M E S A D I R E C T I V A
PRESIDENTE :
Convencional Oscar Facundo Ynsfrán
VICE PRESIDENTE 1º
: Convencional Emilio Cubas Grau
VICE PRESIDENTE 2º :
Convencional Rafael Eladio Velázquez
VICE PRESIDENTE 3º
: Convencional Darío A. Palacios
Vera
VICE PRESIDENTE 4º : Convencional Luis Alfonso Resck
SECRETARIOS :
Convencional Diógenes Martínez
:
Convencional Emilio Oriol Acosta
:
Convencional Cristina Muñoz
:
Convencional Antonia Irigoitia
: Convencional Víctor
Báez Mosqueira
COORDINADORES
Convencional Gerardo Sosa Argaña
Convencional Víctor Núñez
Convencional Ramiro Barboza
Convencional Ramón Vera Venialgo
DIARIO DE SESIONES
Computación: José Manuel Plano de Egea
Corrección y Estilo: Américo Pérez Peña
Secretaría y Archivo: Merardo
Martínez
LISTA DE CONVENCIONALES
Acevedo, Euclides Roberto
Acosta Cantero, Emilio Oriol
Alfonzo González, Marcelino
Alvarenga P., Francisco
Argaña C., Jesús M.
Aseretto, Rodolfo
Avalos Flores, Carlos
Ayala, Angel
Ayala Jiménez, Eusebio R.
Ayala Zelada, Humberto
Báez Mosqueira, Víctor
Balmelli, Carlos Mateo
Barboza, Ramiro
Bareiro Saguier, Rubén
Benítez C., Carmelo J. G.
Benítez Florentín, Juan M.
Bernal Garay, Víctor Luis
Boccia, Franklin
Bogado Gondra, Juan Félix
Britos Acosta, Julián
Caballero C., Esteban
Cabral Frutos, Pablo A.
Cáceres, Crescencio H.
Cáceres, Favio Catalino
Callizo, Federico
Camacho Paredes, Emilio
Campos Cervera, Rodrigo
Candia, José Ismael
Cano Radil, Bernardino
Capurro, Héctor
Cárdenas Marín, Ignacio
Castiglioni Soria, Luis A.
Castillo Gamarra, Celso
Centurión, María Ligia
Centurión, Rodolfo H.
Centurión S., Gregorio R.
Chaparro, Albino
Chilavert Benítez, Lino
Chilavert Viera, Reinaldo
Colarte, Carlos Martín
Cubas Grau, Emilio
Cuevas, Carlos Adalberto
Dávalos Arce, Felipe
Decoud Rodríguez, Justo R.
Delvalle, Oscar Alberto
Delvalle García, Domingo
Díaz Calderara, Francisco
Doldán Velázquez, Manuel
Dos Santos, Jorge
Dos Santos Jara, César R.
Duarte E., Inmaculada
Duarte Molinas, Luis A.
Echagüe de Ayala, María C.
Echagüe Insfrán, Ismael
Elizeche Baudo, Juan F.
Enciso Gómez, Patricio
Enciso Vega, Gregorio
Enríquez Gamón, Efraín
Escobar Genes, José B.
Espínola, Armando
Esteche Troche, Abrahán
Estigarribia G., Hugo
Fanego Arellano, Julio C.
Fanego Mussi, Rubén O.
Fernández Arévalos, Evelio
Fernández B., Benjamín
Fernández E., José F.
Fernández de Marín, Nilda
Ferreira, Antonio
Ferreira vda. de Ayala, Dolores
Ferreira Bernal, Miguel M.
Figueredo, Federico
Franco Lanceta, Ricardo
Fretes, Carlos
Fretes Faría, Aparicio
Flores López, Arcadio
Florentín Paoli, Atilio R.
Gamarra V., Valentín
Garay, Luis
García, Migdalia R. de
Galeano, Antonia O. de
Galeano, Miguel Angel
Gauto Sanabria, Carlyle W.
Gill Duarte, Rodolfo
Godoy Jara, Milciades
González, Carlos Alberto
González F., Blanca Lila
González, Juan de la Cruz
González, Gustavo René
Gónzalez, Timoteo
González Delvalle, Alcibiades
González Macchi, Luis A.
González O., Wilfrido S.
Gwynn Safstrand, Cayo
Heisecke, Guillermo
Hermosilla Ortigoza, Dora
Huerta Echeverry, Juan R.
Insaurralde F., Víctor Hugo
Insaurralde Fleitas, Elvio
Irigoitia, Antonia
Jiménez, Castor Elizardo
Kennedy, Peter Holder
Laíno, Domingo
Laterza, Gustavo
Lezcano Claude, Luis
Llamas, Estanislao
Llano, Pedro Luis
López, Francisco Solano
López Leiva, Fernando
López Ramírez, Blanca M.
Lugo Benítez, Pedro
Lugo Ortiz, Julio César
Maciel Pasotti, Benjamín
Martínez, Diógenes
Martínez G., Estanislao
Mazó Elizeche, Gustavo A.
Melgarejo Lanzoni, Rubén
Melgarejo Pereira, Isidro
Meyer, Carlos Ovidio
Miltos, Cosme
Morel Pintos, Mario
Morínigo, José Nicolás
Morínigo, Susana
Mongelós, Serapio
Muñoz, Cristina
Núñez, Víctor Manuel
Oggero Fernández, Raúl
Orella, Juan Gilberto
Ortíz Samudio, Tomás
Osorio, Cecilio Alejandro
Ovelar Ledesma, Pedro P.
Paciello, Oscar
Palacios Vera, Darío A.
Paniagua F., Víctor Hugo
Peralta Pérez, Juan Manuel
Pérez Peña, Julio Damián
Podestá, Carlos
Portillo, Pedro Darío
Quevedo Acosta, Víctor M.
Quintana, Gonzalo
Radice, Manuel Augusto
Ramírez, Avelino
Ramírez, Fermín
Ramírez C., Manuel de J.
Ramírez Jou, Manfredo
Ramírez, René
Recalde de Rojas, Elva
Resck, Luis Alfonso
Ríos Rodríguez, Jorge
Riquelme, Miguel Angel
Robles Alcaraz, Aída M.
Rodríguez Acosta, Eduardo
Rodríguez Arias, Pablino A.
Rodríguez P., Pedro Angel
Rodríguez, Osvaldo Tomás
Rodríguez, Teresa D. de
Rodríguez, Sinforiano
Rolón Sanabria, Vidal
Romero, Rubén Darío
Romero Pereira, Carlos
Romero Roa, Ramón
Ruíz Díaz, Herminio
Ruíz Díaz Brítez, Perfecto
Ruíz Díaz Bareiro, Elisa
Ruíz Nestosa, Jesús
Sachero, María Elena
Saguier, Miguel Abdón
Salum Flecha, Antonio
Samaniego G., Gustavo
Samaniego Giménez, José D.
Sánchez Galeano, Víctor H.
Saucedo Rodas, Aníbal
Sardi Segovia, Manuel
Segovia Avalos, Luis A.
Segovia Boltes, Agustín
Silvero Silvano, Jorgelina
Sosa Argaña, Gerardo
Sosa L. de Arréllaga, Teresa
Sotomayor de Setrini, Ada
Storm B., Carlos Armando
Storm Monges, Crescencio
Torales Franco, Marciano D.
Ugarte Díaz, Alirio
Valiente Escobar, Antonio
Vargas Mendoza, Eligio
Vasconsellos, Julio César
Velázquez, Rafael Eladio
Vera Cáceres, Julio César
Vera Fleitas, Francisco
Vera Venialgo, Ramón A.
Villagra Marsal, Carlos
Villalba Cardozo, Bernardo
Villamayor, Juan Ernesto
Villanueva Cardozo, Leslie
Ynsfrán, Oscar Facundo
Yore de Yunis, Lamia
Zárate González, Dionisio
Zarratea, Tadeo
SESION ORDINARIA N° 12.- 27 DE ABRIL DE 1992
FECHA: 27 de abril de 1992
INICIO: 09:00 horas.
FINAL:17:30 horas.
AUSENTES
CON AVISO:Sesión
completa:-Rodríguez Arias, Pablino
-Vasconsellos, Julio César
-Villanueva, Leslie
Turno mañana:-Dos Santos, Jorge
Turno tarde: -Benítez,
Pedro Lugo
-Duarte Molinas, Luis
-Enciso, Patricio
SIN AVISO:Sesión completa:-Mongelós,
Serapio
-Pérez Peña, Julio
Turno mañana:-Duarte, Inmaculada
-Fanego, Julio César
-Villalba, Edgar
ASUNTOS
ENTRADOS
-Pedido de permiso del ciudadano Convencional
Leslie Villanueva para dejar de asistir a la sesión de la fecha.
-Pedido de permiso del ciudadano Convencional
Jorge Dos Santos para dejar de asistir a la sesión de la fecha.
-Pedido de permiso de la ciudadana
Convencional Cirila Cabral de Alcaraz para dejar de asistir a la sesión de la
fecha por dos horas.
-Pedido de permiso del ciudadano Convencional
Luis A. Duarte Molinas para dejar de asistir a parte de la sesión de la fecha.
-Pedido de permiso del ciudadano Convencional
Patricio Enciso para dejar de asistir a la sesión de la fecha.
-Pedido de permiso del ciudadano Convencional
Pablino Rodríguez para dejar de asistir a la sesión de la fecha.
SE INICIA LA SESION, SIENDO LA HORA 08:50
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadanos Convencionales: Habiendo ciento cuarenta y ocho ciudadanos
Convencionales en la sala, esta Presidencia declara abierta la sesión.
Por Secretaría, se va a dar lectura al Resumen del
Acta de la sesión anterior.
CIUDADANO SECRETARIO:
RESUMEN DEL ACTA N° 14
FECHA: Viernes 24 de abril
HORA: 08:45
LOCAL: Salón de Convenciones del Banco Central del Paraguay
PUNTOS TRATADOS
1°) Lectura y consideración del
Acta de la sesión anterior, la que se aprueba, previa inclusión del nombre del
Convencional Carlos Romero Pereira como orador en la sesión del día anterior. El Convencional Antonio Salum Flecha, por su
parte, aclara que lo solicitado a la Comisión de Poderes y Reglamentos fue un
dictamen, no un informe como erróneamente figura en el Acta.
2°) Se conceden los permisos
solicitados por los siguientes Convencionales:
Jorgelina Silvero, Ing. Luis Pedro Llano Imas, Cosme Miltos, Víctor Báez
Mosqueira, por el día de la fecha.
Luis Alfonso Avalos Segovia, justifica su ausencia
del jueves 23 por la tarde y solicita permiso para el día de la fecha.
Manfredo Ramírez Jou, por el día de la fecha, a la
mañana.
Gustavo Mazó Elizeche, por el
día de la fecha, a la tarde, y
Julio César Vasconsellos, por
los días 27, 28, y 29 de abril, para viajar al exterior en su carácter de
parlamentario.
3°) El ciudadano Convencional
Rodolfo Gill Duarte pide la palabra por moción de privilegio para exhortar a
los Convencionales a ser austeros en el uso del tiempo, pues, haciendo un
cálculo estimativo de trabajo/hombre por artículo aprobado, sobrepasaría el
tiempo establecido para concluir con el trabajo.
4°) Se reabre el debate iniciado
en la sesión del día anterior, referente al tratamiento del Artículo 4°.- DEL
DERECHO A LA VIDA, de acuerdo a la lista de
oradores obrante en Secretaría:
Convencionales Juan Manuel Peralta, Armando Espínola, Ramiro Barboza,
Hugo Estigarribia, Juan Félix Bogado Gondra, Bernardino Cano Radil, María Celsa
Echagüe de Ayala Cantero, Juan Ramón Huerta, Carlile Gauto, Gustavo René
González, Bernardo Villalba, Juan Francisco Elizeche, Ismael Echagüe, Cristina
Muñoz, Avelino Ramírez, Teresa Sosa de Arréllaga, Carlos Avalos Flores, Julio
César Vasconsellos, Inmaculada Duarte, Diógenes Martínez, Franklin Boccia, Luis
Lezcano Claude y Benjamín Fernández Bogado.
Sometido a votación el Artículo 4°, párrafo por párrafo y votación nominal
respectivamente, resultó de la siguiente manera:
1er.Párrafo: Aprobado por mayoría el texto de
la Comisión Redactora.
2° Párrafo: Se aprueba texto de la Comisión Redactora, llevándose a votación nominal
el mantenimiento o exclusión de la frase "en general", con el
siguiente resultado:
Moción 1, por la inclusión.... 101 votos
Moción 2, por la exclusión.... 81 votos
3er. Párrafo:
Se vota por el mantenimiento o la exclusión de la frase "Queda
abolida la pena de muerte", dando como resultado:
Moción 1, por el mantenimiento de la frase.105 votos.
Moción 2, por la exclusión de la frase..... 72 votos.
4° Párrafo: Se aprueba por unanimidad el texto de la Comisión Redactora, que
dice:
"Toda persona será protegida por el
Estado en su integridad física y psíquica, así como en su honor y en su
reputación".
El Convencional Angel Ayala solicita conste en Acta,
haber votado por la exclusión de "en general".
5° Párrafo:Se llevan a votación las tres mociones presentadas:
Moción 1, del Proyecto Base, con 77 votos;
Moción 2, de los Convencionales Rafael Eladio
Velázquez, Diógenes Martínez y otros, con
52 votos;
Moción 3, por la supresión del párrafo,
con 39 votos.
No existiendo mayoría simple se vuelve a votar,
conforme lo establece el Reglamento, excluyéndose la moción 3, de supresión de
párrafo. La nueva votación arroja el siguiente resultado:
Moción 1, del Proyecto Base, con: 71 votos.
Moción 2, de Rafael Eladio Velázquez, Diógenes
Martínez y otros, con: 78 votos.
En consecuencia, el párrafo aprobado, es el
siguiente:
"La ley reglamentará la libertad de las
personas para disponer de su propio cuerpo sólo con fines científicos o
médicos".
El texto completo queda aprobado de la siguiente
forma:
Artículo 4°.- DEL DERECHO A LA VIDA.
El derecho a la vida es inherente a la persona
humana. Se garantiza su protección, en general, desde la concepción. Queda abolida la pena de muerte. Toda persona será protegida por el Estado en
su integridad física y psíquica, así como en su honor y en su reputación. La ley reglamentará la libertad de las
personas para disponer de su propio cuerpo sólo con fines científicos o
médicos.
5°) Al reiniciarse la
sesión vespertina, a la hora 14:00, se trata el Artículo 5°.- DEL
GENOCIDIO Y OTROS DELITOS.
Participan en el debate los siguientes Convencionales: Víctor Manuel Núñez,
Julio César Vasconcellos, Oscar Paciello, Diógenes Martínez, Luis Lezcano Claude,
Carlos A. González, Edgar Villalba, Evelio Fernández Arévalos, Víctor Hugo
Paniagua, Federico Callizo, Celso Castillo y Benjamín Fernández Bogado.
De entre todas las propuestas presentadas, quedan las
siguientes:
Moción 1, texto sustitutivo del Proyecto Base.
Moción 2, de los Convencionales Pedro Darío Portillo y
otros.
Moción 3, del Convencional Celso Castillo.
Moción 4, de los Convencionales Víctor Hugo Paniagua y
Víctor Manuel Núñez.
Se resuelve someter a votación por párrafos,
aprobándose el primer párrafo de la propuesta del Convencional Luis Lezcano
Claude, que dice: "Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos
crueles, inhumanos o degradantes".
Para el 2° párrafo, es aprobado con 88 votos la moción N° 3 del Convencional Celso Castillo, que dice: "El
genocidio, la tortura, la desaparición forzosa de personas y el homicidio por
razones políticas son imprescriptibles".
En consecuencia, el texto completo aprobado es
el siguiente:
Artículo 5°.- DEL
GENOCIDIO Y OTROS DELITOS.
Nadie será sometido a torturas ni penas o
tratos crueles, inhumanos o degradantes.
El genocidio, la tortura, la desaparición
forzosa de personas y el homicidio por razones políticas son imprescriptibles.
6°) Posteriormente se
pasa a considerar el Artículo 6°.- De la Calidad de Vida, participando del debate los siguientes
Convencionales: Oscar Paciello, Esteban
Caballero, Eusebio Ramón Ayala, Gerardo sosa Argaña, Miguel Angel Riquelme,
Isidro Melgarejo, Benjamín Maciel Pasotti, Dora Hermosilla, José Nicolás
Morínigo, Domingo Delvalle, Marciano Torales, Hugo Estigarribia, Jorge Dos
Santos, Susana Morínigo, Luis González Macchi, Rolando Dos Santos, Teresa Sosa
de Arréllaga, Julio César Lugo y Carlos Romero Pereira.
Se lleva a votación la permanencia o no del
mencionado artículo, aprobándose por mayoría la permanencia del mismo.
Finalmente se vota por las siguientes
mociones:
Moción 1, del Proyecto Base.
Moción 2, del Convencional José Domingo Samaniego.
Moción 3, de los Convencionales Esteban
Caballero Carrizosa, Juan Manuel Benítez Florentín y Rolando Dos Santos.
Moción 4, de los Convencionales Gerardo Sosa
Argaña, Timoteo González y Mario Morel Pintos.
Se aprueba por mayoría la Moción 1 del Proyecto Base,
que dice:
Artículo 6°.- DE
LA CALIDAD DE VIDA.
La Calidad de Vida será fomentada (promovida o
mejorada) por el Estado mediante planes y políticas que reconozcan factores
condicionantes, tales como la extrema pobreza y los impedimentos de la
discapacidad o de la edad.
El Estado también promoverá la investigación
sobre los factores de población y sus vínculos con el desarrollo económico y
social, la preservación del medio ambiente y la calidad de vida de los
habitantes".
Observación:La adopción de uno de los términos
siguientes: fomentada, promovida o mejorada, queda a cargo de la
Comisión de Estilo y Técnica Legislativa,
Se levanta la sesión, siendo la hora 16:30.
CIUDADANA CONVENCIONAL ...: Tengo
una objeción, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: A
consideración de los presentes, el Acta que acaba de leerse por Secretaría.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Celso Castillo.
CIUDADANO CONVENCIONAL CELSO
CASTILLO: Gracias, ciudadano Presidente.
Honorable Convención:
El Artículo 5°, parágrafo 2°, la parte que dice: "el
genocidio, la tortura, la desaparición forzosa de personas y el homicidio por
razones políticas" creo que tiene que ser "secuestros por razones
políticas", señor Presidente, en el Acta.
Antes de su aprobación, pongo a consideración de la plenaria, señor
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ya fue
aprobado. Perdón. No quiero entrar en diálogo, ciudadano
Convencional, pero ya fue aprobado eso.
Cualquier variación tiene que ser objeto de reconsideración y no es
aconsejable que sea en este momento.
Estúdielo y déjelo para más adelante.
Muchas gracias.
CIUDADANA SECRETARIA:
Perdón, Presidente. Falta agregar
el nombre de la Convencional Elba Recalde, en el punto 6° del Acta, que ya lo estoy agregando, porque
ella hizo uso de la palabra.
CIUDADANO PRESIDENTE: ¿No hay más ningún otro
Convencional?
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Benjamín Fernández.
CIUDADANO CONVENCIONAL BENJAMIN
FERNANDEZ BOGADO: Señor Presidente, honorables
Convencionales: en realidad, de los
catorce proyectos presentados sobre el tema, todos incluían la palabra "el
secuestro de la persona" justamente con "la desaparición
forzosa", inclusive la de Castillo, que llegó lamentablemente tarde para
que fuera leído por el Secretario.
Solamente pudo leer la primera versión.
Y lo que sugiere el proyectista es algo en el cual estamos todos de
acuerdo, que significa que la desaparición forzosa definida como delito
ejercido desde el Estado contra la sociedad no cubre completamente los alcances
de los delitos políticos, porque puede ocurrir que un cuerpo guerrillero,
formado durante la democracia, secuestre a alguien, y en este caso el delito
cometido por un grupo guerrillero no
está contemplado dentro del precepto de imprescriptibilidad. Entonces, lo que sugiere el proyectista, es
algo con lo cual estamos todos de acuerdo, inclusive los catorce proyectos
presentados, y el único proyecto que no tenía la palabra "el secuestro de
las personas" era el inicial de Celso Castillo. Cuando él lo envió,
incluyó la palabra "el secuestro de las personas" porque implicaba
entender que la sociedad tenía una doble responsabilidad: por un lado el Estado y por otro lado los
grupos guerrilleros que podían atentar contra ella. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
En su momento se pedirá la reconsideración del texto
en la palabra anotada.
Se da por aprobada el Acta de la que se dio lectura
por Secretaría.
APROBADO.
Consideración del segundo punto del Orden del
Día. Antes, por Secretaría, se va a dar
lectura a pedidos de permisos.
CIUDADANO SECRETARIO: Los
siguientes Convencionales solicitaron permiso:
Para el día de hoy, Leslie Villanueva.
Para el día de
hoy, mañana y pasado mañana, Julio César Vasconsellos.
Por el término de dos horas, la Convencional Cirila
Cabral Vda. de Alcaraz.
Por el día de la fecha, Jorge Dos Santos.
Por algunas horas, en el día de la fecha, Luis A.
Duarte Molinas.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Secretario.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: ¿Podría incluir entre los
pedidos de permiso al Convencional Patricio Enciso, de mi Partido, cuya madre
falleció anoche. Me llamaron de
Villarrica a solicitarme que le haga esta gestión. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Así se
hará, ciudadano Convencional.
CIUDADANO SECRETARIO:
Patricio Enciso y Pablino Rodríguez, también con permiso.
CIUDADANO PRESIDENTE: La
Presidencia pone a consideración el segundo punto del Orden del Día, el
dictamen de la Comisión de Poderes y Reglamentos sobre la interpretación de los
Artículos 57 , 80 y 81. Se dará lectura, nuevamente, de dicho
dictamen, por Secretaría.
CIUDADANO SECRETARIO: Asunción,
24 de abril de 1992. Honorable
Convención. Vuestra Comisión de Poderes
y Reglamentos en sesión de esta fecha ha resuelto por unanimidad de sus
miembros recomendar a vuestra honorabilidad la aprobación del siguiente
dictamen sobre la interpretación de los Artículos 57, 80 y 81 del Reglamento
Interno de esta Convención.
Primero: con
relación al Artículo 57, consideramos que debe interpretarse del siguiente
modo, "en los casos en que no se alcanzare la mayoría prevista en este
artículo, se volverán a votar las mociones presentadas y resultará aprobada la
que obtuviera mayor números de votos".
Segundo: con
relación a los Artículos 80 y 81, consideramos que el inciso 6) del Artículo
80, "cierre de lista de oradores", se deberá seguir la lista de oradores
en tiempo normal para el uso de la palabra". Inciso 7), que ustedes tienen como inciso 6),
debe ser inciso 7). "Cierre del
debate por suficiente ilustración", sigue la lista de oradores inscriptos,
para la cuestión de fondo. Pero
aconsejamos limitar el uso de la palabra de tres a cinco minutos, en
consideración a lo expuesto en el Artículo 81".
Dios guarde a vuestra
honorabilidad.
Antonio Salum Fecha,
Presidente. Teresa Sosa de Arréllaga,
Secretaria. Ada Sotomayor de Setrini,
Vicepresidente. Elisa Ruíz Díaz Bareiro, Secretaria. Luis Lezcano Claude, Carlos Mateo Balmelli,
José Ismael Candia, Estanislao Llamas, Rodolfo H. Centurión, Ricardo Franco
Lanceta, Héctor Capurro, por la Comisión de Redacción del Reglamento Interno.
CIUDADANO PRESIDENTE: La
Presidencia, va a poner a consideración en forma ordenada, para aprovechar al
máximo el tiempo. La primera parte se
refiere a la interpretación del Artículo 57 y sobre ese tema queda a
consideración de la plenaria. ¿Quien desea hacer uso de la
palabra, sobre la interpretación del Artículo 57? Queda aprobado, por mayoría, unanimidad,
APROBADO.
A consideración el Artículo 80, inciso 6). Artículo 80 y 81, si pueden fijarse en el
Reglamento, que comprende el Artículo 80, inciso 6), primero el inciso 6) sobre
el cierre de la lista de oradores. Queda
aprobado.
APROBADO.
A consideración, el inciso 7) del Artículo 81.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Bernardino Cano Radil.
CIUDADANO CONVENCIONAL
BERNARDINO CANO RADIL: Gracias, ciudadano Presidente.
He pedido la palabra, Presidente, para presentar, si
no hay por escrito un dictamen disidente, una moción alternativa a la
interpretación que ha hecho la Comisión de Reglamento, por una cuestión muy
simple. Resulta que desde que empezó el
debate en esta Convención Nacional Constituyente, hemos tenido interminables
rondas oratorias que realmente estando ya suficientemente ilustrados, y llegó
un caso en que hubo cuarenta y cuatro inscriptos, con los cuales, a cinco
minutos cada uno, son tres horas de oratoria y las interrupciones, y lo difícil
que es controlar.
En ese aspecto quiero volver al origen de esta
moción, de "cierre del debate por suficiente ilustración". El origen que tiene esta moción, por
interpretación, es que automáticamente, cuando triunfa esta moción se cierre el
debate y nadie más puede hacer uso de la palabra. Hay que tener en cuenta, señor Presidente,
que somos ciento noventa y ocho Convencionales Constituyentes que tenemos
sesenta días para desarrollar doscientos ochenta y dos artículos que son los
que faltan, y realmente el tiempo exhiguo y estamos impedidos de permitir
rondas oratorias.
A nadie se le va a privar que fije su posición con un
voto fundado, señores, que es la forma de salvar su posición, incluso ante la
historia. No hay ningún inconveniente de
que después de una votación, si alguien está en contra, fije en el acta su voto
en determinado sentido. Pero lo que yo
quisiera evitar es la larga perorata que estamos sufriendo en esta Convención
Nacional Constituyente.
En ese sentido, señor Presidente, mociono
concretamente, que se cambie o que se rectifique la interpretación que ha hecho
la Comisión de Poderes y Reglamentos y se vuelva al sentido original de la
moción de "cierre del debate por suficiente ilustración". Creo que no se va a coartar a nadie la
posibilidad de expresar su posición en un voto fundado, pero lo que no podemos
estar esperando, es la lista de treinta y cuarenta personas, cuando ya sabemos
cual es su posición de cada uno .
Tenemos que salvar la Convención Nacional Constituyente aunque tengamos
que sacrificar algunas individualidades.
Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
La Presidencia entiende que se trata de una moción de
reconsideración, porque la interpretación está en este punto sustancialmente
modificando el Reglamento, de manera que va a llevar a votación la
reconsideración del Artículo 81, inciso 7) que hace parte del dictamen.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Señor
Presidente: ...
CIUDADANO PRESIDENTE: Ya hay
una moción de orden y se pone a consideración.
Primero la reconsideración.
INTERRUPCION...
CIUDADANA CONVENCIONAL ...: Señor
Presidente. Por favor.
CIUDADANO CONVENCIONAL ...: Señor
Presidente: antes de eso nosotros hemos
pedido la palabra.
CIUDADANA CONVENCIONAL...: Señor
Presidente: por favor, como miembros de
la Comisión de Poderes, por favor les quisiera pedir...
CIUDADANO PRESIDENTE: Me va
a disculpar. Le voy a dar el uso de la
palabra y en lo posible recuerden la recomendación de la Presidencia de hacerse
sentir por escrito, en lo posible, repito.
No obstante eso, como excepción, le voy a dar la palabra.
Tiene el uso de la palabra la ciudadana Convencional.
CIUDADANA CONVENCIONAL ...: Nada
más, señor Presidente, que lo que quiero es justamente eso: que se respete el
Reglamento. He visto acá que innumerable
Convencionales han levantado la mano para solicitar el uso de la palabra. Se la concedió al Convencional Bernardino
Cano Radil y me parece que corresponde que los demás también emitamos nuestras
opiniones acerca del dictamen de la Comisión de la cual formo parte se ha
puesto a consideración de esta plenaria, por un lado.
Por otro lado, quisiera hacer una observación con
relación a nuestro dictamen. El tema
fundamental, señores Convencionales, es el siguiente. Lo que nosotros queremos es que en ningún
momento se coarte la participación de los Convencionales en el debate. Es por eso que en la Comisión Provisoria de
Reglamento, en la Comisión Ad-Hoc que se formó y la actual, entendimos que,
cuando algún Convencional mocione el cierre del debate, los Convencionales que
están inscriptos para hacer el uso de la palabra lo hagan en forma breve porque
¿qué es lo que puede pasar? Puede pasar que sea una situación
absolutamente diferente a la que señaló el preopinante, que hayan dos o tres
Convencionales nada más que hayan hecho el uso de la palabra y resulta que de
esta manera, con esta moción de cierre de debate, se está coartando la
participación de muchos otros Convencionales.
Entonces, en atención a esta razones, fue que
nosotros solicitamos a todos ustedes resuelvan, que tomen como una resolución
nuestro dictamen, en el sentido de que una vez que algún Convencional mociones
el cierre del debate por suficiente ilustración, que los demás Convencionales
inscriptos hagan uso de la palabra, pero brevemente. Es decir, tres a cinco minutos máximo y que
la Presidencia haga cumplir esos cinco minutos, y que inmediatamente corte el
uso de la palabra al Convencional, de manera que se respete ese tiempo
brevemente. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadana Convencional.
La verdad es que la Presidencia ha tolerado sus
expresiones porque corresponden a la defensa que debe hacer la Comisión después
de votada y aceptada la reconsideración.
De todas maneras, valga ya para ese sentido.
A consideración, la reconsideración...
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Ciudadano Presidente: usted no da el debate.
CIUDADANO PRESIDENTE: No hay
debate, ciudadano Convencional. Se lleva a votación la reconsideración para que
puedan explayarse.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL
BERNARDINO CANO RADIL: Ciudadano Presidente: una aclaración...
INTERRUPCION...
CIUDADANO PRESIDENTE: No
existe moción de aclaración.
CIUDADANO CONVENCIONAL
BERNARDINO CANO RADIL: No se puede reconsiderar, ciudadano
Presidente, me permite...Lo que está haciendo la Comisión de Poder y Reglamento
es una interpretación de la siguiente frase que dice, la comprendida en el
inciso 7°, "antes de votar se admitirá un corto
debate". Ello se interpreta que el
corto debate significa cinco minutos o tres minutos. Se puede interpretar que significa un minuto
o treinta segundos. No es
reconsideración. Quiero aclarar muy
bien. No hace falta dos tercios para
reconsiderar la interpretación de esa frase, lo que el Reglamento no fija
tiempo para el corto debate. Lo que sí
tenemos que fijar nosotros qué sentido tiene un corto debate. Un corto debate, ciudadanos Convencionales,
puede ser que cada bancada nombre un vocero representante que fije la posición
de bancada. Eso es un corto debate. Un corto debate puede ser que cada bancada
nombre a dos personas para que en el acta fijen su posición, eso es un corto
debate. Y no significa reconsiderar el
Artículo 81 en su primer párrafo. Quiero
aclarar muy bien entonces.
Entonces, como hay varias ideas que se están
manejando, y este es un tema de capital importancia para poder ir rápido y
dinámico en esta Convención, ciudadanos Constituyentes, entiendo que es
prudente que se reúnan durante tres o cuatro minutos los líderes de bancada, a
ver si llegan a acordar la interpretación que corresponde para que realmente
salgamos de este pantano. Muchas
gracias, ciudadano Presidente.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL...:
Ciudadano Presidente, pido la palabra.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello, para una moción
de orden.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente: solicito un breve cuarto intermedio de cuatro
o cinco minutos, a fin de considerar con la mesa y los líderes de bancada una
interpretación a este Reglamento y, consensuándolo, creo que podremos resolver
rápidamente esto, evitando inútiles discusiones.
CIUDADANO PRESIDENTE: A
consideración...
APLAUSOS...
APROBADO.
Muy bien. Un
cuarto intermedio de 10 minutos. Se
ruega a los ciudadanos Convencionales no retirarse de la sala. Solamente 10 minutos va a ser.
CONTINUACION DE LA SESION:
CIUDADANO CONVENCIONAL DIOGENES
MARTINEZ: Ciudadano Presidente: creo que ésta es una modificación del texto. En el texto se buscó la agilización, y por
otro lado, los proyectistas tienen hasta veinte minutos para hablar,
prorrogables. Quiere decir, que el que
habló, el proyectista que habló ya tuvo suficiente oportunidad para argumentar
su posición. Yo sé que el fundamento de
la moción del preopinante será de que pudo haberse producido un debate en donde
se hayan presentado opiniones y fundamentos contrarios a los expuestos y que
quiera debatirse posteriormente. Pero estaríamos nuevamente complicándonos con la
posibilidad de una dilación innecesaria, desde el momento en que el proyectista
ya ha sostenido, ha fundamentado, su posición.
Es todo ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
AVALOS: Moción de orden, ciudadano Presidente.
CIUDADANO CONVENCIONAL ...:
Ciudadano Presidente: me permite
argumentar...
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
AVALOS: Moción de orden, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Hay una moción de orden.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Carlos
Avalos, para una moción de orden.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
AVALOS: Sí, ciudadano Presidente.
Ciudadanos Convencionales: la moción de orden de cierre de debate por
suficiente ilustración conlleva la aprobación de las dos terceras partes de los
ciudadanos Convencionales. Creo que esa
es, o la mayoría absoluta de los Convencionales. Creo que esa es una cantidad razonable, que
si realmente existe una suficiente ilustración, solamente los ciudadanos
Convencionales van a aprobar, ciudadano Presidente. Mociono concretamente, ciudadano Presidente,
el cierre de debate y que se vote el artículo presentado consensuadamente y
podamos entrar definitivamente a estudiar los artículos de nuestro Proyecto
Base, ciudadano Presidente. Es todo,
ciudadano Presidente. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Una última palabra del ciudadano Convencional José
Félix Fernández Estigarribia, porque él ha propuesto una modificación. Se tendrán que votar las dos cosas. El le pone un agregado, que es hasta dos
veces.
CIUDADANO CONVENCIONAL JOSE
FELIX FERNANDEZ ESTIGARRIBIA: Ciudadano Presidente: en este tema de la modificación de este
artículo (no, no es otra propuesta), en este tema, nosotros tenemos que hacer
una conciliación entre la necesidad de acelerar el debate en esta Constituyente
y la libertad del debate democrático.
Creo, ciudadano Presidente, y como saben perfectamente los líderes, que
nos hemos avenido y habíamos presentado otra propuesta dentro de la discusión
de los líderes, pero nos habíamos avenido a aceptar. Es que el ciudadano Convencional Diógenes
Martínez, se ha adelantado en anticipar mis argumentos y son exactamente los que
él menciona. Es posible que en el curso
del debate se hayan introducido nuevos elementos de reflexión que obliguen al
proyectista a contestar dichos argumentos antes de procederse a la
votación. Eso es normal en cualquier
Congreso.
