CONVENCION
NACIONAL CONSTITUYENTE
C O M
I S I O N R E D A C T O R A
DIARIO
DE SESIONES
N° 17
24
DE MARZO DE 1992
LOCAL
SALA DE CONVENCIONES DEL
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY
SE INICIA LA SESION
SIENDO LA HORA 9:15.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Señoras y señores: De acuerdo a las previsiones de nuestro
Reglamento, como cada Convencional tiene derecho a usar los 30 minutos
iniciales, hoy tenemos, en primer lugar, a la Convencional Miryan López quien
va a hablar sobre los niños. Después la
Dra. EchagÜe va a hablar sobre la planificación familiar. Luego el Dr. Rodríguez sobre las propuestas
del Consejo Nacional de Salud, y, finalmente, el Dr. René González sobre
seguridad social, que son todos temas que hoy serán objeto de tratamiento, Dios
mediante en el seno de esta Comisión Redactora.
Señorita Miryan López: Le ruego hacer uso de la palabra lo más
brevemente posible. Señores Convencionales: Hay una propuesta concreta, es la señorita
Convencional. Les ruego le presten la
debida atención. Adelante, señorita
López.
CIUDADANA
CONVENCIONAL MIRYAN LOPEZ: Muchas gracias, señor
Presidente. Compañeros
Convencionales: Quisiera explicar que
hace unos cuantos meses estoy trabajando como colaboradora en el Centro de
Defensa Nacional. Esta Institución ha
presentado unas propuestas que ahora yo las hago mías, sobre los derechos del
niño y la difusión de las leyes, sobre la minoridad.
Teniendo en cuenta que la
población comprendida entre los 0 y 19 años de edad, y que constituye el 50% el
total de esa población, creo conveniente que el Estado debe garantizar el
reconocimiento de la Convención de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas,
y que ratificó el 20 de setiembre de l.990, promulgando una Ley N° 57.
De esta forma el Paraguay ha
demostrado su deseo, su adhesión de reconocer y garantizar los derechos básicos
y los derechos humanos de los niños y adolescentes. Pero esta ratificación de la Convención al
sistema jurídico nacional no acaba con la simple inclusión o con la simple
promulgación de esta ley, ni tampoco se limita al simple reconocimiento de su
importancia moral, sino obliga al Estado a asumir el compromiso de dar cumplimiento a los derechos consagrados en su texto,
cumpliendo o adecuando, o transformando, si fuera necesario, todas las
disposiciones vigentes en su ordenamiento legal, que se contrapongan o no estén
de acuerdo con el espíritu y la letra de esta Convención.
Hay que tener en cuenta también
que la Convención pretende convertirse en una manifestación internacional,
referida que la niñez y juventud necesitan actualmente superar esa larga
postergación, y su existencia como apéndice de un mundo adulto con muchos
vicios, y tratando entonces de esta forma que la juventud y la niñez sean
partícipes activos dentro del quehacer social de la sociedad.
Es importante tener en cuenta
también el Código del menor, que sitúa a los niños y adolescentes en una
situación de desvalidez, y en la situación de incapacidad de discernimiento
hasta 7haber cumplido los 20 años. Esto
implica una línea proteccionista de este Código, y concede importancia
únicamente a la protección, educación y
correctividad, situando al niño y a los adolescentes como un ser pasivo y
marginado.
Es importante tener en cuenta,
compañeros Convencionales, los cuatro puntos de la Convención de los derechos
de las Naciones Unidas que vienen a ser los derechos de supervivencia, que se
refiere a la protección, y los cuidados necesarios para garantizar el
nacimiento y también la supervivencia de los niños.
Entre estos derechos se
encuentran los indicadores de vida y mortalidad. Según UNICEF, Paraguay se encuentra
clasificado entre los países con mortalidad infantil media. En 1.989, la tasa de mortalidad entre los 0 y
1 año de edad, fue de 41 muertes por cada 1.000 nacidos vivos. Es importante también tener en cuenta que la
mortalidad materna registra en Paraguay unos de los indicadores más altos en
América Latina. UNICEF consigna una tasa
promedio de 3,8 muertes por 1.000 nacidos vivos. También dentro de estos derechos se encuentra
la salud que está en una deplorable situación por las deficiencias
presupuestarias, y, si es que existe una atención de salud, se lo hace más acá
en la zona urbana que en la zona rural, situando a los niños y adolescentes en
una posición de marginación, en cuanto a la protección de la salud.
También están los niveles de
vacunación, los niveles de vías. En
segundo lugar, están los derechos de desarrollo, referentes a las condiciones
de promoción y protección necesarias para un desarrollo armónico integral del
niño. Incluyen el derecho a tener una
familia, también derecho a la educación, derecho a la protección, y, por último,
la participación que es uno de los conceptos inéditos en la legislación
referente a la minoridad, que se refiere al ejercicio de la condición social
del niño y adolescente. Entre los
derechos consagrados encontramos la participación y la libertad de expresar sus
opiniones, y dar su parecer en los asuntos que afectan a sus vidas.
Entonces, compañeros
Convencionales, señor Presidente, creo
conveniente incluir esta Propuestas referente a los derechos del niño, y que
dice: "Es deber de la familia, la sociedad
y el Estado, asegurar al niño y a los adolescentes con absoluta prioridad el
derecho a la vida, salud, alimentación, educación, pasatiempo, profesionalismo,
cultura, dignidad, respeto, libertad y la convivencia familiar y comunitaria,
seguridad social, nombre y nacionalidad". Acá, nombre se refiere
específicamente, quisiera hacer una aclaración, al reconocimiento, además de
colocarlo a salvo de toda forma de abandono, venta, discriminación,
explotación, violencia, crueldad y agresión.
Esta prioridad se tendrá presente fundamentalmente en la elaboración del
Presupuesto General de la Nación, y se conservan los dos párrafos siguientes.
El siguiente artículo, que sería
la difusión de las leyes sobre la minoridad, dice: "Todo menor tiene derecho a conocer las
leyes que le protegen, y es obligación del Estado difundirla masivamente, no
sólo las que contengan esta Constitución, sino todas las que se relacionan con
los niños y adolescentes.
Esta es la propuesta concreta
que yo presento a esta Comisión Redactora, y creo conveniente que los
compañeros Convencionales, tengan presente en un momento ya de estudio más
profundizado. Muchas gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Gracias ciudadana
Convencional Myrian López. Se toma nota
de esta propuesta y, oportunamente, se va a distribuir su texto en la sala.
Ahora cedo el uso de la palabra
a la Dra. Echagüe, quien se va a referir al tema de la planificación
familiar. Por favor Dra.
CIUDADANA
CONVENCIONAL MARIA C. ECHAGUE DE AYALA: Señor Presidente: Estimados ciudadanos Convencionales: Quisiera poner a consideración de ustedes una
propuesta del artículo presentado a la Comisión Redactora, en fecha 10 de marzo
de este año, sobre la planificación familiar, la salud reproductiva y la salud
materno infantil.
El artículo dice: "El Estado reconoce el derecho de las
personas a decidir libre y responsablemente el número y espaciamiento de sus
hijos, y garantiza al respecto la implementación, a través de los organismos pertinentes,
de programas de educación sexual, orientación científica y servicios adecuados
en materia de planificación familiar. Los organismos públicos podrán coordinar
sus actividades con el sector privado en materia de salud pública y
planificación familiar. Se garantizan
para la población de escasos recursos programas especiales de salud materno
infantil". Esta propuesta tiene por objeto incluir la responsabilidad del
Estado de implementar programas de educación, orientación y servicios en
materia de planificación familiar y salud reproductiva.
Segundo: Establecer la posibilidad de coordinar entre
los sectores público y privado programas de planificación familiar y salud
reproductiva.
Y tercero: Ubicar esto en el capítulo que se refiere a
la salud. En este momento se encuentra
en el capítulo referente a la familia, pero porque se está hablando de salud
reproductiva y salud materno infantil, la propuesta es que pase al capítulo de
salud.
Cuando se garantiza a nivel
Constitucional el derecho humano de mujeres y hombres a la libre determinación
en materia de procreación, no basta reconocer el derecho, es necesario
garantizar su ejercicio a través de acciones positivas. Por ello se establece la obligación del
gobierno, de brindar a la población educación sexual, orientación científica, y
servicios adecuados, respetando la decisión personal. Es necesario disponer de una excesiva
educación en esta materia, y que los servicios adecuados estén al alcance de
los grupos de población de escasos recursos, para mejorar el nivel y la calidad
de vida de toda la sociedad.
La mortalidad materno infantil,
puede ser sustancialmente reducida con programas adecuados y completos que
planteen la planificación familiar en una doble dimensión, es decir, como salud
reproductivo y como derecho a la realización plena de la persona.
El derecho a la planificación
familiar se enmarca dentro de los derechos reproductivo. Constituye un derecho fundamental en la
medida que sea garantizado. Dará
efectividad al derecho a la vida y al desarrollo integral de la persona.
Es necesario plantear la
planificación familiar en términos de salud reproductivo, porque existen
circunstancias en que el embarazo y el parto, son muy riesgosos, tanto para la
madre, como para el niño. En nuestro país,
por ejemplo, es muy frecuente el embarazo en menores de 18 años así como en
mujeres de 40 años, y, en estas condiciones, en estos casos, y, sobre todo,
cuando la madre está en condiciones precarias de salud, el riesgo reproductivo
es muy alto.
Como sostuvo la Dra. Mercedes
Sandoval de Hempel, la planificación familiar es también la condición para el
ejercicio, de parte de la mujer, de otros derechos humanos básicos. En primer lugar, el derecho al trabajo,
porque es evidente que una mujer con alta tasa de fecundidad, verá restringida
su capacidad laboral. Lo mismo puede
decirse de las oportunidades de una educación equivalente a la del varón, y,
sin lugar a dudas, la salud reproductiva. Viene como componente ineludible la salud
reproductiva, de lo que resulta que la planificación familiar es una fuerza
liberadora que permite a la mujer ser mejor trabajadora, tener mejor educación,
ser mejor madre de un número considerable de hijos.
Así, para proteger la vida de la
madre y de los niños, no basta con declarar un derecho como una aspiración,
sino que es indispensable que el gobierno lleve a cabo acciones educativas de
información, de servicios adecuados a toda la población, y, sobre todo a las
madres en edad reproductiva. Muchas
gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias Dra. Echagüe de
Ayala Cantero. Yo suplico a la sala
mayor atención a las propuestas que nos están llegando y, sobre todo al público
que está en el fondo de la sala, mayor silencio y respeto a los compañeros
Convencionales que hacen el uso de la palabra.
Ahora le cedo el uso de ella, al
compañero Dr. Rodríguez, quien trae una propuesta que incuestionablemente es de
mucho peso y valía, desde que se trata de una propuesta elaborada por el
Consejo Nacional de Salud, que es lo mismo que decir un organismo nacional, en
el que nada tienen que ver Partidos, sectores, ni estamentos,sino que es un
organismo creado por el Código Sanitario para encarar la atención integral de
los problemas de salud de nuestra patria.
Dr. Rodríguez, por favor,
adelante, con sus expresiones.
CIUDADANO
CONVENCIONAL RODRIGUEZ: Señor Presidente, ciudadanos Convencionales: Quiero comenzar entonces aclarando que estas
propuestas se nutren básicamente en lo ya elaborado por la Sub-Comisión 2,
incorporándolo. Ampliamente conversado a
nivel de la interbancada de salud y, desde luego, incorporando las propuestas
del Consejo Nacional de Salud. Ampliando
en alguna medida lo ya elaborado por la Sub-Comisión 2 e incorporando los puntos
que nos parecieron más relevantes, como el que propuso el Consejo Nacional,
respetando siempre lo que pretende ser una Constitución marco, y tomando en
cuenta la máxima capacidad de síntesis.
Hacemos entonces la aclaración
de que en los dos primeros artículos hay muy poca modificación con respecto a
lo elaborado por la Sub-Comisión 2. En
el tema de protección de la salud, por ahí sí incorporamos el concepto de
promoción y ampliamos en los ítems que nos parece más relevantes, de tal manera
que la propuesta elaborada por la Comisión interbancada de salud y la Comisión
de Asuntos Generales, tras amplios debates, quedaría como sigue: En el artículo de derecho a la salud, el
Estado protege y promueve la salud como derecho fundamental de la persona e
interés de la comunidad. Todos están
obligados a someterse a las medidas sanitarias que establezca la ley, dentro de
los límites de respeto a la dignidad humana, y tiene la libertad de elegir el
servicio de atención a la salud a que deseen acogerse.
El siguiente artículo referente
al Sistema Nacional de Salud: El Estado
promoverá un Sistema Nacional de Salud que,
bajo la conducción del Ministerio respectivo, ejecute acciones sanitarias
integradas mediante políticas que permitan la concertación, la coordinación y
la complementación de programas y recursos del sector público y privado.
Y por último, y aquí vienen las
incorporaciones de mayor bulto:
Promoción y protección de la salud, corresponde a los Poderes Públicos
con el fin de asegurar el derecho a la salud,
a) La atención médica integral
de la población, de carácter universal, equitativo, eficiente y de buena
calidad, de acuerdo a la capacidad tecnológica y económica del país, incluso
las personas cuyo aporte económico a la sociedad sea nulo por razones no
imputables a su voluntad,
b) promover el saneamiento
ambiental, como componente básico para el mejoramiento de la calidad de vida de
la población,
c) La promoción y el apoyo a
programas de bienestar social y de educación sanitaria de conformidad a la
Política Nacional de Salud,
d) El control de la calidad, la
comercialización y el uso de los productos alimenticios, químicos,
farmacéuticos y biológicos, así como el acceso a los medicamentos considerados
esenciales para los sectores de la población de escasos recursos, y por último,
e) La protección de la población
contra todo factor que induzca a promocionar el consumo de estupefacientes y
otras drogas peligrosas. Nada más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
por su valioso aporte Dr. Rodríguez y a los integrantes de la Sub-Comisión de
Asuntos generales, que nos hizo llegar esta propuesta tan interesante. Y finalmente sobre el tema de seguridad
social, vamos a tener el aporte del Dr. Gustavo René González, de suerte a contar
con los elementos apropiados en esta sesión para decidir adecuadamente estas
cuestiones de real importancia para el país.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. González.
CIUDADANO
CONVENCIONAL GUSTAVO RENE GONZALEZ: Compañeros
ciudadanos Convencionales: Estos
artículos fueron presentados a la Presidencia de esta Comisión, el día 21 de
febrero por el Presidente de la Comisión de Asuntos Generales, como un estudio
hecho ya, pasado a través de la Sub-Comisión de Salud interbancadas, y
estudiado exhaustivamente con técnicos sobre seguridad social, además de estar
en estas discusiones representantes de las patronales, los obreros etc.
Los artículos que presentamos
son los siguientes. Primero: El Estado instituirá un sistema de seguridad
social para la protección integral de la familia y la defensa de su patrimonio
básico, mediante la prestación de servicio de salud, las compensaciones
económicas que establezca la ley, el sistema abarcará a los sectores públicos y
privados.
Segundo: El seguro social público estará a cargo de
una institución nacional autárquica sin fines de lucro, de funcionamiento
desconcentrado, administrado por los aportantes y los jubilados y fiscalizado
por el Estado. Estará fundado en los
principios de solidaridad, universalidad y equidad. Así como la obligatoriedad y renunciabilidad
para los trabajadores en situación de dependencia. Se promoverá la participación en él, los
trabajadores independientes urbanos y rurales así como de las amas de
casa. Para la prestación de servicio de
salud podrá contratar los medios del sector privado.
Esto, compañeros Convencionales,
es porque estamos convencidos que realmente, solamente una institución teniendo
concentrada en ella la mayor fuerza del aporte podrá dar la atención de todo lo
que tiene que dar el sistema de seguridad social, en condiciones que realmente
merezcan los trabajadores, si es una sola y basado en la solidaridad, la
universalidad y la equidad.
Realmente vamos a tener una
medicina de primero, segundo y tercer nivel especialmente aquellos de tercero,
que es medicina super especializada y muy costosa. Podemos tener si no está pulverizado el
sector de los aportes, y también que es la obligatoriedad y renunciabilidad tienen que ser para esta institución de los
trabajadores en situación de dependencia.
Con relación a los de ama de
casa, nosotros creemos que el nuevo concepto que existe, de que las amas de
casa aunque no sean trabajadoras, que producen bienes, son productoras de la
formación de trabajadores, y es un servicio que se presta y ellas no son
contempladas en ningún tipo de ley, entonces es esto lo que se presenta además
de que, nuestro problema mayor en la institución que actualmente visa la
seguridad social nacional, es solamente a nivel primario, de consultorio y
urgencias. Si usa servicios de salud
contratados de los medios del sector privado se resuelve el problema. Solamente ese es el mayor problema de nuestra
institución.
Quiero aclarar también que estos
artículos fueron fundados ya con los artículos de la Sub-Comisión 2 también,
solamente ha presentado ciertos conceptos.
Los fondos y la reservas del seguro social público y de las cajas de
jubilaciones no podrán ser desviados de sus fines específicos, salvo para las
inversiones rentables que puedan acrecentar su patrimonio. Eso evitaría lo que hoy tenemos de
congelamiento, etc. de patrimonio, del sistema de seguridad social. La ley penalizará la retención de los aportes
descontados a los trabajadores. La
legislación establecerá un régimen especial de actualización permanente de los
haberes jubilatorios inclusive de los trabajadores jubilados con anterioridad
de la promulgación de la presente Constitución.
Y el último artículo habla
de: El seguro médico privado: La ley regulará el seguro médico privado, los
seguros de carácter social, y las cajas de jubilaciones privadas, de modo a
garantizar los derechos de los asegurados y de las empresas. No se permitirá la subvención estatal a estas
entidades, con ruego de la Comisión de Asuntos Generales, y de la Sub-Comisión
de Salud, que se lleve a consideración esto, por los compañeros
Convencionales. Muchas gracias,
Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. González.
CIUDADANO
CONVENCIONAL...: Dentro de los 30 minutos pido la palabra.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muy bien, Dr.
CIUDADANO
CONVENCIONAL...: Señor Presidente: Anoche, a través del canal 13 de televisión,
oí un juicio sobre la actuación de los miembros de esta Comisión Redactora,
expresamente se decía que muchos hacen mociones tontas, (estoy leyendo), que significa mucho señor Presidente, la
mitad, la mitad más uno, nosotros aquí somos 28 Convencionales aunados por la
decisión patriótica de hacer las cosas lo mejor posible.
Como supongo, que el declarante
no incluye sus mociones entre los tantos quedamos 27, salvo que se produzca una
identificación concreta. Creo, que ese
juicio no está fundado, creo que aquí, nadie cede la derecha, nadie en
inteligencia, en amor a la patria, ni en el sentido de la responsabilidad. también se ha hablado de la falta de voluntad
de trabajo de los miembros de la Comisión Redactora porque se habrían negado o
no habrían apoyado una moción de volver a reunirse a las 15 y 30, o por las
tardes como se decía, me dio a entender que se decía en plural, tal vez haya
sido singular, tal vez haya oído mal, pero quiero señalar que el propio
mocionante a las 16 y 30 tenía una reunión de bancada, lo que implica, que la
propuesta de reunirse una hora, a una hora determinada por la tarde, no se
hubiera dado a lo sumo 40 o 45 minutos de tiempo para trabajar en el proyecto
de Constitución.
Estoy seguro de que el
declarante al formular su moción, olvidó esa circunstancia. Estoy seguro que no lo hizo deliberadamente, y
no me indigno ni me escandalizo, señalo sí, que hasta el momento, hemos
discrepado en algunos casos, profundamente, especialmente en el caso de la
prensa, pero se ha hecho con el más alto respeto a la dignidad de los colegas,
aquí, nadie es tonto, aquí, nadie tiene poca voluntad para trabajar, por el
contrario estamos dedicando nuestro tiempo a plenitud a esta actividad, nuestra
actividad no se concreta a reunirnos en esta sala, tenemos que estudiar lo que
vamos a proponer.
En ciertas medidas estas palabras
que no constituyen imputación ni cargo, sino reconocimiento de que hasta ahora
nos hemos respetado todo, también significa un homenaje al autor de las
declaraciones, porque las tomamos en serio, y la tomamos en serio porque es un
colega. Hay muchas cosas que se dicen,
con firmas, algunas no tan respetables, otras sin firmas, sobre la
Constituyente; los Constituyentes, la Comisión Redactora y sus miembros y no
las tomamos en serio, acá sí creo, que hay tomarlas en serio porque hacen a la
convivencia democrática y respetuosa, base indispensable para que nuestro
diálogo y nuestras deliberaciones sean fructíferas para bien de la patria. Nada más, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
en el mismo sentido y dentro de estos 30 minutos iniciales que ya se están por
agotar. Tiene el uso de la palabra el
Lic. Luis Alfonso Resck.
CIUDADANO
CONVENCIONAL LUIS ALFONSO RESCK: Bueno, me ahorra
el Dr. Velázquez. Solamente voy a
extenderme un segundo más, precisamente e identificándome con sus conceptos,
quiero también respetuosamente, y con un sentido fraternal referirme a los
Convencionales.
Por otra parte se critica
injustamente a la Sub-Comisión 1, diciéndose ante la prensa, la radio, la
televisión, no con ello quisiera yo, en modo alguno, cuestionar la libertad de
crítica, sino poner a salvo la responsabilidad, creo que esa Sub-Comisión
señores, ha trabajado en un ambiente de respeto y mutua fraternidad, con un
alto espíritu cívico, y los artículos allí consagrados en su mayor parte se han
suscripto por consenso y no, como se dijo desordenadamente, ahora a posteriori;
en esta plenaria cada uno ha tomado seguramente del enriquecedor debate
posiciones distintas, pero la mayoría de los artículos, repito enfáticamente,
por consenso, salvo uno u otro como por ejemplo el referido a estas palabras,
"salvo sentencia judicial" donde hubo discrepancias. Por ello quiero rendir un homenaje también a
los miembros de esa Sub-Comisión porque han trabajado con dedicación y con amor
de patria. Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Prof. Resck. En consecuencia vamos a dar
lectura a los artículos aprobados en el día de ayer y luego inmediatamente
continuamos con nuestro trabajo.
CIUDADANO
SECRETARIO: Primer artículo aprobado ayer: Todos los habitantes de la República son
iguales en dignidad y derechos, no hay en ella fueros personales ni títulos de
nobleza, no se admiten prerrogativas, ni discriminaciones por razones étnicas,
de sangre, de fortuna, de sexo, de lengua, de estado civil, de filiación, de
afiliación, de cultura, de educación, de profesión u oficio, de creencias o de
opiniones, ni por discapacidad, ancianidad, infancia o maternidad. El Estado removerá los obstáculos e impedirá
la consolidación de factores que la mantengan o las propicien. Las protecciones que se prescriben en esta
Constitución y las leyes frente a desigualdades injustas no serán consideradas
como factores discriminatorios sino como igualitarios.
Segundo artículo aprobado el día
de ayer: "El Estado garantizará a
todos los habitantes de la República:
a) La igualdad al acceso de la
justicia a cuyo efecto allanará los obstáculos que le impidieren; b) La
igualdad ante las leyes; c) La igualdad en el acceso a las funciones públicas
no lectivas, sin más requisito que los de la idoneidad; d) La
igualdad de oportunidades en la participación de los beneficios de la
naturaleza, de los bienes materiales y de los culturales".
Tercer artículo: "El hombre y la mujer tienen iguales
derechos civiles, políticos, sociales, económicos, culturales y de cualquier
otra índole, corresponde al Estado promover las condiciones y crear los mecanismos
adecuados para que la igualdad sea real y efectiva, remover los obstáculos que
impidan o dificulten su ejercicio y facilitar la participación de la mujer en
todos los ámbitos de la vida nacional".
Artículo sobre la familia: "La familia es el fundamento de la
sociedad, el Estado promoverá y garantizará su protección integral, esta protección incluye a la unión estable
del hombre y la mujer, los hijos y a la comunidad formada por cualquiera de los
progenitores y sus descendientes".
Artículo sobre la familia: "Toda persona tiene derecho a constituir
familia, en cuya formación y desenvolvimiento, la mujer y el hombre tendrán los
mismos derechos y obligaciones".
Ultimo artículo: "La ley establecerá las formalidades
para la celebración del matrimonio entre el hombre y la mujer, los
requerimientos para contraerlo, las causas de separación, de disolución y sus
efectos, el régimen de administración de bienes, otros derechos y obligaciones
entre cónyuges, las uniones de hecho entre el hombre y la mujer sin
impedimentos legales, para contraer matrimonio, que reúna las condiciones de
estabilidad y singularidad, producen efectos similares al matrimonio dentro de
las condiciones establecidas por la ley".
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien señores: ¿Alguna observación?
CIUDADANO
CONVENCIONAL RODRIGO CAMPOS CERVERA: Concretamente señor Presidente,
solicitar, una reconsideración en el horario de trabajo. Tenemos, señor Presidente, por delante más de
doscientos cincuenta artículos y creo que debiéramos, aun cuando convengo con
un preopinante, en que todo el esfuerzo lo estamos dedicando en favor de esta
gestión, que nos ha encomendado el pueblo, sin embargo, señor Presidente, los
plazos están muy próximos a fenecer y por ello exhortaría a que modificásemos
el horario, en el sentido de comenzar a las nueve de la mañana y concluir a las tres de la tarde, con un
pequeño intervalo de media hora y un ligero refrigerio, que permita, digamos,
recomponer fuerzas y seguir adelante hasta las quince horas. Esta es la propuesta concreta que formulo a
los compañeros Convencionales. Gracias,
señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias Dr. Rodrigo Campos
Cervera.
Tiene la palabra el ciudadano
Convencional Carmelo Benítez.
Interrupción.
CIUDADANO
CONVENCIONAL RODRIGO CAMPOS CERVERA: Perdón, la propuesta es a partir de
mañana, señor Presidente.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARMELO BENITEZ: Sobre el punto señor
Presidente. Tengo otra propuesta, señor
Presidente, y me escribo en principio en que tenemos que dar más productividad
a nuestro trabajo, en el sentido de ampliar más el horario y en ese sentido
propongo concretamente que empecemos a trabajar por la mañana, de ocho y media
a doce y media, y por la tarde de cuatro a ocho de la noche, esa es una
proposición concreta, señor Presidente, para que tengamos exactamente ocho
horas de trabajo y por lo menos tratar de consensuar unos quince o veinte
artículos por día. Muchas gracias, señor
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE
DE LA COMISION: Muchas gracias, señor Benítez. Yo había indicado anteriormente y había
solicitado a los señores integrantes de esta Comisión que me hicieran llegar
las propuestas. Vería yo, acá en la mesa
de consensuarlas, de tal suerte a someter a consideración de esta Comisión una
o dos simplemente y que, finalmente, que democráticamente decidiéramos, de
manera tal que yo les ruego a los distinguidos compañeros Convencionales, me
hagan llegar sus propuestas concretas cualquier otro Convencional que quiera y
posteriormente, antes del receso, vamos a someterlas a consideración.
