintiún votos. Mesa,
cuatro votos.
Por
Secretaría, se va a dar el resultado del escrutinio.
CIUDADANO SECRETARIO: Noventa y seis votos por la
incorporación.
CIUDADANO PRESIDENTE: MAYORÍA.
Queda
incorporado al texto del Artículo 156.
APROBADO.
Pasamos
al tratamiento del Artículo 157.
CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 157.
Propuesta
N° 1, Proyecto
Base. Título: De la
Competencia: "Es de competencia del
gobierno departamental:
1) la coordinación
de las actividades con las distintas municipalidades del departamento, la
organización de los servicios departamentales comunes, tales como obras
públicas, provisión de energía, de agua potable y demás que afecten en común a
más de un municipio y la promoción de asociaciones de cooperación, entre ellos;
2) la elaboración del plan de desarrollo
departamental que deberá coordinarse con el plan nacional de desarrollo, así
como la formulación presupuestaria anual a ser considerada en el Presupuesto
General de la Nación;
3) la coordinación de la acción departamental con las
actividades del gobierno central, en especial, lo relativo a las oficinas de
carácter nacional en el departamento, primordialmente, en el ámbito de la salud
y en el de la educación, 4) de la integración de los consejos de desarrollo
departamental, y;
5) las demás competencias que fijen esta Constitución
y la ley.
La
propuesta N° 2 ha sido retirada
por el Convencional Víctor Hugo Insaurralde.
Propuesta
N° 3, Convencionales
Juan Francisco Elizeche y Carlos Mateo Balmelli. Título:
De la Competencia. Texto: "Es de competencia del Gobierno
Departamental:
1)
la coordinación de las actividades con las distintas municipalidades del
departamento, la organización de los servicios departamentales comunes, tales
como obras públicas, provisión de energía, de agua potable y demás, que afecten
en asociaciones de cooperación entre ellos;
2)
la elaboración del plan de desarrollo departamental, que deberá coordinarse con
el plan nacional de desarrollo, así como la formulación presupuestaria anual a
ser considerada en el Presupuesto General de la Nación;
3)
la coordinación de la acción departamental con las actividades del gobierno
central, en especial, lo relativo a las oficinas de carácter nacional en el
departamento, primordialmente, en el ámbito de la salud y en el de la
educación;
4)
las demás competencias que fijen esta Constitución y la ley".
CIUDADANA SECRETARIA: Propuesta N°
4, Esteban Caballero. "De la
Competencia: Es de competencia del
gobierno departamental:
1)
coordinar la prestación integral de los servicios de competencia municipal;
2)
elaborar un plan de desarrollo departamental, en coordinación con los planes nacionales
de desarrollo. Los presupuestos de los
planes de desarrollo departamental deberán ser consideradas por el Presupuesto
General de la Nación;
3)
participar en la elaboración y en la evaluación de las políticas públicas
nacionales que tengan impacto a nivel departamental. Asimismo, es función del gobierno
departamental la participación activa en la selección y nombramiento de los
encargados de implementar esas políticas a nivel departamental. Dicha participación debe darse especialmente
en las áreas de educación y la salud;
4)
las demás competencias que fije la ley y esta Constitución".
Propuesta
N° 5, Gonzalo
Quintana, Luis Llano, Manuel Ramírez, Luis Lezcano Claude y otros. "De la Competencia: El gobierno departamental ejerce funciones
normativas y administrativas de coordinación y planificación socio-económica,
de complementariedad de la acción municipal, la subsidiaridad del gobierno
central y de la prestación de servicios que determine la Constitución y la ley. Serán competencias privativas de los
gobiernos departamentales:
1)
las obras públicas que se desarrollen íntegramente en el territorio
departamental;
2)
caza y pesca;
3)
minería y recursos hídricos, dentro de su territorio;
4)
cultura, turismo y artesanía;
5)
seguridad y tránsito dentro del territorio y fuera del éjido municipal;
6)
puerto y aeropuertos deportivos y de cabotaje;
7)
las demás que fije la ley".
Propuesta
N° 6, Carlos Avalos
Flores. "De la Competencia: Inciso 4) la integración y organización de
los consejos de desarrollo departamental", es modificación de un inciso, y
la inclusión de un nuevo inciso que diría:
"el control operacional de la policía nacional en el
departamento".
Propuesta
N° 7, Carlyle Gauto,
Bernardo Villalba, Manuel Riquelme.
"De la competencia: Es de la
competencia del gobierno departamental:
De la junta departamental: La
junta departamental legisla a través de ordenanzas departamentales y tiene las
siguientes atribuciones, conforme a la ley:
1)
reglamentar y organizar las prestaciones de servicios a cargo del departamento,
coordinar las actividades y promover la asociación de cooperación de los
municipios del departamento;
2)
elaborar y sancionar planes de desarrollo departamental, que deberá, en lo
pertinente, coordinarse con el plan nacional de desarrollo;
3)
aprobar la formulación del Presupuesto anual departamental a ser considerado en
el Presupuesto General de la Nación;
4)
coordinar la acción del gobierno departamental con las del gobierno central, en
especial, en lo relativo a las oficinas de carácter nacional en el
departamento, primordialmente, en el ámbito de salud y educación;
5)
autorizar al gobernador para celebrar contratos, negociar empréstitos, enajenar
bienes y ejercer la fiscalización sobre sus gestiones;
6)
dictar normas de policía en todas aquellas cuestiones que no sean materia de
disposición legal, y;
7)
las demás competencias que fijen esta Constitución y la ley".
"Del
gobernador:
1) ejercer la representación legal del
departamento, actuar en su nombre, dirigir y coordinar la acción administrativa
del mismo, gestionar y promover el desarrollo integral;
2)
promulgar las ordenanzas de la junta departamental, cumplirlas y
reglamentarlas, o en su caso, vetarlas, conforme al procedimiento que establece
la ley;
3)
participar de las sesiones de la junta departamental, con voz, pero sin voto;
4)
presentar a la junta departamental los proyectos de ordenanzas sobre planes y
programas de desarrollo económico y social, obras públicas y presupuesto anual
de ingresos y egresos;
5)
convocar con un temario preciso a sesiones extraordinarias de las juntas
departamentales;
6)
orientar y coordinar los servicios nacionales en las condiciones que les sean
encomendadas por el gobierno central;
7)
contratar su personale de servicio técnico y de asesoramiento que sea
necesario, y;
8)
las demás competencias que fijen esta Constitución y la ley". Fin de la propuesta.
CIUDADANO PRESIDENTE: Como son 6 las propuestas, una se ha
retirado, y es numerosísima la posibilidad de participación, la Presidencia
pasa a cuarto intermedio la sesión hasta la tarde, a la hora 14:00, sin
tolerancia.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente: antes de levantar la sesión.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: para nadie es un secreto
que existen factores retardatarios en este país interesados en que esta
Constitución no sea sancionada. Todos
los Convencionales, si no quieren pasar a la historia como ineptos, deben tomar
conciencia de este hecho.
Es
la razón, ciudadano Presidente, que a mí me alarma, la incoherencia, la
inconsecuencia de quienes persiguen un objetivo y se extravían por el camino.
Hemos
debatido este asunto de la descentralización desde antes de las
elecciones. Yo puedo informar y hablar
de lo que ha ocurrido en el seno de mi bancada.
Se ha constituido una bancada campesina que, desde que se instaló esta
Convención, está trabajando. Se ha
tratado el tema hasta la saciedad en el plenario de la bancada, se constituyó
una comisión, se estudió, se acogieron todas las iniciativas, y resulta que
ahora nos venimos y nos encontramos con catorce, quince proyectos de gente que
quiere figurar en el diario. Va a
figurar seguramente en el diario, pero de una Convención que no llegó a su fin,
y no va a ser con sábados ni domingos que vamos a terminar esta Constitución,
sino con la autodisciplina consciente, la responsabilidad de alcanzar nuestro
objetivo. Por eso ciudadano
Presidente...
Aplausos...
Por
eso, ciudadano Presidente, me permito lanzar una exhortación a los compañeros
Convencionales, respetando, naturalmente, sus legítimas inquietudes, pero rogándoles
que no pasemos ante la historia como unos ineptos, que colaboremos todos para
salir adelante, y que se aplique el Reglamento, ciudadano Presidente, y
marchemos adelante. Muchas gracias.
Aplausos...
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Pasa
a cuarto intermedio la plenaria, hasta la hora 14:00.
CIUDADANO PRESIDENTE: Honorable Convención, ciudadanos
Convencionales: habiendo más de cien
Convencionales que hacen quórum, prosigue la sesión de la tarde, se reanuda la misma,
y, por Secretaría, se va a dar lectura a pedidos de permiso.
CIUDADANO SECRETARIO: Han solicitado permiso, para el curso de esta
tarde, los Convencionales Julio César Vasconsellos, por toda la tarde. La Convencional Nilda de Marín, a partir de
la hora 16:00 y por una hora. El
Convencional Manuel Enrique Doldán, a partir de la hora 18:00. La Convencional Migdalia Rodríguez de García,
notifica de su presencia con retraso, y también, por el curso de toda la tarde
del día de hoy, solicitan permiso los Convencionales Carlos Villagra Marsal,
Aníbal Saucedo Rodas y Manuel Sardi Segovia.
Es todo, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias.
Por
Secretaría, se va a dar lectura a la Resolución que convoca a sesión
extraordinaria para los días sábado y domingo.
CIUDADANA SECRETARIA: Resolución N°
76, que convoca a sesión extraordinaria a la Convención Nacional Constituyente
para los días sábados 23 y domingo 24 de mayo de 1992.
Asunción,
20 de mayo de 1992. Visto la urgente
necesidad de adecuarse a los plazos establecidos por la Ley 18/91 para la
elaboración de la nueva Constitución, y, considerando que será necesario prever
un plazo mínimo para las correcciones de técnica y estilo, luego de concluidas
las deliberaciones que el Reglamento Interno, en su Artículo 114, establece que
en los casos no previstos en el presente Reglamento, se aplicarán las
disposiciones del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados, la cual en su
Artículo 43, inciso f) faculta al señor Presidente a convocar a sesiones extraordinarias,
en uso de sus atribuciones, el Presidente de la Honorable Convención Nacional
Constituyente, resuelve:
Artículo
1°: Convocar a sesión extraordinaria a la
Convención Nacional Constituyente para los días sábado 23 y domingo 24 de mayo
del corriente año, a partir de la hora 8:00, para proseguir con el estudio del
texto constitucional presentado por la Comisión Redactora, conforme al orden
del día que se establece y que forma parte integrante de esta Resolución.
Artículo
2°: Comunicar a quienes corresponde y, cumplido,
archivar.
Aplausos...
CIUDADANO PRESIDENTE: Muy bien.
Prosigue
el estudio del texto constitucional.
A
consideración, el Artículo 157, cuyas diversas propuestas fueron leídas antes
de pasarse a ese cuarto intermedio, de manera que queda a consideración de los
ciudadanos Convencionales. Vamos a dar
preeminencia a los distintos autores que figuran, en primer término, en las
respectivas propuestas.
Queda
abierta la lista de oradores.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Pido la palabra, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Juan Francisco Elizeche o Carlos Mateo Balmelli, de la propuesta N°
3. No están.
El
ciudadano Convencional Esteban Caballero, para sostener la propuesta N°
4, tiene la palabra. No está.
La
Propuesta N° 5. Se le ofrece la palabra al ciudadano
Convencional Gonzalo Quintana.
CIUDADANO CONVENCIONAL GONZALO
QUINTANA: Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Queda abierta la lista de oradores para los
que quieran inscribirse a tiempo.
CIUDADANO CONVENCIONAL GONZALO
QUINTANA: Esta mañana hemos sido calificados, más de
veinte Convencionales, porque dicen que planteamos vaguedades y
generalidades. No voy a refutar la
afirmación, porque puede ser que el calificador tenga razón. Pero sí quiero reafirmar la voluntad que los
excepcionales no nos harán correr cuando de defender convicciones se
trata. El último excepcional de este
país está en Brasilia y nosotros estamos hoy aquí tratando de enmendar sus
errores, ciudadano Presidente.
Ahora
me voy al tema que nos convoca. Estamos
en presencia del tema esencial. He
venido reiterando, ciudadano Presidente, la importancia que tienen las
competencias para la descentralización.
Son las competencias las que definen el carácter y el grado de la
descentralización. Y también, en la
competencia y en la asignación de recursos, la idea, el principio de la
descentralización, tiene su más grave prueba de veracidad. Aquí vamos a ver si queremos descentralizar o
no el país.
Quiero
defender la descentralización tan despiadadamente atacada por esta
Constitución, hasta ahora, pero creo que podemos salvar algo de sus principios,
si hacemos un buen artículo, y, fundamentalmente, porque podrá evitar los
problemas de gobernabilidad que a tanta gente plantea y que parte de su
concepción constitucional. Había
manifestado en el día de ayer, ciudadano Presidente, que la descentralización
bien hecha incrementa los márgenes de gobernabilidad, trasparencia,
credibilidad y eficacia de los sistemas democráticos mediante la ampliación de
la participación ciudadana. Si no
hacemos bien este artículo, lo que estaremos haciendo, ciudadano Presidente, es
cometer un grave error, que en Latinoamérica ya tiene sus consecuencias.
En
este sentido, el Presidente de la Comisión de Redacción hoy dijo que esto era
una novedad, era un tema novedoso, y eso es cierto. Aquí en nuestro país, ciudadano
Presidente. Pero hay experiencias en
Latinoamérica que, de ninguna manera, podemos reeditar, como el caso
peruano. En el caso peruano, ciudadano
Presidente, y voy a leer lo que dice un peruano, para ver que si las palabras
de Gonzalo Quintana no llaman la atención, vamos a ver si las de un peruano
puede llamar la atención. El Doctor
Valentín Paniagua Corazado fue Ministro de Educación en el Perú, y hace una
publicación que titula "Descentralización autoritaria y centralista",
que es la del tipo de descentralización que nosotros estamos pergeñando, y hace
una advertencia que nosotros no podemos desconocer porque sabemos que la
consecuencia que sufre el Perú por una mala conceptualización de la
descentralización, provoca, es uno de los elementos que provocaron el golpe en
el Perú. Dice este señor, y me voy a
permitir leer, ciudadano Presidente, "Las
deficiencias de concepción constitucional, errores de desarrollo legislativo,
configuran ahora un panorama poco auspicioso para la descentralización en el
Perú. Los gobiernos regionales, en
realidad, recién han comenzado a percibir cuan ilusoria es su economía frente
al Poder Ejecutivo. No advierten del
todo todavía en qué medida está librada también al arbitrio del Poder
Legislativo. Todo esto trae como
consecuencia un conflicto insalvable entre el gobierno departamental y el poder
central como consecuencia de la determinación autoritaria de las atribuciones y
subordinación administrativa en su ejercicio".
Este
señor, que conoce muy bien de los problemas que plantea una mala
conceptualización constitucional, recomienda todas las atribuciones, y haciendo
referencia a los gobiernos municipales y comparándolos, dice: "Todas las atribuciones de las regiones,
en cambio, hacen relación con materias en las que el Poder Ejecutivo es
igualmente competente y que, naturalmente, deben distribuirse por ley para su
ejercicio, y así las atribuciones de las municipalidades son originarias, en
tanto que de las regiones son, simplemente, derivadas".
Ciudadano
Presidente, en la propuesta que hemos realizado, conjuntamente con otros
Convencionales, tomamos con mucha seriedad esta experiencia
latinoamericana. Es así como estamos
planteando, en un párrafo, que naturalmente deben distribuirse por ley para su
ejercicio, y así las atribuciones de las municipalidades son originarias, en
tanto que de las regiones son simplemente derivadas.
Ciudadano
Presidente: en la propuesta que hemos
realizado conjuntamente con otros Convencionales tomamos con mucha seriedad una
orientación general sobre las competencias del Gobierno Departamental.
Para
que no existan estos tipos de conflictos, ciudadano Presidente, la mayoría de
los países que han procedido o han iniciado un proceso de descentralización
exitoso, han coincidido en darle atribuciones políticas administrativas a los
Municipios y funciones socio-económicas a los Departamentos, a las Regiones.
En
ese ámbito general, ciudadano Presidente, nosotros establecemos las funciones
de coordinación y de planificación socio-económicas, establecemos para
salvaguardar la economía municipal, que se tiene que hacer con verdadero espíritu
de descentralizador, que no consiste en sacar atribuciones a organismos
menores, porque en ese proceso estamos centralizando y no descentralizando, de
complementariedad a la acción municipal.
Y luego una corrección, no es la subsidiaridad, sino desubsidiaridad del
Gobierno central.
Y
en la prestación de servicio que determine la Constitución y la ley, porque el
Gobierno Departamental, en algún Gobierno consciente, puede percibir que le sea
más eficiente y útil delegar algún tipo de servicios nacionales, para que se
encargue el Gobierno Departamental.
Pero,
ciudadano Presidente, en la segunda parte de esta propuesta, está, creo yo, la
base mínima que va a garantizar una conceptualización de la descentralización
que nos va a permitir realmente que la
descentralización sea un instrumento de eficiencia y un instrumento de
democratización. Esto se refiere a las
competencias privativas, las competencias que no dependen más que de ese
Gobierno Departamental.
En
ese sentido, ciudadano Presidente, estamos proponiendo que una de ellas sea las
obras públicas que se desarrollen íntegramente en el territorio del
Departamento.
La
idea, vuelvo a insistir, de la descentralización es la eficiencia, la eficiencia
en la atención de aquellas cuestiones, de aquellos problemas, que son demasiado
grandes para que atiendan los Municipios y son demasiado pequeños en
importancia para que tengan toda la atención de parte del Gobierno Central.
Y
esa es una experiencia que la estamos viviendo diariamente la gente en este
país. Hay cientos de obras públicas,
caminos, alcantarillados, puentes que hoy están atendidos por juntas vecinales,
ciudadano Presidente, sin ningún tipo de apoyo.
En estas obras públicas, como los caminos, por ejemplo, y puede ser de
otra naturaleza, evidentemente un Gobierno Departamental va a tener la
posibilidad de resolver este tipo de problemas que nadie hoy los están
atendiendo.
La
segunda propuesta es la caza y pesca, ciudadano Presidente. Yo creo que la caza no va a tener ningún tipo
de problemas, porque eso tiene un ámbito territorial muy evidente de
acción. Sin embargo, se podría pensar
que la pesca sería una exageración, en cuanto que puede significar la
regulación por la extensión de los cursos de agua de más de un Departamento.
Nosotros
hemos reconocido que el Gobierno central va a tener, ciudadano Presidente, una
obligación fundamental de protección ambiental.
Quiere decir que esta Constitución, es cuestión del equilibrio ecológico.
Quiere
decir, ciudadano Presidente, que ésta es una cuestión en que va a haber una
normativa general establecida en la ley, pero es evidente que los mecanismos de
control y de normativa y reglamentación puntual, de acuerdo a esa ley general
va a ser más eficientemente atendida por los Gobiernos que están viendo lo que
está pasando en su curso de agua. Y se
refiere siempre al ámbito territorial, del cual no se puede divorciar el
concepto de la descentralización.
La
tercera propuesta, ciudadano Presidente, es el tema de las minerías, y de los
recursos hídricos dentro de su territorio.
Esto creo que no tiene ningún problema porque se referirá a la
regulación, a la promoción de su explotación, en los términos que se refieren
en general este capítulo limitado por las disposiciones de la Constitución y la
ley.