La primera argumentación puede recibir una réplica y,
por supuesto, tiene derecho el proyectista, ya que hemos limitado el debate
solamente a los proyectistas, en estos casos, de poder hacer su última
fundamentación. Yo creo que eso va a
agilizar extraordinariamente, más que el debate, la ilustración de los ciudadanos
Convencionales, antes de depositar su voto en un tema tan fundamental como es
la Constitución Nacional. La difícil
conciliación que existe siempre entre el orden y la libertad podría salir de
este modo. Hemos reducido el tema
exclusivamente a los señores proyectistas, o sea, hemos sacado la palabra a la
totalidad de los otros Convencionales.
Me parece justo que, por lo menos el derecho de réplica, consagremos a
los ciudadanos Constituyentes, si de ese modo, nuestra bancada que tenía la
posibilidad de impedir esta reconsideración, aceptó votar la reconsideración a
sabiendas de que estamos dentro de un diálogo absolutamente democrático. Por esas consideraciones, ciudadano
Presidente, y pidiendo disculpas a los señores líderes, porque esto recién después
de una deliberación y de un repensar del tema -se sabe la urgencia con que se
ha planteado-, ahora lo venimos a solicitar.
Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Víctor
Hugo Sánchez.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
HUGO SANCHEZ: Ciudadano Presidente, honorable
Convención: antes que nada, quisiera
pedir disculpas a los señores líderes de bancadas y, en especial, al líder de
mi bancada por la circunstancia de que entiendo que la redacción propuesta
lamentablemente no satisface del todo, porque no se va a lograr con ello el
propósito buscado. Lo que se quiere, con
invocar el inciso 7°), evidentemente, es poner en forma definitiva
término al debate.
En consecuencia, si nosotros no queremos dilatar ya
una discusión y luego de estar suficientemente ilustrado, por haber escuchado
la exposición de veinte o treinta compañeros y, llegado el momento, alguien
propone la moción consagrada en el inciso 7°, él mismo debe poner término definitivamente al debate. En consecuencia, para que esto pueda
expresarse en el Reglamento, yo me permito, con las disculpas del caso,
presentar una nueva redacción, que diría así:
Inciso 7°), quiero decir Artículo 81: "La
comprendida en el inciso 7°) cierra el debate en forma definitiva,
pasándose de inmediato a votación". Luego recogería la última parte
propuesta por los proyectistas, que dice:
"En ningún caso procederá esta moción sin que antes los
proyectistas hayan fundado sus proyectos.
Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Moción
de orden, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Hay una moción de orden anterior, que es la de cierre del debate, de
Carlos Avalos.
Los que estén de acuerdo con el cierre del debate, se
servirán levantar la mano. Mayoría. queda cerrado el debate.
Ahora existen tres mociones. se va a dar lectura, por Secretaría, de lo
que se va a votar.
CIUDADANO SECRETARIO: En primer término, la moción consensuada, o sea el texto
consensuado. Dice así. Es brevísimo:
"La comprendida en el inciso 7, luego de proponerse la moción será
objeto de una breve discusión en la que expondrán un representante por
bancada. Si se aprueba la moción, de
inmediato se pasará a votar el tema en discusión. En ningún caso procederá esta moción sin que
antes los proyectistas hayan fundado sus proyectos". Esa es la moción N°1.
La moción N° 2 es la del Convencional José Félix Fernández Estigarribia, que
dice: "La última parte se agrega y
hasta dos veces, si se solicitare por parte de los proyectistas".
Y la moción N° 3, que es la del Convencional Víctor Hugo Sánchez, que elimina la
exposición de un representante por bancada. Es decir, es como en los seis primeros
incisos que se refieren a la votación inmediata de la moción, sin exposición
previa. Esas son las tres mociones.
CIUDADANO PRESIDENTE: Los que están por la moción N° 1. Por Secretaría... un
momentito.
Ciudadano Convencional: Yo quiero poner también de resalto en esta
oportunidad que no existe moción de aclaración, de manera que vamos a eliminar
esa mala práctica. Desgraciadamente no
existe. Solamente si se puede. Por Secretaría se ha hecho la lectura, pero
bien nítida, expresa de las tres mociones.
Se va a votar. Después, Estilo puede poner. Estilo
va a corregir eso.
Entonces, la primera, que es la consensuada, a
votación.
Quienes estén por ella, se servirán levantar la
mano. No puede apreciarse por
unanimidad. Por fila.
Primera fila, por la moción N° 1, consensuada. Ocho
votos.
Segunda fila, por la moción N° 1. Once
votos.
Tercera fila, por la moción N° 1. Cinco
votos.
Cuarta fila, por la moción N° 1. Cinco
votos.
Quinta fila, por la moción N° 1. Nueve
votos.
Sexta fila, por la moción N° 1. Siete
votos.
Séptima fila, por la moción N° 1. Siete
votos.
Octava fila, por la moción N° 1. Cinco
votos.
Novena fila, por la moción N° 1. Cinco
votos.
Décima fila, por la moción N° 1. Un
voto.
La mesa, dos
votos.
Por Secretaría, se va a dar el número que alcanzó la
moción N° 1.
CIUDADANO SECRETARIO: La moción N° 1, obtuvo 65 votos.
CIUDADANO PRESIDENTE: Se vota la moción presentada por el ciudadano Convencional José Félix
Fernández Estigarribia.
Los que estén en la primera fila
se servirán ponerse de pie. Seis votos.
Segunda fila, la moción N° 2. Cuatro
votos.
Tercera fila, la moción N° 2. Catorce
votos.
Cuarta fila, la moción N° 2. Once
votos.
Quinta fila, la moción N° 2. Diez
votos.
Sexta fila, la moción N° 2. Seis votos.
Séptima fila, la moción N° 2. Dos
votos.
Octava fila, la moción N° 2. Cuatro
votos.
Novena
fila, la moción N° 2. Tres
votos.
Décima fila, la moción N° 2. Dos
votos.
De la mesa.
Dos votos.
Por Secretaría se va a dar el resultado.
CIUDADANO SECRETARIO: La moción N° 2 obtuvo 64 votos.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ahora, a consideración la moción del ciudadano Convencional Víctor
Hugo Sánchez.
Moción N° 3.
Los que estén de acuerdo por la moción N° 3, se servirán ponerse de pie.
Primera fila, la moción N° 3. Cinco
cinco.
Segunda fila, la moción N° 3. Un
voto.
Tercera fila, la moción N° 3. No hay votos.
Cuarta fila, la moción N° 3. No hay votos.
Quinta fila, la moción N° 3. Un voto.
Sexta fila, la moción N° 3. Cuatro votos.
Séptima fila, la moción N° 3. Siete votos.
Octava fila, la moción N° 3. Cinco votos.
Novena fila, la moción N° 3. Diez y seis votos.
Décima fila, la moción N° 3. No
hay votos.
CIUDADANO SECRETARIO: La moción N° 3 obtuvo 39 votos.
CIUDADANO PRESIDENTE: El total de la sala es 168.
CIUDADANO SECRETARIO: En consecuencia, ninguna de las mociones obtuvo mayoría.
CIUDADANO PRESIDENTE: No hay mayoría. Se va a
proceder a una nueva votación.
Segunda votación.
Ciudadanos Convencionales: orden en la sala. Se ruega a los Convencionales de la última
fila abstenerse de diálogos. Por favor,
presten atención, que se vuelve a la segunda vuelta de votaciones.
Los que estén por la moción N° 1, en la primera fila se servirán ponerse de
pie. Catorce votos.
Segunda fila, por la moción N° 1. Catorce
votos.
Tercera fila, por la moción N° 1. Diez
y nueve votos.
Cuarta fila, por la moción N° 1. Once
votos.
Quinta fila, por la moción N° 1. Diez
y nueve votos.
Sexta fila, por la moción N° 1. Doce
votos.
Séptima fila, por la moción N° 1. Ocho
votos.
Octava fila, por la moción N° 1. Nueve votos.
Novena fila, por la moción N° 1. Seis votos.
Décima fila, por la moción N° 1. Cinco votos.
La mesa va a votar también. 4 votos por la moción N° 1.
Por Secretaría se va a dar lectura al resultado de
esta votación, de esta segunda vuelta.
CIUDADANA SECRETARIA: Por la
moción N° 1.
Ciento diez y nueve votos.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Aprobado por mayoría. En
consecuencia, queda modificado el texto así como fue propuesto.
APROBADO.
Continuación del Orden del
Día. A consideración de la sala el
Artículo 7° del proyecto de texto constitucional.
CIUDADANO SECRETARIO:
Propuestas del Artículo 7°, Sección 2:
Del ambiente.
Propuesta N° 1, Proyecto Base.- Del Derecho a un
Ambiente Saludable.
Toda persona tiene derecho a
habitar en un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado. Constituyen objetivos prioritarios de interés
social la preservación, la conservación y el mejoramiento del ambiente así como
su conciliación con el desarrollo humano integral.
Estos propósitos orientarán a la
legislación y la política gubernamental pertinentes. Toda persona o grupo amenazado de ser privado
de tal derecho puede exigir de las autoridades la protección o la intervención
para impedir el daño.
La propuesta N° 2, de Julio César Vasconsellos.-
Del Derecho a un Ambiente Saludable.
Toda persona tiene derecho a habitar en un ambiente
saludable y ecológicamente aceptable.
Constituyen objetivos prioritarios de interés social la preservación, la
conservación y el mejoramiento del ambiente así como su conciliación con el
desarrollo humano integral.
Estos propósitos orientarán a la legislación y la
política gubernamental. Toda persona o
grupo amenazado de ser privado de tal derecho puede exigir de las autoridades
la protección o la intervención para impedir el daño.
Propuesta N° 3, de los Convencionales Timoteo González Galván, Mario Morel Pintos y
otros.- Del Derecho a un Ambiente
Saludable.
Constituyen objetivos de interés social la
preservación, la conservación y el mejoramiento del ambiente.
Estos propósitos orientarán a la legislación y a la
política gubernamental.
CIUDADANA SECRETARIA: Propuesta
N° 4, Gustavo Laterza: Toda persona
tiene derecho a habitar en un ambiente saludable y ecológicamente
equilibrado. Constituyen objetivos
prioritarios de interés social la preservación, la conservación, la
recomposición y el mejoramiento del ambiente para las generaciones presentes y
futuras así como su conciliación con el desarrollo humano integral y
sostenible.
Estos propósitos informarán a la legislación, a la
política gubernamental y al criterio judicial.
Los derechos, deberes, cargas y responsabilidades referentes a estos
objetivos son solidarios, inalienables e imprescriptibles.
Toda persona amenazada en estos derechos puede exigir
de las autoridades la protección o la intervención para impedir daños. Todo daño al ambiente importará la obligación
de recomponer e indemnizar.
El delito ecológico será definido y sancionado por la
Ley.
Propuesta N° 5, Abrahán Esteche. Se
recomienda supresión del último párrafo del proyecto base.
Propuesta N° 6...
CIUDADANO CONVENCIONAL
BERNARDINO CANO RADIL: Pido la palabra. Es para retirar la N° 6 que fue incluida por un error de
Secretaría.
CIUDADANA SECRETARIA: Propuesta
N° 6, Melgarejo Lanzoni...
CIUDADANO CONVENCIONAL
BERNARDINO CANO RADIL: Es para retirar...
CIUDADANO PRESIDENTE:
Ciudadano Convencional: no se
puede interrumpir. Después que lea todo,
por favor.
CIUDADANO CONVENCIONAL
BERNARDINO CANO RADIL: Yo pido que se retire nada más.
CIUDADANO PRESIDENTE: Pero
lo mismo. Hay que pedir la palabra.
CIUDADANA SECRETARIA: Propuesta
N° 5, Abrahán Esteche que recomienda la supresión del último párrafo de la
propuesta base de la Comisión Redactora.
Propuesta N° 7, ya que la 6 fue retirada, Juan Manuel Peralta Pérez.- Del Derecho a un Ambiente Saludable.
Todos tienen derecho a habitar en un ambiente
saludable y ecológicamente equilibrado.
La preservación, la conservación y el mejoramiento del medio ambiente
constituyen objetivos prioritarios de interés nacional. Estos propósitos orientarán a los ciudadanos,
a las instituciones educacionales, a la legislación y a la política
gubernamental pertinente. Toda persona o
grupo amenazado de ser privado de tal derecho ya sea por emprendimiento,
proyecto u obra de interés de carácter público o privado, puede exigir de las
autoridades la protección o la intervención para impedir el daño.
Propuesta N° 8. Marciano Torales: "Toda
persona tiene derecho en un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado. Las actividades susceptibles de producir
alteración ambiental serán reguladas por la ley".
CIUDADANO PRESIDENTE : Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello, miembro
informante de la Comisión Redactora y Presidente, por añadidura.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente: este es uno de los llamados Derechos Humanos
de la tercera generación, y es un tema que hoy concita la preocupación de la
humanidad entera. Una expresión extrema
de esto es la preocupación mundial, por ejemplo, por la devastación de las
selvas del Amazonas en el Brasil.
Igualmente nosotros estamos confrontando muy graves daños al medio
ambiente. Casi pudiera decirse que
Asunción, nuestra ciudad capital, está absolutamente desprotegida en esta
materia. Concretamente, no tenemos algo que es ya corriente en otros países, el
tratamiento de las aguas negras, por ejemplo.
Todo eso genera una alteración y un desequilibrio ecológico realmente
lamentable.
La Comisión Redactora tomó originalmente como base el
Proyecto de la Asociación Nacional Republicana, en el que esta materia está
tratada en seis artículos. Ha condensado
todo ello y ha recogido el aporte de los distintos Proyectos que también fueron presentados, y nos ha sintetizado esta
materia en dos artículos que corresponden a la sección 2.
Yo he visto, ciudadano Presidente que, en general,
todos los Proyectos sustitutivos que se han presentado no exhiben otra
particularidad que la de cambiar algunas palabras muy limitadamente. Por ejemplo, en el Proyecto del Dr.
Vasconsellos, en vez de decir: "un
ambiente ecológicamente equilibrado", habla de "un ambiente
ecológicamente aceptable".
En otros, confunde un poco la definición de lo que
debería ser el derecho a un medio ambiente saludable, poniendo esto como un
objetivo de interés social del Estado o de la Nación. En cualquiera de los casos, ciudadano
Presidente, compulsados estos antecedentes, yo creo que la Comisión no se
aviene con ninguna de las propuestas sustitutivas que aquí se han presentado,
porque se ha debatido arduamente.
Apenas quiero advertir, ciudadano Presidente, que a
mucha gente le preocupa el último párrafo de este artículo donde dice: "Toda persona o grupo amenazado de ser
privado de tal derecho, puede exigir de las autoridades la protección o la
intervención para impedir el daño", y ésta es una preocupación motivada
por gentes o por empresas que justamente están corroyendo el medio ambiente
nacional, porque están arrojando sus efluentes, muchos de ellos tóxicos, en las
aguas de nuestros ríos y arroyos con un perjuicio ecológico realmente
lamentable.
Yo quiero significarles, a quienes manifiestan esta
preocupación, que nadie aquí está planteando una acción inconsulta de ir a
cerrar una fábrica, ni cosa que se le parezca.
Cuando nuestro proyecto constitucional contempla la
regulación de estas materias en su texto, lo que está haciendo es colocarse al
día prácticamente en estas inquietudes y preocupaciones mundiales, y, sobre
todo, quiero llamarles la atención, sobre el hecho de que, habiendo la
humanidad tomado conciencia de la necesidad de preservar el medio ambiente,
existe un gran esfuerzo para restablecer las condiciones ecológicamente
razonables del medio ambiente y a ese efecto la Cooperación Internacional tiene
provistos ingentes recursos para ayudar a naciones como la nuestra, por
ejemplo, a encarar su desarrollo sin alterar sustancialmente el medio ambiente.
Es la razón por la cual debemos mirar con mucha
seriedad esta materia.
Desde otro punto de vista, y exhibida tal
preocupación, quiero también llamarles la atención sobre el primer párrafo del
artículo siguiente, en el que se defiere cualquier acción concreta a la
regulación legal, al expresarse que las actividades susceptibles de producir
alteración ambiental, serán reguladas en la Ley, de manera que pueden quedar
tranquilos quienes se sobresaltan ante la lectura del texto del Artículo 7,
sobre el hecho de que en ningún caso se dará una acción inconsulta al desgaire
de cualquier osado, para impedir trabajos o actividades lícitos, desde el
momento que solamente la ley es la que va a definir cuáles son aquellas
actividades que se considera configuran un daño ecológico. Aparte de eso se tipificará el delito
ecológico.
Pero quiero llamar la atención sobre el inmenso
avance normativo que trae este artículo, sobre su coherencia con la definición
que hemos dado del Estado paraguayo, pues, hemos instaurado lo que hemos
llamado una "democracia participativa". Esta "democracia participativa"
implica, no solamente derechos, sino también responsabilidades a cargo de cada
ciudadano. Normalmente, aún habiendo
nosotros propiciado la descentralización, ninguna entidad gubernamental se
preocupa de considerar en detalles estas situaciones. Por consiguiente, debe quedar librado a la
prudencia y a la responsabilidad de todos y cada uno de los ciudadanos el
cuidar el medio ambiente. Esto no puede
ser materia cuya defensa se confíe a una oficina o agencia gubernamental. Todos tenemos derecho a un medio ambiente
sano y saludable y, por consiguiente, es responsabilidad de todas las personas
cuidar por el mantenimiento y la preservación del medio ambiente.
Entonces, este artículo no es sino la expresión de la
definición dada en el Artículo 1°. Estamos
instaurando una "democracia participativa", por lo que cada ciudadano
debe velar por el medio ambiente, pero cada ciudadano no irá a interrumpir
actividades normales, ni el desarrollo de industrias, ni cosa que se le
parezca. Desde el momento que se
establece en el artículo siguiente, que una ley va a regular cuáles son las
actividades que se consideran nocivas para ese medio ambiente, o sea, que esto
tampoco queda librado al abuso ni a la discrecionalidad de nadie. Todos debemos
asumir nuestra responsabilidad en esta hora crucial de la humanidad, tan
amenazada por la devastación, por obra del ser más dañino, probablemente, de la
creación, que es el hombre. De manera
que es hora de que todos juntos breguemos por la efectiva vigencia de los
Derechos Humanos de la tercera generación.
Este es el sentido y, por eso mismo, ciudadano
Presidente, habiéndose trabajado arduamente, en primer término la Comisión
Redactora para lograr una síntesis relativamente feliz, y luego en coordinación
con la Comisión de Estilo, creemos someter al seno de esta Convención Nacional
Constituyente un texto moderno, un texto que contempla todas las preocupaciones
e inquietudes exhibidas por numerosas entidades públicas, privadas y
políticas. Y es la razón por la cual
esta Comisión solicita, ciudadano Presidente, la aprobación del Proyecto tal
cual fue presentado y salvo alguna objeción fundamental, que el artículo sea
llevado de inmediato a votación. Muchas
gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Gustavo Laterza, miembro informante de minoría, Proyectista.
CIUDADANO CONVENCIONAL GUSTAVO
LATERZA: Gracias, ciudadano Presidente. Hay que aclarar ciudadano Presidente que yo
no formulé una propuesta alternativa en el seno de la Comisión Redactora. En
ese momento integré una Comisión Ad-Hoc que fue la que propuso este texto que
fue finalmente aprobado.
Lo que me motivó a presentar aquí, a presentar una
moción alternativa, no fue más que el estudio pormenorizado que hice de algunos
detalles del artículo tal como nos viene de la Comisión Redactora que yo
integré.
Obviamente, este artículo me satisface. Lo único que yo propongo es la sustitución de
algunos conceptos. Dejo intacta su
estructura, y la intención no es nada más que, desde luego, la de mejorar un
artículo que desde ya va a dar lustre a nuestra Constitución y, probablemente,
va a ser uno de los que nos van a legitimar en el futuro, recordando que hay
muchas sociedades latinoamericanas que están bregando desde hace mucho tiempo
por conseguir que en sus ordenamientos jurídicos superiores aparezca una norma
como ésta.
Voy a ser muy breve para fundamentar mi moción,
ciudadano Presidente, se trata, como dije anteriormente, no de modificar la
estructura que permanece intacta, sino de modificar algunos conceptos que, yo
creo, son fundamentales.
Por de pronto, propongo que se agregue el término
"la recomposición" después de la "preservación y
conservación", con la idea de que lo primero que se haga con los que
depredan, destruyen o contaminan el ambiente, sea obligarles a que lo vuelvan a
poner en las condiciones en que lo encontraron.
Esta obligación tiene que ser fundamental. La indemnización no soluciona el problema. La indemnización no es más que una obligación
que será cargada cuando la recomposición sea imposible, porque la indemnización
que siempre se mide en dinero ya no retorna las cosas a su valor original y, en
resumidas cuentas, no satisface a las expectativas legítimas de la sociedad.
También propongo incluir un adjetivo que acompañe a
la palabra "desarrollo". En el
segundo párrafo se dice que "constituye objetivo prioritario de interés
social, el mejoramiento de la preservación,
etc. del ambiente, para las generaciones presentes y futuras, así como
su conciliación con el desarrollo humano integral". Ahí yo propongo agregarle el adjetivo
"sostenible". Sostenible es un término técnico. Me imagino que muchos de los que aquí
presentes no estarán posiblemente familiarizados porque es un término de
reciente data. Ha sido incorporado a la
ciencia de la economía y a la ecología para definir a un tipo de desarrollo
económico, que consiste en no agotar los recursos naturales, sino explotarlos
de tal forma que estos recursos puedan ser conservados en una cuota razonable para las generaciones
futuras, y para que el desarrollo económico pueda ser sostenido -de ahí su
nombre de "sostenible"-, pueda ser sostenido a lo largo de las
próximas décadas y si es posible siglos y, por supuesto, para beneficio de toda
las generaciones posteriores.
Otro término, o esto ya no es un término, es un
concepto que quiero incluir, está al final del primer párrafo donde dice: "estos propósitos se informarán a la
legislación, a la política gubernamental", y yo le agrego o pretendo
agregar "al criterio judicial".
Es decir, se trata de que la
preservación del ambiente no solamente sea un criterio que ilumine a los
parlamentarios cuando dicten sus leyes de desarrollo económico y social, sino
también que iluminen a los gobernantes que van a decidir cuál es la política
gubernamental en estos aspectos, pero también a los jueces, cuando tengan que
dictar fallos en los que vaya a comprometerse la suerte ambiental de la
sociedad.
Por eso quiero incluir también al criterio judicial
como el tercer factor al cual estos propósitos tienen que iluminar.
También quiero sustituir, ciudadano Presidente, y
quiero que los ilustrados Convencionales presentes me presten un poco de
atención sobre este punto, porque se trata de una cuestión muy técnica;
pretendo sustituir el término "obligaciones", que es un término muy relacionado con el criterio
individualista y patrimonialista en nuestro Derecho Privado, por los términos
"deberes y cargas", que me parece a mí, ilustran mejor el carácter
social y ético que tienen las cuestiones ambientales, y, sobre todo, definir
perfectamente su ámbito que es de Derecho Público y no de Derecho Privado; de
tal manera que quede claro que todos los atentados contra el medio ambiente
constituyan un problema de la sociedad y no un problema de los propietarios que
se vean afectados en sus derechos privados.
Por eso solicito de esta ilustrada audiencia tenga en
cuenta esto, para, llegado el momento, sustituir el término
"obligaciones", por el de "deberes y cargas".
Por otra parte también, pretendo eliminar el carácter
de "colectivos". Bueno, tengo
que hacer una aclaración aquí, ciudadano Presidente: la Comisión de Estilo, probablemente por una
omisión de los dactilógrafos, ha eliminado un párrafo que fue aprobado en la
Comisión Redactora. Voy a leer el texto
del párrafo aprobado, decía así:
"Los derechos, obligaciones y responsabilidades, referentes a estos
objetivos, son colectivos, solidarios, indivisibles e inalienables. Toda persona amenazada en estos derechos,
puede exigir de las autoridades, la protección o la intervención para impedir
el daño". Este párrafo inicial que acabo de leer ha sido
omitido en la Comisión de Estilo, de manera que yo lo retomo y lo incluyo en mi
propuesta, con una pequeña alteración, que es la sustitución de la palabra
"obligaciones" por
"deberes y cargas". Y
la sustitución de "el carácter de indivisibles", pretendo eliminar el
carácter de indivisibles, de tal manera que se diga: que los "derechos,
deberes, cargas y responsabilidades, son solidarios pero no son
indivisibles". Y voy a explicar muy
brevemente por qué.
Yo creo, ciudadano Presidente, y estimados ciudadanos
Convencionales, que la política ambiental va a ser administrada, de aquí en lo
sucesivo, por lo gobiernos departamentales y por las autonomías, por los
gobiernos locales.
Es evidente que cada departamento en nuestro país
tiene su propios problemas ambientales, de manera que la gran responsabilidad
de esta figura que acabamos de crear, que son los gobiernos departamentales, va
a ser en lo sucesivo la administración del medio ambiente. Y en esta gran responsabilidad, los
principales problemas que van a tener los Gobernadores y los Intendentes, va a
ser luchar contra las grandes empresas que son la causantes del deterioro
ambiental. Y cuando hablo de empresas,
no hablo sólo de empresas en el sentido comercial, sino de los grandes
emprendimientos que pueden ser también de carácter público.
Si nosotros establecemos que las responsabilidades o
la destrucción del medio ambiente es de carácter indivisible, va a significar
en terminología jurídica que, si hay 10 responsables por la destrucción del
medio ambiente, los gobiernos no van a poder reclamarle a cada uno de ellos su
cuota de responsabilidad. Van a tener
que reclamarles a todos, por la totalidad o a uno de ellos por la totalidad, lo
cual va a ser un problema insoluble, porque en la práctica, dado el volumen de
lo que cuesta normalmente la destrucción ambiental, una empresa que haya
contaminado entre 10, se declarará probablemente en quiebra y eludirá su
compromiso, y, entonces, de esta manera se hará, se tornarán completamente
inocuas nuestras previsiones.
Por eso, y pensando sobre todo en estos gobiernos departa-mentales
que van a nacer después de esta Constitución, y en los Gobiernos Locales, las
autonomías municipales, creo que debemos eliminar la palabra de
"indivisibles" y dejar simplemente a cargo de la ley, que la ley
determine en cada caso si las obligaciones emergentes y las responsabilidades
emergentes de la contaminación ambiental son de carácter divisible o
indivisible, y de esa manera asumimos una actitud prudente, que, creo, nos va a
beneficiar.
Por último, ciudadano Presidente, quiero agregar el
carácter de "imprescriptible" para los derechos, deberes, cargas y
responsabilidades ambientales, y lo hago simplemente basado en que este
carácter excepcional de imprescriptible, es decir, que estas responsabilidades
van a poder ser reclamadas en sin límites en el tiempo, me baso en que ya
existe el carácter de obligaciones imprescriptibles en el derecho. Concretamente, en el Artículo 633 de nuestro
Código Civil, se otorga el carácter de imprescriptibles a las obligaciones
emergentes de las relaciones familiares; de manera que, si damos a las
relaciones familiares un carácter tan importante y tan trascendente para la
sociedad, a tal punto que sus cargas son imprescriptibles, yo creo que podemos
extender este mismo carácter a las cargas derivadas de las obligaciones por el
respeto a la naturaleza y al medio ambiente.
Por último, ciudadano Presidente, yo propongo en mi
planteamiento, en mi moción, que un párrafo del Artículo 8° sea introducido dentro del Artículo 7°. Sobre
este punto he estado conversando con otros Convencionales antes de ingresar a
la sala, e intercambiando opiniones.
Muchos de ellos han creído que debería hacerse a la inversa, es decir de
transferir todo lo referente a daños al artículo siguiente. Para hacer esto más fluido y más plástico, yo
me atrevería a proponer que, más adelante, podamos tener algunos minutos para
concertar estas mociones o estas propuestas y, quizás con suerte, podamos sacar
una sola versión que satisfaga a todo el mundo.
Gracias, ciudadano Presidente. Es
todo.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Timoteo González, Proyectista.
CIUDADANO CONVENCIONAL TIMOTEO
GONZALEZ: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: entendemos que esta
Magna Convención quiere dar rango Constitucional a la defensa y preservación
del medio ambiente. No estamos en contra
de los fundamentos de la Comisión Redactora, del Proyecto de la Comisión
Redactora. Lo admitimos en su totalidad, pero se quieren establecer fundamentalmente
los objetivos generales para que las legislaciones instituyan los medios
pertinentes.
El artículo, el proyecto que nos ocupa, se
complementa con el siguiente artículo del Proyecto Base, donde se remiten a la
ley las definiciones y las reglamentaciones, pero se debe advertir que, en el
primer párrafo del artículo en cuestión y en el último párrafo, existe una
ambigüedad...por la ambigüedad de los términos del primer párrafo y del último
párrafo del artículo en debate, existe necesidad de corregir.
Por ejemplo en el primer párrafo se establece un
ambiente saludable y ecológicamente equilibrado. En este caso, señores convencionales, se deja
al arbitrio subjetivo de cualquier juez, o cualquier actividad administrativa,
en su caso, la calificación de lo saludable o lo insalubre que podría
eventualmente dar lugar a un desorden jurídico y social, ya que cualquier
ciudadano podría recurrir a pedir la
protección de las autoridades que se establece en el Artículo 43 inciso c) del
proyecto de la Comisión Redactora.
So pretexto de que el juez podría admitir dicho
recurso son pretextos de que el ambiente no está bien equilibrado o no sea
saludable. Entonces, señor Presidente,
sugerimos la modificación, la eliminación del primer párrafo y del último
párrafo del artículo de la Comisión Redactora y se observe la presentación de
nuestro proyecto. Entendemos, señor
Presidente, además, que, debe admitirse, el artículo debe establecer en forma
general y remitirse directamente al artículo siguiente en la parte más
reglamentaria, valga la redundancia, y que esto se remita directamente a la ley
para su definición y su establecimiento.
Por otro lado, señor Presidente, los problemas
ambientales son zonales. Entonces, entendemos que debemos admitir el
fortalecimiento de las instituciones municipales y los gobiernos locales. Si nosotros admitiéramos en forma general en
este artículo, entonces estaríamos dejando al arbitrio de las instituciones
municipales o de las instituciones departamentales a legislar de acuerdo a la
necesidad y a la polución, o a buscar la solución de estos problemas de su
zona. Por eso, señor Presidente,
solicitamos la aprobación de nuestro proyecto.
Muchas gracias.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Marciano Torales, proyectista.
CIUDADANO CONVENCIONAL MARCIANO
TORALES: Señor Presidente, honorable Convención: antes que nada, cabría una corrección en la
copia que se ha distribuido en cuanto dice "toda persona tiene derecho en
un ambiente" debería ser "a" en vez de "en". Esa es la corrección que sugiero.
Ahora bien, yo no he hecho otra cosa, sino tomar el
primer párrafo del Proyecto Base tal cual viene de la Comisión Redactora, y
sobre la cual se ha trabajado en la Comisión de Estilo, teniendo en cuenta que,
de modo genérico, ya se establece aquí el derecho a un ambiente saludable.
Entiendo esto como de alcance para el medio ambiente, y que lo demás que viene
es simplemente precisar en detalles cuáles serían los objetivos o lo que
llevaría a tener derecho a un ambiente saludable. Sencillamente, lo que se hace es precisar con
más detalle. Pienso que eso no haría falta
y con tener este primer párrafo ya sería suficiente. Además, como ya un miembro informante de la
Comisión Redactora había hecho referencia también a que el siguiente artículo,
el Artículo 8° está íntimamente vinculado con este artículo
en cuanto que prevé la defensa del medio ambiente.
Entonces, tomé también el primer párrafo del artículo
siguiente, el 8°, en cuanto a que "las actividades
susceptibles de producir alteración ambiental serán reguladas por la
ley". Entonces, de modo simple y
sencillo, ya está, creo, prevista toda la cuestión del medio ambiente. Simplemente lo que he hecho es eso, de modo
tal a tener una redacción más simple, más sencilla y dejar que, dentro de la
dinámica propia, la ley sea posteriormente la que prevea en detalles todas las
cuestiones vinculadas al medio ambiente y a la protección del mismo. Y es por eso que he llevado esta propuesta a
consideración del plenario con respecto a su aprobación. Muchas gracias.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: ¿Terminó el Convencional?
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Juan Manuel Peralta, proyectista.
CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN
MANUEL PERALTA: Gracias, ciudadano Presidente.
En realidad, el proyecto que presentamos respeta la
estructura de la Comisión de Trabajo y
solamente queremos realmente acentuar en algunos aspectos que consideramos
fundamentales y agregar algunas otras palabras que, creemos, van a ser de
interés para poder proteger en realidad el medio ambiente.
En el primer párrafo, solamente sacamos la palabra
"persona" y decimos directamente "todos tienen derecho a habitar
en un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado". Aquí la palabra "ecológicamente equilibrado"
nos parece a nosotros que nos está invitando a pensar en la totalidad de la
vida existente.
En el segundo párrafo, la inversión de la que
comenzamos directamente con "la preservación, la conservación y el
mejoramiento del medio ambiente" es a los efectos de acentuar, es lo que
estamos queriendo proteger y constituyen objetivos prioritarios de interés
nacional y no solamente de interés social.
Esto es a los efectos de que precisamente cuando se está haciendo la
descentralización y se está creando, digamos, autoridad al municipio, no
existan intereses de carácter particular o que se reduzca solamente a un lugar,
pueda ser objeto de acción sino que haya efectivamente una visión
nacional. Lo que queremos defender es a
nivel nacional.
Por otro lado, observamos, por ejemplo, que el
problema ecológico nos afecta desde lejos. Esto es sabido por todos, que en
estos últimos tiempos se ha devastado nuestros bosques, y eso afecta a nuestras
comunidades ribereñas en general, casi todas las fronteras del río
Paraguay. Fundamentalmente entendemos
que esto es un desafío que tenemos que mirar, por lo tanto, a nivel nacional.
Por otro lado también agregamos en la palabra
"de estos propósitos orientarán a los ciudadanos" "a las
instituciones educacionales", si bien es cierto, hemos observado que es
objetivo también de la educación este aspecto, pero entendemos que en los
programas educacionales debe contener esto y eso es sencillamente la intención
de incluir allí "y a la legislación y a la política gubernamental".
En la última parte, el agregado que hacemos es
sencillamente "de ser privado de tal derecho ya sea por emprendimiento,
proyecto u obra de carácter público o privado". Esto habíamos observado nosotros que en uno
de los proyectos básicos existía y se había omitido y nosotros creemos que es
importante ya que lo que queremos, precisamente, es proteger en esta
emergencia, en este tiempo en que estamos tan necesitados de inversiones en
nuestro país, pero que esas inversiones que vengan a nuestro país no sean las
inversiones de carácter sucio, como se dice.