Interrupción.
CIUDADANO
CONVENCIONAL ISIDRO MELGAREJO: Permiso, señor
Presidente: Generalmente se quiere
tratar este tema al final, cuando ya todos están cansados. Ahora tenemos que resolver, yo le insto a ver
si no podemos resolver, ahora, fresquitos.
Vamos a votar. Tenemos dos
propuestas. Si no hay una tercera, que
se vote.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bueno, ya que insisten en el tema.
Tiene la palabra el ciudadano
Convencional Federico Callizo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL FEDERICO CALLIZO: Presidente: Si se va a entrar a tratar el tema, yo
pediría que los preopinantes fundamentaran por qué eligen ese horario. Eso nos facilitaría a nosotros la elección. Nada más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Debido a la sugerencia del Dr.
Federico Callizo, le suplico al Dr. Rodrigo Campos Cervera, dé su fundamento, y
lo mismo al Dr. Carmelo Benítez.
CIUDADANO
CONVENCIONAL RODRIGO CAMPOS CERVERA: Presidente: Yo creo que no hay mucho que fundamentar,
salvo que interrumpir la sesión y reanudarla después significa una pérdida de
tiempo absolutamente innecesario, que pudiéramos destinar a nuestra labor, en
forma continuada. Es obvio, señor
Presidente, que su interrupción crea una situación de depresión de la propia
gestión que hacemos en la tarea constituyente y volvemos de nuevo a reiniciar
esa actividad después de un hiatos o paréntesis, y ello señor Presidente, no
conviene a mi criterio, al interés que tenemos de avanzar lo más rápidamente
posible en esta gestión, cuya finalización está muy próxima. Es por ello, señor Presidente, que yo rogaría
al proponente, que si no quiere apearse de su posición, que se vote directamente,
porque acá no hay mayores justificativos, salvo lo que se ha enunciado ya en
uno u otro sentido. Gracias Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias, Dr. Rodrigo Campos
Cervera.
El ciudadano Convencional
Carmelo Benítez si va a decir algo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARMELO BENITEZ: Si, señor Presidente, en el sentido
de oponerme a lo expuesto por el preopinante, porque en la forma propuesta por
él, vamos a trabajar solamente cinco horas. Yo tengo entendido que cinco horas,
estar trabajando con la mente, hacen que uno termine exhausto y con muchos
problemas. Sin embargo, el tiempo que
queda de doce y media a cuatro de la tarde, hacen que uno reponga fuerzas. Si existe alguna cuestión que consensuar en
bancada, se hace en ese tiempo, si algo existe en estudiar proyectos
presentados en el día, también se lo hace en ese tiempo, y propongo el trabajo
sea exactamente de ocho horas, repartidas de cuatro en cuatro. Yo tengo entendido, señor Presidente, que lo
que aquí tenemos que hacer es tratar de darle más tiempo al tiempo, para que
podamos tratar de consensuar la mayor cantidad de artículos y poder terminar
para el doce de abril que es nuestro punto tope y tratar así de cumplir con la
ciudadanía. Muchas gracias, señor
Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien señores. Sobre el punto...
CIUDADANO
CONVENCIONAL ...: Es una cuestión que me parece
importante. Creo que no es el tiempo que
estamos acá solamente el tiempo que dedicamos a esta tarea. Acá se están presentando mociones antes de la
nueve de la mañana, lo que implica de mañana y de tarde. Es probable que la gente esté trabajando
sobre toda esta cuestión, así que no es el tiempo exclusivo de estar sentados
acá, el tiempo que dedicamos, y creo que es razonable la propuesta del Dr. Rodrigo
Campos Cervera, en el sentido de ir de nueve a tres de la tarde y dejar
posteriormente, en el sentido de tener otras obligaciones, enseñar en la
Universidad, etc., etc., que empieza a las dieciocho horas. Así que me parece que es razonable ese tiempo
y dejar la tarde también para leer, para informarse y para estar en contacto
con el trabajo que realizan otras Comisiones, que tienen interés de hacer
llegar su propuesta y de conversar con los Convencionales que están en la
Comisión Redactora. Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: El Dr. Euclides Acevedo y el Dr.
Evelio Fernández Arévalos cierran la lista de oradores, para avanzar.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EUCLIDES ACEVEDO: Si señor Presidente: Yo creo que toda labor intelectual tiene el
cincuenta por ciento de inspiración y el cincuenta por ciento de
transpiración, y creo que la cuestión de transpiración se lleva a cavo acá, y
no es un problema de tiempo. Nosotros no
tenemos ningún Código Laboral que cae sobre nosotros para el cumplimiento de las
ocho horas, (entre paréntesis es una reivindicación febrerista, que aprovecho
la oportunidad para pasar este corte comercial), una pequeña variable no más
señor Presidente, en vez de nueve a tres, yo le pediría a Rodrigo Campos
Cervera de ocho y media a dos y media, con el pedido de que lleguemos a las
ocho y media, porque son las diez menos cinco y a las nueve y media comenzamos,
o sea que si comenzamos a las ocho y media hasta las dos y media, y bueno vamos
a tratar de terminar hasta donde se pueda y después que pase a la plenaria,
pero con el apuro a tambor batiente vamos a votar el resto de los
artículos. Gracias, Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Euclides Acevedo.
Tiene la palabra el Convencional
Evelio Fernández Arévalos.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS: Con la adhesión
del proponente quiero hacer una pequeña modificación de ocho y media a quince
horas, que es un tiempo razonable, en primer lugar. En segundo lugar, que, de
acuerdo como sobrevengan circunstancias en el futuro, podemos cambiar ese
horario, intensificar, pero creo que ahora tendría que ser de ocho y treinta a
quince horas, y el proponente me da su consentimiento para hacer esta pequeña
modificación. Nada más.
CIUDADANO
CONVENCIONAL...: Teniendo en cuenta la experiencia de que hace
un tiempo atrás venimos trabajando en el mismo horario una o dos horas más y la
media hora que dicen de pausa generalmente se extiende a una hora, por eso
quiero apoyar la moción del Convencional Carmelo Benítez, para hacer un
esfuerzo e intentar esta semana que se inicia y venir de mañana y de tarde,
concretamente, Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien
señores. Los que estén de acuerdo por un
horario corrido de ocho y treinta a quince horas, se servirán levantar la mano.
MAYORIA.
Intensificaremos nuestras horas
de permanencia acá en una jornada seguida.
En la medida de lo posible, extenderemos hoy hasta donde podamos y desde
mañana estrictamente. Voy a rogar a los señores integrantes den apoyo y que
estén acá a las ocho horas, para copiar
y fotocopiar todas las propuestas que lleguen.
Tengo entendido, entonces que las propuestas de modificaciones de artículos
y demás tendrán que modificarse antes de las ocho y media horas. Porque lo que ocurre, señores, es que todo el
mundo reclama que no empezamos a hora,
pero cómo vamos a empezar a hora si se están copiando las propuestas, están
lloviendo acá sobre la mesa mil propuestas y antes de que tengan sobre su mesa,
no se puede dar inicio a la sesión porque no falta quien reclame que no ha
recibido la copia. Entonces a los
señores del equipo de apoyo a las ocho horas,
a los señores Secretarios también para organizar esta tarea porque a
ellos compete organizar esto. Entonces,
si podemos iniciar puntualmente a las 8:30 horas de la mañana.
Dicho lo
cual, entonces, vamos a iniciar nuestra tarea en el día de la fecha. Concretamente, en el día de ayer restaba
considerar el Artículo 55. En el
ínterin, el Prof. Luis Alfonso Resck, radicó una propuesta y se suspendió el
tratamiento de una artículo cuya inclusión que él había propuesto: derechos de la familia, al cual en el día de
la fecha se complementa o se adiciona otro artículo cuya inclusión también se
pide, el Convencional Diógenes Martínez, de manera que, por Secretaría, vamos a
dar lectura a estas dos propuestas: Una
del artículo del Prof. Luis Alfonso Resck y otra la del Dr. Diógenes Martínez.
CIUDADANO
SECRETARIO: Prof. Resck,
Derecho de la Familia.
1) A la fecundidad,
2) A educar a sus hijos y a determinar la orientación moral de la
educación que a ellos se imparte a su nombre.
3) A dar una religión a sus miembros menores de
edad.
4) A disponer de vivienda estable saludable y de
uso exclusivo.
5) A poseer un
patrimonio que le asegure su independencia y dignidad.
6) A
participar como tal en la organización y funcionamiento del municipio.
La moción del Dr. Diógenes
Martínez.
La Familia.
La
familia reconoce como fuente prioritaria de su constitución la unión en
matrimonio entre un hombre y una mujer.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tienen la palabra
el Dr. Evelio Fernández Arévalos y luego el Dr. Emilio Camacho.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ A: Yo comparto la filosofía de los
proyectos, pero ocurre lo siguiente:
Hemos tratado de que las normas que aprobamos sean fundamentalmente
preceptivas o enunciados del deber ser, y que no fueran puramente descriptivos
o enunciados informativos juicio del ser, que se limite a describir un supuesto
estado de cosas y que de esa manera pudieran ser verdaderos o falsos.
En ese sentido, y sin prejuicio
de apreciar la motivación que llevó al ciudadano Convencional Diógenes Martínez
a proponer este artículo, yo veo que es simplemente descriptivo, la familia reconoce
como fuente prioritaria de su constitución, la unión en matrimonio entre un
hombre y una mujer, es una descripción en un supuesto hecho no hay ninguna
preceptiva, no es normativo, no hay un enunciado del deber ser. Y, referente a la propuesta del Prof. Resck,
a lo dicho une una complicación muy grande, por ejemplo; los derechos de la
familia dicen a la fecundidad.
La fecundidad o la esterilidad
son hechos inherentes a los atributos del estado físico de las personas y, por
otra parte, no dicen relación especifica con la familia misma, sino mas bien
con el matrimonio.
El segundo punto, el derecho a
educar a los hijos, ya tuvimos un precepto sobre el particular además del
Artículo 32 que hemos aprobado.
El punto 3; a dar una religión a
sus miembros menores de edad. Bueno puede haber ese derecho de dar una religión
o no dar ninguna, en primer lugar, y, en segundo lugar, no creo que se dé una
religión, no creo que ninguna religión admita que ella sea dada tal vez sea una
búsqueda, tal vez una convicción íntima.
La terminología no es adecuada. A
disponer de una vivienda estable, ya hay un precepto relativo a que todo hogar
paraguayo tiene derecho a vivir bajo un
inmueble propio, a poseer un patrimonio que le asegure su independencia y
dignidad. Esto no es especifico de la
familia, sino es de todos los habitantes del país. Finalmente, a participar como tal en la
organización y funcionamiento del municipio.
La familia no participa como tal en la organización y funcionamiento del
municipio. Son los vecinos, si bien a
ciertas condiciones que la ley determine, quienes participan en la organización
y funcionamiento municipales. Reitero
que yo acompaño la intención de los proponentes, pero, si seguimos este camino,
vamos a llenar nuestro proyecto de Constitución de un follaje tan espeso que
hará que lo específicamente normativo se pierda y que después sea de difícil
interpretación y mas aún de difícil aplicación.
Es por esos motivos que yo concretamente me opongo a las normativas
propuestas.
Nada mas,
señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Gracias Dr.
Evelio Fernández Arévalos, tiene el uso de la palabra el Dr. Emilio Camacho.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EMILIO CAMACHO: Señor
Presidente: En primer lugar, expresé mi
preocupación porque tenemos un buen trabajo en el Sub-Comisión 2, donde, si
leemos con atención estos artículos, ya están previstos en el artículo que
viene el 55, de hijos, la protección al niño, la maternidad. Entonces, yo creo que aquí estamos haciendo,
en primer lugar, algo contrario a una mejor sistematicidad que ya va a
complicarnos tremendamente. En último
caso, el momento pertinente, creo yo, hubiera sido al terminar el Capítulo de
familia.
2. Expresar mi preocupación por la propuesta del
Prof. Luis Alfonso Resck. Estamos en una democracia representativa y no
organizista. Se participa como
ciudadano. Salvo que tengamos que volver
a revisar varias disposiciones anteriores, ésta es una llamada democracia
orgánica textual, a participar como tal una familia en el municipio el voto por
cabeza. Es clarito. Eso se puede reglamentar después. Eso primero y, en segundo lugar, considero
importante no perder la perspectiva de nuestro trabajo. Señaló muy bien también
el Convencional, la fecundidad, y si uno es estéril quiere decir que uno no
tiene derecho de familia. Entonces hay que ir mirando que estamos legislando,
en primer lugar, buscando establecer las instituciones fundamentales. Este Capítulo creo que esta excelente
propuesta de la Sub-Comisión 2 prevé todos los derechos, las preocupaciones que
están aquí, que, sí son legítimas, pero todas, derecho del niño, se reconoce la
familia, el matrimonio, el matrimonio legal, los derechos entre los cónyuges
están todos y ya hemos aprobado ayer en el Artículo 52, en que la familia es el
fundamento de la sociedad y el Estado promoverá su protección integral y en el
53 vuelve a hablarse de eso, o sea, está todo previsto. Yo creo que si caemos en inquietudes muy
puntuales, directamente vamos a dedicarle 40 líneas a cada artículo. Mi oposición a que se incorpore esto y en todo
caso si se va a tratar, que lo estudiemos en el Capítulo al terminar la
familia, Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Emilio Camacho. Tiene el uso de la
palabra el Dr. Euclides Acevedo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EUCLIDES ACEVEDO: Tengo entendido
que esta Constitución busca fundamentalmente reivindicar la libertad, que es lo
único que no debe figurar en una tienda de saldos y aquí se le quiere poner
cierto descuento, cierto recorte a la libertad, al querer encorsetar el
fundamento de la familia. Muy
simpáticamente hablaba Cano Radil cuando decía que es la base nuclear, o sea,
que la base atómica de la familia es el matrimonio, algo por el estilo. No
puede ser que la familia solamente se constituya en base al matrimonio. El matrimonio ha sido muy importante desde la
época de los hititas hasta los ayoreos contemporáneos, pero eso no quiere decir
que la familia sea solamente aquella que se basa en el matrimonio. Y quiere decir entonces que aquel que vive en
concubinato, que es nuestra realidad de más del 40 y tanto porciento de la
República, no constituye familia. Por
eso que es independientemente que algunos tengan un concepto, y es
absolutamente legítimo y respetable que la familia sea para ellos, aquella que
se basa en el matrimonio, yo creo que de alguna manera estamos atentando contra
una realidad social anteponiéndole un límite de orden jurídico o religioso, o
sea que , creo que es suficiente con que se haya dicho acá que la familia es el
fundamento de la sociedad y que el Estado prometerá y garantizará su protección
integral.
Y en cuanto a la propuesta de mi amigo, el
profesor Luis Alfonso Resck, yo conozco perfectamente su intención, porque lo
conozco hace mucho tiempo. Creo que su
intención es insospechable, y hasta si se quiere es indiscutible, pero no sé,
profesor, teniendo en cuenta, y estoy de acuerdo en ese sentido con Emilio
Camacho, si leemos los otros artículos, están contempladas algunas de las cosas
que está formulando Luis Alfonso Resck.
Te lo digo con todo respeto y todo cariño, pero lo que básicamente
querría es que si el Dr. Diógenes Martínez quiere explicar, pero me dejó muy
preocupado ya cuando ayer formuló eso, que la familia se constituirá como tal
solamente en función del matrimonio, porque vamos a caer en aquello de lo que
Dios unió no lo separe el hombre, y el matrimonio a veces no lo une Dios sino
que el Diablo y lo separa un revólver o el cariño de otra mujer.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Euclides Acevedo. Tiene el uso de la
palabra el Ing. Carlos Romero Pereira.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ROMERO PEREIRA: Señor Presidente,
en este proyecto que acaba de ser presentado por el Dr. Luis Alfonso Resck, el
inciso 5) que habla de poseer un patrimonio que asegure su independencia y
dignidad, está preceptuado en lo que se conoce como el bien de familia, por lo
que creo que es una repetición totalmente innecesaria. Por eso, me opongo a la inclusión de este
inciso y, en fin, inclusive, por lo que ya otros preopinantes han manifestado,
lo que ha hecho la Comisión 2 que está contemplado totalmente cada uno de estos
incisos pero específicamente el tema del patrimonio familiar está contemplado
como bien de familia. Gracias señor
Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Ing. Carlos Romero Pereira. Tiene el uso
de la palabra el Lic. Prof. Luis Alfonso Resck.
CIUDADANO
CONVENCIONAL LUIS ALFONSO RESCK: Presidente,
Convencionales: A veces resulta harto
difícil para un ciudadano, como muchos de los presentes aquí, controlar su
emoción, porque la vida nos ha jugado muy duro durante mucho tiempo, pero por
ello mismo me ratifico en mi íntima convicción de la libertad ontológica del
hombre. Su autodeterminación, su
autocontrol, su autodominio, es el signo más fehaciente y es el argumento más
contundente. Agradezco al distinguido amigo así como él me conoce yo lo conozco
demasiado, desde sus primeros escarceos, Dr. Euclides Acevedo, por esas palabras
tan respetuosas que quizás no compartiendo estos conceptos revelan respeto y
solidaridad, pero por otra parte desestimo categóricamente las pronunciadas por
un preopinante que había hecho uso de ellas anterior al Dr. Euclides Acevedo,
porque las mismas denotan una suerte de prejuicio que yo desestimo, no creo que
con hermosas palabras en este foro de tanta trascendencia podemos demostrar
ante propios y extraños quién es más demócrata. Es el testimonio para mí la más
hermosa cátedra, la más aleccionadora enseñanza. Por lo tanto yo al desestimar esgrimo este
argumento vivencial. Precisamente ayer
dije: quien tuvo una mujer como madre, una mujer como esposa y una mujer como
hija, es cuando defiende ardorosamente la familia, a la fecundidad, nadie puede
desconocer estimados Convencionales los procedimientos importados de los
grandes centros de poder que atentan contra la fecundidad, y al consagrarse en
la Constitución, también precisamente se prevé para que en el mañana una ley no
consagre esa conculcación de tan sagrado derecho, no importa que uno no sea
fecundo o que lo sea, lo que aquí queremos nosotros es consagrar la fecundidad
como un derecho para que no haya antivalores que en el mañana la
conculquen. Se puede estar de acuerdo o
no, pero no por ello se va sentir con facultades el preopinante a hacer una
suerte de juicio sentencioso.
En segundo término, educar, yo
tengo hijos y tengo derecho como contribuyente a que se les oriente siendo
menores de edad en una etapa previa de una u otra manera del punto de vista
ético. Si a otro no le interesa la
ética, la religión, pues a quienes les interese, he ahí el derecho
fundamental. Respetemos entonces. Yo quiero enviarle a un colegio, sea oficial,
el que fuere, y quiero que mis hijos en cuanto madure su conciencia adoptara
por decisión propia el camino a seguir, pero en los primeros escarceos quiero
en cierto modo enriquecer su alma incipiente con algunos valores, y de aquí
entonces el derecho a educar a sus hijos y a terminar sin violentar su voluntad,
al contrario, respetándola y promoviéndola hacia esa orientación, la
orientación moral, la educación en un mundo tan inmoral, en una sociedad tan
decadente por su consumismo. Es vital esta formación. Dar una religión es el mismo argumento a
esgrimirse, a disponer de una vivienda estable, saludable y de exclusiva
propiedad, como no, si ya está consagrado enhorabuena, podemos excluirlo;
poseer un patrimonio que asegure su independencia y dignidad, si está
consagrado, aleluya, se puede excluir, pero acá yo destaco como un derecho de
la familia. Y por último, a participar
cuál es. Ayer definimos nosotros que la
familia es el fundamento de la sociedad.
La familia, consiguientemente, en un marco de coherencia, si la familia
es el fundamento por qué no participar la familia ya sea individual, ya sea
colectivamente, ya seas a través de sus vecinos, en la organización y
funcionamiento del municipio. Comenzamos
como célula vital, la familia como germen de la democracia municipio y ahí está
la sociedad intermedia entre familia y Estado.
Eso es, señores, lo que he querido con estos que no son invenciones del
Prof. Resck, que es una voz un poco aparentemente solitaria aquí, pero
expresiva de la conciencia de muchos padres, de muchísimos padres. No creo que ahora sea oportuno
mencionarlos. Por lo tanto, en ningún
momento puede atribuirse a mí la paternidad de estos conceptos. Soy tan sólo un humilde vocero, un modesto
interprete. Muchas gracias, señor
Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Lic. Luis Alfonso Resck.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Diógenes Martínez, y luego el Dr. José Nicolás Morínigo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL DIOGENES MARTINEZ: Gracias, señor Presidente. En primer término quiero formular una réplica
al corte publicitario de nuestro amigo Euclides Acevedo, y recordarle que aquí
en el Paraguay por lo menos la jornada obrera, de ocho horas antigua, fue una bandera del Tribuno Republicano
Ignacio A. Pane en 1911, el primer Proyecto Colorado, el primer proyecto que se
presentó sobre este tema.
Segundo: El parece que no leyó
muy bien el proyecto que yo le presenté, porque de ninguna manera excluye la
unión, (fue distribuido. Lamentablemente
usted no recibió, pero la mayoría de la gente ha recibido), no excluye la unión
de hecho que reconocemos como una célula viva tan vigente y mayoritaria en
nuestra sociedad paraguaya de antaño, y la respetamos como constitutiva también
de la familia con los mismos derechos, pero la Constitución Nacional y en los
términos que está elaborado el Proyecto
no hace mención a la unión en matrimonio y hace mención expresamente a
la unión de hecho, y sin excluir a la otra es conveniente y necesario que esta
carta fundamental, este cuerpo fundamental,
consagre expresamente el matrimonio como una fuente prioritaria.
Me ha costado mucho tiempo
elegir la palabra apropiada para calificar si es una fuente más, si es una
fuente única, si es una fuente principal, si es una fuente esencial. En contraposición siempre a la interpretación
literal, corremos el riesgo de que desmeritemos la unión de hecho. Es por eso que he escogido la palabra
prioritaria, porque en el sentido de que es la primera fuente y no en el
sentido despectivo que las demás son, o la unión de hecho sea la segunda. Pero alguna prioridad la ley fundamental
puede dar a esta unión matrimonial, a esta unión legal, a esta unión
consagrada.
Es por eso que escogí esto, a mi
amigo el Dr. Emilio Camacho le digo que él alega que está previsto todo lo que
ha dicho. En qué, en dónde está la
Consagración de la unión en matrimonio dentro de estos dos artículos que se han
aprobado. Son solamente dos artículos
los declarativos que se han aprobado aquí, y el tercero prácticamente es formal
sobre la familia. No existe una mención
especial, y esta necesidad, este vacío que existe es únicamente el objetivo de
mi proyecto, dejando en claro, señor Presidente y distinguidos compañeros, que
no excluye a la unión de hecho en principio, y, segundo, que no está previsto en
nuestro proyecto. Presento formalmente y
me ratifico en el proyecto de artículo, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Diógenes Martínez.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional José Nicolás Morínigo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL JOSE NICOLAS MORINIGO: Señor
Presidente: En primer lugar quisiera
expresar mi preocupación por la forma en que se plantean las innovaciones de
artículos que en alguna medida altera la sistematicidad con que se trabajó en
las Sub-Comisiones.
Desde el momento en que se
plantea un artículo, tendría que tenerse muy en cuenta la forma y los
mecanismos que están ya incluidos en los demás artículos, porque si no
estaríamos repitiendo y volviendo nuevamente a citar o reproducir artículos que
ya están en alguna medida en la parte subsiguiente del trabajo, y eso lo que
nos hace es perder tiempo y al mismo
tiempo genera una situación de anarquía y de desorden que muy poco favor hace a
la tarea que estamos realizando.
Yo creo que lo que dice el
preopinante está planteado de una manera indirecta, cuando nosotros hablamos de
que las uniones de hecho producen efectos similares dentro de las condiciones
establecidas por la ley, estamos señalando que hay una institución clave, y esa
institución clave es el matrimonio.
Por esa razón las uniones de
hecho, lo que simplemente hacen, es producir efectos similares, efectos
similares a ¿qué? : A la institución fundamental que es el matrimonio. Por qué razón y cuál es el fundamento de no
insistir en esta cuestión del matrimonio, por una cosa que me parece
fundamental, desde una perspectiva sociológica, no es esa precisamente la
realidad de nuestra sociedad, y si nosotros insistimos en plantear cuestiones
que hacen más a lo que debería ser a lo que es, estaríamos legislando para lo
que nosotros pensamos que debe ser y no para la realidad social que estamos
viviendo, y, el no legislar sobre la realidad social que estamos viviendo,
simplemente estamos legislando para una sociedad utópica y no para una sociedad
concreta, que es la que nos interesa.
Por eso cuando hablamos de
efectos similares, estamos hablando de darle un contenido a ese sentido del
matrimonio al cual hace referencia esta unión de hecho. Por otro lado me es absolutamente confuso el
término fuente prioritaria, significa fuente prioritaria lo más importante
desde el punto de vista cuantitativo, significa fuente la única posibilidad
para constituirse en familia, significa que todas las demás que no se
constituyen sobre matrimonio, no son simplemente familias de una segunda o
tercera categoría, estos son las cuestiones que me da que pensar este término
de fuente prioritaria. Muchas gracias,
señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. José Nicolás Morínigo.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Federico Callizo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL FEDERICO CALLIZO: Señor Presidente,
señores Convencionales: Yo quiero
adherirme a las expresiones del preopinante.
Creo que ayer se habló de este tema, y se incorporó incluso en el
Artículo 54, la expresión "Debiendo ella facilitar su conversión en
matrimonio". Hay una proyección
hacia el matrimonio en todas las normas.
Lamentablemente eso se hubiera agregado y con eso creo que tendríamos
resuelto el problema.
Por otra parte, si el Dr.
Diógenes Martínez me permite, yo querría
plantear lo siguiente: Yo en entiendo
que el Artículo 55 habla de hijos y aquí estamos incorporando un nuevo criterio
de la familia o sea que creo que tendría que ser un nuevo artículo el que se
está planteando. También en consonancia
con lo que plantea el Prof. Luis Alfonso Resck con respecto al derecho de la
familia.
La redacción del Dr.Diógenes
Martínez, que es declarativa, me parece que podría transformarse en una declaración
preceptiva al decir "La familia se constituye prioritariamente en base al
matrimonio entre un hombre y una mujer.
De esa forma es posible que se resuelva el problema, porque yo no
entiendo cómo vamos a incorporar en el Artículo 55 esta norma.
Por eso pienso que se hubiese
pedido la reconsideración para la incorporación de un nuevo artículo, pero
lamentablemente con la aclaración de que no se incorporó esta frase que hubiera
sido sumamente feliz, al poner "Debiendo ella facilitar su conversión en matrimonio",
le hubiéramos dado, y eso yo planteé en la reunión pero perdí en la
votación.
