CONVENCION
NACIONAL CONSTITUYENTE
C O M
I S I O N R E D A C T O R A
DIARIO
DE SESIONES
N° 16
23
DE MARZO DE 1992
LOCAL
SALA DE CONVENCIONES DEL
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY
INICIO: 9:15
HS.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Apreciando la existencia de quórum,
ruego a los señores miembros de la Comisión tomen sus sitios y, conforme a
nuestro Reglamento de inicio, vamos a ceder el uso de la palabra a la ciudadana
Secretaria, Dra. Antonia Irigoitia, y luego, otra Convencional también lo
solicitó.
Doctora Irigoitia por favor, yo
le suplicaría a usted se digne a dar sus inquietudes.
CIUDADANA CONVENCIONAL
ANTONIA IRIGOITIA: Muchas gracias, señor Presidente.
Presentación de Propuestas de
modificación de los artículos del Título I.
Derechos, deberes y garantías.
Capítulo III y IV del Proyecto de Constitución Nacional, versión provisoria.
Proponentes: Interbancadas de mujeres Convencionales
Constituyentes. Variantes: Están incluidas las Propuestas de los
Miembros de la Comisión Redactora, la ciudadana Convencional Dra. Susana
Morínigo y la de la Lic. Cristina Muñoz.
Y la de la ciudadana Convencional Dra. Antonia Irigoitia.
Observación: Se transcriben todos los artículos
modificados o reformulados. Se ha usado
la impresión en mayúscula para hacer notar el cambio, luego la fundamentación
en cada caso y las fuentes.
Presentación: Señor Presidente, ciudadanas y ciudadanos
Convencionales: Séanos permitido citar
los antecedentes legales que nos han servido de base para elaborar las
propuestas presentadas, las cuales las formulamos imbuidas de un espíritu de
estricta justicia y de legítima aspiración de las mujeres del país, que
somos el 50 %
de la población, así como el trabajo, sobre este tema, de un grupo importante
de mujeres que se han preocupado de manifestar sus inquietudes.
Uno: Declaración Universal de los derechos del
hombre y del ciudadano de 1.789, que en forma clara dice: Todos los hombres nacen y viven libres e
iguales.
Dos: Declaración Universal de los derechos humanos
de 1.948. Artículo 2°, inciso 1.
Tres: La Convención Internacional de eliminación de
todas las formas de discriminación contra la mujer, ratificada por el Gobierno
del Paraguay, por Ley N° 1.215, el 28 de noviembre de 1.986.
Cuatro: Conclusiones de los dos Seminarios por
nuestra igualdad ante la ley, organizados en 1.987 y 1.988 por la Coordinación
de Mujeres del Paraguay, la cual nuclea a 14 organizaciones no gubernamentales.
Cinco: Proyecto de modificación parcial del Código
Civil, presentado por la Coordinación de Mujeres del Paraguay al Congreso
Nacional el 5 de octubre de l.989 y nuevamente en l.991, cuya redacción estuvo
a cargo de una gran mujer y jurista, la Dra. Mercedes Sandoval de Hempel.
Seis: El mensaje a las Convencionales y los
Convencionales Constituyentes y las propuestas del Foro de la mujer para la
Constituyente, el cual se realizó en Asunción el 9 y el 10 de noviembre de
l.991.
Siete: Innumerables trabajo individuales de
investigadoras del país que se han ocupado sobre la problemática de la mujer.
Ocho: Las Constituciones de Latinoamérica y España.
Señor Presidente: Señoras y señores Miembros; Tenemos una trayectoria de lucha y de trabajo
serios y responsable sobre el tema mujer, sobre la anhelada igualdad jurídica y
real que avalan nuestras propuestas, sin desmeritar las puestas a consideración
de esta Comisión por la Sub-Comisión N° 2.
Hemos investigado lo suficiente para poner a vuestra consideración el
análisis y la aprobación, en todo caso, de estas reformulaciones e
innovaciones. Apelamos a vuestro sentido de justicia y vocación democrática,
pues, si no hay democracia a través de la igualdad en la familia, no habrá una
democracia plena en la sociedad.
Del derecho fundamental a la
vida se desprenden en prioridad otros derechos fundamentales, como el derecho a
la libertad, a la igualdad, a la justicia, a la educación, por no citar sino
estos que cojean cuando de la mujer se trata.
No es posible que en las puertas
del siglo XXI, las mujeres paraguayas y las que viven aquí, tengamos que seguir
soportando la indignidad que da el trato desigualitario ante la ley. Nosotras consideramos que es atentatorio de
los derechos humanos. Hemos dado
muestras de unidad por encima de nuestras diferencias ideológicas.
Finalmente, como toda la
ciudadanía espera de nosotros una buena Constitución, y es nuestro deber llenar
esta expectativa, hagamos que ella tenga coherencia, que sea accesible a todos,
que se destaque por su rigor científico, y que técnicamente no dé lugar a
ambigüedades y dudas. En consecuencia,
solicitamos hoy y ahora a todos ustedes, que, al redactar el preámbulo de esta
Constitución, sea mencionada la mujer al igual que el hombre, tal como la
mencionan algunos proyectos de Constitución presentados a esta Convención, y
como lo hacen varias Constituciones Latinoamericanas. Nada más, señor Presidente. Muchas gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION : Muchas gracias, Dra.
Irigoitia. Le quiero formular una
pregunta: Aquí en la mesa llegó eso que usted dice propuesta de artículos y
resaltado en mayúscula, algunas diferencias, ¿verdad? Pero el texto de fundamentación no está
distribuido ¿verdad?
CIUDADANA
CONVENCIONAL ANTONIA IRIGOITIA: Sí, está todo distribuido, hay tantas papelerías que
posiblemente no está en el orden debido.
Discúlpennos, pero hubo problema con la presilladora por eso es que se
retrasó el trabajo.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias, Dra.
Tiene el uso de la palabra otra
Convencional. La señora Teresa Sosa,
quien ahora ocupa la tribuna. Por favor
Dra. Sosa. Adelante.
CIUDADANA
CONVENCIONAL TERESA SOSA: Muchas gracias, señor Presidente: Bueno, a continuación
de la Dra. Irigoitia, la Interbancada de mujeres quiere hacer una especial
proposición de modificación del Artículo 50, del Capítulo de la Igualdad.
Realmente veo que hay bastante
confusión con el tema acá de los papeles, pero el día viernes 20 ya nosotros la
habíamos presentado, acompañado de una nota, firmada por las Convencionales de
Interbancadas, donde hacemos una propuesta de modificación de todos los
artículos del Capítulo referente a la Igualdad: 48, 49, 50 y 51. Pero yo me voy a referir exclusivamente al
Artículo 50, porque consideramos que es el de mayor relevancia.
Se propone reformular el
Artículo 50, a fin de consagrar en el primer párrafo la igualdad de derechos y
obligaciones del hombre y la mujer. Y en
el segundo párrafo, poner a cargo de los poderes públicos la obligación de
promover la igualdad real y efectiva del hombre y de la mujer.
En la versión provisoria del
proyecto, en el Artículo 50, se refiere a que se garantiza la igualdad legal y
real de hombres y mujeres. Nosotros
proponemos sustituir la expresión:
"Se garantiza la igualdad legal de hombres y mujeres", por un
reconocimiento expreso y explícito, de que el hombre y la mujer tienen iguales
derechos y obligaciones. Consideramos
que ello es sumamente necesario, porque el principio de la igualdad ante la ley
nunca ha sido interpretado como reconociendo iguales derechos a hombres y
mujeres. Por el contrario, se ha
interpretado que la negación de derechos a las mujeres, que sí se
reconocen a los hombres, no constituía
una discriminación arbitraria, sino fundada en razones atendibles. Y ponemos como ejemplo: La negación de algunos
derechos civiles a la mujer casada en función a los fines del matrimonio y la
unidad de la familia.
Segundo: Se propone sustituir la expresión,
perdón. Segundo, el párrafo segundo de
nuestra Propuesta es mucho más amplio y comprensivo que el de la versión provisoria. Lo decimos con todo respeto. Se refiere a la igualdad efectiva y real del
hombre y de la mujer, para lo cual queda a cargo de los poderes públicos, y no
solamente de la ley, remover los obstáculos que impiden la participación de la
mujer.
Yo quisiera, para terminar y no ser más extensa, porque la
Dra. Irigoitia creo también ya fundamentó el tema mujer, quisiera leer el
Artículo 50. Ustedes tienen en esa nota
que les menciono. El hombre y la mujer
tienen iguales derechos, civiles, políticos, económicos, sociales, culturales o
de cualquier otra índole, y deben cumplir iguales obligaciones. Corresponde a los poderes públicos promover
las condiciones y crear los mecanismos para que la igualdad sea real y
efectiva, remover los obstáculos que la impidan o la dificulten y facilitar la
participación de la mujer en todos los ámbitos de la vida nacional. Y, como último punto, lo que nosotros
queremos es de que en este Capítulo de la Igualdad, lo que se tenga en cuenta
es justamente, a la mujer en sí misma, y no proteger a la maternidad, como en
algunos, creo que en el Artículo 48 se refiere a la protección de la
maternidad, sino es a la mujer en sí, y justamente remover aquellos obstáculos
que la discriminen. Muchas gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Gracias señora Sosa. Bien. Dando inicio entonces a nuestras
deliberaciones del día de la fecha, por Secretaría, vamos a proceder a dar
lectura a los artículos aprobados en la última sesión.
CIUDADANO
SECRETARIO: El derecho al tránsito y la
residencia. Todo paraguayo tiene derecho
a residir en su patria. Los habitantes
pueden transitar libremente por el territorio nacional, cambiar de domicilio o
residencia, ausentarse de la República o volver a ella, y de acuerdo con la ley,
traer sus bienes al país o sacarlos de él.
Las migraciones serán reguladas legalmente con observancia de estos
derechos. La ley regulará el ingreso de
los extranjeros, sin radicación definitiva en el país, teniendo en cuenta las
Convenciones Internacionales sobre la materia.
Los extranjeros con residencia permanente en el país, no serán obligados
a abandonarlo, sino en virtud de sentencia judicial.
La libertad de asociación. Toda persona tiene derecho de asociarse con
fines lícitos, así como correlativamente nadie está obligado a pertenecer a
determinada Asociación o Colegiación gremial, sean éstos de derecho público o
privado. Se prohíbe las asociaciones
secretas, las de carácter paramilitar y parapolicial.
El derecho de asilo. El Paraguay reconoce el derecho de asilo
territorial y diplomático a toda persona perseguida por motivos políticos o por sus delitos comunes
conexos, por sus opiniones o por sus creencias.
Las autoridades deberán otorgar en forma inmediata la documentación
personal y el pertinente salvoconducto.
Ningún asilado político será trasladado compulsivamente al país de cuyas
autoridades fuera objeto de persecución.
La no taxatividad de derechos y
garantías de enunciación de los derechos y garantías contenidas en esta Constitución,
no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la
personalidad humana, no figuren expresamente en ellas. La falta de ley reglamentaria no podrá ser
invocada para negar ni para menoscabar algún derecho o garantía.
Derechos tributarios. Nadie está obligado al pago de tributos, ni a
la prestación de servicios personales que no hayan sido expresas y previamente
establecidos por la ley. No se exigirán
fianzas excesivas, ni se impondrán multas desmedidas.
Las garantías para la defensa de
la libertad y demás derechos fundamentales.
Para ser efectivos los derechos establecidos en esta Constitución, se
establecen las siguientes garantías, las que serán reglamentadas por ley. Acción de inconstitucionalidad que decide
suspenderse para el tratamiento oportuno.
b) Hábeas Corpus. Preventivo.
En virtud del cual toda persona en trance inminente de ser privado
ilegalmente de su libertad u otra persona a su nombre, puede recabar de cualquier
juez de la circunscripción judicial respectiva, el examen de la legitimidad de
la circunstancia que a criterio del afectado, amenacen su libertad, así como
una orden de cesación de dichas restricciones.
Reparador. En virtud del cual toda persona que se halle
ilegalmente privada de su libertad u otra a su nombre, puede recabar de
cualquier magistrado judicial de la circunscripción correspondiente, la
rectificación de la circunstancia. El
magistrado ordenará la comparecencia del detenido, con un informe del agente
público o privado que lo apresó, dentro de las 24 horas de radicada la
petición. Si así no lo hiciera el
requerido, el juez se constituirá en el lugar en el que se halla recluida la
persona, e in-situ, hará juicio de mérito, y dispondrá lo mismo que si se
hubiere cumplido con la presentación del detenido y radicado el informe.
Su inmediata libertad. De no existir motivos legales que autoricen
la privación de su libertad, o si mediare orden escrita de autoridad judicial,
remitirá los antecedentes a quien dispuso la detención.
Genérico. En virtud del cual, se podrá demandar
rectificaciones de circunstancia que: No
estando contempladas en los dos casos anteriores, restrinja la libertad, o
amenacen la seguridad personal, asimismo podrán interponerse en casos de
violencia física, psíquica o moral, que agraven las condiciones de persona, que
están legalmente privada de su libertad.
c) Amparo. Toda persona que por un acto u omisión
manifiestamente ilegítimo de una autoridad, o de un particular, se considere
lesionada gravemente o en peligro inminente de serlo, en derechos o garantías
consagrados en esta Constitución, con la ley, y que por la urgencia del caso no
pudiera remediarse, puede recurrir ante el magistrado competente a promover
amparo. El procedimiento será breve,
sumario gratuito, y de acción popular para los casos previstos en la ley. El magistrado tendrá facultad para
salvaguardar el derecho o garantía, o para restablecer inmediatamente la
situación jurídica infringida. Si se
tratara de una cuestión electoral, o relativo a organizaciones políticas, la
competencia le corresponderá a la justicia electoral. El derecho de amparo, no podrá invocarse para
perturbar la tramitación de causas judiciales, ni el proceso de formación,
sanción y promulgación de las leyes. La
ley reglamentará el procedimiento.
c) Hábeas data. Toda persona tiene derecho a acceder a la
información que sobre sí misma, o sobre sus bienes obren en registros privados
de carácter público, así como a conocer el empleo que se haga de los mismos, y
su finalidad. Podrá demandar ante el
magistrado competente, la actualización, la rectificación o la destrucción de
los mismos, si fueran erróneos o afectaran ilegítimamente a sus derechos.