Esas inversiones que van a venir a destruir, precisamente, nuestra
ecología, nuestro medio ambiente, sino que sean inversiones de otro carácter y
que si necesitamos aquellos que estén realmente protegidos por la ley.
Y que a su vez toda persona, o grupo de personas,
tenga siempre la posibilidad de accionar
contra estos desafíos que existan de dañar nuestro medio ambiente. Es nada más, señor Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy bien, señor Convencional.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Carlos Podestá.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
PODESTA: Gracias. Disculpen. Es evidente, señores Convencionales, que
estos debates enriquecen la hermenéutica jurídica para poder tener la
interpretación auténtica que nos lleve a la exégesis de la ley, pero,
observando el esfuerzo intelectual que han realizado los señores proponentes,
encontramos muy poca diferencia en todas estas propuestas, fundamentalmente,
porque no se puede interpretar aisladamente el Artículo 7° sin hacerlo concordar con el siguiente. Es por eso que me permito sugerir a los
señores proponentes, en homenaje a la economía del tiempo que es tan angustioso
en este trance que llevamos, que busquen la manera de compatibilizar la versión
de la Comisión Redactora incluso con la brevísima versión del Convencional
Marciano Torales. Muchas gracias.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Antes de dar la palabra,informo que están
inscriptos los Convencionales Vidal Rolón, Susana Morínigo, Teresa Sosa de
Arréllaga, Rodrigo Campos Cervera, Carlos Mateo Balmelli y Gustavo Laterza, en
este orden.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Vidal
Rolón.
CIUDADANO CONVENCIONAL VIDAL
ROLON: Señor Presidente: hemos recibido esta mañana, en este recinto,
una noticia triste e ingrata que proviene precisamente del Guairá. Se trata del
fallecimiento de la señora madre del Convencional guaireño por el Partido
Liberal Radical Auténtico, Don Patricio Enciso.
Señor Presidente, solicito se envíe un telegrama de pesar, de
condolencia al Convencional Enciso y a sus familiares. Gracias, Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Todos compartimos el sentimiento del
Convencional preopinante y le trasmitiremos para su cumplimiento al señor
Presidente titular.
Tiene el uso de la palabra la ciudadana Convencional
Susana Morínigo.
CIUDADANA CONVENCIONAL SUSANA
MORINIGO: Señor Presidente, ciudadanos
Convencionales: un preopinante se ha
referido al derecho al medio ambiente saludable y ecológicamente equilibrado
como un Derecho Humano de tercera generación.
Reconocer este derecho en nuestra Carta Magna, significa, sin duda
alguna, ubicarlo entre las más modernas Constituciones. No voy a referirme al fondo del artículo, puesto
que, considero, la mayoría de las propuestas son coincidentes y las opciones
son también numerosas pero no tienen diferencias fundamentales. Eso sí, quiero referirme a dos términos,
entre "ambiente" y "medio ambiente".
Me he informado en diccionarios, enciclopedias
actualizadas de que ambos términos conceptualmente tienen algunas diferencias y
así tenemos que, el "ambiente" se dice: "aplíquese a cualquier fluido que rodea
un cuerpo. Lo que rodea a las personas o
cosas, medio físico o moral". Y
"medio ambiente":
"circunstancia de vida que influye sobre el desarrollo de una
persona o de un grupo social". Y se
distingue entre medio ambiente natural, como el clima, el paisaje, las
condiciones de la vivienda y el medio ambiente social, como las organizaciones
y tradiciones sociales. Universalmente,
señor Presidente, toda la literatura que se refiere al hábitat y la naturaleza
que rodea al hombre, habla del medio ambiente y no del ambiente. Y por considerar que conceptual y
técnicamente es más apropiado hablar de medio ambiente, mociono que se denomine
la Sección 2, Medio Ambiente y no ambiente.
Muchas gracias.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO: Tiene
la palabra la ciudadana Convencional Teresa Sosa de Arréllaga.
Retira..
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Carlos
Mateo Balmelli.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
MATEO BALMELLI: Señor Presidente: hago uso de
la palabra a los efectos de adherirme y de tratar de fundamentar la moción N°3, de Timoteo González Galván Mario Pintos y
otros. Considero que es una norma constitucional o que puede ser una norma constitucional más
precisa que la del proyecto de la Comisión Redactora. Esto se debe a que en
esencia se trata de una cláusula programática, mientras tanto el artículo como
ha sido aprobado en Comisión Redactora no es una cláusula programática que
habilitaría y daría lugar a la acción de amparo y todas sus implicancias,
digamos, de tipo jurídico que puede tener esto, partiendo también de la base de
que el proyecto contempla otros artículos con relación al medio ambiente.
Creo que el proyecto de Timoteo González, digamos, se
dirige a una cláusula programática que vincula en especial al Poder Legislativo
y al Poder Ejecutivo, vincula y habilitaría al Poder Legislativo a poder
legislar sobre materia de medios ambientales, y eso me parece un criterio
ampliamente óptimo y positivo. Es el legislador el que tiene que estar
habilitado para legislar con mucha flexibilidad, y la constitución tiene que
darle el respaldo, o sea, el principio, el objetivo del medio ambiente debe ser
un precepto constitucional que habilita al legislador. Me parece que ese es un
criterio extremadamente amplio.
En segundo lugar me parece que puede ser peligroso al
medio ambiente caer en la casuística en el sentido de citar en varias ocasiones
el problema medioambiental y en otros artículos no. El Juez, en los casos donde
no está citado el medio ambiente, puede hacer una interpretación de la
Constitución en contra del medio ambiente. Creo que hay que tener cuidado de
eso. Eso es todo.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA:
Tiene la palabra el Convencional Gustavo Laterza.-
CIUDADANO CONVENCIONAL GUSTAVO
LATERZA: Gracias, señor Presidente: a
riesgo de incordiar a los compañeros Convencionales, debo hacer uso de la
palabra por segunda vez. La primera fue para presentar mi moción, porque un
preopinante dijo que no encontraba mayores diferencias entre las mociones
presentadas, y hay diferencias gigantescas.
Voy a ser muy breve.
La propuesta N° 3 olvida de que estamos en un capítulo de derechos generales y que,
por lo tanto, hay que comenzar todos los capítulos por describir o definir el
derecho que se va a defender, de manera que la frase "toda persona tiene
derecho a habitar un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado" es
esencial para que coincida con el título general de esta primera parte de la
Constitución. Por otra parte, resulta que ninguna de estas mociones
alternativas incluye la palabra "recomposición" que es una obligación
que queremos establecerla para el Estado. El Estado tiene la obligación de
recomponer el ambiente. El Estado en primer lugar, y después los agentes
destructores.
Por último no le agregan al criterio judicial. Este
también debe ser ilustrado por el problema ambiental y no solamente el criterio
de los legisladores y el criterio de los gobernantes.
Y me alarma muchísimo que una o dos de estas mociones
eliminen la acción popular. Si no establecemos la acción popular para hacer las
reclamaciones contra la destrucción ambiental, quién va a defender el ambiente.
Acaso el fiscal general va a defender el ambiente. Porque ni siquiera creamos
el defensor ambiental, ni los fiscales ni el defensor del pueblo van a poder
ocuparse de este tema. Cada ciudadano, cada comunidad, cada gobernación, cada
junta municipal va a tener que erigirse en el abogado del medio ambiente,
porque nadie va a ir a defender el medio ambiente en Canindeyu o en algunas
otras regiones alejadas del centro político de este país.
De manera que, para mí, es fundamental que a la
acción de la descentralización política que estamos impulsando en esta
Constitución se le agregue la posibilidad de la acción popular para que cada
quien pueda demandar por sí mismo ante los jueces para que éstos pongan el
remedio que el mismo Gobierno no ha podido poner.
Creo, señor Presidente y apreciados Convencionales,
que en este tema del medio ambiente tenemos que ser un poco reglamentaristas.
No podemos ser tan lacónicos porque si no vamos a estar estableciendo
principios líricos que, llegado el momento de tener que ser efectivamente
reclamados, demandados, remediados, no vamos a encontrar ni el procedimiento ni
las vías apropiadas para hacerlo porque nuestra Constitución no ha indicado
cuáles serán ellas. Gracias, señor Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO: Señores: tenemos tres oradores
anotados, el Convencional José Nicolás Morínigo, el Convencional Ricardo Franco
Lanzeta y el Convencional Rodrigo Campos Cervera, quien acaba de pedir la
palabra.-
Moción de orden para el cierre del debate. Hay
consenso. Perfecto. Entonces queda cerrado el debate con el Dr. Campos Cervera.
Tiene la palabra el Convencional José Nicolás
Morínigo.-
CIUDADANO CONVENCIONAL JOSE
NICOLAS MORINIGO: Acá creo que hay algunas
cuestiones importantes. En primer lugar, señor Presidente, una cuestión
metodológica. Yo no sé si se había propuesto cierre del debate por suficiente
ilustración o simplemente cierre del debate, porque o si no tendríamos que aplicar
el acuerdo al cual hemos llegado hoy.-
En primer lugar, quiero hacer referencia a una
cuestión metodológica -y vuelvo a insistir en lo que ya había dicho antes-. La
Comisión de Estilo y la Comisión Ah-Hoc habían elaborado un artículo en el cual
hay una eliminación de párrafos. Quisiera plantear, señor Presidente, que
cuando exista eliminación o sustitución de párrafos y que no hagan referencias
a términos, se incluya el artículo propuesto por la Comisión Redactora como
parte de las propuestas a ser discutidas. Me parece que ésta es una alternativa
razonable para evitar que tengamos que algunos que estamos de acuerdo con la
propuesta de la Comisión Redactora, volver a presentarlos nuevamente. No digo
que se presente en todos los casos, pero en los casos donde existe sustitución
o eliminación de párrafo, en esos casos tenga que venir ya la propuesta
incluida, la que propone la Comisión Redactora.
Con respecto al artículo en cuestión yo creo que
existen tres puntos fundamentales. En primer lugar, la relación, el concepto de
interés social de los problemas del medio ambiente, y esos problemas de interés
social se refieren a tres cuestiones: preservación, conservación, y el aporte
del Convencional Laterza, me parece que es apropiado, de recomposición del medio
ambiente, porque son tres conceptos distintos que hacen referencia a problemas
también diferentes, y hay un punto en donde me parece que es fundamental cuando
se refiere a la conciliación con el desarrollo humano integral y sostenido.
Esta propuesta del Convencional Laterza viene a definir que el desarrollo en
tanto proceso de transformación y cambio tiene que plantearse en la medida de
lo posible en función a un desarrollo humano, integral y sostenido. Y, con
respecto al tercer punto clave, es que todos estos problemas del medio ambiente
constituyen, sin duda alguna,
parte de un problema del
derecho público.
Señor Presidente, insisto antes de terminar, que no
podemos hacer relación a las propuestas innovadoras del Convencional Laterza, simplemente porque no aparece el
texto de la Comisión de Redacción, y lo que hizo el Convencional fue desde mi
punto de vista mejorarlo sustancialmente, pero siguiendo la propuesta inicial
que no aparece en la hoja que se nos había presentado. Muchas gracias, señor
Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO: Antes de dar la palabra al
señor Convencional Ricardo Franco Lanceta, señalo que las distintas propuestas
y las distintas posiciones están enunciadas en la hoja que contiene ocho
propuestas distintas. Tengo entendido, sin entrar en debate, que los señores
Convencionales están ampliamente ilustrados sobre lo que está en debate y sobre
lo que se va a votar. No quiero abrir debate sobre eso..
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Ricardo
Franco Lanceta.
CIUDADANO CONVENCIONAL RICARDO
FRANCO LANCETA: Gracias, Presidente. Creo que
el tema es muy puntual y entra dentro de lo que llamamos ya cultura ecológica.
La cultura ecológica asocia básicamente el tema de la
defensa y preservación de los recursos naturales. ¿Qué es el patrimonio
ecológico?. Es justamente el conjunto de factores que generan un medio ambiente
saludable de vida, yo estimo que, muy puntualmente, debemos dar una protección
Constitucional al Patrimonio Ecológico de la Nación, porque eso es lo que se
nos está terminando con la depredación indiscriminada, con las talas de
nuestros bosques, la contaminación de nuestros ríos, la instalación de
industrias de tecnología sucia.
Entiendo que la Redacción de la Comisión recoge
perfectamente bien, en amplitud, los enunciados generales, pero todo parte de
lo que entendemos por Patrimonio Ecológico y eso es lo que debemos proteger
Constitucionalmente.
Es un tema de preocupación lo que yo señalo, porque
si no protegemos el Patrimonio Ecológico, mal podemos legislar sobre un mejor
medio ambiente para preservar la calidad de vida de la población. Creo que ahí hay un vacío, y yo rogaría que,
con algún agregado por parte de la misma Comisión Redactora, se proteja el Patrimonio
Ecológico. Nosotros tenemos que declarar
de interés público y reserva del Estado, por ejemplo, la riqueza forestal del
país. No es posible que nosotros, con la
política de ampliar la fronteras agrícolas, hayamos transformado nuestras
grandes reservas naturales que constituían un activo ecológico del país, en,
evidentemente, áreas de cultivo extensivo.
Yo les doy un simple dato, porque nosotros tenemos
que comenzar a ir aterrizando, en la elaboración de nuestras instituciones, en
función de la demanda del país real que tenemos. Yo les doy un dato. En Australia, en 500 hectáreas se saca tres
veces más soja en toneladas que en 5.000 hectáreas de cultivo extensivo del
Paraguay.
Evidentemente, todo ese cultivo extensivo que no
generó una mayor rentabilidad y que desplazó la ocupación de la mano de obra
hacia la desocupación, evidentemente -repito-
no significó para el país ningún beneficio, y, sin embargo, le hemos
cancelado pulmones sustantivos para nuestro equilibrio ecológico.
Yo sugiero, a los Convencionales que han elaborado,
para no sacarle unidad conceptual, que se prevea la defensa del Patrimonio
Ecológico para evitar que se siga depredando.
Ir a la causa, porque, si comenzamos a dar garantías Constitucionales a
los efectos y no protegemos la causa, evidentemente, creo, vamos a tener un
vacío legislativo. Sugiero eso
concretamente a la misma Comisión que redactó este artículo con muy buen
estilo. Gracias, Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Gracias, Convencional. Cuando termine la lista de oradores vamos a
pasar su propuesta a la Comisión Redactora.
Ciudadano Convencional Rodrigo Campos Cervera. Es el último anotado. Tiene el uso de la palabra.
CIUDADANO CONVENCIONAL RODRIGO
CAMPOS CERVERA: Gracias, Presidente. Super breve.
Señor, Presidente: quiero señalar
que en la gran mayoría de las propuestas están condensandos dos temas que son
diferentes, y que se los ha considerado separadamente en oportunidad del
estudio en la Comisión Redactora.
El primero, que se refiere el Artículo 7°, "al derecho a un ambiente
saludable". Vale decir, en él se
está explicitando ese derecho. Y en el
Artículo 8° se habla de la protección ambiental. En este último artículo es donde correspondería
establecer las sanciones en caso de los daños que pudieren provocarse al medio
ambiente, y también la
tipificación del delito ecológico.
Creo ciudadano Presidente, que en oportunidad de la
votación se debiera tener en cuenta esta importante circunstancia.
Por otra parte, señor Presidente, me permito decir,
con el respeto que me merecen los distinguidos Constituyentes, que en alguna
forma estamos confundiendo el rol de Constituyente con el de legislador. El rol del Constituyente es establecer las
líneas maestras que permitan su desarrollo a través de la tarea legislativa.
Es obvio, ciudadano Presidente, que en algunos
institutos se quiera perfilar con algún rigor reglamentario el contenido del
precepto Constitucional. Pero esa
modalidad, no debiera extenderse a la mayoría de los artículos, porque
estaríamos incurriendo en excesos que pudieren afear el propio contenido
sustantivo de la Constitución.
Es por ello, ciudadano Presidente, que me permitiría
recomendar a mis dilectos compañeros que reflexionemos sobre esta propuesta, y
limitémonos a hacer una norma de apertura en una cuestión tan importante como
es el Derecho Ambiental, y dejar su desarrollo al criterio del Congreso, que
esperamos sea afin con los propósitos de democratización que animan a todos y
cada uno de los componemos esta Asamblea Nacional Constituyente. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANA CONVENCIONAL CRISTINA
MUÑOZ: Moción de orden, Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Sí, Señorita.
CIUDADANA CONVENCIONAL CRISTINA
MUÑOZ: Mi propuesta de moción de orden es en el
sentido de solicitar que se vote párrafo por párrafo, ya que hay siete mociones
y en el primer párrafo casi todos coinciden, y la diferencia radica
fundamentalmente en los siguientes párrafos, para buscar la manera de evitar
una segunda vuelta de votación, debido a que, si hay siete mociones, lo más
probable es que no se llegue a la mayoría requerida para aprobar este artículo.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Bueno.
Está a consideración; pero hago presente que hay, cuando menos, una
moción; la de los ciudadanos Timoteo González Galván y Mario Pintos y otros,
que no incluye ese primer párrafo.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Oscar Paciello, de la Comisión Redactora.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente: en todo caso solicitaría que se dé estricto
cumplimiento a nuestro Reglamento, que dice lo siguiente: "Durante la discusión en particular de un
proyecto podrán presentarse otros u otros artículos que sustituyan totalmente
al que se está discutiendo o modifiquen, adicionen o supriman parte de aquél. El nuevo texto propuesto a la Comisión durante
la discusión deberá presentarse por escrito.
Si ella no lo acepta, (como evidentemente nosotros, consultando a la
mayoría, nos ratificamos en el texto tal cual fue presentado) se votará en
primer término su despacho. Ahora, si el
despacho de comisión es rechazado, el nuevo artículo o artículos serán considerados
en el orden en que hubiesen sido propuestos, dándosele en este caso el
tratamiento que le corresponda, si párrafo, por párrafo o no".
Pero solicito, ciudadano Presidente, que se vote, en
primer término, el Proyecto de Comisión.
Si éste es aceptado, entonces no hay nada más que discutir. Ahora bien, si es rechazado, ahí estamos con
que se va a aprovechar lo que hizo la Comisión y los otros aportes. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy bien.
Tiene el uso de la palabra la ciudadana Convencional
Cristina Muñoz. Breve discusión y
terminamos.
CIUDADANA CONVENCIONAL CRISTINA
MUÑOZ: No, si es que se va proceder así, retiro mi
moción, Presidente, para volver a presentarla posteriormente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA:
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Federico Callizo.
CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO
CALLIZO: Sí, ciudadano Presidente. Solamente para
referirme a las expresiones del preopinante ciudadano Paciello. A mi me parece que, lo que acaba de decir él,
es muy importante. Cambia totalmente el
mecanismo que estábamos aplicando hasta ahora.
Y creo que esto debe servir como precedente para el futuro, con lo cual
vamos a ahorrar mucho tiempo. Por eso yo
debo aceptar las expresiones del ciudadano Paciello. Y creo que en adelante, Presidente, debemos
aplicar el Reglamento y nos va a ser sumamente útil y conveniente para la
aceleración de los trabajos. Nada más,
Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy bien.
Vamos directamente al inciso 6° del Artículo 98. Como hay
siete propuestas distintas, vamos a tener que ponernos de pie.
Votamos en primer lugar la moción N°1 o Proyecto Base que va a leer el ciudadano
Secretario.
¿No planteó eso el Presidente de la Comisión
Redactora?.
Sí. Eso
planteó. Inciso 6°, Artículo 98.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: ¿Me permite ciudadano Presidente?.
Yo creo que el Presidente de la Comisión Redactora
planteó que se aplique el inciso 6° del Artículo 98, en el siguiente sentido: como bien lo dice el texto del inciso 6°, "si algún texto propuesto a la Comisión
durante la discusión se presentase por escrito y ella (o sea la Comisión
Redactora) no lo acepta, se votará en primer término su despacho". Y si éste es rechazado entonces ahí recién
comienzan a votarse las distintas propuestas que han sido considerados, vale
decir, que corresponde en primer lugar votar el Proyecto Base.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Sírvase leer el Proyecto Base, que es como
hemos indicado.
CIUDADANO SECRETARIO: El
Proyecto Base de la Comisión Redactora dice lo siguiente: Artículo 6°:
"Del derecho a un ambiente saludable: Toda Persona tiene derecho a habitar en un
ambiente saludable y ecológicamente equilibrado. Constituyen objetivos prioritarios de interés
social la preservación, la conservación y el mejoramiento del ambiente, así como
su conciliación con el desarrollo humano integral. Estos propósitos orientarán a la legislación
y la política gubernamental pertinentes.
Toda persona o grupo amenazado de ser privado de tal derecho, puede
exigir de las autoridades la protección o la intervención para impedir el
daño".
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy bien.
Está a consideración eso.
Los ciudadanos Convencionales que den su voto a este
texto en la fila 1, tendrán la bondad de ponerse de pie: 10 en la primera fila.
Los ciudadanos Convencionales que estén con este
Proyecto en la fila 2, por favor se ponen de pie: 10
también.
Los ciudadanos Convencionales de la tercera fila, por
favor se ponen de pie: 10 también.
Los ciudadanos Convencionales de la cuarta fila,
tengan la bondad de ponerse de pie: 9.
Los ciudadanos Convencionales de la quinta fila, que
estén con el Proyecto Base: 14 votos.
Los ciudadanos Convencionales de la sexta fila, por
el Proyecto Base: 5 votos.
Los ciudadanos Convencionales de la séptima
fila: 10 votos.
Los ciudadanos Convencionales de la octava fila,
tengan la bondad de ponerse de pie: 7
votos.
Los ciudadanos Convencionales de la novena fila: 15 votos.
Los ciudadanos Convencionales de la décima fila por
favor: 5 votos.
Por favor quieren hacer el cómputo los
ciudadanos Secretarios.
Los de la mesa también, por favor: 2 votos.
Noventa y siete votos, mayoría simple, de los
presentes. Tenemos entonces aprobado por
mayoría simple, de acuerdo al Reglamento, la moción del Proyecto Base.
APROBADO.
Pasamos en consecuencia al
Artículo 8° del Proyecto.
La ciudadana Secretaria Cristina Muñoz va a leer el
Artículo 8° de los distintos proyectos.
CIUDADANA SECRETARIA: Artículo
8°: Proyecto Base: De la Protección Ambiental.
Texto: "Las actividades susceptibles de producir alteración
ambiental serán reguladas por la ley.
Asimismo ésta podrá restringir o prohibir las que aparecieran
razonablemente como peligrosas. Quedan
prohibidos la fabricación, el montaje, la importación, la comercialización, la
posesión o el uso de armas nucleares, químicas y biológicas, así como la
introducción al país de residuos tóxicos.
La ley podrá extender esta prohibición a otros elementos peligrosos, así
como la regulación del tráfico de recursos genéticos y de su tecnología
precautelando los intereses nacionales.
El delito ecológico será definido y sancionado por la ley. Todo daño al ambiente importará la obligación
de recomponer e indemnizar".
Propuesta N°2: Timoteo González, Mario Morel y otros: De la Protección Ambiental: "quedan prohibidas la fabricación,
comercialización, posesión o uso de armas nucleares, químicas y biológicas, así
como la introducción al país de residuos tóxicos y otros elementos peligrosos
que alteren el ambiente. Serán precautelados
los recursos genéticos y su tecnología considerada de interés nacional. El delito ecológico será definido por la
ley".
Propuesta N°3: Carlos Avalos, Campos Cervera, Hugo
Estigarribia. De la Protección
Ambiental.
"Las actividades susceptibles de producir
alteración ambiental serán reguladas por la ley, la cual definirá el delito
ecológico. Todo daño al ambiente
importará en general la obligación de recomponer e indemnizar".
Propuesta N°4: Juan Francisco Elizeche, Benjamín Fernández Bogado. De la protección ambiental.
"Las actividades susceptibles de producir
alteración ambiental serán reguladas por la ley. Asimismo ésta podrá restringir o prohibir las
que aparecieran razonablemente como peligrosas.
El delito ecológico será definido y sancionado por la ley. Todo daño al ambiente importará la obligación
de recomponer e indemnizar".
En esta propuesta hace la aclaración de estilo: "quedan prohibidos la fabricación, el
montaje, la importación, la comercialización, la posesión, o el uso de armas
nucleares, químicas y biológicas, así como la introducción al país de residuos
tóxicos. La ley podrá extender esta
prohibición a otros elementos peligrosos.
Asimismo regulará el tráfico o recursos genéticos y de su tecnología
precautelando los intereses nacionales".
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muy bien.
Se han leído los cuatro proyectos.
A consideración de la Constituyente.
La Convención no puede paralizarse por un problema de
impresión. Mientras se reparte, ofrezco
la palabra a los proyectistas. En primer
lugar al Presidente de la Comisión Redactora.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente: en primer término, yo rogaría a las personas
que van a presentar proyectos se acojan a lo que, en cierto modo, fue un pacto
de caballeros, ya que no consta eso en el Reglamento y a nadie se le puede
coartar su derecho a plantear propuestas, que por lo menos ordenadamente
presenten las mismas a primera hora, ya que habíamos hablado de que sería el
día anterior. Y en esa forma todos
podremos disponer; porque, en este
momento, a mí, como Presidente de la Comisión Redactora, me resulta arduamente
dificultoso poder referirme a cuatro o cinco propuestas que emergieron ahora al
calor de esta disputa, y que francamente me cuesta abrir juicio sobre ellas.
Pero, en cualquiera de los casos, ciudadano
Presidente, yo quiero resaltar que aquí la Comisión Redactora, básicamente
tiene dos medidas, o dos aspectos que considera a los efectos de proteger el
ambiente.
En primer lugar, y tal cual lo he señalado en mi
intervención anterior, la ley es la que va a regular cuáles son aquellas
actividades susceptibles de producir alteración ambiental, así como establecerá la normativa apropiada
sobre cuáles actividades aparecen como razonablemente peligrosas.
La preocupación fundamental de la Comisión, en
relación con este artículo, hace referencia a la imposibilidad de que estos
aspectos muy específicos puedan ser considerados en el texto
Constitucional. Primera cuestión.
Y, en segundo lugar, como ya tuve también ocasión de
expresarlo, estos derechos humanos, acogidos en su integralidad, cada día
exhiben un progreso, son objeto de mejor protección, de mayor precisión. Entonces, resulta muy arriesgado en el texto
Constitucional pautar cuáles son las actividades que puedan crear peligro y
cuáles no, prefiriendo entonces, la Comisión, dejar todo esto referido a la
prudencia del legislador sobre la base del principio general que ya hemos
asentado en el artículo anterior.
No obstante eso, ciudadano Presidente, es esa ley la
que va a tener que regular una serie de actividades que ya se están cumpliendo
en nuestro medio, y que son realmente peligrosas, y no solamente potencialmente
peligrosas, sino razonablemente, como dice, con mucha precisión, el texto
propuesto.
Por ejemplo, hoy día se está hablando de que la
utilización de estos mecanismos clorados con aerosol están deteriorando la capa
de ozono de la atmósfera. Yo pienso que
no va a demorar mucho nuestra legislación en establecer una razonable medida de
protección de esa vital capa de ozono que envuelve nuestra atmósfera.
Pero hay cosas, sin embargo, que sí están
definitivamente consideradas como peligrosas, y por eso son proscriptas por el
texto Constitucional. Ellas son por
ejemplo las armas, armas nucleares, armas químicas y armas biológicas. Y la introducción al país de residuos
tóxicos.
El Paraguay, desde luego, es suscriptor del famoso
pacto de Tlatelolco y, naturalmente, alienta la desnuclearización con fines
bélicos de América Latina. Por eso,
también hemos tenido cuidado de que lo que nosotros prohibamos sea la
fabricación, el montaje, la importación, comercialización, posesión o uso de
armas. Porque no se puede prohibir, como
en algunos textos apareció originalmente por falta de cuidados, la posesión,
por ejemplo, de insumos nucleares, porque es imprescindible contar con ellos
esa materia de radioisotos, fundamental en la ingeniería genética molecular
contemporánea.
Pero también, como los alcances de la ciencia se
ensanchan día a día, se prevé perfectamente que la ley podrá extender esta
prohibición a otros elementos peligrosos, así como la regulación del tráfico de
recursos genéticos.
En este momento, por ejemplo, ciudadano Presidente,
se dio el caso, realmente desafortunado, de que una hierba típicamente
paraguaya como es el Ka'a he'ë, por ejemplo, de pronto es llevada, con la mayor
desaprensión de parte de nuestras autoridades, al Japón, se lo planta en
Tailandia, se hacen unos fantásticos trabajos de ingeniería genética, se
produce una planta que, teniendo como base nuestro Ka'a he'ë nativo, en este
momento produce un edulcorante de primerísima calidad que se utiliza en otros
países.
O sea que estos recursos genéticos, auténticamente
nuestros y paraguayos, desprotegidos, fue saqueado el país de ellos.
Lo mismo ocurrió, no hace mucho tiempo, con el
esfuerzo que se venía desplegando para encontrar las apropiadas simientes de
algodón, que, en un momento dado, fueron repartidas atrayendo competencia al
propio pueblo paraguayo que tanto trabajo le costó hacerlo.
Entonces, todas estas cuestiones nosotros las estamos
defiriendo al desarrollo legislativo.
Entonces, ciudadano Presidente, el texto
Constitucional propuesto, concretamente defiere a la ley la regulación precisa
de todo aquello que signifique un ataque al medio ambiente. Pero en términos concretos se manifiesta
acorde con la vocación pacifista del pueblo paraguayo en el sentido de que las
armas nucleares, químicas y biológicas, quedan absolutamente prohibidas. Así como también los residuos tóxicos, que
realmente en algún momento dado pudo haber sido el gran negociado de algunos
personajes, y gracias a Dios, el buen sentido primó. Pero nosotros queremos que ello quede
plasmado en el texto constitucional, y es la razón por la cual, a nuestro
juicio, a criterio de la Comisión Redactora es suficientemente amplio y
comprensivo para todo tipo de hipótesis de defensa del medio ambiente, razón
por la cual estamos recomendando y solicitando la aprobación del despacho de
vuestra Comisión Redactora. Muchas
gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene la palabra el Convencional Juan Francisco
Elizeche, como proyectista de la propuesta N° 4.
CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN
FRANCISCO ELIZECHE: Gracias, ciudadano Presidente.
En realidad, no es una propuesta a una moción que
deba ser votada. Esa es la aclaración
que quería hacer, ciudadano Presidente.
Simplemente, de la lectura del texto que nos vino corregido de la
Comisión Redactora conjuntamente con la Comisión de Estilo, nos hemos percatado
de un error gramatical, que pensamos corregirlo con la aquiescencia de uno de
los miembros de la Comisión de Estilo, Benjamín Fernández, en consulta con el
miembro de la Comisión de Estilo Carlos Podestá, y el miembro de la Comisión de
Estilo, Carlos Villagra Marsal, quienes han tomado nota de esta sugerencia de
una corrección muy importante a la hora de votar el artículo del Proyecto
Base. Es simplemente, es para ser tenida
en cuenta por la Comisión de Estilo.
Esa aclaración quería decir sobre el sentido de esta
propuesta del Artículo 8°, que en el segundo párrafo dice claramente
"aclaración de estilo".
Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Timoteo González, proyectista.
CIUDADANO CONVENCIONAL TIMOTEO
GONZALEZ: Ciudadano Presidente: en vista que el preopinante ciudadano
Presidente de la Comisión Redactora, ha dado suficiente fundamentación al
artículo que nos ocupa, retiramos la moción ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Carlos Romero Pereira.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
ROMERO PEREIRA: Ciudadano Presidente: yo creo que hay otros proyectistas, en todo
caso, esperaría que terminen los fundamentos de todas las otras mociones, y
luego, por favor pido a la Secretaria que me anote, porque hay todavía mociones que no han sido
fundamentadas, Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene el uso de el ciudadano Convencional Rodrigo
Campos Cervera, proyectista.
CIUDADANO CONVENCIONAL RODRIGO
CAMPOS CERVERA: Coproyectista, ciudadano Presidente. Con otros dilectos Convencionales, es decir
con dilectos Convencionales.
Ciudadano Presidente, anticipé en mi exposición
anterior, que estamos confundiendo el papel de Convencionales con el de
Legislador. Estamos, ciudadano
Presidente, dándole una densidad y un follaje, que creo, no es oportuno ni
contribuye a mejorar lo que realmente queremos precautelar. En este artículo 8º, concretamente de la
protección ambiental. Creo, ciudadano Presidente, que la primera frase del
primer parágrafo facilita todo cuanto queremos preservar como protección
ambiental. En ese sentido, decimos,
ciudadano Presidente, que las actividades susceptibles de producir alteración
ambiental serán reguladas por la ley.
Con esta declaración, ciudadano Presidente, dejamos
expedita la vía para el desarrollo legislativo.
Todo cuanto se dice en el segundo parágrafo, perdón, en la segunda frase
del primer parágrafo, y en el segundo parágrafo, están contenidos en la primera
parte que hemos leído, ciudadano Presidente.
Porque si las actividades susceptibles de producir alteración ambiental
nociva son reguladas por la ley, obviamente, ella puede regular también o
restringir o prohibir las que aparecieren razonablemente peligrosas.
Con la misma reflexión, ciudadano Presidente, la ley
prohibiría o puede prohibir la fabricación, montaje, importación,
comercialización, posesión, uso de armas nucleares, químicas o biológicas; así
como la introducción al país de residuos tóxicos.
Sobre el particular, ciudadano Presidente, quiero
recordar a los amigos Convencionales que, sin que la Constitución vigente
tuviera una sola referencia al tema ecológico-ambiental, se ha sancionado, y
está vigente, una ley que impide la introducción de los residuos peligrosos y
las basuras tóxicas. Lo que demuestra fehacientemente,
que no es menester, ciudadano Presidente y compañeros ciudadanos
Convencionales, consagrar en una suerte de desarrollo todo cuanto va a hacer el
Poder Legislativo.
Estaríamos incurriendo en un error conceptual, que
podría finalmente ser un impedimento para lo que queremos preservar. En el mismo orden de cosas, un distinguido
preopinante expresó que, a través de esta disposición podríamos conseguir la
limitación de los efectos nocivos, de lo clorados en el medio ambiente. Y yo quiero recordar, a ese distinguido
preopinante que sin ninguna disposición de la Constitución del 67, tiene ya la
sanción de la Cámara de Senadores, y está en estudio de la de Diputados, una
ley que perfila y establece muy claramente el uso de los productos fito-sanitarios
o fito-tóxicos.