Cultura,
turismo y artesanía, no creo que haya ningún tipo de objeción.
Seguridad
y tránsito dentro del territorio y fuera del éjido Municipal. Sabemos, ciudadano Presidente, que en el interior
del país, el tránsito no está controlado, excepto en los Municipios organizados
que tienen de alguna manera una Policía Municipal, que está garantizando esta
seguridad y el tránsito. Sin embargo,
todas las rutas, todos los caminos vecinales no tienen ningún control, y la
importancia que tiene esto, no solamente es de la seguridad, sino tiene una
consecuencia económica fundamental, ciudadano Presidente.
A
la gente del interior del país, por falta de normativa, de regulación y de
control, el esfuerzo económico, el esfuerzo humano, el esfuerzo en tiempo que
ponen los vecinos, para cuidar de un camino, es destrozado literalmente en un
minuto por la irresponsabilidad de los grandes transportes. Rutas que no pueden soportar cargas mayores
de cuatro o cinco mil kilos, son destrozados por camiones de veinticinco, y
treinta mil kilos sin ningún tipo de control y tiene una consecuencia
socio-económica realmente grave para toda la zona que está afectada por este
tipo de irresponsabilidad.
Finalmente,
ciudadano Presidente, proponemos la competencia de puertos y aeropuertos
deportivos y de cabotaje. Esto se
refiere exclusivamente al ámbito interno del Departamento. De ninguna manera, estamos afectando las
competencias que le son propias al Gobierno, al Gobierno central.
Debo
decir, ciudadano Presidente, que encuentro que esto es lo mínimo, lo mínimo que
se puede regular en materia de competencias, para evitar, reitero, este
conflicto que puede generar la indefinición de competencias en donde el
Gobierno Departamental no es más que el ejecutor de las Políticas Ministeriales
en la medida que esas Políticas y los recursos que ellos, estos órganos
centrales designan, le permitan realizar.
Esto es lo mínimo que se puede pedir para garantizar que el Gobierno
Departamental no vaya a ser la creación de nuevos puestos públicos inútiles,
que van a tener una tarea de la cual ellos van a ser absolutamente responsables
de realizar.
Quiero
referirme, ciudadano Presidente, a la Propuesta N°7,
que me causa una gran simpatía, porque los que pudieron revisar las distintas
propuestas presentadas a esta Convención, coinciden con el proyecto que algunos
de nosotros habíamos diseñado. Pero
esto, ciudadano Presidente, se refiere a las funciones de la Junta
Departamental y al Gobernador y desgraciadamente no establecen realmente ningún
tipo de competencia. Esta propuesta yo
lo había presentado a mi Partido, a mi bancada, y a esta Convención, y he
aceptado, con mucho gusto la sugerencia de que íbamos a entrar en un excesivo
reglamentarismo, y que era más propio de la ley. Sin compartir totalmente este pensamiento he
aceptado esa idea, pero quiero advertir, reiterar, que la Propuesta N°7,
en realidad, no establece ningún tipo de competencia, sino que define las
funciones de los dos órganos de Gobiernos Departamentales.
En
cuanto a la Propuesta Base, ciudadano Presidente, no hace más que describir la
tarea que tendría que realizar cualquier Organización, cualquier Comisión
Directiva de un Club de fútbol. Si esa
Directiva no coordina, si esa Directiva no planifica, si esa Directiva no
elabora planes, no coordina acciones, no sé qué tendría que hacer. Esta Propuesta Base, no determina ningún tipo
de competencia.
Gracias,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Por
Secretaría se va a dar lectura a la lista de los oradores inscriptos.
CIUDADANO SECRETARIO: Domingo Delvalle, Evelio Fernández, Carlos
Avalos, Rubén Romero, Jorge Dos Santos, Carlyle Gauto, Rodrigo Campos Cervera,
Pedro Rodríguez, Luis Duarte Molinas, Victor Hugo Paniagua, Bernardino Cano
Radil y Emilio Oriol Acosta.
CIUDADANO PRESIDENTE: La Presidencia declara cerrada la lista de
oradores.
Prosigue
el uso de la palabra. El ciudadano
Convencional Carlos Avalos, proyectista.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
AVALOS FLORES:
Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos
Convencionales: he presentado una
propuesta de agregado al Artículo 157, en el inciso 4°),
y la incorporación de un nuevo inciso.
En el inciso 4°),
un agregado que hace referencia a la integración de los Consejos de Desarrollo
Departamental, con el agregado también de la organización, o sea la integración
y la organización de los Consejos de Desarrollo Departamental.
Es
probable, ciudadano Presidente, y ciudadanos Convencionales, que una ley de
carácter general pueda establecer más adelante los mecanismos básicos y un
marco general dentro de los cuales pudiesen desenvolverse los Consejos de
Desarrollo en los distintos Departamentos.
Pero no es menos cierto, ciudadano Presidente, que la peculiaridad que
tiene cada región o cada Departamento, de nuestro país, requeriría de
reglamentaciones más específicas. Por
eso el agregado de la organización que daría la posibilidad a los Gobiernos
Departamentales a reglamentar y a organizar esos Consejos de Desarrollo dentro
de sus respectivos Departamentos, con reglamentos bien claros y bien
específicos, que hagan relación a las situaciones propias y a las situaciones
total es, muchas veces diferentes y cambiantes de cada Departamento.
Como
se puede observar, ciudadano Presidente, es apenas un agregado, pero que yo
creo que es de mucha necesidad en ese inciso.
El
nuevo inciso, ciudadano Presidente, que propongo incorporar al Artículo 157,
que es el control operacional de la Policía Nacional en el Departamento,
considero que es de suma necesidad, en virtud de que existe una laguna en el
Proyecto Base, ciudadano Presidente, porque no se establece ningún tipo de
vínculo, ningún tipo de relación, ningún tipo de subordinación de la Policía
Nacional al Poder Político, que en este caso sería la Gobernación.
Tenemos
que recordar, ciudadano Presidente, que el Proyecto Base en su Artículo 232,
inciso 9°), nos trae
claramente desarrollado que el Presidente de la República es el Comandante en
Jefe de las Fuerzas Armadas, y también de las Fuerzas Policiales. En ese sentido, se establece claramente, que
las Fuerzas Armadas y Policiales, dependen del Poder Político. Y de la misma manera, ciudadano Presidente,
nosotros consideramos que, el control operacional de la Policía Nacional dentro
de un Departamento debe estar bajo potestad de los Gobiernos Departamentales,
porque aquí quiero advertir a los Ciudadanos Convencionales, ciudadano
Presidente, que podríamos caer en que estaríamos creando un poder poderosísimo,
una Fuerza Policial sin control, en los distintos Departamentos si no lo
dejásemos subordinado al control del Poder Político, en este caso de las
Gobernaciones.
Yo
creo, ciudadano Presidente, que es sumamente importante de que llenemos ese
vacío, esa laguna, que estamos encontrando en el relacionamiento entre el Poder
Político y la Policía Nacional.
No
discuto, ciudadano Presidente, la posibilidad de que más adelante, una vez
sancionada esta Constitución Nacional, una ley orgánica Policial, pueda
desarrollar mejor cuál será el sistema de relacionamiento y de control que
pueda ejercer la Gobernación con la Policía Nacional sin poner impedimento en
su función operacional. Pero considero,
ciudadano Presidente, sumamente válida, esta presentación que hago, de tal
manera a dejar precautelado también, que pueda tener el Poder Político sobre
una Fuerza Policial, que ostenta el uso de las armas.
Por
estas breves exposiciones, ciudadano Presidente, solicito a mis compañeros Convencionales, en lo
posible, su adhesión a través de su voto, para que estos dos agregados se hagan
al Proyecto Base.
Muchas
gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Carlyle Gauto, para sostener la Propuesta
N°7 presentada.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLYLE
GAUTO SANABRIA:
Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales: con el proyectista de esta moción, hemos
hecho de esto un pensamiento, de lo siguiente, atendiendo al Artículo 155, que
proviene de la Comisión Redactora, y entiendo que la tratada en la Comisión de
la Convención dice: "El Gobierno de
cada Departamento estará a cargo de un Gobernador y una Junta
Departamental". O sea, son dos
Órganos que tienen a su cargo el Gobierno de cada Departamento.
El
Artículo 157 del Proyecto Base, dice:
"Es competencia del Gobierno Departamental", es decir, está
incluyendo ahí, a los dos Organos de esa Institución.
Pensamos
que hay una superposición. Atendiendo a
estos dos Artículos, se puede notar la confusión de atribuciones o competencia
del Gobernador y de la Junta Departamental que, de aprobarse el 157, su
implementación conllevaría, a nuestra manera de ver, un caos tremendo, una
confusión, una superposición, de competencia y atribuciones, y, por sobre todo,
corremos el serio riesgo de caer en un apuro, en cuanto a su implementación.
Ciudadano
Presidente: voy a referirme, a lo que un
preopinante ya se refirió; vuelvo a sacar, o saco al tapete lo que dijo el ex
Ministro de Educación del Perú, Valentín Paniagua Corazao, en su documento de
descentralización autoritaria y centralista.
Dice, en una parte que lleva el título "Centralismo y
Autoritarismo": "La Descentralización que el Perú inició en 1980 con
inmensa ilusión, comienza a afrontar graves visicitudes, deficiencias de
concepción Constitucional, errores de desarrollo legislativo, vuelvo a repetir
esta parte, deficiencia de concepción Constitucional, errores de desarrollo
legislativo, configuran ahora un panorama poco auspicioso". Un botón como muestra, dice. Este señor, en su documento, atribuye el
fracaso de la descentralización del Perú a la propia claridad en los textos
Constitucionales, a la falta de atribución específica, a la falta de dotación
de atribuciones y competencias específicas en los órganos e instituciones
creados para los efectos de la descentralización.
Ciudadanos
Convencionales, ciudadano Presidente:
cuidémonos de que en nuestro pensamiento de dotar de una Constitución
desarrollista al país, no caigamos en un fracaso. Esta descentralización que estamos
proponiendo en su fin es una cosa bella, es una cosa linda que anhela para su
desarrollo el pueblo paraguayo, pero su implementación sabemos que no es
sencilla.
Ciudadano
Presidente: quiero remitirme a otra
Constitución, a la Constitución de Colombia, que establece específicamente la
competencia y atribuciones de las Asambleas Departamentales -que viene a
equipararse con lo que es la Junta Departamental- en su Artículo 300 en una
forma bien detallada, en una forma clara.
También en su Artículo 305 habla sobre las atribuciones y competencias
del Gobernador.
También
la Constitución del Uruguay lo establece en forma detallada.
Ciudadano
Presidente: tratando de evitar esos
inconvenientes, de caer en un tropiezo en la implementación de la
descentralización, que nos llevaría a nosotros los Convencionales a una
responsabilidad tremenda en sentido negativo.
Tratando de evitar esto, hemos presentado este proyecto, el número 7,
diferenciando la competencia de uno y otro órgano instituidos para el Gobierno
Departamental.
Ciudadano
Presidente: lo que proponemos, en
esencia, es establecer en forma efectiva
las competencias ejecutivas de planes del Gobierno Nacional y departamentales,
para el Gobernador, y legislativas de planes de Gobierno departamentales en
coordinación con el Nacional, para la Junta Departamental.
Ciudadano
Presidente: quisiera referirme un poco a
lo que están diciendo, que la competencia, la competencia de la Junta
Departamental fue diferida a la ley.
Ciudadano
Presidente: eso no es cierto, la
competencia fue derivada a la ley, pero en Comisión, y en ningún momento,
todavía, fue aprobada por la plenaria.
Es decir, no podemos invocar eso, ciudadano Presidente. Y por sobre todo, si es que así, así se
aprueba, no hay ninguna prohibición, no hay ningún obstáculo en que se apruebe,
así como lo proponemos en cuanto a la competencia para las Juntas
Departamentales, por no existir prohibiciones.
Eso sí, las competencias no establecidas en esta Constitución pueden ser
derivadas a la ley.
Ciudadano
Presidente: llamo la atención con lo
expuesto a mis compañeros Convencionales, y solicito la aprobación del proyecto
que nosotros hemos presentado.
Gracias,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Domingo Delvalle.
CIUDADANO CONVENCIONAL DOMINGO
DELVALLE GARCIA: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: el tema de la
descentralización necesita imperiosamente la mente fría y racional de los
compañeros Convencionales.
Desde
mi punto de vista, el tema específico de la competencia, en el marco
Constitucional, debería tener los puntos en los cuales se basen en forma
general las competencias Departamentales.
Y para no dejar laguna, y, especialmente, para que exista flexibilidad,
y que el Gobierno central pueda armónicamente integrarse con los Gobiernos
Departamentales, y recíprocamente los Gobiernos Departamentales, que son
instituciones nuevas, puedan integrarse al Gobierno central, debemos dejar un
espacio o un mecanismo para que gradualmente se realice esta integración.
Hago
una salvedad para que la explicación tenga un sentido exacto. En la Propuesta N°7
se habla específicamente de la elaboración y sanción de planes de desarrollo
Departamentales.
Este
tema mereció de quien les habla, prácticamente una disertación ante la Comisión
Redactora. Recuerdo muy bien que fue un
viernes a las 12 y 30 de la mañana. Tuve
que esperar 5 horas anticipada al Presidente de la Comisión Redactara, a quién
le manifesté mi deseo de exponer sobre el tema.
Y, efectivamente, mereció la atención de los miembros de la Comisión
Redactora, y en el momento, ese día, que fue prácticamente el último día de
trabajo, en el tema específico de la política económica del Estado, se habla de
los planes o programas, y he hablado ampliamente sobre este tema, como
profesional, en la Comisión Redactora, explicando la situación. Ellos lo acogieron, entiendo, con mucho
agrado, pero, lastimosamente, en la Subcomisión, un Convencional, que en este
momentos ha pedido permiso, ha presentado una propuesta que no fue considerada
por la Subcomisión, que directamente entró como un capítulo en la Comisión
Redactora, y, efectivamente, así está viniendo ya para ser tratado acá en la
plenaria.
Y
brevemente voy a dar la explicación, y, en su momento, cuando tratemos el capítulo
pertinente, me permitiré nuevamente hacer esta exposición y aclaración. Y aclaro sobre el tema, que prominentes
dirigentes de la oposición se me han acercado, preocupados, para que, sobre
este tema, nuevamente me explaye, no por el hecho de que ellos sean dirigentes,
sino más bien, atendiendo a la situación por la cual está adecuada la economía
general del país y su inserción en el campo internacional. El Paraguay no es un país socialista. No se rige por planes económicos, no es un
país centralista, ni no tiene una política dirigista.
Ciudadano
Presidente, ciudadanos Convencionales:
doy -en más de una oportunidad ya lo he manifestado- el lugar, el
aprecio y la estima de los conocimientos a cada ciudadano, en la medida de lo
justo, respetando los conocimientos en aras de que nosotros hemos venido a esta
Convención a legislar en forma justa para todos los ciudadanos y sin tratar de
perjudicar, en el más mínimo sentido, a la población en general, a sus
intereses.
En
ese sentido, me reitero y me ratifico en que se ha obrado mal desde un
principio y que no debería seguirse con esa política; caso contrario,
estaríamos, desde un principio, dejando un nefasto precedente constitucional
que ha merecido, en reiteradas ocasiones artículos en los periódicos, exposiciones
televisivas, etc. Por eso ruego la
especial atención, porque creo que este segundo párrafo de la propuesta N°
7 fue elaborado sin que los articulistas hayan querido cometer un error. Pero, desde el punto de vista económico,
existe una grave contradicción con lo que realmente es el país; caso contrario,
nosotros debemos cambiar totalmente y declararnos un estado socialista. Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional: ha usado once
minutos.
La
Presidencia ruega a los siguientes oradores que se concreten al tema de la
competencia.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Evelio Fernández.
CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO
FERNANDEZ AREVALOS: Gracias, ciudadano Presidente. Voy a solicitar de los colegas su apoyo al
Proyecto Base, fundado en las consideraciones que deseo sean breves.
Es
evidente que, habiendo creado el instituto, es necesario e ineludible
atribuirle competencias y funciones. Y
el Artículo 157 está orientado, precisamente, a ese propósito. Esas competencias y funciones, tal cual las
expresa el Proyecto Base, de ninguna manera son aquellas que pueden ser
inherentes a cualquier club de fútbol, como dijo un preopinante, puesto que no
es propio de ninguno la coordinación de las actividades con las distintas
municipalidades del departamento, la organización de los servicios
departamentales comunes, tales como obras públicas, provisión de energía, agua
potable y demás, que afecten en común a más de un municipio y la promoción de
asociaciones de cooperación entre ellos; tampoco la elaboración del plan de
desarrollo departamental y la formulación presupuestaria anual a ser
considerada en el Presupuesto General de la Nación; tampoco la coordinación de
la acción departamental con las actividades del gobierno central; y, por
último, tampoco la integración de los consejos de desarrollo departamental.
La
idea básica, sobre la cual construyó la Comisión Redactora esta propuesta, se
asienta en dos circunstancias, en primer lugar, que se trata de un instituto
que estamos creando ahora, que no tiene raíces históricas en el Paraguay, que
es un experimento que estamos iniciando, y que, consecuentemente, es
conveniente establecer atribuciones y competencias en forma general y no muy
pormenorizada, puesto que, como toda cosa que se está creando, que nace y que
tiene que dar sus primeros pasos, es menester que la experiencia vaya haciendo
de maestra para que se adopten por la ley las decisiones puntuales respecto a
esos temas.
En
segundo pivote sobre el cual se asentó esta formulación, es que, como sentido
estratégico, nos decidimos por la fortificación primaria de las
municipalidades. En la opción de dar
máximas atribuciones al gobierno departamental o de asentarlas en los gobiernos
municipales, la Comisión consideró conveniente fortificar a los gobiernos
municipales, en la inteligencia de que las atribuciones que fueran a engrosar
el gobierno departamental, lo serían sobre la base de un detrimento de las
funciones y atribuciones de los gobiernos municipales.
Esto
es un punto de vista fundamental, porque, en la medida en que el gobierno
departamental tiene más atribuciones y competencias, ellas irán,
necesariamente, en detrimento de aquellas que competen, hasta ahora, a los
municipios. Y los municipios, ciudadanos
Convencionales, son una realidad histórica en el Paraguay, en cierta manera,
pre-existente a nuestra propia nación como país independiente. Tienen una experiencia histórica, una
incidencia social, una recepción en la costumbre y el uso, que hace que ellas
funcionen efectivamente, y sobre la base de su existencia y funcionamiento,
puedan perfeccionarse con relativa facilidad.
Pero con un experimento, con un instituto totalmente nuevo acá en la
órbita de nuestro país como es el gobierno departamental es conveniente ser
prudentes, y, entonces, ceñir el ámbito de sus competencias al mínimo posible,
pero eso sí, dejando sentada una cláusula habilitante que, de acuerdo con la
experiencia, amplíe esas competencias, de acuerdo con el rendimiento y la
capacidad que demuestren los futuros gobiernos departamentales, y esa cláusula
habilitante está estatuida en el apartado quinto, cuando dice: "Las demás competencias que fijen esta
Constitución y la ley".
Los
ciudadanos Convencionales ya habrán tenido la oportunidad de estudiar el
Proyecto Base. Me toca, nada más, en
consecuencia, compararlo con algunas otras propuestas que están a la
vista. Referente de la propuesta 3, la
diferencia es mínima, puesto que la propuesta 3 se ciñe a eliminar el inciso 4)
que dice: "La integración de los
consejos de desarrollo departamental".