La responsabilidad de las
autoridades y de los magistrados. En las
decisiones que dicte el magistrado judicial, en los casos descritos o en el
artículo anterior, deberá también pronunciarse sobre la responsabilidades en
que hubieran incurrido las autoridades, por obra del proceder ilegítimo. Y de mediar circunstancia que prima-facie,
evidencie la perpetración de delito, ordenará la detención o suspensión de los
responsables, así como toda medida cautelar que sea procedente para la mayor
efectividad de dichas responsabilidades.
Asimismo, si tuviera competencia, instruirá el sumario pertinente, y
dará intervención al Ministerio Público, si no la tuviere pasará los
antecedentes al magistrado competente, para su prosecución.
Nuevo Artículo: Ningún magistrado judicial que tenga
competencia, podrá negarse a entender en estas acciones o recursos, si lo
hiciere injustificadamente, será enjuiciado y en su caso, removido.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Queda a consideración de los
señores miembros. No hay alguna
objeción. No aprecio ninguna en la sala,
entonces señores, voy a dar brevemente algunas informaciones.
En primer término quiero
señalar, que por renuncia de nuestro distinguido compañero, el Dr. Julio César
Vasconsellos. La Presidencia ha
propuesto, o ha producido la designación ad-referéndum de la próxima plenaria, del
Dr. Diógenes Martínez, quien se incorpora desde el día de la fecha, a las
labores de esta Comisión.
En segundo lugar, y ante de
entrar en la consideración específica de los artículos que vienen a
continuación, voy a pedirle al señor Secretario, dé lectura por Secretaría de
una inquietud del Convencional Dr. Rodrigo Campos Cervera, donde al margen de
todo, da una muy interesante estadística de las intervenciones de los señores
miembros de esta Comisión Redactora. De
manera que se pueda ir esclareciendo el tema.
Adelante señor Secretario.
CIUDADANO
SECRETARIO: Señor Presidente de la Comisión
Redactora; ciudadano Convencional Dr.
Oscar Paciello. Presente. Asunción 23 de marzo de l.992.
De mi mayor consideración:
En la última sesión de la Comisión
Redactora se propuso una moción de orden, según la cual quien fundamenta una
propuesta, úsase de la palabra una sola vez.
Esta moción independientemente de no figurar entre las admitidas
taxativamente en Artículo 80 del Reglamento Interno, lo cual lo hace
antijurídica, tiene un cejo poco democrático, al pretender coartar la palabra,
justamente al Convencional que presente, fundamente una propuesta
Constitucional.
Si seguimos el alcance de dicha
rara moción de orden, nos encontraremos que el autor de una propuesta
preceptiva, debe fundamentar una sola vez, y callar para siempre antes los
adversos a su tesis, algunos de los cuales podría quizás fundar sus réplicas
bajo la incitación de la inconsciencia frustrada; del inconsciente, frustración
provocada por la sustitución de las propuestas primigenias y no por
cuestionamientos válidos y racionales.
Es obvio, que si así se procediera se corrompería el principio de la
igualdad y de la réplica legítima, frente a otros que sustenten en contra
argumentos válidos o no , si bien el número de las intervenciones y la duración
de las mismas no denota fatalmente que por ellos sus protagonistas turben la
agilización de los debates, sería quizás conveniente que los Convencionales nos
auto-regulemos en la cadencia y extensión de las intervenciones a fin de facilitar el cumplimiento de la
tarea asumida dentro del plazo establecido.
Para que la autocrítica, si mi sugerencia no cae en saco roto puede
responder a un parámetro o base cierto, me permito acercar en hoja anexa, la
estadística, salvo error u omisión de la
cantidad de intervenciones y números de líneas de cada una de los integrantes
de la Comisión Redactora, correspondiente a los 13 diarios de sesiones
recibidos hasta hora a fin de que saquemos conclusiones razonables, sin ver la
viga en el ojo ajeno, lo que a veces descubre molestias subjetivas antes que
realidades objetivas, aprovecho para saludar a Ud a y los demás ciudadanos
Convencionales con todo aprecio: Rodrigo
Campos Cervera.
Asunción, 23 de marzo del 92:
Número de líneas, Nombre del Ciudadano Convencional, Números de intervenciones
del ciudadano Convencional: Primero 74
Vasconsellos, segundo....
CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO
CAMACHO: Presidente, yo no sé si corresponde dar
lectura, se fotocopia y se entrega a todos los Convencionales, el motivo de la
nota ya se leyó, verdad, que es lo importante, a no ser de que ...
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bueno, muy bien Dr. Camacho. Así se hará, abreviando el
asunto y en relación con este punto quiere hablar el Prof. Luis Alfonso
Resck?. Para después, bien, entonces
vamos a comenzar. Con relación al punto
Dr. Acevedo?. Bueno, muy bien Dr.
Euclides Acevedo.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Euclides Acevedo.
CIUDADANO CONVENCIONAL
EUCLIDES ACEVEDO: Sí, sobre este punto compañero
Presidente: El Dr. Melgarejo Pereira
suele llamarnos la atención con bastante frecuencia, y es un hombre que ha
demostrado aquí entre nosotros una gran capacidad y ha despertado la admiración
de muchos de nosotros, nos llama permanentemente la atención sobre los pocos
días que nos resta, creo que ese es un hecho que tenemos que tener en cuenta,
pero por otra parte, hay algunos compañeros que justamente aprovechan eso como
una coartada, digo yo, con riesgo a equivocarme, ojalá me equivoque, para
impedir el debate, la confrontación del pensamiento, en ese sentido creo que la
observación que hace el compañero Campos Cervera, es oportuna e importante, es
cierto, tenemos el apuro, estamos como acomplejados por el problema del tiempo,
pero nos estamos olvidando de que estamos trabajando por una Constitución, que
si bien es cierto hay conspiraciones agazapadas en contra de ella o de la
fortuna de esta Constitución, aún así, creo que tenemos que darnos el tiempo
necesario. Nde reikuaa hína Presidente,
apúrope, ni mbaipy nda hatái, por no ja'e otra cosa. De modo que yo querría que los compañeros en
todo caso, cuando escuchemos formulaciones sensatas y cultas los ignorantes,
por lo menos, le regalemos con nuestro obsequioso silencio. Nada más Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Acevedo. Bien, entonces señores
vamos a iniciar nuestras deliberaciones con el Capítulo III, del Anteproyecto
que estamos tratando, que hace referencia a la igualdad, cuyo Artículo 48 va a
dar lectura el señor Secretario.
CIUDADANO SECRETARIO: Artículo 48: Todos los Habitantes de la República, en virtud de su
nacimiento son iguales en dignidad y derechos, no hay en ellas fueros
personales ni títulos de noblezas. No se
admiten prerrogativas ni discriminaciones por razones de sangre, de fortuna, de
sexo, de raza, de estado civil, de filiación, de afiliación, de cultura, de
educación, de profesión u oficio, de creencias o de opiniones. El Estado removerá los obstáculos, e impedirá
la consolidación de factores que las mantengan o las propicien. Las protecciones, estímulos, exoneraciones y
provisiones especiales que se prescriben en esta Constitución para la niñez, la
juventud, la ancianidad, la maternidad, los indígenas y los discapacitados, así
como las demás que las leyes reglamenten considerando las desventajas
determinadas por la pobreza, el desempleo, la enfermedad, la ignorancia, o las
calamidades, no serán entendidos como factores discriminatorios sino como
igualitarios.
Hay mociones presentadas, está
la del Ing. Romero Pereira, está la del Dr. Celso Castillo y otros. Vamos a dar lectura.
Artículo 48: Propuesta de la Dra. Irigoitia: Igualdad ante la ley: Todas las personas son iguales ante la ley y
tienen derecho a igual protección sin discriminación, por razón de raza,
nacimiento, nacionalidad, etnia, religión, sexo, idioma, opinión o
circunstancia, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
La propuesta de las Convencionales
Constituyentes: Que la presenta la
Convencional Cristina Muñoz: Sobre la
igualdad del hombre y la mujer: Retiró,
retiró Cristina porque va a pasar la 50.
INTERRUPCION.
Propuesta Luis Alfonso
Resck: Todos los seres humanos en virtud
de su nacimiento son iguales en dignidad y en derechos, no hay en ellos fueros
personales ni títulos nobiliarios, no se admitirán prerrogativas ni
discriminaciones por razones de sangre, de fortuna, de sexo, de raza, de estado
civil, de filiación y afiliación, de cultura de educación, de profesión u
oficio, de creencias o de opiniones. El
Estado removerá a los obstáculos e impedirá la consolidación de factores que
las mantengan o propicien. Las
Protecciones, estímulos, exoneración, y provisiones especiales que se prescriben en esta Constitución para la
niñez, la juventud, la ancianidad, la maternidad, los indígenas y los
discapacitados así como los demás que las leyes reglamenten considerando las
desventajas determinadas por la pobreza, el desempleo, la enfermedad, la
ignorancia o las calamidades no serán entendidos como factores
discriminatorios, sino como igualitarios.
La propuesta del Ing. Carlos
Romero Pereira: La igualdad: Todo los habitantes de la República en virtud
de su nacimiento son iguales, en dignidad y derecho, no hay en ella fueros
personales, ni títulos de nobleza.
Propuesta de la Dra. Susana
Morínigo: Retira su propuesta porque
casi todas son coincidentes.
Propuesta Celso Castillo y
otros: todos los habitantes de la república
son iguales en dignidad, y derechos, no hay en ellas fueros personales ni
títulos de noblezas, no se admiten prerrogativas ni discriminaciones por
razones de sangre, de fortuna, de sexo, de raza, de estado civil, de filiación,
de afiliación, de cultura, de educación, de profesión u oficio, de creencias o
de opiniones ni por discapacidad, ancianidad, infancia o maternidad. El estado removerá los obstáculos e impedirá
la consolidación de factores que las mantengan o la propicien, las protecciones
que se prescriben en esta Constitución y las leyes frente a las desigualdades
injustas no serán consideradas como factores discriminatorios, sino como
igualitarios.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CELSO CASTILLO: Permiso, una
aclaración: Señor Presidente: Una sustitución: discriminaciones por razones, étnicas se
suprime sangre, de fortuna, de sexo, de lengua, en vez de raza: lengua.
Según la indicación de nuestra Comisión de Estilo.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bueno
oportunamente al fundar va a dar las explicaciones, estamos leyendo simplemente
las propuestas ahora, bueno.
INTERRUPCION.
Bien señores entonces tenemos
las siguientes propuestas: Uno, la de la
Sub-Comisión N°1; dos de la Convencional Antonia Irigoitia que algún
Convencional tendría que hacerse cargo de ella, que esté en la Comisión
Redactora; la del Prof. Luis Alfonso Resck; la de Celso Castillo; y la del Ing.
Romero Pereira; son cinco propuestas, en relación con éstas, ya tengo una larga
lista.
Tiene el uso de la palabra el
Lic. Luis Alfonso Resck.
INTERRUPCION.
CIUDADANO
CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL: Una moción de
orden señor Presidente: Sinceramente
creo que estamos muy racionales, por favor, mociono concretamente que vean de
retirar propuestas, no hay cuestiones de fondo, es decir disidencia con el
Proyecto Base, vamos a ganar tiempo, un fracaso histórico vamos a tener, si
seguimos así, presentando matices de redacción, palabras más o palabras menos,
y después hay una comisión específica que va a tratar el tema en particular,
así que llamo a la sensatez y que se dé un fundamento únicamente a los
mocionantes para ver en qué se diferencia con el Proyecto Base y después
votemos.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene la palabra el ciudadano
Convencional Luis Alfonso Resck.
CIUDADANO
CONVENCIONAL LUIS ALFONSO RESCK: Gracias ciudadano Presidente: La única modificación que había introducido,
era simplemente formal, teniendo en cuenta que pareciera no caber el concepto
de habitante y habíamos reemplazado por ser humano. Por lo tanto, retiro mi ponencia y me
ratifico en la ponencia de la Sub-Comisión, porque es simplemente una
transcripción. Aquí es una cuestión de
palabra atendiendo a la observación que me pareció muy oportuna del Dr. Cano,
pero solamente quiero fundamentar lo siguiente, nosotros acá, siguiendo lo que
yo diría una conducta coherente, proclamamos que los habitantes, en virtud de
su nacimiento, son iguales en dignidades y en derechos, porque consideramos
que, la ley no es sino la expresión del derecho y no el derecho de la ley, los
derechos rebazan los límites de las leyes conforme habíamos, justamente,
consagrado el día viernes, en un artículo especial, y por otra parte en lo que
se refiere al segundo párrafo, no basta la mera y formal enunciación de derechos,
sino que es fundamental, consideró la Sub-Comisión, consagrar mecanismos que
posibiliten la observancia en la realidad de estos derechos. De ahí
precisamente el párrafo siguiente.
Muchas gracias, señor Presidente y señores Convencionales.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Resck.
Tiene el uso de la palabra la
ciudadana Convencional Cristina Muñoz.