Quiere decir, ciudadano Presidente, que no es
menester esto. Por ello, con la
afirmación que hacemos en la primera parte de este artículo se salva, se salva
todo cuanto queremos precisamente precautelar, de una manera mucho más concisa
y de una manera más clara.
Por otra parte, el tema de la prohibición de la
fabricación, montaje, importación y comercialización de armas nucleares,
químicas y biológicas. No solamente, ciudadano Presidente, esto es imperativo
que lo hagamos, y tiene el Estado como finalidad propia, sino en función a la
defensa ambiental, sino en función a nuestra tradición libertaria, y a nuestro
deseo de mantener un planeta liberado de estos problemas, y por nuestros
sentimientos, fundamentalmente en favor de la paz.
En el primer párrafo, ciudadano Presidente, lo
completamos y eliminamos todo el tercer parágrafo o parte del tercer parágrafo
al hablar de "que la ley definirá al delito ecológico", lo que es
realmente muy importante que se establezca en el texto constitucional.
Y finalmente, ciudadano Presidente, el segundo
párrafo de nuestra propuesta, habla que todo daño al ambiente importará, en general,
la obligación de recomponer e indemnizar.
Hemos introducido la expresión en general, ciudadano Presidente,
con el afán de evitar que la redacción primigenia pudiera conducir a
situaciones absolutamente de cumplimiento imposible. ¿Por qué, ciudadano Presidente?. Porque tal cual como viene el texto de la
Comisión Redactora dice "todo daño al ambiente importará la obligación de
recomponer e indemnizar". Y si esa
recomposición no pudiera hacerse, por que fuera de cumplimiento imposible.
¿Cómo se solucionaría?. Por eso, dejamos abierta con lo de general
la posibilidad de que la justicia decida en su momento y en su oportunidad, con
todo cuanto pueda allegarse a ella, los casos en que existe la obligación de
componer e indemnizar. Ciudadano
Presidente: éstas son las consideraciones que quizá puedan ser enriquecidas por
los compañeros con los cuales hemos suscrito esta propuesta que tiene, repito,
y para finalizar, el propósito de condensar en seis líneas lo que está
desarrollado en casi diez y ocho líneas, y que no enriquece la propuesta ni los
propósitos que nos animan al redactar este artículo. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Presidente de la Comisión Redactora, el Dr. Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Si, ciudadano Presidente. Muchas gracias.
Para expresar que, consultados varios integrantes de
la Comisión, ella se adhiere a la sugerencia de modificación de estilo
propuesta por el Convencional Juan Francisco Elizeche, con lo cual nosotros
estamos aceptando esa modificación de estilo porque se refiere exclusivamente a
eso.
No podemos, sin embargo, concordar con el criterio de
otras mociones, porque nosotros, insistimos en la necesidad de que figuren estas prohibiciones expresas en
el texto de la Constitución. Justamente,
los argumentos del distinguido preopinante, me reafirman en la necesidad de que
estas cosas queden en el texto constitucional, porque si lo dejamos librado,
simplemente, al criterio del legislador, así como hoy se sanciona una ley
mañana puede revocársela. Es demasiado
fácil, ciudadano Presidente. Y sabemos
que, en todas estas materias de residuos tóxicos y demás, se juegan cifras y
cantidades realmente siderales. De
manera que debemos precautelarnos, ciudadano Presidente, en impedir que, por
ningún concepto, ninguna ley por el concepto que se quiera, pueda venir a
alterar una realidad plasmada en el texto constitucional.
No quiero prejuzgar sobre nada, ciudadano Presidente,
pero aquí la Comisión aplica aquello de que Juan seguro murió de viejo. Más vale que esté bien prohibido en el texto
constitucional.
Y dicho lo cual, ciudadano Presidente, yo suplico se
lleve a votación el despacho de Comisión. Si él es aceptado, en todo caso, después
entraremos a considerar las variantes propuestas. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Gracias, ciudadano Convencional.
La Presidencia informa que existen inscriptos los
ciudadanos Convencionales Carlos Avalos, coautor, Sinforiano Rodríguez,
Benjamín Fernández Bogado, Guillermo Heisecke, Nilda de Marín.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Moción
de orden.
CIUDADANO SECRETARIO: Voy a
hacer una pequeña aclaración ciudadano Presidente, con su permiso.
CIUDADANO SECRETARIO: Quiero
preguntar si el Convencional Romero Pereira va a insistir. Ya no.
Porque la Presidencia da por cerrada la lista de oradores en virtud del
Artículo 73.
APLAUSOS...
CIUDADANO SECRETARIO: ¿Me permite, ciudadano Presidente?.
Quiero hacer una pequeña aclaración y una salvedad
que usted omitió. Nombrar a los Convencionales que están inscriptos: Nilda de
Marín y Luis Garay, creo que no los mencionó.
Estamos dando el orden de la palabra en base al
Reglamento a los proyectistas, y luego se procederá a dar la palabra a todos
los Convencionales que estén inscriptos.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: En total son seis oradores. Quedó cerrada la lista de oradores, de
acuerdo a la facultad otorgada a la Presidencia por el Artículo 73.
Tiene el uso de la palabra el Convencional Carlos
Avalos, proyectista.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
AVALOS: Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos convencionales: en homenaje al tiempo, y luego de las
exposiciones vertidas por el coproyectista de este artículo, el Convencional
Rodrigo Campos Cervera, declino el uso de la palabra. Gracias.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Gracias, por su colaboración, ciudadano
Convencional.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Benjamín Fernández.
CIUDADANO CONVENCIONAL BENJAMIN
FERNANDEZ: No.
Simplemente, para aclarar la aceptación que hace la Comisión Redactora,
para que se pueda notar la corrección que se hace en la anterior, en la primera
que fue presentada. La misma decía que:
"la ley podrá extender esta prohibición a otros elementos
peligrosos, así como la regulación del tráfico". Extendiéndose el término prohibición a la
propia regulación. Con esta corrección, lo
que se hace, es entender que la ley podrá extender esta prohibición a otros
elementos peligrosos. Punto
seguido. Asimismo, regulará el tráfico
de recursos. Simplemente, para
puntualización de la corrección, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Gracias, ciudadano Convencional. Ya se incorporó.
La Comisión de Estilo es la que tendrá que poner un
poco su ojo avisor, para estar atento a esto.
Tiene el uso de la palabra la ciudadana Convencional
Nilda Fernández de Marín.
CIUDADANA CONVENCIONAL NILDA
FERNANDEZ DE MARIN: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: es para adherirme a lo
expresado por el Convencional Oscar Paciello, y en especial, para señalar el
punto éste. Indudablemente, que estas puntualizaciones
que hace el Proyecto Base en el segundo párrafo, realmente hacen a un tema
nuevo. Si bien, un preopinate haya
dicho.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Ciudadanos Convencionales, pongan atención a
la oradora, y los que estén en el pasillo, por favor si se ubican en sus
asientos. Continúe, ciudadana
Convencional.
CIUDADANO CONVENCIONAL NILDA
FERNANDEZ DE MARIN: Si bien un preopinate haya dicho que el tema
de basuras tóxicas, aunque todo este tema es nuevo ahora, ya sin embargo está
siendo tratado en el Parlamento, diciendo en este sentido, que no vale la pena
incluir estas prohibiciones puntuales, porque, de ser así, tenemos que dejarlo
solamente librado a la legislación, señalar estos puntos tan importantes como
ser la posesión, el uso, comercialización, importación, montaje, fabricación de
armas nucleares, etc., podríamos caer en lo que ahora mismo estamos
cayendo. Puede que no tenga la
suficiente, no digo luz, pero previsión, el Parlamento en adelante para
puntualizar todas estas prohibiciones. Y
también, puede que peque, como ahora está pecando nuestro Parlamento, hasta hoy
está pecando nuestro Parlamento, de falta de voluntad o interés, pero algo de
eso hay. Porque, si hubiera tenido
voluntad e interés de preservar la salud de la población paraguaya, ni tan
siquiera nuestro Parlamento hubiera estado ya permitiendo la fabricación de
medicamentos en base a drogas totalmente nocivas para la salud. En su momento, instituciones gremiales hemos
solicitado regular la utilización, reglamentar la utilización de algunas drogas
aquí en nuestro país, drogas que, en otros países, hace ya rato fueron
destinadas al basurero de las drogas, y
aquí por a o b, se siguen utilizando.
Por eso, me adhiero totalmente a lo dicho por el convencional Oscar
Paciello, en el sentido de que mantengamos la redacción del Proyecto Base tal
cual está.
CIUDADANO VICEPRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muchas gracias.
Tiene el uso de la palabra el convencional Luis
Garay.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
GARAY: Gracias ciudadano Presidente. Según manifestaciones de nuestro líder, el
ciudadano convencional Oscar Paciello, admite la posibilidad de una
modificación agregado al Proyecto Base.
Me permito hacer una sugerencia, una exhortación, a los estimados
compañeros convencionales. Se mencionó
la deforestación, el desbosque masivo, indiscriminado, la pérdida de los
arroyos y de los ríos, como los elementos perturbantes o desequilibrantes del
medio ambiente, pero muy superficialmente.
Se mencionó a un compuesto químico que hoy por hoy motiva las reuniones
a nivel internacional de las naciones más industrializadas para tratar este
tema que aparece en primer lugar como el elemento más nocivo, más corrosivo al
medio ambiente, que es el cloro-fluoro-carbono.
Es un elemento químico que proviene de las industrias de los aerosoles y
de los acondicionadores de aire. Este
tema, ciudadano Presidente, ruego una atención para calibrar exactamente el
efecto que trae al medio ambiente. No es
tan simplemente dejar al arbitrio del Parlamento ocuparse de este tema. Si bien es cierto que aparecieron leyes
importantes que prohibieron la introducción, en nuestro país, de los desechos
tóxicos, y ahora está apareciendo en proyecto una ley para precautelar el
cultivo masivo por la utilización de elementos químicos o tóxicos, también es
cierto, que este elemento, hoy por hoy, ocupa la preocupación de las naciones
desarrolladas.
Y es así como en el año 1987, a consecuencia de la
comprobación de este elemento nocivo para el medio ambiente, se produjo una
reunión de naciones importantes, en Montreal, en el año 1987, que salió con el
Protocolo de Montreal, exhortando a las naciones a la reducción de la producción
del CFC; el cloro-fluoro-carbono. Pero,
con los estudios de la NASA, vía satélite, de la sonda, de la estratosfera,
donde se tiene la concentración del ozono, se comprobó la pérdida masiva
acelerada de esa capa protectora de los rayos ultravioletas. Consecuentemente, se celebró otra reunión en
el año 1990, y que en el Senado sale una ley que, sometida a consideración,
arroja noventa y seis votos a cero, no solamente exhortando a la no utilización
o a la no producción, sino que fija ya como año 2000 la fecha en que las
industrias productoras de este elemento tendrían que ajustarse a la sustitución
de este elemento. Y así sucesivamente,
tenemos en el año 1991, en Londres una prohibición taxativa de la utilización de la producción de este
elemento.
Ciudadano Presidente, estimados Convencionales: Se sabe la protección que hace la capa de
ozono en la estratosfera. Pido que se
señale, en un artículo 8°, la prohibición taxativa de la utilización de
ese elemento químico. Porque no tenemos
mucho tiempo, ciudadano Presidente, porque la tierra se está descomponiendo
aceleradamente. La situación es
alarmante por el cambio del clima que se produce. La variación de temperatura, demasiado calor
o demasiado frío no es una cosa fortuita.
Es un hecho que responde a una ley física. Desde el mismo momento que va desapareciendo
la capa de ozono y van apareciendo los agujeros, que, en principio, se creyó
que solamente aparecían en la Antártida, ahora se comprueba que también en el
hemisferio norte, y en países europeos como Suecia, Suiza o Australia.
Efectivamente, la estadística de enfermedades de la
piel, a consecuencia de los rayos ultravioletas que están entrando, demuestra
que ha aumentado enormemente. La
penetración de esos rayos ultravioletas a varios metros por debajo de la
superficie del océano, hace que desaparezcan alimentos esenciales y vitales
para los peces mayores, que son las plantas unicelulares. Ese desequilibrio que crea para la salud,
para la alimentación está comprobado fehacientemente, ciudadano Presidente, que
es un elemento que hay que aislarlo, que hay que combatirlo, porque la lluvia,
el frío y el calor por encima de los valores normales ocurren a consecuencia
del desequilibrio en la capa de la estratosfera. Sabemos que la una cuarta parte del globo
terráqueo es tierra firme. Con el
derretimiento de las masas de hielo, corremos el riesgo de que mañana se inunde
nuestro territorio. Es el panorama
alarmante. Por eso, ciudadano
Presidente, con todas estas consideraciones, entiendo que debe ser
reglamentarista, muy a pesar de algunos compañeros legisladores, este tema y
este artículo, para lo cual propongo que diga en este párrafo propuesto por la
Comisión Redactora: "La Ley podrá
extenderse o extender esta posición a otros elementos peligrosos". Que lo diga clara y taxativamente: "La ley extenderá esta prohibición a
otros elementos peligrosos, como el CFC".
Muchas gracias.
CIUDADANO VICE PRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Gracias, ciudadano Convencional.
Como es una propuesta de agregado, nos gustaría que
nos lo envíe por escrito. Ciudadano
Convencional Garay, si nos manda por escrito esa pequeña parte para...
La Secretaría va a correr con la lectura, para que la
Comisión Redactora acepte o no dicho agregado.
Se lo va leer en la parte pertinente.
Convencional Oscar Paciello, si puede atender en la
parte pertinente, la modificación que se introduce o que sugiere a la Comisión
Redactora.
Esa parte nada más se lee.
CIUDADANA SECRETARIA: La
propuesta...
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente; justamente estoy haciendo las consultas del
caso con algunos integrantes, pero me trasladaré. En pocos minutos podré...
CIUDADANO VICE PRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Gracias, gracias. Dejamos para que ustedes hagan la
consulta.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Sinforiano
Rodríguez.
CIUDADANO CONVENCIONAL
SINFORIANO RODRIGUEZ: Ciudadano Presidente; una breve sugerencia, nada más. Tomando en consideración que, por primera vez
se está usando esta palabra, que muy acertadamente un preopinante abonó la
importancia, y tal como quedó de la propuesta de la Comisión de Redacción, no
quedó incorporada la palabra "recomposición", una breve sugerencia de
la Comisión de Estilo, de tal manera que, en el último párrafo propuesto por
Juan Francisco Elizeche y otros, se establezca claramente a qué se refiere,
porque por primera vez se usa la palabra, el verbo "recomponer", que
es un concepto muy importante, y que no debe dar lugar a equívocos. "Todo daño al ambiente importará la
obligación de recomponerlo", verbo transitivo, ¿a qué se refiere?, "e
indemnizar a la población afectada".
Es una sugerencia muy breve de estilo y de contenido.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Guillermo Heisecke.
CIUDADANO CONVENCIONAL
GUILLERMO HEISECKE: Solamente, y rápidamente, para apoyar la
propuesta base de la Comisión Redactora.
Entiendo que, de los argumentos del Convencional
Rodrigo Campos Cervera, justamente, surge la propuesta de que esta Constitución
deba dar, crear, el antecedente de que sean contemplados in extenso todos
aquellos derechos fundamentales que tienen que ver con la prevención y el
salvataje de nuestro medio ambiente.
Creo que del propio texto surge que la Comisión Redactora ha contemplado
ambos aspectos. Por un lado, le da a la
Ley la posibilidad de reglamentar lo establecido en el proyecto...
CIUDADANO VICE PRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Orden en la sala, por favor. Perdón.
Un segundito.
Orden en la sala.
A los ciudadanos Convencionales que están de pie, si pueden volver a sus
asientos.
CIUDADANO CONVENCIONAL
GUILLERMO HEISECKE: ... y por otro lado, la Constitución
establece taxativamente todos aquellos derechos fundamentales que tienen que
ver con este gravísimo problema.
Entiendo que, si el Parlamento ha tenido la visión de
adelantarse a este proyecto de Constitución, lo que vamos a hacer es,
justamente, consagrar a nivel constitucional, lo que ya el Parlamento ha
establecido, pero sí le damos este rango constitucional, para evitar lo que
decía el Constituyente Oscar Paciello, en el sentido que el curso de la
historia nos está indicando que hay hechos y situaciones que los pueblos viven,
en los cuales las leyes, generalmente, son pisoteadas o, en algunos casos,
cambiadas, por efectos de intereses muy superiores a la de las propias
naciones.
En razón a esto, ciudadano Presidente, entiendo que
un principio básico y de derecho natural, como es el que se ha constituido el
derecho de vivir en un ambiente adecuado, no puede estar sujeto a los vaivenes
de las circunstancias de que la legislación por la vía parlamentaria la esté
estableciendo. Por eso, respaldamos
plenamente la propuesta base, en el sentido de que debe, in extenso, y lo más
posible, contener todos aquellos principios básicos que podrían ser alterados,
dentro de la Constitución y en ningún caso, dejar sujeto a las posibilidades de
una Ley que puede ser cambiada por mayorías circunstanciales que, sin embargo,
puedan afectar a la calidad de vida de los ciudadanos. Gracias.
CIUDADANO VICE PRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Gracias, ciudadano Convencional.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Moción de orden.
CIUDADANO VICE PRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Oscar Paciello, como miembro de la Comisión y Presidente de la misma.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Sí, ciudadano Presidente. Muchas gracias.
Es a los efectos de expresar, a esta honorable
Convención, que, habiendo realizado la consulta pertinente con la mayoría de
los miembros de la Comisión Redactora, el criterio que predomina es el de que
cuando habla de que "la Ley podrá extender esta prohibición a otros
elementos peligrosos", se está contemplando la eventualidad, muy prudente
por cierto del Convencional Luis Garay, y formulamos esta manifestación, de
suerte que en el momento en que, si este texto es aprobado así como viene, en
que deba interpretárselo, quede bien claramente entendido que este elemento
tóxico, por él señalado, y otros más que pudieren emerger, se hallan plena y
cabalmente comprendidos por la normativa constitucional, razón por la cual
agradecemos al Convencional Luis Garay su preocupación por el tema. Sin perjuicio, ciudadano Presidente, de que
si el Despacho de Comisión no tiene el aval de su aprobación por esta
Convención, en ese caso, se debería, naturalmente, entrar a considerar esta
propuesta, pero creo que la cuestión ha sido arduamente y ampliamente debatida,
razón por la cual reitero mi petición, ciudadano Presidente, esta vez ya en
calidad de moción de orden, que se someta a votación el Despacho de
Comisión. Muchas gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
La Presidencia va a llevar a votación la propuesta N° 1, propuesta o Proyecto Base, que cuenta con
el Despacho de la Comisión.
CIUDADANA SECRETARIA: De
la Protección Ambiental: "Las
actividades susceptibles de producir alteración ambiental serán reguladas por
la Ley.
Asimismo ésta podrá restringir o prohibir las que
aparecieran razonablemente como peligrosas.
Quedan prohibidos la fabricación, el montaje, la
importación, la comercialización, la posesión o el uso de armas nucleares,
químicas y biológicas, así como la introducción al país de residuos
tóxicos.
La Ley podrá extender esta prohibición a otros elementos
peligrosos.
Asimismo, regulará el tráfico de recursos genéticos y de
su tecnología precautelando los intereses nacionales.
El delito ecológico será definido y sancionado por la
Ley.
Todo daño al ambiente importará la obligación de
recomponer e indemnizar".
CIUDADANO VICE PRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: A consideración la propuesta N° 1. Se
servirán levantar la mano. Mayoría,
evidentemente. Queda aprobado y
sancionado este Artículo 8°.
APROBADO.
Aplausos...
Muchas gracias por la colaboración, y entramos
decididamente en el segundo Capítulo.
CIUDADANO CONVENCIONAL BENJAMIN
MACIEL PASOTTI: Ciudadano Presidente...
CIUDADANO PRESIDENTE:
Ciudadano Convencional Pasotti, ¿Pidió la palabra?.
CIUDADANO CONVENCIONAL BENJAMIN
MACIEL PASOTTI: Sí, señor.
Solamente para llamar la atención a los compañeros,
que mientras se desarrolla el debate, y habiendo muchas personas que queremos
seguir con atención este debate, se está desatando permanentemente una campaña
de "ñe'embegué" que perjudica, y perjudica enormemente nuestra
atención. Quiero solicitar a aquellos, a
que guarden el respeto suficiente, por lo menos para los que quieran escuchar
en la sala, ciudadano Presidente. Muchas
gracias.
CIUDADANO VICE PRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Gracias, ciudadano Convencional.
La Presidencia, reiteradamente ha estado llamando esa
atención, y exhorta a todos los compañeros a guardar ese respeto, que nos va a
permitir avanzar decididamente, para dar un ejemplo, lo cual va a ser muy útil
para que demostremos la capacidad de trabajo de esta Constituyente.
Capítulo 2°.- De la Libertad. Se va leer el Artículo 9°, por Secretaría.
CIUDADANA SECRETARIA: De
la Libertad. Artículo 9°.- De
la Libertad y de la Seguridad de las Personas.
"Toda persona tiene el derecho a ser protegida en su
libertad y en su seguridad. Nadie está
obligado a hacer lo que la Ley no ordena ni privado de lo que ella no
prohíbe".
CIUDADANO PRESIDENTE: A
consideración el Artículo 9°.
Tiene la palabra...
¿La Comisión?. Aprobado por...
¿Quieren levantar la mano, por favor?. Aprobado por mayoría.
APROBADO.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Una
moción de orden, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Quedó
aprobado, ciudadano Convencional Luis Alfonso Resck. Me va a disculpar, quedó aprobado.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
ALFONSO RESCK: Ciudadano Presidente: formulo mi formal protesta y que quede
constancia en el acta, ciudadano Presidente.
Mi formal y categórica protesta.
Primero, yo había formulado una observación según la
cual siempre se invoca a supuestas Subcomisiones o Comisiones sin que los,
entre comillas, líderes de bancadas minoritarias, no seamos consultados. Acabo, respetuosa, fraternalmente, a mi
distinguido amigo, ciudadano Convencional Oscar Paciello de manifestarle, con
todo respeto, esta observación.
Nuevamente vengo pidiendo la palabra para hacer uso de ella, y se nos ha
desestimado. Yo accedo, ciudadano
Presidente. Llamo la atención, de que
seamos respetados. Estamos redactando la
Carta Magna en la que consagramos derechos, pero tenemos que dar testimonio,
con nuestra vivencia, a ese respeto a los derechos, ciudadano Presidente.
Le ruego encarecidamente, por eso le pido con
respeto, y quiero que me disculpe. No
podemos seguir siendo así, por ser uno solo, precisamente no somos
consultados. Quiere decir que la
minoría, que aquí se consagra como sujeto de derecho, en la praxis es
desmentida. Entonces, llamo la atención,
no para ahora. Yo tenía una ponencia
especial sobre este tema, pero se dio por aprobado, y por respeto a la
Convención, acepto. Pero ruego que, en
lo sucesivo, nos respetemos.
Por eso he dicho, ciudadano Presidente, la Carta
Magna puede ser excelente, pero depende de quién la maneje para que se
aplique. Muchas gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO VICE PRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Ciudadano Convencional: la Presidencia
lamenta mucho y le pide las disculpas del caso.
Tendrá en cuenta, sobre todo el ojo avizor de los Secretarios para que
no seamos precipitados. Le pido, otra vez,
mis disculpas, y mientras tanto vamos a seguir avanzando.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Marciano
Torales.
CIUDADANO CONVENCIONAL MARCIANO
TORALES: Ciudadano Presidente: quiero formular una observación, en cuanto a
que ni siquiera hemos escuchado una exposición de motivos. Hay que tener en cuenta que el proyecto
elevado no tiene ninguna exposición de motivos.
Por lo menos, artículo por artículo, tendría que darse una exposición de
motivos, por lo menos por parte de algún miembro de la Comisión Redactora.
Está bien que ellos hayan discutido todo, con
precisión de detalles, pero creo que el pleno de la Convención tiene todo el
derecho a escuchar esos motivos.
Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO VICE PRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Gracias, ciudadano Convencional.
Lo que ocurre es que, cuando no habla ningún miembro
de la Comisión informante, se tiene como que corresponde ser tratado
directamente. Ahora, lamentamos de
veras, que aparezcan a veces propuestas que vienen muy a última hora, y
naturalmente, uno tiene algún tipo de dificultades, pero nos empeñaremos en
corregirla.
CIUDADANO CONVENCIONAL
BERNARDINO CANO RADIL: Una moción de orden, Presidente.
CIUDADANO VICE PRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Bernardino Cano Radil.
CIUDADANO CONVENCIONAL
BERNARDINO CANO RADIL: Moción de orden, Presidente. ¿Me permite una moción de orden?.
CIUDADANO VICE PRESIDENTE EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Para una moción de orden el ciudadano
Convencional Bernardino Cano Radil.
CIUDADANO CONVENCIONAL
BERNARDINO CANO RADIL: Gracias, Presidente.
Entiendo que sería imprudente iniciar un nuevo
artículo a estas alturas de las deliberaciones.
Mociono, concretamente que, se suspenda la sesión y se siga a la hora
14:00. Gracias, Presidente.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: A la
una y media, Presidente. A la una y
media.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Bueno. El Convencional propone,
entonces, que se pase a un cuarto intermedio hasta la hora 14:00.
Quedó aprobado el Artículo 9°.
Hasta la hora 14:00 se pasa a un cuarto intermedio.
Cuarto Intermedio
Se reanuda la sesión.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Honorable Convención, ciudadanos Convencionales: Se reanuda la sesión, habiendo ciento catorce
(114) ciudadanos Convencionales que forman suficiente quórum. Los otros irán llegando paulatinamente.
Vamos a proseguir con el
estudio en particular del texto constitucional.
Artículo 10. Se dará lectura por
Secretaría al proyecto de la Comisión Redactora.
CIUDADANO SECRETARIO:
Propuesta del Artículo 10.
Propuesta N° 1, Proyecto Base. Artículo
10. De la Proscripción de la Esclavitud
y otras Servidumbres:
"Están proscriptas la esclavitud, las servidumbres
personales y la trata de personas con fines de prostitución o para ejecutar
otras tareas denigrantes.
La ley podrá establecer cargas sociales en favor del
Estado".
Es la propuesta N° 1, proveniente del proyecto base Comisión Redactora y Comisión de
Estilo.
Hay otra propuesta del Convencional Julio César
Vasconsellos. Dice así: Título.
De la proscripción de la Esclavitud y otras Servidumbres.
"Están prohibidas la esclavitud, las
servidumbres personales y la trata de personas con fines de prostitución o para
ejecutar otras tareas denigrantes. La
Ley podrá establecer cargas sociales en favor del Estado".
Se hace la aclaración de que, entre estas dos
propuestas, la propuesta del Convencional Vasconsellos difiere solamente en la
palabra "prohibidas", en lugar de "proscriptas", la única diferencia que presenta la propuesta
del Convencional Vasconsellos.
CIUDADANO PRESIDENTE: A
consideración de la plenaria.
Corresponde que el Presidente de la Comisión
informante, miembro informante y Presidente de la Comisión haga uso de la
palabra.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Oscar
Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Muchas gracias, ciudadano Presidente.
En realidad, como lo explicó el Convencional
Martínez, es una simple palabra la diferencia entre las dos propuestas. La Comisión Redactora, al sancionar la
expresión "proscriptas", tuvo la idea de darle más énfasis como cosas
que no están, desde luego, dentro del ordenamiento jurídico, por eso están
radiadas. Eso quiere decir
"proscriptas".
En tanto que la prohibición, es un mandato del
legislador, ordenando la abstención de una determinada conducta. Esta es una fórmula que está utilizada, en
general, en muchas legislaciones, ciudadano Presidente, de manera que yo, como
miembro informante de la Comisión Redactora, no tengo otra alternativa que
ratificarme en cuanto está aquí expresado, y suplico al ciudadano Presidente
quiera poner a votación el texto y el Despacho de la Comisión Redactora.
CIUDADANO PRESIDENTE: A
votación... Tiene la palabra el...
Hago la aclaración de que es a consideración. Estaba por decir a votación porque no había
nadie.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Ricardo Franco
Lanceta.
CIUDADANO CONVENCIONAL RICARDO
FRANCO LANCETA: Ciudadano Presidente, gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: No se
escucha.
CIUDADANO CONVENCIONAL RICARDO
FRANCO LANCETA: Quiero sugerir lo siguiente: creo que es una cuestión de redacción, pero
también tiene su connotación de fondo.
"Están proscriptas la esclavitud, las servidumbres
personales", y dice "la trata de personas". Entiendo que sería más apropiado decir
"el tráfico de personas con fines de prostitución o para ejecutar otras
tareas denigrantes". Sugiero a la
Comisión si puede recoger esto, o me dan alguna explicación más satisfactoria.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
la palabra el miembro informante, ciudadano Convencional Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: La expresión "la trata" está
extraída del Artículo 4° de la Declaración Universal de los Derechos
Humanos donde dice que: "Nadie
estará sometido a esclavitud ni a servidumbre.
La esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus
formas". De ahí es que se tomó esta
expresión, ciudadano Presidente. Esa es
la aclaración.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias. A consideración y a...
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Euclides
Acevedo.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUCLIDES
ACEVEDO: Justamente, creo que el Convencional Diógenes
Martínez hubiera obviado esta participación nuestra, aclarando que, justamente,
en la Comisión de Estilo se aclaró que la trata se refería justamente al
tráfico de personas, habida cuenta de que a veces el tráfico es de mercaderías
y de otras cosas. Quiero pedir al
ciudadano Presidente, cuando no hay alguna objeción de fondo, si hay una
cuestión de estilo, para eso está la Comisión de Estilo, nos limitemos
directamente a votar, a no ser que, digamos, sea rechazada la propuesta de la
Comisión Redactora. Le sugiero al
ciudadano Presidente que ejerza en ese aspecto las atribuciones que le otorga
esta plenaria.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
No habiendo ninguna objeción conceptual de forma, la
Presidencia lleva a votación. Quienes
estén por la aprobación del texto, se servirán levantar la mano. Aprobado por unanimidad.
APROBADO.
Artículo 11. Por Secretaría se va a dar lectura.
CIUDADANO SECRETARIO: Propuestas
para el Artículo 11 de la Constitución Nacional. Existen seis propuestas, por de pronto.
Propuesta N° 1 del Proyecto Base. "Artículo 11. De la Privación de la Libertad",
Título: "Nadie será privado de su libertad
física o procesado arbitrariamente sino mediando las causas y en las
condiciones fijadas de antemano por Ley regularmente sancionada por el
Congreso, conforme con la normas de esta Constitución".
Propuesta N° 2, Celso Castillo. Artículo
11: "Nadie será privado de su
libertad, detenido, apresado, encarcelado o procesado sino mediando justa causa
prevista en la Ley acorde a las normas de esta Constitución".
Propuesta N° 3, Rodrigo Campos Cervera.
"Nadie será privado de su libertad física o procesado
arbitrariamente sino mediando las causas y en las condiciones fijadas por la
Ley".
Propuesta N° 4, Julio César Vasconsellos:
"De la Privación de Libertad", como Título.
Texto:
"Nadie será privado de su libertad física o procesado arbitrariamente
sino mediando las causas y en las condiciones fijadas previamente por la Ley
regularmente sancionada por el Congreso, conforme con las normas de esta
Constitución".
Propuesta N° 5, de los Convencionales Eduardo Rodríguez, Hugo Estigarribia, Carlos Villagra
Marsal, Darío Palacios, Manfredo Ramírez, Rubén Bareiro y Eusebio Ramón
Ayala. "De la Privación de la
Libertad: Nadie será privado de su
libertad o procesado sino mediando las causas previstas en la Ley".
Propuesta N° 6, de Víctor Manuel Núñez.
Título: "De la Privación de
la Libertad. Nadie será privado de su
libertad, detenido, apresado o procesado sino mediando justa causa prevista en
Ley anterior al hecho que lo motiva. No
se admite la prisión por deudas".
Son las seis propuestas sobre el Artículo N° 6. Número 11, perdón.
CIUDADANO PRESIDENTE: A
consideración el tratamiento del Artículo 11.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Oscar
Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente: el Artículo N° 11 no hace sino recoger conceptos universalmente consagrados. Acá, lo único que se ha agregado, y lo es
recogiendo una experiencia bastante desagradable, es la de que la Ley debe ser
regularmente sancionada por el Congreso para cerrar la posibilidad a esa
corruptela que significaba la existencia de Decretos-Leyes o de simples
Decretos, incluso, como... Existe, desde
luego, una larga experiencia, no sólo en nuestro país, puesto que la
jurisprudencia argentina recoge numerosísimos casos que pueden compulsarse en
los repertorios respectivos. Entonces,
el Constituyente paraguayo quiere poner, en consonancia con el pensamiento del
codificador penal Dr. Teodosio González, que se refiere a este punto en el tomo
1° de su obra, que la Ley Penal debe ser
regularmente sancionada por el Congreso.
Es la única innovación que se le ha incluido acá y es la que determina
el agregado éste que aparece aquí. No es
un agregado ocioso, sino es una sana previsión de los Constituyentes y, por lo
demás, no hay mayormente nada que agregar, y el ciudadano Presidente advertirá
que, fuera de diferencias menudas, acaso de estilo, no hay nada más que
agregar, razón por la cual me permito sugerir, y solicitar, se ponga a votación
el despacho de la Comisión, salvo que alguien tenga algo que decir para
fundamentar a su proyecto.
Esa es toda la explicación, reservándome el derecho
que, cuando tenga a mano las otras propuestas, -que aún no contamos con ellas-
poder formular alguna otra observación ampliatoria. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Rodrigo
Campos Cervera, proyectista.
CIUDADANO CONVENCIONAL RODRIGO CAMPOS CERVERA: Ciudadano Presidente: en primer lugar, este tema
ya fue debatido en su oportunidad en la Comisión Redactora, y hemos hecho las
mismas resalvas que vamos a formular ante el Plenario.
Nosotros sostenemos, ciudadano Presidente, que es
absolutamente ocioso establecer que las condiciones serán fijadas de antemano
por Ley, es decir, lo de antemano. Esto
indica que debe existir una Ley previa y, obviamente, ciudadano Presidente, si
vamos a ratificar, como ya lo hicimos en el Anteproyecto, el principio de la
irretroactividad de la ley y no vamos a admitir las leyes ex post facto,
obviamente, ciudadano Presidente, este término es absolutamente ocioso.
En cuanto a que la Ley será o deberá ser regularmente
sancionada por el Congreso, yo estimo que las explicaciones del preopinante
pudieran tener algún fundamento en lo pretérito, vale decir, en el tiempo en
que existe la posibilidad de que el Poder Ejecutivo dictase decretos con fuerza
de ley; esto, lo tengo entendido, va a desaparecer, por cuanto en el
anteproyecto ya no figura esa facultad en favor del Poder Ejecutivo, y
desaparece esa institución corporativista del Consejo de Estado.