Básicamente, esa es su innovación.
Referente
a la propuesta 4, quiero decir que esta propuesta encierra una serie de
enunciados que pueden originar dificultades insalvables. En primer lugar, en su apartado 2) dice que
"los presupuestos de los planes de desarrollo departamental deberán ser
considerados por el Presupuesto General de la Nación". Esto implica, o puede implicar, o se puede
interpretar -tal vez no se quiso decir eso, pero se dice- que el gobierno
departamental elaborará su propio presupuesto.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: ¿Me permite una interrupción, ciudadano
Convencional?.
CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO
FERNANDEZ AREVALOS: Sí, como no.
No hay problema.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Como se está refiriendo a la propuesta N°
4, el titular de la misma, el proyectista, ha retirado la propuesta N°
4. Entonces, para acelerar un poco más
el trámite, y al mismo tiempo, ha pedido permiso por razones de salud.
CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO
FERNANDEZ AREVALOS: Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias.
CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO
FERNANDEZ AREVALOS: Paso, entonces, a la propuesta N°
5. La misma, en su primer parágrafo, hace
un resumen bastante parecido a lo que propone la Comisión Redactora en su
redacción general, pero -y esto es lo grave del asunto- establece que serán
competencias privativas, y reitero la expresión "privativas" porque
implica que solamente son atribuciones de los gobiernos departamentales y no de
las municipalidades y no del gobierno nacional; las obras públicas que se
desarrollen íntegramente en el territorio departamental. Toda la materia de caza y pesca, minería y
recursos hídricos dentro de su territorio, cultura, turismo y artesanía,
seguridad y tránsito dentro del territorio y fuera del éjido municipal, puerto
y aeropuertos deportivos de cabotaje y las demás que fije la ley. Y esto es sumamente grave.
En
primer lugar, el apartado 3), en lo que se refiere a minería y recursos
hídricos dentro de su territorio, choca frontalmente con el Artículo 108 que
hemos aprobado, y que establece terminantemente que corresponde al estado el
dominio de todos los minerales sólidos, líquidos y gaseosos que se encuentren
en estado natural en el territorio de la República, que el estado podrá otorgar
concesiones a personas o empresas públicas o privadas, nacionales o
extranjeras, que la ley regulará el régimen económico que contemple
adecuadamente los intereses del Estado, de los concesionarios, de los
propietarios que pudieran resultar afectados.
De manera que, no se puede concebir esta enunciación dentro de la
sistemática ya aprobada en nuestra Constitución.
En
segundo lugar, ¿qué sentido tiene atribuir en forma exclusiva a los gobiernos
departamentales lo relativo a cultura, turismo y artesanía?. No tiene absolutamente ningún sentido. Esto es una atribución, tanto del gobierno
nacional, cuanto de las municipalidades.
¿Qué sentido tiene atribuir al departamento, al gobierno departamental,
seguridad y tránsito dentro del territorio y fuera del éjido municipal?. Fuera del éjido municipal no existe nada
porque nuestro sistema es universalístico: cada punto dentro de un departamento
es también un punto que pertenece a un municipio. Consecuentemente, ¿cómo es que va a regular
la seguridad y tránsito fuera del éjido municipal?. Tendrá que ser en la estratósfera. Tampoco tiene ningún sentido lo de puerto y
aeropuertos deportivos y cabotajes. Aún
en los países de Constitución federal, los puertos y aeropuertos no son
provinciales, sino pertenecen a la órbita federal o nacional.
Y,
por último, tampoco puede ser atribución exclusiva de los departamentos la caza
y la pesca. Ello, porque atenta contra
lo que hemos dispuesto en los apartados, en los Artículos 7 y 8 de esta
Constitución respecto a la protección del ambiente, que, lógicamente, no
solamente involucra, en la mayoría de los casos, a un departamento, sino a más
de uno.
Señores,
no quiero extenderme más sobre el tema y dejo librado al buen criterio de los
ciudadanos Convencionales pensar en el error, para mí, bastante grave que
contiene la propuesta N°
5, al atribuir competencias privativas a los gobiernos departamentales, a los
indicados. Ni siquiera el apartado 1),
que pareciera, más o menos, aceptable, lo es.
Dice: "Las obras públicas
que se desarrollen integralmente en el territorio departamental". Vamos a suponer que el gobierno nacional
desee construir un hospital nacional en el ámbito de un departamento. ¿Lo prohibirá este articulado?. Parece que sí. O, pareciera que, si se construye el hospital
nacional, va a tener que caer su administración, cuanto menos, en la órbita del
gobierno departamental, lo cual no tiene absolutamente, a mi juicio, ningún
fundamento. O, el trazado de una
ruta. Aúnque el trazado de una ruta sea
y cubra el ámbito nada más que interno de un departamento, puede haber
intereses nacionales que hagan que en su trazado intervenga el gobierno
nacional.
Y
por último, para terminar con esta farragosa exposición, me voy a ocupar de la
propuesta N° 7, que tiene el
inconveniente básico de su excesivo puntillismo y detallismo para un instituto que, lo repetimos, está in
"status nacens", que es un experimento nuevo dentro del país y que
tiene que tener flexibilidad, de manera tal que hay que cubrir el aspecto
básico y dejar a la ley que, de acuerdo con la experiencia, vaya ampliando,
restringiendo, o, de alguna manera, señalando nuevas rutas que posibiliten su
desarrollo. Nada más, ciudadano
Presidente.
Aplausos...
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Rubén Romero.
CIUDADANO CONVENCIONAL RUBEN
ROMERO: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: luego de la brillante
exposición del preopinante, y a fin de no caer en repeticiones innecesarias, me
queda respaldar, en su totalidad, el Proyecto Base de la Comisión Redactora.
Pero, sí, también quiero referirme un poco a la propuesta N°
6, con relación a la agregación de un inciso que habla sobre el control
operacional de la policía nacional en el departamento, que está previsto en el
Artículo 169 del proyecto constitucional.
Considero
que es necesaria la inclusión de este inciso, porque, de lo contrario, no tenía
razón de ser la descentralización político-administrativa. El gobernador solamente va a ser un gestor
departamental sin que tenga este poder operacional en cuanto al orden
público. Además de eso, acá lo que, -si
realmente esto no incluimos-, lo que va a suceder es reemplazar al delegado de
gobierno por un jefe de la policía nacional departamental, y tenemos demasiado
mala experiencia de policías de carrera que van de la capital al interior de la
República con el solo objetivo de llenarse los bolsillos. Por lo tanto, necesitamos de una autoridad
departamental que tenga a su cargo, justamente, coordinar en la operación de
las funciones de la policía nacional.
Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Jorge Dos Santos.
CIUDADANO CONVENCIONAL JORGE
DOS SANTOS: Muchas
gracias, Presidente. Ciudadanos
Convencionales: yo también quisiera
profundizar en lo que acaba de manifestar el preopinante, partiendo de la premisa
fundamental de que cualquier poder debe estar supeditado al poder civil. Tenemos una tradición poco civilista en
nuestro país. Una de las virtudes, de
las muchas, que creemos, tiene la descentralización, va a ser la de consolidar
la transición democrática, consolidar la democracia en nuestro país.
Por
lo tanto, entiendo yo, adhiriéndome al Proyecto Base, en donde se enumeran
algunas competencias o funciones, como se les quiera llamar, y, posteriormente,
se deja librado a la ley las demás funciones que pudieran poseer los gobiernos
departamentales. También quiero
manifestar que, si se cae en la minuciosidad, en el detallismo, corremos el
riesgo de entrar a violar la autonomía municipal. No debemos forjar la descentralización
sacrificando la autonomía municipal, pues allí estaríamos haciendo un trabajo
totalmente a la inversa. En ese sentido,
como muestra, puedo citar esta propuesta que ya fue retirada, pero que como
muestra, establece en su inciso 1), la propuesta N°
4 del Convencional Esteban Caballero, que ya fue retirada, en su inciso 1)
habla de coordinar la prestación integral de los servicios de competencia
municipal. Es una velada intervención en
los asuntos de las municipalidades.
Por
lo tanto, así, pasando revista a todas las propuestas, entendemos que la mejor
de ellas es la que viene de la Comisión Redactora, el Proyecto Base, y también
aprovecho para manifestar mi apoyo, mi voto a la propuesta N°
6 del ciudadano Convencional Avalos Flores, en el nuevo inciso, en el cual
habla del control operacional de la policía nacional en el departamento. Si no, estaremos corriendo un riesgo, que ya
lo ha señalado un preopinante, de crear un poder fáctico dentro del
departamento, porque debemos entender, estimados ciudadanos Convencionales, que
vamos a crear la policía nacional en un sentido totalmente inverso a lo que
nosotros, los campesinos, deseamos.
Nosotros
deseamos y queremos, la estamos consiguiendo, la descentralización. Y la policía nacional se está
centralizando. Por lo tanto, hago este
llamado de reflexión, de atención, principalmente, para que no creemos simples
gestores departamentales, como ya lo manifestó el compañero preopinante. También, que la policía esté supeditada al
poder civil en los departamentos y no constituya un factor de obstáculo, un
poder que esté por encima del poder civil, del poder constitucional que estamos
creando. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Rodrigo Campos Cervera.
CIUDADANO CONVENCIONAL RODRIGO
CAMPOS CERVERA:
Gracias, Presidente. Muy
brevemente. Un preopinante hizo una
crítica, quizás no muy piadosa, pero extraordinariamente objetiva, lo que evita
referirme a esos aspectos puntuales.
Voy
a hacer, simplemente, ciudadano Presidente, una reflexión inspirada en el
trialismo de Goldschmidt, que ofrece un procedimiento que, yo creo, quizás
siguiéndolo, podríamos avanzar en el proceso de redacción de nuestra
Constitución. Sostiene Goldschmidt que
en todo proceso de creación de la ley, y mucho más concretamente de la ley
suprema, es necesario atender a tres órdenes.
El orden de la realidad, donde se da el comportamiento y los hechos
políticos, tanto en la faz agonal o de lucha por el poder, en la faz de
ejercicio del poder y en la faz plenaria o de conjunción de ambos órdenes.
Por
otra parte, también señala Goldschmidt, el orden normativo, ese orden normativo
que debe traducir, necesariamente, el aspecto de nuestra realidad. Y en este sentido, ciudadano Presidente, creo
que, quienes estamos animados por el más sano interés de que se produzca una
descentralización dentro de los límites racionales y posibles, queremos,
ciudadano Presidente y compañeros Convencionales, que este avance no sea
apresurado o extremo al punto de que haga decaer, precisamente, el terreno que
se quiere ganar y los objetivos que se quieren alcanzar.
Y
ahí deja Goldschmidt, la última parte o el último orden, que es, precisamente,
el orden axiológico, el que permite establecer la justicia, el equilibrio entre
la tensión que se produce entre la norma y la realidad. En ese orden de cosas, apelo a los compañeros
Constituyentes que, precisamente, atiendan este orden axiológico que permite,
digo, disipar esa bipolaridad que se da entre la tensión de la norma y la
realidad. Y no caigamos, ciudadano
Presidente, en afanes que pudieran desnaturalizar, repito, los propósitos que
queremos obtener.
En
ese orden de cosas, ciudadano Presidente, también es conveniente recordar que
la Constitución es el ordenamiento o la ordenación de las competencias supremas
del estado. Y en ese orden de cosas,
ciudadano Presidente, no podemos nosotros descender o conferir competencias muy
puntuales a otros órganos que integran el Estado, pero que no responden a esa
supremacía que señala el autor mencionado que seguimos. Las competencias deben estar plenamente
limitadas en cuanto a los poderes del Estado, a los tres poderes del
Estado. Los demás órganos que integran
también el Estado deben estar establecidas sus competencias generales, pero no
incurrir en el error de pormenorizarlas, lo que es tarea plena e irrestricta de
la propia ley. No asumamos el papel de
legisladores y Constituyentes al mismo tiempo.
Tenemos que diferenciar esos roles.
Ese
es el sentido de mi exhortación, ciudadano Presidente, y termino solicitando,
nuevamente, a los compañeros Convencionales, que, precisamente, ese anhelo a
cuya realización todos hemos contribuido, no se malogre por querer imprimirle
una fuerza, un avance superior a la que nuestra propia realidad histórica nos
induce hacerlo con justicia y razonabilidad.
Gracias, ciudadano Presidente.
APLAUSOS...
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Pedro Rodríguez.
No
está en la sala.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Luis Duarte Molinas.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
DUARTE MOLINAS:
Gracias ciudadano Presidente.
Ciudadanos
Convencionales: estoy muy de acuerdo con
el Convencional Evelio Fernández en su exposición en cuanto a lo que se refiere
a la descentralización. Siempre he sido
partidario de la descentralización como un representante del campesinado
paraguayo, pero así como he sido partidario de la descentralización, siempre he
tratado de que se compatibilicen los intereses nacionales con los del interior,
de tal forma que la descentralización sea algo efectiva y vaya en beneficio del
campesinado.
Pero
estoy viendo con cierta preocupación ciertos hechos que vienen a desnaturalizar
esa idea descentralizadora que queremos; no quisiera agregar conceptos ya
manifestados por otros preopinantes, pero me voy a referir en forma especifica
en una materia que hace a mi competencia en relación a los años de servicio y
al conocimiento que tengo en la materia.
Dice la propuesta 6, como un agregado del nuevo inciso, el control
operacional de la policía nacional en el departamento.
No
sé si estoy equivocado o no, y si lo estoy espero que me perdonen, pero creo
que desde el momento mismo en que se tenga un gobernador con policía a su
cargo, viene a ser ya una federalización.
En segundo término, mal podría un jefe de policía ir a consultar con un
gobernador a acerca de una operación que deba hacer en relación a un mandato
judicial que había recibido del juez competente.
También
mal podría tener tres mandos el jefe de policía, pero en este caso tendría que
hacer el gobernador el jefe de policía nacional y también el mismo presidente
de la República y el Ministerio del Interior, por su naturaleza. Quiero también mencionar que no es cierto que
no esté escrito o no esté precisado el vínculo con el poder político del
departamento, porque el artículo referente a la policía nacional que es el 169,
taxativamente, en una de sus partes, dice:
"Ejecutar los mandatos de la autoridad competente" y para mí
que la autoridad competente en el departamento...es el gobernador, en este
caso, el intendente, el juez y otras autoridades que emanan de las autoridades
correspondientes.
Yo
por eso, ciudadano Presidente, sin ánimo de polemizar, no soy partidario del
agregado de este inciso en la competencia de los gobernadores y me opongo...
Apoyo el Proyecto Base. Gracias,
ciudadano Presidente.
APLAUSOS...
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Carmelo Benítez.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARMELO
BENITEZ: Declino ciudadano Presidente.
APLAUSOS...
CIUDADANO PRESIDENTE: Muchas gracias.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Juan Félix Bogado Gondra.
CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN
FELIX BOGADO GONDRA: Ciudadano Presidente: lastimosamente no declino, pero seré breve.
Después
de la exposición de brillantes preopinantes, quiero expedirme también a favor
de la Propuesta Base y advertir dos cosas con respecto a un inciso, el inciso
propuesto por el Convencional Carlos Avalos referente al control operacional de
la policía nacional en el departamento.
Creo que eso de que alguna manera ya está incluido en el inciso en que
se habla de la coordinación de la acción departamental con las actividades del
gobierno central.
En
segundo lugar, con relación a la temática en general, a los temas muy
abundantes que se dan en estas diversas mociones, quiero advertir a los
ciudadanos Convencionales y también al ciudadano Presidente que, haciendo un
contaje somero de los distintos temas, hay por lo menos 18 temas distintos en
estas 6 mociones en este momento, razón por la cual me adelanto en sugerir al
ciudadano Presidente y a los ciudadanos Convencionales, que no se nos ocurra
pretender votar por temas, es decir me expido categóricamente a favor del
Proyecto Base y también me adelanto en sugerir que se vote propuesta por
propuesta y no tema por tema. Nada más,
ciudadano Presidente.
APLAUSOS...
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Víctor Hugo Paniagua.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
HUGO PANIAGUA:
Gracias, ciudadano Presidente. Pero en consideración al tiempo, y porque
el tema ya que ha sido suficientemente debatido, declino el uso de la palabra.
APLAUSOS...
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Emilio Oriol Acosta
CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO
ORIOL ACOSTA: A
pedido de la mayoría, declino Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Muy bien.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Gracias, ciudadano Presidente. Muy
brevemente. Yo creo que la amplia consideración
que formulara el Convencional Evelio Fernández nos releva de mayores
consideraciones así como las expresadas por el compañero Duarte Molinas,
avaladas por su larga experiencia.
El
proyecto tal cual lo presenta la Comisión Redactora es muy simple, ciudadano
Presidente. Establece un haz de
competencias que van a ser consolidadas y establecidas en el futuro en función
de la Ley. A esta altura no podríamos
entrar en mayor profundidad en la competencia de la autoridad departamental sin
generar conflictos y fricciones ya sea con los municipios o con el gobierno
central.
De
ahí entonces, que se deja abierto todo ello a que la Ley, de acuerdo al
Artículo 5, pueda oportunamente ir precisando los distintos aspectos aquí
embebidos. Por todo ello, ciudadano
Presidente -y reitero-, en aplicación en lo expuesto en el Artículo 98, inciso
6, de los reglamentos, solicito sea sometido a consideración de esta plenaria
el proyecto de la Comisión Redactora tal cual proviene de ella, y, si es
rechazado, ahí entremos a considerar cualquier variante que fuere. Muchas gracias.
APLAUSOS...
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional. Anuncian a
un ciudadano Convencional que va a retirar su propuesta; entonces, démosle la
oportunidad.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Bernardo Villalba.
CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDO
VILLALBA: Gracias, ciudadano Presidente, gracias,
ciudadanos Convencionales: queremos
retirar la propuesta N°
7, a los efectos de facilitar la votación, sin antes expresar que no perdemos
la esperanza de que nuestras ideas van a quedar plasmadas en la ley
reglamentaria que se ha de dictar en el Parlamento.
APLAUSOS...
CIUDADANO PRESIDENTE: Muy bien, muchas gracias. La Presidencia va a llevar a votación. Entonces, estamos en estadio de votación y,
en primer lugar, se va a llevar a votación la Propuesta Base que cuenta con el
dictamen de la Comisión Redactora.
Los
que estén por la aprobación de la misma, se servirán levantar la mano. Mayoría, queda aprobada.
APROBADO.
APLAUSOS...
CIUDADANO SECRETARIO: Hay un agregado
propuesto que se debe votar. Es una propuesta que se presentó
reglamentariamente, como un nuevo inciso que dice así: Inciso 4):
la integración y la organización de los consejos de desarrollo
departamental...
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Me opongo terminantemente a que se vote ni
agregue nada. Esto no puede ser un
inciso. En todo caso que proponga un
artículo sustitutivo o que pase un nuevo artículo a dictamen de la Comisión
Redactora, pero no podemos estudiar así en barbecho ningún inciso. Muchas gracias.
CIUDADANO SECRETARIO: Recuerdo, ciudadano Presidente, que esta
mañana, cuando se votó el tema de los requisitos, se ha votado el despacho de
comisión. Como ha sido una nueva
propuesta presentada reglamentariamente, luego se votó el agregado de los
requisitos para los miembros de la junta departamental...
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Moción de orden, ciudadano Presidente, una
moción de orden concretamente al Secretario.
En todos los actos de la Convención él está imponiendo normas, diciendo
que hay que agregar; está conduciendo la Convención; no puede ser eso ciudadano
Presidente...ruego a la Presidencia que lo llame al orden...