Creo que con esto le hubiéramos
dado el sentido exacto que todos estamos queriendo darle a la institución de la
familia, Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Callizo.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Miguel Abdón Saguier.
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: Moción de orden, señor Presidente: Que se cierre la lista de oradores, por favor.
CIUDADANO PRESIDENTE
DE LA COMISION: Todos están de acuerdo... Se cierra la lista
de oradores. Y están inscriptos para
hablar el Dr. Miguel Abdón Saguier, el Dr. Rafael Eladio Velázquez, el Dr.
Diógenes Martínez, la srta. Cristina Muñoz y el Dr. Eusebio Ramón Ayala.
Tiene el uso de la palabra el Dr. Miguel Abdón
Saguier.
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: Señor
Presidente: Tenemos acá dos proyectos de
artículos referidos al Artículo 55.
Ahora pregunto a la mesa: ¿Es una moción de reconsideración o
directamente es un nuevo artículo?,
porque fue aprobado ayer el Artículo 55.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Disculpe, fueron
planteados como inclusión de nuevos artículos, por eso lo someto a
consideración.
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: Muy bien, refiriéndome al caso del proyecto que
presenta el ciudadano Convencional Diógenes Martínez, yo creo interpretar su
preocupación. Parecería que en nuestro
proyecto no se le da la consagración o la importancia que tiene el
matrimonio. Esa sería la preocupación
del Convencional. Sin embargo desde el momento que tiene rango constitucional le
estamos, de una manera indirecta, recociendo la trascendencia y la importancia
que tiene esta institución.
Yo entiendo y en muchas otras constituciones he comprobado
que existe una declaración explícita señalando la trascendencia y la
importancia que tiene para el Estado la institución del matrimonio. El Proyecto en sí, no lo comparto porque creo
que ya se dijeron esos argumentos.
Comparto yo en el sentido de que la familia no puede reconocer como
fuente prioritaria de su constitución la unión matrimonial. Eso histórica y sociológicamente no es así.
Me parece que sí es una
institución importante que ha sido creada de una manera a dar cierto orden en
las relaciones familiares, pero no creo que sea la fuente prioritaria, porque
si nosotros interpretamos el concepto de lo que es prioritario, quiere decir
que es anterior a la familia. Y lo mismo
ocurre con fuente. Fuente significa
principio, fundamento, origen de una cosa.
Desde ese punto de vista creo yo que sería un error.. Ahora, por qué? la
Sub-Comisión no hizo ningún tipo de calificación del matrimonio?
Y precisamente porque hemos
comprobado que en el derecho privado existe una gran cantidad de doctrinas y de
teoría sobre la naturaleza, la importancia y los efectos del matrimonio, Y nos pareció lo más conveniente dejar
librado eso a la legislación ordinaria, que se encargue el Código Civil o una
ley especial para el tema. Pero, repito,
desde el momento que le damos una consagración
constitucional, estamos destacando la importancia que tiene para la
Constitución la institución matrimonio; esa es una explicación.
En segundo lugar, el proyecto
del Prof. Luis Alfonso Resck, su
preocupación está prevista en muchas otras disposiciones. Y podría salvar su inquietud o contemplar su
preocupación al tratar el Artículo 55, agregándole sencillamente a la primera
frase, si se me permite ya adelantar mi juicio: Los padres tienen el derecho y
la obligación de asistir, alimentar y educar, y allí estaría fundamentalmente
contemplada,o sea estaría contemplada la preocupación fundamental del derecho
que tienen los padres de educar en el
sentido más amplio a sus hijos, ya sea en el orden propiamente académico,
religioso o ético. Volvemos a insistir y además en muchos otros artículos están
contemplados estos derechos y estas facultades de los padres.
Insistimos, como dijo el
miembro de nuestra Sub-Comisión, el Dr.
José Nicolás Morínigo, hicimos, nos ceñimos estrictamente al concepto
generalizado de la Convención Nacional Constituyente, tratar de hacer una
Constitución marco, no una Constitución con una exhuberancia de artículos, de
disposiciones, tratamos de ser lo más sencillo posible y tomando cada idea de
una forma tal que quede de manifiesto su carácter, su naturaleza
normativa. Muchas gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias Dr. Miguel Abdón Saguier.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Diógenes Martínez, no perdón, antes el Dr.Rafael Eladio Velázquez.
CIUDADANO
CONVENCIONAL RAFAEL ELADIO VELAZQUEZ: Señor Presidente:
En primer lugar, yo quiero señalar que la Constitución también tiene que ver
con el deber, desde el momento que reglamenta, obliga, norma.
En segundo lugar yo creo que nos
estamos refiriendo a una sociedad utópica cuando hablamos del matrimonio. Es verdad que existen uniones de hecho en el
Paraguay, pero también existen, y muchos, matrimonios, tanto en la capital como
en el interior
En tercer lugar, quiero señalar
que este proyecto del Dr. Diógenes Martínez, con esa redacción o con las
modificaciones de forma que le introduce el Dr. Federico Callizo, pero que en
esencia proponen lo mismo, tiene que ser un artículo nuevo. Su ubicación,
a mi entender, tendría que estar entre el Artículo 54 y 55 o entre el 53
y 54.
Yo creo que podemos tratarlo
como proyecto de artículo separado, y ubicarlo con posterioridad donde
corresponda. En ese momento propondría
mejor que esté entre el Artículo 53 y 54. En este momento tenemos en discusión
el proyecto del Artículo 55, y, en primer término, tal como viene de la
Sub-Comisión. No se contradice el
proyecto con el de la Sub-Comisión porque trata de otra cosa: Darle carácter prioritario al matrimonio, no
representa necesariamente subestimar, subalternizar o darle cualquier carácter
peyorativo a otro tipo de uniones. Se
trata de jerarquizar a esta institución que es deseable que se generalice al
máximo en el país como base de la estabilidad familiar. Nada más, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Rafael Eladio Velázquez.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Diógenes Martínez.
CIUDADANO
CONVENCIONAL DIOGENES MARTINEZ: En primer
término, quiero y me van a disculpar los compañeros de trabajo que insista, que
la mención que se hace en el proyecto es implícita, es una referencia
implícita, no una mención explícita. Sin
embargo, de la otra fórmula de unión, se
hace una forma explícita. Hay una
diferencia. Cuando estamos hablando que al decir de que el matrimonio es tal
cosa, ya se está consagrando, pero a mí me parece que es una forma de mencionar
el matrimonio, demasiado ligera, muy ligera; sin embargo a la otra unión se
hace una consagración expresa.
Segundo: Que nuestro reglamento en su Artículo 45 dice
claramente que la ubicación de los artículos aprobados queda para una revisión
final, a cargo de la Comisión de Estilo y Técnica Legislativa, conjuntamente
con la Comisión Redactora.
Está previsto el mecanismo para
incorporar las normas en su debido lugar.
La observación del Dr. Saguier, la respuesta el Dr. Velázquez ya lo ha
hecho.
Con estas aclaraciones señor
Presidente mantengo mi pedido, mi moción de que se consagre un artículo
independiente en los términos que he propuesto o que la Comisión de Técnica
Legislativa y de Estilo lo reformule, pero la idea central es de que se
consagre a nivel y con rango constitucional el matrimonio como una fuente
prioritaria de la familia. Es todo
Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Martínez.
Tiene el uso de la palabra la
Srta. Cristina Muñoz.
CIUDADANA
CONVENCIONAL CRISTINA MUÑOZ: Gracias
Presidente, el espíritu que ha primado en la Sub-Comisión N° 2, cuando se trató este tema ha
sido el de evitar la definición, por eso es que cuando hablamos que la familia
es el fundamento de la sociedad y hablamos que la protección incluye a la unión
estable de hecho, le estamos poniendo en segundo lugar a la unión estable de
hecho, quiere decir de que tácitamente el matrimonio está en primer lugar, eso
se reconoce.
Cuando también se habla del
matrimonio y los efectos de las uniones de hechos se habla de que la ley
establecerá la formalidad para la celebración del matrimonio. Yo, pregunto, hace falta definir qué es el
matrimonio, si hace falta definir definamos también qué es la familia o sea que
aquí estamos tratando de abarcar todo el universo de lo que constituye una
familia y de lo que también constituye un matrimonio, en todo caso si se va a
elaborar un nuevo artículo establezcamos la base de la familia; será la unión
de una mujer y un hombre sean éstas estructuradas legalmente o de hecho porque
también están las familias constituidas solamente por la mujer y los hijos, la abuela
y los hijos o nosotros somos siete hermanos y nos consideramos familia.
Por lo tanto creo que si vamos a
entrar a definir entonces, reconsideremos y definamos también a la familia en
forma efectiva y también al matrimonio, si vamos a considerar eso como base de
la familia establezcamos que son las estructuradas legalmente y las de hecho,
porque no se puede considerar la base de una familia solamente una forma de
unión que es una forma minoritaria.
La unión puede ser legal o de
hecho y ambos constituyen la base de la familia, eso es reconocido en nuestra
propia realidad y parte de nuestra legislación.
En cuanto a lo que propuso el Prof. Resck, creo que podemos incorporar
algunas de sus propuestas tal vez no, con la estructuración que él presentó,
pero de alguna manera vamos a buscar porque condice más con lo que hemos
aprobado en el Artículo 55 con relación a los hijos, pero si vamos a aprobar la
propuesta del Dr. Martínez, creo que hay que reformular e incluir que la base
de la familia y fuente prioritaria será las uniones entre una mujer y un hombre
sean éstos estructuradas legalmente o de hecho.
Gracias Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias se
ha agotado la lista de oradores en consecuencia, de acuerdo al orden de su
presentación el Prof. Dr. Luis Alfonso Resck ha presentado una propuesta en la
que se define la familia. Existe en
contra una moción para que se suprima este artículo por consiguiente quienes
estén de acuerdo con la permanencia o la inclusión de este artículo se servirán
levantar la mano. Seis votos.
Quienes estén de
acuerdo por la exclusión de esta propuesta como artículo nuevo se servirán
levantar la mano. Mayoría.
Bien, ahora entramos a
considerar la propuesta formulada por el Dr. Diógenes Martínez, la de la
inclusión de un nuevo artículo.
INTERRUPCION...
CIUDADANO
CONVENCIONAL DIOGENES MARTINEZ: El texto mantiene
en esencia solamente que la familia, su base prioritaria es, la unión en
matrimonio. El texto la formulación dejo
a cargo de la Comisión de Estilo y Técnica Legislativa.
INTERRUPCION
EN LA SALA
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Quienes estén de
acuerdo con la inclusión de este nuevo texto propuesto, se servirán levantar la
mano. Mayoría.
Bien señores, con la aclaración del
Dr. Martínez, de que si existiere alguna...
INTERRUPCION
CIUDADANO
CONVENCIONAL...: Presidente, dejo que conste mi voto en contra
de este artículo, que conste porque es central.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EUCLIDES ACEVEDO: Expresamente,
porque le va a producir un desequilibrio ético intelectual.
INTERRUPCION
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Piden, conste
expresamente en el acta y se tome nota por Secretaría, la oposición a la
inclusión de este artículo por el Dr. Emilio Camacho, el Dr. Euclides Acevedo y
el Dr. Evelio Fernández, y también me pide lo mismo la Dra. Muñoz.
CIUDADANA
CONVENCIONAL CRISTINA MUÑOZ: No, no es lo
mismo, simplemente que el Dr. Martínez, dejó a cargo de la Comisión de Estilo,
y que tenga en cuenta mi propuesta que la unión en matrimonio sean basados o
estructurados de hecho o legalmente, que se tenga en cuenta eso.
CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:
Bueno, eso ya es otro concepto, bien señores entramos a considerar el
Artículo 55, se dará lectura en primer término al proyecto tal cual vino de la
Comisión N° 2, luego las otras propuestas que
se han formulado.
CIUDADANO
SECRETARIO: ARTICULO 55:
Los padres tienen la obligación de asistir, alimentar, educar y amparar
a sus hijos menores de edad, los hijos a su vez están obligados a prestar
asistencia a sus padres en caso de necesidad.
La ley reglamentará la ayuda que se debe prestar a la familia de prole
numerosa y a las mujeres cabeza de familia, todos los hijos son iguales ante la
ley, 1) se prohíbe cualquier calificación sobre su filiación, los padres serán
penados por la ley en caso de incumplimiento de los deberes de asistencia
alimentaria.
Hay mociones presentadas
alternativas.
Interbancadas
de mujeres dice: -Hijos- Los padres tienen la obligación de reconocer,
asistir, alimentar, educar y amparar a sus hijos menores de edad. Los hijos mayores a su vez están obligados a
prestar asistencia a sus padres en caso de necesidad. La ley reglamentará la ayuda que se debe
prestar a las mujeres cabeza de familia,
todos los hijos son iguales ante la ley y se prohíbe cualquier calificación
sobre su filiación. Los padres serán
penados por la ley en caso de incumplimiento de los deberes de asistencia
alimentaria.
Y hay una moción de los Dres.
Melgarejo Pereira y Villamayor que
dice: Los padres tienen el derecho y la
obligación de asistir en todo orden a sus hijos durante su minoridad de edad y
en los demás casos en que legalmente procede, la ley reglamentará la ayuda que
se debe prestar a la familia de prole numerosa y a las mujeres cabeza de
familia.
Esta moción excluye, pareciera,
el tema de la igualdad de los hijos ante la ley, expresamente y excluye la
familia de prole numerosa lo demás todo igual, excluye entonces incumplimiento
de deberes hacia la obligación: Excluye
los demás es más o menos igual. Y la
otra dos mociones parece que son exactamente iguales, la ley interbancada de
mujeres y la del Proyecto Base Comisión
con la diferencia que la interbancada agrega la palabra si no me equivoco,
reconocer, que no está prevista en el
proyecto de la Sub-Comisión N° 2.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de
la palabra el Dr. Isidro Melgarejo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL ISIDRO MELGAREJO: La finalidad de
la propuesta a diferencia del Proyecto
Base consiste en que el inicio de la frase los padres tienen la obligación, se
incluye la palabra el derecho en donde dentro de la amplia gama de
fundamentaciones que implica la palabra derecho, ya se comprende todo lo
referente a la educación al sistema religioso de vida en fin a todo lo que los
padres puedan creer conveniente para la formación integral del menor, es un
derecho y es una obligación.
En donde también, se propone
eliminar estas palabras de alimentar, educar y amparar al decir de asistir en
todo orden. Se elimina también el concepto de mantener porque al decir asistir
en todo orden a sus hijos se está obviando una enunciación de derecho
y obligaciones
que es propio de la materia legislativa, este artículo tiene como fuente
textual el Artículo 90 del Proyecto del CIDSEP, donde reconoce también como
fuente directa el Artículo 84 de la Constitución Nacional vigente, en donde se
habla de la materia de mantener, asistir y educar a sus hijos menores en donde
preferimos asistir en todo orden como una idea abarcante.
Ahora bien, como recién dijo un
preopinante estamos en el deseo de hacer una Constitución normativa, y no una
Constitución declarativa en donde nos parece que la redacción de este Artículo
55 tal como viene es excesivamente extensa porque los temas que comprenden de
la igualdad de los hijos ante la ley y de la prohibición de toda calificación
sobre su filiación está previsto los Códigos del Menor previsto en el Código
Civil.
El tema del incumplimiento de
los deberes de asistencia alimentaria lo hemos aprobado en el Artículo 13,
cuando dice: Nadie será detenido por
deuda salvo en virtud de los mandatos de autoridad judicial competente dictado
por incumplimiento de deberes alimentarios o como sustitución de multas o
fianzas judiciales. Este es un artículo
que ya hemos aprobado en esta Comisión y que hace referencia a este tema. Entonces esta calificación también de que los
hijos están obligados a prestar asistencia a sus padres en caso de necesidad
está largamente explicitado en el Código Civil.
Entonces, en honor a la
brevedad, solamente queremos incorporar el principio de la asistencia, en todo
orden, a los hijos, como un derecho 'tal como lo he explicado' y mantener el
principio de que la responsabilidad del Estado sobre la familia de prole
numerosa y las mujeres cabeza de familia tiene que estar establecida en la
Ley.
Por eso establecemos que la Ley
debe reglamentar esta ayuda para buscar un mecanismo de asistencia real y no dejar
un principio general que no tiene una mayor consistencia, cuando sea dice, como
en la Constitución Nacional vigente, de que:
"El Estado velará por el cumplimiento". Esta cuestión de las mujeres cabeza de
familia concuerda, también, con lo que ya trae el Proyecto Base, en el Artículo
110, inciso i), cuando se menciona:
"El apoyo a la mujer campesina y en especial a la mujer cabeza de
familia", se vuelve a mencionar este concepto que está trayendo el Artículo
55.
Entonces, en honor a la
brevedad, sobre el principio de que lo bueno y breve, es dos veces bueno,
queremos plantear este artículo a la consideración de esta Comisión. Nada más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Carlos Alberto Avalos.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ALBERTO AVALOS: Declino, Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Efraín Enríquez Gamón.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EFRAIN ENRIQUEZ GAMON: Señor
Presidente: La Sub-Comisión ha discutido
bastante, profundamente este tema. Creo
que lo que aquí se ha dicho también abonan, digamos razones importantes. Pero, con anterioridad, el propio Dr. Miguel
Abdón Saguier, que está aquí a mi lado, había dicho: Sí en la primera parte, en el primer párrafo,
donde se habla: "Los padres
tienen la obligación", agregamos,
-la Sub-Comisión agrega- "y el derecho de asistir", o sea la única
modificación sería el agregado de eso que acabo de decir y, salvo opinión en
contrario, nosotros nos mantenemos en la redacción original.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias, Dr. Efraín Enríquez
Gamón.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil.
CIUDADANO
CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL: Señor
Presidente: He pedido la palabra para
defender, enfáticamente, la parte que excluye una moción alternativa sobre la
exclusión "de la igualdad de los hijos". Para mí es grave esa exclusión debido a que
en el Proyecto del Partido Colorado, por ejemplo, ya sea pone claramente en el
Artículo 52, que: "Todos los hijos
son iguales y se prohíbe cualquier calificación sobre su origen matrimonial,
extramatrimonial o adoptivo" y esta cláusula con otras palabras está
incorporada en el artículo que nos trae la Comisión, cuando dice:
"Todos los hijos son iguales ante la Ley. Y se prohíbe cualquier calificación sobre su
filiación".
Ese punto es transcendental,
porque, de una vez por todas, vamos a defender los Derechos Humanos, con
coherencia, y la mayor coherencia es darle a los seres humanos sus derechos
inalienables de tener un padre reconocido en igualdad de condiciones, porque no
tiene la culpa el niño de las condiciones que fue traído al mundo. Para mí eso es fundamental.
Entonces, solamente pido la
palabra para oponerme a esa exclusión, porque aparte el preopinante no cita el
del Proyecto del CIPCEP, otro artículo que dice, claramente, "que los
hijos son iguales ante la Ley, sin discriminación de ninguna naturaleza. Queda prohibida cualquier calificación sobre
la filiación de los mismos o sobre el estado civil de sus padres". Y esa omisión me parece que es pertinente
incluir cuando se cita una fuente como el CIPCEP, donde cita un artículo y no
el otro artículo complementario del concepto.
Entonces, señor presidente, en
síntesis, apoyo el proyecto de Comisión y no comparto la exclusión que se
pretende hacer sobre "igualdad de los hijos". Muchas gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias, Dr. Bernardino Cano
Radil.
Tiene el uso de la palabra la
ciudadano Convencional Cristina Muñoz.
CIUDADANA
CONVENCIONAL CRISTINA MUÑOZ: Gracias,
Presidente: Estoy muy de acuerdo con la
primera parte de la propuesta del compañero Isidro Melgarejo Pereira, que ya
asimiló la Comisión. Quisiera,
simplemente, resaltar una cuestión. Creo
que muchas cosas están contempladas en los Códigos, pero es muy importante que
le demos rango Constitucional a ciertas y determinadas cosas. Y cuando hablamos de que: "Los hijos deben prestar asistencia
también a los padres" es una cuestión de reciprocidad, solamente que hay
que aclarar y es el aporte de las Convencionales que "sean los hijos
mayores".
En cuanto a: "La Ley
reglamentará la ayuda que debe prestar a la familia de prole numerosa y a las
mujeres cabeza de familia", se sacó del Proyecto Base del Partido
Colorado. Ahora los demógrafos opinan
que, incluyendo: "La familia de
prole numerosa", estaríamos impulsando o fomentando, digamos, a que se
tengan muchos hijos, en forma irresponsable, porque total el Estado le va
ayudar.
Pero lo que no podemos transigir
es en que "las mujeres cabeza de familia" no sean asistidas por el
Estado. Y en cuanto, al origen de los
hijos, creo que es fundamental; es más, ya está contemplado en nuestra
legislación, pero es muy importante darle rango Constitucional.
Y la última parte, "los
padres serán penados por la Ley en caso de incumplimiento de asistencia
familiar", si bien se tocó tangencialmente
en otra parte, es fundamental, porque si hay un mal generalizado en este
país, es la irresponsabilidad de los padres.
Entonces, tenemos no solamente
incluir que: "Tiene el derecho y la
obligación de asistir, de alimentar", sino también "de reconocer" porque demasiados
hijos deambulan por este país, sin saber siquiera quiénes son sus padres. Y si queremos defender a la niñez, y como
estamos constantemente pregonando, creo que tenemos que legislar al
respecto.
Sabemos que esto es
insuficiente, que debemos ayudar con la educación, con montón de medidas
complementarias, pero es importante, señores.
Creo que básicamente el Proyecto de la Sub-Comisión N° 2 con las incorporaciones que ya
se había señalado, sería muy importante que se apruebe y cuando se habla, un
preopinante hizo alusión de que ya se tiene en cuenta el Artículo 100, inciso
i), "a la mujer cabeza de familia" en ese punto se estaba hablando
"a la mujer" como sujeto de reforma agraria, que es totalmente
diferente, ya que hasta este momento, la mujer no es sujeto de reforma agraria.
Entonces, en ese sentido fue
incluido en el Artículo 100. Muchas
gracias, Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
señorita Cristina Muñoz.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Miguel Abdón Saguier.
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: Gracias,
Presidente: Como dijo el Presidente de
nuestra Sub-Comisión, estos artículos han sido largamente discutidos y
pensados. Y en ese sentido, una de las
pautas que hemos tenido en cuenta al debatir estos artículos ha sido el
carácter didáctico que debe tener esta Constitución. Y consideramos que nuestra sociedad es
importante que el conjunto de sus miembros conozcan la obligación precisa que
tienen los que son padres.
En ese sentido, hemos enumerado
claramente las obligaciones principales que tienen los padres: Asistir, alimentar, educar, amparar y así
sucesivamente. Además, hemos tenido en
cuenta los prejuicios que existen en la sociedad paraguaya con respecto a la
conformación de la familia, los hijos naturales, etc.. Prejuicios que han dado lugar a graves
atentados contra la dignidad de las personas.
Por eso entendemos, si bien es
cierto que -digamos- en la medida de lo posible hay que tratar de consagrar
artículos no tan extensos, creemos nosotros que es aceptable, en primer lugar,
agregar a la primera parte "los padres tienen el derecho y la
obligación..." y continua igual, y a su vez en el tercer párrafo que habla
"la Ley reglamentará la ayuda que se deba prestar a la familia de prole
numerosa", comparto que es posible que podamos eliminar esto y mantener el
artículo de esta manera, en el tercer párrafo:
"La Ley reglamentará la ayuda que se deba dar a la mujer cabeza de
familia".
Después, por último, los otros
argumentos, ya señalados por la ciudadana Convencional Cristina Muñoz,
comparto, en el sentido específicamente, el tema de "la mujer cabeza de
familia" que se repite en el caso de la reforma agraria tiene un sentido
específico y singular referido a otra realidad distinta. Gracias, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas Gracias,
Dr. Miguel Abdón Saguier.
INTERRUPCION...
CIUDADANO
CONVENCIONAL ...: Moción de orden, Presidente. Que se cierre la lista de oradores.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Perfecto, Quedan
por hacer uso de la palabra los ciudadanos Convencionales Carlos Alberto Avalos
y José Nicolás Morínigo.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Carlos Alberto
Avalos.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ALBERTO AVALOS: Gracias, señor Presidente. A los efectos de adherirme, in extenso, a las
manifestaciones realizadas por la Convencional Cristina Muñoz, y solicitar a
los señores miembros de la Sub-Comisión N° 2, si ya han tomado nota para
incluir lo de "tienen derecho" y también para incluir la palabra
"de reconocer" en el primer renglón del primer párrafo y "los
hijos mayores" en el segundo renglón del primer párrafo, por los
siguientes motivos: Es cierto lo que
dijo la Convencional Cristina Muñoz, que es una realidad social en nuestro
país, de que existen innumerables niños que deambulan por nuestro país, sin
siquiera saber quiénes son sus padres.
Por eso es fundamental que se
incluye la palabra "obligación de reconocer" de tal forma que la
mujer pueda tener la posibilidad de obligar al hombre, por lo menos, a
reconocer y darle un apellido a sus hijos.
Y en lo que hace referencia a los hijos, incluir la palabra
"mayores" porque es, realmente, vergonzosa la forma como muchos
padres se hacen mantener por sus hijos menores.
Y creo que es el Estado, es la sociedad la que debe implementar, a
través de un seguro social, digno y realmente reivindicador del ser humano, la
posibilidad de asistir a las personas que se encuentran imposibilitadas de
atender a su familia, a sus hijos.
Y por último, me permito
solicitarles respetuosamente, que se suprima lo de la "familia de prole
numerosa", porque es, precisamente, una realidad social en nuestro país la
irresponsabilidad de muchos padres -y aquí estoy haciendo una autocrítica al
varón, principalmente- de procrear hijos sin tener la más mínima condición de
educarlos, de mantenerlos, ni de darles una vivienda por lo menos decente donde
puedan ampararlos. Y si es que se
incluye ese término "que la Ley reglamentará la ayuda que deba prestar a
la familia de prole numerosa", ahí sí se dará mayor motivo, a estos padres
irresponsables, de seguir trayendo hijos al mundo, que nunca va a poder tener
condiciones de cuidarlos, ni de educarlos, ni de hacerlos crecer
responsablemente. Es todo, señor
Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias, señor Carlos
Alberto Avalos.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional José Nicolás Morínigo, para cerrar la lista de oradores.
CIUDADANO CONVENCIONAL
JOSE NICOLAS MORINIGO: Señor Presidente: Creo que está suficientemente debatido. Y pediría que se vote, párrafo por párrafo,
en la medida que exista alguna diferencia, como por ejemplo, la propuesta de
"reconocer", que creo no está aceptado en su totalidad. En ese caso, si es que se vota párrafo por
párrafo, simplemente lo que vamos a tardar el tiempo que lleva votar cuatro
veces. Esa es la única diferencia. Y sin fundamentar.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Visto que no hay
moción en contrario, así se hace y someto a consideración el primer párrafo del
texto, tal cual vino de la Sub-Comisión N° 2.