Y no existe, ciudadano Presidente, ninguna
posibilidad de que la ley no sea sino sancionada regularmente, es decir, podría
darse fácticamente que una ley no sea sancionada regularmente, en cuyo caso,
obviamente, no será una ley válida y si no es una ley válida, no puede
aplicarse. Ahora, el tercer párrafo del
proyecto que dice: "conforme con las normas de esta Constitución", esto
es el colofón de un perogrullo, ciudadano Presidente, en el sentido de que es
una verdad sabida que no pueden sino sancionarse las leyes de conformidad con
lo que dispone esta Constitución. Vamos
a establecer el principio de la prelación y de la supremacía de la Constitución
y, de acuerdo con la pirámide de Hans Kelsen, obviamente todas las leyes, tanto
en su sentido material como formal, tienen que ser consecuentes con las normas
establecidas en la Constitución.
Yo sostengo, ciudadano Presidente, así como ya lo
sostuvimos oportunamente, que esto en nada enriquece el precepto
constitucional, sino, por el contrario, podría crear dificultades a contrario
sensu, porque mañana podría reclamarse, en los numerosos artículos que vamos a
aprobar y los que hemos aprobado, inclusive, donde no se hace referencia a lo
de antemano de la Ley, o a que fuesen regularmente sancionadas por el
Congreso, y que sean conforme con las
normas de esta Constitución.
Si todo eso quisiéramos que estuviera expresamente
establecido en un artículo, tendría también que hacerse cada uno de ellos,
porque existe el peligro, repito, de una interpretación a contrario sensu.
Es por eso, ciudadano Presidente, que he presentado
este proyecto, que excluye lo de antemano, y luego también la expresión
"por ley regularmente sancionada por el Congreso y conforme con las normas
de esta Constitución", y quiero decir más, ciudadano Presidente, para
abreviar, yo suscribo al texto de la propuesta N° 5, que creo que es todavía más lacónica y preserva todos los
intereses que estamos interesados en tutelar o proteger. Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Usted retira su proposición o adhiere... adhiere a la 5.
Queda la propuesta N° 5, retira la suya...
CIUDADANO CONVENCIONAL RODRIGO
CAMPOS CERVERA: La propuesta N° 5 me la voy a permitir leer, ciudadano Presidente. Está por los Convencionales Eduardo
Rodríguez, Hugo Estigarribia, Carlos Villagra Marsal, Darío Palacios, Manfredo
Ramírez, Rubén Bareiro Saguier y Eusebio Ramón Ayala.
Dice: De la privación de la libertad. "No será
privado de su libertad o procesado, nadie será privado de su libertad o
procesado sino mediando las causas previstas en la Ley". Mucho más
lacónica. Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Eduardo
Rodríguez.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Moción
de orden...
CIUDADANO PRESIDENTE: Una
moción de orden.
Tiene la palabra de prelación el ciudadano
Convencional Esteban Caballero.
CIUDADANO CONVENCIONAL ESTEBAN
CABALLERO: Si se puede agilizar la entrega de las
propuestas, porque se hace muy difícil seguir este debate sin las copias de las
propuestas, ciudadano Presidente. Aún no
tenemos, pienso yo, la copia de las propuestas, y ya se está dando un debate, y
es difícil seguir, ciudadano Presidente. Eso era todo, y yo estaba apuntado
para decir eso nada más.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, Ciudadano Convencional.
En realidad, no es una moción de orden, pero de todas
maneras es una alerta que el Convencional hace; desgraciadamente no puede se
tan rápida la Secretaría con las copias, porque llegan a último momento, y de
todas maneras, nosotros pedimos a los proyectistas que, en lo posible,
presenten el día anterior. El Reglamento
no lo prevé, pero aunque sea a la mañana, en lo posible que tengan esa agilidad
de presentarlo directamente acá a la mesa, o a la Secretaría. Mientras tanto, vamos a seguir el debate.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Eduardo
Rodríguez, proyectista.
CIUDADANO CONVENCIONAL EDUARDO
RODRIGUEZ: Gracias, ciudadano Presidente. En honor a la brevedad y porque no podría
hacerlo mejor que el ciudadano Convencional Campos Cervera, me adhiero
totalmente a la explicación que él ha dado, que es lo que justamente llevó a
este grupo de subscriptores conmigo, de la propuesta, a hacer una en forma tan
lacónica; sin embargo, encierra todo lo que debe ser, habida cuenta que estamos
para legislar leyes generales, y no ser tan reglamentaristas y crear tantos
problemas de interpretación. Muchas
gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional. La mesa va a dar lectura a los
ciudadanos Convencionales inscriptos, con lo cual la Presidencia va a dar por
cerrada la lista de oradores.
CIUDADANO SECRETARIO: Víctor Manuel Núñez, Hugo Estigarribia, Esteban Caballero, Evelio
Fernández y Diógenes Martínez.
CIUDADANO PRESIDENTE: Queda
cerrada a lista de oradores, por disposición de la Presidencia, de acuerdo al
Artículo 73.
Tiene la palabra el Ciudadano Convencional Víctor
Manuel Núñez, como proyectista.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
MANUEL NUÑEZ: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: realmente los argumentos
esgrimidos por un preopinante me relevan
de abundar en consideraciones, en homenaje al tiempo, porque expresan,
justamente, la preocupación que he tenido al proponer esta nueva redacción, que
es similar, en general, a otra propuesta realizada por otros Convencionales.
Mi única preocupación era, ya que estábamos hablando
de la privación de la libertad y que las causas deben estar establecidas en la
Ley, establecer ya en este artículo, y por economía, la frase "no se
admite la prisión por deudas", de tal forma que el Artículo 13 ya no se
considere, porque en ese artículo se establecen algunas excepciones que no son
precisamente deudas contraídas por la persona, son obligaciones derivadas de un
proceso judicial. Pero, como digo, por
economizar y por tratar de colaborar para esta Convención vaya lo más rápido
posible, retiro la moción, y me adhiero a la N° 5.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Hugo
Estigarribia,
como proyectista.
CIUDADANO CONVENCIONAL HUGO
ESTIGARRIBIA: Gracias, ciudadano Presidente.
Atendiendo a las consideraciones de los que me
precedieron en la palabra, y viendo el criterio que está reinando en la sala,
ya declino a hacer comentario al respecto de la moción N° 5, de la cual soy proyectista. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias,
ciudadano Convencional. Se aprecia
mucho.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Esteban
Caballero.
CIUDADANO CONVENCIONAL ESTEBAN
CABALLERO: Desisto.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Evelio Fernández.
CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO
FERNANDEZ: Gracias, Presidente. Muy brevemente, para apoyar la propuesta de
la comisión.
Ocurre lo siguiente: estamos tratando un artículo,
uno de los pilares en que se apoya el Artículo 9° De la libertad y seguridad de las personas, que es el de no verse
privado de la libertad, sino mediando las causas y las condiciones fijadas de antemano por la Ley.
La importancia del instituto acredita la necesidad de
que sea rodeado de las máximas garantías, y que haya la máxima claridad posible
en el texto. El decreto 448 del año 1940
estableció penas para el enriquecimiento ilícito, y nunca pasó de ser un
decreto dictado por el Poder ejecutivo, ni siquiera un Decreto Ley.
Aquí lo que se pretende hacer es evitar cualquier
forma de confusión entre ley material y ley formal, y establecer claramente que
solamente una ley dictada por el Congreso, en orden a las atribuciones
prescriptas por la Constitución, es la única que puede determinar las causas y
condiciones en las que se ha de privar de la libertad de una persona.
Y por otro lado, la parte final que dice:
"conforme con las normas de esta Constitución", atiende a lo que se
establece en el artículo subsiguiente, el Artículo 12, que va estableciendo una
serie de condicionamientos para que se produzca la detención y el arresto de
las personas, de forma tal que la ley ni siquiera va a poder modificar ninguna
de esas preceptuaciones del Artículo 12.
Consecuentemente, apoyo la redacción tal cual nos
propone la Comisión Redactora. Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene la palabra el último orador, el ciudadano
Convencional Diógenes Martínez.
CIUDADANO CONVENCIONAL DIOGENES
MARTINEZ: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: participo de toda redacción
que en su síntesis pueda concretar toda la idea. Porque a mí me parece que ese debe ser el
principio que guíe los textos constitucionales.
Pero cuando lo lacónico quita algo esencial, me
parece a mi preocupante y, con todo respeto, debo advertir que, en la propuesta
N° 5, se habla de que "nadie será privado
de su libertad", pero hay un montón de libertades que consagra la
Constitución, y en este texto y en este capítulo se trata la libertad física,
así es que estamos no abarcando la idea en el contexto en que está ubicada esta
libertad precisa. Todo el capítulo se
desarrolla en base a la libertad física de las personas; incluso veo un
problema de estilo, que el título del capítulo debiera haberse referido a la
libertad física. Si se repasan los
textos, vamos a encontrar que es así.
Y en la propia norma, en el propio proyecto, se está
hablando de la posibilidad de cercenar su libertad física a las personas, y
esta omisión es sumamente grave, porque no contiene la idea que se quiere dar a
esta norma. Por eso, ciudadano
Presidente, a pesar que me gusta lo lacónico y lo breve, y por lo incompleto
que es este texto, adheriría mi posición al texto de la Comisión Redactora, y
con la advertencia que hago a los ciudadanos Convencionales sobre esta posibilidad,
ciudadano Presidente. Es todo,
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene la palabra el Ciudadano Convencional Oscar
Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Muchas gracias, ciudadano Presidente. Ahora
que tengo a mano los otros textos, quiero complementar el informe que habíamos
tenido en cuenta en la Comisión Redactora.
Una de las causas por las cuales se puso acá:
"nadie será privado de su libertad física o procesado
arbitrariamente", radica en el hecho que durante el régimen anterior,
ciertamente no había motivos para apresar o detener a una persona, pero estaba
ahí procesada arbitrariamente, se instruía sumario y ha quedado la cosa
ahí. A la hora en que esta persona
quería viajar al exterior, o quería obtener su certificado de buena conducta o
lo que sea, ahí estaba la constancia en la estadística de los tribunales y en
la policía.
Entonces, con este artículo lo que se busca, en
desmedro quizá de una buena técnica legislativa, y sabemos que podría
concretarse en una frase de una línea, pero lo que acá se busca es abroquelar
al ciudadano común de una serie de garantías, aparte de que nadie será apresado
sin Ley anterior al hecho del proceso.
Ese es un principio universal conocido, pero acá hemos tenido concreta
experiencia, más de uno de los compañeros acá me puede refrescar la memoria
sobre sus casos personales; no estaba preso, pero estaba procesado
arbitrariamente. Eso se trata de remediar con este artículo.
Entonces, se trata de una persona que atenta contra
la libertad física de trasladarse fuera del país. Este es un detalle que se tuvo en cuenta y
que considero de mi deber informar al plenario de esta Convención Nacional
Constituyente; por eso es que, si no hay causas regulares, cualquier situación
de ese tipo será manifiestamente violatoria de la Constitución y podrá tener su
remedio; por eso se puso en este texto, y es la razón por la cual me reafirmo
en la petición de que se apruebe el despacho de Comisión tal cual viene acá, y
solicito que, habiéndose agotado la lista de oradores, se pase inmediatamente a
votarlo. Muchas gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
La Presidencia quiere informar que, al cierre de la
lista de oradores, solamente por excepción pueden hablar otra vez, por segunda
vez, los proyectistas, y sobre todo el representante de la Comisión Redactora;
por eso le otorgaremos la palabra al ciudadano Convencional Hugo
Estigarribia. Después de él no existe
otro más.
CIUDADANO CONVENCIONAL HUGO
ESTIGARRIBIA: Gracias, ciudadano Presidente. Es a los
efectos de aclarar. En realidad,
disiento respetuosamente con las manifestaciones del Convencional Diógenes
Martínez, puesto que nadie puede ser privado de su libertad psíquica, sí de la
libertad física, pero, no obstante, a los efectos de una...porque la pena
privativa de libertad solamente puede ser pena pecuniaria o pena privativa de
libertad física, pero, no obstante, amplío en el sentido de clarificar el
proyecto, poniendo lo siguiente.
"Nadie será privado de su libertad física o procesado
arbitrariamente sino mediando las causas previstas en la ley". Vale decir que completamos el proyecto
original de la moción N° 5, asimismo, quiero destacar a este plenario
que nosotros, al hacer una Constitución, legislamos para el futuro, y también
el único mecanismo de sanción de las leyes es a través del Parlamento según el
texto que vamos a aprobar probablemente en el futuro, así que no estamos
apuntando al pasado, como lo ha manifestado el preopinante que tenemos que
mirar al pasado. Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
La Presidencia entiende que ha agregado la palabra
física....
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Luis Alfonso
Resck, con la advertencia de que se ha cerrado la lista de oradores.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
ALFONSO RESCK: Solamente una aclaración. Creo que debemos limitarnos a decir libertad
y punto, porque libertad física es limitativa, hay libertad política, libertad
social...de todo...a mi me parece que con decir libertad, ya con eso cubre
cualquier acepción. Nada más,
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Quedó
cerrada la lista de oradores....
DISCUSION...
La Presidencia, va a llevar a votación. Estamos en
plena votación, en primer lugar se va a votar el despacho de Comisión, se va a
dar lectura por última vez.
CIUDADANO SECRETARIO:
Subsisten, 1, 2, 3, 4 mociones.
1°) La
propuesta N° 1 del Proyecto Base dice así: Artículo 11.- De la privación de la libertad.
Nadie será privado de su libertad física o procesado arbitrariamente sino
mediando las causas y en las condiciones fijadas de antemano por Ley
regularmente sancionada por el Congreso conforme con las normas de esta
Constitución.
CIUDADANO PRESIDENTE: A votación. Quienes estén por dicho texto, se servirán levantar la
mano. Mayoría.
Queda aprobado el texto de la Comisión, Artículo 11.
APROBADO
Se pasa al Artículo 12. Por Secretaría se dará lectura al Artículo
12.
CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 12. Hay una sola
propuesta, que es la propuesta de la Comisión de Estilo y Comisión Redactora.
Dice así: De
la detención y del arresto. "Nadie
será detenido ni arrestado sin orden escrita emanada de autoridad competente,
salvo caso de ser sorprendido en flagrante comisión de delito que mereciese
pena corporal. Toda persona detenida
tiene derecho:
a) A ser informada en el momento de su detención
de las causas que la motiva, de su derecho a guardar silencio y de ser asistida
por un defensor de su confianza. En el acto de la detención, la autoridad está
obligada a exhibir la orden escrita que la dispuso.
b) A que la detención sea inmediatamente
comunicada a sus familiares o personas que el detenido indique.
c) A mantenerse en libre comunicación salvo que,
excepcionalmente se halle establecida su incomunicación por auto motivado de
autoridad judicial competente, la incomunicación no regirá respecto a su
defensor y, en ningún caso, podrá exceder el término que prescriba la Ley.
d) A disponer de un intérprete si fuese
necesario, y
e) A ser puesta a disposición del magistrado
judicial competente en un plazo no mayor de 24 horas, para que éste disponga
cuanto corresponda en derecho.
Termina el texto del Artículo 12 del Proyecto Base.
CIUDADANO PRESIDENTE: A
consideración.....tiene la palabra...están pidiendo la palabra dos
Convencionales, pero todavía no se tomó a consideración apenas....vamos a
escuchar....
Tiene la palabra el Ciudadano Convencional Jorge Dos
Santos.
CIUDADANO CONVENCIONAL JORGE
DOS SANTOS: Ciudadano Presidente: brevemente...para
insistir; con relación a los que estamos en el medio, no nos llegan los
Proyectos, ciudadano Presidente. Entiendo que existen ordenanzas ahí afuera,
que no están realizando ningún tipo de trabajo, aquí en el sector del medio, a
los Convencionales no nos llegan los proyectos, respetando el trabajo de la
Secretaría, pero estamos careciendo de los documentos, y no podemos emitir
ningún juicio con relación a ese tema.
Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: La
Presidencia nomás, aclara, con respecto a las copias, que en este caso no
existe ninguna otra propuesta; es la misma que se tiene como Proyecto Base.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Marciano
Torales.
CIUDADANO CONVENCIONAL MARCIANO
TORALES: Gracias, ciudadano Presidente. Solamente a los efectos de dejar constancia
de mi incidencia con la aprobación tal como vino del Artículo 11, con la
aprobación del proyecto del artículo precedente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Ya pasó.
Tiene el uso de la palabra el Convencional Edgar
Villalba. Breve, por favor, porque no
existe otro texto.
CIUDADANO CONVENCIONAL EDGAR
VILLALBA: Gracias, Ciudadano Presidente. Para manifestar,
simplemente, mi preocupación en el sentido de que, anteriormente, ya se dio
esta misma circunstancia con la aprobación del Artículo 9°, y ahora, aparentemente, se estaría por
reiterar esa situación con el Artículo 12.
Y, fundamentalmente, a los efectos de no dejar el
precedente de que por lo menos el vocero de la Comisión Redactora deje de
fundamentar los motivos que la llevaron a hacer la propuesta a la plenaria, por una cuestión de capital
importancia, ciudadano Presidente, puede darse en el futuro, y acá en este
mismo artículo se está dejando a la ley algunas reglamentaciones. La hermenéutica que habrá de hacerse en el
Parlamento, cuando fuera dictada la ley, habrá que tener necesariamente como
punto de partida, ciudadano Presidente, las consideraciones que llevaron a la
Comisión de Redacción a establecer este texto.
Nada más.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Diógenes
Martinez, como miembro de la Comisión Redactora.
CIUDADANO CONVENCIONAL DIOGENES
MARTINEZ: Ciudadano Presidente, y como
fórmula procedimental de nuestras deliberaciones, entiendo que se pone a
consideración, el artículo, y el que tenga alguna duda o interés en la
aclaración que pida la palabra y solicite al miembro informante; es una fórmula
que nos permitirá avanzar, porque si los 300 artículos donde no hay ninguna
otra moción vamos a ir fundamentando, no vamos a poder terminar en el término
previsto. Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Se cierra la lista de oradores por
disposición de la Presidencia. Quedan Hugo Estigarribia, Miguel Angel Riquelme,
Carlos Avalos y José Félix Fernández Estigarribia.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Hugo
Estigarribia, brevemente porque no hay oposición.
CIUDADANO CONVENCIONAL HUGO
ESTIGARRIBIA: Ciudadano Presidente: con la
disculpas del caso, levanté la mano hace tiempo. Llamo la atención a la mesa, por favor, para
dejar constancia de mi disidencia en la votación del Artículo 11, si bien ya no
es el momento. Lo hice en su momento oportuno y no pude dejar constancia...
INTERRUPCION...
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadano Convencional; está fuera de la
cuestión. Me va a disculpar...
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Miguel
Angel Riquelme.
CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL
ANGEL RIQUELME: Ciudadano Presidente: solicito
que conste en acta mi voto en disidencia sobre este artículo tal cual vino de
la Comisión Redactora.
CIUDADANO PRESIDENTE: Sobre este artículo en tratamiento.
CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL
ANGEL RIQUELME: Sobre este artículo que fue
aprobado.
CIUDADANO PRESIDENTE: No, pero no se ha aprobado todavía, toda
disposición vinculada al 11 es extemporánea.
Tiene la palabra el último orador el ciudadano
Convencional Carlos Avalos.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
AVALOS: Gracias.
Ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales: es
al sólo efecto de manifestar, en mi carácter de miembro de la Comisión
Redactora, que creo que la claridad del
presente artículo en cuestión huelga cualquier tipo de comentario al respecto,
por lo que mociono concretamente su aprobación, ciudadanor Presidente. Muchas
gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias.
La Presidencia lleva a votación, en primer término y
único, el despacho de Comisión. Quienes
estén de acuerdo, se servirán levantar la mano.
Aprobado por unanimidad.
APROBADO.
Artículo 13. Por Secretaría se
va a dar lectura.
CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL
ANGEL RIQUELME: Ciudadano Presidente: ahora
solicito que conste en acta mi voto en disidencia sobre la aprobación de este
artículo.
CIUDADANO PRESIDENTE: Si se refiere al artículo que acaba de
ser aprobado, cómo no. Entonces no hay unanimidad. Es mayoría simplemente. Muchas gracias.
CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 13: Propuestas para el Artículo 13
de la Constitución Nacional N°1, Proyecto Base. De la no Detención por
deudas: "nadie será detenido por
deudas, salvo mandato de autoridad judicial competente, dictado por
incumplimiento de deberes alimentarios o como sustitución de multas o fianzas
judiciales".
Propuesta N°2, de los Convencionales Eduardo Rodríguez, Eusebio Ramón Ayala,
Manfredo Ramírez, Carlos Villagra, Rubén Melgarejo, Rubén Bareiro y Hugo
Estigarribia.
Título. De la No Detención por Deudas.
Texto.
"No se admite la prisión por deudas".
Propuesta N° 3, de los Convencionales Bernardo Villalba, Juan De la Cruz González,
Dario Palacios, Herminio Cáceres y Juan Orella.
Título. De La No Detención por Deudas.
Texto.
"Nadie será detenido por deudas, salvo mandato de autoridad
judicial competente dictado como sustitución de multas o fianzas
judiciales".
Son las tres propuestas recibidas en Secretaría.
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración de la Plenaria el Artículo
13.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Oscar
Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Bien, ciudadano Presidente; es
para hacer referencia a este Artículo 13, de la no detención por deudas.
Hay muchas propuestas, según he podido apreciar, si
bien no las tengo a la vista, que hablan de aquel principio de que no hay prisión
por deudas. En relación con este particular, cabe resaltar lo siguiente: La
prisión, normalmente es un estadio posterior dentro del proceso penal, como
consecuencia del cual una persona detenida, luego de prestar declaración, ahí
el juez determina si continúa en prisión, o si se levanta la detención.
Pero nosotros, en la Comisión Redactora, hemos
considerado que, ni siquiera la detención puede disponerse, porque entre el
momento de la detención y el momento de la prisión, aún con conocimiento del
juez de la causa, por cualquier circunstancia puede una persona estar
constituida sin razón ni motivo alguno por cuatro, cinco, ocho y hasta diez
días antes de que pueda hacerle recibir la declaración, y que el juez se
pronuncie sobre su culpabilidad o inculpabilidad.
De manera que, uno de los grandes méritos de este
texto que, como todos los que llevamos aprobado no tiene otra finalidad que
defender al máximo la libertad de las personas, establece, con absoluta
claridad, que ni siquiera la detención -la prisión es un estadio
posterior-. Me permito enfatizar
clarisimamente este punto, porque nosotros, en esta materia, -y creo que ese va
a ser un orgullo de esta Constitución- no escatimamos normas ni regla ninguna
con la finalidad de tornar bien explícita la determinación de que a nadie se le
puede privar de su libertad personal por ningún motivo.
La única excepción que aquí se está admitiendo a este
principio es una, motivada por el incumplimiento de los deberes de asistencia
familiar o deberes alimentarios o como sustitución de multas o fianzas
judiciales. Ocurre que no hay manera, aún en las legislaciones más avanzadas-
en las que se establece muy a menudo la penalidad de la multa- en que ésta de
alguna manera deba cumplirse, y si se trata de una persona insolvente,
normalmente esto es connimativo a través de una privación de libertad. Pero, en general entonces, no hay detención
por deudas, salvo incumplimiento de deberes alimentarios, porque se supone
quien el que incumple dolosamente con los deberes alimentarios, lo que está
haciendo es condenar a un semejante a padecer hambre, y eso es sumamente grave,
porque solamente se acuerda a familiares de la persona afectada, o en los casos
-como repito- de imposibilidad que la autoridad judicial pueda hacer cumplir
sus mandatos.
Son las dos únicas estrictas excepciones establecidas
en el texto constitucional.
Con este fundamento, ciudadano Presidente, yo estoy
solicitando nuevamente la aprobación del despacho de Comisión. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Bernardo Villalba, como
proyectista.
CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDO
VILLALBA: Ciudadano Presidente, como
coproyectista.
Compañeros Convencionales: adhiero en parte a las
manifestaciones del preopinante con relación a la detención, pero debemos
manifestar nuestra disidencia en cuanto a la detención o prisión por
incumplimiento de los deberes alimentarios, que bien sabemos que este es un
juicio especial, en donde, en primera instancia, el demandado no tiene el derecho
a la defensa, y puede validamente ser condenado a pasar una suma determinada a
sus familiares cuando eso escapa a su posibilidad. Y sí escapa a su
posibilidad, entonces necesariamente tiene que ir a parar a la cárcel, tiene
que cumplir una pena privativa de su libertad, en cuanto fue condenado en algo
en que no se le dio el derecho a la defensa, que es un principio que estamos
consagrando en esta Constitución.
Y quiero señalar más; debemos decir, y si el
fundamento del preopinante es que se deba castigar al que dolosamente no ha
cumplido, también están aquellos que han sido condenados sobre una situación
dada, sobre una actividad laboral determinada, cuando eso puede o no
mantenerse, y si no se mantiene, pierde la posibilidad de seguir prestando esa
ayuda alimentaria a sus familiares, y la reducción o para dejar de pasar esa
prestación alimentaria, necesita un juicio normal que puede llevar bastante
tiempo, dentro del cual el ya puede o no estar adeudando, y por esa razón puede
ir ya preso.
Entonces, nosotros proponemos, concretamente, que se
excluya del proyecto base la palabra "por incumplimiento deberes
alimentarios", en razón de que puede ser sumamente perjudicial, y este
principio, bien lo sabemos, en qué deriva, está declinando a darle el derecho a
la defensa al ciudadano. Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Federico
Callizo.
CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO
CALLIZO: Gracias, ciudadano Presidente.
Con respecto al artículo que está en discusión, yo me
adhiero a las explicaciones y fundamentos que hizo el Presidente de la Comisión
de Redacción. Por eso, lógicamente, no
voy a abundar en otro tipo de argumentación al respecto. Pero pedí el uso de la
palabra, Presidente, para hacer referencia al tema de la distribución de hojas
con las propuestas que se presentan a último momento. Si nosotros no resolvemos este problema,
ciudadano Presidente y compañeros Convencionales, vamos a seguir retrasando el
trabajo de esta Magna Asamblea.
Yo creo que, si bien en un momento que se presente en
la mañana de la inauguración de cada sesión, incluso es posible que todas se
presenten también durante la siesta, pero no es posible que mientras se este
discutiendo un artículo se vayan aportando, arrimando ideas y cambios y
modificaciones a la mesa. Eso va a
anarquizar totalmente el estudio, Presidente.
Quiero llamar a la reflexión en
ese sentido. Nada más, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
En cuanto a la ultima parte de su preocupación, que
lo ha dicho, por Secretaría se le va a dar la información precisa al respecto.
De todas maneras, hay un obstáculo fundamental que la Presidencia se permite
exponer ya a los ciudadanos Convencionales, para que vayan meditando, que es el
inciso 5, del Artículo 98, que durante la discusión en particular, durante la
discusión de un proyecto podrán
presentarse otros artículos. Solamente podemos salvar esto o con modificación
del mismo, o directamente, con la buena voluntad de quienes vayan a
presentarlo, que lo hagan 24 horas antes; ésa es la instancia que se permite
también la Presidencia recomendar.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Diógenes
Martínez.
CIUDADANO CONVENCIONAL DIOGENES
MARTINEZ: Ciudadano Presidente:
evidentemente el texto del reglamento no se ajusta al objetivo nuestro. Debemos redactar normas conscientes y no
improvisadas. Estamos improvisando, y la improvisación acarrea un riesgo
gravísimo.
Es por eso que yo propongo que este punto vaya a la
Comisión de Peticiones y Poderes, que de la misma manera como se ha resuelto
hoy otro artículo u otro inciso, mañana traiga un dictamen sobre este punto y
luego lo tratemos.
Yo propongo, ciudadanos Convencionales, que este
punto específico vaya a la Comisión de Peticiones y Poderes con ruego de
despacho sobre una reforma. Es todo,
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Incidentalmente, esta es una resolución que
se somete a consideración de la plenaria, para que pase a dictamen.
APROBADO
Pasa a la comisión de Poderes y Reglamentos un pedido
de dictamen sobre el inciso 5 del Artículo 98. Prosigue el estudio del texto
del Artículo 13.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Franklin
Boccia.
CIUDADANO CONVENCIONAL FRANKLIN
BOCCIA: Ciudadano Presidente: era para
referirme sobre el mismo punto que el preopinante, el Convencional Callizo, así
que declino. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Muchas gracias, ciudadano Convencional.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Benjamín
Maciel Pasotti.
CIUDADANO CONVENCIONAL BENJAMIN
MACIEL PASOTTI: Ya el Convencional Bernardo
Villalba obvió lo que iba decir. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene la palabra la ciudadana Convencional Cristina
Muñoz.
CIUDADANA CONVENCIONAL CRISTINA
MUÑOZ: Gracias, ciudadano Presidente.
Hago uso de palabra para apoyar la propuesta de la
Comisión Redactora y defender específicamente en la parte que habla de deberes
alimentarios. Es importante, señores,
que despues de una sentencia judicial, generalmente, y en la práctica, existen
posibilidades de evadir esta responsabilidad de mil maneras. Por lo tanto, yo apoyo que el incumplimiento
de esto por sentencia judicial realmente esté entre las excepciones en este
artículo.
Me parece a mí que es una de las maneras de defender
la vida, una de las maneras de defender a la niñez, es justamente dando la
posibilidad de la responsabilidad de los padres, atendiendo que más adelante, en
lo referente específicamente a los hijos hablamos que serán penados los padres
que lleguen al incumplimiento de los deberes alimentarios.
Por lo tanto apoyo la propuesta de la Comisión
Redactora. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadana Convencional.
La Presidencia va a volver a hacer uso de sus
atribuciones para cerrar la lista de oradores.
Se hallan inscriptos, y se va a leer por Secretaría
lo siguiente, con lo cual queda cerrada la lista de oradores.
CIUDADANO SECRETARIO: Blanca
Lila González, Evelio Fernández, Carlos Romero Pereira, Euclides Acevedo,
Ricardo Franco Lanceta, Eduardo Rodríguez, Juan de la Cruz González, Hugo
Estigarribia y Oscar Paciello.
La Presidencia hace la aclaración de que los miembros
de la Comisión, sobre todo el miembro informante, tienen la última palabra.
Con 10 ciudadanos Convencionales queda cerrada la
lista de oradores.
Tiene la palabra la ciudadana Convencional Blanca
Lila González.
CIUDADANA CONVENCIONAL BLANCA
LILA GONZALEZ: Solamente era para decirles
que me parece que este párrafo, dictado por incumplimiento de deberes
alimentarios, debería decir "por incumplimiento doloso de deberes
alimentarios", porque al padre de familia que es insolvente no se lo puede
mandar a la cárcel, pero como la propuesta N° 3, sustituye, es decir, saca ese párrafo, simplemente me adhiero a la
propuesta N°3.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadana Convencional.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Evelio
Fernández.
CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO
FERNANDEZ AREVALOS: Desisto, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Desiste el Convencional.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Carlos
Romero Pereira.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
ROMERO PEREIRA: Creo, ciudadano Presidente,
que el objetivo que busca este artículo no se consigue así como esta redactado.
Se consigue exactamente lo contrario, porque si se encarcela al que está,
digamos, obligado a prestar servicio alimentario se queda sin trabajo y no va a
cumplirse eso, por lo que voto en contra del Proyecto de la Comisión.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Euclides Acevedo.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUCLIDES
ACEVEDO: Gracias, ciudadano Presidente.
Creo que este
artículo, busca consagrar un principio por el cual salimos nosotros de una
concepción medieval de la deuda, en el sentido, de que nadie puede ser
detenido, así como explicó el Prof. Paciello, por deuda. Y quiero hacer una pequeña reflexión sobre la
cuestión del incumplimiento de deberes alimentarios. Creo que no es la forma de recuperar la
paternidad irresponsable mandando preso al padre irresponsable; no creo que
pueda atribuírsele, digamos, la equiparación a una deuda, y mucho menos, la sustitución
de multas o fianzas judiciales, con lo cual se estaría bastardeando el
principio de detener por deudas, porque cualquiera puede disimular a través de
estas dos figuras, por lo que considero mas apropiado, de acuerdo a la
intención, inclusive de la Comisión Redactora, la propuesta N°2, que simplemente se diga que no se admite la
prisión por deudas, y punto.
Tengo entendido que la irresponsabilidad de los
deberes alimentarios, y los otros presupuestos del proyecto de la Comisión
Redactora, pueden ser administrados de otra forma. Nada más, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Ricardo Franco Lanceta.
CIUDADANO CONVENCIONAL RICARDO
FRANCO LANCETA: Gracias, ciudadano Presidente.
Sobre este tema creo que es importante, porque
nosotros estamos haciendo una Constitución para un país que está sumergido en
lo que podríamos definir como antropología cultural de la pobreza-
consiguientemente: establecer la prisión por falta de contribución alimentaria
de la paternidad, no se ajusta a la realidad sociológica de nuestro medio.
Yo hice una experiencia en distintos países sobre
este tema de la prisión por deudas por alimentos, y la única consecuencia es
que, lejos de contribuir a mantener la responsabilidad paterna con respecto a
los hijos, se la aleja definitivamente. Lejos de contribuir a reunir parejas
unidas de hecho y de derecho, se las separa más, se presta a muchas cosas, y,
evidentemente, creo que tendríamos, por esas consideraciones muy puntuales y
por la realidad que nosotros tenemos, en donde el gran porcentaje de nuestra
población no tiene ingreso fijo, evidentemente no sería aconsejable ni prudente
que se consagre con categoría constitucional la prisión por esta causal.
Consiguientemente, yo me inclinaría por la fórmula
"nadie será detenido por deudas".
Aclaró muy bien el Convencional Oscar Paciello la diferencia conceptual
en sus consecuencias de detención y prisión en la gradación de las penas, así
que, si es que se mantiene el proyecto
de la Comisión Redactora, evidentemente habría que mejorarlo con el agregado
"de doloso", que también expresó el Convencional Oscar Paciello.
Gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Rogamos al ciudadano acerque su propuesta, al
ciudadano Ricardo Franco Lanceta, por favor, si nos la hace llegar por escrito.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Eduardo Rodríguez.
CIUDADANO CONVENCIONAL EDUARDO
RODRIGUEZ ACOSTA: Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos Convencionales: antes, quiero excluir, con el perdón de estas
personas que habían firmado conmigo el proyecto del Artículo Nº 11, pero no así el Nº 13; los ciudadanos Carlos
Villagra Marsal y Rubén Bareiro Saguier.