CIUDADANA
CONVENCIONAL CRISTINA MUÑOZ: Señor
Presidente: Yo quisiera llamar la
atención nada más, que en este artículo, hay dos cosas fundamentales que hay
que tener en cuenta. La igualdad ante
la ley y la igualdad de oportunidades.
Basándonos en estos dos conceptos, es que debemos elaborar el artículo. En ese sentido, yo apoyo la moción de la Dra.
Antonia Irigoitia. Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muy bien.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Carlos Romero Pereira.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ROMERO PEREIRA: Señor
Presidente: Solamente para introducir en
primer lugar, una pequeña modificación en mi proyecto y en donde dice: en virtud de su nacimiento eliminar. Entonces quedaría así: Todos los habitantes de la República son
iguales en igualdad y derecho, no hay en ella fueros personales y títulos de
nobleza. Yo entiendo que esta redacción
incluye todo lo que viene después; por
lo tanto, me parece totalmente innecesario agregar nada más. Gracias, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Gracias, Ing. Romero Pereira.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano
Convencional Miguel Abdón Saguier.
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: Señor Presidente: Voy a tomar como base de mi exposición el
Anteproyecto que estamos considerando y el Artículo 48, que dio lectura el
Secretario. Yo no sé si estoy tan
despistado, pero cuando tratamos de la igualdad en esta parte estamos hablando
de la igualdad civil, es decir de la igualdad ante la ley, y aquí el Proyecto
Base nos habla de que todos los habitantes de la República, en virtud de su
nacimiento son iguales en dignidad y
derecho. Es cierto, somos iguales en
dignidad, pero no somos iguales en derecho.
Igualdad ante la ley es bien sabido no significa igualitarismo, igualdad
ante la ley significa que, ante la desigualdad real que presentan los seres humanos,
lo que quiere el derecho, lo que quiere la ley, es que esas diferencias no
tengan un carácter de dominación, no tengan un carácter de dependencia. Entonces, a mi juicio, aquí hay una serie de
conceptos que están bastante confusos.
Por eso es que, en primer lugar,
no somos iguales en virtud de nuestro nacimiento desde el punto de vista
exclusivamente normativo. Precisamente
en virtud de nuestro nacimiento somos desiguales, y la ley lo que viene a hacer
es establecer una relación justa frente a esa diferencia. Por eso la fórmula corriente y generalizada
en todas las Constituciones es que todos los habitantes son iguales ante la ley
y acá no se hace diferencia ni discriminación entre nacionales o no nacionales. Esta igualdad le pertenece o le corresponde
al hombre como miembro de la sociedad, y estamos hablando de eso y después
seguidamente viene la igualdad política.
Ahí sí todos los paraguayos somos iguales, pero es falso que todos
tengamos los mismos derechos. No tenemos
los mismos derechos y cometeríamos una grave injusticia si tratamos a los
desiguales de una manera igual. Lo que la ley no quiere es que se hagan
diferencias arbitrarias, injustas, hostiles o persecutorias.
Aquí se ha concebido de una
manera bastante equívoca el sentido de la igualdad civil, señor
Presidente. En nuestra Constitución de
1870, en la de 1940 y en la de 1967 y en muchas otras Constituciones, se sigue
la fórmula de que todos son iguales, o sea todos los habitantes son iguales
ante la ley, es la ley la que nos coloca en una situación tal que impide que
esas diferencias sean motivo de injusticia en contra del que es más débil o es
diferente. ¿Cómo vamos a decir que
tenemos los mismos derechos que los niños o que los ancianos, cómo vamos a
darle el mismo trato? Entonces,
entiendo, señor Presidente, vuelvo a repetir que está mal formulada esta.... Algunos tratadistas consideran que lo más
correcto sería hablar de igualdad jurídica, pero entiendo yo, que esta fórmula
tradicional clásica no se presta a ningún tipo de confusión. Entonces, yo llamo a la consideración de este
artículo, en ese sentido, señor Presidente, y colocarnos en la línea de los
conceptos correctos. Algunos tratadistas
entienden que esta igualdad significa igualdad ante el Estado, y la igualdad ante
el Estado implica la igualdad ante la ley, ante la administración publica, ante
la jurisdicción, etcétera, etcétera.
Pero no cometamos el error de decir que en virtud de nuestro nacimiento, somos iguales en dignidad y derecho, somos
iguales en dignidad en el sentido de que todos somos seres humanos, pero no
todos tenemos los mismos derechos.
Además en este artículo se repite una serie de conceptos que a mí por
ejemplo me parece que están bastante mezclados.
En ese sentido yo propondría un artículo sencillo que diga lo
siguiente: "Todos los habitantes de
la República son iguales ante la ley y no hay personas, ni grupos
privilegiados. La ley ni autoridad
alguna podrán establecer diferencias arbitrarias". En este artículo están incluidos tres
conceptos fundamentales:
En primer lugar, la igualdad, en
segundo lugar, que no existen personas ni grupos privilegiados y, en tercer
lugar, que la ley no debe establecer diferencias arbitrarias, porque la ley
establece diferencias. Lo que la ley no
tiene que hacer es una discriminación arbitraria, es decir, cuando nosotros
hablamos de igualdad ante la ley, estamos hablando de que el legislador no nos
tiene que tratar de una manera arbitrariamente diferenciada. Cuando estamos hablando de igualdad ante la
ley, estamos diciendo que esa ley se tiene que aplicar de la misma manera, en
la misma situación y condiciones y circunstancias. Cuando estamos hablando de la igualdad ante
la ley, estamos hablando de igualdad civil, no de la igualdad política, de la
igualdad ... en fin. Entonces, señor
Presidente, creo y entiendo que lamentablemente este artículo en toda su
extensión ha sido concebido erróneamente, por lo que reitero mi moción concreta
en el sentido de que se reformule este artículo orientado a establecer claramente
el concepto de lo que significa la igualdad ante la ley. Terminé, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Gracias Dr. Saguier. Apenas quiero resaltar que cuanto él
manifiesta está contenido en el artículo que sigue, la igualdad ante la ley y
demás situaciones, pero, en fin, cada quien es libre de fundar como le plazca.
Tiene la palabra el ciudadano
Convencional José Nicolás Morínigo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL JOSE NICOLAS MORINIGO: Señor Presidente: Uno de los problemas que estamos teniendo
quizás en el proceso de comunicación, es que generalmente estamos muy atados a
la discusión de los artículos y tengo la impresión de que eso genera una suerte
de tecnicismo que hace que mucha gente no comprenda lo que realmente se está discutiendo. Y quiero referirme específicamente en este
caso al concepto de igualdad y por qué el concepto de igualdad como un problema
fundamental de carácter constitucional. Cuando hablamos de igualdad, y antes el
preopinante había señalado la necesidad de hacer referencia a la igualdad
civil, a la igualdad ante la ley, pero, nosotros, creo que vamos más allá de la
propuesta que estamos señalando, en el sentido de buscar igualdad de
oportunidades que hace referencia a la búsqueda de una sociedad donde las posibilidades
que generalmente tiene como factor fundamental al Estado, éste genere tales
condiciones que aseguren una igualdad de participación a los ciudadanos. Por consiguiente, creo que estamos hablando
del principio jurídico de igualdad ante la ley, como principio y al mismo
tiempo como igualdad deseada para consolidar una sociedad solidaria.
Por tanto, creo que hay que
hacer una distinción que no aparece en la propuesta de la Comisión. En la misma
aparece la igualdad ante la ley y al mismo tiempo la igualdad de
oportunidades. Creo que se hace
necesario hacer esa distinción y, por consiguiente, plantear en un artículo la
igualdad ante la ley tal cual como fue propuesto ya aquí por una de las
Convencionales y apoyada por el Convencional Camacho. Desde esa perspectiva, creo que esa
distinción es fundamental para seguir trabajando posteriormente en otro
artículo, el de la igualdad de oportunidades.
Gracias, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias, Dr. Morinigo.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Valentín Gamarra.
CIUDADANO
CONVENCIONAL VALENTIN GAMARRA: Señor Presidente, ciudadanos
Convencionales: Yo también quisiera
clarificar algunos conceptos, de todo este grupo de trabajo que se ha arrimado
aquí a la mesa y algunas preopinantes manifiestan que hay diferencia conceptual
en primer lugar entre habitantes y personas.
Aquí los proyectos dicen:
Primero, todos los habitantes en virtud de su nacimiento son iguales
ante la ley. Otros sostienen que todas
las personas son iguales ante la ley. Y
otros, que el hombre y la mujer tienen igualdad de derechos civiles.
En fin, el Dr. Saguier une
habitantes y personas; de ahí que yo quisiera que los preopinantes clarifiquen
el concepto de habitantes y personas.
Creo que la Dra. Teresa Sosa tiene un concepto diferente de lo que es
habitante y persona.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias, señor Gamarra.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Euclides Acevedo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EUCLIDES ACEVEDO: Gracias, Presidente. Me dejó un poco confundido la intervención
del Dr. Morínigo, cuando dijo que en el artículo de la Sub-Comisión N° 1 se mezclan los tantos, en el
sentido de que está la igualdad jurídica y la igualdad de oportunidades, yo
honradamente creo que se hace esa distinción que el pide, porque en el
siguiente artículo, en el 49 y aquí se puede aplicar lo del texto sin el
contexto es un pretexto. Creo que
debería leerse el Artículo 48 y el Artículo 49 y en todo caso encontrar una
fórmula de economía del lenguaje, a lo mejor están un poco mezclados, pero si
te fijas bien Morínigo en el Artículo 49, se hace un desglosamiento de lo que
nosotros entendemos por igualdad de oportunidades, habida cuenta de como dice Karl
Smith a pesar de ser uno de los ideólogos del fascismo, pero de
constitucionalismo entiende, él mismo sostiene que la igualdad ante la ley, es
la misma que la igualdad ante la muerte que puede ser inexorable, pero no
siempre justa, y lo que nosotros queremos y se establece eso fue el fundamento en la Sub-Comisión N° 1 y se desarrolla en el Artículo
49, es que la igualdad ante la ley es una igualdad gélida, fría, pétrea si
ustedes quieren, lo que habría que estimular el Estado, no solamente remover
los obstáculos, sino que potenciar la igualdad de oportunidades y ahí se mete
otra cuestión, la famosa diferencia entre el hombre y la mujer, bueno en vez de
decir hombres y mujeres, decimos todas las personas, vamos a buscar esa
tendencia igualitaria, pero yo quisiera aclarar un poco eso a no ser que,
digamos, esté yo completamente desatento, yo le pediría a los demás miembros de la Sub-Comisión N° 1, que cooperen en esclarecer a
los compañeros de la Comisión Redactora, que se tuvo en cuenta estas dos partes
del desafió de la igualdad. Nada más,
señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Acevedo.
Tiene el uso de la palabra el
Lic. Luis Alfonso Resck.
CIUDADANO
CONVENCIONAL LUIS ALFONSO RESCK: Gracias, comparto plenamente los conceptos expresados
por mi distinguido amigo, miembro también de la Comisión, yo no quise atreverme
a explayarme porque tenía presente la intervención a quien le corresponde de
nuestro Coordinador, pero lamentando su ausencia voy a poner énfasis en cuanto
anteriormente había dicho, nosotros establecemos esa igualdad jurídica a
posteriori seguidamente lo que aquí se quiere poner de manifiesto es ese
derecho inserto en nuestra naturaleza, que el hombre consigo al nacer lo trae
más allá de los límites jurídicos, sociales, económicos, es un derecho como la
propia Declaración Universal de los Derechos Humanos proclama, todos los seres humanos nacen iguales en
derechos y en dignidad, de ahí a posteriori se sigue lógicamente la igualdad
jurídica, etc.
Es ese el sentido que nosotros
quisimos imprimir a ésta, como una suerte si se quiere de introducción abriendo
precisamente la puerta a los demás derechos como aquí se consigna desde el
punto de vista jurídico.
Por otra parte, consideramos y
esto creo que me lo van a confirmar mis distinguidos amigos de la Sub-Comisión
la necesidad aún pecando un poco de reglamentarista poner de manifiesto
consagratoriamente estos derechos porque tanto, tanto se ha sufrido en su
computación que es necesario
sinceramente
hacer una suerte de enunciación si se quiere hasta taxativa para evitar
cualquier interpretación desacertada que conduzca de una u otra manera
nuevamente a la concordación de nuestros derechos.
En resumen, señor Presidente,
creemos que los hombres nacen con ese derecho, igualdad y dignidad. De ahí se confiere todo lo demás por
añadidura, aquí se trata simplemente de la igualdad de derecho llámese niño,
anciano, viejo, enfermo, lo demás ya desde el punto de vista jurídico se ha
consagrar como consecuencia de esta primera enunciación. Gracias, señor
Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias.
Lic. Resck.
Entonces están
ya fundamentadas distintas propuestas y
voy a proceder a la votación del artículo.
Va a dar lectura el Secretario, de
cuales son las propuestas y vamos a avanzar señores.
CIUDADANO
SECRETARIO: Moción N° 1, Proyecto Base de la
Sub-Comisión. Todos los habitantes de la República en virtud de su nacimiento son
iguales en dignidad y derechos, no hay en ellas fueros personales ni títulos de
nobleza, no se admiten prerrogativas ni discriminaciones por razones de sangre,
de fortuna, de sexo, de raza, de estado civil, de filiación, de afiliación, de
cultura, de educación, de profesión u oficio, de creencias o de opiniones.
El Estado removerá los
obstáculos e impedirá la consolidación de factores que las mantengan o las
propicien, las protecciones estímulos, exoneración y provisiones especiales que
se prescriben en esta Constitución para la niñez, la juventud, la ancianidad,
la maternidad, los indígenas y los discapacitados, así como las demás que las
leyes reglamenten considerando las desventajas determinadas por la pobreza, el
desempleo, la enfermedad, la ignorancia o las calamidades no serán entendidos
como factores discriminatorios sino como igualitarios.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: La propuesta del
Ing. Romero Pereira. El N° 2. de Irigoitia.