INTERRUPCION...
CIUDADANO
SECRETARIO: Hay un problema. En la moción Juan Ernesto Villamayor-Isidro
Melgarejo Pereira tiene otra sistemática totalmente distinta.
INTERRUPCION...
"Hijos". Moción de la
Sub-Comisión N° 2. Si hay algún
agregado que hizo la Comisión -que avisen por Secretaría-. "Los padres tienen el derecho y la obligación
de asistir, alimentar, educar y amparar a sus hijos menores de edad".
INTERRUPCION...
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bueno.
Es por eso que vamos a votar párrafo por párrafo. Un momento.
Vamos a dar lectura, a lo que dice la interbancada de mujeres.
CIUDADANO
SECRETARIO: La interbancada, en el primer
párrafo, dice lo siguiente: "Los
padres tienen la obligación de reconocer, asistir, alimentar, educar y amparar
a sus hijos menores de edad. Los hijos
mayores a su vez están obligados a prestar asistencia a sus padres en caso de
necesidad".
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Ese es otro
párrafo. Solamente vamos a quedar en el
primer párrafo.
¿Y el texto tal cual viene de la
propuesta Melgarejo Pereira-Villamayor?.
INTERRUPCION...
Vamos a dar lectura, nuevamente,
a los dos párrafos tal cual están acá sobre la mesa.
CIUDADANO
SECRETARIO: "Los padres tienen el derecho
y la obligación de reconocer, asistir, alimentar, educar y amparar a sus hijos
menores de edad". Esta es la moción
N° 2.
La moción N° 1, es igual pero sin
"reconocer".
Y la moción N° 3, dice: "Los padres tienen el derecho y la
obligación de asistir en todo orden a sus hijos durante su minoría de edad y en
los demás casos en que legalmente procede".
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Quienes estén de
acuerdo, con el texto, tal cual vino, de la Sub-Comisión N° 2, se servirán levantar la
mano: diez votos.
Quienes estén de acuerdo con el
texto propuesto por la Comisión interbancada de mujeres, se servirán levantar
la mano: seis votos.
Quienes estén de acuerdo con el
texto propuesto por el Dr. Isidro Melgarejo Pereira y el Dr. Juan Ernesto
Villamayor, se servirán levantar la mano:
diez votos.
Hay empate entre estas dos mociones,
de manera que voy a someter a un segunda votación, este párrafo y el señor
Secretario va a dar lectura para que no haya confusiones.
CIUDADANO
SECRETARIO: "Los padres tienen el derecho y la
obligación de asistir, alimentar, educar y amparar a sus hijos menores de
edad".
"Los padres tienen el
derecho y la obligación de asistir en todo orden a sus hijos durante su minoría
de edad y los demás casos en que legalmente procede".
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Quienes estén de acuerdo con el texto
tal cual proviene de la Sub-Comisión N° 2, se servirán levantar la
mano: catorce votos. Mayoría.
Se lee el segundo párrafo de la
Sub-Comisión N° 2.
CIUDADANO
SECRETARIO: "Los hijos a su vez están
obligados a prestar asistencia a sus padres en caso de necesidad".
INTERRUPCION...
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Solamente la palabra
"mayores", Dr. Efraín Enríquez Gamón, o "mayores de edad".
CIUDADANO
CONVENCIONAL EFRAIN ENRIQUEZ GAMON: Mayores de edad.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Vamos a dar lectura al texto tal
cual proviene de la Sub-Comisión N° 2, con las adiciones que señala.
CIUDADANO
SECRETARIO: "Los hijos mayores de edad a
su vez están obligados asistencia a sus padres en caso de necesidad".
Y la moción Melgarejo Pereira-Villamayor
pide la supresión del párrafo. Hay dos
mociones, entonces.
INTERRUPCION
...(discusión en la sala).
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Quienes estén de acuerdo con el
texto de la Sub-Comisión N° 2, se servirán levantar la mano. Mayoría.
Vamos al tercer párrafo.
CIUDADANO
SECRETARIO: "La Ley reglamentará la ayuda que se
debe prestar a la familia de prole numerosa y a las mujeres cabeza de
familia".
INTERRUPCION...
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: Una aclaración, si
se me permite.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Sí, ¿qué es la
aclaración?.
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: Señor
Presidente: Los miembros de la
Sub-Comisión estamos conscientes de la necesidad de que exista alguna cláusula
referente a la paternidad. En el primer
párrafo nos opusimos a que se incluyera la obligación de reconocer, pero creo
que es un derecho que tiene los hijos de investigar la paternidad. Por ello, en este tercer párrafo, si se nos
permite, queremos hacer una planteo para salvar el tema del
reconocimiento. Entonces el Proyecto
diría así. En el cuarto párrafo, perdón.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Ahora vamos a votar el tercer
párrafo.
CIUDADANO
SECRETARIO: Leo el tercer párrafo de la Comisión 2: "La Ley reglamentará la ayuda que se
debe prestar a la familia de prole numerosa y a las mujeres cabeza de
familia".
CIUDADANO
CONVENCIONAL ...: Perdón, la propuesta es la
siguiente: La Ley reglamentará la ayuda que se debe prestar a las mujeres
cabeza de familia. Su, suprime
"familia de prole numerosa".
INTERRUPCION
... (discusión en la sala).
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Un momento. Acá se va a votar tal cual vino de la
Sub-Comisión N° 2. Si hay una
propuesta alternativa, que se radique en la mesa. Se va a leer.
CIUDADANO
SECRETARIO: Se va a leer, la moción 2. La moción 1, es de la Sub-Comisión N° 2, dice: "La Ley reglamentará la ayuda que se
debe prestar a la familia de prole numerosa y a las mujeres cabeza de
familia".
La moción 2, que es de la
interbancada, dice: "La Ley
reglamentará la ayuda que se debe prestar a las mujeres cabeza de
familia".
La moción 3, se suma a la 1.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Quienes estén de acuerdo
con el texto tal cual provino de la Sub-Comisión N° 2, se servirán levantar la
mano. Mayoría.
Procedemos a la lectura del
cuarto párrafo, en el cual la
Sub-Comisión agrega algo. ¿En qué consiste ese agregado Dr. Miguel
Abdón Saguier?.
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: El agregado
consiste en lo siguiente, señor presidente:
"Todos los hijos son iguales ante la Ley, y posibilitará la
investigación de la paternidad. Se
prohíbe cualquier calificación sobre la filiación", en vez de "sobre
su filiación". O sea, acá
dice: "todos los hijos son iguales
ante la Ley, y posibilitará la investigación de la paternidad". Es decir, la Ley posibilitará. "Y ésta posibilitará la investigación de
la paternidad".
CIUDADANO
SECRETARIO: Se lee. "Todos los hijos son iguales ante la
Ley, y ésta posibilitará la investigación de la paternidad. Se prohíbe cualquier calificación sobre su
filiación".
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bueno, El texto de la Comisión interbancada de
mujeres.
CIUDADANO
SECRETARIO: Es el mismo, pero creo que va a aceptar el
agregado, porque ya estaba en el concepto.
Se anula, se anula la moción esa.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Señor Carlos
Alberto Avalos, ¿Usted que plantea esto?...
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ALBERTO AVALOS: Está bien, me allano al agregado de la
Sub-Comisión 2.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Quienes estén de
acuerdo con la propuesta de la Sub-Comisión N° 2, en concordancia con el agregado
éste que se ha hecho a última hora, se servirán levantar la mano. Mayoría.
Se lee el último párrafo.
CIUDADANO
SECRETARIO: Los padres serán penados por la Ley en caso
de incumplimiento de los deberes de asistencia alimentaria.
Es igual. hay una Sola moción.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Hay una sola
moción. Quienes estén de acuerdo con
ella, se servirán levantar la mano.
Aprobado por mayoría. Perfecto.
Pasamos, ahora.
CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 56: La Familia, la Sociedad y el Estado tienen el
obligación de garantizar al niño, su desarrollo armónico e integral y el
ejercicio pleno de sus derechos y protegerlos contra el abandono, el abuso, el
tráfico y la explotación. Cualquier
persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de
los infractores. Los derechos del niño
prevalecen sobre los derechos de los demás.
Hay otro artículo que es de la
interbancada. No sé si coincide, pero
leo: Protección al niño: La Familia, la Sociedad y el Estado tienen la
obligación de garantizar al niño el derecho a la vida, la salud, el sustento,
la educación, la seguridad social, el nombre, a la nacionalidad, a vivir en una
familia y a no ser separado de ella, a recibir afecto y a expresar su opinión
cuando fuese capaz de ello. Será protegido
contra el maltrato, la violencia física y psíquica, el abuso, el abandono, la
explotación y el tráfico. Cualquier
persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de
los infractores. Los derechos del niño tienen carácter prevalente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Hay otro
proyecto. Se pide un poco de silencio.
CIUDADANO
SECRETARIO: Hay otro proyecto del que hizo
exposición la Convencional Miryan López, que dice: Es deber de la familia, la sociedad y el Estado
asegurar al niño y al adolescente con absoluta prioridad el derecho a la vida,
salud, alimentación, educación, pasatiempo, profesionalismo, cultura, dignidad,
respeto, libertad y la convivencia familiar y comunitaria, seguridad social,
nombre y nacionalidad, además de colocarlos a salvo de toda forma de abandono,
venta, discriminación, explotación, violencia, crueldad y agresión. Esta prioridad se tendrá presente,
fundamentalmente en la elaboración del Presupuesto General de la Nación.
Se conservan los dos párrafos
siguientes.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: El Dr. Evelio
Fernández Arévalos, tiene el uso de la palabra.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS: Yo quería preguntar a los miembros de la
Comisión el sentido del ultimo parágrafo, que dice: "Los derechos del niños prevalecen sobre
los derechos de los demás".
CIUDADANO
PRESENTE DE LA COMISION: El Dr. Carlos
Alberto González va a responder la pregunta.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ALBERTO GONZALEZ: La Comisión,
siguiendo algunos antecedentes que existen en otras Constituciones, ha
incorporado esta norma, entendiendo que puede haber casos en que haya una
controversia entre el derecho del niño y el derecho de los demás. En este caso, creemos que el derecho de los
niños debe prevalecer sobre el derechos de los demás. Es una norma similar a aquella que establece
cuando hay una controversia entre un derecho individual y un derecho social,
prevalece el derecho de carácter social,
cosa que está contenida en casi todos los textos Constitucionales y
también en el proyecto de nuestra Constitución.
Esto está tomado, en alguna
medida, del Artículo 44 de la Constitución colombiana, que reconoce otros
antecedentes en diferentes Constituciones, donde dice también que "Los
derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás". Yo creo que se trata de una prevalencia en el
caso de que pueda haber una contradicción entre derechos de distinta
naturaleza.
Señor Presidente, cuando me
escuche a mí mismo, voy a seguir hablando.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Por favor, señores, vamos a atender
al orador. Estamos pidiendo, Dr.
González, silencio en la sala.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ALBERTO GONZALEZ: Bueno, decía que
esta norma va a tener vigencia en todo aquel caso en que haya una controversia
o un encuentro entre los derechos que puedan corresponder a una persona adulta
y los derechos que puedan corresponder al niño.
Creo que la cuestión es sumamente clara. Nada más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas
gracias. El Dr. Bernardino Cano Radil va
a hacer una aclaración sobre la legislación vigente.
CIUDADANO
CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL: Quiero aclarar que en la Ley de Divorcio que
se sancionó, con el N° 45/91, en nuestro país, ya se incorporó una cláusula y
un principio semejante en lo que atiene a la disolución de la sociedad conyugal
al bien de ..., a la vivienda única y a los derechos de los cónyuges en los
juicios de divorcio. O sea que, ya es un
principio que incluso está incorporado en nuestra legislación positiva vigente.
Nada más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Gracias, Dr.
Bernardino Cano Radil.
El Dr. Eusebio Ayala tiene el
uso de la palabra.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EUSEBIO RAMON AYALA: Sobre este último
párrafo. Yo creo que el primer párrafo
está muy bien. Creo que hay que
aprobarlo, pero al último del párrafo me
opongo categóricamente: "Los
derechos del niños prevalecen sobre los derechos de los demás", sobre todo, porque esta dicho de una manera
expresa y general. Es cierto que el
derecho establece categorías de derecho y es cierto que la igualdad jurídica es
una abstracción, pero de cualquier manera, cuando se dice que los derechos del
niño prevalecen sobre todos los derechos de los demás, entonces coloca a los otros ciudadanos en no
iguales. Los derechos de los niños,
entonces, siempre son mayores que los derechos de las demás personas. Es una contradicción de manera general en un
texto Constitucional.
Yo reconozco que tiene un
antecedente en Colombia y creo que es una de las perlas poco felices de la
Constitución colombiana. No se puede
poner, bajo ningún sentido que los derechos de los niños, o de los ancianos, o
de los jóvenes, o de las mujeres, o de los hombres, prevalezcan sobre los
derechos de los otros. Yo creo que, si
nosotros queremos que, cuando se tenga que interpretar se tengan que hacerlo a
favor de los derechos del niño, una especie de induvio pro minoris, es otro tema, pero no se puede poner a nivel
Constitucional que los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de
los demás.
Pongamos un solo ejemplo: En el caso en que -como nosotros pusimos- por
ejemplo en la cuestión de la vida humana que empieza desde el momento de la
concepción, desde ese momento, ¿es un niño, o es un bebé, o cómo es la
categoría?. En ese caso la mujer, la
vida de la mujer, va a valer mucho menos que la vida de esa persona. Entonces, empezamos con una
discriminación. Y en los otros caso
también, creo que estos es impropio de una Constitución. Y, si bien es cierto tenemos que citar
ejemplos Constitucionales y copiarlos si es posible, con este tipo de ejemplos
que, justamente, desvirtúan los principios de la República, de ninguna manera
podemos poner a nivel Constitucional, absolutamente. Me opongo categórica y claramente.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Muchas gracias
Dr. Ayala.
CIUDADANO
CONVENCIONAL RUBEN MELGAREJO LANZONI: Moción de orden,
Presidente.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Sí.
CIUDADANO
CONVENCIONAL RUBEN MELGAREJO LANZONI: Pido que se
cierre la lista de oradores.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Está a
consideración.
El Dr. Emilio Camacho tiene el
uso de la palabra.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EMILIO CAMACHO: Presidente: Sin formar parte de la Comisión 2, yo creo
que no estuvo en el espíritu de los compañeros Saguier, Enríquez, González,
Morínigo, liquidar un fundamento de la República. Creo que no estuvo en el espíritu de los
miembros de la Subcomisión 2, liquidar los fundamentos de la República, al
incorporar algo que ocurre siempre.
Siempre ocurre eso. Cuando hay
conflictos de derecho, siempre el criterio es subjetivo. Todos los días ocurre eso. Cualquier abogado aquí sabe.
Así que no se está rompiendo
ningún principio aquí. Tal vez la
palabra "sobre los demás" pueda ser chocante, pueda ser muy violento,
pero, obviamente, que si se da un conflicto entre el derecho de un niño y el
derecho de una persona jurídica, por dar un ejemplo así, de una persona
jurídica, el juez no va a dudar mucho por dónde va. Entonces, tal vez la palabra
"prevalente" podría ser. Tal
vez la palabra prevalente. Y recuerdo
que en varios artículos hemos consagrado nosotros la matización al principio de
la igualdad ante la ley.
Así lo hemos hecho con los casos
de la mujer, así se hará cuando se toquen derechos de los trabajadores. Así se hará en varios otros apartados. O sea,
el principio de la igualdad ante la ley, es el principio que tiene matices y
que se desarrolla. Nada más.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA: Gracias, Dr.
Camacho.
El Dr. Miguel Abdón Saguier
tiene el uso de la palabra.
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: Señor
Presidente: Es posible que la formulación
de este principio no sea rigurosamente, digamos, técnico, la expresión
prevalente o prevalecen. De cualquier
manera, tenemos que decir que lo que no está permitido al legislador es hacer
discriminaciones injustas y arbitrarias, porque lo injusto es tratar a los que
son desiguales de una manera igual. Ese
es el principio de la igualdad ante la ley, y ese fue el criterio con el que se
formuló este último párrafo.
Lo que queremos decir, y que a
lo mejor no lo dijimos de la manera más feliz, como se ha sostenido acá, es
que, en caso de conflictos, debe estarse en favor de los derechos del
niño. Entonces, esa es la explicación
que queremos dar a esta Comisión Redactora, y ojalá alguien nos proponga algo,
pero que se mantenga el espíritu de esta frase, señor Presidente. Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Saguier.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Carlos Avalos.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS AVALOS: Gracias, señor
Presidente. Ciudadanos Convencionales: Para recordarles, respetuosamente, a los
señores Convencionales que cuando se estaba leyendo el proyecto de artículo
presentado por la interbancada de mujeres, las risas que les causó lo largo que
es y la amplitud que tienen los verbos aquí utilizados. Realmente sorprende eso, señor Presidente,
porque apenas saliendo aquí de la sede de la Convención, en la calle y en los
semáforos, ya estamos encontrando a niños que se ganan la vida en la calle.
A mí me preocupa, señor
Presidente, esta cuestión. Se habla
permanentemente, al menos los que en alguna medida hacemos política, de que los
niños y los jóvenes son la esperanza de nuestro país. Y sin embargo, nos causa risa cuando hay tres
o cuatro líneas demás para defender los derechos del niño. Yo, señor Presidente, llamo a la reflexión a
los señores Convencionales sobre esta cuestión y pido, respetuosamente, a todos
los Convencionales que, no importa que tenga dos o tres líneas más un Proyecto
de artículo. En otros artículos tal vez
menos importantes ya lo hemos hecho.
Y vamos a dejar bien sentadas
las garantías de los niños que realmente son el futuro de nuestro país y que
representan a más del 50% de la población paraguaya. Porque la población paraguaya es
eminentemente joven; el 70% de la población paraguaya tiene menos de 35 años,
de los cuales, el 50% tiene menos de 20 años.
Entonces, señor Presidente, yo creo que con estas breves exposiciones,
más de uno va a votar por este artículo de la interbancada de mujeres. Muchas gracias, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
señor Avalos.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Eusebio Ramón Ayala.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EUSEBIO RAMON AYALA: Solamente para
contestar la alusión que me había hecho un preopinante, respecto a que con esto
se estarían violando los principios de la República. Yo creo que la seriedad de la discusión no
nos permite ser superficial en este momento.
Es cierto que es importante ser superficial también, porque es una
facilidad para la argumentación. Pero yo
creo que ponerlo de manera clara así, "los derechos del niño prevalecen
sobre los derechos de los demás", además de ser, diríamos, además de no
corresponder en una República, en un Estado de derecho, porque establece una
clasificación entre ciudadanos y entre personas, que no es correcto, puede
traer consecuencias muy graves.
Un solo ejemplo podemos
poner. En un caso de sucesión, por
ejemplo, obviamente, si hay hijos mayores e hijos menores, obviamente, el
derecho del hijo menor prevalece.
Nosotros estamos queriendo hacer eso o no queremos estar haciendo
eso. Ese es un ejemplo. Cuando existen problemas de salud, cuando se
le tenga que atender entre a un anciano o a un niño, obviamente entonces, hay
que atenderle más al niño y dejarlo morir al anciano. Es decir, hay casos concretos en que esta
norma va a tener una aplicación realmente discriminatoria.
Obviamente, lo que se quiso
decir seguramente no se dijo, pero yo critiqué lo que se dijo. Yo no puedo entrar en la intención del legislador
y por lo tanto, entonces, se tiene que reformular. De cualquier manera, agradezco la oportunidad
que me había dado el preopinante, en que pude explicar mejor y dar un ejemplo
concreto de cuál es la extensión de este artículo.
Yo, justamente, he criticado la
inclusión de este tipo de expresiones como perlas constitucionales en diversas
Constituciones. Tal es el caso, por
ejemplo, el caso de la Constitución de Honduras en que, por ejemplo, en un
artículo dice: "Se considera nacido
al no nato", para que tenga derechos, pero sin embargo, en virtud del
estado de sitio, el Presidente puede suspender, es decir, el nacido que es
considerado no nato puede ser suspendido otra vez en su condición de que no es
no nato. Es decir, en ese tipo de cosas
no debemos entrar en las discusiones constitucionales, ni mucho menos cometer
errores de Constituciones que nosotros no debemos copiar.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien,
señores. Está agotado el debate. Voy a someter a votación.
Va a dar lectura el señor
Secretario al texto tal cual provino de la Subcomisión N° 2 y tal cual provino de la
Comisión interbancada de mujeres.
CIUDADANO
SECRETARIO: Este es el Proyecto de la Subcomisión N° 2.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bueno, están
pidiendo por párrafo. Si todo el mundo
está de acuerdo en que se vote párrafo por párrafo.
(Discusión en la sala)
CIUDADANO
SECRETARIO: La familia, la sociedad...
INTERRUPCION...
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ALBERTO GONZALEZ: ..que estamos de
acuerdo en buscar una redacción distinta, manteniendo la idea, para evitar
justamente excluir un tema que consideramos sumamente importante. Votar este tema que puede ser realmente
mejorado.
(discusión en la sala)
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Voy a leer los
dos primeros párrafos y si no hay alguna observación más, vamos a votar.
CIUDADANO
SECRETARIO: La moción de la Subcomisión N° 2 dice: La familia, la sociedad y el Estado tienen la
obligación de garantizar al niño su desarrollo armónico e integral y el
ejercicio pleno de sus derechos y protegerlos contra el abandono, el abuso, el
tráfico y la explotación. Cualquier
persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de
los infractores.
El párrafo correspondiente al
primer párrafo de la interbancada de mujeres:
La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de garantizar
al niño el derecho a la vida, la salud, el sustento, la educación, la seguridad
social, el nombre, a la nacionalidad, a vivir en una familia y a no ser
separado de ella, a recibir afecto y a expresar su opinión cuando fuese capaz
de ello. Será protegido contra el
maltrato, la violencia física y psíquica, el abuso, el abandono, la explotación
y el tráfico. Cualquier persona puede
exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los
infractores.
Y el párrafo de la Convencional
Mirian López, que dice: Es deber de la
familia, la sociedad y el Estado asegurar al niño y al adolescente con absoluta
prioridad, el derecho a la vida, salud...
Creo que es el mismo al de la
interbancada. Quedarían dos
mociones. La de la Subcomisión N° 2, que ya fue leída y la de la
interbancada y Mirian López, que coinciden exactamente en lo mismo.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien, quienes
estén de acuerdo con el texto tal cual provino de la Subcomisión N° 2, se servirán levantar la
mano. Mayoría.
Vamos ahora al segundo párrafo,
en el cual, la Subcomisión N° 2 hace esta propuesta alternativa, o, corrigiendo el
texto original.
CIUDADANO
SECRETARIO: Los derechos del niño, en caso de conflicto,
tienen carácter prevaleciente.
La moción de la interbancada
sigue igual: Los derechos del niño
tienen carácter prevalente.
Yo diría que se vote entre la
incorporación y la supresión, y después vemos.
Entonces, por qué no se vota primero, porque hay una moción de
supresión, concretamente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: ¿Hay una moción
de supresión?. Bueno, bueno. Quienes estén de acuerdo con el mantenimiento
del párrafo, independientemente de la redacción final que tenga, se servirán
levantar la mano. 12 votos.
Vamos a rectificar el voto. Quienes quieren que quede este párrafo, se
servirán levantar la mano. 14
votos. Mayoría.
Entonces, el texto propuesto por
la Subcomisión N° 2, es el siguiente, que da lectura el Secretario.
CIUDADANO
SECRETARIO: Los derechos del niño, en caso de conflicto,
tienen carácter prevaleciente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Y el texto de la
Comisión interbancada de mujeres dice:
CIUDADANO
SECRETARIO: Los derechos del niño tienen carácter
prevalente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Quienes estén de
acuerdo por el texto tal cual propone la Subcomisión N° 2, se servirán levantar la
mano. 10 votos.
Quienes estén de acuerdo con el
texto tal cual propone la Comisión interbancada de mujeres, se servirán
levantar la mano. Ganó el texto tal cual
provino de la Subcomisión N° 2, con la modificación últimamente sugerida. Muy bien, señores.
CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 57. Maternidad.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Un
momentito. Hacemos un breve cuarto
intermedio para un refrigerio.
CIUDADANO
SECRETARIO: La maternidad
será protegida por el Estado, el que fomentará los medios e instituciones necesarios
para ese fin.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: ¿No hay otra
propuesta?.
CIUDADANO
SECRETARIO: ¿No hay otra moción?.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Sí hay. Acá está; de la Convencional Antonia
Irigoitia.
CIUDADANO
SECRETARIO: De la Convencional Antonia Irigoitia,
dice: Artículo 56. Maternidad:
La maternidad y paternidad responsables serán protegidos por el Estado,
el que fomentará los medios y la creación de instituciones necesarias para el
cumplimiento de dicho fin.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Y acá tenemos
este también, de la interbancada de mujeres.
CIUDADANO
SECRETARIO: Y de la interbancada de mujeres, que
dice: Maternidad y paternidad: La maternidad y paternidad responsables serán
protegidos por el Estado, el que fomentará los medios e instituciones
necesarios para ese fin.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Es exactamente
igual. Solamente se agrega la
paternidad.
CIUDADANO
SECRETARIO: Sí, la maternidad y paternidad responsables.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Queda a
consideración, entonces, el proyecto de la Subcomisión N° 2, en el que solamente habla de la
maternidad y el Proyecto de la Comisión de interbancada de mujeres, en el que
se habla de que la maternidad y la paternidad responsables serán protegidas por
el Estado. Entonces, quienes estén de
acuerdo con el texto tal cual proviene de la Subcomisión N° 2, se servirán levantar la
mano. 8 votos.
Quienes estén de acuerdo con el
texto tal cual lo propone la Comisión de la interbancada de mujeres, se
servirán levantar la mano. 11
votos. Mayoría.
Vamos al Artículo 58.
CIUDADANO
SECRETARIO: Entonces, el artículo aprobado, dice: Maternidad y paternidad: La maternidad y paternidad responsables serán
protegidas por el Estado, el que fomentará los medios y las instituciones
necesarias para ese fin.
Artículo
58.
Juventud: El Estado promoverá las
condiciones para la participación libre y eficiente de la juventud en el
desarrollo político, social, económico y cultural.
El de interbancada dice: Juventud:
El Estado promoverá las condiciones para la participación libre y
eficiente de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural,
asegurándole protección integral.
Se le agrega "asegurándole
protección integral". Entonces, la
diferencia está en que la moción de interbancadas, le agrega, en la última
parte "asegurándole protección integral".