El concepto que tuvieron los demás para articular el Nº 13 de esta manera es que: "la detención es la etapa procesal de la
investigación judicial, y no implica condena judicial". Lo que nosotros queremos precautelar, es que
nadie sea condenado por deudas; tendríamos el caso en la encarcelación por
deuda alimentaria, el siguiente caso: se
procede a un proceso judicial para condenar a la persona, primero, se analiza
su situación económica, si él tiene un sueldo, la sentencia judicial descuenta
ese sueldo, ¿qué pasa si este ciudadano es
expulsado de su trabajo y al siguiente mes no puede aportar el porcentaje que
la ley descuenta de su sueldo?.
Automáticamente, está en incumplimiento de la sentencia judicial, y va a
ser encarcelado; y, como dijeron varios preopinantes, no define ni soluciona la
situación.
El término "prisión", lo usamos porque la
deuda se contrae de varias maneras, ya sea por compromiso o prestación de
servicios; si una persona no puede ser detenida por deudas, podría suceder que
vaya una persona, haga una prestación de servicios viajando o alojándose en un
hotel o almorzando en un restaurant y no paga, y ni siquiera va a poder ser
detenida para obligársele a que cumpla ese compromiso; por eso es que creemos
haber salvado esta posibilidad con el término "prisión".
Por lo tanto, me ratifico en el Artículo 13 con los
preopinantes, de que no se admite la prisión por deudas.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Juan de la Cruz González.
CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN DE
LA CRUZ GONZALEZ: Gracias.
Para significar solamente, reforzando lo ya expresado
por el preopinante. Estamos considerando
un tema amplísimo.
Honorables Convencionales: la deuda comprendida en este artículo,
proveniente de deberes alimentarios, es amplísima, es conocida por todos. Incluso antes del nacimiento del hijo, ya en
la etapa durante el estado de embarazo de la madre, emerge, muchas veces, el
deber de asistir económicamente, ya sea a la esposa o a la barragana. En consecuencia, estamos ante una instancia
tremendamente delicada y trascendente, porque estaría en juego nada menos que
la libertad del padre o, en su defecto, del supuesto padre, incluso antes de la
determinación de su filiación.
Convencionales:
en el propuesto N° 13, se procura evitar esa injusticia, como
alguien ya dijera en esta Convención esta tarde, que desechando, saliendo del
esquema vigente hasta la Edad Media, que ahora pretendamos volver a aquel
esquema, a aquella doctrina, sería una injusticia.
En consecuencia, se ruega a los Convencionales
reflexionar profundamente sobre este punto, porque concurren situaciones
jurídicas divergentes y muchísimas clases de obligaciones que conforman este
artículo. Están la litis expensa, la
asistencia alimentaria a los ascendientes, a los descendientes, a los
colaterales. Y todos ellos concurren a
determinar esta figura, por un lado, esta figura jurídica.
Por otro lado, se le estaría acordando una función
penal a una jurisdicción de carácter eminentemente civil y, además, debe
considerarse que tenemos una instancia procesal en los tribunales, considerada
como sumaria, en la que no se entra a tallar en profundidad las causales
generadoras de los deberes alimentarios.
Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Hugo Estigarribia.
CIUDADANO CONVENCIONAL HUGO
ESTIGARRIBIA: Nada más que a los efectos de ratificar el
proyecto y mencionar lo siguiente; a mi criterio, es bastante grave que se
quiera dar una pena privativa de libertad, cuando lo que corresponde a un
individuo que ha incumplido deberes alimentarios, es aplicar una sanción
pecuniaria, razón por la cual, pensamos nosotros, que este texto es mucho más
simple y concreto, y nos ratificamos en el proyecto.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Estanislao Llamas.
CIUDADANO CONVENCIONAL
ESTANISLAO LLAMAS: Ciudadano Presidente: nosotros hemos venido aquí para mejorar la
Constitución del 67, sin embargo leyendo el Capítulo V, Los Derechos, Garantías
y Obligaciones de la Constitución del 67, nos supera ampliamente,
ciudadanos. Tiene mejores conceptos, y
más precisión, ciudadanos. Es una
lástima decirlo, pero esa es la verdad.
En lo que respecta al tema de la prisión por deuda,
la del 67, la supera, ciudadanos, porque ahí no figura la cuestión de prisión
por alimentos y por la fianza judicial.
Y la parte de la detención, el Artículo 64, explica
claramente esa situación. Y siendo
"ni privado de su libertad por obligaciones cuyo incumplimiento no haya
definido la ley como delito o falta".
Quiere decir, ciudadanos, que si la ley no lo define como un delito o
una falta el incumplimiento del pago por alimenticio ni la fianza, no puede, no
llevárse a prisión, ni detener a las personas, ciudadano Presidente.
Por eso creo que hay que eliminar esa parte del
proyecto. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Eusebio Ramón Ayala.
CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO
RAMON AYALA: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: he suscripto la moción N° 2, por la cual no se admite la prisión por
deudas.
Primero quiero explicar que en el concepto de prisión
acá se toma el concepto amplio de prisión.
Es decir, si bien es cierto, que el Código Procesal Penal puede
distinguir entre el momento de la detención y la prisión como estadios
procesales, éste es un término más comprensivo de todas las formas de privación
de libertad por motivos de deudas.
He revisado ahora rápidamente algunas Constituciones
latinoamericanas, y todas tienen el término prisión por deudas, hay algunas,
como la Constitución de Colombia, que es la más reciente, es más categórica y
dice: "En ningún caso podrá haber
detención, prisión ni arresto por deudas, ni penas y medidas etc.". Es decir, yo creo el que el término
"prisión" tiene una tradición Constitucional. Se entiende perfectamente qué se quiere decir
con "prisión por deuda". Es
decir que nadie puede ni detenido ni procesado, ni arbitrariamente llevado a
prisión por motivo de una deuda.
Yo creo que, si nosotros establecemos este tipo de
excepciones, es un retroceso, realmente va a ser un retroceso.
Por otro lado, los deberes alimenticios, realmente
son deberes que los padres deben cumplir y que los parientes...etc. etc. Estamos todos de acuerdo con eso. Con lo que no estamos de acuerdo es que a
nivel Constitucional se tenga que poner de esta manera.
Dice:
"deberes alimenticios", y se está citando solamente el caso de
los padres, pero está el caso de los nietos, de los abuelos, de los suegros,
etc. Todos esos familiares tienen
deberes alimentarios.
Por esas breves razones, yo suscribo la propuesta N° 2.
Nada más.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Miguel Abdón Saguier.
CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL
ABDON SAGUIER: Ciudadano Presidente: una de las exigencias técnicas en materia
legislativa es que la norma sea irreductible, es decir, que no permita
interpretaciones subjetivas y amplias ciudadano Presidente.
Y con esta norma estamos abriendo esa posibilidad,
con el texto tal cual nos ha venido de la Comisión Redactora, porque tenemos
que definir claramente qué es lo que queremos.
Queremos que no haya prisión por deuda, que no haya privación de
libertad por deuda. Y al mismo tiempo,
parecería que perseguimos que haya un efectivo cumplimiento del deber
alimentario.
Pero, precisamente si nosotros disponemos esa
sanción, privándole de la libertad, lo que menos vamos a conseguir es que se
cumpla con ese deber alimentario.
En consecuencia, ciudadano Presidente, yo quiero proponer
y voy a hacer llegar por escrito una propuesta que dice así: "Nadie podrá ser privado de su libertad
por deuda".
Ya se ha explicado bastante bien cuáles son los
deberes alimentarios. Los deberes
alimentarios no son aquellos que se originan entre padres e hijos, sino que es
mucho más amplio.
Además, tenemos el tema de la multa o fianzas
judiciales. ¿A qué multa nos
referimos?. ¿Cuál es el origen?. ¿Cuál es la causa?. Por esa razón, ciudadano Presidente, hago
llegar este proyecto de artículo, que dice sencillamente: "Que nadie podrá ser privado de su
libertad por deuda".
De esa manera, creo que estaríamos definiendo
claramente el objeto y el propósito de este artículo. Gracias Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente: ¿me permite?
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Muchas gracias, ciudadano Presidente.
No quisiera venir aquí a batir el récord de
improvisaciones que he escuchado esta tarde a propósito de este artículo. La gente se alarma porque supuestamente
estamos empleando mal la palabra, que con esta cuestión de "pensión
alimentaria" vamos a cometer una herejía.
La Comisión, ciudadano Presidente, no hizo ninguna
innovación. El Artículo 7°, punto 7), del Pacto de San José de Costa
Rica, ratificado por la República del Paraguay, es bien claro sobre el
particular, y dice: "Nadie será
detenido por deuda". No habla de
prisión, acá. Me parece que los que
hicieron este Pacto conocían de qué hablaban.
Este principio no limita los mandatos de la autoridad judicial
competente dictado por incumplimiento de deberes alimentarios. Ahí ya está previsto, de manera que la
Comisión no hizo ninguna innovación. Ni
tenemos por qué hacerla.
Por lo demás, en esta sala se ha confundido el
problema de la tramitación civil del pago de una prestación alimentaria, con la
norma contenida en este artículo, que simplemente está definiendo, para el
futuro legislador penal, que uno de los valores que debe cautelar el
ordenamiento jurídico es el cumplimiento de los deberes alimentarios, porque es
la expresión de un sentimiento muy caro a nuestra condición humana, que es el
desarrollo de los deberes de la solidaridad.
Por consiguiente, de conformidad a la norma aquí
contenida, a lo que se está habilitando, es para que, en el futuro, el
legislador en el Código Penal que necesariamente va a tener que ser objeto de
una adecuación a la norma constitucional, establezca y tipifique el delito del
incumplimiento de los deberes de asistencia familiar tal como hay en numerosos
países. Y es por eso que el Pacto de San
José de Costa Rica lo recoge porque es una realidad.
En consecuencia, ahí va a emerger un delito, pero
cuando hablamos de delito, estamos hablando de una conducta típica,
antijurídica y culpable o dolosa. ¿Qué quiere decir? Que no porque no se cumpla con la prestación
alimentaria, porque uno se encuentre sin trabajo, va a ir dar con sus huesos a
la cárcel; de ninguna manera. El
incumplimiento deberá ser doloso.
Entonces, señores, acá se están dando todas las
garantías para la libertad individual de las personas, y no podemos, tampoco, a
la autoridad judicial, privarle de un medio de constreñimiento capaz de
mantener enhiesta la majestad de la justicia.
Pero, ¿qué va a hacer si un juez le condena a una
persona por una falta como está legislada en el Artículo 413 y siguiente del
Código Penal, y está persona paga la multa establecida en el Código Penal? Se le va a ir a hacer pito-colorín al juez.
No puede ser. Tiene que haber alguna
sanción. Y a ese efecto está prevista
esta norma, pero no es para otra cosa, y son las dos únicas excepciones que
tiene el artículo, en perfecta correspondencia con el Pacto de San José de
Costa Rica, y aún con nuestra legislación penal vigente. De manera que acá no estamos inventando la
pólvora. Es una fórmula perfecta, y es
la razón por la cual me permito, muy respetuosamente, solicitar al ciudadano
Presidente, se lleve inmediatamente a votación el Despacho de la Comisión. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
APLAUSOS...
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
La Presidencia va a llevar a votación, en primer
término, el Despacho de Comisión. Se
volverá a leer.
CIUDADANO CONVENCIONAL ...:
Ciudadano Presidente: ¿me permite una aclaración de la mesa..?.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Estamos en votación. Solamente se
va a leer para que los Convencionales tengan bien determinado el texto como
queda redactado.
CIUDADANO SECRETARIO: ¿Cuáles son los textos? Hay cinco mociones y algunas que aún no
fueron leídas por Secretaría. Así que
voy a leer las cinco mociones para luego llevar.....
CIUDADANO PRESIDENTE:
No. La de la Comisión, es para
votación.
CIUDADANO SECRETARIO: Pero
hay textos que aún no fueron leídos.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Después los vamos a hacer.
CIUDADANO SECRETARIO: Todos los
textos presentados fueron leídos y hay dos que no fueron leídos.
CIUDADANA SECRETARIA: Porque
no se arrimó antes, nomás.
CIUDADANO SECRETARIO: Las
propuestas N°s 4 y 5 que no fueron leídas. De la no detención por deudas. Propuesta N° 4, del ciudadano Convencional Ricardo Franco,
dice: De la no detención por
deudas. "Nadie será detenido por
deudas, salvo mandato originado en sentencia judicial".
Y la Propuesta N° 5, presentada por el ciudadano Convencional Miguel Abdón Saguier,
dice: "Nadie podrá ser privado de
su libertad por deuda".
El texto del Artículo 1 que va ser llevada a votación
dice: -de la Propuesta N° 1.
Artículo 13. De la no detención
por deudas. "Nadie será detenido
por deuda salvo mandato de autoridad judicial competente, dictado por
incumplimiento de deberes alimentarios o como sustitución de multas o fianzas
judiciales". Es la propuesta N° 1.
CIUDADANO PRESIDENTE: A
votación, en primer término, el Despacho de Comisión.
Quienes estén por el mismo, se servirán levantar la
mano.
Mayoría
VARIOS CIUDADANOS
CONVENCIONALES: No.
(al unísono).
CIUDADANO CONVENCIONAL ...:
Rectificación de votos, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Orden
en la sala. Alguien debe hacer moción de
rectificación.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional.
CIUDADANO CONVENCIONAL ...: Sí,
ciudadano Presidente. Solicito la
rectificación de votos.
CIUDADANO PRESIDENTE: Se va
a proceder a la rectificación de voto.
Los que estén en la primera fila, por la moción N° 1, se servirán ponerse de pie. Díez
votos.
Fila dos: Once
votos.
Tercera fila: Ocho
votos.
Cuarta fila: Ocho
votos.
Quinta fila: Once
votos.
Sexta fila: Siete
votos.
Séptima fila: Once
votos.
Octava fila: Doce
votos.
Novena fila: Once
votos.
Décima fila: Ocho
votos.
La mesa: Dos
votos, por la mesa.
Se va a dar el resultado por Secretaría.
CIUDADANO SECRETARIO: La
moción N° 1 obtuvo 99 votos.
CIUDADANO PRESIDENTE: Mayoría. Queda aprobado el artículo en consecuencia.
APROBADO.
APLAUSOS...
CIUDADANO CONVENCIONAL ...:
Ciudadano Presidente:
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Benjamín Maciel Pasotti.
CIUDADANO CONVENCIONAL BENJAMIN
MACIEL PASOTTI: En nombre de los ciento de miles de
paraguayos que van a tener problemas en razón de este artículo, dejo sentada mi
disidencia.
VARIOS CONVENCIONALES:
Igualmente, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Se
toma nota. A consideración el artículo
siguiente.
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL ...:
Ciudadano Presidente: mi disidencia que conste en Acta y el libro de
sesiones.
CIUDADANO PRESIDENTE: Por
orden, por favor.
Tiene el uso de la palabra la ciudadana Convencional
Elba Recalde de Rojas.
CIUDADANA CONVENCIONAL ELBA
RECALDE DE ROJAS: Sí. De
conformidad al Artículo 12 del Reglamento Interno, solicito se consigne mi voto
en disidencia.
CIUDADANO PRESIDENTE: Así se
hará.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Julián Britos Acosta.
CIUDADANO CONVENCIONAL JULIAN
BRITOS ACOSTA: Quiero que conste en acta también mi
disidencia, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Así se
hará.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Bernardo Villalba Cardozo.
CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDO
VILLALBA CARDOZO: También solicito, ciudadano Presidente, que
se tome nota de mi voto en disidencia.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Darío Palacios Vera.
CIUDADANO CONVENCIONAL DARIO
PALACIOS VERA: Ciudadano Presidente: solicito se anote mi voto en disidencia se anote.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Miguel Angel Riquelme.
CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL
ANGEL RIQUELME: También, ciudadano Presidente, solicito que
conste en acta mi voto en disidencia.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Víctor Hugo Paniagua.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
HUGO PANIAGUA: De la misma manera, ciudadano Presidente,
solicito conste en acta mi voto en disidencia.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Rolando Dos Santos.
CIUDADANO CONVENCIONAL ROLANDO
DOS SANTOS JARA: Gracias, ciudadano Presidente. También quiero que conste en acta...
CIUDADANO PRESIDENTE: Orden
en la sala, para escuchar la palabra del Convencional.
CIUDADANO CONVENCIONAL ROLANDO
DOS SANTOS JARA: Ciudadano Presidente: también quiero que conste mi voto en
disidencia por aquella gran cantidad de criaturas que van a quedar sin ser
reconocidas.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Carlyle Gauto Sanabria.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLYLE
GAUTO SANABRIA:
INTERRUPCION...
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Moción
de orden, ciudadano Presidente. Moción
de orden. Por la seguridad de que conste
en acta mi disidencia con el artículo aprobado, vuelvo a solicitar en igual
sentido.
CIUDADANO PRESIDENTE: Se
toma nota.
El ciudadano Convencional Estanislao Llamas tiene el
uso de la palabra.
CIUDADANO CONVENCIONAL
ESTANISLAO LLAMAS: Para que conste también en el acta mi
disidencia, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
la palabra el ciudadano Convencional José Ismael Candia.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Moción
de orden, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Calma.
Se le va a dar la palabra a todos.
CIUDADANO CONVENCIONAL JOSE
ISMAEL CANDIA: ¿Tengo la palabra, Presidente?.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Candia.
CIUDADANO CONVENCIONAL JOSE
ISMAEL CANDIA: Muchas gracias, Presidente. Solamente para...
CIUDADANO PRESIDENTE: Orden
en la sala para poder escuchar al orador.
CIUDADANO CONVENCIONAL JOSE
ISMAEL CANDIA: Para hacer constar mi voto en disidencia
contra la resolución filosófica de esta Convención en este artículo. Muchas gracias, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Así se
hará, gracias.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Sosa
Mendoza.
CIUDADANO CONVENCIONAL ...: Moción
de orden, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Un
momentito. Hay una moción de orden. Vamos a escuchar de qué se trata. Moción de orden a cargo del ciudadano
Convencional Elizeche.
CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN
FRANCISCO ELIZECHE: No podemos interrumpir, ciudadano Presidente,
indefinidamente la cuestión. Por lo tanto, solicito, a través de la
Presidencia, que se habilite un cuaderno, y que se haga constar el voto en
disidencia por escrito y de alguna forma, porque esto no puede ser, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Sí,
señor. Puede ser.
APLAUSOS...
Tiene razón el ciudadano Convencional.
Ciudadanos Convencionales, honorable Convención: Yo creo que va a ser mucho más práctico que,
efectivamente, por Secretaría pasen los ciudadanos Convencionales que no están
de acuerdo, tanto los que se han tomado y los que faltan, y se va a anotar el
voto en disidencia de los mismos. Vamos
a ahorrar también una economía de tiempo, al respecto. Cuando el voto en disidencia es de una sola
persona o de dos, no hay problema. Pero
con todos los que no han compartido la tesis, se hace muy largo y tedioso
esto. De manera que se somete a votación
para que así sea.
CIUDADANO CONVENCIONAL..: Que se
ajuste al Reglamento, ciudadano Presidente.
Que conste en acta, ciudadano Presidente. Deben ser grabados los votos en disidencia. Por lo tanto se debe cumplir el Reglamento.
DISCUSION EN LA SALA.
CIUDADANO PRESIDENTE: Se va
a dejar constancia en acta. Lo único que
se ruega, es que se pase por la Secretaría a anotar el nombre de cada uno.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Hay
una moción de orden, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: El
ciudadano Convencional Eligio Vargas Mendoza tiene el uso de la palabra.
CIUDADANO CONVENCIONAL ELIGIO
VARGAS MENDOZA: Ciudadano Presidente: resulta que es una cuestión muy importante lo
que nosotros estamos explicitando con nuestro voto en disidencia. No estamos de acuerdo con la consagración de
lo que se ha consagrado por mayoría, ciudadano Presidente y, si por cualquier
otro motivo se están dilatando las sesiones, por este motivo fundamental
nosotros queremos hacer constar nuestro voto en disidencia, tiene que estar grabado
lo que decimos, ciudadano Presidente. De
lo contrario, no va a constar en el Diario de Sesiones. Por eso, estamos haciendo constar nuestro
voto en disidencia, y pedimos que se nos respete, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Bueno. Correcto.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Enrique
Doldán.
CIUDADANO CONVENCIONAL MANUEL
ENRIQUE DOLDAN: En el mismo sentido, ciudadano Presidente, mi
disidencia. Nada más.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: En el
mismo sentido, ciudadano Presidente, también mi voto en disidencia quiero que
conste en acta. Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Ciudadano Convencional: Por
favor, si se dirige a la Presidencia, para que haya un orden. Vamos a hacer algo que sea, entonces, mucho
más apropiado: que por fila, cada uno,
vaya dando su nombre y se anota por la disidencia. Es mucho más fácil. Va a ser mucho más fácil.
CIUDADANA CONVENCIONAL...:
Jorgelina Silvero, voto en disidencia.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene la
palabra el ciudadano Convencional Rafael Eladio Velázquez.
CIUDADANO CONVENCIONAL RAFAEL
ELADIO VELAZQUEZ: Ciudadano Presidente: esto se está convirtiendo en una votación
nominal. Es mucho más sencillo y
efectivo que se pida votación nominal cuando hay oposición de principio
fundamental.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
razón. Vayan dictando sus nombres, por
fila. En la primera fila vamos a ver.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Hay
una moción de orden, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Estamos llenos de mociones de orden.
¿Quién pide moción de orden
nuevamente?.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Juan
Francisco Elizeche había pedido una moción de orden, Presidente.
CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN
FRANCISCO ELIZECHE: Ciudadano Presidente: Yo solicité que se envíe por escrito y que se
lean en el acta de mañana los votos en disidencia. No es una violación del Reglamento, es
simplemente un pedido de consideración a aquellos Convencionales que creen que
se les falta el respeto cuando pedimos un mínimo de consideración a esta
Convención. Nada más, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Así es
ciudadano Convencional. A nadie afecta, ni al Reglamento, en absoluto. Simplemente, por una cuestión de economía,
pero vamos a seguir otorgando la palabra para que consignen sus votos de
disidencia.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
AVALOS: Moción de orden, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: El
ciudadano Convencional Carlos Avalos tiene la palabra, para una moción de
orden.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
AVALOS: Quisiera dar una pequeña sugerencia, ciudadano
Presidente, para ver si podríamos obviar esta situación. Que la Presidencia diga que los
Convencionales que van a ir dando su nombre han votado en disidencia, y que, en
fila, ordenadamente, den cada uno su nombre, para que quede registrado en el
libro de sesiones y, de esa manera, vamos a poder proseguir nuestras
deliberaciones, ciudadano Presidente.
Respetuosamente se lo digo. Gracias,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Pido
la palabra, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Muchas
gracias. Ya prácticamente quedan muy
pocos.
El ciudadano Convencional Eduardo Rodríguez tiene el
uso de la palabra.
CIUDADANO CONVENCIONAL EDUARDO
RODRIGUEZ: Ciudadano Presidente: Yo quiero justificar mi voto en
disidencia. Hace pocos días estuve
diciendo que acá no estamos para filosofar, y por la filosofía nosotros estamos
condenando a cientos de criaturas,, y miles, que quedarán sin que sus padres las
reconozcan. Por eso es mi voto en disidencia.
CIUDADANO PRESIDENTE: El
ciudadano Convencional Domingo Delvalle tiene el uso de la palabra.
CIUDADANO CONVENCIONAL DOMINGO
DELVALLE: Sí, ciudadano Presidente. También es para pedir que conste en acta mi
voto en disidencia, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Víctor Núñez.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
NUÑEZ: Igualmente para votar en disidencia.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Celso Castillo.
CIUDADANO CONVENCIONAL CELSO
CASTILLO: Es para hacer constar en acta mi voto en
disidencia, ciudadano Presidente. Muchas
gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias.
CIUDADANO CONVENCIONAL
MILCIADES GODOY: Ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Milciades Godoy.
CIUDADANO CONVENCIONAL
MILCIADES GODOY: Es para que conste en acta mi voto en
disidencia, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Timoteo González Galván.
CIUDADANO CONVENCIONAL TIMOTEO
GONZALEZ GALVAN: En igual sentido, ciudadano Presidente, para
que conste en acta.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Julio César Fanego.
CIUDADANO CONVENCIONAL JULIO
CESAR FANEGO: Es para que conste en acta mi disidencia a
este artículo.
CIUDADANO PRESIDENTE: Muy
bien.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Gregorio
Enciso.
CIUDADANO CONVENCIONAL ABRAHAN
ESTECHE: Yo todavía no hice constar en acta, ciudadano
Presidente, disculpe. Abrahán Esteche,
voto en disidencia.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Ciudadano Convencional: Estamos
haciéndolo por orden. Pida la
palabra. Le vamos a agradecer.
La ciudadana Convencional Celsa Echagüe, tiene el uso
de la palabra.
CIUDADANA CONVENCIONAL CELSA
ECHAGUE: También quiero que conste en acta mi voto en
disidencia, ciudadano Presidente.
Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
la palabra la ciudadana Convencional Jorgelina Silvero.
CIUDADANA CONVENCIONAL
JORGELINA SILVERO: Ciudadano Presidente: es nada más para que
conste en acta mi voto en disidencia.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Ismael Echagüe.
CIUDADANO CONVENCIONAL ISMAEL
ECHAGUE: Ciudadano Presidente: para que conste mi voto
en disidencia sobre este artículo.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Luis Llano.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
LLANO: También mi voto en disidencia por el Artículo
13.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Juan de la Cruz González.
CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN DE
LA CRUZ GONZALEZ: Es para hacer constar mi disidencia con
relación al Artículo 13.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Juan Gilberto Orella.
CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN GILBERTO
ORELLA: Es para que conste en acta mi disidencia en
este artículo.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
la palabra el ciudadano Convencional Víctor Hugo Insaurralde.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
HUGO INSAURRALDE: Es para que conste en acta mi disidencia,
ciudadano Presidente. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Orden
en la sala, por favor.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional. Diga su nombre porque no se escucha bien acá.
Es al solo efecto de la grabación, Gregorio
Centurión, para que quede constancia.
CIUDADANO CONVENCIONAL GREGORIO
CENTURION: En disidencia.
CIUDADANO PRESIDENTE: ¿Falta alguno más?
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Diógenes
Martínez.
CIUDADANO CONVENCIONAL DIOGENES
MARTINEZ: Ciudadano Presidente: A los fines de proponer un mecanismo que, en
adelante, nos ahorre esta pérdida de tiempo.
Pido que este asunto también pase a la Comisión de Peticiones y Poderes,
para que contenga un mecanismo.
Ciudadanos Convencionales: yo no
estoy proponiendo ninguna fórmula. Estoy
proponiendo que la Comisión de Peticiones busque una fórmula inteligente, que,
después, se someta a plenaria, y que, con la mayoría de los votos, se decida
una fórmula que abrevie este procedimiento.
CIUDADANO PRESIDENTE: A
consideración la propuesta del ciudadano Convencional Diógenes Martínez. A Dictamen de la Comisión de Poderes y
Reglamentos. Mayoría.
Aquí en la mesa también quieren dar su voto en
disidencia.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Oriol
Acosta.
CIUDADANO CONVENCIONAL ORIOL
ACOSTA: Ciudadano Presidente: Es para que conste también mi voto en
disidencia con respecto a la aprobación de este artículo.
CIUDADANO PRESIDENTE: ¿Terminaron las objeciones?
Artículo 14. Por Secretaría se va a dar lectura al
mismo.
CIUDADANO SECRETARIO:
Propuestas para la redacción del Artículo 14 de la Constitución
Nacional.
Propuesta N° 1, Proyecto Base.
Artículo
14.- De los Documentos
Identificatorios. "Los documentos
identificatorios, licencias o constancias de las personas no podrán ser
incautados ni retenidos por las autoridades.
Estas tampoco podrán privarlos de ellos, salvo los casos previstos en la
Ley". Es la propuesta N° 1, Proyecto Base.
La Propuesta N° 2 proviene de la Comisión Redactora.
Es la redacción que había elevado la Comisión Redactora que se presenta
en este plenario por el ciudadano Convencional Rodrigo Campos Cervera. Dice así:
Título: "De los Documentos
Identificatorios.
Los documentos identificatorios, licencias o constancias
de las personas no podrán ser incautados, ni retenidos, ni privados de ellos
por las autoridades, salvo los casos previstos en la Ley".
Hay una propuesta N° 3 que corresponde al ciudadano Convencional Luis Lezcano Claude, que
por motivos de haber sido redactados y distribuidos los materiales con relación
a este artículo, no pudo ser agregado al material que se encuentra en poder de
los ciudadanos Convencionales, y que lo voy a leer con todo detenimiento, para
que puedan escuchar los ciudadanos Convencionales.
Propuesta N° 3, del ciudadano Convencional Luis Lezcano Claude. Título: De los Documentos Identificatorios.
"Las autoridades no pueden incautar ni retener
los documentos identificatorios, licencias o constancias de las personas, ni negarse
a expedirlos, salvo los casos previstos en la Ley". Es la propuesta N° 3 del Convencional Luis Lezcano Claude.
Hay tres propuestas:
Una, Proyecto Base; otra, Comisión Redactora y la tercera, del ciudadano
Convencional Luis Lezcano Claude.
CIUDADANO PRESIDENTE: A
consideración.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Oscar
Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Sí, ciudadano Presidente. Es a los efectos de
ilustrar a los ciudadanos Convencionales sobre los criterios tenidos en cuenta
por la Comisión Redactora para la formulación de este artículo. Fundamentalmente, el hecho que fue tenido en
consideración, ya desde los primeros Anteproyectos que fueron radicados en el
seno de esta Convención, se refieren a una situación desgraciada por la que
muchos ciudadanos hubieron de atravesar durante el régimen político
anterior. Consistente éste,
fundamentalmente, en el hecho de privar a los ciudadanos de sus pasaportes, por
ejemplo; a fin de que no pudieran viajar al exterior. Este es un hecho que ha
ganado pública notoriedad.
Por otro lado, en muchas ocasiones, con la finalidad
de perjudicar a alguna persona de manera arbitraria, se le secuestra un
documento; éste se encuentra privado del mismo y consiguientemente, es víctima
de una serie de entorpecimientos. A prevenir estas situaciones realmente
desafortunadas, es que hemos radicado este Artículo 14. Ahora bien, a propósito del mismo, ocurre que
con estos términos muy similares, la Comisión Redactora había aprobado un texto
ligeramente diferente, que es el que presenta ahora el Convencional Rodrigo
Campos Cervera.
Pero, nosotros en esa Comisión Ad-Hoc, que hemos
constituido y que trabajó durante la Semana Santa para adecuar estos textos con
la Comisión de Estilo, hemos acogido la recomendación de esta Comisión por
considerar que ella eran más ajustada a lo que se estaba proponiendo en estos
textos.
En consecuencia, ciudadano Presidente, yo le rogaría
a algún miembro de la Comisión de Estilo, acá está el ciudadano Convencional Víctor
Hugo Sánchez Galeano, puede hacerlo, no lo veo al ciudadano Convencional Carlos
Villagra Marsal, que dé esa explicación y luego, el ciudadano Convencional
Rodrigo Campos Cervera que explique las razones que lo mueven a radicar esa
propuesta alternativa, que realmente tienelas mismas palabras, solamente el
orden invertido. Muchas gracias,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Carlos Villagra Marsal.
CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS
VILLAGRA MARSAL: Gracias, ciudadano Convencional.
En efecto, en la Comisión de Estilo nosotros hemos
propuesto las modificaciones que figuran aquí, que fueron aceptadas por la
Comisión Permanente poniendo un punto seguido, para que esto fuera no solamente
de mas fácil lectura, sino absolutamente claro y desde luego correcto, desde el
punto de vista gramatical. Resulta que en el siguiente caso no se puede decir
ni privado de ello, porque son las personas que son privadas de los documentos. De manera que creemos nosotros, tal como ha
dicho el ciudadano Convencional Oscar Paciello, que esta primera propuesta del
Proyecto Base... la verdad de acá, en las tres propuestas se está diciendo la
misma cosa, pero creemos que en la primera de ellas, es semántica, gramatical y
sintácticamente mejor, es decir, correcta, porque no hay mayor o menor
corrección. Hay una corrección
solamente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Rodrigo Campos Cervera, proyectista.
CIUDADANO CONVENCIONAL RODRIGO
CAMPOS CERVERA: Gracias, ciudadano Presidente. Realmente, ciudadano Presidente, lo que
figura bajo, digamos, autoría mía, corresponde a lo que se aprobó sin
disidencia en la Comisión Redactora.
Sin embargo, ciudadano Presidente, lo que ahora
recogemos como Proyecto Base de la Comisión Redactora y de la Comisión de
Estilo, introduce una modificación que no es simplemente de contenido semántico
o gramatical: es realmente fundamental.
No hago cuestionamiento en cuánto a su redacción o contenido semántico
de cuanto aprobamos, repito, sino posición de la Comisión Redactora.
Pero sí, ciudadano Presidente, no quiero que se desvirtúe
el propósito que nos ha llevado a aprobar este artículo. Y la diferencia fundamental se da, ciudadano
Presidente, en el segundo apartado, perdón, en la segunda frase del parágrafo,
que dice: "Estas tampoco podrán privarlos de ellos, salvo los casos
previstos en la Ley". La redacción
originaria, remitía a la Ley todas las situaciones que pudieran darse respecto
de los distintos documentos de las personas, vale decir, que todos los
documentos indentificatorios, licencias, o constancias de ellas, no podrán ser
incautados, ni retenidos, ni privados de ellos por las autoridades, salvo los
casos previstos en la Ley.
Vale decir, que, para que prospere cualquiera de
estas situaciones, es menester que la ley establezca con claridad esos casos.
¿Y por qué es eso, ciudadano Presidente?
De acuerdo con la redacción que nos trae, repito,
esta modificación, ningún documento, licencia o constancia de las personas
puede ser incautado, ni retenido por las autoridades. ¿Qué quiere de decir eso? De que de pronto, ciudadano Presidente, un
contrabandista o narcotraficante, o lo que fuere, o una persona que pueda tener
un documento o un pasaporte adulterado, pues tranquilamente no podría ser
retenido ese documento para ser oportunamente establecida o verificada su
autenticidad por las autoridades, porque la propia Constitución estaría
impidiendo. Eso es verdaderamente
imposible, ciudadano presidente.
Es por ello que, personalmente, creo interpretar el
sentimiento de la mayoría de los que componemos la Comisión Redactora, debe si
se quiere, redactarse mejor desde el punto de vista gramatical o semántico,
pero no pueden alterarse los propósitos que han conducido a la Comisión
Redactora a aprobar este artículo, repito, sin oposición, tal como lo expongo
en la Propuesta N° 2.