CIUDADANO
SECRETARIO: Todas las personas son iguales ante la ley y
tienen derecho a igual protección sin discriminación por razón de raza,
nacimiento, etnias, religión, sexo, idioma, opinión o cualquier otra condición
o circunstancia personal o social.
La Moción N° 3, del Ing. Romero Pereira.
Todos los habitantes de la
República son iguales en dignidad y derechos.
No hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza.
La Moción N° 4 de Celso Castillo.
Todos los habitantes de la
República son iguales en dignidad y derechos.
No hay en ellas fueros personales ni títulos de nobleza, no se admiten
prerrogativas ni discrimina- ciones por razones de sangre, de fortuna, de sexo,
de raza, de estado civil, de filiación, de afiliación, de cultura, de
educación, de profesión u oficio, de creencias o de opiniones ni por
discapacidad, ancianidad, infancia o maternidad.
El Estado removerá los
obstáculos e impedirá la consolidación de factores que las mantengan o las
propicien, las protecciones que se prescriben en esta Constitución y las leyes
frente a desigualdades injustas no serán consideradas como factores
discriminatorios sino como igualitarios.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Voy a suplicarle
al Dr. Castillo nos aclare una pequeña modificación que él dijo, tenía esta
propuesta de manera tal que se apruebe como debe ser. Tiene el uso de la palabra el Dr. Celso
Castillo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CELSO CASTILLO: Gracias
Presidente, señores Convencionales: La
propuesta que hemos presentado justamente me permití señalarle al Secretario,
dos términos solamente que prácticamente coincide con la Comisión N° 1, en el sentido dice: No se
admiten prerrogativas ni discriminaciones por razones de sangre, tiene que ser
de razones étnicas, de fortuna, de sexo, de lengua en vez de raza, se suspende
de raza y queda de lengua después todo igual según la Comisión de Estilo. Muchas gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Castillo
Hay una última
propuesta la del Dr. Miguel Abdón Saguier.
CIUDADANO
SECRETARIO: Todos los habitantes de la República son
iguales ante la ley y no hay personas ni grupos privilegiados, la ley, ni
autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien señores,
están perfectamente diferenciadas 5 propuestas y vamos a tratar de avanzar. Hay
alguna aclaración sobre el punto?
CIUDADANO
CONVENCIONAL EMILIO CAMACHO: Presidente, una
aclaración, la Moción N° 2 no es de
Irigoitia, es de Camacho- Muñoz.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muy bien se toma
nota por Secretaría su aclaración.
Señores, quienes estén de
acuerdo por el texto tal cual provino de la Sub-Comisión N° 1, se servirán levantar la mano.
Tres votos.
Quienes estén de acuerdo con la
propuesta Camacho-Muñoz, se servirán levantar la mano. Seis votos.
Quienes estén de acuerdo con la
propuesta del Ing. Romero Pereira, se servirán levantar la mano. Tres votos.
Quienes estén de acuerdo con la
propuesta de Celso Castillo y otros, se servirán levantar la mano. Mayoría.
Queda aprobado tal cual propuso
el Dr. Celso Castillo.
Se dará lectura entonces por
Secretaría al artículo siguiente.
Vamos a dar lectura al Artículo
49 del Proyecto original.
CIUDADANO SECRETARIO: El Estado garantizará a todos los habitantes
de la República:
a) de igualdad en el acceso a la
justicia a cuyo efecto allanarán los obstáculos que le impidieren.
b) la igualdad ante las leyes y
recíprocamente la invariabilidad de éstas con respecto a las personas a las
situaciones.
c) la igualdad de oportunidades
para ejercer funciones públicas no electivas sin más requisitos que la
idoneidad y las condiciones éticas apropiadas.
d) la igualdad en la
participación de los beneficios de la naturaleza, de los bienes materiales y de
los culturales.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien señores no
se registra, hay una propuesta, perfecto cuál es?.
CIUDADANO
SECRETARIO: La de Castillo y otros. El Estado garantizará a todos los habitantes
de la República, la igualdad en el acceso a la justicia, la igualdad ante las
leyes, la igualdad en el acceso a las funciones públicas no electivas sin más
requisitos que la idoneidad, y la igualdad de oportunidades en la participación
de los beneficios de la naturaleza y de la cultura.
Artículo de: Camacho-Muñoz: Igualdad de oportunidades. Igual que el
propuesto por la Interbancada de mujeres Convencionales en cuanto al primer
parágrafo.
En el segundo, eliminamos la
palabra especiales porque se puede prestar a erróneas interpretaciones como de
que es discriminatorio. No tengo el
texto.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene la palabra
la Dra. Susana Morínigo.
CIUDADANA
CONVENCIONAL SUSANA MORINIGO: Señor Presidente,
sólo para aclarar que mi propuesta solo se mantiene la modificación del inciso
c, el resto sigue igual.
CIUDADANO
SECRETARIO: Dra. Morínigo: Inciso a) sigue igual,inciso b) igual, inciso
c) debe decir: igualdad de oportunidades
a mujeres para ejercer funciones públicas electivas y no electivas sin más
requisitos que la idoneidad, y las condiciones éticas apropiadas.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene la palabra
el Dr. Rafael Eladio Velázquez.
CIUDADANO
CONVENCIONAL RAFAEL ELADIO VELAZQUEZ: Solamente una
cuestión de procedimiento señor Presidente, creo que todas las mociones deben
ser votadas, porque inclusive el mocionante, si su propuesta ha sido rechazada,
puede volver a votar por aquella de las restantes que considere la más
apropiada, entiendo que todas las mociones deben ser votadas salvo que una de
ellas haya alcanzado mayoría absoluta . Nada más, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Velázquez, se tendrá en cuenta.
Vamos a votar todas las
propuestas porque no veo que nadie las fundamente entonces, solamente están la
propuesta tal cual vino de la Sub- Comisión N° 1, luego la propuesta del Dr.
Celso Castillo, luego la propuesta de la Dra. Susana Morínigo, que tiene una
sola variación con relación al proyecto original, y finalmente la propuesta
Camacho-Muñoz.
El Dr. Isidro Melgarejo tiene el
uso de la palabra.
CIUDADANO
CONVENCIONAL ISIDRO MELGAREJO: Es al sólo efecto
de fundar las diferencias que hay con el propuesto base que esta propuesta de
Celso Castillo y otros, incorpora una diferencia en el inciso c, cuando suprime
la palabra ejercer y la cambia por el acceso a las funciones públicas y suprime
la última frase de este inciso c) por funciones éticas apropiadas, esa es la
diferencia en este inciso. Y en el inciso d) donde dice: La igualdad en la participación dice, la
igualdad de oportunidades en la participación, son los únicos cambios contra el
Proyecto Base. Nada más, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Va a fundamentar
su propuesta Dra. Susana Morínigo.
CIUDADANA
CONVENCIONAL SUSANA MORINIGO: Solamente a los efectos de
allanarme a la propuesta del preopinante en el sentido de sustituir la palabra
ejercer por acceder, pero después todo sigue igual, que ese acceso a las
funciones públicas electivas y no electivas también para las mujeres. Es todo, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien tiene el uso
de la palabra el Dr. Gustavo Laterza, Coordinador de la Sub-Comisión N° 1.
CIUDADANO
CONVENCIONAL GUSTAVO LATERZA: Gracias, señor
Presidente, solamente para fundamentar o más bien explicar a los miembros de la
Comisión Redactora el origen de esta frase en el inciso c, si el señor
Presidente, podría solicitar a los Convencionales que presten un poco mas de
atención.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Señores, se ruega
atención a las palabras del compañero, porque a fin de cuentas es una cosa
sumamente importante la que estamos tratando.
CIUDADANO
CONVENCIONAL GUSTAVO LATERZA: Decía, señor Presidente,
que esta frase o mejor este requisito de las condiciones éticas apropiadas que
se incluyo en la Sub-Comisión N° 1, en el inciso c, como una de las condiciones que se
impondrían a los ciudadanos que quieran acceder a las funciones públicas electivas,
se basaban en un hecho bastante común en nuestro país, consistente en lo
siguiente; personas que han ejercido la función pública y han cometido ilícitos
y han sido procesados y en algunos casos
han sido condenados y en otros casos han sido sobreseídos por falta de pruebas,
no pueden volver a pretender ejercer funciones públicas, y si suprimiéramos de
este inciso la condición ética apropiada, esta persona concurriría en igualdad
de condiciones y oportunidades que cualquier otro ciudadano honorable e inclusive
le ganaría en el concurso, si hubiera un concurso, porque sus antecedentes
curriculares serían superiores. El solo
hecho de haber ejercido la función pública durante varios años, obviamente le
concede a cualquier persona conocimientos especiales que un concursante que no
haya ejercido esas funciones no podría oponer.
Es por eso que en la
Sub-Comisión N° 1, se consideró importante incluir estas dos
condiciones: La idoneidad por una parte
y las condiciones éticas por la otra.
Gracias, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Un momento, ya
pidieron el uso de la palabra los convencionales Rafael Eladio Velázquez y
Miguel Abdón Saguier.
CIUDADANO
CONVENCIONAL...: Gracias, Presidente, Compañeros: Es a solo efecto de tratar de armonizar el
texto. En la última parte del inciso c),
a sugerencia del Dr. Resck, creo que en gran parte vamos a coincidir tal cual
como vino de la Comisión N° 1. Se incorpora
en la última parte del inciso c) y queda en los siguientes términos: "La igualdad en el acceso a las
funciones públicas no electivas sin más requisito que la idoneidad y las
condiciones éticas".
INTERRUPCION...
CIUDADANO
SECRETARIO: Yo no acepto la modificación.
CIUDADANO
CONVENCIONAL...: Y bueno.
Yo respeto, pero ese es su criterio,
Dr. Cano Radil.
CIUDADANO
SECRETARIO: Pero somos
parte del equipo.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Un momento,
señores.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Miguel Abdón Saguier.
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: Señor
Presidente: Este artículo empieza
hablando de que "el Estado garantizará a todos los habitantes de la
República" y en el inciso c) se habla de "igualdad de oportunidades
para ejercer funciones públicas no electivas sin más requisito que la idoneidad
y las condiciones éticas apropiadas".
Acá no se hace discriminación entre ciudadanos y extranjeros.
En ese sentido me parece que
sería un error, y lo más correcto hubiera sido salvar la situación de "los
extranjeros que estarán sujetos a las limitaciones que establezcan las
leyes". Por eso estábamos hablando,
hace un rato, de que había que hacer una clara discriminación, y lo más
conveniente hubiera sido establecer un artículo referido a las funciones públicas,
que hubiera sido, me parece, el sistema más conveniente, dedicarle
exclusivamente un artículo a las funciones públicas, para salvar esa
situación.
Es cierto que los extranjeros
tienen la posibilidad de acceder a ciertas funciones públicas electivas, como
por ejemplo, Concejales Municipales.
Pero no pueden ocupar las otras funciones públicas. Terminé, Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Miguel Abdón Saguier.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Rafael Eladio Velázquez.
CIUDADANO
CONVENCIONAL RAFAEL ELADIO VELAZQUEZ: Para referirme al
mismo punto, señor Presidente. Entiendo
que el concepto de idoneidad es muy amplio y se refiere tanto a la capacidad
profesional o técnica o académica como a los requisitos legales. Y aparte hay una disposición, más adelante,
específica sobre las limitaciones, o sobre que los extranjeros estarán sujetos
a limitaciones legales. Creo que no
impide este texto que en la ley se determine qué funciones estarán reservadas a
los paraguayos naturales o naturalizados y que otras estarán abiertas a todos
los habitantes de la República.
Repito, idoneidad es un concepto
muy amplio que comprende también, los requisitos legales, no sólo de
nacionalidad sino de edad, de una serie de otras cuestiones. Nada más, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Rafael Velázquez.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil.
CIUDADANO
CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL: Señor
Presidente: Al solo efecto de aclarar
sobre la cuestión ética. Resulta que el
concepto idoneidad es un concepto que tiene incluido la faz legal y lo que la
misma ley puede establecer como una limitación por antecedentes penales, por
ejemplo. Pero de ningún modo, se puede
aceptar una cuestión subjetiva en la Constitución, como es la ética. Porque ahí sí que vamos a abrir la
posibilidad de una gran arbitrariedad.
Porque, ¿quién es el Juez de la ética de un ciudadano? ¿quién es el que
juzga cuál es la ética correcta o cuál es la incorrecta?.
Nosotros tenemos que adscribir a
un sistema en ese aspecto el principio de legalidad. El principio de legalidad debe estar
circunscrito a lo que la ley manda o prohíbe, pero de ningún modo podemos abrir
una puerta para que, a partir de ahora, cualquier Juez, en lo contencioso
administrativo, cualquier Tribunal administrativo, tenga que juzgar la ética de
los ciudadanos que quieran acceder a un cargo público. Se puede poner que no tenga antecedente
penales, me parece correcto; se puede poner que no sean procesados, es una
limitación objetiva.
Pero de ningún modo, y eso ya dentro del concepto -aclaro- de
idoneidad. Porque pueden ser cualidades
que hacen a la idoneidad. Pero de ningún
modo se puede aceptar que se hable de la ética.
Porque, ¿qué es la ética para que se pueda juzgar a un ciudadano? Es algo transitorio, es algo histórico y
sobre todas las cosas, sujeto a un elemento valorativo-subjetivo que va a traer
mucho más arbitrariedades.