CIUDADANO
CONVENCIONAL JOSE NICOLAS MORINIGO: Perdón. No estoy entendiendo eso de protección
integral, porque acá se habla de participación, lo que implica protagonismo, lo
que a su vez implica libertad. Y, por
otra parte, se plantea la necesidad de protección. Yo creo que es un contrasentido; por lo
tanto, nosotros nos mantenemos en la propuesta de la Subcomisión.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Entonces,
debidamente explicitadas las mociones por el Dr. Morínigo, someto a
votación. Quienes estén de acuerdo con
el texto tal cual provino de la Subcomisión N° 2.
Mayoría.
Tercera Edad.
CIUDADANO SECRETARIO: Tercera Edad: Toda persona
que se encuentre en la tercera edad tiene derecho a la protección integral que
le debe brindar su familia, la sociedad y el Estado. Los poderes públicos promoverán su bienestar
mediante servicios sociales que atiendan los problemas de alimentación, salud,
vivienda, cultura y ocio.
No hay otra moción.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: No hay ninguna
propuesta alternativa. Queda aprobado.
Artículo 60, derecho de los
discapacitados.
CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 60. Derecho de los
discapacitados: El Estado y la sociedad garantizarán a los discapacitados la
atención de la salud, la educación y formación profesional para su plena
integración social. El Estado realizará
una política de prevención, tratamiento, rehabilitación e integración de los
disminuidos físicos, psíquicos y sensoriales, a los que prestará la atención
especializada que requieran.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: A consideración
el texto tal cual provino de la Subcomisión N° 2.
El Dr. Isidro Melgarejo tiene el
uso de la palabra.
CIUDADANO
CONVENCIONAL ISIDRO MELGAREJO PEREIRA: Sobre el punto
habíamos recibido unas notas en donde se cambia la palabra discapacitados por
las "personas excepcionales", y sobre ese punto es la única
modificación que planteo. Y sobre el
tema, están todas las presentaciones que se hicieron del INPRO, de las notas
que se enviaron a esta Comisión y que fueron repartidas en oportunidad de
darnos las carpetas referentes a este tema, y de ahí es que queremos usar la
terminología de "personas excepcionales".
En este término se incluyen a
las personas super dotadas, por ejemplo, las super inteligentes que tienen que
tener una protección especial, no
solamente los discapacitados. Por esa
razón, por ser más abarcante el término, queremos defender la posición de
cambiar "discapacitados" por "personas excepcionales".
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Yo creo que el
Dr. Melgarejo aclaró perfectamente. Hay
una tendencia a nominar a las personas que se encuentran en esta situación con
la denominación de personas excepcionales y no discapacitados. Esa es la diferencia alternativa que propone
el Dr. Melgarejo Pereira.
Dr. Camacho, si no es,
excepcionalmente necesario. Entonces,
señores, directamente voy a someter a consideración. Quienes estén de acuerdo con el texto tal
cual provino de la Subcomisión N° 2 y que acaba de leerse, se
servirán levantar la mano. No, no, sin
la modificación. Contá un poco
Ayala. 11 votos.
Quienes estén de acuerdo con
este mismo texto pero cambiando la expresión "discapacitados" por la
de "personas excepcionales", se servirán levantar la mano. 11 votos.
Empatado.
Entonces, voy a someter a una
segunda votación.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EMILIO CAMACHO: Presidente: ¿Puedo hacer uso de la palabra, ya que habrá
una segunda votación, brevemente, Presidente?.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Lo más breve que
pueda, doctor.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EMILIO CAMACHO: Nosotros hemos
recibido, también solicitudes de organismos, perdón, de gremios de personas
afectadas por impedimentos. Y aquí no se
compadece con el texto la palabra excepcional, porque se habla de la
integración de estas personas. La
rehabilitación. Uno no va a rehabilitar
a un genio, verdad. La integración... no
pero la prevención de los disminuidos físicos o psíquicos. Entonces, yo quiero hacer un llamado muy
especial.
Yo estoy de acuerdo con que las
personas extremadamente talentosas sean objeto de atención especial, pero, en
este artículo, yo creo que va a haber un error gramatical y vamos a afectar,
seriamente, toda una reivindicación de esas personas que no se consideran
excepcionales, sino que se consideran que por impedimentos están excluidos o
marginados de la sociedad.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias.
El Dr. Juan Ernesto Villamayor
tiene el uso de la palabra.
CIUDADANO
CONVENCIONAL JUAN ERNESTO VILLAMAYOR: Muy brevemente,
señor Presidente: Sólo para explicar que
no hay ningún problema gramatical acá.
Excepcional, se refiere al primer párrafo, que es omnicomprensivo de las
dos situaciones y el segundo párrafo está perfectamente bien redactado porque
se refiere a rehabilitación, integración de los disminuidos, que es otra
situación. Es decir, comprende una parte
de los excepcionales, que son en concreto, los discapacitados. Nada más, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: El Dr. Martínez y
el Dr. Isidro Melgarejo.
Por favor, vamos a dejar el
diálogo. El Dr. Diógenes Martínez tiene
el uso de la palabra.
CIUDADANO
CONVENCIONAL DIOGENES MARTINEZ: Presidente: La calidad de persona excepcional abarca a
los discapacitados, pero se les da esa denominación por darle una mención más
humana, más generosa. Ningún ser humano
que tenga esa discapacidad, quiere el título de discapacitado. Es por eso que se les da el rótulo, y eso es
una nomenclatura universal que se les da, de persona excepcional como una
piedad, como una generosidad de concepto hacia esas personas. No es que estemos queriendo denominar a otra
clase de gente con esa nomenclatura.
Consideraría un grave error, señor Presidente, denominarlo de esa
manera. Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Diógenes Martínez.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Melgarejo. Sí... No es para abundar, perfecto. Ha quedado bien en claro, entonces, la
diferencia de conceptos.
Quienes estén de acuerdo con
mantener el texto tal cual está, se servirán levantar la mano. 7 votos.
Quienes estén de acuerdo por
atribuir al título, la calidad de personas excepcionales, se servirán levantar
la mano. Mayoría.
Pasamos, entonces, a Bien de
Familia.
CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 61: El Estado
reconoce como institución de interés social el bien de familia, cuyo régimen
será determinado por ley, el que estará constituido por la vivienda o fundo
familiar, sus muebles y elementos de trabajo.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Sobre esto, hay
una propuesta del Dr. Melgarejo Pereira que se va a dar lectura, previamente, y
después le cedo el uso de la palabra.
Sí, perfecto. Pero vamos a leer primero la otra propuesta y
luego vamos a dar al miembro informante de esa Comisión. ¿Hay una omisión?. ¿Cuál es, Dr. Gamón?. Por favor utilice el micrófono para la
grabación.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EFRAIN ENRIQUEZ GAMON: Sí, acá en este
artículo se ha omitido la palabra inembargabilidad. Eso, no más, quería aclarar. La palabra inembargabilidad de esos bienes.
CIUDADANO
SECRETARIO: La propuesta del Dr. Melgarejo Pereira
dice: Bien de familia: El Estado reconoce como institución de
interés social el bien de familia, cuyo régimen será determinado por ley, el
que está constituido por la vivienda o fundo familiar, sus muebles y elementos
de trabajo.
Hasta allí es textual. Lo que se agrega dice: Que serán inembargables, inalienables y de
trasmisión gratuita por causa de muerte.
La propuesta del Dr. Melgarejo
Pereira es agregar todo este párrafo. Que
serán inembargables, inalienables y de trasmisión gratuita por causa de muerte.
CIUDADANO
CONVENCIONAL...: Presidente:
Un pedido de aclaración, por favor.
¿Podría leer el texto completo, otra vez?, el de la Subcomisión N° 2.
CIUDADANO
SECRETARIO: El Estado reconoce como institución de interés
social el bien de familia, cuyo régimen será determinado por ley, el que estará
constituido por la vivienda o fundo familiar, sus muebles y elementos de
trabajo que serán inembargables. Punto final.
Los que serán inembargables. Punto final.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien, de manera
que el texto está sumamente claro. Por
consiguiente, voy a someter a votación, rápidamente.
Quienes estén de acuerdo con el
texto tal cual provino de la Subcomisión N° 2, se servirán levantar la
mano. Mayoría. Aprobado.
Protección contra la violencia.
CIUDADANO SECRETARIO: Protección contra
la violencia: El
Estado promoverá políticas que tengan por objeto evitar la violencia en la familia
y otras causas destructivas de la solidaridad familiar.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: ¿Usted pidió la
palabra Srta. Muñoz?.
CIUDADANA
CONVENCIONAL CRISTINA MUÑOZ: Sí,
Presidente: El espíritu que nos animaba
cuando hemos propuesto este artículo, era que el Estado promueva políticas
globales que conduzcan a disminuir o evitar la violencia intrafamiliar. En ese sentido, señor Presidente, últimamente
han impactado a la opinión pública hechos muy graves que tocan muy de cerca a
nuestra situación, por el hecho de que niños de corta edad han sido violados
por gente de su propia familia, supuestamente.
Es una cuestión sobre la cual yo quiero llamar la atención. Puede ser una niña hoy, mañana la propia
esposa o la hijastra, o la propia hija o el hijo.
En ese sentido, señor
Presidente, yo quisiera proponer que se incluya la penalización en este
artículo. No solamente la elaboración y
promoción de políticas que conduzcan a evitar el abuso dentro de la familia, el
abuso físico, psíquico dentro de la familia, sino que con la ayuda de los
compañeros que son abogados, que de alguna manera se establezca que la
violencia dentro de la familia será penalizada, o que la ley establezca
eso. Pero de alguna manera tenemos que
dejar constancia de esta cruda realidad en esta Constitución. Porque estamos redactando una Constitución en
base a nuestra realidad y esa realidad cada día es más cruda, y yo creo que es
el momento de reflexionar sobre eso y de legislar sobre eso, señor
Presidente. Muchas gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien, el hecho es
el siguiente: Se supone que una norma de
este tipo va a ser recogida por una futura legislación penal como un bien que
la sociedad debe cautelar, de manera tal, que yo entiendo que así ya está completo,
pero si la Srta. Muñoz tiene alguna propuesta concreta, me gustaría recibirla
acá en la mesa para poder someterla a consideración de esta Comisión, porque,
en caso contrario, no podemos aprobar un artículo con mera recomendación.
CIUDADANA
CONVENCIONAL CRISTINA MUÑOZ: Señor
Presidente: Entonces, en donde dice
"por objeto evitar y penalizar la violencia".
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bueno.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Melgarejo Pereira.
CIUDADANO CONVENCIONAL
ISIDRO MELGAREJO PEREIRA: Tengo una
propuesta que yo hice llegar en el día de ayer, en donde se propone la
supresión de este Artículo 62, porque las políticas de prevención del delito
está dentro del ámbito penal y está dentro de la competencia de organismos del
Estado, como el Ministerio de Justicia y Trabajo, que tiene los organismos de
defensa, de derechos humanos, institutos de prevención del delito y está dentro
del programa de la ley de la creación de estos Ministerios. De ahí que darle una normativa
constitucional, creo que en el contexto están otros mecanismos que están
buscando la defensa de estos mismos derechos, y por lo tanto propongo su
supresión.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien , señores,
en consecuencia, hay dos propuestas bien claras. Un texto tal cual provino de la Sub-Comisión
N°2, otro texto propuesto por la
señorita Cristina Muñoz, y una moción concreta de supresión del artículo. Entonces, son las tres cosas que vamos a
votar, de manera que vamos a votar, primero el texto de la 2, segundo el de la
señorita Muñoz, tercero la supresión. Y
el Secretario va a tomar las mayorías respectivas.
Quienes estén de acuerdo por el
texto tal cual provino de la Sub-Comisión N°2,
se servirán levantar la mano:
Nueve.
Quienes estén de acuerdo con el
texto propuesto por la señorita Muñoz, que es el mismo de la Subcomisión N° 2 pero, habla de que el Estado va
a penalizar los casos de violencia familiar, se servirán levantar la mano: Cuatro.
Quienes estén de acuerdo con la
supresión del artículo: Nueve.
Empatado entre Comisión y
supresión.
Ahora entonces se va a votar
nada más que entre la propuesta de la Subcomisión N° 2 y la supresión del artículo.
Quienes estén de acuerdo con el
mantenimiento del artículo tal cual provino de la Sub-Comisión N°2 se servirán levantar la
mano: Catorce, mayoría.
CIUDADANO SECRETARIO: Artículo
63: Planificación Familiar y Salud Materno
Infantil: El Estado reconoce el derecho
de las personas a decidir libre y responsablemente el número y espaciamiento de
sus hijos, de recibir al respecto orientación científica y servicios
adecuados. Se garantizan para la
población de escasos recursos planes especiales de salud materno infantil.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Hay una propuesta
de la que no se ha hecho cargo ningún miembro de esta Comisión Redactora, pero
la doy a simple título informativo que es la propuesta de la Convencional María
Celsa Echagüe de Ayala Cantero, que va a dar lectura el Secretario.
CIUDADANO
SECRETARIO: Planificación Familiar, Salud Reproductiva y
Salud Materno Infantil: El Estado
reconoce el derecho de las personas a decidir libre y responsablemente el
número y espaciamiento de sus hijos y garantiza al respecto la implementación a través de los organismos pertinentes de
programas de educación sexual, orientación científica, y servicios adecuados en
materia de planificación familiar. Los
organismos públicos podrán coordinar sus actividades con el sector privado en
materia de salud reproductiva y planificación familiar. Se garantizan para la población de escasos
recursos programas especiales de salud materno infantil.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien, creo que
son suficientemente claros estos artículos, y vamos simplemente a someterlo a
votación.
Quienes estén de acuerdo con el
texto tal cual proviene de la Sub-Comisión N°2, se servirán levantar la
mano: Mayoría.
CIUDADANO
SECRETARIO: La salud:
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Estamos en el
Capítulo V, relativo a la salud.
CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 64: Derecho a la
Salud: El Estado protege y promueve la
salud como derecho fundamental de la persona
e interés de la comunidad, todos están obligados a someterse a las
medidas sanitarias que establezca la ley, dentro de los límites de respeto a la
dignidad humana.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Hay otro texto,
de la Comisión de Asuntos Generales.
CIUDADANO
SECRETARIO: El Estado protege y promueve la salud como
derecho fundamental de la persona e interés
de la comunidad, todos están obligados a someterse a las medidas
sanitarias que establezca la ley dentro de los límites de respeto a la dignidad
humana, (y se agrega, ese es el texto básico de la comisión). Y tienen la libertad de elegir el servicio de
atención a la salud a que deseen acogerse.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Gustavo Laterza.
CIUDADANO
CONVENCIONAL GUSTAVO LATERZA: Señor
Presidente: Quiero recordar que habíamos
suspendido el tratamiento del inciso f) del Artículo 3° con la intención de considerarlo
en este punto.
Decía ese artículo en el inciso
f) Nadie será privado de asistencia pública para prevenir o tratar enfermedades
endémicas, pandemias, pestes o plagas, ni de socorro en las catástrofes y en
los accidentes. La ley reglamentará la
libertad que se garantiza a las personas.
De manera que deberíamos
considerar en este momento ese inciso.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: A usted le parece
Dr. Laterza que deberíamos incluir esto como un segundo párrafo de este
artículo tal cual viene propuesto.
CIUDADANO
CONVENCIONAL GUSTAVO LATERZA: Yo creo que sería
metodológicamente más práctico de votarlo primero si se incluye como otro
párrafo o no, o votarlo a continuación de la propuesta de la Sub-Comisión N°2, pero de cualquier manera tenemos
que tratarlo porque así se decidió en ese momento.
CIUDADANO
SECRETARIO: Artículo 3° inciso f), está en la página 2,
del texto del Proyecto Base.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Laterza.
Entonces, vista esta oportuna
mención, vamos a considerar este punto que habíamos aplazado en primer término,
y sin perjuicio de que la Comisión de Estilo vea la forma de buscar la
ubicación de ésto, porque realmente este texto del Artículo 64 tal cual nos
proviene de la Subcomisión N° 2, o el que
propuso la Comisión de Asuntos Generales, en cierto modo tienen una
integralidad que es difícil de amalgamar con el otro, pero en cualquiera de los
casos está en primer término, entonces, en consideración ese artículo aplazado
tal cual nos está recordando el Dr. Laterza.
Inciso f) del Artículo 3°, más la última parte, relativa a la libertad de...
Sí, ciudadano Convencional
Carlos Avalos.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS AVALOS: Señor Presidente,
ciudadanos Convencionales: Yo creo que
ese inciso f) del Artículo 3°, podría perfectamente ser introducido como un segundo
párrafo del Artículo 64 ya que habla de un derecho a la salud; por lo tanto,
creo que puede introducirse perfectamente, señor Presidente, y mociono que así se haga.
Como el último párrafo del
Artículo 64 que habla sobre el derecho a la salud, porque el hecho de ser
asistido para el caso de catástrofes, accidentes, pandemias o pestes, o sea a
la salud específicamente, por lo tanto, creo que puede ser incluido como un
segundo párrafo del Artículo 64 y mociono en ese sentido, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Someto a
consideración de esta Comisión Redactora
el temperamento metodológico sugerido por el Convencional Avalos, para incluir
este inciso f) como un segundo apartado del Artículo 64, sin perjuicio de que
tendremos que votar la redacción definitiva del artículo.
Quienes estén de acuerdo con la
inclusión de este artículo, se servirán levantar la mano.
Entonces como primer párrafo
quedan estos dos textos que yo le suplico al Secretario vuelva a leerlos para
una mayor claridad de los señores integrantes de esta Comisión.
CIUDADANO
SECRETARIO: El Estado protege y promueve la salud como
derecho fundamental de la persona e interés de la comunidad. Nadie será privado de asistencia pública para
prevenir o tratar enfermedades endémicas, pandemias, pestes o plagas, ni de
socorro en las catástrofes y los accidentes.
Todos están obligados a someterse a las medidas sanitarias que
establezca la ley dentro de los límites de respeto a la dignidad humana.
Y coincide la propuesta que nos
han hecho llegar, lo único que habría que debatir es, si se agrega o no el
párrafo que dice: Y tienen la libertad
de elegir el servicio de atención a la
salud a que deseen acogerse.
CIUDADANO
CONVENCIONAL GUSTAVO LATERZA: Señor
Presidente: ¿Quiere hacer una aclaración
sobre este párrafo? Yo no sé en que
momento estamos, si estamos votando ya el texto, pero antes de que se vote el
texto del inciso f) que va a ser trasladada como segundo párrafo, yo quisiera
hacer una pequeña propuesta de reformulación de terminología, nada más.
Yo creo que este es el mejor
momento para ser introducido este inciso f), porque el texto que viene de la
Subcomisión N° 2 dice: El Estado
protege y promueve la salud como derecho fundamental. Pero el segundo párrafo solamente establece
una obligación y no establece ningún derecho, entonces creo que el inciso f) es
el que va a establecer el derecho.
Bien, ahora yo quisiera, no he
consultado con los demás miembros de la Sub-Comisión N°1 que han redactado este texto,
pero quiero someter a su consideración y al igual que a la consideración de
todos los miembros de la Comisión Redactora.
Suprimir las palabras endémicas, pandemias, considerando que ya son
formas de enfermedades y que podría ser un abundamiento innecesario. Y también agregar al final la frase: "Así como para la salud reproductiva". Que creo que es un aspecto del cual nos hemos
olvidado. de tal forma quedaría así el
texto de este párrafo: Nadie será
privado de asistencia pública para prevenir o tratar enfermedades, pestes o
plagas, ni de socorro en las catástrofes y en los accidentes, así como para la
salud reproductiva. Aunque no esté muy
elegante aquí, pero después seguramente la Comisión de Estilo la ubicará
mejor. Pero lo importante es la
inclusión de la salud reproductiva.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION:
Voy a someter entonces este artículo a votación, párrafo por párrafo.
El primer párrafo tal cual
proviene de la Sub-Comisión N° 2, y el primer párrafo tal cual proviene de la Comisión
de Asuntos Generales, que tiene la única diferencia de que: De acuerdo a la libertad de elegir el
servicio de atención a la salud.
Entonces quienes estén de
acuerdo con el texto de la Sub-Comisión N° 2, se servirán levantar la
mano. Catorce. Mayoría.
Bien, ahora voy a someter a
consideración el segundo párrafo, que es el ex inciso f) del Artículo 7º con la
adición propuesta por el Dr. Laterza, en la que se suprime las palabras: "Endémicas y pandemias" y se le
agrega: "Así como de la salud
reproductiva".
Quienes estén de acuerdo con
este texto se servirán levantar la mano.
Mayoría.
Y el texto final de este artículo,
Todos están obligados a someterse a las medidas sanitarias. Creo que en todos los Proyectos están
iguales.
CIUDADANO
SECRETARIO: No, hay una diferencia: Y tienen la libertad de elegir el servicio de
atención a la salud.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: No. Eso ya se votó en contra.
De manera que ya está aprobado
totalmente el texto de este artículo, porque nadie hace objeción al segundo
párrafo del Artículo 64.
Quienes estén de acuerdo con el
último párrafo, tal cual dice: Todos
están obligados a someterse a las medidas sanitarias que establezca la ley
dentro de los límites del respeto a la dignidad humana. Se servirán levantar la mano.
INTERRUPCION
CIUDADANO CONVENCIONAL...: ¿Me permite?. Eso
es copia textual del proyecto tal como está.
Está el agregado: Y tienen la libertad de elegir el servicio de atención
a la salud a que deseen acogerse. Ese es
el punto que queremos.....
CIUDADANO
CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL: Ahora tiene que
votarse. Yo estoy en contra de ese
agregado.
CIUDADANO
CONVENCIONAL...: Y correcto, por eso queremos votar.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Dos textos, simplemente.
No hay ningún problema, tal cual provino de la Sub-Comisión Nº 2 y tal
cual ahora está.....
INTERRUPCION
CIUDADANO CONVENCIONAL EFRAIN ENRIQUEZ GAMON: Señor Presidente,
perdón. Yo creo que hay que
argumentar. Lo que yo no entiendo por
qué se va a libertar, si justamente lo que acá se pretende es una
sistematicidad frente a un problema de salud.
Y frente a ese problema de salud lo que cabe es una respuesta que sea
orgánica, y no que esté librado nuevamente a la libertad de las personas de
buscar alternativas de salud. Jamás va a
poder existir una planificación adecuada en un momento en donde existe
necesidad, si es que se deja nuevamente en libertad y no se plantea una
cuestión sistemática frente a un problema urgente. Ese es el sentido que tiene este artículo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL: Yo quiero opinar.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bueno, opine.
CIUDADANO
CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL: Pido la palabra,
Presidente. Me opongo al agregado porque
va a romper totalmente el sistema de seguro de salud que puede haber en el
país. A nivel empresario, por
ejemplo. Un trabajador puede decir: no estoy de acuerdo con el seguro de salud que
contrató el empresario, y va a tener que contratar otro seguro de salud. No, señores.
Acá tenemos que hacer una medicina solidaria en ese aspecto, que va a
ser lo único que va a producir que sea sistemática.
Este sistema que se está
planteando de dar la absoluta libertad de cada uno a elegir rompe la
posibilidad de que a nivel empresarial funcione un seguro de salud, aunque sea
privado. Les aclaro, aunque sea privado. Porque justamente el sistema de salud privado
a nivel de los empresarios y trabajadores se asienta en que el trabajador tenga
que ir al sistema de salud que el empresario ha contratado en beneficio de su
empresa. Entonces va a romper totalmente
cualquier tipo de mecánica de seguro de salud de este sistema público y más aún
incluso privado. O sea, por estas
consideraciones, me opongo a ese agregado.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: El Dr. Isidro
Melgarejo va a fundamentarlo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL ISIDRO MELGAREJO PEREIRA: Me permite: El tema que está planteando el Dr. Cano Radil
está en el Artículo 68, que es lo que estamos queriendo defender. En donde el Estado va a instituir
progresivamente la posibilidad de que ese seguro pueda ser público o privado, o
mixto. Hay una confusión por ese tema.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EMILIO CAMACHO: Presidente: Una aclaración. Yo creo que este párrafo se refiere a las
medidas en cuanto a una epidemia, eso es.
Concretamente, yo creo que la Sub-Comisión N° 2 tuvo en cuenta eso, porque el
Artículo 65 habla después del Sistema Nacional de Salud, el Artículo 68 sobre
Seguridad Social. Aquí, si hay una
epidemia de cólera, todos deben recibir y aceptar las medidas que se están
haciendo ahora mismo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ROMERO PEREIRA: Por qué no se
escribe la moción concreta.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: ¿Usted quiere
hablar Dra. Morínigo?. ¿O el Dr. Efraín
Enríquez Gamón?.
CIUDADANO
CONVENCIONAL SUSANA MORINIGO: Simplemente para
solicitar a los miembros de la Sub-Comisión N° 2 que aclaren qué en este caso no
es incompatible, porque está hablando de seguro social que no tiene nada que
ver con el caso de las epidemias, y demás.
Por favor, que nos aclaren.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Pidió la palabra
el Dr. Juan Francisco Elizeche.
CIUDADANO
CONVENCIONAL JUAN FRANCISCO ELIZECHE: Gracias,
Presidente. Yo creo que, se están
confundiendo dos conceptos. Por un lado,
se está tocando tema de seguro social y, por otro lado, se está hablando ya del
sistema nacional de previsión que viene a continuación. Y el agregado que se
propone en esta redacción, es: tienen la libertad de elegir el servicio de
atención a la salud, a que deseen acogerse.
Esto es totalmente diferente a lo que se refiere a seguro social y lo
que se refiere a sistema nacional de salud.
Por lo tanto, me parece que es un agregado pertinente, me parece que
corresponde que cada ciudadano tenga la libertad de elegir el servicio de salud
y no estar obligado simplemente a acudir a los organismos del Estado para preservar
la salud. Me parece que tenemos que ser
bastante claros en esta cuestión, porque acá hay una... no sé, se está
confundiendo totalmente. Una cosa es la
seguridad social, otra cosa es un sistema nacional de prevención o preservación
y atención de la salud, y otra cosa, la libertad de cada ciudadano de optar por
el servicio de salud que esté más de acuerdo a sus posibilidades, inclusive,
económicas. Son tres cosas
diferentes.
Por lo tanto, me parece a mí que
este agregado: De que cada ciudadano tiene
la libertad de elegir el servicio de atención a que desee acogerse, es
perfectamente pertinente. Nada más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de
la palabra el Dr. Miguel Abdón Saguier.
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: Señor
Presidente. Este último párrafo no hace
referencia al problema solamente de la salud, sino a todas las medidas
sanitarias de que disponga el Estado.
Puede ser desde el control de un restaurant, o un problema de una
epidemia, en fin a eso se refiere. Y
dentro de la dignidad, estamos obligados a someternos a las medidas que
establezca la ley dentro del respeto a nuestra dignidad. A eso se refiere y no a la libertad que tenemos
de elegir uno u otro servicio de seguro social.
Eso viene después, señor Presidente.