Gracias, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Luis Lezcano Claude, coproyectista.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
LEZCANO CLAUDE: Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanos Convencionales: la propuesta que he hecho, fundamentalmente
por las diferencias que existen entre el texto que nos viene de la Comisión
Redactora y lo que fue aprobado, según consta en el Diario de Sesiones de la
Comisión Redactora N° 10 del 13 de marzo próximo pasado.
Dice este diario, en la página 11: "Las autoridades no podrán secuestrar, ni retener los documentos
identificatorios, licencias o constancias de las personas, ni privarlas de
ellas, salvo los casos previstos expresamente en la Ley". Creo que, como ya lo ha señalado el ciudadano
Convencional Rodrigo Campos Cervera, hay una diferencia de fondo en el texto
que nos viene de la Comisión Redactora.
La frase final, "salvo los casos previstos en la Ley", sólo
afecta a la privación de los documentos y no a la incautación y a la retención
de los mismos, que también deben quedar afectados por esa cláusula final. Ese es uno de los motivos que me movieron a
presentar esta nueva propuesta.
En segundo lugar, no queda muy claro qué se entiende
por lo de privarlos de ellos; por eso, en la propuesta que hago, me refiero a
"negar a expedirlo", que la autoridad se niegue a expedirlos, creo
que es esa la intención que se tuvo en la Comisión Redactora. También debo decir que no existen, aparte de
ésta que acabo de mencionar, no existen diferencias de fondo con la propuesta
del ciudadano Convencional Rodrigo Campos Cervera, sino que es simplemente, una
cuestión de redacción.
De manera, entonces, que el texto que propongo es el
siguiente: "Las autoridades no
pueden incautar o retener documentos identificatorios licencias o constancias
de las personas, ni negarse a expedírselos salvo los casos previstos en la
ley". Finalmente quiero también hacer
una mención, especialmente para los que están en la Comisión de Técnica
Legislativa. Creo que este artículo está mal ubicado en este capítulo que se
llama: De la libertad. No veo cuál es la relación de este artículo
de los documentos identificatorios con la libertad; de manera que sugiero a los
miembros de esa Comisión que en la revisión final tengan en cuenta esta
observación para una mejor ubicación del artículo. Muchas gracias, señor Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano
Convencional. Tiene la palabra el
ciudadano Convencional Rodolfo Gill Duarte.
CIUDADANO CONVENCIONAL RODOLFO
GILL DUARTE: Muchas gracias, señor Presidente. En verdad pedí el uso de la palabra para
hablar en nombre de muchísimos compatriotas que por decenios hemos sido objeto de
una arbitraria medida de negársenos el documento identificatorio como el
pasaporte, por ejemplo. Por eso señor
Presidente y señores Convencionales, apoyo totalmente este artículo 14. En
cuanto a las diferencias, para mí un tanto sutiles que existen entre las tres
propuestas, parece que son todas en cierto modo iguales. No soy un especialista en este menester de
los juristas y constitucionalistas pero cuando decimos que éstas -nos referimos
a las autoridades- tampoco podrán privarlos, al negárseme se está privándome de
contar con esos documentos identificatorios;
por tanto me permito apoyar esta moción por la razón ya expresada y por
la explicación que nos ha dado el Presidente de la Comisión Redactora tal cual
como la propone la Comisión Redactora.
Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano
Convencional. La Presidencia ordena el
cierre de la lista de oradores. Por Secretaría se va dar lectura a quiénes a la
misma.
CIUDADANO SECRETARIO: Quedan por hablar los Convencionales: Evelio Fernández, Benjamín
Fernández Bogado, Federico Callizo, Isidro Melgarejo y Gerardo Sosa Argaña.
CIUDADANO PRESIDENTE: Queda cerrada la lista de oradores con los nombres que acaban de
leerse. Tiene la palabra el ciudadano
Convencional Evelio Fernández.
CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO
FERNANDEZ AREVALOS: Gracias, señor Presidente. Razones gramaticales me impiden adherirme a
la propuesta Nº 2 del Dr. Campos Cervera y a
la del Dr. Lezcano Claude, y en el primer caso porque privados está utilizado
en forma indebida Una persona está privada y las personas están privadas pero no las personas están
"privados". Eso motivó que la Comisión de Estilo, después de estudiar
a profundidad el tema durante más de media hora llegó a la conclusión de que
era mejor establecer en una segunda cláusula el género, ¿Cuál es el género? el género es
privar de los documentos, el modo de privarlos es incautarse de ellos,
secuestrarlos o cualquier otra manera, retenerlos, y hacer que entonces la
cláusula se compadezca con la gramática. De esa manera en la primera parte, se
establece la prohibición general: "los documentos identificatorios,
licencias o constancias de las personas no podrán ser incautados ni retenidos
por las autoridades". Y en la
segunda parte se establece para todos los supuestos, para todos, con una
palabra que las embebe como género: "estas tampoco podrán privarlos de
ellos salvo los casos previstos en la ley". Referente a la propuesta del Dr. Lezcano
Claude, también ocurre que existe una expresión que riñe con el castellano y es
que utiliza la expresión, no recuerdo muy bien, "incautar".
Cuando "incautar" se utiliza como
infinitivo es reflesxivo, de manera que tendría que ser incautarse, pero, como
eso no es posible, coordinarlo con las otras posibilidades, vale decir, con
retenidos, etc., entonces eso obliga a que haya una norma genérica a utilizar
la voz pasiva, y con la voz pasiva se soluciona todo el problema; todo lo cual
me lleva a ratificar la propuesta de la Comisión tal cual aparece con el Nº 1. Nada más, señor Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Antes de conceder la palabra a otro ciudadano Convencional, la
Presidencia quiere informar para comodidad, mejor dicho la incomodidad de los
ciudadanos Convencionales que están sufriendo un poco de calor, tengo
informaciones de que las máquinas de refrigeración están funcionando al máximo
pero que tal vez tiene que haber alguna avería en el ducto, por lo que se van a
empeñar en tratar de solucionarlo. Otro
informe a través de Secretaría:
CIUDADANO SECRETARIO: Hay
una llave aquí de algún Convencional que se ha extraviado que va estar a
disposición aquí, una llave de un vehículo.
CIUDADANO PRESIDENTE: El ciudadano Convencional Campos Cervera.
CIUDADANO CONVENCIONAL RODRIGO
CAMPOS CERVERA: Gracias, Presidente. Muy brevemente. Señor Presidente, deseo aclarar en primer
lugar, que la moción que aparece como propuesta 2, vuelvo a repetir, es la que
se aprobó sin oposición en la Comisión Redactora; en segundo lugar, que la
propuesta Nº 1 puede ser perfecta en cuanto
al contenido gramatical y semántico pero al mismo tiempo introduce, por lo
menos a criterio mío, no sé si de otros más, una peligrosa diferencia, que es
precisamente en la segunda frase del art. en estudio, porque solamente la ley
podría establecer los casos en que la privación pueda darse, por cuanto que la
incautación o retención de esos documentos no podría dar lugar en ninguno de
los casos. Quería hacer esta aclaración,
señor Presidente, a los efectos de que, cuando se vote, se tenga una clara
noción del contenido de ambas propuestas.
Gracias, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Benjamín Fernández Bogado.
CIUDADANO CONVENCIONAL BENJAMIN
FERNANDEZ BOGADO: Señor Presidente: los comentarios del Convencional Evelio
Fernández me relevan de cualquier tipo de puntualización sobre las
consideraciones que llevaron a la Comisión de Estilo a trabajar junto con la
Comisión Redactora en la confección de dicho artículo y estoy completamente de
acuerdo con el Convencional Lezcano Claude en que éste no es el lugar,
sistemáticamente, en que debería estar este artículo que habla de los
documentos identificatorios cuando antes se está hablando de detención por
deudas, detención, de arrestos, y cosas que van quedar después para el trabajo
de la Comisión de Estilo. Gracias, señor
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Federico Callizo.
CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO
CALLIZO. Gracias, Presidente. Para comenzar, quiero señalar que el segundo
párrafo del art. 14, tal como viene la propuesta Nº 1 dice: "éstas tampoco
podrán privarlos de ellos" ¿Cómo se los priva según la primera parte? Se
los priva incautándoselos o reteniéndoselos.
Entonces, de todas formas, recogiendo la preocupación del Dr. Campos
Cervera de que solamente la privación de ellos se hace en los casos previstos
en la ley, yo creo, señor Presidente, que poniendo: "éstas no podrán
privarlos de ellos, salvo los casos previstos en la ley" resuelve el
problema; por un lado, al decir "privarlos" estamos refiriéndonos a
la incautación y a la retención; y en segundo lugar, sacando el adverbio
"tampoco" no nos estamos limitando a la privación, sino que estamos
señalando, generalizando, que la privación ya sea por incautación o retención,
no puede ser sino salvo los casos previstos en la ley. De este modo este artículo quedaría
perfectamente redactado y congeniando las dos posiciones; creo que de esa
manera podemos salvar este inconveniente, señor Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene la palabra el ciudadano Convencional Isidro Melgarejo.
CIUDADANO CONVENCIONAL ISIDRO
MELGAREJO PEREIRA: Gracias, señor Presidente. En primer término para proponer por un mejor
desenvolvimiento del debate, que las propuestas que sean presentadas a la
Convención esten reflejadas en el artículo tal cual fue aprobado en la Comisión
Redactora y que a continuación se presente el artículo con las modificaciones
hechas por la Comisión de Estilo.
Resulta que la versión que trae el Dr. Campos Cervera tampoco refleja la
verdad de lo que fue aprobado. La
lectura que hizo el Dr. Lezcano Claude fue la verdadera. De ahí que, al haber estas anarquías en las
transcripciones de los artículos se producen estas confusiones que nos llevan a
perder tiempo, señor Presidente.
Yo también le pediría al Convencional Ramiro Barboza
que, en el brillante trabajo producido por el, incorpore como fuente primero
tal cual fue aprobado en la Comisión Redactora, porque es el caso que con el
toque que le ha dado la Comisión de Estilo, en muchos casos está cambiando
fundamentalmente el sentido de lo que queríamos, y es así que no es la primera
vez que se está produciendo esta situación.
Quiero volver a repetir para refrescar
la memoria de los oyentes, que el artículo tal cual como fue aprobado
por la Comisión Redactora en la sesión del 13 de marzo de 1992, y que es
diferente de lo que leyó el Dr. Campos Cervera, dice: "Las autoridades no podrán secuestrar ni
detener los documentos identificatorios, licencias o constancias de las
personas, ni privarlos de ellos, salvo los casos previstos expresamente en la
ley". Y esa es la situación que se está produciendo cada vez. Así que yo rogaría a la Secretaría, ya que
todos los días se toma el trabajo de presentarnos por fecha la propuesta, que
se inicie con el texto tal cual fue aprobado, sin la modificación que le
incorporó la Comisión de Estilo, y a continuación que venga con la modificación
de la Comisión, de manera que podamos ver las diferencias y evitar
disquisiciones inútiles que se presentan como propuestas por los
Convencionales. Nada más, señor
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
La Presidencia quiere recordar a los ciudadanos Convencionales, que en
lo posible, deben abstenerse de designar el nombre de los Convencionales en sus
intervenciones. Por esta razón ha sido
aludido el Convencional Campos Cervera y se le cede la palabra. Tiene la palabra el ciudadano Convencional
Campos Cervera.
CIUDADANO CONVENCIONAL RODRIGO
CAMPOS CERVERA: Gracias, Presidente. Para aclarar nada más que yo tengo tanta
conciencia de cómo fue aprobado en la Comisión Nº 3 porque hemos sido
precisamente uno de los que habíamos propuesto la redacción que leyó el
Convencional preopinante; pero quisimos señor Presidente, simplemente
allanarnos a lo dispuesto por la Comisión de Estilo en cuanto se refiriera al
aspecto semántico o gramatical; así repestamos la redacción de la Comisión de
Estilo, pero donde establecimos una diferencia puntual es en cuanto a lo
procedimental o conceptual. Esa es la aclaración
que quería hacer. Pero es absolutamente
cierto cuanto dijo el preopinante, que literalmente lo aprobado por la Comisión
Redactora sin oposición, ha sido el texto que tuvo a bien de leerlo. Gracias, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Queda por hablar el último orador, el ciudadano Convencional Gerardo
Sosa Argaña, después de lo cual se va llevar a votación.
CIUDADANO CONVENCIONAL GERARDO
SOSA ARGAÑA: Señor Presidente: quiero aclarar dos puntos sobre esta cuestión
que se va pasar a votación. Quiero
manifestar previamente que yo he formado parte de una Comisión donde se han
estudiado los documentos de uso personal que acá están como documentos
identificatorios y cualquier persona que tenga aproximadamente los documentos
mínimos exigidos y que son expedidos en nuestro país, fácilmente superan en 20
ó 25 los documentos diferentes. Aquí
rápidamente he hecho una lista para que la gente pueda apreciar: el pasaporte, la cédula de identidad, el
certificado de buena conducta, la cédula militar, la baja, el certificado de
nacimiento, defunción, matrimonio, la libreta de familia, la licencia de
conducir, la libreta cívica, conscripción vial, libreta de I.P.S. y después hay
otros tipos de documentos, por ejemplo, las credenciales de Ministerios, los
pasaportes de Relaciones Exteriores, las tarjetas de crédito, los carnets de
afiliados a clubes y entidades políticas.
Estoy demostrando así que cualquier ciudadano puede contar una cantidad
enorme de documentos identificatorios; pero aquí viene mi preocupación y que yo
pido una aclaración a la Comisión Redactora, porque tengo la impresión de que
en el término "documentos identificatorios" existe una variedad muy
amplia que nosotros no podríamos saber a cuál de ellos se aplica esta
cláusula. Me da la impresión de que
debería agregarse una frase o una palabra que diría: "los documentos identificatorios de uso
legal". Eso es entonces, en primer
lugar mi preocupación que transmito a la Comisión Redactora a ver si no se
puede incorporar el término de "uso legal" para poder eliminar la
otra cantidad de documentos que no hacen a los documentos identificatorios.
En segundo lugar, por favor colegas, les ruego un
poquito de atención, puedo equivocarme...
INTERRUPCION.
CIUDADANO PRESIDENTE: Orden
en la sala y respeto al orador. Prosiga.
CIUDADANO CONVENCIONAL GERARDO
SOSA ARGAÑA: Lo que les estoy diciendo es fruto de un
análisis y de un... yo para información
de ustedes, soy el responsable, soy uno de los responsables de la expedición de
la nueva Cédula de Identidad. El nuevo
proyecto que está ahora vigente se hizo a través de nuestro trabajo. Entonces puedo hablar con propiedad de los
documentos de identificación. Estoy asesorando a tres Gobiernos, además del
Paraguay, en términos de Cédulas de Identidad, así que les ruego por favor
atención, que en un tema en el que puedo decir algo con alguna propiedad. Por eso, les pido entonces, que pudiéramos
identificar los documentos que son de uso legal y a los cuales cual se puede
aplicar la cláusula, y otros a los cuales no se les puedan puedan aplicar.
En segundo lugar, creo que en este punto no
corresponde que se introduzca este artículo.
Creo que en el capítulo 10 De los Derechos y Deberes Políticos, es un
lugar apropiado para acceder a los documentos identificatorios de uso legal y
poner un adicional que sería muy oportuno porque hoy nosotros estamos
sintiendo, en la expedición de todos los documentos, que es imposible de que
todos ellos tengan algún elemento común que los una. Entonces creo que tendríamos que dar algún
mínimo rango constitucional para que los documentos identificatorios se
reduzcan y puedan tener un elemento común que los una. Por consiguiente, estos
dos puntos. Yo no estoy haciendo ninguna
moción concreta, simplemente pido una aclaración a la Comisión Redactora. Primero, si se puede agregar el término de
"uso legal" para poder restringir a los que realmente pueden ser
aplicable este artículo. Segundo: si
este artículo puede pasar en otro capítulo y poder ponerle un adicional que haga
que todos los documentos tengan por lo menos un elemento común a todos
ellos. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Se traslada la preocupación y la consulta a los miembros de la Comisión
Redactora.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Señor Presidente: muchas gracias. En realidad, señor Presidente, la Comisión
Redactora no ha hecho referencia a ningún tipo de documento en especial porque
se considera que cualquier documento es de utilidad para la persona que los
porta; digamos por caso, señor Presidente, no es de uso legal el carnet en un
club social o deportivo, pero muchas veces se empinan las discusiones y por ahí
aparece el que manda más y con algún motivo baladí o lo que sea, justamente
para generar una ventaja ilegítima, supuestamente una persona cae detenida y
bueno, le quitan el carnet ese. Entonces
ya no puede votar. En las luchas en
entidades no precisamente gubernamentales es que se aprecian muchas veces
algunos excesos de este tipo; entonces, la Comisión ha preferido no discriminar
en absoluto en relación con ningún tipo de documentos. No obstante eso, quiero dejar expresa
constancia, de que nos parece extraordinariamente plausible la inquietud del
Convencional Sosa Argaña en el sentido de que alguna vez este país vaya tener
que implementar un sistema identificatorio, un único documento que sea de uso
común para toda clase de actividades, pero en fin, creemos que eso también
puede ser materia legislativa y me parece muy apropiado que se deje constancia
en las actas de esta Sesión esta preocupación del Convencional preopinante, que
realmente es muy importante. Finalmente,
señor Presidente, hemos visto que se ha presentado por un distinguido
Convencional, un texto sustitutivo que justamente se basamenta en el texto tal
cual fue aprobado originalmente por la Comisión Redactora. Nos hemos puesto en contacto y en consulta
con los integrantes de la Comisión de Estilo y Técnica Legislativa y me dice el
Dr. Villagra y, creo que el Dr. Víctor
Hugo Sánchez que está a mi lado y que formaba parte también de esa Comisión no
se opone, que la variación posible al texto base presentado acá sería
sencillamente expresar en la penúltima línea "éstas (o sea las
autoridades) no podrán privarlos de ellos salvo los casos previstos en la
ley" que sería la alteración con vistas a conciliar la propuesta original
y traslado esta inquietud al Dr. Campos Cervera
que es el mocionante de la otra fórmula, si le parece apropiado. En caso contrario, me parece lo más razonable
llevar inmediatamente a votación el despacho de Comisión. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Quiere decir que la Comisión acepta la supresión o la
sustitución de "tampoco" por el "no". Bueno.
¿Están de acuerdo?
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Campos Cervera.
CIUDADANO CONVENCIONAL RODRIGO
CAMPOS CERVERA: Quiero dejar a claro mi preocupación y
resalva sobre este aspecto, no voy a interferir en la decisión que puedan tomar
los demás. Pero creo que, esto no da solución a la
preocupación que expresé, y no quiero ser reiterativo. Con esta redacción, que propone el
preopinante, no se resuelve mi inquietud y preocupación. Quería dejar constancia de ello, ciudadano
Presidente. De manera que, no estoy de acuerdo con la propuesta.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Se va a votar en este momento. Se ha cerrado la lista de oradores. Se va a votar. En primer...
INTERRUPCION...
CIUDADANA CONVENCIONAL...: Una
aclaración..
CIUDADANO PRESIDENTE: Se va
a votar, no hay moción de orden en este momento.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: Se va
a retirar Luis Lezcano Claude.
CIUDADANO PRESIDENTE: Bueno. Momentito. ¿Solamente va a retirar su moción?.
Tiene el uso de la palabra Luis Lezcano Claude.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
LEZCANO CLAUDE: Ciudadano Presidente, ciudadanos
Convencionales: a pesar de que en
ninguna de las propuestas está incluida la posibilidad que las autoridades se nieguen
a expedir documentos, que es lo que yo creo que se quería decir con eso de
"privarlos de ello", pero no queda claro. Para facilitar la votación, retiro mi moción,
y creo que, para adherirme a la moción del ciudadano Convencional Bernardino
Campos Cervera, a pesar de las deficiencias de redacción, es la que más se
aproxima al texto originalmente aprobado por la Comisión Redactora. Además, con el ruego de que se tome como base
esta propuesta N° 2, y el texto aprobado por la Comisión
Redactora, cuando realice su trabajo final la Comisión de Estilo y Técnica
Legislativa. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
INTERRUPCION...
CIUDADANO PRESIDENTE: Por Secretaria,
se va a dar lectura a las dos mociones, a los dos textos que van a ser votados.
CIUDADANO SECRETARIO:
Propuesta N° 1, Proyecto Base. Si, ciudadano, desde el principio se ha dicho
que el Proyecto Base iba a ser moción N° 1. Porque es el proyecto
aprobado por la plenaria.
CIUDADANO CONVENCIONAL...:
Perdón. Ciudadano Presidente,
quiero aclarar lo siguiente. Nada más
que... Perdón, un momentito. El Proyecto Base, ciudadano Presidente, no es
la moción, el Proyecto Base es la moción N° 2, o mejor, la que había indicado el Convencional Melgarejo.
INTERRUPCION...
CIUDADANO PRESIDENTE: No es
así. Proyecto Base es el que tiene el
resultado de la Comisión Redactora con la de Estilo.
INTERRUPCION...
CIUDADANO PRESIDENTE:
Rogamos a los ciudadanos Convencionales que, por favor, se comporten, y
guarden un poquito de paciencia. Vamos a
llevar a votación.
CIUDADANO SECRETARIO: El
Proyecto Base, moción N° 1 dice así:
Artículo N° 14.
Título: De los Documentos
Identificatorios. "Los documentos
identificatorios, licencias o constancias de las personas no podrán ser
incautados, ni retenidos por las autoridades, éstas no podrán privarlos de
ellos salvo los casos previstos en la ley". Moción N° 1, Proyecto Base.
CIUDADANO PRESIDENTE: A
votación, quiénes estén por el proyecto N° 1, se servirán levantar la mano.
Mayoría.
Queda aprobado el texto del
Artículo N° 14.
APROBADO.
INTERRUPCION CIUDADANA
CONVENCIONAL...: Ciudadano Presidente, una palabrita nada más,
sobre este artículo. Un segundo.
CIUDADANO PRESIDENTE: ¿Quién pide la palabra?
CIUDADANA CONVENCIONAL...: Yo,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
la palabra la ciudadana Convencional Nilda de Marín.
CIUDADANA CONVENCIONAL NILDA
FERNANDEZ DE MARIN: Solamente para que la Comisión de Estilo
ponga atención a esto. Mucho discutimos
sobre el texto, pero no se corrigió del todo. "Estas podrán
privarlas", porque es a las personas a quienes se privarían, no privarlos. Nada más.
CIUDADANO PRESIDENTE: Correcto,
es de estilo. Se tomará en cuenta. Muchas gracias.
Artículo N° 15, por Secretaria se dará lectura al mismo.
CIUDADANO SECRETARIO: Hay un
sólo proyecto, el Proyecto Base.
Artículo N° 15.
Título. De la Retroactividad de
la Ley. "Ninguna ley tendrá efecto retroactivo, salvo aquellas que sean
más favorables al encausado o al condenado".
CIUDADANO PRESIDENTE: A
consideración. Aprobado por mayoría.
APROBADO.
Artículo N° 16, en estudio.
CIUDADANO SECRETARIO: Un
solo proyecto. La propuesta N° 1, Proyecto Base. Artículo
N° 16. Título.
De la Legítima Defensa. "Se
garantiza la legítima defensa. Nadie
podrá hacer justicia por sí mismo, ni reclamar sus derechos con violencia".
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración. Aprobado por
mayoría.
APROBADO.
CIUDADANO
SECRETARIO: Propuesta para el Artículo 17, hay dos
propuestas.
La propuesta del Proyecto Base. Título.
De la Defensa en Juicio. "La defensa en juicio de las personas y de
sus derechos es inviolable. Toda persona
tiene derecho a ser juzgada por tribunales y jueces competentes, independientes
e imparciales". Es la propuesta
N° 1, Proyecto Base.
La propuesta N° 2, José Ismael Candia, Estanislao Llamas. Título.
Garantías Procesales. "La
defensa en juicio de las personas y de sus derechos es inviolable. Toda persona tiene el derecho a ejercer su
defensa en juicio ante un Juez natural, fundado en debido proceso, en el que se
observen los principios de bilaterabilidad, control, concentración, oralidad,
publicidad y mediación, celeridad y legalidad". Son los dos proyectos, este último proyecto N° 2.
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Oscar Paciello, por la Comisión y como Presidente de la misma.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR PACIELLO: Ciudadano Presidente: aprecio la preocupación
de los distinguidos Convencionales que nos hacen llegar esta propuesta, pero en
la Comisión Redactora se ha cuidado
mantener cierto orden y cierta sistemática.
En este artículo, nos referimos exclusivamente a la defensa en juicio,
reservando para más adelante las características de los juicios, que son
considerados en el capítulo relativo al Poder Judicial, sobre las formas de los
juicios, por esa razón, ciudadano Presidente y por una cuestión de metodología
y buen orden, acá se asienta el principio general, de defensa en juicio de las
personas y de sus derechos.
A continuación, se establece que toda persona tiene
derecho a ser juzgada por tribunales y jueces competentes, independientes e
imparciales, con lo cual estamos sentando las bases de lo que, en doctrina, se
conoce con el nombre de "tus proces os laud" es decir el proceso
legal, entonces, porque no puede haber proceso legal frente a un juez incompetente,
si este juez no es imparcial. De ahí
viene la expresión, y si no es lo que llamamos el Juez natural, nos
introduciría esto, de profundizar el tema en una cuestión, realmente, un tanto
compleja, porque la definición exacta de lo que es juez natural y demás, exigiría
también otras precisiones, que no parecen convenientes.
Por lo demás, en el Artículo 249 del proyecto se
dice: "que los juicios podrán ser
orales y públicos en la forma y medidas en que determinen la ley. Toda sentencia judicial debe estar fundada en
esta Constitución y en la ley, la crítica y los fallos son libres".
Al hablar de la forma de los juicios, esta es la
razón por la cual..., también este concepto es posteriormente reiterado en el
Artículo 18 que "nadie puede ser
condenado sin juicio previo fundado por una ley anterior al hecho del proceso
ni juzgada por tribunales especiales", con lo cual la preocupación de
estos distinguidos Convencionales, se encuentra ampliamente cubierto en las
restantes disposiciones normativas del proyecto. Es la razón, ciudadano Presidente, por virtud
de la cual, estoy sugiriendo, y solicitando, de esta Honorable Convención, la
aprobación del texto tal cual proviene de la Comisión Redactora, y sugerirle,
muy afectuosa y respetuosamente, a los compañeros, el retiro de su moción a los
efectos de avanzar el tratamiento de esta materia. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
José Ismael Candia.
CIUDADANO CONVENCIONAL JOSE
ISMAEL CANDIA: Distinguido Presidente, muchas gracias.
Con el Convencional Llamas, acogemos la sugerencia
del Convencional Paciello, no sin antes señalar que es mucho más débil la
redacción final en la parte correspondiente en lo que se refiere a la garantía
procesal que queremos dejar salvada. Con esta aclaratoria, retiramos nuestra
propuesta.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional por su economía.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Juan Francisco Elizeche.
CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN
FRANCISCO ELIZECHE: Simplemente había solicitado el uso de la
palabra, a los efectos de aclarar que los conceptos establecidos en la
propuesta recién retirada, ya están previstas en el Artículo 249. Por lo tanto, creo que ya es temporáneo.
CIUDADANO PRESIDENTE: Muchas gracias, ciudadano Convencional. ¿No hay otro orador? La Presidencia lleva a votación el proyecto
de la Comisión Redactora, quienes estén por la misma, se servirán levantar la
mano. Unanimidad, queda aprobado el
Artículo 17. Se pasa al siguiente.
APROBADO.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Víctor Hugo Sánchez.
CIUDADANO CONVENCIONAL VICTOR
HUGO SANCHEZ: Ciudadano Presidente, Honorable
Convención: quiero formular, concretamente,
una moción de orden, en el sentido que se levante la sesión, teniendo en cuenta
que, el artículo siguiente que viene es posible que sea un tanto conflictivo, y
su consideración vaya a insumir mucho tiempo.
Es conveniente entonces, que entremos a su consideración en forma lúcida
y frescos. En consecuencia, que se
levante la sesión conforme al Artículo 80, inciso 1.
CIUDADANO PRESIDENTE: Gracias, ciudadano Convencional.
Antes de llevar a votación la referida moción, que no
admite discusión, antes la Presidencia se hace del deber de informar a los
ciudadanos Convencionales que estamos atrasadísimos en el texto y que, si no se
llega a aprobar, para el día jueves, hasta el Artículo 67, la Presidencia va a
convocar a sesiones extraordinarias para el día sábado y domingo, de manera que
depende de ustedes, yo creo que... insto a que se pueda continuar un poco
más. Entonces, la moción de orden pueden
ustedes decidirla. A consideración la
moción de orden. Quienes estén de
acuerdo, se servirán levantar la mano.
Minoría.
Artículo 18, vamos a avanzar.
CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 18. De los Derechos
Procesales. "En el proceso penal o
en cualquier otro del que pudiera derivarse pena o sanción. Toda persona tiene derecho:
a)a que su inocencia sea presumida;
b)a ser juzgada en juicio público, salvo los
casos excepcionales contemplados por el magistrado para salvaguardar otros
derechos;
c)a no ser condenada sin juicio previo fundado
en una ley anterior al hecho del proceso, ni juzgada por tribunales
especiales;
d)a no ser juzgada más de una vez por el mismo
hecho, no se pueden reabrir procesos fenecidos, salvo la revisión favorable de
sentencias penales establecidas en los casos previstos en la ley procesal;
e)a defenderse por si misma o a ser asistida
por defensores de su elección;
f)a que el Estado le provea de un defensor
gratuito en caso de no disponer de medios económicos para solventarlo;
g)a la comunicación previa y detallada de la imputación,
así como a disponer de copias, medios y plazos indispensables para la
preparación de su defensa en libre comunicación;
h)a ofrecer, practicar, controlar e impugnar
pruebas;
i)a que no se lo opongan pruebas obtenidas o
actuaciones producidas en violación de las normas jurídicas;
j)a tener acceso por si o por intermedio de su
defensor a las actuaciones procesales, las cuales en ningún caso podrán ser
secretas para ellas, no pudiendo el sumario prolongarse más allá del plazo
establecido por la ley; y
k)a ser indemnizada por el Estado en caso de
condena por error judicial".
Esta es la propuesta N° 1 del Proyecto Base.
La propuesta N° 2, del Convencional Víctor Manuel Núñez. Título.
De los Derechos Procesales. El
encabezamiento igual al Proyecto Base con inclusión de un inciso, después del
inciso j) en los siguientes términos:
"a los recursos que contemplen las leyes para la revisión de las
decisiones judiciales". Esta
propuesta solamente agrega un inciso.
La propuesta N° 3, de Benjamín Maciel Pasotti, Jorgelina Silvero, es la
siguiente, el inciso e) "a defenderse por si misma, a ser
asistida por defensores de su elección o en caso de no disponer de medios
económicos para solventarlo, que el Estado provea un defensor gratuito".
Estas son las tres propuestas. La propuesta N° 2 y la propuesta N° 3 se refieren al agregado de un inciso, creo
que podemos llevar a votación la propuesta base, y después los agregados.
CIUDADANO PRESIDENTE: La Presidencia ofrece la palabra al ciudadano Convencional Oscar
Paciello, con la sugerencia de que, efectivamente, se lleven a votación las
partes que no tienen oposición, y aquellos, en los dos proyectos que hacen
relación a los incisos, eso se los trate en su oportunidad.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Así me parece muy oportuno, ciudadano
Presidente, no obstante lo cual apenas quiero emitir algunas consideraciones
sobre las modificaciones propuestas, por ejemplo, no veo la razón por la cual
vamos a fusionar los incisos e) y f) en materia de la defensa, cuando que son
dos puntos que demandan un tratamiento por separado. La posibilidad de que se establezca el
recurso como una garantía al procesado, realmente esto no hace a la esencia de
la defensa en juicio, se lo puede incluir o no, pero es más propio de una
materia procesal. En cualquiera de los
dos casos, ciudadano Presidente, no deberíamos perder tiempo, y se va leyendo
inciso por inciso, y avanzamos en la votación de este artículo. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Así se hará, ciudadano convencional.
La Presidencia lleva a votación la primera parte del artículo, y luego
el Proyecto Base, no hay oposición y luego inciso por inciso. El encabezamiento se va a dar lectura por
Secretaría.
CIUDADANO SECRETARIO: De los Derechos Procesales:
"en el proceso penal o en cualquier otro del que pudiere derivarse
penas o sanción. Toda persona tiene
derecho a":
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración, queda aprobado.
APROBADO.
Ahora el inciso a).
CIUDADANO SECRETARIO: Inciso a) "a que su inocencia sea presumida".
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración, aprobado.
APROBADO.
CIUDADANO SECRETARIO: Inciso b) "a ser juzgada en juicio público, salvo los casos
excepcionales contemplados por el magistrado para salvaguardar otros
derechos".
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración, aprobado.
APROBADO.
CIUDADANO SECRETARIO: Inciso c) "a no ser condenada sin juicio previo, fundado en una ley
anterior al hecho del proceso, ni juzgada por tribunales especiales".
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración, aprobado.
APROBADO.
CIUDADANO SECRETARIO: Inciso d) "a no ser juzgada más de una vez por el mismo
hecho. No se pueden reabrir procesos fenecidos,
salvo la revisión favorable de sentencias penales establecidas en los casos
previstos en la ley procesal".
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración, aprobado.
APROBADO.
CIUDADANO SECRETARIO: Aquí dos proyectos en el inciso e) una el Proyecto Base que dice: "a defenderse por si misma o a ser
asistida por defensores a su elección".
El proyecto de Maciel Pasotti y Jorgelina Silvero
dice: "a defenderse por si misma o
ser asistida por defensores a su elección" y agrega algo que está en el
inciso f), "a mi juicio", "o en caso de no disponer de medios
económicos para solventar lo que el Estado provea un defensor gratuito",
que está en el inciso f), pienso que hay una identidad entre estas dos propuestas.
CIUDADANO PRESIDENTE: A votación el inciso. Aprobado.
APROBADO.
CIUDADANO SECRETARIO: Inciso f) "a que el Estado le provea de un defensor gratuito en
caso de no disponer de medios económicos para solventarlo".
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración, aprobado.
APROBADO.
CIUDADANO SECRETARIO: Inciso g) "a la comunicación previa y detallada de la imputación,
así como a disponer de copias, medios y plazos indispensables para la
preparación de su defensa en libre comunicación".
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración el inciso, queda aprobado.
APROBADO.
CIUDADANO SECRETARIO: Inciso h) "a ofrecer, practicar, controlar e impugnar
pruebas".
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración, aprobado el inciso.
APROBADO.
CIUDADANO SECRETARIO: Inciso i) "a que no se lo opongan pruebas obtenidas o actuaciones
producidas en violación de las normas jurídicas".
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración el inciso i), queda aprobado.
APROBADO.
INTERRUPCION...