En ese concepto, retiro mi apoyo
a la propuesta de Celso Castillo y otros.
Retiro mi nombre de la propuesta del Dr. Celso Castillo y otros y me
mantengo en el texto original. Muchas
gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Cano Radil.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Carlos Alberto González.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ALBERTO GONZALEZ: Señor
Presidente: El proyecto presentado por
el Convencional Celso Castillo y otros,
por el cual
tendría interés en votar, tiene sin embargo en su apartado d) una expresión que
establece "la igualdad de oportunidades en la participación de los
beneficios de la naturaleza y de la cultura", pero excluye de los bienes materiales.
Quisiera preguntar al Dr. Celso
Castillo y a los proponentes de este artículo si no sería posible incorporar,
como lo está en el proyecto de la Sub-Comisión "los beneficios de los
bienes materiales de la naturaleza y de la cultura", porque creo que la
expresión "naturaleza" no abarca la totalidad de los bienes
materiales a los cuales debe tener igualdad de oportunidades en el acceso
cualquier habitante de la República.
Por lo tanto, transmito esta
inquietud a los mocionantes, a los efectos de solicitar que se incorpore, de
estar ellos de acuerdo, esta expresión "de los bienes materiales". Nada más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Carlos González.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Rodrigo Campos Cervera.
CIUDADANO
CONVENCIONAL RODRIGO CAMPOS CERVERA: Gracias,
Presidente: Muy brevemente. En primer lugar, para expresar mi criterio a
cerca de este apartado, inciso c), del artículo que estamos estudiando. En él se han excluido las condiciones éticas,
teniendo en cuenta las apreciaciones que formulara al respecto un
preopinante.
Sin embargo, señor Presidente,
habida cuenta de las situaciones especiales por las que ha transitado nuestra
historia, quizás sea conveniente la inclusión de esta propuesta, que, sin
embargo, se halla ínsita en las llamadas inhabilitaciones que sufren justamente
los funcionarios que han tenido una actuación desdorosa o contraria a los
intereses públicos. Y para salvar, y
quizás armonizar las diferencias acerca del alcance de idoneidad, podría
incluirse "las condiciones éticas establecidas en la ley", de suerte
que, tanto la idoneidad, como el tema ético pueda plasmarse en una ley y una de
las manifestaciones de esas condiciones éticas sería precisamente la
inhabilidad que está por otra parte establecida en numerosas leyes para el
ejercicio de una función pública, para aquellos que se hayan portado, repito,
desdorosamente en la función que les ha tocado desempeñar. Eso por una parte.
En cuanto a la exclusión de
"los bienes materiales", se ha creído, señor Presidente, que
establecer o incluir lo "de bienes materiales" como una igualdad de
participación, eso podría dar lugar, señor Presidente, a una suerte de interés
-quizás no sea apropiado lo que voy a decir- pero de sesgo colectivista, en el
sentido de que todo el mundo tiene derecho a los bienes materiales y si de
pronto alguien no alcanza a obtener una igualdad, porque acá estamos hablando
de igualdad en cuanto a los intereses materiales, podría decir: Yo no tengo los bienes materiales de mi
vecino y promuevo o gesto mi participación en igualdad de condiciones.
Y eso posiblemente, señor
Presidente, aun cuando esta interpretación no fuera la correcta, podría sin
embargo, dar lugar a una suerte de interpretación que en alguna forma traería
perturbación, que deseamos todos evitar a través de una redacción feliz y
definida. Gracias, Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Campos Cervera.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Luis Alfonso Resck.
CIUDADANO
CONVENCIONAL LUIS ALFONSO RESCK: Gracias, ciudadano
Presidente. Honorables
Convencionales: No quisiera pecar de
impertinente, reiterando mi solicitud.
En lo específicamente al campo jurídico es donde menos intervengo. Pero cuando se trata, a mi juicio, de
conceptos fundamentales que hacen a la esencia del hombre y a la que no puede
escapar la Constitución, es cuando me atrevo a perturbar, seguramente, vuestra
paciencia, señor Presidente.
A mi me preocupa sobremanera,
precisamente cuando se quiere -ésto lo digo con todo respeto y gran fraternidad-
arrinconar a la ética dentro de un concepto estrechamente subjetivista al mundo
interior del hombre, como si el hombre fuera un individuo aislado de su
medio.
Pero resulta que no podemos
nosotros concebir, señor Presidente, una ética puramente subjetiva, porque,
entonces, cada uno actuaría de acuerdo a sus intereses, a sus pasiones. No habría diferencia entre el bien y el mal,
entre la virtud y el vicio, entre la honestidad y la corrupción. Pero no es cierto que no hayan normas
objetivas de la ética, en cuyo medio es posible la convivencia entre los
hombres. Sin entrar en detalles que
podrían suscitar, sí, interpretaciones totalmente discrepantes. Pero la ética tiene su norma objetiva en el
ahora, en el aquí, en el ayer y en el mañana, en Occidente y en Oriente. Son
normas éticas que nosotros debemos observar para una convivencia a la que
aspiramos a través de esta Constitución.
Por ello, señor Presidente, me
ratifico en estos conceptos. No podemos
nosotros, para transformar las estructuras y forjar el nuevo Paraguay,
precisamente, desconociendo la ética, ante el temor de interpretaciones
subjetivas, contar de nuevo como conductores del nuevo destino del Paraguay a
gente que ha lesionado el rostro del hombre conculcando sus derechos y también
quebrando los valores éticos, señor Presidente.
Por eso me ratifico, sin perjuicio, en que se le dé jurídicamente la
expresión más adecuada, no ratificamos en estos conceptos que los hemos
discutido durante quince días. Gracias,
señor Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:
Muchas gracias, Lic. Resck. Le
suplico al Convencional Federico Callizo asuma la Presidencia, porque quiero
hacer uso de la palabra en torno a estas cuestiones.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISION:
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.
CIUDADANO
CONVENCIONAL OSCAR PACIELLO: Muchas gracias,
Dr. Callizo. En el inciso 1° del artículo en consideración, se
habla de que "el Estado garantizará a los habitantes de la igualdad en el
acceso a la justicia, a cuyo efecto allanará los obstáculos que la
impidieren". Y veo, con
preocupación, que muchos preceptos, muchas propuesta, simplemente eliminan todo
lo que sigue a esta palabra. Y yo quiero
ver en ello casi una expresión de fariseismo, al declarar, simplemente, la
igualdad de acceso a la justicia y no imponer al Estado la obligación, tornar
positivo este precepto, al no imponer al Estado la obligación de allanar los
mil y un obstáculos con que hoy, fundamental- mente, el pobre se encuentra para
acceder en condiciones de igualdad a la justicia. Declaramos esto y nombramos a un defensor de
reos pobres y con eso está acallada la conciencia.
Pero eso no satisface los más
mínimos requerimientos de justicia. Yo pienso,
señores, que debemos conservar tal cual estaba en el Proyecto de la Subcomisión
N° 1, la obligación, a cargo del
Estado, de allanar esos obstáculos. Y
voy a poner, ahora, un ejemplo muy concreto:
En estos días, la opinión pública está siendo sacudida por un hecho
atroz, un crimen, probablemente, horrendo.
Se le acusa a un hombre de haber violado a su hija menor. Esta mañana, ocasionalmente, tuve ocasión de
ver algunas escenas en la televisión.
Y yo me pregunto, ese hombre a
quien se imputa un hecho tan atroz ¿qué oportunidades tiene de demostrar su
inocencia?. Escuché las palabras de un
técnico, de un perito en el que él decía que no estaba convencido de que
hubiera esa relación de causalidad capaz de incriminar a este hombre. Y me pregunto yo, ¿cómo hará este hombre si
no tiene los recursos económicos necesarios para salir de tan angustiosa
situación?. Y a la recíproca, la madre
que tal vez tenga que ejercer la querella, tampoco tiene los medios que demanda
el tratamiento adecuado de una acción penal coadyuvante, si se quiere, para
obtener la justa sanción por un hecho tan atroz. En una palabra, llegamos a la conclusión de
que tal cual hoy día funciona nuestro sistema judicial, el acceso a la justicia
para los pobres es una utopía.
De ahí entonces, que esta norma
positiva que se agrega a la expresión "igualdad de acceso a la
justicia", yo considero fundamental que la sociedad, que el Estado haga
algo. Hay mil y una fórmulas en el
derecho contemporáneo.
El año pasado, en México, tuvimos
el Congreso de la Unión Internacional de Abogados, que justamente versó sobre
este tema: La igualdad de acceso a la
justicia. Y se dan otras situaciones, no
menos angustiosas, un daño y perjuicio ocasionado, por ejemplo a un obrero
calificado, puede significar una demanda por centenares de millones de
guaraníes, y sin embargo, este hombre no tiene el 0,40% que le exige la ley de
tasas judiciales para salir adelante en su reclamo. Y tiene que limitar sus
pretensiones a lo que buenamente pueda conseguir.
Estos son hechos cotidianos, que
estamos viendo a diario, y que a mí, personalmente, me tienen angustiado. La imposibilidad del pobre de tener
justicia. Aparte de la injusticia que de
suyo significa, ese calvario de hacerle recorrer a un sujeto tres instancias, y
aguardar, ocho, diez y doce años, para tener la satisfacción a su derecho.
Me parece que este agregado de
"que el Estado allanará los obstáculos que se impone al pleno acceso de la
justicia", debe conservarse, señores.
Es simplemente esta reflexión la que quería transmitirles y con esto
termino mi exposición. Muchas gracias
Dr. Callizo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISION:
Reasume sus funciones, ciudadano Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Callizo.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Carlos Alberto González.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ALBERTO GONZALEZ: Ciudadano
Presidente: Quería referirme a la
objeción que hiciera un preopinante en relación con la propuesta que hiciera al
inciso d) o al apartado d). Se ha dicho
que el decir "igualdad de oportunidades en el derecho a participar de los
bienes materiales", podría hacer pensar que estamos yendo a una sociedad
colectivista.
Yo quisiera decir que es un
principio netamente liberal el de dar igualdad de oportunidades en la
participación de los bienes materiales.
No creo que estemos estableciendo ninguna sociedad colectivista. Yo creo que si nosotros queremos impedir la
igualdad de oportunidades en la participación de los bienes materiales, lo que
querríamos hacer es crear una sociedad tremendamente injusta. Y creo que está en el ánimo de todos hacer
una sociedad justa.
Por otro lado, yo solicitaría
que, cuando se vote, se vote por cada uno de los párrafos, porque, en cuanto al
inciso a), la exposición del ciudadano Presidente, el preopinante, a mí me
convenció en cuanto al agregado que habría que hacerle. Pero en lo demás, yo votaría por la moción de
Cano Radil o la moción del Convencional Castillo.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. González.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Emilio Camacho.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EMILIO CAMACHO: Lo expuesto por
el Dr. González me releva de extender.
Yo, nada más, quisiera rescatar que el Estado debe buscar permanentemente la
igualdad de oportunidades y eso ni remotamente puede significar ningún sesgo
colectivista.
Mociono concretamente la
votación, inciso por inciso porque, tal como lo expresó el preopinante, la
fundamentación del Dr. Paciello sobre la igualdad efectiva al acceso de la
justicia, es esencial y no hay otras diferencias entre incisos, entonces,
requiero que, votando inciso por inciso, vamos a ir más rápido a consensuar.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Camacho. Suplico a los
oradores que siguen en el uso de la palabra, abrevien también, porque creo que
la cuestión está bastante debatida.
Doctora Susana Morínigo, por
favor.
CIUDADANA
CONVENCIONAL SUSANA MORINIGO: Sí, ciudadano
Presidente, ciudadanos Convencionales:
Aquí se está hablando de igualdad de oportunidades y quiero señalar, en
ese sentido, que el acceso a las funciones públicas pueden ser por la vía
electiva o no electiva. Las mujeres, que
tienen décadas de lucha por la igualdad de participación con el hombre, del
acceso a las funciones públicas, reclaman hoy participar en igualdad de
condiciones con el hombre para acceder a las funciones públicas, tanto
electivas y no electivas.
Por ello, ciudadano Presidente, apelo
al sentido de justicia y de ecuanimidad de los señores miembros de esta
Subcomisión, y que sea incluido este párrafo.
Muchas gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dra. Morínigo.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil.
CIUDADANO
CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL: Ciudadano
Presidente: He acompañado una propuesta
que creo que sintetiza las inquietudes de los preopinantes, y solamente pido la
palabra para aclarar lo siguiente: En el
inciso a), me parece oportuna la intervención del Dr. Paciello y pienso
incorporar el mismo párrafo: "a cuyo efecto allanará los obstáculos que le
impidieren". Entonces, está
incluido en el inciso a). El inciso b),
creo que es obvio "la igualdad ante la ley". El c), creo que el tema hombre -mujer se va a
tratar en particular en el Artículo 50.
O sea, que aquí lo que estamos haciendo es la igualdad en el tema de la
función pública no electiva, porque en electiva si lo vamos a tratarlo en los
Artículos 51 y 52 y sucesivos, en la parte de Derechos Políticos. Esto es más bien con respecto al de
funcionarios públicos. Y creo que la
fórmula que proponemos, "buena conducta", es mucho más precisa,
porque se refiere a las causales que la ley va a establecer como procesados por
las cuestiones que puedan impedir la propia Legislación.
Y no estamos usando un término
tan, posiblemente, equívoco, con el mayor respeto que me merece algunas
opiniones como puede ser el tema ético.