CIUDADANO PRESIDENTE: La presidencia entiende que no es así. Está explicando que existe la propuesta de un
nuevo inciso, cuya aceptación o no sencillamente debe ser votada. Es lo más simple que hay...
Ciudadano
Cano Radil, brevemente por favor.
CIUDADANO CONVENCIONAL
BERNARDINO CANO RADIL: Gracias, ciudadano Presidente.
La
práctica que hemos tenido en esta Convención es votar los agregados cuando la
propia Convención aceptó, pero acá el Presidente dijo que pedía que se votara el proyecto de Comisión tal
cual vino y ese es el proyecto aprobado. No hay posibilidad de agregar nada porque ya
hemos convenido que fue un error en su momento esa forma de votación. Hemos convenido que fue un error, señores. Esta propia Convención actuó de esta forma
hace dos días y la propia Convención reconoció el error con motivo de
sancionarse un artículo en lo que hace el servicio militar obligatorio y al
problema de los excombatientes y reconocimos que habíamos violado el Reglamento
cuando votamos de esa forma, entonces yo no quiero que se vuelva a violar el
Reglamento y cuando el Presidente de la Comisión Redactora acepte agregados que
se voten supletoriamente a la moción base sí se puede votar; de lo contrario no
se va a poder votar porque lo que se puso a consideración fue el texto tal cual
vino y creo que lo aclaró muy bien el Presidente de la Comisión Redactora y es
la única interpretación que cabe, salvo que decida
mos modificar el Reglamento. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Carlos Avalos.
La
Presidencia advierte sustancialmente que la opinión autorizada de la Comisión
Redactora es la que vale, si ella acoge o no acoge el tratamiento del mismo.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
AVALOS: Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos
Convencionales: quiero advertir a esta
Convención, ciudadano Presidente, que,
de acuerdo a la modificación que se ha hecho en nuestro Reglamento Interno, yo
como Convencional Constituyente de la República del Paraguay he presentado en
hora, en su momento y reglamentariamente un proyecto de agregado que esta
Convención, a través del voto, debe darnos su aprobación o rechazo, ciudadano
Presidente. Nada más.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Emilio Camacho.
CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO
CAMACHO: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: yo creo que la mesa en este tema no ha incurrido en ningún
error. Puedo estar en contra del agregado
a proponer, pero lo que no podemos es cerrar ese mecanismo; de lo contrario se
va a reducir sustancialmente la posibilidad del debate. Varias veces se ha votado el Proyecto Base,
gana, y luego, si hay agregados presentados como agregados toda vez que hayan
sido presentados como un agregado pienso que corresponde la votación y pienso
también que la mesa no se ha equivocado.
Reitero, toda vez que fue presentado como agregado posterior y no como
artículo alternativo o sustitutivo. Nada
más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Así es, ciudadano Convencional, aparece como
nuevo inciso que podría ser o no un agregado.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Evelio Fernández Arévalos.
CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO
FERNANDEZ AREVALOS: Ciudadano Presidente: acá se ha puesto a votación la propuesta N°
1 tal cual vino y esa propuesta tiene un contenido concreto. Frente a esa propuesta se alzaban otras. La que se quiera hacer votar era la Propuesta
Base más un agregado, de manera que es otra propuesta. Significa votar todo lo
que dice la Comisión Redactora y además
otra idea más. Nosotros hemos
votado ya concretamente por lo que propuso la Comisión Redactora que no incluye
esa otra idea; consecuentemente el asunto esta totalmente terminado. Si se hubiera votado por ideas hubiera sido
totalmente distinto, porque es una idea nueva pero acá no se votó por ideas
sino por propuestas y la propuesta que se puso a consideración y se votó es la
Propuesta N° 1. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Federico Callizo.
CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO
CALLIZO: Gracias, ciudadano Presidente.
Yo
tengo una interpretación diferente, ciudadano Presidente, Creo que en muchos
casos puede ser muy importante acoger la sugerencia de los ciudadanos
Convencionales para mejorar el artículo presentado como proyecto de Comisión,
lo que pienso, si es que la Comisión Redactora debe acoger esa sugerencia, si
alguien de la Comisión Redactora recoge esa sugerencia, debe estudiarse,
Ciudadano Presidente. No se puede
coartar la posibilidad de que en esta Convención se mejore la redacción. La Comisión Redactora no tiene la última
palabra, ciudadano Presidente: entonces
puede ser una palabra o puede ser una frase, ciudadano Presidente. Creo que eso así debe interpretarse y creo que fue el sentido de la expresión del
Presidente de la Comisión Redactora; creo que ese fue el sentido, ciudadano
Presidente. Nada más.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
La
Presidencia comparte plenamente la palabra del último ciudadano Convencional
preopinante. Efectivamente, existiendo
de por medio un agregado que se presentó en tiempo, que puede constituir o no
un artículo nuevo, debe ser consultada la Comisión Redactora si la misma acoge
aceptar parte de su Comisión, del
Despacho de Comisión y si no, entonces, no; sencillamente no se vota. Nosotros querríamos saber en este momento si algún miembro de la Comisión Redactora se opone a
la inclusión de este nuevo inciso, diríamos.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Julián Britos.
CIUDADANO CONVENCIONAL JULIAN
BRITOS: Ciudadano Presidente: nosotros hemos votado
la propuesta del Proyecto Base así como viene.
No hay ninguna discusión al respecto, pero hay un deseo de algunos
Convencionales de agregar un inciso en ese articulado y creo que la Comisión
Redactora no tiene potestad de rechazar o de aceptar porque es competencia de
la plenaria, ciudadano Presidente. ¿O para qué estamos nosotros acá, ciudadano
Presidente, para aplaudir o qué?
Nosotros no estamos en contra de
la propuesta lo que sencillamente queremos hacer es agregar un inciso; eso es
competencia de la plenaria, ciudadano Presidente. habiendo sido presentada en
tiempo y en forma. Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Rafael Eladio Velázquez.
CIUDADANO CONVENCIONAL RAFAEL
ELADIO VELAZQUEZ: Ciudadano Presidente: la intervención de la Comisión Redactora
termina en el momento de la votación, que ya tuvo lugar. Si la Comisión Redactora aceptaba la
inclusión de la propuesta con el N°
6, pues, el Proyecto Base, tenía un inciso más; si no la aceptaba, pues, si era
rechazado el Proyecto se votaba la propuesta N°
6 con todo el texto del Proyecto Base
más el inciso cuarto. Yo creo que
tenemos que dejar abierto el camino a la discusión, el camino al mejoramiento,
pero ese mejoramiento o esa discusión son anteriores a la votación.
En este momento la cuestión resulta extemporánea porque es cosa
resuelta; se ha aprobado un texto concreto.
Tal vez si era rechazado ese primer texto, se votaba el proyecto N°
6 que era más amplio, con un inciso más
un proyecto distinto pero en este momento no corresponde ya tratarlo. Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: En todos los casos, ciudadano Presidente, acá
se han suscitado, siempre a través mío, previa consulta con los compañeros, o
muchas veces hemos acogido algunas ideas y nos hemos abierto a la mejora de cualquier texto. Nuestra actitud no
es una actitud cerril o cosa por el
estilo, es racional. En este caso hemos
dicho muy claramente que, como se trata de una cuestión sobre la que no existe
ninguna experiencia histórica concreta, y cualesquiera otra competencia, o
podría generar conflicto con el poder central, o con el poder municipal, o sea,
con los municipios, porque no podemos hacer crecer los departamentos a costa de
los municipios.
Planteábamos
una solución ecléctica que quedaba concedida en estos términos. Si el día de mañana a alguien se le antoja
que la policía, el ejército, la marina, la aviación o lo que fuera, entonces,
el gobernador, pues, lo dirá la ley y así lo autoriza el inciso 5) del artículo
que hemos aprobado. Dejamos abierta la puerta.
Pero se ha votado en estos términos, he sido muy claro al decir: pido se vote el Despacho de Comisión tal cual proviene de ella. Entonces no podemos, pues, andar ahora
pensando qué inciso le vamos a agregar a un artículo ya aprobado; me parece
perder el tiempo, ciudadano Presidente.
Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Carmelo Benítez. La
Presidencia ruega brevedad para terminar de
una vez esto.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARMELO
BENITEZ: Gracias, ciudadano Presidente.
Acá
se ha hablado, ciudadano Presidente, de que si la Comisión Redactora o uno de los miembros de la Comisión
Redactora hubiera aceptado en contraposición a los otros, se votaba primero el
proyecto de Comisión y luego el inciso o el agregado. Tengo entendido que no
hace falta que nadie acoja porque el Convencional Carlos Avalos es miembro de
la Comisión Redactora, él es un miembro nato de la Comisión Redactora, así que si él lo presenta, lo hace en su
doble calidad, aceptando y también presentando ese proyecto. Nada más que eso quiero decir, ciudadano
Presidente. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Gregorio Enciso.
CIUDADANO CONVENCIONAL GREGORIO
ENCISO: Gracias, ciudadano Presidente.
Solamente
yo quiero explicar que en este caso específico
tuvimos un voto dirigido porque realmente tenemos evidencia de que en
esta sala hay, no digo la minoría o la mayoría, pero hay una gran cantidad de
personas que querían agregar este inciso y tenemos antecedentes de que se ha
aplicado este mismo sistema, y yo opino que los votos dirigidos no están
bien. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Carlos Avalos.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
AVALOS: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: en el artículo
anterior que hemos votado, ciudadano
Presidente, referente a los requisitos para ser gobernador, se han agregado,
ciudadano Presidente, también los requisitos para ser Concejal Departamental. Ningún miembro, ni mucho menos el Presidente
de la Comisión de Redacción, ha acogido ese agregado, ciudadano Presidente, y
este plenario lo ha votado. Ciudadano Presidente: yo solamente solicito un legítimo derecho
como Convencional Constituyente y que esta plenaria en su soberana decisión
vote ese agregado y diga si debe ser incluido o no a través del voto de los
ciudadanos Convencionales aquí presentes, ciudadano Presidente.
Porque
reglamentariamente lo exige y todos los
antecedentes que tenemos, inclusive del mismo día de hoy, ciudadano Presidente,
exige que se dé ese tratamiento. Muchas
gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
La
Presidencia va a llevar a votación lo que la plenaria va a decidir respecto, en
primer termino, a si incorpora o no, si se vota una incorporación nueva después
de haberse aprobado ya un artículo in totum
Entonces si se vota o no, después vamos a expedirnos sobre la
incorporación. Primero se va a votar,
entonces, si se vota o no... pero el
reglamento, señor, ya fue aplicado, ciudadano Convencional, ya se aprobó eso,
quedo esto solamente a interpretación.
Interpretación es lo que se va a
votar si es que se puede o no incorporar una propuesta presentada dentro del tiempo
y que significa un agregado o un nuevo artículo, porque es un nuevo inciso,
diríamos, si la plenaria interpreta que se puede agregar y lo determina por mayoría, eso servirá de
orientación para las siguientes sesiones.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Ciudadano Presidente, pido la palabra.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional ya está cerrado.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Quiero una aclaración, quiero saber por cuál
voy a votar ciudadano Presidente, no...
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional no se va a votar
todavía la incorporación. Si corresponde
o no.
CIUDADANO CONVENCIONAL...:
No me escuchó usted, ciudadano Presidente, pido la palabra.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional está prohibido el diálogo.
Le ofrezco la palabra.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Gracias, ciudadano Presidente. Le agradezco.
Lo
que quiero saber, ciudadano Presidente, es
si la interpretación de qué artículo del Reglamento vamos a estar
votando. Yo no sé cuál es, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Se va a leer por Secretaría el artículo del
Reglamento.
CIUDADANO SECRETARIO: El Artículo 98, inciso 5), dice: "Que
podrán presentarse otro u otros artículos que sustituyen totalmente al que será
discutido o modifiquen, adicionen o supriman parte de él hasta treinta minutos
antes de la hora fijada para el inicio de la sesión, salvo los artículos
consensuados entre los proyectistas durante la sesión". Ese es el inciso, "adicionen".
INTERRUPCION
CIUDADANO CONVENCIONAL...: No hace referencia a la votación ciudadano
Presidente, hace referencia a la presentación.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional José Nicolás Morínigo.
CIUDADANO CONVENCIONAL JOSE
NICOLAS MORINIGO: Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales: yo creo que de un tiempo a esta parte hemos
perdido más tiempo discutiendo cuestiones de procedimiento que avanzando en la
aceptación de las normas de la Constitución, ciudadano Presidente, yo creo que es
absolutamente razonable que esta plenaria decida en estos momentos cuál va a ser la interpretación con respecto al
problema que tenemos y mociono que se cierre la lista de oradores sobre este
tema, que se lleve a votación y entonces superamos este inconveniente que hasta
parece absurdo. Hoy estuvimos escuchando
cuatro horas de intervenciones con respecto a problemas que son sumamentes
sencillos y lo que estamos haciendo es simplemente alargar inútilmente esta
Convención. Gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
La
Presidencia va a llevar a votación la interpretación de si se puede o no
incorporar un agregado presentado en tiempo como ampliación.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Federico Callizo, para una aclaración.
CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO
CALLIZO: Una aclaración, ciudadano Presidente...
CIUDADANO PRESIDENTE: Se va a votar entonces. En consecuencia, los que estén por la
interpretación de que se puede agregar un artículo, una ampliación o inciso
después de votado, se servirán
levantarse la mano, quienes estén de acuerdo.
Mayoría.
Se
va a leer el texto. Ahora se lee el
texto y si se incorpora o no.
CIUDADANO SECRETARIO: Sería el inciso 6°).
El control operacional de la Policía Nacional en el departamento, entre la
competencia de la gobernación. El
control operacional de la Policía Nacional en el departamento.
CIUDADANO PRESIDENTE: Orden en la sala.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR PACIELLO: Quiero fundamentar brevemente, por qué la
oposición a este artículo, o inciso que se pretende.
En
primer lugar, destruye toda la sistemática del proyecto tal cual ha sido
presentado, votado y aprobado.
En
segundo lugar, abre la peligrosa posibilidad de generar una serie de bandas
armadas parapoliciales en todo el territorio de la República.
Vamos
a ser responsables de la generación, de la anarquía en este país, porque cómo,
si las armas no están bajo un poder central, vamos a autorizar que 19
funcionarios tengan el control. Esto va
a ser imposible; traeremos de nuevo, a esta sociedad que ha sufrido tantos
golpes y revoluciones y luchas fratricidas, un nuevo factor de inestabilidad e
intranquilidad, cuando que ha sido clara y terminantemente explicado que una
policía organizada sobre base moderna, está para cumplir las funciones de la
autoridad legítima y competente, entre las cuales se incluye el Gobernador.
Entonces,
acá tendríamos el caso de un Policía Nacional, una Policía Departamental y
hasta policía de tránsito municipal, dónde vamos a ir a parar, ciudadano
Presidente. Esto es muy peligroso y yo
me opongo tajante y radicalmente. Muchas
gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Carlos Avalos.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
AVALOS: Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos
Convencionales: con ruego de atención
por favor.
Creo
que se ha interpretado mal, ciudadano Presidente y ciudadanos Convencionales,
el alcance. Al contrario totalmente,
aquí lo que se quiere, como lo he expuesto hoy al defender la inclusión de ese
agregado, ciudadano Presidente, es que haya un control para evitar justamente
la corrupción, para evitar justamente que esa Policía Nacional se convierta en
poder omnímodo dentro de los departamentos y que no tenga el control del poder
político.
Ese
es el fundamento, ciudadano Presidente, no la desviación que se está
pretendiendo dar a la interpretación y he manifestado claramente, ciudadano
Presidente, en ocasión de mi exposición.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Moción de orden, ciudadano Convencional.
CIUDADANO PRESIDENTE: ¿Alguien pidió moción de orden?
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
AVALOS: Estoy en uso de la palabra, estoy esperando
que se calle la audiencia, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene que hablar previamente el orador. Termine ciudadano Convencional.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
AVALOS: Terminó, ciudadano Presidente, diciendo nada
más que, evidentemente, una vez sancionada el nuevo marco constitucional de
nuestro país, se deberá establecer una Ley Orgánica Policial que establezca
esos mecanismos de control operacional entre la gobernación y la Policía
Nacional, ciudadano Presidente.
Por
lo tanto, creo que no es la interpretación que se le ha querido dar a este
agregado. Nada más, y muchas gracias,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
¿Alguien
pide moción de orden?. Tiene el uso de
la palabra el ciudadano Convencional Cayo Gwynn, para una moción de orden. ¿En qué consiste la moción de orden?
CIUDADANO CONVENCIONAL CAYO
GWYNN SAFSTRAND: Ciudadano
Presidente, que se cierre el debate y que se lleva a votación el artículo en
discusión.
CIUDADANO PRESIDENTE: Bueno.
Quienes estén por el cierre del debate, se servirán levantar la mano. Queda cerrado el debate.
Se
lleva a votación. Quienes estén por la
incorporación, se servirán levantar la mano.
Minoría.
Continua
el tratamiento del texto constitucional.
Artículo 158.
Se
ruega orden en la sala, para proseguir el estudio. Por Secretaría se va a informar.
CIUDADANO SECRETARIO: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: solamente un minuto para
levantar el cargo formulado gratuita e irresponsablemente. Nunca ha estado en mi ánimo conducir esta
Convención; sí he tratado en todo momento de cumplir con la función que me
asigna el Reglamento que es la de ser relator y auxiliar de la Presidencia.
La
insinuación del ciudadano Convencional Melgarejo Pereira es, me parece a mí,
totalmente gratuita y la rechazo categóricamente.
CIUDADANO
PRESIDENTE:
Prosigue el estudio del Artículo 158, De los Recursos.
CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 158.
Proyecto Base. Título: De los Recursos. Texto:
"Los recursos de la administración
departamental son:
1- La porción
correspondiente de impuestos, tasas y contribuciones que se definan y regulen
esta Constitución y la ley;
2- Las
asignaciones o subvenciones que les destine el gobierno nacional;
3- Las rentas
propias determinadas por ley, así como las donaciones; y
4- Los demás
recursos que fije la ley.
CIUDADANO PRESIDENTE: El proponente de la propuesta N°
2, desea hacer uso de la palabra.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Es a los efectos de retirar la moción N°
2. Esta presentación la hicimos en un
todo coherente con las series de artículos previos, pero sería realmente
incoherente mantener esta propuesta dentro de los textos aprobados, así que la retiro,
porque tengo consultado con la mayoría de los proponentes y si no hay nadie que
se oponga retiro, sugiero que se retire, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, se tiene por retirada por
Secretaría.
A
consideración y a votación la propuesta N°
1, que es Proyecto Base. No existe otra
propuesta.
Quienes
estén de acuerdo, se servirán levantar la mano.
Mayoría. Queda aprobado el
Artículo 158.
Pasamos
al siguiente.
CIUDADANO
SECRETARIO:
Artículo 159. Existen cuatro
propuestas.
Propuesta
N° 1. Proyecto Base. Mientras se reparte, vamos a dar lectura y
los proyectistas pueden empezar a fundamentar.