Frente al derecho que tenemos a
la salud, también estamos obligados a respetar ciertas leyes sanitarias. Ese es el tema, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Yo creo que está suficientemente
debatido el tema y seguir abundando en esto es un problema de mera
comprensión. De manera que, vamos a leer
los dos textos. Lea primero el de la
Comisión, ciudadano Convencional Cano Radil.
CIUDADANO
CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL: Todos están
obligados a someterse a las medidas sanitarias que establezca la ley, dentro de
los límites de respeto a la dignidad humana, y tienen la libertad de elegir el
servicio de atención a la salud a que deseen acogerse. Esa es la moción que se agrega.
Todos están obligados a
someterse a las medidas sanitarias que establezca la ley, dentro de los límites
de respeto a la dignidad humana. Esa es
la Moción 1.
La otra moción es: Todos están obligados a someterse a las
medidas sanitarias que establezca la ley, dentro de los límites de respeto a la
dignidad humana, y tienen la libertad de elegir el servicio de atención a la
salud a que deseen acogerse.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Quienes estén de
acuerdo con el texto tal cual provino de la Sub-Comisión N° 2, se servirán votar. Mayoría.
Artículo 65. Sistema Nacional
de Salud.
CIUDADANO
SECRETARIO: El Estado promoverá un sistema nacional de salud, que
ejecute acciones sanitarias integradas, mediante políticas que permitan la concertación,
la coordinación, la complementación de programas y recursos del sector público
y privado.
El artículo alternativo
presentado es: El Estado promoverá un sistema nacional de salud, bajo la
conducción del Ministerio respectivo, ejecute acciones sanitarias integradas,
mediante políticas que permitan la concertación, la coordinación y la
complementación de programas y recursos del sector público y privado.
Parece que el único cambio que
se agrega es el "Ministerio respectivo".
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: La única
diferencia entre estos dos textos, es que en uno se dice, simplemente que: El Estado promoverá un sistema nacional de
salud, y el otro dice: El Estado .....
bajo la conducción del Ministerio respectivo.
Esa es la única diferencia que me parece bien. Entonces, los que estén de acuerdo con el
texto tal cual vino de la Sub-Comisión N° 2, se servirán levantar la
mano. Mayoría.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EUCLIDES ACEVEDO: Yo creo que tiene sentido lo del Ministerio respectivo,
Presidente. Porque se va a votar, se vota sin discutir, y eso me parece a mí
que es una insolencia intelectual, realmente. Se pone lo del Ministerio
respectivo, y para eso creo que el Consejo Nacional de Salud, se ha reunido, ha
estudiado, y estamos obligados a considerar el Dictamen o la propuesta de gente
estudiosa. Lo del -Ministerio respectivo- viene como consecuencia de una guerra
franco-prusiana entre el Ministerio de Salud y el Instituto de Previsión
Social. Y efectivamente, si se dice el
Estado, debe aclararse que es el -Ministerio respectivo-pero en la práctica no
se da, entonces cual es el inconveniente de que se ponga -el Ministerio
respectivo-, que es el responsable realmente; porque en base a esto se va a
tener que reestructurar el gobierno posterior.
Nada más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de
la palabra el Dr. Evelio Fernández Arévalos.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS: Yo creo que
tenemos que guardar coherencia. En
ningún caso, en los ante diezmos, hemos dicho bajo la égida de tal Ministerio,
tal dependencia del Estado, eso es cuestión de ley. Puede haber sistema
inclusive en que no sea a cargo de un Ministerio, sino sea una Dirección
General, vaya a saber lo que se les ocurra en el futuro a los legisladores. No tiene por qué. Acá puede suprimirse el Ministerio de Salud
Pública. De manera que, no tiene por qué
en este caso hacerse una excepción y dirimir entre un Instituto o un
Ministerio, nada más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Fernández.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Carlos Alberto González.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ALBERTO GONZALEZ: Para adherirme al
texto tal cual vino de la Sub-Comisión, porque yo creo que es cierto; pueden existir
en estos momentos problemas coyunturales, pero creo que eso debe ir ya a cargo
de la ley, y no al texto Constitucional.
Nada más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muy bien, Dr.
González.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Efraín Enríquez Gamón.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EFRAIN ENRIQUEZ GAMON: Señor Presidente:
Yo creo que es abundar mucho, pero cuando nosotros hablábamos acá de acciones
sanitarias integradas que permitan la concertación, la coordinación, y la
complementación de programas y recursos del sector público y privado, estábamos
hablando precisamente de que un sistema nacional de salud, en función de .... y
uso de nuestras necesidades, para que no haya una dispersión, va a establecer una política. ¿Cómo? A través de qué Institución va a hacer
eso? Eso ha de determinarse, seguramente
de acuerdo a lo que el objetivo y el fin de esa política permite. No vamos a pensar que una política semejante
va a hacerse por ejemplo, a través del Ministerio de Agricultura y
Ganadería. Eso es obvio, me parece a mi,
y nosotros hemos creído que con este precepto constitucional estamos
precisamente preservando esa dispersión, o tratamos de preservar y orientar, y
accionar a través de una política integrada, para que esa dispersión de
recursos que no llegan a ejecutarse debidamente, no se constituya en meras
burocracias, sino en acciones efectivas a favor de la salud de la población.
Por lo tanto, nos mantenemos en
la redacción original.
INTERRUPCION
CIUDADANO CONVENCIONAL..: Moción de Orden,
señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Sí.
CIUDADANO
CONVENCIONAL...: Tengo entendido que ya se ha votado este
artículo, en todo caso lo que corresponde es la rectificación de votos, señor
Presidente, y no estar argumentando al respecto. En todo caso, que se ponga la
reconsideración, señor Presidente, y que se vote al respecto.
Discusión en
la sala...
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: El último que
pidió la palabra es el ciudadano Convencional Euclides Acevedo. Hable Dr.
Acevedo y luego mandamos nuevamente a votación, que gran problema va a haber.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EUCLIDES ACEVEDO: Claro, no sé,
cual va a ser el temor a la discusión, compañero Presidente. El problema acá no es una cuestión, una
impertinencia, y ningún capricho. Si
bien es cierto dice que: El Estado
promoverá un sistema nacional de salud, si no se hace la aclaración que es por
el -Ministerio respectivo- se puede caer en el paludismo actual de querer
privatizar la salud, y de repente el Estado presionado por esta corriente
privatiza de repente, puede cargarle a un instituto que no sea un Ministerio el
encargado de crear el sistema nacional de salud. Y un sistema nacional de salud es un derecho
irrenunciable e intransferible del Estado.
A lo mejor estoy equivocado, pero estoy obligado a manifestar mi
posición sobre ese punto, y el Consejo Nacional de Salud que ha propuesto esto
ha tenido en cuenta estas formulaciones.
Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muy bien, muchas
gracias Dr. Acevedo.
Tiene el uso de la palabra la
ciudadana Convencional Cristina Muñoz.
CIUDADANA
CONVENCIONAL CRISTINA MUÑOZ: Gracias
Presidente. Solamente para manifestar mi
preocupación porque sistemáticamente estamos dejando de considerar el trabajo de
Convencionales que no forman parte de esta Comisión. El espíritu de estos compañeros realmente ya
ha cambiado con respecto a nosotros, porque no estamos considerando siquiera
las propuestas que ellos están elaborando en base al trabajo en borrador que
hicimos en las Subcomisiones, que independientemente de que esté bien elaborada
o no, yo creo que merece siempre una discusión, y justamente a eso venía el
pedido de algunos compañeros de trabajar más horas, de manera que no estemos
aprobando al trote y al galope, dejando el aporte de Convencionales cuyo apoyo
a nuestra redacción en la plenaria va a ser muy importante. En ese sentido, independientemente de que en
este artículo se apruebe o no la inclusión del Ministerio de Salud Pública, yo
creo que siempre es importante considerar el aporte que respetuosamente nos
hacen llegar los compañeros Convencionales. Gracias, Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Perfecto. Y es lo que estamos haciendo. Acá no hay ningún miembro de esta Comisión
Redactora que se haya hecho cargo de estas mociones. Pese a ello, se está dando lectura y se está
considerando, francamente, pasando incluso sobre el Reglamento. En consecuencia, quienes estén de acuerdo con
la propuesta tal cual provino de la Sub-Comisión Nº 2, se servirán levantar la
mano.
Mayoría.
CIUDADANO
SECRETARIO: Artículo
66:...
INTERRUPCION...
CIUDADANO
CONVENCIONAL...: Moción de orden, señor Presidente. Acá se omitió la última parte del Artículo
3 inciso f), la última parte en donde
dice: "La ley reglamentará la
libertad que se garantiza a las personas para la disposición de su propio
cuerpo". No, no entró eso, eso no
entró, entonces habría que ver, señor Presidente, antes de pasar todo este
capítulo para ver dónde entra eso. Nada
más.
CIUDADANO
SECRETARIO: Quiero aclarar al Convencional
Carmelo Benítez que está aprobado:
"La ley reglamentará la libertad de las personas para disponer de
su propio cuerpo", fue aprobado en la sesión que lleva el número Artículo
4° del 9 de marzo.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Está, y ustedes
tienen una copia que se ha distribuido y que figura como aprobado.
CIUDADANO SECRETARIO:
Artículo 66.- "Protección de la salud: corresponde a los poderes públicos con el
fin de asegurar el derecho de la protección de la salud: a) La educación sanitaria, la educación
física y el deporte; b) El control de la producción, la comercialización y el
acceso a los medicamentos considerados esenciales para los sectores de escasos
recursos de la población".
Hay una propuesta que dice: "Promoción y protección de la salud:
Corresponde a los poderes públicos con el fin de asegurar el derecho a la
salud: a) la atención médica integral a
la población de carácter universal, equitativa, eficiente y de buena calidad,
de acuerdo a la capacidad tecnológica y
económica del país, incluso a las personas cuyo aporte económico a la sociedad
sea nulo por razones no imputables a su voluntad; b) promover el saneamiento
ambiental como componente básico para el mejoramiento de la calidad de vida de
la población; c) la promoción y el apoyo a programas de bienestar social y de
educación sanitaria de conformidad a la política nacional de salud; d) el
control de la calidad, la comercialización y el uso de los productos
alimenticios, químicos, farmacéuticos y biológicos, así como el acceso a los
medicamentos considerados esenciales para los sectores de la población de
escasos recursos, e) la protección de la población contra todo factor que
induzca a promocionar el consumo de estupefacientes y otras drogas
peligrosas".
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: A consideración las dos
propuestas.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Gustavo Laterza.
CIUDADANO
CONVENCIONAL GUSTAVO LATERZA: Quiero hacer
notar, señor Presidente, que en el inciso a) de este Artículo 66 tal como viene
de la Sub-Comisión N° 2, se menciona la
educación física y el deporte dentro del tema de salud. Y en el Artículo 78, 3er. párrafo que lo
vamos a estudiar en su momento, también se habla de la educación, de la cultura
física dirigida a la salud, creo que aquí se va a producir una duplicación de
este tema. Y si bien es cierto que el
deporte y la actividad física es bi-disciplinaria, digamos, es decir, puede ser
considerada tanto dentro del tema de la salud como dentro del tema del
deporte. Quizás sea conveniente
eliminarlo de aquí del inciso a) y tratarlo en el Artículo 78 que me parece que
es más apropiado. Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Laterza. ¿Alguien más hace uso de la palabra?. Sí, el ciudadano Convencional Eusebio Ramón
Ayala, el Carlos Alberto González.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EUSEBIO RAMON AYALA: Propongo la
supresión de este artículo, el 66, porque ya hemos aprobado Derechos a la Salud,
el Estado protege y promueve la salud, etc., y el Artículo 66 más parece un
Programa de Gobierno que un artículo constitucional. La educación sanitaria, el control de la
producción, la comercialización y el acceso, etc. yo creo que son muy importantes,
y en cualquier legislación tiene que existir, pero no a nivel
Constitucional. Con que se establezca en
la parte de salud una política de salud pública yo creo que es suficiente.
Estamos pecando de excesivo reglamentarismo que mañana puede ser un esquema muy
duro para los legisladores. Creo que
este artículo, francamente tenemos que suprimirlo: Es mi moción.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de
la palabra el ciudadano Convencional Euclides Acevedo.
CIUDADANO CONVENCIONAL
EUCLIDES ACEVEDO: Sí, para corroborar lo manifestado
por el Dr. Eusebio Ayala porque justamente al consagrarse el Sistema Nacional
de Salud, obviamente el Sistema Nacional si no contempla lo que está formulado
acá no tiene sentido, de modo que yo estoy de acuerdo en que se suprima
ese artículo.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de la
palabra el ciudadano Convencional Miguel Abdón Saguier.
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: Presidente: En la Sub-Comisión hemos utilizado como
fuente de este artículo varias Constituciones, entre ellas la Constitución de
España. La Constitución española que, en
su Artículo 43, dice lo siguiente, si se me permite leer: "Se reconoce el derecho a la protección
de la salud, compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud
pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios
necesarios. La Ley establecerá los
derechos y deberes de todos al respecto.
Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación
física y el deporte, asimismo facilitarán la adecuada utilización del
ocio". Es decir, nosotros
interpretamos que dentro de la protección del..., está fomentar la educación
sanitaria y también la educación física y el deporte, y así creímos los
miembros de esta Sub-Comisión, por lo que incluimos. Y no creemos de ninguna manera que sea
superflua o innecesaria esta disposición.
Gracias, Presidente.
INTERRUPCION....
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: ¿Quiénes más
habían solicitado? El ciudadano
Convencional Carlos Alberto González.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ALBERTO GONZALEZ: Señor Presidente, yo quería
transmitir a mis compañeros de Sub-Comisión el agregado de un infinitivo de
verbo que creo que es indispensable en el inciso a), decir promover la
educación sanitaria, la educación física y el deporte. Por el contrario parecería que corresponde al
Estado todo lo que se vincula con educación sanitaria, educación física y el
deporte, es decir le estamos dando una atribución que no corresponde al Estado,
pero sí corresponde el promover estas actividades.
INTERRUPCCION...
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Evelio Fernández.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS: Para adherirme el
criterio de que se suprima esta disposición, porque es absolutamente
innecesaria, sobreabundante. Al aprobar
los dos artículos anteriores ya ha quedado perfectamente fijado el Derecho a la
Salud de la población, y, por otra parte, la obligación del Estado de crear o
promover Sistemas Nacionales de Salud,
de manera que ambos espectros cubren esto que sería algo como una
especie dentro de ese género. Y siendo
sobreabundante y tratando de que esta Constitución sea lo más breve posible, me
parece que corresponde la supresión.
Nada más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Fernández.
Tiene el uso de la palabra la
ciudadana Convencional Susana Morínigo.
CIUDADANA
CONVENCIONAL SUSANA MORINIGO: Señor Presidente,
señores Convencionales: En primer lugar,
si se va a llevar a votación sí este artículo se suprime o se queda, si es que
queda, yo quisiera pedir la inclusión de un inciso más. Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: ¿La inclusión?.
CIUDADANA CONVENCIONAL
SUSANA MORINIGO: De un inciso más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien. El tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Bernardino Cano Radil.
CIUDADANO
CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL: Señor Presidente: Puede ser cierto
que como vino formulado de Comisión sea redundante, pero la propuesta que nos
han allegado unos compañeros Constituyentes, los incisos d) y e) son muy
importantes. Yo pido la atención de los
miembros de la Sub-Comisión N°2 sobre el control de calidad de los medicamentos por
ejemplo, y el tema de los estupefacientes y drogas peligrosas. Creo que esos dos temas no se pueden omitir,
porque realmente un precedente que en nuestra realidad cultural creo que es
importante habilitar reportando constitucional estos dos acápites, o sea que
sugeriría que se reformule, y podamos suspender este artículo, eventualmente
que se reformule un texto alternativo del artículo presentado por Comisión en
base a estos dos incisos que creo que sí son importantes y no están comprendidos
en ninguno de los temas que hemos tratado hasta hoy en el campo de la
salud. Muchas gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias, Dr. Cano.
CIUDADANO
CONVENCIONAL: Moción, Presidente. Que se vote si se va incluir el artículo,
luego vamos a tratar el mejoramiento del artículo, y si se va a suprimir,
entonces, ya no hay necesidad.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien, señores. Quienes estén de acuerdo por el mantenimiento
del artículo con miras a su posterior reformulación, se servirán levantar la
mano. Once.
Quienes estén
de acuerdo con la supresión del artículo se servirán levantar la mano. Doce..
Se suprime el artículo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL: Señor Presidente, pido...., porque yo voté que
se mantenga y no contaron mi voto.
INTERRUPCION....
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bueno. Vamos a hacer rectificación de votos. No tengo ningún problema. Quienes estén de acuerdo por mantener el
artículo se servirán levantar la mano. Doce.
Quienes estén de acuerdo con la
supresión del artículo se servirán levantar la mano. Catorce.
Ahora ya es definitivo.
"Régimen
de seguridad social".
CIUDADANO
SECRETARIO: Artículo 67:
INTERRUPCION...
CIUDADANO
PRESIDENTE: ¿Si?
CIUDADANO
CONVENCIONAL...: Quiero hacer una aclaración, que el artículo: Aquí aparecen el Artículo 67 y 68 como
diferentes, realmente pertenecen al mismo tema con distintas redacciones, o sea
sería tesis a) y tesis b). Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE: Ah.., bueno, bueno.
INTERRUPCION....
CIUDADANO
SECRETARIO: La Sub-Comisión N° 2 trae a la mesa dos mociones
alternativas sobre el régimen de Seguridad Social.
Moción a) el Estado instituirá
en la medida de las posibilidades un régimen de Seguridad Social integral para
toda la población del país, sus beneficios alcanzarán aun a aquellas personas
cuyo aporte económico a la sociedad sea nulo por razones no imputables a su
voluntad. Los fondos y las reservas de
los seguros sociales no podrán ser desviados de sus fines específicos sin
perjuicios de las inversiones lucrativas que puedan acrecentar su patrimonio.
Esa es la moción
a), de la Subcomisión 2. Ahora
vamos a leer la moción b), de la Subcomisión 2.
Moción b). Seguridad Social. El Estado instituirá progresivamente para todos
los habitantes de la República. Está con el número 68 del Proyecto. El Estado instituirá progresivamente para
todos los habitantes de la República un régimen de Seguridad Social integral y
obligatorio que podrá ser público privado o mixto. Sus beneficios alcanzarán aun a aquellas
personas cuyo aporte económico sea nulo por razones no imputables a su
voluntad. Los recursos financieros de los seguros sociales no deberán ser
desviados de sus fines específicos y estarán disponibles a estos efectos sin perjuicios
de la inversiones lucrativas que puedan acrecentar su patrimonio.
Luego tenemos una propuesta de
cuatro artículos que voy a pasar a leer, es la propuesta que se leyó esta
mañana de un grupo de Convencionales de la Comisión de Asuntos Generales, son
cuatro artículos, leo.
Artículo 1°.-
El Estado instituirá un sistema de Seguridad Social para la protección
integral de la familia y la defensa de su patrimonio básico mediante la
prestación de servicios de Salud y las compensaciones económicas que establezca
la Ley. El sistema abarcará a sectores
público y privado.
Artículo 2°.-
El seguro social público estará a cargo de una institución nacional
autártica sin fines de lucro, de funcionamiento desconcentrado, administrado
por los aportantes y los jubilados y fiscalizado por el Estado. Estará fundado en los principios de
solidaridad, universalidad y equidad así como la obligatoriedad e
irrenunciabilidad para los trabajadores en situación de dependencia. Se promoverá la participación en él de los
trabajadores independientes urbanos y rurales así como la de las amas de
casa. Para la prestación de los
servicios de Salud podrá contratar los medios del sector privado.
Artículo 3°.-
Los fondos y la reservas del seguro social público y de las cajas de
jubilaciones no podrán ser desviados de sus fines específicos salvo las
inversiones que pueden acrecentar su patrimonio. La Ley penalizará la retención de los
aportes descontados a los trabajadores.
La Legislación establecerá un régimen especial y actualización
permanente de los haberes jubilatorios, inclusive de los trabajadores jubilados
con anterioridad a la promulgación de la presente Constitución.
Artículo 4°.
La Ley regulará el seguro médico privado, los seguros de carácter social
y las cajas de jubilaciones privadas de modo a garantizar los derechos de los
asegurados y de las empresas, no se permitirá la subvención estatal a estas
entidades.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien señores.
INTERRUPCION...
CIUDADANO
CONVENCIONAL...: Moción de orden, señor Presidente.
CIUDADANO
SECRETARIO: Pido que espere un segundito para que podamos
arreglar en mesa la moción. Leemos todas
las mociones.
Hay una moción de la Dra. Susana
Morínigo, que sería la moción 4, que dice:
"El seguro social público estará a cargo de una institución
nacional autártica sin fines de lucro de funcionamiento desconcentrado,
administrado por los aportantes y los jubilados y fiscalizado por el Estado,
estará fundado en los principios de solidaridad, universalidad y equidad así
como la obligatoriedad e irrenunciabilidad para los trabajadores en situación
de dependencia. Se promoverá la
participación en él de los trabajadores independientes urbanos y rurales así
como la de las amas de casa. Para la
prestación de los servicios de Salud podrá contratar los medios del sector
privado".
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien. ¿Cuál era
la moción de orden, señor Valentín Gamarra?.
CIUDADANO
CONVENCIONAL VALENTIN GAMARRA: Que se posponga
este tratamiento para mañana, porque da la impresión, señor Presidente, de que
se está tratando a toda velocidad este tema tan importante que es de la
Salud. Esa es la impresión que tengo, y
están los Médicos que han trabajado en este tema, el Consejo de Salud, en fin,
por el respeto que se merecen estas personas que han arribado su aporte a esta
mesa. Además, ya estamos cansados y da
la impresión de que estamos aprobando el artículo tal cual como viene, por
comodidad.
Entonces, mociono que se
posponga para mañana como primer punto del orden del día el tratamiento de este
tema.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien. Someto a consideración de esta Comisión
Redactora la moción de orden. Ahora
bien, yo quiero resaltar el hecho de que con todo respeto lo hemos escuchado
esta mañana al Dr. René González y me parece muy digno de atención, desde
luego, y merece toda nuestra atención, la propuesta de la Comisión de Asuntos
Generales, lo mismo que las otras que han sido formuladas acá como la de la
Dra. Susana Morínigo. No creo que nadie
esté tratando apresuradamente, pero, en cualquiera de los casos, le cedo el uso
de la palabra a la Convencional Cristina Muñoz, quien me pidió sobre la moción
de orden.
CIUDADANA
CONVENCIONAL CRISTINA MUÑOZ: Gracias,
Presidente: Justamente quiero abundar
sobre la moción de orden. En la
Subcomisión N° 2 el tema de
Seguridad Social no ha sido debatido lo suficiente. Es más, ni siquiera sabíamos concretamente en
que capítulo introducir, estábamos en la duda de si incluíamos dentro de Salud
o establecíamos un capítulo especial para Seguridad Social.
Vinieron dos tesis, pero con la
conciencia de que aun viniendo dos tesis eso era insuficiente. Yo creo que es importante, si bien no hace
falta tratarlo mañana, podemos hacerlo hoy mismo, pero dando cabida a las
propuestas de otras personas que estudiaron más tiempo que nosotros el tema de
Seguridad Social. Y es más, mi propuesta
sería, posteriormente, la de que se tome como un Capítulo especial, Presidente. Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas
gracias. Se vota la moción de
orden. Quienes estén de acuerdo con la
suspensión de la sesión, es decir, dar por terminada la sesión, se servirán
levantar la mano.
INTERRUPCION...
Aplazamiento de la Seguridad
Social no puede ser. ¿Quién va a aclarar, quién?.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Efraín Enríquez Gamón.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EFRAIN ENRIQUEZ GAMON: No voy a aclarar
a quien, señor Presidente, sino, simplemente, por un principio de justicia,
dejar sentado que no acepto en su totalidad los conceptos de la compañera
preopinante en el sentido de que la Subcomisión N° 2 esto ha estudiado
apuradamente. Al contrario, creo que
cuando estudiamos, justamente los miembros de la Comisión Nacional de la Salud,
médicos de la Interbancada de mujeres, etc., nos hicieron llegar también en el
momento de la discusión sus tesis respectivas.
Ahora, cuando algunos compañeros que forman parte de otras
Subcomisiones, no precisamente de las Subcomisiones de la Comisión Redactora,
opinan o dicen que no se los toma en cuenta, creo que eso no es así. Tomamos en cuenta y, en gran medida todo lo
que se ha elaborado hasta ahora, es el producto final de un trabajo de
laboratorio, de comparación y de reflexión.
No es una invención ni una cuestión hecha a los apuros. Ahora, el hecho de que no se acepte la tesis
presentada, no significa que no se lo toma en cuenta. Al revés, muchas de las tesis que nosotros
mismos hemos presentado, también mediante votación han sido desechadas.
Ese es precisamente el trabajo y
el objetivo de esta Comisión. Acá nadie impone a nadie y todos tratamos de
colaborar y enriquecemos nuestros conocimientos y nuestra metodología de
trabajo con los aportes que nos hace cada uno de los compañeros. Nada más, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Convencional
Evelio Fernández, sobre el punto. ¿Verdad?
CIUDADANO
CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ: Sobre el
punto. Lo que pasa es lo siguiente: Si se suspende el tratamiento de este
artículo, ya hay que levantar la sesión, si no vamos a entrar a tratar otro
Capítulo que es "la Educación y Cultura". No tiene el menor sentido. Yo diría entonces, que se decida buenamente
levantar la sesión hoy y continuar mañana.
No hay otra alternativa. Nada
más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de
la palabra el ciudadano Convencional Carmelo Benítez.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARMELO BENITEZ: Sobre el punto,
señor Presidente. Esta mañana, antes de
comenzar la sesión, estuvimos hablando justamente sobre el horario de trabajo y
mal en este momento podemos suspender dos horas antes de que expire el plazo.
Yo le llamo a la reflexión
al compañero Convencional Valentín
Gamarra y a la gente que quiera, le pido a la Presidencia abra el debate y los
que quieran debatir sobre la cuestión lo hagan y vamos a llevar adelante esto,
señor Presidente. Muchas gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Federico Callizo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL FEDERICO CALLIZO: Sí, señor
Presidente. Para adherirme a la palabra
del preopinante en cuanto a continuar la sesión. Con respecto al tema que se trata, que es el
de Seguridad Social, entiendo que existen cuatro posiciones solamente, dos
traídas por la Comisión, es decir, dos opciones del Artículo 67, una más traída
por la Comisión de Asuntos Generales, que habla sobre del mismo tema el Seguro
Social Público, etc., y la cuarta. es de la Dra. Susana Morínigo.
Por lo tanto, creo que el tema
está sobre la mesa. Más que eso no
existe, porque el Consejo Nacional de la Salud no trae ninguna acotación sobre
ese tema; por lo tanto, señor Presidente, pido que se trate el tema de la
Seguridad Social, debatamos un ratito y pasemos a votar inmediatamente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Callizo. Entonces voy a someter a
consideración la moción de orden.