Entonces, creo que regula. Y el tercer
inciso, lo que estamos asegurando que el Estado va a garantizar la igualdad de
oportunidad. Y está bien. La igualdad de oportunidades tiene que ser
con respecto, también, a los bienes materiales, porque en eso estamos: La igualdad de oportunidades, que no es igual
a la igualdad efectiva, que es otra cuestión totalmente distinta. O sea, que creo que esta propuesta realmente
reúne las inquietudes de los ciudadanos Convencionales, y esa simple aclaración
quería hacer. Muchas gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Gracias. Sí.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CELSO CASTILLO: Ciudadano
Presidente, compañeros: Yo creo que con
la explicación que acaba de dar el Dr. Paciello, me releva de otros
argumentos. Me allano también en el
inciso 1° que se le agregue: "a cuyo
efecto allanará los obstáculos que la impiden".
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Castillo.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Rodrigo Campos Cervera.
CIUDADANO
CONVENCIONAL RODRIGO CAMPOS CERVERA: Gracias
Presidente: Para dejar enfáticamente
claro de que, en modo alguno, me opongo a la igualdad de oportunidades en el
acceso a los bienes materiales. Por el
contrario, soy un deseoso interesado en que eso ocurra, pero aquí, ciudadano
Presidente, no se habla de oportunidad, sino se habla de igualdad en la
participación de los beneficios. Eso es
absolutamente diferente a lo de la igualdad de oportunidades, que ha expresado
muy bien el Convencional Cano Radil.
En ese orden de cosas, yo no
tengo absolutamente ningún inconveniente en que la redacción se mejore y se
hable de oportunidades y no la participación directa porque evidentemente, eso
no responde a ninguna filosofía liberal.
Gracias Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Campos Cervera.
Tiene el uso de la palabra el
Convencional Rolando Dos Santos.
CIUDADANO
CONVENCIONAL ROLANDO DOS SANTOS: Gracias,
ciudadano Presidente: Es respecto al
inciso c) de este artículo, en donde algunos preopinantes mocionaron que se
agregue "las condiciones éticas establecidas en la ley", lo que daría
la posibilidad de que haya una ley de ética, que eso sí sería peligroso, porque
abre un amplio campo en donde se definiría la ética, para qué es la ética para
la prensa, qué es la ética para un montón de aspectos, de todo un
espectro.
Entonces, por esa razón que yo
me opongo a eso y mociono concretamente que se mantenga el Proyecto de Celso
Castillo y otros, tal cual está, con el agregado en el inciso a) respecto a
"que el Estado debe allanar los obstáculos que impiden para la
justicia". Eso es todo, ciudadano
Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Dos Santos.
El Dr. Celso Castillo ya aclaró,
muchas gracias. Entonces, tiene el uso
de la palabra el Dr. Valentín Gamarra.
Hay moción de orden. Sí. Adelante Dr. Callizo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL FEDERICO CALLIZO: Ciudadano
Presidente: Creo que estamos tratando
este artículo en una forma muy desorganizada.
Pasamos de la igualdad al acceso a la justicia, pasamos al inciso d), al
inciso c). Planteo concretamente como
moción de orden, que se trate inciso por inciso y que se cierre la lista de
oradores, y se trate ya inciso por inciso, y se vote cada uno de los incisos,
ciudadano Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Están de acuerdo
con la moción de orden. Magnífico. Se cierra la lista de oradores, y restan el
señor Valentín Gamarra, el Dr. Carlos Alberto González, el Dr. Callizo ya hizo
uso de la palabra, y el Dr. Saguier. Luego
pasaremos, entonces, a considerar, inciso por inciso, este artículo.
Tiene el uso de la palabra el
señor Valentín Gamarra.
CIUDADANO
CONVENCIONAL VALENTIN GAMARRA: Ciudadano
Presidente: En primer lugar, para
oponerme categóricamente a la forma en que se llevó a cabo esta votación, antes
de escucharme, porque precisamente yo voy a oponerme a mis compañeros
Convencionales, a Camacho y al Dr.
Callizo, que buscan el tratamiento de este tema inciso por inciso, excluyendo a
otros trabajos que están presentados en esta mesa y que no trata el tema, no
divide el tema por artículos. Y esto
vale para una pequeña, una breve reflexión, ciudadano Presidente y ciudadanos
Convencionales, en cuanto a las discriminaciones de algunos sectores y
estamentos de la sociedad.
En ese sentido, hay estamentos
muy caros a nuestros sentimientos, a la sociedad paraguaya, que constantemente
están buscando una reivindicación para participar plenamente en esa sociedad,
que son los indígenas, los campesinos y las mujeres. Y sin embargo, en la práctica, no les estamos
dando la participación real, entiéndase bien el término real, ni a los
indígenas, ni a los campesinos, ni a las mujeres.
Por eso yo me opongo a que se
trate inciso por inciso, dejado y excluido, y sin ver trabajos que han sido
llevado por coordinadores de mujeres Convencionales de esta Convención, quienes
merecen también sean escuchadas y sean tratadas en igualdad de
condiciones. Por eso es que yo
propondría, ya tardíamente, a que se trate artículo por artículo. Muchas gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Dr. Callizo, si
usted me quiere aclarar, porque no entiendo como es la cosa.
CIUDADANO
CONVENCIONAL FEDERICO CALLIZO: Presidente: Quiero aclarar que yo no me opuse de ninguna
manera al tratamiento de todas las propuestas planteadas ante la mesa. Lo único que planteo es que, siguiendo la
metodología de estudiar el Artículo 48 que está presentado, perdón, el Artículo
49, que está presentado por incisos, lo estudiemos por incisos, salvo que haya
un artículo sustitutivo que sea presentado sin incisos.
Lo que falta, entonces,
Presidente, es aclarar si hay alguna propuesta que trate el Artículo 49 sin que
esté dividido en incisos. Yo, de ninguna
manera, Presidente, me he opuesto a la presentación de propuestas. Yo quiero hacer esa aclaración al preopinante
porque en mi ánimo está hacer esto en la mejor forma posible, lo que quiero
también resaltar es que debemos organizarnos y avanzar en todo lo posible para
beneficio del cumplimiento de los plazos, Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Callizo. Y en efecto, la mesa no
cuenta con ninguna propuesta sustitutiva.
Lo relativo a la igualdad del hombre y la mujer está en el artículo
siguiente, Artículo 50, en el cual podrán incluirse y adicionarse las cosas,
puesto que nadie acá se opone a otra cosa.
CIUDADANO
CONVENCIONAL ...: Presidente:
Pido el uso de la palabra nuevamente.
El tema se trata de que hay una propuesta de interbancadas que, hasta ahora,
creo, que no se ha dado lectura.
CIUDADANO
CONVENCIONAL ...: Exactamente.
Que se dé lectura, ciudadano Presidente.
CIUDADANO
CONVENCIONAL ...: Entonces, yo diría que algún Convencional se
haga cargo de esta moción, y entonces, no hay ningún problema.
CIUDADANO
SECRETARIO: Permiso.
Por Secretaría se aclara que hemos leído que hay un artículo que se hizo
cargo Camacho - Muñoz, sobre igualdad.
Dice que..., no está el texto textual del artículo. Ese es un pequeño inconveniente que tiene la
mesa, sino que dice las observaciones sobre el texto base, que es la
siguiente: Igual que el propuesto por la
interbancada de mujeres Convencionales en cuanto al primer párrafo.
En el segundo, eliminamos la
palabra "especiales" porque se puede prestar a erróneas
interpretaciones como de que es discriminatorio. Eso es lo que consta en la mesa.
El artículo es el
siguiente: Igualdad de
Oportunidades: El Estado garantizará a
todos los habitantes la igualdad en el acceso a la justicia a cuyo efecto
allanará los obstáculos que la impidieren.
La adopción por el Estado de medidas especiales, encaminadas a lograr la
igualdad real y efectiva de las personas no serán entendidas como
discriminatorias.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EUSEBIO RAMON AYALA: Este artículo también
está modificado, porque dice en otra parte de que se saca la parte especial, en
cuanto a no se cuanto. Porqué no
redactan un...
DISCUSION EN
LA SALA...
CIUDADANO
CONVENCIONAL...: Ciudadano
Presidente: Una aclaración; yo ese
artículo corté de la hoja que ustedes entregaron, primer punto, entonces un
mínimo de orden si yo propuse inciso por inciso
es porque la característica de estos artículos que hacen a la igualdad,
a la remoción de obstáculos, vamos a contradecirnos inmediatamente, si hasta
hoy no hemos consagrado la igualdad ante la Ley, por ejemplo. Por eso es central debatir inciso por inciso,
salvo que un artículo contemple la totalidad de la sistemática de la
Sub-Comisión N° 1, o si no vamos a estar dejando toda la igualdad y
vamos olvidarnos de la igualdad ante la Ley, así va ser, si seguimos tratando
esa sistemática. Yo creo que nada más
inciso por inciso se propuso para que todos podamos seguir si hay omisiones
graves.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bueno, vamos a
agotar la lista de oradores y en última instancia vamos a votar con carácter
previo y si se opta por uno u otro artículo propuesto, pero me parece que uno
no contempla todas las hipótesis del otro.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Carlos Alberto González.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ALBERTO GONZALEZ: Señor
presidente: Parece que hay aquí una
confusión en lo que yo propuse, yo dije claramente que al artículo propuesto
por el Convencional Celso Castillo, que
dice en su apartado D: "Igualdad de
oportunidades en la participación de los beneficios de la naturaleza y de la
cultura", se agregue de los bienes materiales. Así que no viene al caso hacer una
consideración en torno a lo que pueda estar consignado en el Proyecto de la
Comisión N° 1, porque yo me refería al
Proyecto de la Comisión Celso Castillo.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tomamos
aclaración Dr. Carlos Alberto González, y para cerrar la lista de oradores
solamente resta el Dr. Miguel Abdón Saguier.
Tiene el uso de la palabra el
ciudadano Convencional Miguel Abdón Saguier.
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: Señor Presidente: Creo que esta discusión a sido bastante
desordenada porque del inciso A pasamos al inciso D, y así es muy difícil, creo
que el Convencional Federico Callizo tiene razón en ese sentido.
Voy a referirme concretamente al
inciso A, en este inciso, y vuelvo a ratificar mi posición anterior, creo que
estamos legislando de una manera bastante desordenada, al hablar de igualdad en
el acceso, nos estamos olvidando de la igualdad ante la justicia es decir, el
derecho de no ser juzgados por los tribunales especiales. Si bien es cierto que en el artículo
anterior hablamos de fueros personales, es sabido que -fueros- es una palabra bastante
ambigua, que tiene por lo menos tres o cuatro significados. Significa: ámbito donde se ejerce la
justicia; significa: inmunidad, porque existe un fuero en nuestro país, los
parlamentarios tienen fueros personales.
En consecuencia, señor Presidente
reitero, creo que estamos confundiendo los conceptos, estamos hablando de
igualdad civil, y una de las igualdades civiles es la de que : Nadie puede ser juzgado por tribunales
especiales. A ese efecto, sugiero a los
que hicieron algún Proyecto con respecto al punto, que se le agregue a la
igualdad en el acceso que no es la única igualdad que tenemos que asegurar
repito, la siguiente frase: El Estado
garantizará a todos los habitantes de la República la igualdad ante la justicia
y el acceso a la misma, a cuyo efecto... y sigue todo igual.
Muchas gracias, señor
Presidente.
CIUDADANO
SECRETARIO: Una aclaración. Ya se aprobó el inciso C del Artículo
21: "Que ninguna persona puede ser
juzgada por tribunales especiales".
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien, entonces
señores, siguiendo la metodología propuesta, voy a someter a consideración de
esta Comisión, dos artículos sin que implique, a los efectos de su
tratamiento. En primer término, el
artículo tal cual fue propuesto por la Sub-Comisión N° 1, en la inteligencia de que esta
aprobación en general no significa extendernos sobre sus incisos y sobre sus
normativas concretas, porque está el otro artículo que tiene una estructura
totalmente diferente, que vino como una propuesta. Entonces, cuál de los dos consideramos en
primer término, si así cómo vino de la Sub-Comisión, y luego si es que se opta
por esta redacción, entramos a tratar este artículo inciso por inciso. Muy bien, quienes estén de acuerdo en el
tratamiento de la cuestión de acuerdo a la normativa propuesta por la
Sub-Comisión N° 1, se servirán levantar la mano. Mayoría.
Bien, entonces al considerar el
inciso respectivo, si hay algún agregado, alguna cuestión que hacerlo, suplico
que me hagan llegar a la mesa de manera ordenada, para poder ordenar también
estas deliberaciones. El señor
Secretario va dar lectura al encabezamiento del artículo y el primer inciso que
quedará en discusión.
CIUDADANO
SECRETARIO: El Estado garantizará a todos los habitantes
de la República: Creo que eso se puede
dar por aprobado porque no hay ninguna moción en contrario.
Inciso A: La igualdad en el acceso a la justicia a cuyo
efecto allanará los obstáculos que la impidieren. Hay dos fórmulas: Una, que es la acabo de leer y otra que dice
simplemente igualdad en el acceso a la justicia.
DISCUSION EN
LA SALA...
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION:
Dr. Miguel Abdón Saguier usted insiste en repetir lo que ya mencionamos
en el Artículo 21. Muchas gracias.
Entonces queda a consideración.
Quienes estén de acuerdo con la
redacción propuesta por la Sub-Comisión N° 1, se servirán levantar la
mano. Mayoría. Que coincide con la otra propuesta.
CIUDADANO
SECRETARIO: Inciso B:
La Sub-Comisión N° 1 dice: La
igualdad ante las leyes, y recíprocamente la invariabilidad de ésta respecto a
las personas y a las situaciones.
El Proyecto Celso Castillo y
otros: La igualdad ante las leyes, hay
dos mociones y una tercera que habla de supresión que es Susana Morínigo.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: No, no, no, retiró ella esa moción.