Propuesta N°
1. Proyecto Base. Título:
De la intervención. Texto:
"Los departamentos y las
municipalidades podrán ser intervenidos por el Poder Ejecutivo, previo acuerdo
de la Cámara de Diputados, en los siguientes casos:
1- A solicitud
de la Junta Departamental o Municipal por decisión de la mayoría absoluta;
2- Por
desintegración de la Junta Departamental o Municipal que imposibilite su
funcionamiento; y
3- Por grave
irregularidad en la ejecución del presupuesto o en la administración de sus
bienes, previo dictamen de la Contraloría General de la República. La intervención no se prolongará por más de
90 días, y si de ella resultase la existencia del caso previsto en el apartado
3), la Cámara de Diputados, por mayoría absoluta, podrá destituir al Gobernador
o Intendente o a la Junta Departamental o Municipal debiendo el Tribunal
Superior de Justicia Electoral convocar a nuevos comicios para constituir las
autoridades que reemplacen a las que hayan cesado en sus funciones, dentro de
los 90 días siguientes a la resolución dictada por la Cámara de Diputados.
Final
de la propuesta N° 1.
PROPUESTA N°
2: Del Convencional Víctor Nuñez, Artículo
159. De lA intervención. "Los gobiernos departamentales podrán se
intervenidos por el Poder Ejecutivo en los casos de producirse graves irregularidades
en la ejecución del presupuesto o en la administración de sus bienes, previo
dictamen de la Contraloría General de la República. En los demás casos no previstos en esta
Constitución la intervención sólo podrá realizarse de acuerdo a la Cámara de
Diputados. La intervención no se
prolongará por más de 90 días y si de ella resultare la existencia de la causal
prevista en esta Constitución, el Poder Ejecutivo, con acuerdo de la Cámara de
Diputados adoptado por mayoría absoluta, podrá destituir al Gobernador en cuyo
caso será sustituido por el vice Gobernador o en su defecto el Tribunal
Superior de la Justicia Electoral convocará a comicios para la elección de un
nuevo Gobernador dentro de los 90 días siguientes a la resolución del Poder
Ejecutivo que disponga la destitución".
PROPUESTA N°
3: Del Convencional Víctor Hugo Sánchez. Artículo 159.
"El Presidente de la República, en los casos taxativamente
señalados por la ley, suspenderá o destituirá a los Gobernadores. Su régimen de inhabilidades e
incompatibilidades no será menos estricto que el establecido para el Presidente
de la República".
PROPUESTA N°
4: De los Convencionales Juan de la Cruz
González y Carlos Ovidio Meyer. Artículo
159. De la Intervención. "Los departamentos y las municipalidades
podrán ser intervenidas por el Poder Ejecutivo, previo acuerdo de la Cámara de
Diputados, por las causales que serán establecidas por la ley. La intervención en ningún caso se prolongará
por más de 90 días y, si de ella resultase comprobados hechos o actos
irregulares en la ejecución del presupuesto o en la administración de sus
bienes, previo dictamen de la Contraloría General de la República, la Cámara de
Diputados por mayoría absoluta podrá destituir al Gobernador o Intendente o a
la Junta Departamental o Municipal, debiendo el Tribunal Superior de Justicia
Electoral convocar a nuevos comicios para constituir las autoridades que
reemplacen a las que hayan cesado en sus funciones, dentro de los 90 días
siguientes a la resolución dictada por la Cámara de Diputados".
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello, sobre la
Propuesta Base.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Bueno, ciudadano Presidente. De inicio ¿verdad? apenas tengo escaso tiempo
de poder hacer las comparaciones para ver si cuál es el criterio de los demás
integrantes de la Comisión Redactora en relación a esto.
Yo
apenas me voy a limitar en esta intervención y de momento a decir que la
intervención probable de las autoridades departamentales o Municipales, de
acuerdo al criterio de la Comisión Redactora, fue que se realice en todos los
casos por el Poder Ejecutivo, pero mediando acuerdo y dictamen de la Cámara de
Diputados.
Ahora,
estoy apreciando que en otras propuestas esto está relativamente variado y me
gustaría conocer y mientras tanto voy a hacer algunas consultas con los
compañeros de la Comisión Redactora, para ver si se pueden acoger o no las
propuestas que se han formulado, en qué caso, cómo y me gustaría conocer los
fundamentos porque es muy extenso, pero reitero, el criterio que ha predominado
en la Comisión Redactora ha sido que todas estas intervenciones solamente
pueden darse mediando dictamen previo de la Cámara de Diputados. Ese es el criterio de la Comisión Redactora.
Ahora,
cuáles podrían ser los otros criterios, me gustaría escuchar previamente antes
de dar una opinión. Muchas gracias,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Víctor Nuñez, como proyectista
de la propuesta n° 2.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
NUÑEZ: Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos
Convencionales: antes debo aclarar que
esta propuesta distribuida a los ciudadanos
Convencionales ha sido debidamente sustituida en tiempo por otra
propuesta. Esta que ustedes tienen en
manos no es la propuesta real, es la original, pero fue sustituida. Como ustedes podrán ver, acá habla del vice
Gobernador y eso ya fue desechado por esta plenaria e inmediatamente les será
distribuido el texto de la propuesta, pero me permito leer cómo queda la
propuesta final.
Solamente
propongo sustituir el último párrafo del artículo, el resto queda igual al
Proyecto Base, sustituí el último párrafo de la siguiente manera: "la intervención no se prolongará por
más de 90 días y si de ellas resultase la existencia de la causal prevista en
el apartado 3), el Poder Ejecutivo con acuerdo con la Cámara de Diputados
adoptado por mayoría absoluta podrá destituir al Gobernador o Intendente o a la
Junta Departamental o Municipal, en cuyo caso serán sustituidos de acuerdo con
lo que determine la ley".
El
fundamento de esta última parte, de derivar a la ley el sistema de sucesión y
sustitución, es a fin de mantener coherencia con los demás casos como de
Intendente Municipal, Junta Municipal.
La ley establece el sistema de sucesión y no la Constitución. Estoy proponiendo que sea el Poder Ejecutivo el que determine o decida la
destitución, ya sea del Gobernador o Intendente Municipal, o de la Junta Departamental
o Municipal, y no la Cámara de Diputados.
Nosotros
no tenemos un sistema parlamentario, como para que ninguna Cámara del
Parlamento decida el nombramiento o la destitución de un funcionario. Debe ser el Poder Ejecutivo, pero, a los efectos
de que el Parlamento ejerza ese control, entonces establecemos acá que debe ser
con acuerdo de la Cámara de Diputados.
Ese es el fundamento breve de esta propuesta. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Juan de la Cruz González, como
proyectista.
CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN DE
LA CRUZ GONZÁLEZ: Gracias, ciudadano Presidente.
Muy
brevemente, porque el preopinante ha adelantado algunos conceptos que nosotros
habíamos previsto en nuestra propuesta.
Estamos ante la medida de una posible intervención, la cual
indudablemente conlleva a la limitación de la autonomía Municipal.
En
consecuencia, esta es una medida administrativa que se deja incluida en la competencia
del Poder Ejecutivo y cuyo paso debe darse bajo riguroso control por parte del
Parlamento Nacional por ser tanto el Intendente Municipal como los concejales
Municipales y de las Juntas Departamentales por supuesto y del Gobernador
incluso en su caso, electos por el pueblo, y la Municipalidad, por sobre todas
las cosas, que se maneja en base a la competencia exclusiva prevista en sus
respectivas cartas orgánicas, debe manejarse conforme a la ley.
Es
la razón por la que en esta propuesta se remite al Parlamento la enunciación de
las causales para la intervención a las municipalidades.
Por
otro lado, ciudadano Presidente, estamos conformes, en todos los casos
posibles, en que la intervención, en ningún caso, bajo ningún concepto, se
prolonge más allá de los 90 días. Esto
en base a experiencias recogidas en el campo del nunicipalismo paraguayo. Y la intervención, como se trata de un ente
autónomo, con organismos conformados por Junta Municipal, por un lado y por
otro lado intendencia Municipal, muchas veces las causales que requiere la
intervención por parte del Poder Ejecutivo se originan con exclusividad de unos
de estos órganos y son órganos coordinados, no son supraordinados, razones que
justifican por otro lado que sea la ley la que establezca las causales de
previo estudio por parte de los señores parlamentarios.
En
cuanto a la sustitución, por supuesto, producida la destitución de cualquiera
de ellos por las causales previstas en las leyes respectivas habrá de ser el
Poder Ejecutivo, pero con el acuerdo del Parlamento y del organismo competente
que sería la junta Electoral el que convoque a un nuevo comicio.
Así,
ciudadano Presidente, en homenaje al tiempo y en la inteligencia, o en la
creencia de haber expuesto a groso modo los fundamentos que avalan esta
propuesta, dejamos a consideración de los ciudadanos Convencionales repensar y
reflexionar sobre esto.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Evelio Fernández Arévalos.
CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO
FERNANDEZ AREVALOS: Mi propósito simplemente es aclarar el
sentido de la propuesta N°
1, para que no haya dudas sobre su verdadera intención y el tema
abarcante.
Acá
se establecen tres situaciones para que se pueda producir la intervención a los departamentos y municipalidades, pero
todas ellas, absolutamente todas, requieren el previo acuerdo de la Cámara de
Diputados. Los primeros dos casos se refieren
a situaciones de hecho, provenientes de la autonomía, de la voluntad de la
Junta Municipal o de una situación fáctica totalmente insuperable. La primera
de ellas, es que la misma Junta Departamental solicite su intervención con
mayoría absoluta o que la misma Junta Municipal solicite su intervención por
decisión de la mayoría absoluta.
Aquí
se está respetando simplemente la autonomía de la voluntad del organismo Municipal o departamental. Siempre, y aún en ese caso, requerirá, lo
repito, el previo acuerdo de la Cámara de Diputados para que el Poder Ejecutivo
pueda decretar la intervención.
El
tercer caso, es una situación totalmente distinta a los anteriores. Se produce cuando en contra, diríamos así, de
la voluntad presunta de los miembros de la Junta Departamental o Municipal se
ordena la intervención. ¿Cuál es ese caso? Cuando se verifique graves
irregularidades en la ejecución del presupuesto o en la administración de sus
bienes, previo dictamen de la Contraloría General de la República.
En
este caso, entonces, aunque no pida la Junta Departamental y Municipal, y aún
en contra de su voluntad, se puede decretar la intervención. Claro está que siempre previo acuerdo de la
Cámara de Diputados, y en este caso particular, previo dictamen de la
Contraloría General de la República. Se
está rodeando a este tipo de intervención que es contra la voluntad presunta de
los órganos a ser intervenidos.
Se
está, entonces, levantado una serie de presupuestos que imposibiliten una
intervención arbitraria, como la necesidad de un dictamen previo de la
Contraloría General de la República y, por supuesto, como todos los casos, en
acuerdo de la Cámara de Diputados.
Para
esta tercera hipótesis, que es la más peligrosa, por así decirlo, se establece
también que la facultad, la Cámara de Diputados por mayoría absoluta podrá
destituir al Gobernador o Intendente o a la Junta Departamental o
Municipal. En los demás casos no es
necesario ¿por qué?, porque en el primero está la solicitud del mismo organismo
y en el segundo existe una desintegración del organismo.
Solamente
en este tercer capítulo, entonces, podemos hablar de la destitución, del
Gobernador o Intendente, de la Junta Departamental o Municipal.
Esa
vendría a ser la arquitectura básica de esta propuesta. ¿Cuáles son las diferencias con las demás
propuestas presentadas? En cuanto a la
propuesta N° 2, se establece que
esa intervención en el caso 3, sea dispuesta directamente por el Poder
Ejecutivo, no por la Cámara de Diputados como dice la propuesta N°
1.
Y
en cuanto a la propuesta N°
4, la diferencia es sustancial en este sentido.
Que, en vez de establecer como la propuesta N°
1, los casos específicos en que pueda haber intervención, en vez de establecer
las hipótesis 1, 2 y 3 como la propuesta N°
1, deja librada a la ley que establezca las causales para esa
intervención. La Comisión no acogió esa
posibilidad, porque para organismos que se supone que en cierta medida surgen
de la voluntad popular, es un tanto peligroso dejar derivado a la ley
establecer las causales para su intervención.
Es
mejor que, consideramos así en la
Comisión, sea la propia Constitución la que establezca taxativamente
esas causales. Nada más, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Por
Secretaría se va a dar lectura de los oradores inscriptos.
CIUDADANA SECRETARIA: Emilio Camacho, Ricardo Franco Lanceta, José
Nicolás Morínigo, Eusebio Ramón Ayala y Manuel Ramírez.
CIUDADANO PRESIDENTE: La Presidencia declara cerrada la lista de
oradores.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Emilio Camacho.
CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO
CAMACHO: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: en primer lugar, quiero
expresar sobre al actitud del Presidente de la Comisión Redactora. Supongo que todos teníamos el tiempo
suficiente en cuanto a una defensa de este proyecto. Si yo estaba enterado de que él no iba a
defender, hubiera pedido la palabra par defender como miembro de la Comisión
Redactora, y no acogerme a la lista de oradores.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Me permite una interrupción, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: ¿Le permite,
ciudadano Convencional?
CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO
CAMACHO: Sí, cómo no.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Cuando yo todavía no conocía las otras
propuestas, Convencional Camacho, ni tuve tiempo de leerlas, cómo voy a hacer
una diferenciación y eso ha quedado brillantemente a cargo de Convencional
Evelio Fernández, no hace falta más defensa me parece a mi.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias.
Prosiga, ciudadano Convencional.
CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO
CAMACHO: He expresado ni opinión, y prosigo, ciudadano
Presidente.
En
momentos como este, es cuando se definen los rumbos típicos, las actitudes, y
aquí simplemente estamos discutiendo el artículo central de todo el proceso de
descentralización. Van a estar las
Juntas Municipales, los gobiernos departamentales, estarán más vinculados a la soberanía popular o más
vinculados a una decisión unilateral del Poder Ejecutivo.
En
la Subcomisión N° 3, creímos
razonable establecer, como bien lo expresó el Convencional Evelio Fernández,
claramente los casos en que pueden ser intervenidos, que, por otra parte, ya
está en la Constitución de 1967, si bien con menos precisión, pero ya la del 67
establece claramente una enumeración taxativa de las causales de intervención,
porque remitirlo a la ley sería simplemente pervertir el concepto de la
representación desde el momento que son autoridades locales.
Lo
que hace este artículo es establecer claramente la relación de jerarquía con
respecto al poder central. Por eso el
Poder Ejecutivo puede intervenir y sin embargo requiere el acuerdo de la Cámara
de Diputados, en el entendimiento de que ésta es la Cámara de conformación
regional. Nuevamente aseguramos un
vínculo permanente entre la descentralización y las decisiones políticas. Es muy claro esta parte, ciudadano
Presidente.
¿Qué
es lo que hay que evitar en la descentralización? El caos, la ingobernabilidad y esto se
precautela claramente con el inciso 2), cuando habla por desintegración de la
Junta Departamental o Municipal que imposibilite su funcionamiento o a solicitud
de la Junta Departamentales o Municipales.
Y
el tercer caso es algo obvio, elemental, en caso de corrupción de graves
irregularidades. Pero, no es un concepto
de gravedad que lo va a determinar arbitrariamente el gobierno central, sino
que queda supeditado a un dictamen previa de la Contraloría General de la
República.
Es
nada más, ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales, que asegurar un procedimiento, un tratamiento
institucional de los mecanismos de intervención. El párrafo final establece también claramente
el procedimiento y el tiempo de duración de las intervenciones precisamente
para evitar que este artículo pueda ser utilizado como elemento para
represalias políticas en que se puedan intervenir y se prolonguen indebidamente
las intervenciones.
Yo
creo que los compañeros partidarios de la descentralización, los compañeros con
experiencia municipal deben entender claramente este artículo y no necesitan de
mucha ilustración porque son gentes informadas, empapadas. También ciudadano Presidente, aquí discutimos
el eje central de la descentralización que es la posibilidad de que los
dirigentes naturales, aquellos que surgen
de las bases mismas, tengan posibilidad de hacer carrera política sin
tener el visto bueno de uno, o dos, o tres jerarcas de sectores, movimientos o
partidos.
Aquí
lo que queremos asegurar es con la palabra, con el voto, la efectiva
democratización. Y por eso no hacemos
otra cosa que todo el constitucionalismo comparado, asegurar la vinculación
directa al Poder Ejecutivo. Eso está claramente
precautelado aquí. De modo, ciudadano Presidente, que los argumentos de
anarquía o caos, no proceden en este caso.
Pido
a esta plenaria el voto por el Proyecto N°
1. Pido por varias razones; porque
durante seis meses aquí hay personas que se han jugado por la
descentralización. Durante seis meses,
hemos compartido reuniones, criterios y opiniones. Y hemos llegado a unos de esos momentos en
que puede decirse que es un punto de inflexión.
Aquí vamos a decidir realmente si vamos a proteger a los departamentos y
municipios de eventuales arbitrariedades y, especialmente, si vamos a dejarlos
vinculados a la soberanía popular. Se
los vincula a sus Juntas Departamentales o sus Juntas Municipales, de tal modo
que gobernadores e intendentes respondan en primer lugar a su pueblo, que
tengan que justificarse y estar bien con
los pobladores, con los habitantes de las ciudades y departamentos.
Ciudadano
Presidente, ciudadanos Convencionales:
no voy a citar los artículos del derecho comparado, pero en
prácticamente todas las Constituciones,
las formas de intervención están en vinculación directa con la forma de
gobierno o forma de Estado. En este caso se precautela nítidamente el carácter
unitario a tal punto, que lo único que se agrega a la Constitución de 1967 es
el acuerdo de la Cámara de Diputados, porque si vamos a descentralizar este
país tiene que estar precautelado esa descentralización en la máxima instancia
legislativa.
Ciudadano
Presidente, ciudadanos Convencionales:
quienes queremos la descentralización dentro de un claro sentido del
orden, quienes apoyamos un proyecto de cogestión ciudadana y entendemos que la
tarea de gobernar es una mancomunión de todo este país, tenemos que apoyar este
Proyecto Base, que fue elaborado con mucho tiempo, con mucha discusión en la
Subcomisión N° 3, -de la cual
formé parte- que se repitió en la Comisión Redactora, y donde quedó claramente
establecido: primero, el sentido de
vinculación jerárquica, es el Poder Ejecutivo el que interviene; pero, en segundo
lugar, que la democracia, la descentralización, tiene que asegurar que ninguna
ley pueda pervertir esta vocación, esta voluntad de efectivamente
descentralizar y democratizar este país.
Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Ricardo Franco Lanceta.
CIUDADANO CONVENCIONAL RICARDO
FRANCO LANCETTA: Gracias, Presidente. Yo estoy completamente de acuerdo con la
Propuesta Base, desde luego. Pero, quiero hacer una consideración que entiendo
que es de mucha significación en este momento de democracia. Creo que hay un olvido que tenemos que
reparar en la redacción de este artículo. Hay un tema básico que es la
preservación de las garantías jurisdiccionales de la persona, básicamente, la garantía de la libertad.
¿Qué
pasa cuando en un gobierno departamental existe un autócrata que está violando
las libertades públicas? Esa es una
causal de intervención que no hemos previsto. Consiguientemente, sugiero, con
todo respeto, que los miembros de la Comisión de Redacción recojan como un
punto 4) "y causal de intervención por violación de las garantías
ciudadanas consagradas por la presente Constitución".
Creo
que, esa disposición es fundamental incluirla, y estimo que ha sido una omisión
completamente involuntaria porque estábamos siempre con un concepto un poco
patrimonialista en la elaboración de las causales de intervención de los
gobiernos departamentales, eso por una parte.
Por
otra parte, también entiendo -y esto va como una recomendación a la Comisión de
Estilo- que estamos hablando de los departamentos. Hay otra sección que habla exclusivamente de
los municipios y estamos mezclando un poquito.