INTERRUPCION...
CIUDADANO
CONVENCIONAL ...: Señor Presidente, voy a retirar mi moción y
pido que sea tratado al revés, primero el tema de la Comisión N° 12, párrafo por párrafo, y después
el de la Subcomisión N° 2.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: ¿Cómo es el
asunto?
CIUDADANO
CONVENCIONAL ...: Que se le dé preferencia al trabajo
presentado, metodología de lectura de la Secretaría, la inversión del orden,
porque siempre se está leyendo lo que se elaboró en Subcomisiones y
generalmente la gente aprueba por comodidad.
CIUDADANO
SECRETARIO: Quiero aclarar al señor Gamarra que por
reglamento siempre se lee primero el Dictamen de Comisión. No podemos violar el Reglamento.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Entonces señores,
vamos a considerar estos asuntos párrafo por párrafo, porque aprecio que, por
ejemplo, el primer párrafo de la tesis a) es muy similar al del primer artículo
propuesto por la Comisión de Asuntos Generales y relativamente parecido también
a la tesis b) de la Subcomisión N° 2, de manera tal que voy a dar
lectura a estos párrafos y abro el debate sobre los mismos. Vamos a leer el primer párrafo completo y el
primer artículo de la Comisión de Asuntos Generales.
CIUDADANO
SECRETARIO: Voy a leer los párrafos y después pediría que
un vocero de cada tesis, por favor, brevemente explique las diferencias. La Comisión pide que lea la moción a) primer
párrafo solamente.
Moción a) "El Estado instituirá en la
medida de las posibilidades un régimen de Seguridad Social integral para toda
la población del país. Sus beneficios
alcanzarán aun a aquellas personas cuyo aporte económico sea nulo por razones
no imputables a su voluntad".
Primer párrafo de la moción b),
de Comisión.
Moción b) "El Estado instituirá
progresivamente para todos los habitantes de la República un régimen de Seguridad
Social integral y obligatorio que podrá ser público, privado o mixto".
Y el Artículo 1° de la Comisión de Asuntos
Generales dice: "El Estado
instituirá un sistema de Seguridad Social para la protección integral de la
familia y la defensa de su patrimonio básico mediante la prestación de
servicios de Salud y las compensaciones económicas que establezca la ley. El sistema abarcará a los sectores público y
privado".
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de
la palabra el ciudadano Convencional Miguel Abdón Saguier.
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: Señor Presidente,
ciudadanos Convencionales: En la
Subcomisión se debatió el tema, se discutió ampliamente y se tomó en cuenta una
serie de propuestas de Convencionales Constituyentes que no eran miembros de
esta Subcomisión, y se llegó finalmente a la conclusión de que lo más
conveniente era consagrar un principio general dentro de la Constitución a
partir del cual surgiera una Legislación ordinaria que abarcara todos los aspectos
propios del sistema de Seguridad Social.
La diferencia en el seno de esa Subcomisión, como ustedes podrán notar,
en lo que se refiere al primer párrafo con algunas diferencias de término, es
que en la segunda propuesta se le agrega que podrá ser público privado o
mixto. Esa es la diferencia en el primer
párrafo.
Con respecto a lo demás
párrafos, existe una casi unanimidad a la idea, a los conceptos y hay
simplemente diferencia de términos.
Nosotros seguimos sosteniendo la necesidad de que esta Constitución
consagre principios generales y no entrar en los aspectos casuísticos, que, por
otro lado, no va a ser lo más
conveniente y se va a prestar a interpretaciones confusas. En la medida de lo posible nosotros pedimos a
los miembros de esta Comisión Redactora que se mantenga el principio de
establecer normas de carácter general, independientemente de las diferencias
que existan entre estos dos proyectos.
Gracias, Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Saguier.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Euclides Acevedo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EUCLIDES ACEVEDO: Gracias,
Presidente. Yo creo que conviene debatir
sobre estas tres propuestas y quiero recordar a los compañeros Convencionales,
en primer lugar, que hemos definido al Estado paraguayo como un Estado Social
de Derecho, lo que quiere decir que la Seguridad Social no es una atribución
aleatoria del Estado, sino que obligatoria e intransferible. Por consiguiente, en este párrafo, en la
medida de las posibilidades, habría que suprimir, en todo caso podemos usar la
progresiva, o sea, debe estar a cargo del Estado la implementación de la
seguridad social. En segundo lugar
dice: Sus beneficios alcanzarán aun a
aquellas personas cuyo aporte económico a la sociedad sean nulo.
Eso no tiene que estar a cargo
de los asegurados, eso debe estar a cargo, en todo caso, del Ministerio de
Salud, que no es el encargado de la seguridad social, salvo que se establezca
como una disposición específica. Por eso
es que es sumamente peligroso cuando se dice el Estado promoverá
progresivamente un sistema de seguridad social que podrá ser público, privado o
mixto, lo que quiere decir será privado no será público ya que la historia en
América Latina es bastante clara al respecto. La seguridad social, reitero, es
a cargo del Estado. Por lo tanto, yo
pido que se suprima eso que sea que podrá ser público, privado o mixto. La seguridad social siempre es pública. Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Acevedo.
Tiene el uso de la palabra el
señor Avalos.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS AVALOS: Gracias
Presidente. Ciudadanos Convencionales:
Luego de leer detenidamente la propuesta presentada por la Comisión de Asuntos
Generales, creo que contempla taxativamente situaciones que en la Sub-Comisión
2 no se han tenido en cuenta.
Por ejemplo, la parte que hace
relación en el último proyecto del artículo de que la Ley regulará el seguro
médico privado. Aquí por ejemplo no se
contempla la posibilidad de la creación del seguro médico privado. A parte de eso, en el Artículo anterior,
garantiza taxativamente lo referente a los fondos y las reservas del seguro
social público, que es una situación que en nuestro país nunca ha estado
garantizado y si lo ha estado por leyes normales, ha sido violado
permanentemente y prueba de ello es nuestro Instituto de Previsión Social con
sus fondos congelados en el Banco Central del Paraguay. Por lo tanto, señor Presidente....... ..Interrupción
(si perfecto es otro párrafo) quiero dejar entendido que aquí en el Proyecto
Básico está comprimiendo a un solo artículo una situación tan delicada como es
la seguridad social. Y, como bien lo ha
dicho el preopinante, es una responsabilidad neta y taxativa del Estado y, si
lo dejamos con el texto que se está queriendo o se acaba de leer, presentado
por la Sub-Comisión N° 2, estaríamos fácilmente cayendo en la posibilidad de
que empresas privadas con fines de lucro tengan que hacerse cargo del seguro
social. Nada más, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION:
Muchas gracias, señor Avalos.
Tiene la palabra el señor Dos
Santos.
CIUDADANO
CONVENCIONAL ROLANDO DOS SANTOS: Señor
Presidente: Es un pedido de aclaración
con respecto al proyecto presentado por la Comisión de Asuntos Generales, ya
que, cuando habla de la obligación del Estado de la protección y la defensa del
patrimonio básico en el artículo propuesto por ellos, me da la impresión de que
esta frase "defensa del patrimonio básico", no entiendo muy bien a
qué se refiere. No sé si no estaríamos
reiterando acá lo que se habló con respecto al artículo sobre bien de
familia. Esa es la duda que me cabe
respecto a este artículo. Gracias, señor
Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas Gracias.
CIUDADANO
SECRETARIO: Voy a leer la lista de oradores, porque se
van a impacientar, ya que hay muchos. El
Dr. Ayala, Susana Morínigo, Romero Pereira, Saguier, Evelio Fernández, Carlos
Alberto González, Luis Alfonso Resck, Diógenes Martínez e Isidro Melgarejo
Pereira.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Yo, señores,
quiero proponer lo siguiente: Aquí
realmente estamos ante dos proyectos que prima facie me resultan absolutamente
inconciliables. Uno habla de un régimen
de seguridad social y otro habla de todo un sistema de seguridad social. Son dos cosas distintas, de manera tal que yo
sugeriría -porque va ser absolutamente imposible llevar a votación cosa tan
disímiles- que esta Comisión Redactora constituya de su seno a dos o tres
personas que traten de ofrecernos un texto básico con alternativas en cada
caso, párrafo por párrafo, si fuere
preciso, porque no veo la posibilidad de poder arribar a una decisión feliz, y,
como se ha señalado acá, es una cuestión extremadamente compleja y
delicada. De ahí entonces, señores, que
yo exhorto, si alguien quiere hacerse cargo de la propuesta de la Presidencia,
a constituir una Comisión y si se me faculta a mí nominarla...
INTERRUPCION...
Las personas a quienes yo sugeriría
para integrar esta Comisión: El Dr.
Euclides Acevedo, el Dr. Emilio Camacho, el Dr. Evelio Fernández, el Dr. Isidro
Melgarejo y la Dra. Susana Morínigo quienes se va a encargar de coordinar.
INTERRUPCION
EN LA SALA...
El Dr. Evelio Fernández no quiere
participar. Entonces lo propongo al Dr. Saguier quien estuvo en la Comisión, o
al Dr. Gamón.....
INTERRUPCION
EN LA SALA...
CIUDADANO
CONVENCIONAL...: Señor Presidente, si no constituye una violación
de nuestro Reglamento yo mociono que el Dr. Gustavo René González, integrante
de la Comisión de Asuntos Generales, integre para defender su postura.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Perfecto. Mejor para dar los esclarecimientos al
caso. Siete personas y le damos 15
minutos para redactar.
Se reanuda la sesión y cedo el
uso de la palabra al Dr. Isidro Melgarejo, como vocero de la Comisión Ad-Hoc
aquí constituida para informar inmediatamente a esta Comisión Redactora.
El Dr. Melgarejo tiene la
palabra.
CIUDADANO
CONVENCIONAL ISIDRO MELGAREJO: Quiero saber si
se repartió el proyecto.....
Discusión en
la sala.....
CIUDADANO
CONVENCIONAL ISIDRO MELGAREJO: El artículo
proyectado por la Sub-Comisión tiene por finalidad eliminar estas dos propuestas
del Artículo 67 y 68, la propuesta A y B, con el deseo de cambiar el mecanismo
de seguridad social por la confusión que trae.
Este Capítulo de la seguridad social se toca en el Artículo 92 del
Proyecto Base referido al Trabajo y Seguridad Social en donde se establece el
sistema obligatorio de seguridad social y todo el capítulo referente al mismo.
Entonces las propuestas presentadas por la Dra. Susana Morínigo y la Comisión
de Asuntos Generales que se refieren a todo un sistema de seguridad social van
a ser tratadas en ocasión del estudio del Artículo 92, en donde se plantea la
posibilidad de establecer todo un capítulo referido al tema.
Entonces qué pasa. La finalidad de esta propuesta es que la
asistencia social pueda llegar a todos los sectores del país. Hemos analizado brevemente que el I.P.S., por
ejemplo, apenas está cuidando de un sector del 14.2% de la población. Más del 85% no tiene acceso a los cuidados de
salud y este es el caso que contempla el Hospital de Clínicas, el Hospital del
Quemado, todos los lugares públicos de asistencia social que el Estado está
buscando precautelar en el desarrollo de sus actividades específicas. Entonces la asistencia social aquí tiene un
concepto abarcante de todo el espectro social y general tratando en todo
momento que, preferentemente, sus alcances, sus beneficios sean para aquellas
personas de escasos recursos y que sea nulo su aporte económico, o sea, no se
tiene en cuenta el aporte. Es como el
caso del Hospital de Clínicas como, ya lo dije.
Todos tienen acceso a él, es libre y esa es la propuesta que voy a leer:
Régimen de
Asistencia Social: El Estado instituirá
un régimen de asistencia social integral para toda la población del país. Como ustedes notarán se suprimió la frase
"en la medida de sus posibilidades" o la frase
"progresivamente". Hemos
discutido también los dos conceptos concluyendo que "progresivamente"
es una frase mucho más contundente que la palabra "en la medida de sus
posibilidades" para optar finalmente por el mecanismo simple que diga
"instituirá un régimen de asistencia social integral para toda la
población del país", sin ponerle plazo, sin fecha, que eso es ya su
obligación.
Sus beneficios alcanzarán
preferentemente. Estamos dando hacia
dónde va el camino de la protección a aquellas personas cuyo aporte económico a
la sociedad sea nulo por razones no imputables a su voluntad. Y nada más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muy bien, señores
a consideración la propuesta de la Comisión Ad-Hoc cuyo vocero fue el Dr. Melgarejo.
Tiene la palabra el Dr. Carlos
Alberto González y luego el Dr. Villamayor.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ALBERTO GONZALEZ: Señor Presidente;
No tengo ningún interés en explicar las cosas.
Pero creo que la expresión asistencia social no es feliz, no creo que
sea asistencia social lo que nosotros queríamos establecer con la norma de la
Sub-Comisión N° 2, sino realmente era el concepto de seguridad social y
voy a dar la definición que da el diccionario de Manuel Osorio a lo que es
asistencia social. Dice: Es un concepto impreciso dentro de la ayuda
económica cultural y moral a las clases necesitadas de la sociedad o de
cooperación en la mejora extra profesional de los trabajadores u otras
categorías sociales.
Realmente la asistencia social implica
esta situación de ayuda a las clases necesitadas. Yo creo que lo que queríamos decir, puede ser
que haya sido otro criterio con el cual ha actuado esta Comisión especial, pero
lo que nosotros queríamos decir es que se irá estableciendo paulatinamente un
régimen de seguridad social completo para toda la población del país en la
medida de las posibilidades y no meramente una asistencia social que como digo
es un concepto totalmente impreciso. Por
lo tanto, yo, reitero, creo que esta no es una solución feliz y yo hubiera sido
partidario realmente del aplazamiento de este tema para una reunión posterior
sin perjuicio de que sigamos considerando los demás artículos del
Proyecto. Nada más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Villamayor.
CIUDADANO
CONVENCIONAL JUAN ERNESTO VILLAMAYOR: Si, señor
Presidente, señores Convencionales:
Prácticamente en el mismo sentido.
Yo entiendo que fueron, que la Comisión tenía que intentar coincidir en
una sola redacción lo que es líneas generales el régimen de la seguridad social
que si bien es cierto vuelve a ser mencionado, no necesariamente está tratado
en el capítulo del trabajo. El régimen de la seguridad social es mucho más
amplio que el tema de la relación del trabajo y la seguridad social. Parece que estamos haciendo depender a un
concepto del otro que lo abarcante fuese el trabajo y la seguridad social fuese
una especie de desprendimiento del trabajo.
Yo creo que es mucho más amplio. Como seguridad social entendemos y nos
trajeron en realidad una moción de suprimir el artículo porque el tema de la
asistencia social es una cosa totalmente diferente al motivo de la discusión de
hecho, que nos traen un elemento nuevo que es un régimen de asistencia social
que no figuraba en el proyecto. Yo no
me opongo a que exista la asistencia social, pero lo que acá hemos hecho
sencillamente, y en eso tenemos que ser claros, es mandar al Artículo 90 la
discusión que ahora teníamos, asumiendo como que es eso lo que vamos a hacer,
un poco hacer triunfar la moción de postergación del tema de hecho. Es eso, pero con otra palabra. Nada más, Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Villamayor.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Saguier.
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: Señor Presidente,
Ciudadanos Convencionales: Esto mismo
discutimos en la Sub-Comisión N° 2, y, habíamos algunos, que discriminábamos asistencia
social de seguridad social y entendíamos que la seguridad social abarcaba a
aquellas personas que independientemente de su aporte, que no aportaban nada
por no poder hacerlo, tenían que recibir también una protección y una
asistencia del Estado.
Entonces resolvimos que creemos
es lo más sistemático pasar todo lo referente a seguridad social a la parte
ubicada en el Artículo 92. Ese es el
criterio y de esa manera aquí se legisla para aquellos, preferentemente; para
aquellos que no aportan por razones ajenas a su voluntad. Según estaban diciendo en la reunión que mantuvimos
recientemente, el seguro social abarca a un escaso porcentaje de nuestra
población. A otro gran sector marginal
no le alcanza ninguna asistencia social de ningún tipo, a ese sector bastante
amplio de nuestra población. Por ese
motivo, entendemos que se debe mantener esta norma y tratar todo lo referente a
seguro social a partir del Artículo 90 y 92.
Gracias, Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias, Dr. Saguier. De manera que, si no hay
otras observaciones, voy a someter a votación el texto propuesto en la forma
que se ha planteado. Quienes estén de
acuerdo con él se servirán levantar la mano y los que no, se entiende que están
votando por la supresión del texto.
Porque queda claro que toda la
materia de seguridad social será considerada en el Artículo 92. Pues bien, quienes estén de acuerdo con el
texto que nos propone la Comisión Ad-Hoc, se servirán levantar la mano. Mayoría.
Entonces pasamos...
CIUDADANO
SECRETARIO: Artículo 69:
Mínimo presupuestario: Los recursos
asignados en el Presupuesto General de la Nación al Ministerio de Salud pública
y Bienestar Social no serán inferiores
al 12% de los ingresos ordinarios del Estado, excluidos los préstamos y las
donaciones.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: El Dr. Isidro
Melgarejo tiene la palabra, pero, previamente, el miembro informante, Dr.
Gamón.
Si radica en la mesa, Dr., una
propuesta suya de artículo que luego de considerar este artículo someteré a
consideración de la Comisión.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EFRAIN ENRIQUEZ GAMON: Señor Presidente: Como ustedes leerán ahí
abajo hay un asterisco que dice: Este
artículo no tuvo consenso en Sub-Comisión.
Me estoy refiriendo al Artículo 69 en el mínimo presupuestario. Fue criterio de la mayoría que en ningún caso
se haga referencia a mínimos presupuestarios para determinadas áreas, digamos,
de la actividad económica, social, cultural, etc., porque de esta manera
dejaríamos al poder administrador maniatado por una parte para poder ejecutar
una política presupuestaria en donde los ingresos se correspondan a los gastos
o vice-versa, donde los gastos sean necesariamente ejecutados de acuerdo a los
recursos.
Por otra parte, y esto tendría que
quedar a cargo de la política económica más bien, por otra parte si hay una
intención, digamos, generosa en esta tesis, también otras áreas de actividad,
por ejemplo, como la educación, muy bien podría solicitarse para la educación
un mínimo presupuestario X. Hay
compañeros que propusieron, por ejemplo, si Salud, se dice que para Salud en el
presupuesto se va a contemplar el 12%.
Yo pido que para el Ministerio de Educación se contemple el 25 %,
etc. Entonces como precepto
Constitucional algunos de nosotros de la Sub-Comisión hemos creído que no era
conveniente ni adecuado, digamos, dejar sentado así un principio. Y algunas
otras razones que seguramente mis compañeros irán explicando también. En principio tal vez como una opción para el
Poder Judicial sí, porque es un poder del Estado pero no para determinadas
áreas. Eso queremos dejar para la
política económica que ha de ejecutarse de acuerdo a los planes generales de
gobierno y de acuerdo a los recursos presupuestarios con que el país cuenta,
porque además esto puede ser cambiante, señor Presidente, en un momento dado el
presupuesto puede ser exiguo, en otro momento dado podrían darse recursos que
en determinadas áreas se necesita priorizar en un momento dado.
CIUDADANO
CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL: Moción de orden Presidente.
Quisiera mocionar, teniendo en
cuenta que hay seis oradores inscriptos, que se cierre la lista de oradores y
que se pasee a votación porque no nos vamos a convencer sobre este punto. Creo que es obvio que vamos a votar a favor o
en contra de que se ponga un
porcentaje. Y si están de acuerdo los
señores inscriptos pediría que se vote directamente, que se pase a votación. Muy bien seis inscriptos hay. Cerrado la lista de oradores.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de
la palabra el Dr. Isidro Melgarejo y luego todos los restantes oradores, porque
no van a convencerme ni en otro sentido que abrevie sus exposiciones. Todos somos suficientemente conscientes de
la situación planteada por este artículo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL ISIDRO MELGAREJO: Gracias, señor
Presidente. El objetivo de mi propuesta
es por la supresión del Artículo 69 y defender en la forma como lo hizo el Dr.
Enríquez Gamón en el sentido de que en el Artículo 261 del Proyecto Base tiene
una diferencia fundamental en cuanto al Poder Judicial, porque allí se habla
inclusive de la autonomía presupuestaria que es el concepto diferencial de un
organismo directo del Poder Ejecutivo como es el caso de un Ministerio de Salud
Pública. Nada más, Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias.
Tiene la palabra el señor
Avalos.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ALBERTO AVALOS: Si, Presidente
era nada más para mocionar que se suprima ese artículo; por lo tanto ya....
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias, Ingeniero Romero
Pereira, en el mismo sentido......
INTERRUPCION EN LA SALA...
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ROMERO PEREIRA: Lo que le quiero
decir es lo siguiente, no solamente por la...en este caso particular sino en
otros casos también como Educación, etc.
Yo creo que con cuatro carteras ministeriales yo voy a llegar al cien
por cien. Me van a sobrar ocho y ya no
va a haber presupuesto. Que se derogue
este artículo.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Ingeniero.
Ahora tiene el uso de la palabra
el Dr. José Nicolás Morínigo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL JOSE NICOLAS MORINIGO: Una de las
razones por las cuales insistíamos en éste artículo, es que escuchábamos por
televisión, que la Asociación Nacional Republicana apoyaba la necesidad de
establecer un mínimo presupuestario para la salud y para la educación. A lo mejor mucha gente votó por esto. Entonces yo traté de ayudar a ustedes para
que tengan razón con respecto a la necesidad.
Si creo que hace falta en un momento dado darle un corte definitivo a la
manera en que se estructura el presupuesto de la República en estos momentos y
si esto no se hace vía constitucional, vamos a tener este mismo presupuesto que
se altere su estructura y dirigiéndose fundamentalmente a satisfacer las
necesidades de seguridad nacional, cuando realmente este país lo que necesita
es suficientes recursos para el área de salud y educación. Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias.
Tiene la palabra el señor
Euclides Acevedo
CIUDADANO
CONVENCIONAL EUCLIDES ACEVEDO: En los mismos
términos del Dr. Morínigo, y le felicito al Ing. Romero Pereira, por su
coherencia de haber rechazado la definición de estado social de derecho, para
quienes votaron por la definición de estado social de derecho es absolutamente
fundamental que se ponga un presupuesto mínimo, si no vamos a tener el famoso
derecho A y en la práctica cero por cero.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias.
Tiene la palabra la Srta.
Cristina Muñoz.
CIUDADANA
CONVENCIONAL CRISTINA MUÑOZ: Bueno, yo quiero
recordarle al señor Presidente, que ha sido uno de los autores del Proyecto del
Partido Colorado, que ha sido propuesta nuestra establecer un mínimo presupuestario
para Educación y claro Salud también.
Pienso que tiene que tener la misma prioridad. De lo contrario el comportamiento del
presupuesto general de gastos de la
Nación los últimos años observamos que se ha movido muy poco en favor de estos
rubros. Seguimos manteniendo un alto
porcentaje en otros temas que no hacen nada a nuestra superación del
sub-desarrollo. Por lo tanto, señor
Presidente, a pesar de que a lo mejor el conservadurismo va a primar, yo creo
que es importante destacar que ha sido el caballito de batalla del Partido
Colorado, aunque no todos los Convencionales seamos consecuentes con ese
Proyecto y justamente la negación a esta propuesta en la Sub-Comisión 2, ha
venido de gentes que no son necesariamente coherentes con ese Proyecto Básico,
señor Presidente. Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bueno, muchas
gracias.
No voy a someter a
votación. Es suficientemente claro y
sería tedioso y largo de explicar que está en educación y no en otras
partes. Señores voy a someter a votación
el mantenimiento o la supresión de este artículo. Quienes estén de acuerdo en
favor del mantenimiento del artículo tal
cual fue propuesto por la Sub-Comisión N° 2, se servirán levantar la
mano. Ocho.
Quienes estén por la supresión
se servirán levantar la mano.
Mayoría.
Bien señores
antes de terminar este capítulo e integrando el rubro de salud el Convencional
Rodrigo Campos Cervera ha llegado a la mesa un Proyecto de artículo que dice lo
siguiente:
“El
Estado combatirá la producción, el tráfico y consumo ilícito de las substancias
de estupefacientes y drogas peligrosas así como el lavado de dinero proveniente
de dicha actividad”. El Convencional Carmelo Benítez solicitó la palabra
pero se la daría previamente al Dr. Campos Cervera para que fundamente y luego,
con su fundamento, consideramos esta cuestión.
CIUDADANO
CONVENCIONAL RODRIGO CAMPOS CERVERA: Muy brevemente,
Presidente: En realidad, esta propuesta
proviene de la Comisión de Asuntos Generales. Solamente que está limitada a la
primera parte, por cuanto que la segunda parte de la propuesta de la Comisión
hace más bien al aspecto de la reglamentación a través de una Ley.
Yo creo, señor Presidente, que
es casi innecesario agregar argumentos en favor de ésta propuesta constitucional. Es sabido, señor presidente, la acción de
Leterea que supone no solamente para el organismo humano sino también, y
fundamentalmente, para el tejido ético de nuestra sociedad. El trafico y el
consumo de drogas, señor Presidente, y ni que decir el lavado de dinero que se
ha convertido en una actividad extraordinariamente lucrativa y que nuestro país
ha pasado a ser también uno de los puentes o corredores del trafico de
estupefacientes y del blanqueo del dinero, señor Presidente, evidentemente que
esta disposición no la vamos a encontrar en muchas Constituciones por cuanto
que la notoriedad es relativamente reciente.
Sin embargo hay Constituciones, como la brasileña, que en la disposición
del Artículo 243 segunda parte, también reprime, o voy a leer el texto: Todo y
cualquier bien económico o aprendido como consecuencia del trafico ilícito de
estupefacientes y drogas afines será confiscado y revertirá en beneficios de
instituciones y personas especializadas en el tratamiento y recuperación de
adictos y en el equipamiento y sostenimiento de actividades de fiscalización,
control, prevención y represión del delito del trafico de estas sustancias.
Además, la comunidad europea
tiene también una disposición bastante similar, pero lo que a mi me anima a
sostener con fuerza, señor Presidente, es lo patético, diría mejor, lo
dramático de algunas estadísticas que muestran la penetración en nuestro país
del flagelo, del uso de droga y del trafico de los estupefacientes. En el año
1988 nada menos que cocaína se han confiscado 312 kilos frente a 36 del año
1987 y a 32 del año 1986, vale decir que ha habido un aumento extraordinario
diez veces más en el término de dos años en cuanto al consumo, señor
Presidente. También ha aumentado
extraordinariamente y en estadísticas que se han hecho recientemente, en 1991,
de 10 ciudades en una población de 12 a 45 años, encontramos nada menos que
30.685 personas que han probado o han utilizado.