CIUDADANO
SECRETARIO: Bueno, quedan dos, la moción A que es de la
Sub-Comisión que dice: La igualdad ante
las leyes y recíprocamente la invariabilidad de
ésta respecto a las personas y a las situaciones. Y la moción B que dice: La igualdad ante las leyes.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Quiénes estén de acuerdo por el
texto tal cual proviene de la Sub-Comisión N° 1, se servirán levantar la
mano. Nueve.
Quienes estén de acuerdo con la
redacción propuesta por el Dr. Celso Castillo y otros compañeros se servirán
levantar la mano. Mayoría.
Queda simplemente, igualdad ante
las leyes.
CIUDADANO
SECRETARIO: Inciso C:
La igualdad de oportunidades para ejercer funciones públicas no
electivas sin más requisitos que la idoneidad y las condiciones éticas
apropiadas. Es la moción de la
Sub-Comisión N° 1.
Moción Celso Castillo y otros,
dice: La igualdad en el acceso a las
funciones públicas no electivas sin más requisitos que la idoneidad y las condiciones
éticas establecidas en la ley.
La moción Cano Radil dice: La igualdad en el acceso a las funciones
públicas no electivas sin más requisitos que la idoneidad y buena conducta
según sea establecido por la ley.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: El Convencional
Rolando Dos Santos va a hacer una aclaración sobre ésto.
CIUDADANO
CONVENCIONAL ROLANDO DOS SANTOS: Declino señor
Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Entonces quedan
simplemente...
INTERRUPCION
CIUDADANA CONVENCIONAL SUSANA MORINIGO: Señor Presidente, mi moción no se
ha dado lectura.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Claro, tiene
razón Dra. Disculpe.
CIUDADANO
SECRETARIO: Moción de la Dra. Susana Morínigo que dice:
Debe decir la igualdad de oportunidades a mujeres y hombres para acceder
a funciones públicas electivas y no electivas sin más requisitos que la
idoneidad y las condiciones éticas apropiadas.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien, entonces...interrupción
CIUDADANO
CONVENCIONAL...: Consultado
acá con los compañeros nosotros en el Inciso C, retiramos donde dice: Las condiciones éticas establecidas en la
ley, nada más. Queda entonces la
igualdad en el acceso a las funciones públicas no electivas sin más requisitos
que la idoneidad. Muchas gracias, así como fue distribuido. Gracias señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: En
consecuencia.. Interrupción..
CIUDADANO
CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL: Ante esa
situación, retiro también mi propuesta tal cual vino la moción de la Comisión
3.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: En consecuencia,
quedan las propuestas de la Sub-Comisión N° 1, de la Propuesta de Celso
Castillo y la de la Dra. Susana Morínigo.
Interrupción...
Quiénes estén de acuerdo con la
redacción tal cual vino propuesta por la Sub-Comisión N° 1, se servirán levantar la mano.
Dos.
Quiénes estén de acuerdo con la
propuesta del Dr. Celso Castillo y compañeros, se servirán levantar la mano.
Trece.
Quiénes estén de acuerdo con la
propuesta de la Dra. Susana Morínigo, se servirán levantar la mano. Seis votos.
Entramos a considerar entonces
señores el Inciso D. Va a dar lectura a
las distintas propuestas el señor Secretario.
CIUDADANO
SECRETARIO: En la Sub-Comisión: La igualdad de la participación de los
beneficios de la naturaleza de los bienes materiales y de los culturales.
La moción Celso Castillo y otros
dice: La igualdad de oportunidades en la
participación de los beneficios de la naturaleza y de la cultura. Y la moción que presentamos es: La igualdad de oportunidades en su derecho de
participar en los beneficios de la naturaleza, la cultura y los bienes
materiales.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Porqué no vuelve
a leer Secretario para...
CIUDADANO
SECRETARIO: El Proyecto Base dice lo siguiente: La igualdad en la participación de los
beneficios de la naturaleza de los bienes materiales y de los culturales...
Discusión en
la sala...
CIUDADANO
PRESIDENTE LA COMISION: UN momento Dr. éste
es el texto que viene de la Sub-Comisión N° 1, el que le haya agregado que le
agregue lo que quiere en otro. Está el
proyecto Celso Castillo que dice otra cosa, igualdad de oportunidades, éste es
el que dice eso...
CIUDADANO
CONVENCIONAL ISIDRO MELGAREJO PEREIRA: Hago como moción
entonces el Artículo que dice: Igualdad
de oportunidades en la participación de los beneficios de la naturaleza, de los
bienes materiales y de los culturales.
Hago mía la moción. Nosotros
hemos aceptado con el Dr. Gustavo Laterza, como miembro informante
ese agregado
Dr. Paciello. Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: No sabía yo eso.
No estoy enterado.
CIUDADANO
SECRETARIO: No nos consta a nosotros. ¿Como queda redactado?.
CIUDADANO
CONVENCIONAL...: la igualdad de oportunidades y después todo
igual.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: En vez de decir;
igualdad en la participación, dice: La igualdad de oportunidades de participar.
CIUDADANO
SECRETARIO: Leo como queda. La igualdad de oportunidades en la
participación de los beneficios de la naturaleza de los bienes materiales y de
los culturales. Retiro mi moción porque
ahí está contemplada mi inquietud.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Bueno, y el
Proyecto Castillo, unanimidad entonces.
APROBADO
Muchas gracias señores.
DISCUSION EN
LA SALA...
CIUDADANO
SECRETARIO: El artículo aprobado quedó así: El Estado garantizará a todos los
habitantes de la República: La igualdad
en el acceso de la justicia a cuyo efecto allanará los obstáculos que la
impidieren.
B) La igualdad ante las leyes.
C) La igualdad en el acceso a las funciones
públicas no electivas sin más requisitos que la idoneidad; y,
D) La igualdad de oportunidades en la participación
de los beneficios de la naturaleza, de los bienes materiales y de los
culturales.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
señores, antes de entrar en el Artículo 50, en el que hay numerosas
propuestas. Les invito a hacer un breve
receso ya que nuestros mozos ya están aprestados.
UN BREVE
RECESO.
CONTINUACION
DE LA SESION.
CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION: Damos lectura al Proyecto tal cual vino de la
Sub-Comisión N° 1, que dice lo siguiente:
CIUDADANO
SECRETARIO: Artículo 50: Se garantiza la igualdad legal y real de hombres y mujeres. La ley removerá los obstáculos de hecho y de
derecho que impidieran la participación de la mujer en la vida nacional en
condiciones igualitarias.
Artículo de la Lic. Cristina
Muñoz: El hombre y la mujer tienen
iguales derechos civiles, políticos, sociales, económicos, culturales y de
cualquier otra índole. Corresponde al
Estado promover las condiciones y crear los mecanismos adecuados para que la
igualdad sea real y efectiva, remover los obstáculos que impidan o dificulten
su ejercicio y facilitar la participación de la mujer en todos los ámbitos de
la vida nacional.
Moción de la Dra. Susana
Morínigo: El hombre y la mujer tienen
iguales derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales o de
cualquier otra índole.
Corresponde a los poderes
públicos promover las condiciones y crear los mecanismos para que la igualdad
sea real y efectiva, remover los obstáculos que la impiden o dificulten y
facilitar la participación de la mujer en todos los ámbitos de la vida
nacional. Pregunto a las mocionantes en
que se diferencian ambas mociones.
CIUDADANA
CONVENCIONAL SUSANA MORINIGO: Solamente la
expresión el Estado y en mi moción concreta está los Poderes Públicos.
CIUDADANO SECRETARIO:
No entiendo cual es la diferencia, insisto.
Eso tiene que pasar creo en la
Comisión de Estilo, ver para coordinar, entonces hay una sola moción presentada
por la Dra. Morínigo y Muñoz.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de
la palabra, vista que no hay otras mociones, la Lic. Cristina Muñoz.
CIUDADANA
CONVENCIONAL CRISTINA MUÑOZ: Señor Presidente,
compañeros Convencionales. Yo creo que
el espíritu que ha primado en esta Comisión, en el tratamiento de todos los
artículos aprobados hasta hoy, ha sido en el buen criterio, el reconocimiento
de una realidad de nuestro país a pesar de recurrir a fuentes constitucionales
de otros países. Y en ese sentido, yo
quiero partir del Artículo 51 de la Constitución actual, que si bien garantizaba
la igualdad de derechos civiles y políticos de la mujer, afirmaba también que
cuyos deberes correlativos serán establecidos en la ley, atendiendo a los fines
del matrimonio y a la unidad de la familia.
Tremenda injusticia en mi punto
de vista, ya que primero, no podemos garantizar a la mujer solamente, igualdad
de derechos civiles y políticos y en los demás temas, en lo económico, social y
cultural. Y ese remedio queremos
incluir en el Artículo 50 que iniciamos su tratamiento ahora, también quisiera
señalar que siempre entre el hombre y la mujer hay, ya un punto de partida
distinto por cuestiones socio-culturales, porque sabemos el comportamiento
histórico, en cuanto a la responsabilidad si los beneficios compartidos entre
el hombre y la mujer.
Sabemos que nuestra
participación en los momentos difíciles de la historia de nuestro país ha sido
fundamental, sin embargo, eso no ha sido reflejado en la vida pública
nacional. En ese sentido, también el
llegar a las mismas metas a las mujeres les resulta más difícil, por todas esas
cargas del cual ya les hablé. Quisiera
señalar también, señor Presidente que a pesar de los múltiples convenios y
declaraciones internacionales inclusive ratificados por nuestro país.
Nuestro actual Código Civil es
un gran retroceso para garantizar la igualdad entre el hombre y la mujer que no
estamos reclamando, simplemente por pretender las mismas cosas y los mismos
cargos o las mismas oportunidades que los hombres, o sino por estricta justicia
porque somos parte y copartícipe de esta sociedad. La Convención sobre la eliminación de todas
las formas de discriminación contra la mujer aprobada por las Naciones Unidas
en 1979 y ratificada en 1986 por nuestro país, consagra que las Constituciones
Nacionales y cualquier otra legislación de los Estados parte deberá consagrar
el principio de igualdad del hombre y la mujer y, asegurar la realización
práctica de éste principio.
Por esa razón señor Presidente,
con el apoyo de las demás Convencionales sin distinción de sectores políticos
unificando la propuesta que ya habíamos realizado en la Sub-Comisión 2
referente a derechos políticos hemos decidido insertar en el Artículo 50, de
manera que sea más globalizante y hablamos de que el hombre y la mujer tienen
iguales derechos civiles, políticos, sociales, económicos, culturales y de
cualquier otra índole.
Corresponde al Estado o a los
poderes públicos como se decía, promover las condiciones y crear los mecanismos
adecuados para que la igualdad sea real y efectiva, remover los obstáculos que
impide o dificulte su ejercicio, y facilitar la participación de la mujer en
todos los ámbitos de la vida nacional.
Partimos de la base de que lo que queremos es, la igualdad ante la vida
y como que nuestra situación actual no es igualitaria, también proponemos de
que el Estado debe promover las condiciones y crear los mecanismos para que esa
igualdad sea efectiva, también con la experiencia que tenemos en nuestra
legislación actual llámese Código Civil, Penal u otras Leyes, remover los obstáculos
que impida el ejercicio y facilitar la participación de la mujer en todos los
ámbitos de la vida nacional que incluye la función pública sean electivas no
electivas y todo el quehacer nacional.
Pongo a vuestra consideración,
en nombre de mis compañeras este artículo con la convicción de que ustedes
sabrán interpretar de que no es un reclamo injusto, de que no es un reclamo
demagógico, que simplemente es de estricta justicia y como pretendemos que esta
nueva Constitución sea democrática, participativa, desarrollista y del futuro,
no se puede desconocer el trabajo y la participación de la mitad de su
población que en este momento está expectante; de qué estamos desarrollando,
qué trabajos estamos desarrollando en bien de ellas en la elaboración de esta nueva
Constitución. ¿Será esta Constitución
democrática, será esta Constitución participativa? Será esta Constitución legítima en la medida
en que reconozcamos a todos los sectores ciudadanos y entre ellos por supuesto
de una gran parte de nuestra ciudadanía que sólo quiere ser copartícipe en la
responsabilidad y en los beneficios que implica formar parte de una misma
sociedad. Gracias Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
señorita Muñoz.
Tiene el uso de la palabra la Dra. Susana
Morínigo.
CIUDADANA
CONVENCIONAL SUSANA MORINIGO: Señor
Presidente, ciudadanos Convencionales.
Las mujeres pensamos que con el mejoramiento del marco jurídico, se
contribuirá sin lugar a dudas a eliminar toda forma de discriminación, ya no
queremos simples expresiones retóricas, deseamos sí la inclusión de las normas
de los principios que inspiran a los países civilizados. Que cuanto más elevada, cuanto más es el
grado de desarrollo es más elevada la participación de las mujeres en todos los
ámbitos ya sea en los organismos electivos, como también en los de decisión,
sin otro límite que la solvencia de su capacidad, de su formación y su moral.
En el Paraguay, la mayoría de la
población son mujeres, pero tradicionalmente han sido excluidas de las
funciones de responsabilidad, una exclusión que atenta contra toda realidad y
todo sentido común. La mujer desea
participar sin discriminaciones en el extraordinario esfuerzo conjunto de
paraguayos y paraguayas para el logro del bien común del pueblo paraguayo. Ella debe intervenir en igualdad de
condiciones y oportunidades con toda su potencialidad espiritual e intelectual
en la batalla que todos debemos librar para enfrentar la pobreza, la ignorancia
y el sub-desarrollo, y alcanzar así una sociedad más justa y más feliz .