Creo que eso la Comisión de Estilo lo pondrá en su lugar. Cuando estamos hablando de la Sección de los
departamentos, hablamos ya de la intervención de las municipalidades. Creo que habría que desdoblar eso y
llevar las causales de intervención de
los municipios al capítulo "De los Municipios". Eso es una sugestión secundaria. De cualquier manera, la elaboración creo que
está bien hecha pero entiendo que hay una omisión, ciudadano Presidente, y
debemos reparar, y lo hago como una propuesta muy puntual a los miembros de la
Comisión Redactora. Gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano
Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional José Nicolás Morínigo.
CIUDADANO CONVENCIONAL: Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadano
Presidente, ciudadanos Convencionales: creo
que el Proyecto Base tiene fundamentalmente algunas virtudes que deseo
señalar.
En
primer lugar, la importancia de establecer taxativamente las causales de la
intervención. Creo que este punto es
fundamental, de tal manera, que la intervención no quede librada a arbitrios y
al mismo tiempo no queda librada a una ley que podría poner en tela de juicio
todo lo que se está planteando acá y todo el proceso de descentralización y el
proceso de democratización que estamos asegurando con este planteamiento.
Al
mismo tiempo, dentro del Proyecto Base, creo que existen simplemente tres
grandes causales para intervenir: la
ingobernabilidad interna, la desintegración y por ultimo las irregularidades
administrativas que deben estar fundadas por dictamen de la Contraloría
General. Por consiguiente, creo que esos
aspectos constituyen y definen, de todas maneras, una intervención importante
de la Contraloría de suerte a no dejar librado este concepto de graves
irregularidades a un criterio de carácter arbitrario.
Con
respecto a las propuestas, ciudadano Presidente, y en relación a la propuesta N°
2, me llama la atención, tal cual como está formulado, en el sentido, del
segundo párrafo, "de dejar librado en los demás casos no previstos en esta
Constitución".
¿Cuáles
son esos casos? La ley se encargará,
determinará cuáles podrían serlo. Si aceptamos este criterio, simplemente
estamos nuevamente abriendo las posibilidades de eliminar el criterio taxativo
que me parece importante dejar claramente establecido en esta Constitución.
Con
respeto a la propuesta N°
3, simplemente, lo que acá se plantea es borrar el criterio de la
representatividad y el proceso electoral que, obviamente, fue establecido para
la elección de los intendentes y de los gobernadores, con lo cual lo que se
hace es asegurar la posibilidad de una intervención del Ejecutivo y darle más
preminencia a la autoridad que a la representatividad popular.
Y
con respeto a la propuesta N°
4, se elimina nuevamente los criterios taxativos con lo cual se deja librado
nuevamente las posibilidades de intervención a la ley o a los criterios
arbitrarios que podrían ser de un Ejecutivo que desea controlar o que podría
controlar todo este proceso de democratización a través de instituciones
representativas.
Ciudadano
Presidente y ciudadanos Convencionales:
creo que el Proyecto Base representa realmente la alternativa para
asegurar, este sentido de descentralización democratizadora que estamos
planteando. Gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Eusebio Ramón Ayala.
CIUDADANO CONVENCIONAL: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: cuando una ley, y en
este caso una ley máxima, la Constitución, quiere garantizar derechos, lo usual
y lo correcto, es que se establezcan amplios derechos y que las restricciones
sean taxativamente establecidas en la ley y que sean excepcionales. Cuando se
refiere a órganos, a instituciones a los cuales nosotros queremos darle el
atributo de la autonomía, tenemos que actuar con el mismo criterio.
Si
nosotros queremos defender la autonomía, entonces tenemos que poner causales
específicas, restricciones específicas, taxativamente señalados en el más alto
nivel, que es el nivel constitucional.
Creo que esa es una regla básica, si uno quiere realmente proteger la
libertad de las personas, cuando se trata de las personas y la autonomía de las
instituciones cuando se trata de estas últimas.
Respecto
a este proyecto hay tres preguntas
básicas. ¿Quién interviene?
¿Cuáles son las causales? y ¿Cuál
es el tiempo de duración de la intervención, para que no se convierta este
tiempo de intervención en una destitución, en una suplantación de las
funciones? Es decir, en los cuatro
proyectos, el que interviene es el Poder Ejecutivo, pero el Proyecto Base y el
proyecto N° 4, son los únicos
que requieren previo acuerdo de la Cámara de Diputados.
Respeto
a las causales, la moción N°1
establece las tres únicas causales en el más alto nivel, es decir a nivel
Constitucional. En la moción N°2
dice: "deja a cargo de la ley, tal
vez, porque dice, los demás casos no previstos en la Constitución". La moción N°3,
deja a cargo de la ley y la 4°,
dice: "hechos o actos irregulares
con previo dictamen de la Contraloría".
Respecto
al tiempo de intervención, en la moción N°
1, 2 y 4, coinciden en los noventa días, pero sin embargo la moción N°3
está sin plazo, ciudadano Presidente.
Creo
que, la moción N°1 del Proyecto Base
es la mejor de todas. Es obvio que tiene
algunos problemas porque las causales de intervención son políticas, son de
hechos, y son jurídicas.
Políticas
en el primer punto, dice: "a solicitud de la Junta Departamental o
Municipal por decisión de la mayoría absoluta". Y en este punto cabe hacer un pequeño apunte,
en el sentido de que esto se llama y lo ha llamado precisamente, -tal vez el
más grande jurista de todos los tiempos- el Dr. Salvador Villagra Maffiodo que
esto es "el ara-kiri municipal", o el ara-kiri a la autonomía, pero
yo creo que esto está bien preciso acá.
El
segundo punto, es por una cuestión de hecho que puede obedecer a diversas
causas, a diversas causas políticas inclusive en que es imposible que
funcione. Por lo tanto, nada mejor que
la intervención.
En
cuanto al punto N° 3), es la parte más
sensible. "Se puede hacerlo por
grave irregularidad, pero con previo dictamen de la Contraloría General de la
República".
Ciudadano
Presidente: creo que el mejor proyecto
de las cuatro propuestas que tenemos, es el Proyecto Base de la Comisión
Redactora. Gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Manuel Ramírez.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO RAMON
AYALA: Ciudadano Presidente: me dispensa, me he olvidado de un punto que
quería contestar, si usted me concede.
CIUDADANO PRESIDENTE: Sí, como no.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA: Respecto
al último punto, con todo el respeto que se merece el Convencional
preopinante en cuanto a la intervención por violación de las
libertades democráticas, las libertades legítimas fue algo parecido.
Yo
creo, ciudadano Presidente, no conviene hacerlo porque es una cuestión básica,
y es un problema muy grave que no se puede solucionar fácilmente porque va a la
esencia misma de la democracia. Lo que
en otros términos se plantea es la legitimidad o no, la posibilidad o no de la
revocatoria de los mandatos populares.
Si
nosotros creemos en la democracia, si nosotros creemos en la estabilidad de los
gobernantes, en la estabilidad de los gobiernos, en la estabilidad de las
instituciones, creo que cuando una
persona es electa por dos años, por tres años, o por cinco años -toda vez que
no cometa delitos u otras causales establecidas expresamente en la ley- no
puede ser destituida de esas funciones, porque estaríamos atacando ese
principio de la democracia. Y sobre todo
incurriríamos en un grave error, tal vez, en no dar estabilidad a los gobiernos
futuros, y sobre todo conspira contra la democracia. Es muy respetable la posición de que el
pueblo se convierta siempre en una asamblea permanente y que pueda destituir a
sus gobernantes en cualquier momento. Esa es tal vez la ventaja que se dice,
pero, por contrapartida, no hay ninguna garantía de estabilidad en las
instituciones, ni hay mucho menos garantía para que se afiance la democracia en
un país. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Antes
de ofrecerle la palabra al ciudadano Convencional Manuel Ramírez, la
Presidencia hace saber a la plenaria que en lo sucesivo ningún Convencional
debe retirarse de la sala sin permiso de la Convención, porque hace peligrar el
quórum.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Manuel Ramírez.
CIUDADANO CONVENCIONAL MANUEL
RAMIREZ: Gracias, ciudadano
Presidente. Es al solo efecto de quizás
dar una interpretación diferente con respecto al Artículo 159, y, desde ya,
apoyando el Proyecto Base, y decir que fundamentalmente aquí hay tres
cuestiones que se desarrolla en el artículo.
En
primer lugar, ¿quién es el órgano que puede intervenir a estos órganos,
llámense departamentos o municipalidades, y las condiciones para la
intervención donde se establece que será
el Poder Ejecutivo, previo acuerdo de la
Cámara de Diputados?
Y
en segundo lugar, los sujetos o quiénes son los que puede solicitar dicha
intervención y la condición para que proceda dicha solicitud Y se establece con claridad en el inciso
primero, diciendo que sería la Junta Departamental o Municipal por decisión de
la mayoría absoluta. Y entonces, debemos convenir que solamente hay dos
causales para que proceda la intervención con la consecuencia que se establece
en este mismo artículo que son: primero, la desintegración de la Junta
Departamental o Municipal que imposibilite su funcionamiento, es decir, -como ya lo ha dicho un
preopinante- la ingobernabilidad interna.
Y
en segundo lugar, por la existencia de graves irregularidades en la ejecución
del presupuesto o en la administración de sus bienes y también con el previo
dictamen de la Contraloría General de la República.
Por
lo tanto, Ciudadano Presidente, es al solo efecto de la interpretación que
habría que darle a este artículo. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Víctor Manuel Núñez.
CIUDADANO CONVENCIONAL: Gracias, Ciudadano Presidente. Disculpen que
tenga que volver a hacer uso de la palabra para aclarar algunos conceptos y
expresar que he comprobado, una vez más, que en esta sala, algunos
convencionales sólo se oyen a sí mismos y no escuchan cuando los otros
hablan. Llego a esa conclusión porque me
he apresurado, inmediatamente, al ponerse a consideración este artículo, en
aclarar que la propuesta N°
2, presentada a los ciudadanos Convencionales había sido retirada y sustituida
por otra propuesta que no se llegó a repartir.
Inclusive he dado lectura a la misma propuesta y sin embargo casi todos
los preopinantes se han referido a la propuesta N°
2, ya retirada, por lo que deduzco que no han escuchado y que la mayoría sólo
se escuchan a sí misma.
Ciudadano
Presidente, ciudadanos Convencionales:
nosotros, en ningún momento, hemos puesto en duda la efectividad de la
descentralización, siendo los fervientes defensores de esta nueva figura
constitucional. Y estamos seguros de que
en este nuevo sistema no se puede dejar al arbitrio de una sola autoridad la
intervención de un departamento o de una autoridad electa por el pueblo
departamental. Pero estamos seguros
también de que es necesario establecer un mecanismo de intervención, puesto que
el gobierno departamental tiene que cumplir algunas funciones encoméndales por
el gobierno central y administrar fondos provistos por ese gobierno. Por lo tanto, también en algunos casos es
necesaria la intervención y así lo comprendió la Comisión Redactora cuando
estableció las causales en qué casos expresos y únicos debe ser o puede ser
intervenido un gobierno departamental o municipal; por esa razón yo había
manifestado que estaba de acuerdo con toda esa parte del Proyecto Base.
Sin
embargo, he propuesto sustituir el ultimo párrafo
-solamente el ultimo párrafo- de ese proyecto
por otro "que contemple la facultad de destitución de las autoridades
intervenidas al Poder Ejecutivo y no a la Cámara de Diputados". Al Poder Ejecutivo que es la autoridad que
debe necesariamente ejercer también el control sobre un representante suyo en
el departamento, que es el gobernador. Pero a fin de asegurar el control
democrático de esa intervención, también requerirá el acuerdo de la Cámara de
Diputados adoptado por mayoría absoluta. No queda al arbitrio del Poder
Ejecutivo la destitución de una autoridad.
La única variante, ciudadano Presidente,
es que sea el Poder Ejecutivo el que adopte la medida con acuerdo de la
Cámara, y no la Cámara directamente.
La
otra variante es que, una vez producida la destitución del Gobernador, del
Intendente Municipal, la Junta Departamental o Municipal, el sistema de
sucesión o elección de nuevas autoridades quede a cargo de la ley.
El
intendente municipal de acuerdo a la ley actual, -la Ley Electoral- el Artículo
263, perdón Artículo 266 del Código Electoral establece: "en caso de
ausencia no justificada por más de treinta días, renuncia, inhabilitación o
muerte de un Intendente Municipal, el Presidente de la Junta Municipal asumirá,
interinamente, las funciones de aquél y convocará a sesión de la misma, en la
cual, mediante voto secreto de cada uno de sus miembros, se elegirá, de entre
los mismos, un nuevo Intendente Municipal para completar el período, cualquiera
sea el tiempo que haya transcurrido desde la elección".
En
materia de sustitución de miembros de Junta Electoral, el sistema está
establecido en la Ley Orgánica Municipal.
Nosotros
no podemos establecer como un corcel constitucional que el Tribunal,
inmediatamente o dentro de los noventa días, llame a nuevos comicios sin
establecer el tiempo previo de duración del Gobierno. Si la destitución ocurre faltando seis meses
para la finalización del período, de acuerdo a lo que nosotros establecemos en
esta parte de la Constitución, necesariamente el Tribunal va a tener que llamar
a nuevas elecciones para completar esos seis meses. Es algo totalmente absurdo y oneroso para el
herario público. Por eso es que yo
prefiero que "el sistema de sucesión quede a cargo de la ley como está previsto
en materia municipal".
La
ley ya va a estudiar, los parlamentarios van a estudiar, con más tiempo, con
más detenimiento, el sistema más apropiado para la sucesión, y, si
transcurriere un tiempo relativamente corto, desde que inició su función la
autoridad destituida, entonces, si la ley considera necesario, podrá establecer
que se convoque a nuevos comicios. Pero
no, así como está acá, que en todos los casos hay que llamar a nuevos comicios,
se podría tener diez o doce comicios departamentales en un período de cinco
años.
En
ese aspecto, ciudadanos Convencionales, propongo que el sistema de sucesión o
de nueva elección sea derivado a la ley y no se establezca aquí taxativamente
en la Constitución Nacional.
Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el último orador inscripto, el ciudadano Convencional
Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente: el fundamento del artículo, tal cual proviene
de Comisión Redactora, es el de que únicamente una autoridad electiva puede
destituir a una autoridad electa. En eso
creo que todos estamos de acuerdo.
Ahora,
ante la exposición del Convencional Núñez, realmente a mi me asalta la duda de
que aquí en el texto no hemos establecido ningún período dentro del cual podría
producirse la destitución. Pienso,
ciudadano Presidente, que esta es una cuestión que efectivamente va a tener que
establecerse en la ley orgánica que se logre sancionar en relación con este
asunto. Y desde ese punto de vista ya
casi nada resta por agregar, pero me parece muy oportuna la observación del
preopinante, porque francamente, ciudadano Presidente, seis meses antes del
período no tiene sentido nombrar un reemplazante, por un lado.
Por
otro lado, los motivos de oportunidad, siempre los tiene el Poder Ejecutivo, si
va a decretar una intervención. El único
poder que puede intervenir es el Poder Ejecutivo y se salva con el Proyecto
Base el principio antes enunciado; o sea, que "una autoridad electa no
puede ser destituida sino por una autoridad electa". Y en ese sentido, creo que está bien así como
está el Proyecto Base de Comisión pero habría que realmente formularle una
precisión mayor a este respecto, en estos puntos que está señalando el
Convencional Núñez, y a mi me asalta la duda, ciudadano Presidente, en relación
con la posible oportunidad o dilación de que pudiera surgir en este
tratamiento. Pero así se ha analizado
muy exhaustivamente en la Comisión Redactora.
Entonces, no me resta sino solicitar la aprobación del despacho. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Se
va a ofrecer la palabra al ciudadano Convencional Juan de la Cruz González,
para retirar su propuesta.
CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN DE
LA CRUZ GONZALEZ: Gracias, ciudadano Presidente. No para retirar, precisamente...
INTERRUPCION...
CIUDADANO PRESIDENTE: No.
Ciudadano Convencional, entonces, la Presidencia no le puede ofrecer más
la palabra, porque no está inscripto en la lista de oradores.
CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN DE
LA CRUZ GONZALEZ: En mi carácter de proyectista, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional, aquí se habló de que
usted iba a retirar. No es necesaria,
entonces, su intervención. Muchas
gracias.
CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN DE
LA CRUZ GONZALEZ: Ciudadano Presidente: No he dicho, en ningún momento, ni en sueño
que retiraría mi propuesta.
CIUDADANO PRESIDENTE: La Secretaría me ha dado dicha versión. No siendo así, no se halla inscripto; ya quedó cerrada la lista de oradores; de
manera que la Presidencia va a llevar a votación, sin más trámite. Estamos en estadio de votación.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN DE
LA CRUZ GONZALEZ: ¿Ni aún en mi carácter de proyectista,
ciudadano Presidente?
CIUDADANO PRESIDENTE: Ya no, ciudadano Convencional.
CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN DE
LA CRUZ GONZALEZ: Acato con toda amabilidad. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Muchas gracias, a usted.
Se
lleva a votación.
En
primer término, el Proyecto Base, el Despacho de Comisión, propuesta N°
1.
Quienes
estén por la aprobación del mismo, se servirán levantar la mano: Mayoría. Queda aprobado el Artículo 159, de acuerdo al
Proyecto Base.
APROBADO.
Se
pasa al siguiente Artículo 160.
CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 160.
Propuesta única. Proyecto Base.
SECCION III
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Presidente...
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Miguel Angel Riquelme.
CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL
ANGEL RIQUELME:
Gracias, ciudadano Convencional.
Es solamente para pedir una aclaración.
Si en el texto que acabamos de aprobar está incluida la sugerencia del
Convencional Víctor Núñez, que ha acogido el Presidente de la Comisión
Redactora.
CIUDADANO PRESIDENTE: No, ciudadano Convencional, quedó aprobado
tal cual textualmente se ha leído el Proyecto Base. Quedó para la interpretación de que se remita
a la ley, que deba dictarse para que recoja estas expresiones del ciudadano
Convencional Víctor Manuel Núñez. Muchas
Gracias.
CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL
ANGEL RIQUELME: Muchas
gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración, entonces, el Artículo 160,
que es un proyecto único.
CIUDADANO SECRETARIO: Sección III, Título de la Sección de los
Municipios. Artículo 160. Título del artículo: De la autonomía.
Texto: Las municipalidades son los órganos de gobierno local con
personería jurídica que dentro de sus competencias tienen autonomía política,
administrativa y normativa, así como autarquía en la recaudación e inversión de
sus recursos. Punto final del texto del
proyecto único.
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración y a votación el proyecto
único. Hay alguien que desea
hablar. Por eso, la Presidencia siempre
dice a consideración y a votación.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional, Luis Lezcano Claude.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
LEZCANO CLAUDE:
Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos
Convencionales: el Artículo 160 que vamos
a tratar, creo que debería ser analizado en relación con el Artículo 150, que
ya hemos aprobado. En el Artículo 150 ya
esta contenido todo lo que se establece en este nuevo artículo. En el primero se establece que los de
departamentos y municipios gozan de autonomía política, administrativa y
normativa. También se -establece la otra
disposición que es muy importante que está contenida en este artículo - que
tienen autarquía en la administración e inversión de sus recursos.