En cifras relativas representa
el 3,7% de la base que se tomo que es una población de 825.149, estas son
estadísticas que me han pasado y que yo las estoy repitiendo de acuerdo con los
datos consignados en la misma.
En el área metropolitana se ha
detectado, sobre una base de 560.753 en cifras absolutas, la cantidad de 19.383
y en cifras relativas 3,5, de los cuales la población correspondiente a varones
es de 10.871 y la de mujeres 8.512. Se
podría seguir abundando en estas cifras que, digo, tienen casi un carácter
dramático, pero creo que sería absolutamente innecesario insistir en el tema,
salvo en la conveniencia de establecer en un artículo la obligación que debe
asumir el Estado para combatir este flagelo que, repito, constituye por su
acción deletérea uno de los más graves daños que puedan infringirse al hombre
paraguayo y a la sociedad toda. Gracias,
señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Campos Cervera.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Carmelo Benítez.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARMELO BENITEZ: Gracias, señor
Presidente. Ciudadanos Convencionales:
Es a los efectos de adscribirme a lo ya expuesto por el Dr. Campos
Cervera, pero con la salvedad de que no va en aumento el tráfico de
estupefacientes. Lo que sí va en aumento
es la represión del mismo, y por eso, lógicamente, las estadísticas son
diferentes. Muchas gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Benítez.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Valentín Gamarra.
CIUDADANO
CONVENCIONAL VALENTIN GAMARRA: Señor Presidente,
ciudadanos Convencionales: Estoy
totalmente de acuerdo en que este tema, que este flagelo como señala el
preopinante, figure con rango Constitucional, pero llamo a la reflexión en
incluir al consumidor, al enfermo, al adicto en la categoría de delincuentes, a
los efectos de buscar soluciones. El
Estado tiene que también tomar la responsabilidad de recuperar al adicto, que
es lo que dice textualmente la Constitución brasileña. Encara con exactitud el tema de la
drogadicción, que es muy similar a la nuestra, ya que es un país vecino. Por eso, señor Presidente, llamo a la
reflexión. Si está en otro lugar la
recuperación del adicto como enfermo, entonces sí me allanaría a esa propuesta.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS: Yo también, cuando
di una primera lectura a este artículo,
no solamente me llamó la atención lo que había sucedido con mi preopinante,
sino que inclusive se considera algunas hipótesis actualmente, que sostiene que
tal vez la forma de combatir la droga sea volver lícito su consumo. Nosotros no podemos cerrar esa posibilidad
porque ese es un consejo técnico, médico, psicológico. La ciencia va avanzando, la investigación
también. No digo que me adhiera a esos puntos
de vista, sino pongo en presencia de los Convencionales hechos que pueden hacer
que la política respectiva tenga que cambiar, aunque esto queda salvado en el
precepto, perfectamente salvado ¿por qué?
Porque dice: El Estado combatirá
la producción, el tráfico y el consumo ilícito de las sustancias
estupefacientes. Si la ley mañana, por
motivos técnicos, médicos, o lo que fuera, establece cierta licitud para ese
consumo o tráfico por razones de conveniencia social, queda salvado mediante
esta redacción muy adecuada del precepto.
Nada más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Evelio Fernández.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil.
CIUDADANO
CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL: Al sólo efecto de
sugerir al preopinante que también incorpore el párrafo de la Comisión de
Asuntos Generales que habla de los medicamentos y que estaba en la Sub-Comisión
N° 2 y que, al suprimirse el artículo
base de la Sub-comisión N°2, quedó eliminado.
Creo que es importante donde dice que el Estado deberá manejar el
control de la calidad, la comercialización y el uso de los productos
alimenticios, químicos, farmacéuticos, biológicos, así como el acceso a los
medicamentos considerados esenciales para los sectores de la población de
escasos recursos. Esta norma tiene que
estar y esta excepción del principio de libre comercio, porque entiendo que va
a ser muy importante para facilitar que el Estado pueda tener un control cierto
y el derecho del consumidor sea protegido.
Por otra parte, en el 64, que ya
aprobamos, cuando la obligatoriedad de las medidas sanitarias se refieren a las
personas y no hacen referencia a los medicamentos, entonces el inciso b), al quedar suprimido el Artículo 66, quedó
automáticamente eliminado y entiendo que debe ser incorporado y sugiero al
preopinante que lo incorpore como un segundo párrafo o un primer párrafo a su
moción. Muchas gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso
de la palabra el ciudadano Convencional
Rodrigo Campos Cervera.
CIUDADANO
CONVENCIONAL RODRIGO CAMPOS CERVERA: Mi criterio, señor
Presidente: Yo me adhiero a la filosofía
de la propuesta del preopinante, que los medicamentos y las sustancias
sicotrópicas son tan peligrosos como la marihuana o la cocaína, en su uso
indiscriminado y fuera, digamos, de la prescripción médica.
Sin embargo, señor Presidente,
aquí estamos tratando un aspecto que es diferente, estamos tratando el tema del
consumo de estos estupefacientes, el tráfico de los mismos y el lavado de
dinero, en tanto que el tema de los medicamentos, que a mi juicio tiene tanta
importancia como la señalada por el preopinante, están ya establecidos, sus
principios y su regulación, en dos leyes actualmente en el Código Sanitario y
en la Ley 1340, que reprime precisamente el tráfico de estupefacientes y drogas
peligrosas. Yo no tendría personalmente
ningún interés en dejar de incluirlo, pero creo que debilitaría la propuesta, a
la que queremos darle un significado y un realce especial, y estaría totalmente
de acuerdo si se pergeña una nueva disposición y que se refiera exclusivamente
al tema de los medicamentos, en cuanto a la calidad, control, que son también
aspectos sustantivos de la comercialización y la producción de los fármacos,
pero en éste tema concreto, señor Presidente , preferiría que la disposición
Constitucional quede tal cual como ha sido diseñada y se establezca otro
artículo, señor Presidente, si fuera necesario.
Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Campos Cervera.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Efraín Enríquez Gamón.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EFRAIN ENRIQUEZ GAMON: Al sólo efecto,
señor Presidente, de decir lo siguiente:
Que en principio no me opondría a la inclusión de este artículo dentro
del Capítulo de Salud, pero quiero recordar simplemente también que el año
pasado el Congreso sancionó una ley especial que tiene sus mecanismos, un
universo completo que hace al tratamiento de esta cuestión que nosotros ahora
queremos elevarlo a rango Constitucional.
Los juristas dirán si eso corresponde o no.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Gamón.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Eusebio Ramón Ayala.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EUSEBIO RAMON AYALA: Creo que la
intención de este artículo es buena, creo que nadie va a estar a favor del
consumo ilícito de las sustancias estupefacientes y las drogas peligrosas y el
lavado de dinero; pues, yo creo que no tiene la suficiente jerarquía
Constitucional, primero, porque el artículo no dice absolutamente nada y le
digo con respeto y con cariño al Dr. Campos Cervera - respeto su
intención-. Lo que yo digo es que a
través de este artículo no va ser materializada, porque dice que el Estado
combatirá la producción, el tráfico y el consumo ilícitos. Desde luego que el
Estado debe estar en contra de todo lo que sea ilícito. Es absolutamente cierto eso de que el Estado
tiene que estar en contra de todo lo que sea ilícito.
Luego este artículo se refiere a
la ley. Obviamente la ley, entonces, es
la que va a decir que drogas o qué estupefacientes y drogas peligrosas son
ilícitas y no ilícitas. Luego entonces
para qué ponemos a nivel Constitucional.
Yo podría decir tal vez como referencia a la ley, para que el legislador
tome como referencia un artículo Constitucional que por la importancia
exagerada de los artículos Constitucionales le obliga a legislar a través de
una ley en contra de esta sustancia y sobre todo el lavado de dinero, pues yo
creo que no se justifica, primero porque esa legislación ya existe y segundo,
el tema de lavado de dinero obedece al sistema financiero que no tiene que
estar acá, es impropio de una Constitución.
Obviamente el rechazo categórico que yo le hago a este artículo, no se
debe a que esté a favor del lavado de dinero, del narcotráfico, etc., sino que
estoy en contra de la inflación Constitucional.
Se pone cualquier cosa en la Constitución, absolutamente cualquier cosa.
Ya había dicho un jurista
colombiano que no convirtamos todas nuestras necesidades en derechos. Bueno no convirtamos entonces todos los
posibles temas coyunturales en Derecho Constitucional, o en disposiciones
constitucionales. Esto puede durar 5
años, 10 años, 15 años, pero de cualquier manera la intención es buena. Puede estar regulada en la ley, etc. Pero de cualquier manera, no dice nada este
artículo porque deja a cargo de la ley para que considere qué droga va a ser
ilícita y qué droga va ser lícita. Entonces, ¿cuál es la protección
Constitucional? Absolutamente nada;
queda a criterio legislativo y nada más.
Por eso yo mociono, -porque estoy en contra de la inflación
Constitucional, de disposiciones así carente de virtualidad jurídica diríamos-
propongo la supresión de este artículo.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muy bien. Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Miguel Abdón Saguier.
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: Señor
Presidente: Me preocupa porque hay una
serie de conceptos en esta propuesta, que no son muy precisos desde el punto de
vista del derecho constitucional, como por ejemplo, el lavado de dinero. Es más, una expresión de tipo periodístico,
una figura típicamente ya consagrada por
lo menos en el ámbito del Derecho Constitucional, es posible que en el
Derecho Penal, quizás ya exista alguna, de cualquier forma, me parece a mi que
algunos conceptos no tienen la naturaleza bien precisa como para incluirlos
dentro de la Constitución Nacional.
Además, si se llegare a aceptar que se incluya una disposición de esta
naturaleza habría que ver dónde se la incluye.
En la Constitución española,
está dentro de las disposiciones generales y me parece que está mejor
concebido, tiene aspectos más precisos.
De cualquier manera, señor Presidente, creo que este tema nos está
metiendo en una serie de aspectos, que más bien corresponderían a las
Disposiciones Ordinarias, el Código Penal, la ley de estupefacientes, cosas de
ese tipo. Por lo tanto, comparto el
criterio, y lo digo con respeto, de que no se incluya en la Constitución. Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Saguier.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Valentín Gamarra.
CIUDADANO
CONVENCIONAL VALENTIN GAMARRA: Señor
Presidente: Insisto en el tema de que
tenemos que brindar una pequeña diferencia al consumidor, porque tengo
experiencias en fronteras de que hay consumidores de 11 años de edad, de 10
años, de que no por eso vamos a meterlo a la cárcel a todos ellos, sino buscar
su recuperación. Y en el trabajo de la
Sub-Comisión de Asuntos Generales hay un segundo párrafo que dice así: "Instrumentará programas de educación preventiva y de rehabilitación
de los adictos con la participación de las organizaciones privadas".
Entonces sí, estaría de acuerdo en que se le dé precepto Constitucional a todo
este tema, donde nosotros podamos encontrar una solución a los adictos, porque
para mi los adictos son enfermos antes que delincuentes.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
señor Valentín Gamarra.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Carlos Avalos.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS AVALOS: Señor Presidente,
ciudadanos Convencionales: Yo quiero
llamar la atención aquí a los señores Convencionales en el sentido de que la
propuesta de este artículo ha sido de los compañeros integrantes de la Comisión
de Asuntos Generales y que aquí el Convencional Campos Cervera ha cercenado
esta propuesta del artículo con la propuesta de él, ya que ha eliminado el
segundo párrafo.
Por lo tanto, cariñosamente yo
me hago cargo de esta moción, señor Presidente, agregándole ahí donde dice
"reglamentará el uso medicinal y profesional", "la ley
reglamentará el uso medicinal y profesional de la misma". Agregándole eso, me hago cargo de esta
moción, señor Presidente, in extenso, agregándole la ley así como vino de la
Comisión de Asuntos Generales. Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Carlos Avalos.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Isidro Melgarejo Pereira.
CIUDADANO
CONVENCIONAL ISIDRO MELGAREJO PEREIRA: Gracias
Presidente: El objeto de mi alocución la
supresión de este artículo y voy a fundamentarlo desde el punto de vista de que
cuando dice "el Estado combatirá la producción", no está
estableciendo el mecanismo de la pena correspondiente a élla. Ya sabemos que existe una ley que reprime el
tráfico ilícito de estupefacientes y drogas sicotrópicas. Estamos retrocediendo en cuanto al concepto
Constitucional, ya que existen legislaciones muchas más amplias y permito citar
como ejemplo, el Artículo 243 del Código brasileño, de la Constitución
brasileña, que dice que "las fincas rurales de cualquier región del país
donde fueren localizados cultivos ilegales de plantas sicotrópicas, serán
inmediatamente expropiadas y específicamente destinadas al asentamiento de
colonos para el cultivo de productos alimenticios y medicinales, sin ninguna
clase de indemnización al propietario y sin perjuicio de otras sanciones previstas
en la ley". Estos son conceptos
donde realmente se tipifica la situación, y continua: "cualquier bien
económico aprehendido en esto será confiscado
y revertirá en beneficio de
instituciones" o sea la figura está mucho
más amplia con el Capítulo de las sanciones a legislar sobre ésto.
Por otra parte, como lo dijo el
Dr. Miguel Abdón Saguier, el lavado de dinero no es un delito tipificado en
nuestro Código Penal. Este es un
concepto nuevo que fue, vamos a decir, privilegiado, publicitado por los
Estados Unidos, por la consecuencia de combatir el tráfico de drogas y esto ha
sido una campaña internacional especialmente en América Latina. Nosotros en la práctica hemos demostrado que
nos adherimos a esta lucha contra este mal, pero no veo la necesidad de
incorporarlo desde un punto de vista Constitucional. Creo que las leyes que hemos dictado en su
consecuencia, el apoyo efectivo que estamos dando a la labor de los
funcionarios norteamericanos destacados en el país, es suficientemente
esclarecedor para dar testimonio de la posición que nuestro país asume contra
este flagelo, razón por la cual insisto en que se suprima este artículo.
INTERRUPCION...
CIUDADANO
CONVENCIONAL RUBEN MELGAREJO LANZONI: Presidente. Una moción de orden, que se cierre la lista
de oradores.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias, Dr. Melgarejo
Lanzoni.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Rafael Eladio Velázquez y finalmente el Dr. Rodrigo
Campos Cervera.
CIUDADANO CONVENCIONAL
RAFAEL ELADIO VELAZQUEZ: Señor Presidente: Acá tenemos dos
mociones, la del Dr. Campos Cervera y la que el Convencional Carlos Avalos hizo
suya, que coinciden en satisfacer una preocupación actual y que creo que será permanente no sólo en el
Paraguay, sino en todo el mundo civilizado; es un problema grande, creciente,
contra el cual la sociedades, aun las mejor montadas, se están encontrando en
gran medida impotentes, es un problema, entonces, de magnitud que no puede ser
soslayado, y no se admite, no es admisible, la supresión o el rechazo de este
proyecto.
Por otra parte, son tres
líneas. Acá está contabilizado en líneas
en la sesión anterior. No producen una
inflación incontenible dentro del proyecto constitucional. Hay artículos muchos más largos. Yo creo que es un artículo preceptivo en gran
medida. Cuando se dice que se ha omitido
la penalización, la penalización irá a la ley, pero cuando se dispone que el
Estado combatirá, se supone que el Estado combatirá a través de la legislación,
de modo que eso está previsto, creo que con lo de drogas peligrosas están
previstas todas las secuelas y posibilidades sin perjuicio de que el proyecto
hecho suyo por el Convencional Carlos Avalos pueda satisfacer mejor si es que
consideramos que precisamente cualquiera de los dos proyectos es satisfactorio.
No entendí bien, si el Dr.
Rodrigo Campos Cervera aceptaba. Bueno.
Entonces hay un sólo proyecto, que es el del Convencional Carlos
Avalos. Está todo allí comtemplado. Ahora quiero señalar algo más: Esta cuestión de lavado de dinero es una
expresión que está tomando carta de naturaleza en el vocabulario español
traducido posiblemente del inglés. Se
sabe qué significa lavado de dinero. No
es refregar con agua y jabón un billete de banco, es el ocultamiento del dinero
por los gansters, después de haberlo cosechado ilícitamente. En realidad no se refiere sólo al tráfico de
drogas, se refiere a todos estos actos que desde que Chicago, con motivos de la
Ley Seca, fue el centro de la acción ilícita hace más de 60 años, ha
constituido un problema no sólo para los Estados Unidos, sino para Europa y
para todos. Quiero señalar que si
nosotros omitiéramos esto nos encontraríamos
posiblemente con recursos de inconstitucionalidad que trabarían la aplicación
de las leyes, que se aplicarán, con esta finalidad, en el aspecto
semántico. Recuerden, señores, que Don
Quijote comía duelos y quebrantos, y si nosotros nos vamos hoy a un
restaurante, vamos a dejar asombrado al mozo si pedimos duelo y quebrantos, porque ni
nosotros recordamos en este momento lo que es.
El idioma evoluciona naturalmente.
"Lavado de dinero" hace
veinte o treinta años que era, pues, remojar el dinero con agua y jabón;
en este momento, "lavado de dinero" es una expresión que tiene un
contenido claro y tendríamos que recurrir a una serie de figuras retóricas y
construcciones de sintaxis, para poder encontrar otra fórmula, que sería mucho
más larga y difícil de precisar. Por eso
abogo por el mantenimiento de la expresión lavado de dinero, y es una cuestión
tan seria que me refiere acá el Convencional
Gamarra, que en ciudad del Este niños de 11 años se embriagan o se dopan
con cola de zapatero, con un artículo de consumo lícito y diríamos de circulación
general en el comercio. Es necesaria
toda una política y una legislación
coincidente para evitar esto. Ahora me
parece que es feliz el hecho de que se hayan unificado en una sola las dos
mociones, porque la recuperación del adicto también es una necesidad, y
daríamos un respaldo al Código Sanitario, a la ley aprobada el año
pasado y a la disposiciones que en lo sucesivo se dicten.
Por eso abogo por la aprobación in totum del texto que tememos a
consideración.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias, Dr. Velázquez.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Rodrigo Campos Cervera.
CIUDADANO
CONVENCIONAL RODRIGO CAMPOS CERVERA: Brevemente, señor Presidente. Solamente para satisfacer el interés de un
preopinante, que supone, que esta propuesta Constitucional no significa nada y
que podría, digamos, reservarse a la ley.
La exposición del Dr. Velázquez me exonera totalmente de debatir este
punto. Sin embargo quiero dar brevemente
lectura al Artículo 16 de la Comunidad Europea, integrada por doce naciones,
que creo que tiene un grupo de personas interesadas en todos aquellos aspectos
que hagan a la esencialidad de una norma jurídica, y dice este Artículo
16: Las partes contratantes se
comprometen de conformidad con sus respectivas legislaciones a coordinar e
intensificar sus esfuerzos para la
prevención y reducción de la producción, tráfico ilícito y consumo de drogas,
vale decir, señor Presidente, que en este estatuto de la Comunidad que tiene un
carácter supranacional y obligatorio son doce naciones de las más adelantadas
del mundo que han decidido no dejar reservada a la ley ordinaria, sino darle
jerarquía Constitucional a una disposición, repito, por su acción deletérea que
puede terminar con las bases éticas de la sociedad e incluso también con las bases
orgánicas de los consumidores; de
manera, señor Presidente, que no creo que pueda ser ninguna exageración darle
la jerarquía y destaque constitucional a un problema que, si no se adoptan las
medidas necesarias y convenientes, creo que podemos avizorar un porvenir
bastante luctuoso para nuestro país. Es
más, creo también que aquí se abren las puertas a estimular, a través de las
acciones populares, la vigencia de leyes que puedan contribuir a su protección,
si por parte del Estado no existe la suficiente celeridad y cuidado en proteger
estos atributos esenciales de la persona física y moral. Gracias, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias, Dr. Campos
Cervera. Se cierra la lista de oradores
con el Dr. Melgarejo Lanzoni.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Rubén Melgarejo Lanzoni.
CIUDADANO
CONVENCIONAL RUBEN MELGAREJO LANZONI: Gracias, señor Presidente: Yo quiero dar ya mi voto a la supresión del
proyecto que presenta el Dr. Campos Cervera por esta sencilla razón. Haciendo
un análisis evaluativo de todo lo que
hemos redactado, creo que la tendencia nuestra ha sido más bien
reglamentarista, y es un poco el momento de poner coto a esta cuestión y
establecer claramente desde el punto de vista metodológico qué es lo que nosotros queremos redactar como
norma o articulado constitucional o bien traer
todas las
circunstancias que no tienen que estar elevadas a rango constitucional. Este es un tema propio de la ley. Así ya lo
ha dictaminado la Sub-Comisión N° 2.
Por eso dentro de los artículos aprobados por la Sub-Comisión N° 2 no se encuentra ni se hace mención a este tema. Es por esa razón que apoyo la moción dada por el Dr. Eusebio
Ramón Ayala, y que se someta ya a votación, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Desde luego, ahora vamos ya a
votación. Señores: Está en consideración la inclusión de este
único artículo, puesto que se han
unificado las mociones de manera tal, que quienes estén de acuerdo por la
inclusión de este artículo tal cual ha
sido formulado por el Dr. Campos Cervera con el agregado de la propuesta del
Convencional Avalos, se servirán levantar la mano. Mayoría.
CIUDADANO SECRETARIO: Hay otro artículo, antes que se
retiren, que no voy a fundamentar, y pido que se vote directamente a favor o en
contra. Es sobre los medicamentos, y les
voy a leer. Ya estaba previsto en la Comisión de Asuntos Generales y en la
Comisión N° 2
involuntariamente se suprimió: El Estado velará por el control de la
calidad, la comercialización y el uso de los productos alimenticios, químicos,
farmacéuticos y biológicos, así como el acceso a los medicamentos considerados
esenciales para los sectores de la población de escasos recursos.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Quienes estén de acuerdo con este
artículo, se servirán levantar la mano.
Mayoría.
SE LEVANTA LA
SESION.
FECHA:24 de marzo de 1992
INICIO:09:15 horas
FINAL:14:55 horas
ASUNTOS ENTRADOS
-Propuestas sobre los derechos del
niño y la difusión de las leyes, sobre la minoridad, presentadas por la
ciudadana Convencional Myrian López.
-Propuesta sobre la planificación,
la salud reproductiva y la salud materno infantil presentada por la ciudadana
Convencional María Celsa Echagüe de Ayala.
-Propuestas acerca de artículos
sobre la salud nacional presentadas por ciudadano Convencional Rodríguez.
-Propuesta acerca de la seguridad
social presentada por el ciudadano Convencional René González.
RESOLUCIONES
ADOPTADAS
* Nuevo
horario de sesiones de la Comisión: De
08:30 a 15:00 horas.
- Art. 52.-La unión en matrimonio
del hombre y la mujer es uno de los componentes prioritarios en la formación de
la familia.
- Art. 53.-Los padres tienen el
derecho y la obligación de asistir, alimentar, educar y amparar a sus hijos
menores de edad.
Los hijos mayores de edad a su vez
están obligados a prestar asistencia a sus padres en caso de necesidad.
La ley reglamentará la ayuda que se
debe prestar a la familia de prole numerosa y a las mujeres cabeza de familia.
Todos los hijos son iguales ante la
ley y ésta posibilitará la investigación de la paternidad. Se prohíbe cualquier calificación sobre su
filiación.
Los padres serán penados por la ley
en caso de incumplimiento de los deberes de asistencia alimentaria.
- Art. 54.-La familia, la sociedad
y el Estado tienen la obligación de garantizar al niño su desarrollo armónico e
integral y el ejercicio pleno de sus derechos y protegerlos contra el abandono,
el abuso, el tráfico y la explotación.
Cualquier persona puede exigir de
la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores.
Los derechos del niño, en caso de
conflicto, tienen carácter prevaleciente.
- Art. 55.-Maternidad y
paternidad: La maternidad y la
paternidad responsables serán protegidos por el Estado, el que fomentará los
medios e instituciones necesarios para ese fin.
- Art. 56.-Juventud: El Estado promoverá las condiciones para la
participación libre y eficiente de la juventud en el desarrollo político,
social, económico y cultural.
- Art. 57.-Tercera Edad: Toda persona que se encuentre en la tercera
edad tiene derecho a la protección integral que le debe brindar su familia, la
sociedad y el Estado. Los poderes
públicos promoverán su bienestar mediante servicios sociales que atiendan los
problemas de alimentación, salud, vivienda, cultura y ocio.
- Art. 58.-Derecho de las personas
excepcionales: El Estado y la sociedad
garantizarán a las personas excepcionales la atención de la salud, la educación
y formación profesional para su plena integración social.
El Estado realizará una política de prevención, tratamiento,
rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, psíquicos y
sensoriales, a los que prestará la atención especializada que requieran.
- Art. 59.-El estado reconoce como
institución de interés social el bien de familia, cuyo régimen será determinado
por ley, el que estará constituido por la vivienda o fundo familiar, sus
muebles y elementos de trabajo que serán inembargables.
- Art. 60.-Protección contra la
violencia: El Estado promoverá políticas
que tengan por objeto evitar la violencia en la familia y otras causas
destructivas de la solidaridad familiar.
- Art. 61.-Planificación Familiar y
Salud Materno Infantil: El Estado
reconoce el derecho de las personas a decidir libre y responsablemente el
número y espaciamiento de sus hijos,
orientación científica y servicios adecuados. Se garantizan para la población de escasos
recursos planes especiales de salud materno infantil.
- Art. 62.-El Estado protege y
promueve la salud como derecho fundamental de la persona e interés de la
comunidad.
Nadie será privado de asistencia
pública para prevenir o tratar enfermedades, pestes o plagas ni de socorro en
las catástrofes y en los accidentes así como para la salud reproductiva.
Todos están obligados a someterse a
las medidas sanitarias que establezca la ley, dentro de los límites de respeto
a la dignidad humana.
- Art. 63.-Sistema Nacional de
Salud: El Estado promoverá un sistema
nacional de salud, que ejecute acciones sanitarias integradas, mediante
políticas que permitan la concentración, la coordinación, la complementación de
programas y recursos del sector público y privado.
- Art. 64.-Régimen de Asistencia
Social: El Estado instituirá un régimen
de asistencia social integral para toda la población del país. Sus beneficios alcanzarán preferentemente a aquellas
personas cuyo aporte económico a la sociedad sea nulo por razones no imputables
a su voluntad.
- Art. 65.-El Estado combatirá la
producción, el tráfico y el consumo ilícitos de las sustancias estupefacientes
y las drogas peligrosas así como el lavado de dinero proveniente de dicha
actividad. La ley reglamentará el uso
medicinal y profesional de las mismas, instrumentará programas de educación
preventiva y de rehabilitación de los adictos con la participación de las
organizaciones privadas.
- Art. 66.-El Estado velará por el
control de la calidad, la comercialización y el uso de los productos
alimenticios, químicos, farmacéuticos y biológicos; así como el acceso a los
medicamentos considerados esenciales para los sectores de la población de
escasos recursos.