CIUDADANA CONVENCIONAL...: Ciudadano Presidente, quiero hacer una pregunta antes de dar lectura
al siguiente inciso, por eso antes de someter a votación...
CIUDADANO PRESIDENTE: Ciudadana Convencional, la Presidencia le va a dar el uso de la
palabra. Tiene el uso de la palabra.
CIUDADANA CONVENCIONAL...: Gracias, ciudadano Presidente.
Por favor, si se fijan bien para poder atender lo que quisiera saber,
dice así "a tener acceso" o sea a la persona, ¿verdad? "por si o por
intermedio de su defensor a las actuaciones procesales, las cuales en ningún
caso podrán ser secretas para ellas" ¿quiénes son ellas?
CIUDADANO PRESIDENTE: Las partes, las partes.
CIUDADANA CONVENCIONAL...: No, porque a tener acceso por si o por intermedio de su defensor,
entonces sería ellos. ¿Sí?
CIUDADANO PRESIDENTE: Es una cuestión de estilo.
CIUDADANA CONVENCIONAL...: No, porque dice, habla en singular y finalmente aquí encontramos un
sujeto en plural y en género diferente...
CIUDADANO PRESIDENTE: Muchas gracias, ciudadana Convencional. Para evitar el diálogo, le
ofrezco la palabra al ciudadano Convencional Evelio Fernández.
CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO
FERNANDEZ AREVALOS: Sí, está regido por el comienzo que dice: "en el proceso penal o en cualquier otro
que pudiera derivarse pena o acción" todas las personas tienen derecho, y
viene entonces a tener acceso por si o por intermedio de su defensor a la
actuación de derecho procesal, en las cuales en ningún caso podrá ser
secreta. Para ellos tendrá que ser, los
cuales y para ellos, con esa corrección que es simplemente de estilo, no hay
ningún problema.
CIUDADANO SECRETARIO: Ciudadano Presidente, sigo insistiendo que las correcciones de estilo
deben ir al final, como está propuesto en el proyecto, porque sino vamos a ir
discutiendo, y perdiendo tiempo, que no corresponde, a mi juicio, Presidente,
con el respeto que se merece la preopinante, para avanzar nada más.
CIUDADANO PRESIDENTE: Corresponde leer el siguiente inciso.
CIUDADANO SECRETARIO: Inciso j) "a tener acceso por sí o por intermedio de su defensor
a las actuaciones procesales, las cuales en ningún caso podrán ser secretas
para ellas, no pudiendo el sumario prolongarse más allá del plazo establecido
por la ley".
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración de la plenaria.
Mayoría. Aprobado el inciso.
APROBADO.
CIUDADANO SECRETARIO: La propuesta del Convencional Víctor Manuel Núñez, vamos a dar lectura
aquí, porque pide su inclusión aquí, es un inciso siguiente, que sería el
inciso k) antes del previsto, dice así:
"a los recursos que contemplen las leyes para la revisión de las
decisiones judiciales".
CIUDADANO PRESIDENTE: A consideración de la Comisión Redactora, su agregado, si está
conforme la Comisión lo manifestará.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente, cuando acá hemos hablado
de la posibilidad de un juicio oral y público, en la parte, del Poder Judicial,
se está visualizando la posibilidad de que de una vez para siempre, termine un
juicio, en el sentido de que una de las más graves falencias de la justicia
paraguaya, y por la cual ésta es una justicia para los ricos y no para los
pobres, es que la pobre persona que cae en las redes de la justicia tiene que
recorrer ordinariamente tres instancias y, por el camino, queda ya casi
insolvente, razón por la cuál podemos decir, con alguna exageración
naturalmente que no hay justicia para los pobres. Nosotros pensamos que esa es
materia procesal, ciudadano Presidente.
Y si llegamos a tener algún día la felicidad de que, en un proceso oral
y público, se termine de una buena vez con el juicio en un plazo, digamos, de
cuatro, cinco o seis meses, creo que habremos hecho un bien a la patria.
Pero, si constitucionalmente ya asentamos el
principio de que necesariamente tiene que haber recurso, entonces, estamos
abriendo nuevamente el camino para esa corruptela que queremos superar. Por eso, yo, más vale, me permitiría sugerir
al distinguido colega que al fin de cuentas, si formula este principio, lo hace
guiado de su afán de brindar mayores garantías procesales a las personas, que
reservemos esta materia a la Ley Procesal.
Si se establece un sistema de juicios orales y públicos de instancia
única, quizás, lo único que sobrevenga, sería un recurso de casación o una
acción de inconstitucionalidad, en los cuales, en ningún caso, nadie puede ser
privado, porque está previsto más adelante como una de las garantías esenciales
para la defensa de los Derechos Humanos.
De ahí entonces, que ciudadano Presidente, me permito
insistir en la redacción del texto, tal cual está formulada. Muchas gracias, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
La Comisión no acepta la inclusión, en consecuencia.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Luis Alfonso Resck.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
ALFONSO RESCK: Ciudadano Presidente, ciudadano
Convencionales: en su oportunidad la
Comisión de Redacción, la Convencional Susana Morínigo y el que os habla, ambos
habíamos presentado, en carácter de Dictamen en Minoría, un nuevo inciso a este
artículo. Como no consta en el documento
final y ahora lo redescubrimos, yo quiero leerlo para ver dónde lo ubican. Es
un inciso a este artículo que reza así:
"No se podrá recluir a las personas, sino en una sede judicial
establecida por la Ley para el efecto, ni mantenerlas en los lugares de
reclusión de personas condenadas, ni a menores con personas mayores, ni a éstas
en promiscuidad de sexos". Eso
consta en Dictamen de Minoría. Ahora, yo
lo ratifico con la distinguida compañera y pongo a vuestra honorable
consideración.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Como se trata de otro inciso que podría ser
incorporado, la Presidencia, por el orden del proceso, va a llevar adelante
primero la no inclusión que sostiene la Comisión, respecto del proyecto que se
ha leído anteriormente.
Los que estén por la no inclusión, vale decir, por la
Comisión Redactora, se servirán levantar la mano. Mayoría.
Queda el inciso k).
CIUDADANO SECRETARIO: Inciso
k) "A ser indemnizada por el Estado
en caso de condena por error judicial".
CIUDADANO PRESIDENTE: A
consideración de ustedes, queda aprobado.
APROBADO.
Ahora, queda el agregado propuesto por el ciudadano Convencional
Luis Alfonso Resck y la Convencional Susana Morínigo.
Queda a cargo de la Comisión Redactora, decidirse o
expedirse mejor, sobre esta inclusión, si acepta o rechaza.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Si, ciudadano Presidente. A mi me parece muy
justa y válida la preocupación del ciudadano Convencional Luis Alfonso Resck,
y, de hecho, pienso que alguna vez en este país, las cárceles y reclusorios van
a depender exclusivamente del Poder Judicial.
No es lugar de detención de las personas la Comisaría. La Policía está para guardar el orden público
y una vez detenida una persona debe ser derivada inmediatamente ante su Juez
natural. Ese es el buen orden que debe
imperar en este país una vez que realmente resplandezcan los Derechos Humanos,
y es la razón por la cual no nos ha parecido razonable que esta materia tan
importante, figurara como un inciso de las garantías procesales, sino, yo
pienso, ciudadano Presidente, que, en todo caso, ésto debería ser materia de un
artículo expreso, y no de un mero inciso dentro de las garantías meramente
procesales, ¿verdad?
Es igualmente valioso y útil recordar que, al margen
de ello, hay un artículo que trata de la prisión preventiva, que no se va a
declarar por cualquier circunstancias baladíes, etc..
Y pienso que todo ello, acaso fuera de mayor
utilidad, si en el día de mañana se radica en forma de inclusión de artículo
para ser considerado por esta plenaria; pero, en las condiciones actuales, nos
resulta sumamente complejo poder ganar la aquiescencia de todos los miembros
integrantes de la Comisión Redactora, y es la razón por la cual así estoy
informando a esta plenaria. Resulta
sumamente difícil, y el contenido de la modificación de la propuesta, rebasa
holgadamente los límites de un inciso.
Yo le suplicaría al distinguido Profesor, si para el
día de mañana puede radicarnos alguna propuesta, si le parece oportuno y que
consideraría esta plenaria, pero así como está, como le digo, no es propio de
la metodología impresa a este artículo, que se refiere exclusivamente a
garantías procesales. Nada más,
ciudadano Presidente, y muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene el uso de la palabra la ciudadana Convencional
Susana Morínigo.
CIUDADANA CONVENCIONAL SUSANA
MORINIGO: Sí.
Como proponente, conjuntamente con el ciudadano Convencional Luis
Alfonso Resck, es al sólo efecto de aclarar que nosotros habíamos inicialmente propuesto
como artículo, no como un inciso; por tanto, si el preopinante está de acuerdo,
derivaríamos el tratamiento a posteriori.
Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadana Convencional.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Ricardo Franco Lanceta.
CIUDADANO CONVENCIONAL RICARDO
FRANCO LANCETA: Gracias, ciudadano Presidente.
Yo hice presentación al comienzo de la reunión de
esta tarde de varios artículos para ser considerados en este capítulo que
estamos tratando. Uno de ellos,
justamente muy puntual, está para ser considerado después del Artículo 18 que
acabamos de aprobar.
No sé si se habrá dado a esta propuesta el curso que
se da habitualmente a las mismas, para ser distribuida entre los ciudadanos
Convencionales.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Por Secretaría se le va a dar la información.
CIUDADANO SECRETARIO: En la
propuesta presentada por el Convencional Ricardo Franco Lanceta, dice
textualmente su propuesta: agregar los
siguientes artículos. Es así como
estamos reservando para cuando termine de estudiarse del Proyecto Base todos
los artículos pertinentes a este capítulo.
Por eso aún no hemos distribuido, ciudadano Convencional.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Luis Alfonso Resck.
CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS
ALFONSO RESCK: Solamente, ciudadano Presidente, para acceder
a la proposición del ciudadano Convencional Oscar Paciello y la distinguida
amiga. Considero mucho más realmente
formal consagrarlo en un artículo especial.
Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
En consecuencia, no existe otra moción.
Queda aprobado el artículo.
Levantan las manos los que están de acuerdo. Aprobado, totalmente.
APROBADO.
Pasamos al Artículo 19.
CIUDADANO CONVENCIONAL
ESTANISLAO LLAMAS: Moción de orden, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Estanislao Llamas.
CIUDADANO CONVENCIONAL
ESTANISLAO LLAMAS: Gracias, Presidente. Yo creo que hemos rebasado la hora 17:00, y
propongo si se podría ya levantar la plenaria.
CIUDADANO PRESIDENTE: Con
todo respeto. De todas maneras, ustedes
van a resolver. Parece que no existen
más proyectos conflictivos. Proyectos únicos son todos los que quedan. Avancemos todo lo posible, por lo menos
treinta minutos más. Si les parece bien,
entonces, continuan las deliberaciones.
CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 19.
Proyecto único del Proyecto Base.
De las restricciones de las declaraciones.
Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo,
contra su cónyuge o la persona unida de hecho, ni contra sus parientes dentro
del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, inclusive.
Los actos ilícitos o la deshonra de los imputados, no
afectan a sus parientes o allegados.
CIUDADANO PRESIDENTE: A
votación. Si no hay objeción. No tiene objeciones.
A votación.
Los que estén de acuerdo, se servirán levantar la mano. Mayoría.
APROBADO el Artículo 19, se pasa al siguiente.
CIUDADANO
SECRETARIO: Artículo 20. De la prisión
preventiva.
La prisión preventiva sólo será dictada cuando fuese
indispensable en las diligencias del juicio.
En ningún caso ésta se prolongará por un tiempo mayor al
de la condena mínima establecida para el mismo delito, de acuerdo con la
calificación del hecho efectuada en el acto respectivo.
CIUDADANO PRESIDENTE: Sin
comentario.
CIUDADANO CONVENCIONAL
ESTANISLAO LLAMAS: Permiso, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Tiene
el uso de la palabra el ciudadano Convencional Estanislao Llamas.
CIUDADANO CONVENCIONAL
ESTANISLAO LLAMAS: Quería escuchar del proyectista algunas
explicaciones sobre este artículo, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE: Como
no. Se traslada al proyectista y a la
Comisión Redactora.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Muchas gracias, ciudadano Presidente.
Esta es una preocupación que hace tiempo se genera en
los ambientes forenses en nuestro País, en los cuales las personas, normalmente
de una manera bastante arbitraria al punto de que ya existen formularios
impresos, son constituidas en prisión, y así permanecen por larguísimo tiempo,
pese a que el Código Procesal Penal establece que, luego de los sesenta días,
el Juez que no hubiese concluido el sumario, deberá informarlo a la Corte, aún
así se tiene el caso de personas que pasan años en prisión preventiva, con la
desgraciada consecuencia de que a cada tanto también, somos sorprendidos por la
afirmación de que, después de que una persona se pasó varios años en la cárcel,
al final resulta que no era culpable, que se revoca el acto de prisión o que es
inocente. Esta es una anomalía que
revela, muy a las claras, la desaprensión con que se maneja una medida tan
terrible cual es la prisión, que nada más y nada menos que viene a agredir uno
de los bienes más preciados del hombre cual es su libertad, y es la razón por
la cual, la Comisión, luego de una discusión bastante ardorosa, porque debemos
poner en claro aquí ante el seno del plenario, que es una norma que sentamos en
la Constitución, que la hemos establecido luego de muchos cabildeos, porque se
da el hecho de que decimos ahí que, si está en prisión preventiva una persona y
aún no se ha dictado sentencia, por el tiempo mínimo de la pena, realmente si
es que no existe sentencia, tendría que salir, aunque más no fuera por la vía
del Habeas Corpus, porque ya se demora en demasía esta situación anómala.
En una palabra lo que busca la Comisión Redactora con
este artículo, es realmente tratar por todos los medios, hasta donde sea
posible, superar esa desgraciada situación que está representada por la
existencia de más de 1.500 presos en la cárcel, acá en Asunción solamente, de
los cuales aparentemente, y según estadísticas, ni el diez por ciento es
condenada. O sea que más de un millar de
personas están ahí, pese a la presunción de inocencia, guardando prisión sin
saber hasta qué día, ni hasta cuándo.
Ahí, a remediar esa situación se dirige este artículo.
Esa es la explicación que puedo brindar, ciudadano
Presidente. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Ricardo Franco Lanceta.
CIUDADANO CONVENCIONAL RICARDO
FRANCO LANCETA: Yo creo, ciudadanos Convencionales, que este
tema es bastante delicado. Estamos
entrando en el área de la libertad del ser humano. Habitualmente, por nuestra tradición de
persecuciones políticas, siempre dimos preferencia a la libertad por motivos
políticos. Ahora estamos frente al
problema básico, central de la libertad del hombre, referido a la justicia ordinaria.
Este artículo, en mi concepto, tendría que
perfeccionarse. La prisión preventiva
sólo será dictada cuando fuese indispensable en las diligencias del
juicio. En ningún caso ésta se
prolongará por un tiempo mayor a las dos terceras partes de la condena mínima,
debe decir, establecida para el mismo delito, de acuerdo con la calificación
del hecho efectuada en el acto respectivo.
Y me explico.
Si un condenado, al compurgar las dos terceras partes de la pena, sale
en libertad condicional, por qué le vamos a negar ese derecho a un imputado que
no tiene condena. Por una cuestión de
equidad, de justicia, yo creo que, si vamos a elevar al rango constitucional
esta garantía de la libertad, tenemos que hablar de dos terceras partes. Gracias, Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Se traslada a la Comisión, si acepta o no lo acepta,
para que podamos acelerar la votación.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Me parece muy plausible la inquietud del
Convencional Ricardo Franco Lanceta, pero quiero señalar que, muchas veces
vamos a poner el caso del homicidio:
seis a doce años, termino medio de la pena, nueve años, las dos terceras
partes, en el caso de la hipótesis más grave, llevaría esto: las dos terceras partes de doce serían ocho
años, en tanto que, de acuerdo a la previsión del texto que estamos presentando
acá, a los seis años, si es que no hay una decisión judicial, tendría que salir
la persona, porque no se sabe si es culpable o inocente.
De manera que, si vamos obrar pru libertatis, me
parece que lo más aconsejable es dejar tal cual está, que beneficia a aquellas
personas cuya culpabilidad no está demostrada por una sentencia, siendo por
tanto, más amplia la garantía que aquí estamos radicando. Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
No acepta la Comisión. Se lleva a votación.
Los que estén de acuerdo sobre el Proyecto Base, se
servirán levantar la mano.
APROBADO.
Queda aprobado el Artículo 20. Artículo 21.
Se va a dar lectura por Secretaría.
CIUDADANA CONVENCIONAL SUSANA
MORINIGO: Moción de orden, ciudadano Presidente.
Ciudadano Presidente:
es a fin de solicitar el tratamiento del proyecto que hemos presentado
con el Convencional Luis Alfonso Resck en esta parte, inmediatamente después
del Artículo 20, por razones de técnica jurídica también.
CIUDADANO PRESIDENTE: A
consideración de la Comisión. La
Comisión es la que tendría que aceptar.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Evelio Fernández Arévalos, miembro de la Comisión Redactora.
CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO
FERNANDEZ AREVALOS: Ciudadano Presidente: existe incoveniente material de que se pueda
considerar el proyecto por la sencilla razón de que no ha sido repartido,
además de que es un proyecto que tiene más de un parágrafo y, consecuentemente,
y tratándose de una propuesta seria y que involucra a instituto también serio,
lo más prudente es esperar que se reparta mañana, sin perjuicio de que se vote
su colocación en el lugar que corresponda desde el punto de vista sistemático; de
manera que no tiene sentido tratarlo hoy.
Nada más, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
Así se hará.
Se van a repartir las copias y se va a insertar en el
lugar que corresponda.
CIUDADANO
SECRETARIO: Artículo 21. Del objeto de las penas.
Las penas privativas de libertad tendrán por objeto la
readaptación de los condenados y la protección de la sociedad. Quedan proscriptas las penas de confiscación
de bienes y la de destierro. Proyecto
único.
CIUDADANO PRESIDENTE: A
consideración. Los que estén de acuerdo.
APROBADO.
Queda aprobado el Artículo 21.
CIUDADANO
SECRETARIO: Artículo
22. De la publicación sobre procesos.
La publicación
sobre procesos judiciales debe realizarse sin prejuzgamiento. El sospechoso no debe ser presentado como
culpable antes de sentencia ejecutoriada.
La
publicidad evitará identificaciones cuando pueda ser afectado el honor o la
reputación de las personas y en los casos que involucren a menores.
La Propuesta N° 2, es la del Convencional Gonzalo Quintana, que mociona la supresión
del Artículo.
CIUDADANO PRESIDENTE: A
consideración del miembro informante y Presidente de la Comisión Redactora, el
Convencional Oscar Paciello.
CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR
PACIELLO: Ciudadano Presidente: realmente es muy importante la defensa de la
libertad de las personas, pero no lo es menos la defensa de su honor, y ocurre
ciudadano Presidente, que con motivo de actuaciones judiciales, muchas veces,
muchas personas son individualizadas en su personalidad concreta con
imputaciones desdorosas que afectan gravemente su honor y su dignidad. Eso es lo que ha tenido en cuenta la Comisión
Redactora para que en materia de procesos judiciales, por sobre todas las
cosas, se guarde la resalva y la mesura necesaria, a fin de que la publicidad
de que están revestidos los procesos no pueda, al fin de cuentas, configurar lo
que en la Argentina, por ejemplo, se conoce con el nombre de delito de
obstrucción a la justicia, porque es inducirla en un sentido determinado. Por eso es que se habla de que se pide, no se
prohíbe, pero se pide que la información sea sin prejuzgamientos.
En este momento, por ejemplo, en nuestra vida
tribunalicia tenemos el hecho de que a una persona que se le habían imputado
ciertos hechos y que al final aparece otro culpable, y ¿quién le resarce a esa persona
que ha sido sindicada como supuesto autor de un delito realmente horroroso, de
todas las complicaciones a las que de ahora en más se verá sometida. Y es precisamente, ya que viene la ocasión,
lo que dio lugar en la Corte Suprema de la Argentina, y traigo ya este
antecedente a colación, en la famosa demanda que promovió Julio Campillae
contra La Razón, Clarín y demás periódicos en la Argentina, que estos periódicos
difundieron cierta información que resultó realmente falsa. ¿A quién entonces una persona va a apelar
cuando en esa forma es tan gravemente afectada su honra y su dignidad? Por eso, la disposición de este artículo
visualiza y se orienta concretamente a brindar una garantía más en la
inteligencia de que sí es importante mantener la libertad de las personas, no
es menos importante brindarles la garantía a su honor.
Además, hay situaciones en las que legalmente desde luego,
en la actualidad, está vedada la posibilidad de hacer publicaciones
judiciales. Es cuando se refiere a
menores. De ahí, entonces, ciudadano
Presidente, que si quiere generar un debate sobre esta materia, con mucho
gusto. Yo estoy señalando cuáles son los
criterios, pero de ninguna manera podemos admitir que un artículo que visualiza
observación de bienes tan valiosos para la convivencia social pueda ser sin más
eliminado. Nada más, ciudadano
Presidente, de momento, reservándome el derecho de volver a hacer uso de la
palabra, si necesario fuere, más adelante.
Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE: Muchas
gracias, ciudadano Convencional. La
Comisión mantiene la redacción del Artículo 22 y su permanencia.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Gonzalo Quintana.
CIUDADANO CONVENCIONAL GONZALO
QUINTANA: Gracias, ciudadano Presidente.
Antes de empezar, me resultó muy difícil escucharle
al Convencional Paciello, porque y,.. hago un ruego. Que se hable pero por lo menos que se le deje
hablar al que está en el uso de la palabra, como mínimo.
Ciudadano Presidente:
este artículo tiene claramente la intención de proteger unos principios
o unos derechos, pero también tiene, con claridad, destinatarios. Sobre el primer punto, quiero decir, que
surge de la redacción del artículo que se trata de proteger los derechos:
1°) De la
presunción de la inocencia. La
presunción de la inocencia ya lo tenemos aprobado en el Artículo 18 en el
inciso b).
2°) Que
está también contemplado el principio en el Artículo 4° ya aprobado.
También tiene referencia en el Artículo 32 del Proyecto aprobado en
general.
Y con referencia a la identidad de los menores, creo
que con más propiedad corresponde establecerlo en el Artículo 54 del Proyecto.
Con referencia a los destinatarios, evidentemente
está dirigido, en primer lugar, a los Magistrados, a los funcionarios y
auxiliares de la justicia. Y en segundo
lugar, a la sociedad en su conjunto y, fundamentalmente, a la prensa.
Señalo que este artículo tiene una clara intención de
regulación a la prensa más que establecer una conducta procesal. Y esta no es una interpretación simple del
artículo. Sugiero ver el Diario de Sesiones
N° 11, en las páginas 18, 22 y, sobre todo, en
la página 25, para que quede perfectamente fijado que la intención del
legislador o de la Comisión fue esta regulación a la prensa, y eso tiene que
ser así porque, sí hubiese sido una norma procesal, realmente no se podría
querellar. No sé como podríamos
presentar al acusado, al querellado o acusado, como culpable; y tampoco podría
ser ningún juicio, porque publicarlo sin expresión de objeto, y de los sujetos,
no tiene sentido. En verdad, usando
cualquier fórmula, fulano es acusado, o es sospecho, o presunto, o cualquier
otra fórmula, tiene el mismo efecto en la sociedad. Quiero recordar también que hemos aprobado...
CIUDADANO CONVENCIONAL...:
Ciudadano Presidente, el opinante está dando lectura, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: No es
cierto, ciudadano Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Ciudadano Convencional, le ruega la
Presidencia que la intervención, en este caso, la irrupción, se haga vía
Presidencia, y si le concede el Convencional el uso de la palabra, podrá
hacerlo usted. Puede continuar en el uso
de la palabra.
CIUDADANO CONVENCIONAL...:
Gracias, ciudadano Presidente:
quiero aclarar que, estuve leyendo, como ayuda-memoria, las páginas del
Diario de Sesiones de la Comisión de Redacción, ciudadano Presidente.
Entonces, ciudadano Presidente, estaba en que no
debemos olvidar que, en el Artículo 249, al cual el ciudadano Convencional
Oscar Paciello ya hizo referencia, establece -indica inclusive- en su exposición, como una intención clara de
tender hacia los juicios orales, si la norma es de regulación procesal, y la
intención es no divulgar los nombres, ¿cómo podríamos evitar la divulgación de un juicio público oral? Tendríamos que estar persiguiendo a todos
los asistentes a ese juicio oral, para que las ruedas de tereré no divulguen
los nombres. Analizando el tema por el
lado, o por la técnica del absurdo, el tema es muy claro.
Reitero, presunción de inocencia; el honor y la
reputación de las personas ya está, induvitablemente, y correctamente,
protegida, en los artículos correspondientes.
Por lo demás, en estos casos, yo quisiera que
pongamos acento en el orden social, con prioridad a la organización del poder,
porque la gente común vive en el ámbito de la sociedad civil y no el ámbito de
la sociedad moderna; es en la sociedad donde nos realizamos o nos frustramos, y
es en la sociedad informada donde la dignidad, el honor y la reputación de la
gente tiene realmente valor. En una
sociedad desinformada, que no conoce lo que está ocurriendo en su país, no tienen
ningún valor estos principios, ciudadano Presidente. Muchas gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
La Presidencia cierra la lista de oradores. Por
Secretaría, se va a dar lectura a la misma.
CIUDADANO SECRETARIO: Los
ciudadanos Convencionales inscriptos son:
Benjamín Fernández Bogado, Aníbal Saucedo Rodas, Emilio Camacho, Víctor
Baéz Mosquiera, Carlos Alberto González, Rafael Eladio Velázquez y Miguel Abdón
Saguier.
CIUDADANO PRESIDENTE: Queda
cerrada la lista de oradores y se ofrece la palabra.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
Benjamín Fernández Bogado.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional
José Félix Fernández Estigarribia, para una moción de orden.
CIUDADANO CONVENCIONAL JOSE
FELIX FERNANDEZ ESTIGARRIBIA: Sí, ciudadano Presidente.
Este es un artículo importante y delicado de la
Constitución Nacional. Tiene varios
párrafos, todos ellos igualmente importantes, trascendentes, algunos de ellos
merecieron un largo debate en la Comisión de Redacción. Tenemos una larga lista de oradores. A mí no me parece, ciudadano Presidente, que,
en este momento, tengamos que tomar resoluciones. Creo que este es el momento de interrumpir
esta sesión, larga pero provechosa. Dejar pasar al descanso, a la meditación, a
la reflexión, y continuar en el día de mañana.
Creo que este es el momento realmente de hacer la
moción de orden. Gracias, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE:
Gracias, ciudadano Convencional.
La Presidencia hace la aclaración de que se trata de
una moción de orden consistente. No
admite discusión. Consiste en levantar
la sesión, pero hace la aclaración de que, los oradores inscriptos al cierre de
la misma quedarán para el día de mañana.
Por eso se va a llevar a votación la moción de orden, de que se levante
la sesión, que no admite discusión.
CIUDADANO CONVENCIONAL...: antes
acá, con el ciudadano Convencional Abrahán Esteche, antes del cierre, estábamos
solicitando la palabra.
CIUDADANO PRESIDENTE: No se
cerró nada, hay una moción de orden, en este momento. Por eso, a votación la moción de orden de que
se levante la sesión, y continua en el día de mañana, en el orden que están
inscriptos.
Aprobado.
Se levanta la sesión hasta el día de mañana.
RESOLUCIONES
ADOPTADAS
-Aprobación del Acta N° 15 de fecha 24 de abril de 1992.
-Aprobación del dictamen de la Comisión de
Poderes y Reglamentos sobre la interpretación de los artículos 57 y 80 con sus incisos
6° y 7°del Reglamento Interno.
-Modificación del artículo 81 del Reglamento
Interno:
Art.
81.-Consideración de la moción de orden y MAYORIA NECESARIA. La consideración de una moción de orden
será previa a todo otro punto, aun cuando se esté en debate, y se la tomará en
cuenta en el orden de precedencia establecido en el artículo anterior. Las comprendidas en los seis primeros incisos
serán puestas a votación sin discusión.
La comprendida en el inciso 7), luego de proponerse la moción, será objeto
de una breve discusión en la que expondrá un representante por Bancada; si se
aprueba la moción, de inmediato se pasará a votar el tema en discusión. En ningún
caso procederá esta moción sin que antes los proyectitas hayan fundado
sus proyectos.
Las comprendidas en los tres últimos incisos,
se discutirán brevemente, pudiendo cada Convencional hablar una sola vez, con
excepción del mocionante, quien podrá hacerlo dos veces.
La moción de orden requiere mayoría absoluta
de votos para su aprobación y podrá ser repetida en el curso de la sesión, sin
que ello implique moción de reconsideración.
- Art. 7°.-Del derecho a un ambiente saludable. Toda persona tiene derecho a habitar en
un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado.
- Art. 8°.-De la protección ambiental. Las actividades susceptibles de producir
alteración ambiental serán reguladas por la ley. Asimismo, ésta podrá restringir o prohibir
las que aparecieran razonablemente como peligrosas.
Quedan prohibidos la fabricación, el montaje, la
importación, la comercialización, la posesión o el uso de armas nucleares,
químicas y biológicas, así como la introducción al país de resíduos
tóxicos. La ley podrá extender esta
prohibición a otros elementos peligrosos, asimismo, regulará el tráfico de
recursos genéticos y de su tecnología, precautelando los intereses nacionales.
El delito ecológico será definido y sancionado
por la ley. Todo daño al ambiente
importará la obligación de recomponer e indemnizar.
CAPITULO
II
DE
LA LIBERTAD
- Art. 9°.-De la libertad y de la seguridad de las personas. Toda persona tiene el derecho a ser
protegida en su libertad y en su seguridad.
Nadie está obligado a hacer lo que la ley no
ordena ni privado de lo que ella no prohíbe.
- Art. 10°.-De la proscripción de la esclavitud y otras servidumbres. Están proscriptas la esclavitud, las
servidumbres personales y la trata de personas con fines de prostitución o para
ejecutar otras tareas denigrantes. La
ley podrá establecer cargas sociales en favor del Estado.
- Art. 11°.-De la privación de la libertad.
Nadie será privado de su libertad física o procesado
arbitrariamente, sino mediando las causas y en las condiciones fijadas de
antemano por ley regularmente sancionada por el Congreso, conforme con las
normas de esta Constitución.
- Art. 12°.-De la detención y del arresto.
Nadie será detenido, ni arrestado sin orden escrita emanada de
autoridad competente, salvo caso de ser sorprendido en flagrante comisión de delito
que mereciese pena corporal. Toda
persona detenida tiene derecho:
a)a ser informada, en el momento de su
detención, de la causa que la motiva, de su derecho a guardar silencio y de ser
asistida por un defensor de su confianza.
En el acto de la detención, la autoridad está obligada a exhibir la
orden escrita que la dispuso;
b)a que la detención sea inmediatamente
comunicada a sus familiares o personas que el detenido indique;
c) a mantenerse en libre comunicación, salvo
que, excepcionalmente, se halle establecida su incomunicación por auto motivado
de autoridad judicial competente, la incomunicación no regirá respecto a su
defensor y en ningún caso podrá exceder el término que prescriba la ley;
d)a disponer de un intérprete, si fuese
necesario, y
e)a ser puesta a disposición del magistrado
judicial competente, en un plazo no mayor de veinticuatro horas, para que éste
disponga cuanto corresponda en derecho.
- Art. 13.-De la no detención por
deudas. Nadie será detenido por
deuda, salvo mandato de autoridad judicial competente dictado por
incumplimiento de deberes alimentarios o como sustitución de multas o fianzas
judiciales.
- Art. 14.-De los decumentos
identificatorios. Los documentos
identificatorios, licencias o constancias de las personas, no podrán ser
incautados ni retenidos por las autoridades.
Estas no podrán privarlas de ellos, salvo los casos previstos en la ley.
- Art. 15.-De la irretroactividad de
la ley. Ninguna ley tendrá efecto
retroactivo, salvo aquéllas que sean más favorables al encausado o al
condenado.
- Art. 16.-De la legítima defensa. Se garantiza la legítima defensa. Nadie podrá hacer justicia por sí mismo ni
reclamar sus derechos con violencia.
- Art. 17.-De la defensa en juicio. La defensa en juicio de las personas
y de sus derechos es inviolable. Toda
persona tiene derecho a ser juzgada por tribunales y jueces competentes,
independientes e imparciales.
- Art. 18.-De los derechos procesales. En el proceso penal o en cualquier otro del que
pudiera derivarse pena o sanción, toda persona tiene derecho:
a)a que su inocencia sea presumida;
b)a ser juzgada en juicio público, salvo los
casos excepcionales contemplados por el magistrado para salvaguardar otros
derechos,
c)a no ser condenada sin juicio previo fundado
en una ley anterior al hecho del proceso ni juzgada por tribunales especiales;
d)a no ser juzgada más de una vez por el mismo
hecho. No se pueden reabrir procesos
fenecidos, salvo la revisión favorable de sentencias penales establecidas en
los casos previstos en la ley procesal;
e)a defenderse por sí misma o a ser a asistida
por defensores de su elección;
f)a que el Estado le provea de un defensor
gratuito en caso de no disponer de medios económicos para solventarlo;
g)a la comunicación previa y detallada de la
imputación, así como a disponer de copias, medios y plazos indispensables para
la preparación de su defensa, en libre comunicación;
h)a ofrecer, practicar, controlar e impugnar
pruebas;
i)a que no se le opongan pruebas obtenidas o
actuaciones producidas en violación de las normas jurídicas;
j)a tener acceso, por sí o por intermedio de
su defensor, a las actuaciones procesales, las cuales en ningún caso podrán ser
secretas para ellas, no pudiendo el sumariio prolongarse más allá del plazo
establecido por la ley, y
k)a ser indemnizada por el Estado en caso de
condena por error judicial.
- Art. 19.-De las restricciones de la
declaración. Nadie puede ser
obligado a declarar contra sí mismo, contra su cónyuge o la persona unida de
hecho, ni contra sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o
segundo de afinidad inclusive. Los actos
ilícitos o la deshonra de los imputados no afectan a sus parientes o allegados.
- Art. 20.-De la prisión preventiva. La prisión preventiva será dictada cuando
fuese indispensable en las diligencias del juicio. en ningún caso ésta se prolongará por un
tiempo mayor al de la condena mínima establecida para el mismo delito, de
acuerdo con la calificación del hecho efectuado en el auto respectivo.
- Art. 21.-Del objeto de las penas. Las penas privativas de libertad tendrán por
objeto la readaptación de los condenados y la protección de la sociedad.
Quedan proscriptas la pena de confiscación de
bienes y la de destierro.