Es
decir, dos partes fundamentales del artículo ya están contenidas en el Artículo
160. Además, como en este Artículo 150
se hace referencia tanto a Departamentos como a Municipios, en la Sección II,
que trata de los Departamentos, no se ha incluído una disposición similar la del
Artículo 160, porque evidentemente ya está en el Artículo 150.
De
tal manera que el Artículo 160, debería ser suprimido o por lo menos, debería
ser remitido a la Comisión de Estilo y Técnica Lesgilativa, de tal suerte que
los Artículos 150 y 160, sean refundidos en un sólo artículo. Nada más, muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
No
hay oposición. Tiene el uso de la
palabra el ciudadano Convencional Emilio Camacho.
CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO
CAMACHO: Ciudadano Presidente: para hacer una aclaración. Estoy de acuerdo con que pase a la Comisión
de Estilo y Técnica Legislativa, pero no estoy de acuerdo que sea la misma
cosa. El Artículo 150, establece la
estructura la política y administrativa, y el Artículo 160, define lo que es un
Municipio, así como el Artículo 155 define lo que es un Departamental.
Por
lo tanto, ciudadano Presidente no existe esta confusión. Es cierto que existen
repeticiones que tendrían que ser tratadas por la Comisión de Estilo y Técnica
Legislativa. Pero, este artículo esta
repitiendo una antigua definición de los Municipios. Nada más, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Se va a llevar a votación con la observación
de que la Comisión de Estilo y Técnica Legislativa tratara de armonizar en lo
posible.
Quienes
estén de acuerdo por la aprobación del texto único, se servirán levantar la
mano.
Mayoría.
Queda
aprobado el Artículo 160. Pasamos al
siguiente artículo.
APROBADO.
CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 161.
Proyecto Unico. Proyecto
Base. Título: De las
Elecciones. Texto: El gobierno de
las Municipalidades estará a cargo de un Intendente y una Junta Municipal, los
cuáles serán electos en sufragio directo por las personas habilitadas
legalmente. Punto final del texto
del proyecto único.
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración y a votación.
Piden
la palabra. Un momentito. Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Luis Lezcano Claude. Pide
de nuevo la palabra.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
LEZCANO CLAUDE: Si,
ciudadano Presidente, muchas gracias.
También
es para una breve observación. Creo que
este Artículo 161 es, digamos, el artículo paralelo al Artículo 155. Realmente el tema que se trata aquí, en este
caso en relación con los Municipios, es el gobierno municipal. Verdaderamente el tema central del artículo,
no son las elecciones, sino es el gobierno municipal; por ello, así como en el
Artículo 155, el título era o es del gobierno departamental. Sugiero que el título sea del gobierno
municipal. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente. sí, la observación del ciudadano Convencional
Luis Lezcano Claude, es clarísima.
Y
quiero aclarar, ciudadano Presidente, que en la Comisión Redactora no hemos
aprobado propiamente los títulos de los artículos, sino que fue una cosa que
con finalidades propedeúticas, que asentó la Comisión de Estilo y Técnica
Legislativa a nuestra recomendación precisamente, para facilitar el
conocimiento por el pueblo.
De
manera que esto ciertamente no forma parte del texto, pero es razonable lo que
está señalando el ciudadano Convencional Lezcano Claude, y acojo con absoluta
tranquilidad porque me parece que es correcto. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Víctor Manuel Núñez.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
MANUEL NUÑEZ: Si,
ciudadano Presidente.
A
los efectos de señalar también un aspecto meramente de estilo. Ya no me voy a referir al título, porque
tenía también esa misma observación, pero cuando dice el gobierno de las
Municipalidades, estará a cargo de un Intendente. Parece que hay una mala formulación, porque
las Municipalidades son órganos de gobierno, que comprende el Intendente y la
Junta Municipal. Creo que debe decir el
gobierno de los municipios.
En
el artículo anterior 160, dice claramente que las Municipalidades son los
órganos de gobierno local, por lo tanto, acá debe decir Municipios y no
Municipalidades. Gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente: me parece muy exacta la observación del
ciudadano Convencional Víctor Manuel Núñez.
Si bien es cierto, es una cuestión casi de estilo, veo que es razonable
acoger esta observación. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: La Presidencia va a llevar a votación con las
observaciones hechas y aceptadas por el Presidente de la Comisión
Redactora. Los que estén por su
aprobación, se servirán levantar la mano.
Mayoría.
Queda
aprobado el Artículo 161.
APROBADO.
Se
pasa al Artículo 162, se va a dar lectura por Secretaría y existen dos
propuestas.
CIUDADANO
SECRETARIO: Existen dos propuestas: Proyecto Base. Título del artículo: De las
atribuciones. Texto: Serán atribuciones de las Municipalidades dentro de su
jurisdicción territorial y con arreglo a la ley:
1) La libre gestión en materia de su competencia,
particularmente en la de urbanismo, ambiente, abasto, educación, cultura,
deporte, turismo, asistencia sanitaria y social, instituciones de créditos,
cuerpos de inspección y de policía;
2) La administración de sus bienes y la disposición
de ellos;
3) La elaboración de su presupuesto de ingresos y
egresos;
4) La participación en las rentas nacionales;
5) La regulación del monto de las tasas retributivas
de servicios, efectivamente prestados, no pudiendo sobrepasar el costo de los
mismos;
6) El dictado de ordenanzas, reglamentos y
resoluciones;
7) El acceso al crédito privado y al crédito público
nacional e internacional;
8) La reglamentación y fiscalización del tránsito, el
transporte público y las de otras materias relativas a la circulación de
vehículos; y
9) Las demás atribuciones que fijen esta Constitución
y la ley.
Propuesta
N° 2: Convencionales: Carlos Avalos, Gustavo Rene González. Título igual al Proyecto Base. Propone la sustitución del inciso 8), por el
siguiente texto: La reglamentación y
fiscalización del tránsito, el transporte público, la expedición de patentes y
chapas de autovehículos, y las de otras materias relativas a la circulación de
vehículos.
CIUDADANO PRESIDENTE:
A consideración de la plenaria, el artículo en cuestión. Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO:
Ciudadano Presidente: realmente acá la única variación que se ha señalado a las
cuestiones que tradicionalmente son de atribución y consecuencias de los
Municipios, es lo relativo a la expedición de patentes y chapas de
autovehículos que ahora desde luego, esta así.
De
manera que, a ciencia cierta no entiendo cuál es la razón por la cual tendría
que ponerse explícitamente, porque es de competencia municipal la recaudación
de los impuestos y tasas que les son asignados por las leyes respectivas. Y entre esos impuestos, está el impuesto de
patentes: es de competencia del Municipio la reglamentación del transporte y
fiscalización del tránsito dentro del Municipio, y a esa finalidad obedece las
chapas.
Ahora
quiero llamar la atención de Convención Nacional Constituyente sobre un hecho
que a mí me parece muy importante. Resulta que ahora en este mismo momento la
prensa se hizo eco de una situación realmente agraviante para el país que son
las chapas del Municipio de Nueva Colombia, allá por Barcelona. Y francamente, hasta qué punto, justamente
luego de que salga eso, nosotros los Constituyentes vamos a decir: no tienen que dar chapas. A mi me alarma y me inquieta, ciudadano
Presidente, que ponga yo en el texto constitucional, justamente cuando estamos
ante la evidencia; hace cuatro días, todos los diarios están publicando el
negociado de las chapas.
Por
eso me opongo radicalmente a esto, ciudadano Presidente. Es una cuestión
sumamente peligrosa. Se puede hacer un
mal uso, como se esta comprobado públicamente, y así como vino el texto de la
Comisión Redactora, me parece muy bien y muchas gracias, ciudadano Presidente.
APLAUSOS...
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el proyectista, el ciudadano Convencional Carlos Avalos.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
AVALOS: Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos
Convencionales: con el criterio del
preopinante, ciudadano Presidente, creo que tendríamos que eliminar las
Municipalidades y cualquier organismo administrativo que pueda caer en una
situación de corrupción.
Para
eso ya hemos aprobado en el artículo anterior, ciudadano Presidente, la
posibilidad de la intervención de las gobernaciones y de los municipios a
través del Poder Ejecutivo. Aquí con
este proyecto sustitutivo del inciso 8), que he presentado, ciudadano
Presidente, no busco otra cosa o no buscamos con el coproyectista otra cosa,
que garantizar a las Municipalidades un derecho adquirido, que en gran medida
representa, en ciertos Municipios, hasta el cuarenta (40%) y cincuenta (50%)
por ciento de los recursos de ese Municipio.
Y,
ciudadano Presidente, vuelvo a reiterar que esto es a los efectos de
garantizar, porque también es de conocimiento así como ha salido en la prensa
que se ha producido el chapatráfico, como lo dicen, de la Municipalidad de
Nueva Colombia, de que existe la posibilidad de la creación de un registro
único de automotores y otorgar la facultad de la expedición de patentes y
chapas de rodados a otros organismos que no sean de los Municipios.
Y
eso sería sencillamente, ciudadano Presidente, llevar a la tumba financiera a
los Municipios.
Ciudadano
Presidente: solicito que los ciudadanos
Convencionales presten un poco de atención a estos argumentos.
CIUDADANO PRESIDENTE: Orden en la sala y atención al orador, por
favor.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
AVALOS: Ciudadano Presidente: en varias oportunidades en que he tenido
intervención, cuando se trataba el tema de los Municipios y de la
descentralización en la Comisión de Redacción, he manifestado lo
siguiente: así como se dice que la
familia es la célula fundamental de la sociedad, así también podemos decir que
los Municipios constituyen la célula fundamental del desarrollo de un país.
Y,
por lo tanto, ciudadano Presidente, debemos fortalecer la autonomía de los
Municipios, debemos fortalecer que los Municipios tenga asegurados sus ingresos,
y es por eso, ciudadano Presidente, que propongo este agregado en el inciso 8),
con ruego de que sea apoyado por los ciudadanos Convencionales. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Evelio Fernández Arévalos.
CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO
FERNANDEZ AREVALOS: Gracias.
A las razones expuestas por el Presidente de la Comisión Redactora,
quiero agregar otras.
El
preopinante ha hecho referencia a proyectos que existirían en estudio, de crear
un registro nacional de la propiedad del automotor. Y eso es absolutamente necesario e
inevitable, porque es la única manera de que cada automotor cuente con una
matrícula, con una historia determinada y evitar el tráfico ilegal de
automotores.
Eso
no quita que las chapas-patentes que sean otorgadas por ese registro de la
propiedad del automotor, unificado para todo el país, no tengan una determinada
radicación. Es decir, que no tengan
distintivo para cada uno de los Municipios.
Si bien es una sola entidad la que registra, cada chapa tiene un
distintivo relativo a cada uno de los Municipios. Y eso tampoco quita que los respectivos
Municipios perciban la tasa o impuesto correspondiente. Eso es otra materia, pero es indudable que el
progreso del país y la necesidad de evitar el tráfico ilegal de automotores,
obligan a la creación de un registro nacional de la propiedad del automotor,
donde se expidan las chapas en forma correlativa que impidan ese tipo de
negociados; lo repito, sin perjuicio de que los ingresos relativos a esas
chapas-patentes, se giren a las Municipalidades a que correspondan los
respectivos automotores, lo cual aconseja también que se apruebe el Proyecto
Base tal cual viene planteado. Nada más,
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Por
Secretaría se va a dar lectura a la lista de oradores inscriptos: Eusebio Ramón
Ayala, Fermín Ramírez, Timoteo González, Luis Duarte Molinas, Miguel Angel
Riquelme, Juan de la Cruz González, Emilio Camacho y Víctor Hugo
Insaurralde. Edgar Villalba, Víctor
Núñez y Víctor Paniagua.
CIUDADANO PRESIDENTE: La Presidencia declara cerrada la lista de
oradores.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Eusebio Ramón Ayala. Si puede ser breve, le vamos agradecer, no en
particular a usted, sino a todos me estoy refiriendo.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMÓN AYALA:
Inclusive si es en particular, acepto generosamente, ciudadano
Presidente.
Ciudadano
Presidente, ciudadanos Convencionales:
creo que se garantiza la autonomía municipal y se garantiza que las
materias de sus competencias son privativas de las Municipalidades.
No
creo razonable poner en una Constitución la expedición de patentes y chapas de
autovehículos, no creo razonable. Creo
que va en contra de la seriedad de una Constitución, si bien es cierto que
hemos puesto muchas cosas, pero no tenemos que ir empeorando, ciudadano
Presidente.
Respeto
que la autonomía municipal implica que debe tener sus recursos necesarios. La existencia de una ley de registro único de
automotores no implica que las Municipalidades no puedan percibir las tasas
respecto a las expedición de las chapas; eso creo que es muy claro.
Además,
ciudadano Presidente, si nosotros vamos a proteger a nivel constitucional de
todas las posibles leyes que puedan ir recortando y no dejar al campo
legislativo, entonces tendríamos que poner también que los permisos para las
fiestas también deben estar a nivel constitucional, que los que otorgan son las
Municipalidades, por ejemplo.
No
creo, ciudadano Presidente, por esas razones.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional, una interrupción. Los
ciudadanos Convencionales no deben retirarse de la sala, porque peligra el
quorúm. Prosiga, ciudadano Convencional.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMÓN AYALA: Si,
ciudadano Presidente. Por esa razón,
apoyo la moción N° 1 de la Comisión
Redactora. Gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Fermín Ramírez. No se encuentra, no está.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Timoteo González.
CIUDADANO CONVENCIONAL TIMOTEO
GONZÁLEZ: Si, ciudadano Presidente.
Quiero
observar, ciudadano Presidente. En el inciso
4) dice: de la participación de las rentas en las rentas nacionales.
Creo
que tiene que decir aquella renta que fije la ley. Me parece que debe complementarse en ese
punto.
Por
otro lado, ciudadano Presidente, distinguidos Convencionales, estoy totalmente
en desacuerdo con que se quiera pretender establecer en la Constitución
Nacional una cuestión que es meramente administrativa, en la expedición de
patentes o de las chapas de autovehículos y de la de otra materia de
circulación de que ya está salvada, precisamente en el inciso que se quiere
cambiar.
Simplemente
eso, ciudadano Presidente. Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Luis Duarte Molinas.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
DUARTE MOLINAS:
Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos
Convencionales: voy a tratar de ser breve en honor al tiempo. Escuché al Convencional Carlos Avalos
manifestarse sobre la expedición de patentes y chapas de autovehículos. Creo que por su parte hay un error de a
percepción en cuanto el concepto de lo que es el tránsito, en razón de que la
expedición de patentes y chapas de autovehículos, no hace al solo efecto de
estar siendo un perceptor de tasas al respecto.
Quiero
manifestarle al compañero Convencional que en el apartado 8) ya esta escrito
taxativamente lo que corresponde en lo que se refiere al tránsito en las
atribuciones de las Municipalidades.
Está visto que hacer el agregado o poner este agregado, como bien lo
dijo ya el Convencional Ayala, estaríamos nosotros haciendo una reglamentación
ya puramente de tránsito en esta Constitución.
La reglamentación de tránsito es facultad de las Junta Municipales, no
de una Constituyente.
Por
lo tanto, ciudadano Presidente apoyo inextenso el Proyecto Base aprobado de la
Comisión Redactora. Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Miguel Angel Riquelme. Declina.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Juan de la Cruz González.
CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN DE
LA CRUZ GONZÁLEZ: Gracias.
Es a los efectos de sugerir a la Comisión de Redacción la siguiente
observación: En el Artículo 162 en
estudio, comienza el artículo con la siguiente oración: Serán atribuciones de las municipalidades.
Se
me ocurre que las municipalidades son instituciones que sirven de asiento al
gobierno municipal. Cabría aquí en
consecuencia; Serán atribuciones de los
Municipios, o en su defecto, serán atribuciones de los organismos
municipales. La municipalidad no es la
institución objetiva que visualiza la institución, pero la institución en sí es
el Municipio. Y la institución es el
asiento donde funciona, es decir el asiento de los gobiernos municipales;
porque los órganos municipales son las juntas municipales y la intendencia
municipal, es decir no la Municipalidad, sin perjuicio de que se tenga mejor
criterio sobre el particular.
Otra
observación. Ya un preopinante se adelanto
en cuanto al inciso 4), que dice: que la participación en las rentas nacionales
habría que limitar este concepto, de lo contrario tendrían derechos los
Municipios en participar en la renta nacional en bruto o en todas las rentas
nacionales.
Otra
observación que quisiera trasladar a consideración de la Comisión de Redacción
es el contenido del inciso 8) de la parte que expresa; la reglamentación y
fiscalización del tránsito y del transporte público. No me consta, ciudadano Presidente, que fuera
de algunas municipalidades exista transporte público. Aquí lo que seguramente se quiere expresar es
la reglamentación y fiscalización del tránsito del transporte privado
reglamentado, a los que llamamos comúnmente transporte público, pero no son
transporte público, porque el transporte público se rige en base a normativas
diferentes.
Y
si esa es la intención, magnífico, pero aquí entiendo que se refiere a
transporte privado reglamentado, que son los colectivos. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Emilio Camacho.
CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO
CAMACHO: Ciudadano Presidente, ciudadano
Convencionales: brevemente, simplemente
dar la siguiente significación.
La
propuesta del Convencional Avalos, evidentemente creo que no pueda responderse
simplemente haciendo referencia a los frecuentes escándalos de corrupción de
nuestro país. Con ese criterio, cuántas
personas o muchas personas ni siquiera tendrían que figurar aquí, entendiéndose
que los escándalos afectan a varias instancias del Estado, y no solamente a uno
o dos Municipios.
Ciudadano
Presidente: lo que quiero dejar bien en
claro es lo siguiente: que dentro del
Proyecto Base en el inciso 8), debe interpretarse claramente que la expedición
de patente es una competencia municipal y de ninguna manera eso impide la
creación de un registro nacional único de automotores, que es otra cosa,
técnica y jurídicamente es otra cosa.
Porque así se legisla. En todas
las leyes de derechos comparados está claramente eso; que los registros únicos
pueden hacerse perfectamente sin perjudicar digamos, a los Municipios, que es
lo que se quiere precautelar aquí, pues, ciudadano Presidente, una persona
medianamente enterado de los presupuestos municipales, sabe: que de doscientos
veinte y pico municipios del país, ciento diez y seis municipios, sus ingresos
más del sesenta (60%) por ciento, son porla expedición de patentes.
Por
lo tanto, aquí estamos legislando para nuestro país, para nuestra historia,
para nuestro municipios, y es eso lo que se quiere preservar, reitero. Yo creo que un argumento en el sentido de
decir que esto impide la reglamentación única en todo el país, no se ajusta a
la realidad, de ninguna manera eso perjudica.
Por lo tanto, ciudadano Presidente, quería dejar nada más el alcance de
este término.
Con
respecto a un preopinante, a responder como miembro de la Comisión Redactora,
transporte público tiene una doble acepción; eso puede brindarlo tanto el
Estado como los particulares, pero son públicos en el momento que se extienden
generalidades a la población y por lo tanto deben estar bajo potestad del
Estado, sea Municipio o Departamento Central, es ese el concepto de transporte
público. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Edgar Villalba. Declina.
CIUDADANO CONVENCIONAL EDGAR
VILLALBA: No, ciudadano Presidente, lamentablemente, pero
voy a ser sumamente breve.
Quisiera
simplemente manifestar mi preocupación con respecto al inciso 4) del Artículo
162 en cuestión, que habla, es decir, el artículo en sí habla de las
atribuciones de las Municipalidades, y el inciso 4), habla de la participación
en la rentas nacionales, Entiendo, ciudadano Presidente, que este inciso, tal
debiera ser suprimido en este artículo que habla de las atribuciones. De lo contrario ser trasladado a otro
artículo que hable de los recursos de las Municipalidades, artículo este que no
está contemplado, ciudadano Presidente, en el anteproyecto que estamos
estudiando,
Normalmente, como se lo ha hecho en lo que
hace relación a los gobiernos departamentales, hay un artículo, el 158 en este
caso, que habla de los recursos que proveerán a la administración departamental
en cuestión. En este caso, en el de los municipios, correspondería, tal vez,
agregar un artículo que haga relación a los recursos y entre ellos mencionar
los ingresos corrientes, ingreso de capital, legados, donaciones, intereses,
multas, participación del impuesto inmobiliario correspondiente a la comuna y,
lógicamente, también, la participación en las rentas nacionales, eventualmente.
Es una sugerencia que hago al plenario, particularmente a la Comisión
Redactora, ciudadano Presidente. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias. Se toma nota de eso para la Comisión
de Estilo y Técnica Legislativa.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Víctor Manuel Núñez.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
MANUEL NUÑEZ:
Gracias, ciudadano Presidente. Es, simplemente, para despejar una
preocupación, con relación al inciso 7), del artículo en estudio y solicitar a
algún miembro de la Comisión Redactora tenga la gentileza de expresar el
alcance de este inciso.
Cuando
el 7) habla del acceso al crédito privado y crédito público nacional e
internacional, aparentemente no se establece ninguna limitación o condición
para el acceso a ese credito público internacional. Y por eso, sugiero, si es
posible agregar, ahí me están soplando, justamente, es la frase que propondría
agregar es; " con arreglo a la Ley".
CIUDADANO PRESIDENTE: Se transfiere a algún miembro de la Comisión.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Evelio Fernández Arévalos.
CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO
FERNANDEZ AREVALOS: Tanto la observación del preopinante como de
la anterior, quedan salvados al comienzo de este artículo, porque dice:
"Serán atribuciones de las municipalidades..."
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
MANUEL NUÑEZ:
Aclarado. Muchas gracias.
CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO
FERNANDEZ AREVALOS: Bueno.
"..dentro de su... y con arreglo a la Ley." Nada más.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Víctor Hugo Insaurralde.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
HUGO INSAURRALDE: Declino, ciudadano Presidente. Muchas
gracias.
Aplausos.
CIUDADANO PRESIDENTE: Declina. Queda el último orador inscripto, el
ciudadano Convencional Víctor Hugo Paniagua.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
HUGO PANIAGUA:
Declino, porque ya se han aclarado todas mis dudas, ciudadano
Presidente.
Aplausos.
CIUDADANO PRESIDENTE: Muchas gracias, ciudadano Convencional.
La
Presidencia va a llevar a votación. Estamos en estado de votación.
Vamos
a llamar a la gente que está afuera, primero.
Ciudadanos
Convencionales: se va a llevar a votación. Se lleva a votación, en primer
término.
INTERRUPCION.
CIUDADANO CONVENCIONAL DIOGENES
MARTINEZ: Ciudadano Presidente: un pedido de
aclaración, ciudadano Presidente. No quiero ser más acusado indebidamente.
Ayer
habíamos hablado que....
CIUDADANO PRESIDENTE: Está ingresando a la sala un grupo
considerable de Convencionales.
CIUDADANO CONVENCIONAL DIOGENES
MARTINEZ: Cuando.....
Aplausos.
CIUDADANO CONVENCIONAL DIOGENES
MARTINEZ: Ayer habíamos
hablado de que, cuando hay una propuesta que se refiere a una sola parte del
Proyecto Base, se llevaría a votación la propuesta menos esa parte, de tal modo
que pueda tener la oportunidad, aquel que presentó una parte, de que su
propuesta sea votada, porque no pueden ser votados dos proyectos, como en este
caso, independientemente, por el hecho de que, si triunfara la propuesta N°
2, sería un artículo incompleto. Así que, ésa era la fórmula que ayer se
implementó, y consulto al Presidente y a la Convención si vamos a seguir con
ese criterio que, creo, a mi juicio, es lo más conveniente.
CIUDADANO PRESIDENTE: El Presidente de la Comisión Redactora no
aceptó la inclusión de este inciso 8°,
por lo que, no se puede votar, y solamente se vota directamente el despacho de
Comisión así como ha venido.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Sí.
CIUDADANO CONVENCIONAL: ¿Me permite, por favor?.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la
palabra el ciudadano Convencional José Nicolás Morínigo.
CIUDADANO CONVENCIONAL JOSE
NICOLAS MORINIGO: Ciudadano Presidente: recuerdo perfectamente
este caso. El ciudadano Convencional
José Félix Fernández Estigarribia había planteado esta situación y se había
incluido el caso en la cuestión de relación internacional, donde se condenaba
el colonialismo y el imperialismo, y se incluyó, también, la dictadura, y se
votó ésto, se aceptó hasta el inciso correspondiente y posteriormente fue
tratado, específicamente, este inciso.
Creo
que es lo más razonable para dar posibilidades a que un inciso o un agregado
pueda ser discutido por esta plenaria. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: En ese caso, se llevaría a votación todo el
artículo menos el inciso 8°).
De acuerdo.
Se
lleva a votación el Proyecto Base en todas sus partes menos en el inciso 8°).
Los
que estén de acuerdo, se servirán levantar la mano.
MAYORIA. Queda aprobado.
APROBADO.
Ahora,
el inciso 8°). En primer lugar.
Se va a dar lectura por Secretaría.
CIUDADANO SECRETARIO:
El inciso 8°) del Proyecto Base,
dice así: " La reglamentación y fiscalización del tránsito, el transporte público
y la de otras materias relativas a la circulación de vehículos".
La
propuesta N° 2.
Dice así: "La reglamentación y fiscalización del tránsito, el transporte
público, la expedición de patentes y chapas de autovehículos y de las otras
materias relativas a la circulación de vehículos."
El
cambio, la modificación o el agregado es; "la expedición de patentes y
chapas de autovehículos", que figura en la propuesta N°
2.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Se lleva a votación. En primer término, el inciso del despacho de Comisión,
Proyecto Base.
Quienes
estén por el mismo, se servirán levantar la mano.
MAYORIA. Queda aprobado, en
consecuencia, la totalidad del Artículo 162.
APROBADO.
Pasamos al Artículo 163.
CIUDADANO SECRETARIO: Proyecto único. Proyecto Base. Título. Del Impuesto Inmobiliario. Texto. Corresponderá a las Municipalidades y a los Departamentos
la totalidad de los tributos que graven la propiedad inmueble en forma directa.
Su recaudación será competencia de las Municipalidades. El 70% de lo recaudado por cada Municipalidad
quedará en propiedad de la misma, el 15% en la del departamento respectivo y el
15% restante será distribuido entre las Municipalidades de menores recursos de
acuerdo con la Ley. Punto final del texto del proyecto único.
CIUDADANO PRESIDENTE:
A consideración y a votación el proyecto único.
Quienes
estén por el mismo, se servirán levantar la mano.
MAYORIA. Queda aprobado, en
consecuencia, el Artículo 163.
APROBADO.
CIUDADANO
SECRETARIO: Artículo 164. Proyecto único. Proyecto Base.
Título. De la Protección de los Recursos.
Texto. Ninguna institución del Estado, ente
autónomo, autárquico o descentralizado podrá apropiarse de ingresos o rentas de
las Municipalidades. Punto final del texto del proyecto único.
CIUDADANO PRESIDENTE:
A consideración. Hay un ciudadano Convencional que desea hacer uso de la
palabra.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Luis Lezcano Claude.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
LEZCANO CLAUDE:
Gracias, ciudadano Presidente. Creo que, en este Artículo 164, la
protección no se debe limitar a las Municipalidades, es decir, entiendo que
habría que agregar; "Ninguna institución del Estado, ente autónomo,
autárquico o descentralizado podrá apropiarse de ingresos o rentas de los
Departamentos o las Municipalidades."
Someto
eso a consideración de la Comisión Redactora. Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra el ciudadano Evelio
Fernández Arévalos, por la Comisión Redactora.
CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO
FERNANDEZ AREVALOS: En primer lugar, materia de Departamento no
estamos tratando, estamos tratando de las Municipalidades.
En
segundo lugar, no se cumple con el Reglamento, tendría que haberse presentado
como proyecto.
Y
en tercer lugar, la razón de fondo es que las entidades que están sujetas a
permanentes apropiaciones indebidas son las Municipalidades
específicamente. Por eso se quiso dar
estatura y jerarquía constitucional, sobre todo, a moción de los ciudadanos
Convencionales del interior, a las Municipalidades. De manera que ese es el
motivo por el cual figura con esta redacción. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Tadeo Zarratea.
CIUDADANO CONVENCIONAL TADEO
ZARRATEA: Gracias, ciudadano Presidente. Es para llamar
la atención de la Comisión Redactora sobre la falta de reciprocidad en este
Artículo 164, ciudadano Presidente. Dice que; "ninguna institución del
Estado, ente autónomo, autárquico o descentralizado podrá apropiarse de
ingresos o rentas de las Municipalidades." Pero no dice que,
viceversa, las Municipalidades no podrán
apropiarse, también, de rentas, fundamentalmente, de las rentas del Estado.
Es
una preocupación, ciudadano Presidente, en el mundo tributario, y estuve
consultando con tributaristas de primera línea.
Creen ellos que la Constitución debe garantizar efectivamente, porque si
no, podrían darse situaciones de exceso en que las Municipalidades empiecen,
con el apoyo ahora, más aún de los departamentos, a recortar ciertas rentas del
Estado.
Es
para llamar la atención sobre este punto y solicitar la aclaración de la
Comisión Redactora, ciudadano Presidente. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Emilio Camacho, de la Comisión Redactora.
CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO
CAMACHO: Sí. Ciudadano Presidente: yo tuve oportunidad
de compartir ese criterio y existe una confusión o un concepto distinto a lo
que es la jerarquía del Estado. Los Municipios no pueden ingresar, porque,
obviamente, están subordinados primero al Congreso, al Poder Ejecutivo. Aquí lo
que se busca es impedir los despojos, autoridades administrativas. Eso en
primer lugar.
En
segundo lugar, sabemos, ciudadano Presidente, que las materias tributarias se
crean por leyes. Las leyes, es el Congreso el único órgano que puede crear y
habilita al Poder Ejecutivo, a veces a tasas o a veces a las Municipalidades.
Por lo tanto, ese peligro no existe, ciudadano Presidente. Y recordar, como
dijo el preopinante, si se quiere modificar el artículo, existe un Reglamento
al que debemos orientarnos. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Víctor Hugo Paniagua.
Declina.
La
Presidencia va a llevar a votación.
Quienes
estén de acuerdo con la aprobación del texto único, se servirán levantar la
mano. Mayoría. Queda aprobado.
APROBADO.
Se
pasa al siguiente artículo.
CIUDADANO
SECRETARIO: Artículo 165. Proyecto único. Proyecto Base.
Título. De las Categorías.
Texto.
Las diferentes categorías y regímenes de
Municipalidades podrán ser establecidas por Ley atendiendo a las condiciones de
población, de desarrollo económico, de situación geográfica, ecológica,
cultural, histórica y a otros factores determinantes de su desarrollo. Las
Municipalidades podrán asociarse con otras para encarar en común la realización
de sus fines y mediante Ley con Municipalidades de otros países. Punto final del texto del proyecto único.
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración y a votación el proyecto
único.
Quienes
estén de acuerdo, se servirán levantar la mano. Mayoría.
APROBADO.
CIUDADANO SECRETARIO: Como finalización del Capítulo, hay una
propuesta de nuevo artículo que corresponde se pase a Comisión Redactora,
presentada por el ciudadano Convencional Isidro Melgarejo Pereira.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Hay una propuesta. Se pasa a Comisión Redactora. Se va a leer. Se va a dar
lectura.
Se
va a leer por Secretaría. Han pedido. No se abre debate sobre el mismo.
Solamente se va a dar lectura y se gira a la Comisión Redactora. Solamente para
conocimiento.
CIUDADANO SECRETARIO: De Atribuciones y Deberes del Gobernador. El
Gobernador tiene la siguiente atribución y deber.
1)
Cumplir y hacer cumplir las órdenes y resoluciones que recibe del Poder
Ejecutivo;
2)
Nombrar y remover los funcionarios y empleados de su dependencia cuya
designación no estuviere atribuida a otra autoridad sin perjuicio de lo que
dispongan las Leyes sobre la carrera administrativa;
3)
Presentar al Congreso un informe de su administración durante el año
inmediatamente anterior; y,
4)
Presentar al Congreso el proyecto de ley de presupuesto de su departamento.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ya quedó girado a Comisión Redactora.
La
Presidencia. No, no va a ser objeto de debate en esta instancia. Mañana,
después, cuando la Comisión Redactora tenga su opinión, se va a discutir ampliamente
como quieren los ciudadanos Convencionales.
Conforme
al Artículo 91, el Presidente gira a la Comisión. Reitero.
Hemos
cumplido el horario acabadamente, de manera que, la Presidencia somete a
consideración el levantamiento de la sesión, por el día de hoy.
Quienes
estén de acuerdo, se servirán levantar la mano. Mayoría.
Se
levanta la sesión hasta el día de mañana, para estudiar otro Capítulo, el de la
fuerza pública.
SE LEVANTA LA SESION SIENDO LA
HORA 17:30.
RESOLUCIONES
ADOPTADAS
-Aprobación
del Acta N° 31 de fecha 20 de
mayo de 1992.
-Pasar
a la Comisión de Poderes y Reglamentos la lista de Convencionales ausentes sin
aviso de cada sesión.
-Convocación
a sesión extraordinaria los días 23 y 24 de mayo, a partir de las 08:30 horas.
Artículo 155.-
8a.
idea:
Si
las elecciones de la Junta Departamental sería coincidente con las elecciones
Generales.
9a.
idea:
El
gobernador electo durará 5 años en sus funciones.
-Nombramiento
de una Comisión Ad-Hoc que elaborará el texto final del artículo 155,
compaginando las ideas.
Conformación: Carlos Avalos,
Carmelo Benítez, Carlos Villagra Marsal, Diógenes Martínez, Gonzalo Quintana,
Emilio Camacho, Bernardino Cano Radil, Oscar Paciello, Víctor Manuel Núñez,
Rodrigo Campos Cervera.
Artículo 156.- DE LOS REQUISITOS.
Para
ser Gobernador se requiere:
1)ser
paraguayo natural;
2)tener
treinta años cumplidos, y
3)ser
nativo del departamento, o con radicación en el mismo con un año cuanto
menos. En el caso de que el candidato no
sea oriundo del departamento, debería estar radicado en él durante cinco años
como mínimo. Ambos plazos se contarán
inmediatamente antes de las elecciones.
Para
ser miembro de la Junta Departamental se requiere:
Los
mismos requisitos para el Gobernador excepto la edad, que deberá ser la de
veinticinco años cumplidos.
Artículo 157.- DE LA COMPETENCIA.
Es
de competencia del gobierno departamental:
1)la
coordinación de las actividades con las distintas municipalidades del
departamento; la organización de los servicios departamentales comunes, tales
como las obras públicas, provisión de energía, de agua potable y demás que
afecten en común a más de un Municipio, y la promoción de asociaciones de
cooperación entre ellos;
2)la
elaboración del plan de desarrollo departamental, que deberá coordinarse con el
Plan Nacional de Desarrollo, así como la formulación presupuestaria anual, a
ser considerada en el Presupuesto General de la Nación;
3)la
coordinación de la acción departamental con las actividades del gobierno
central, en especial lo relativo a las
oficinas de carácter nacional;
4)la
integración de los Consejos de Desarrollo Departamental, y
5)las
demás competencias que fijen esta Constitución y la ley.
Artículo 159.- DE LA INTERVENCION.
Los
departamentos y las municipalidades podrán ser intervenidos por el Poder
Ejecutivo, previo acuerdo de la Cámara de Diputados, en los siguientes casos:
1)a
solicitud de la Junta Departamental o Municipal, por decisión de la mayoría
absoluta;
2)por
desintegración de la Junta Departamental o Municipal, que imposibilite su
funcionamiento, y
3)por
grave irregularidad en la ejecución del presupuesto o en la administración de
sus bienes, previo dictamen de la Contraloría General de la República.
La
intervención no se prolongará por más de noventa días, y si de ella resultase
la existencia del caso previsto en el apartado 3), la Cámara de Diputados, por
mayoría absoluta, podrá destituir al Gobernador o Intendente, o a la Junta
Departamental o Municipal, debiendo el Tribunal Superior de Justicia Electoral
convoca a nuevos comicios para constituir las autoridades que reemplacen a las
que hayan cesado en sus funciones, dentro de los noventa días siguientes a la
resolución dictada por la Cámara de Diputados.
SECCION
III
De
los Municipios
Artículo 160.- DE LA AUTONOMIA.
Las
municipalidades son los órganos de gobierno local con personería jurídica que, dentro
de su competencia, tienen autonomía política, administrativa y normativa, así
como autarquía en la recaudación e inversión de sus recursos.
Artículo 161.- DEL GOBIERNO MUNICIPAL.
El
gobierno de los municipios estará a cargo de un Intendente y de una Junta
Municipal, los cuales serán electos en sufragio directo por las personas
habilitadas legalmente.
Artículo 162.- DE LAS ATRIBUCIONES.
Serán
atribuciones de las municipalidades, dentro de su jurisdicción territorial y
con arreglo a la ley:
1)la
libre gestión en materias de su competencia, particularmente en las de
urbanismo, ambiente, abasto, educación cultura, deporte, turismo, asistencia
sanitaria y social ,instituciones de crédito, cuerpos de inspección y de
policía;
2)la
administración de sus bienes y la disposición de ellos;
3)la
elaboración de su presupuesto de ingresos y egresos;
4)la
participación en las rentas nacionales;
5)la
regulación del monto de las tasas retributivas de servicios efectivamente prestados,
no pudiendo sobrepasar el costo de los mismos;
6)el
dictado de ordenanzas, reglamentos y resoluciones;
7)el
acceso al crédito privado y al crédito público, nacional e internacional;
8)la
reglamentación y fiscalización del tránsito, el transporte público y las de
otras materias relativas a la circulación de vehículos, y
9)las
demás atribuciones que fijen esta Constitución y la la ley.
Artículo
163.-DEL IMPUESTO INMOBILIARIO.
Corresponderá
a las municipalidades y a los departamentos la totalidad de los tributos que
graven la propiedad inmueble en forma directa.
Su recaudación será competencia de las municipalidades. El setenta porciento de lo recaudado por cada
Municipalidad quedará en propiedad de la misma, el quince porciento en la del
departamento respectivo y el restante
será distribuido entre las municipalidades de menores recursos, de acuerdo con
la ley.
Artículo 164.- DE LA PROTECCION DE LOS RECURSOS.
Ninguna
institución del Estado, ente autónomo, autárquico o descentralizado, podrá
apropiarse de ingresos o rentas de las municipalidades.
Artículo 165.- DE LAS CATEGORIAS.
Las
diferentes categorías y regímenes de municipalidades podrán ser establecidos
por ley, atendiendo a las condiciones de población, de desarrollo económico, de
situación geográfica, ecológica, cultural, histórica, y a otros factores
determinantes de su desarrollo.
Las
municipalidades podrán asociarse con otras para encarar en común la realización
de sus fines y, mediante ley, con municipalidades de otros países.
-Se
gira a la Comisión Redactora el nuevo artículo:
ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL GOBERNADOR.