La historia nos demuestra la
participación ejemplar de la mujer en las horas cruciales y desgarradoras para
esta patria, para reconquistar la libertad y la democracia para este pueblo,
las mujeres paraguayas lucharon con heroísmo, con sacrificio y abnegación. Pero la participación de la mujer en la
conducción y administración del país no se ha valorado con justicia y sin
embargo, las instituciones se vigorizarán con su participación haciendo efectivo
los ideales de la democracia, doctrina que hoy felizmente ilumina a toda
América Latina, haciéndome eco de las inquietudes de la mujeres he puesto a
consideración un Proyecto de artículo que coincide con los anhelos de la
mayoría de las mujeres interbancadas y que sustituye el Artículo 50 del
Proyecto que hoy analizamos. Gracias
señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dra. Morínigo.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Rubén Melgarejo Lanzoni.
CIUDADANO
CONVENCIONAL RUBEN MELGAREJO LANZONI: Gracias señor Presidente. Muy bien señores Convencionales, este es un
tema que no solamente interesa a las mujeres, también nosotros los hombres
tenemos un interés en especial, porque estamos hablando de una igualdad que
debe realmente reinar y que no debe ser una simple expresión lírica o una
expresión enunciada en un articulado.
Aquellos que hemos tenido la
oportunidad de conocer países donde realmente pudimos palpar y constatar esa
igualdad que en muchas Constituciones Latinoamericanas se consagran pero que en
la realidad no es y más aún en nuestro país.
Yo creo que el alcance debe tener este artículo, es hacer posible que la
mujer se sienta partícipe y que pueda real y efectivamente encaminar con el
hombre en un mismo pie de igualdad, el desarrollo de nuestro pueblo. Es por eso que, yo me he permitido redactar
una breve síntesis de articulado haciendo hincapié a los derechos en general al
que buscamos concederle la igualdad, y ustedes tienen en su mesa he breve
redacción que fue acogida oportunamente por las compañeras que han hecho uso de
la palabra, donde enuncian los derechos civiles, políticos, sociales,
económicos y culturales del hombre y la mujer.
Este hecho de destacar los
derechos bien establecidos creo, que a mi entender porque he redactado casi
igual, salvo la parte final que ya lo omito y me adhiero, adelanto a la
propuesta hecha por la Lic. Cristina Muñoz y Dra. Susana Morínigo. La necesidad de enfatizar que las mujeres
gozan realmente de estos derechos y que pueda ser posible en el futuro de que,
esa simple enunciación esté plasmada en una Constitución, sino que la mujer
paraguaya realmente sienta la necesidad y sea realmente efectiva su
participación en el progreso. No
solamente con el enunciado que estamos consagrando se estará dando esos
derechos, los derechos hay que ganarlos, hay que ser protagonista y la mujer en
nuestro país más por los antecedentes que han dicho aquí las compañeras es
necesario que, ellas asuman ese rol.
Concretamente mociono señor
Presidente el retiro de mi propuesta y me adhiero a la expuesta por las
compañeras. Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Melgarejo.
Tiene el uso de la palabra el
Ing. Carlos Romero Pereira.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ROMERO PEREIRA: Señor Presidente, solamente para
referirme al texto de la Sub-Comisión donde se establece que la Ley removerá
los obstáculos de hecho y de derecho.
Y pregunto por vía Presidencia
al Presidente de la Sub-Comisión, eso que quiere decir que los Parlamentarios
se van a convertir en jueces y en policías o que cosa.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Traslado la
pregunta del señor Coordinador de la Sub-Comisión N° 1.
Interrupción.
CIUDADANO
CONVENCIONAL GUSTAVO LATERZA: No sé que
contestarle al Convencional Carlos Romero Pereira, pero de cualquier manera
estoy de acuerdo con él de que la sustitución de la ley por los poderes
públicos del estado me parece razonable.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de
la palabra el Dr. Euclides Acevedo.
CIUDADANO CONVENCIONAL
EUCLIDES ACEVEDO: Presidente, para agilizar, yo creo que nadie
se opone al Proyecto formulado por la compañera Cristina Muñoz y la Dra. Susana
Morínigo.
Simplemente le quiero recordar a
las compañeras que el 8 de marzo de 1910 en la casa del pueblo de
Copenhague. Clara Set quien fue una
indómita dirigente sindical había sostenido que el Estado es asexuado, en el
mejor de los casos es hermafrodita pero actúa siempre como masculino. Es importante esta reflexión que parece así
superficial y frívola, pero sin embargo, guarda relación con lo que alguna
gente se puede ilusionar con esto de que el Estado garantizará o promoverá las
condiciones etc, etc. No, yo creo que la
participación de la mujer no pasa solamente por una prescripción constitucional,
sino que esta prescripción constitucional en todo caso debe servir como una
póliza de seguros para la gestión y protagonismo que tiene que tener la mujer
sin esperar desde luego la concesión graciosa de los hombres que por demagogia
o debilidad de repente otorgan espacios, no, yo creo que hoy nosotros estamos
buscando una sociedad y una Estado diferente, se quiere buscar el pacto del
capital y el trabajo, bueno, yo les sugiero simplemente a las compañeras que
busquen un pacto entre los hombres y las mujeres; nada más, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias, Dr. Acevedo.
Tiene el uso de la palabra el
señor Carlos Avalos.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS AVALOS: Gracias señor Presidente. Ciudadanos Convencionales: El
texto presentado como proyecto de artículo de la Convencional Cristina Muñoz,
yo creo que realmente hace justicia y pagaría una vieja deuda de la sociedad
que más por situaciones socio-culturales, que de otra cosa, hacen que la mujer
no tenga una participación real y efectiva en todos los quehaceres de la vida
nacional. Ahora me preocupa señor
Presidente y señores Convencionales, y me gustaría si pudiesen tener el texto
del artículo en la mano, me preocupa acá donde dice que:
Corresponde al Estado promover
las condiciones y crear los mecanismos adecuados para que la igualdad sea real
y efectiva. Pareciera que el Estado
tendría que crear leyes especiales donde taxativamente debería dar a la mujer un
porcentaje de participación por su condición de mujer, en ese aspecto señor
Presidente, me permito solicitar la inclusión inmediatamente después de la
palabra igualdad, me permito proponer la inclusión de la palabra de
oportunidades: Corresponde al Estado promover las condiciones y crear los
mecanismos adecuados para que la igualdad de oportunidades sea real y efectiva.
De tal forma de que no quepa la duda de que más adelante se quiera usar este
precepto constitucional establecido en este artículo para que se obligue al
Estado a la sanción de leyes que den un cupo, por ejemplo, taxativo en cuanto
en todos los ámbitos, tanto en los cargos electivos como nominativos a la mujer
por el simple hecho de ser mujer, porque ahí sí estaríamos creando una
discriminación total, señor Presidente. Es todo señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
señor Avalos.
Tiene el uso de la palabra el
Lic. Luis Alfonso Resck.
CIUDADANO
CONVENCIONAL LUIS ALFONSO RESCK: Gracias.
Presidente, Convencionales: Brevemente,
quien tuvo una madre que contribuyó a forjar la personalidad del hijo, quien
tiene una esposa que ha compartido las viscisitudes de la esperanza de su
compañero, quien tiene una hija que constituye la esperanza del mañana como
esposa, madre, ciudadana no puede substraerse a la emoción que late en nuestro
corazón en este momento de definir una Constitución que ampare los derechos de
la mujer. Me limito solamente, señor
Presidente, con estas modestas pero no menos por ello, significativas palabras
tributar un homenaje a la mujer, a la Mujer con mayúsculas y simplemente
recomendarle que más allá de la Constitución, imponga sus derechos porque son
derechos que le asisten desde el momento de la concepción. Muchas gracias,
señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Lic. Luis Alfonso Resck.
Tiene el uso de la palabra la
señorita Cristina Muñoz.
CIUDADANA
CONVENCIONAL CRISTINA MUÑOZ: Gracias Presidente. Es para dos cosas fundamentales,
ratificarme en el término Estado porque los poderes públicos son ejecutores de
la política del Estado y aclararle al compañero Avalos, cuando hablamos de
mecanismos éstos pueden ser administrativos, legales o cualquier medida que
pueda garantizar que esa igualdad sea real y efectiva En ese sentido, yo creo que, la inclusión de
igualdad de oportunidades está consagrada en otros articulados, sin embargo, en
la práctica se ha visto que la igualdad de oportunidades tal vez exista, lo que
no existen son los mecanismos y las condiciones para que esta igualdad sea
real. Gracias Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias...
CIUDADANO
CONVENCIONAL...: Señor
Presidente, quisiera hacer una moción de orden que se cierre la lista de
oradores y creo que vamos a llegar más rápidamente a una unidad para felicidad
de todos nosotros.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muy bien.
Aprobado. Restan por hacer uso de la palabra el Dr. Isidro Melgarejo Pereira,
el Dr.Bernardino Cano Radil, el Dr. Emilio Camacho y el Dr.Eusebio Ramón Ayala.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Isidro Melgarejo Pereira.
CIUDADANO
CONVENCIONAL ISIDRO MELGAREJO PEREIRA: Brevemente, señor
Presidente. Comparto en un cien por ciento el texto del artículo tal cual como
fue presentado por las proponentes la Lic. Muñoz y la Dra. Susana
Morínigo. Pero tengo una preocupación,
en el sentido de que, tal como ya dijo un preopinante si el Estado tiene que
tener su cargo los mecanismos adecuados para que la igualdad sea real y
efectiva y facilitar la participación de la mujer en todos los ámbitos de la
vida nacional. Me hago la pregunta, qué
pasa con respecto al servicio militar obligatorio? Y en ese sentido, estuve viendo todo el
capítulo que en el Proyecto Base es el artículo 137, no hace tampoco ninguna
clase de distinción y por otra parte, se tiene en cuenta el concepto que aquí
se está hablando solamente de derechos sin sus correlativos de
obligaciones. Entonces de alguna manera,
llamo a la reflexión acá de que si hay necesidad se podría aprobar el artículo así
como está presentado y dejar un párrafo a elaborar por vía de la designación de
2 ó 3 miembros de esta Comisión para después someter a consideración del
plenario de esta Comisión Redactora sobre ese punto. Nada más Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias doctor Melgarejo.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Bernardino Cano Radil.
CIUDADANO
CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL: Señor Presidente, no pensaba participar en el debate porque
pensé que íbamos a estar todos de acuerdo con el texto propuesto por las Dras.
Morínigo y Muñoz, pero me motivó una intervención en particular de un
preopinante, el señor Avalos, que me sorprendió realmente porque está
desconociendo incluso la doctrina del Partido, en el Estatuto del Partido
Colorado se incorporó la discriminación positiva hacia la mujer, del 20% de los
cargos electivos internos, nacionales y municipales como mínimo y alternados en
las listas copertinentes y esa
incorporación que tiene el Partido Colorado y mi intervención tiene el único
efecto de dejar sentado en Acta este gran avance del coloradismo, es el único
antecedente en el Paraguay y hay 2 solamente en América y en el mundo. España tiene uno, tiene el Partido Liberación
Nacional, creo de Costa Rica y está el Partido Colorado señores. Esto me exime, creo, de hacer un comentario;
quiero explicar brevemente que significa el texto del artículo propuesto. No se puede hablar de igualdad de
oportunidades cuando se refieren a sectores minoritarios discriminados
históricamente, la discriminación exige en materia de derechos humanos una
desigualdad en la generación de políticas y de leyes de especiales. ¿Para
qué? Para llevar a la igualdad de oportunidades. La igualdad de oportunidades entre desiguales
es un sofisma, una falacia y no va llevar a nada a la superación de la
desigualdad de la mujer; en ese aspecto creo que, este artículo que han traído
las compañeras y entiendo que es un producto intelectual colectivo, no es de
Muñoz ni de Morínigo, sino que es un trabajo colectivo de todas las
Convencionales Constituyentes, y un trabajo colectivo de las mujeres del
Paraguay y asesoradas por Organismos especializados en el campo, tengo
entendido que así es el producto que se ha llegado a esta Mesa nos exime de
mayor fundamento porque estamos realmente incorporando un anhelo de un sector
mayoritario de nuestra población y creando la base jurídica y política para que
el Estado pueda actuar en base a un artículo que ya hemos aprobado esta mañana
donde decimos que las
protecciones y
las discriminaciones en favor de los sectores minoritarios y minusválidos o
desiguales de la sociedad es una carga del Estado que tiene que ser removida en
sus obstáculos reales y legales.
Por estos argumentos creo que el
artículo debe ser apoyado como está y me limito a esta reflexión. Muchas
gracias.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS AVALOS: Señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: ¿Sobre el punto?
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS AVALOS: Sobre el punto
señor Presidente. A los efectos de
allanarme in extenso al Proyecto presentado por la Convencional Cristina Muñoz,
dejando sentado la salvedad de mi preocupación en ese sentido, señor
Presidente. Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
señor Avalos.
Tiene el uso de la palabra, o
tenía el Dr. Emilio Camacho que no está en la sala. Declinó?. Cierra la lista de oradores el Dr. Eusebio
Ramón Ayala.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EUSEBIO RAMON AYALA: Bueno, no es
necesario aclarar que todos estamos de acuerdo en que las mujeres tengan la
igualdad, pero creo que, la redacción poco feliz del artículo propuesto no
logra advertir justamente y no va lograr la real y efectiva igualdad,
porque si hasta ahora se quejan las mujeres y con razón, es que tienen
más obligaciones que derechos que los hombres.
Por lo tanto, para que exista una igualdad debe haber igualdad en
derechos e igualdad en obligaciones, se ha omitido sobre todo en la propuesta
de artículo de la Convencional Muñoz, pero sí ha estado en el de las mujeres
interbancadas y el de la señora Morínigo con muy buen criterio, entonces, si
hay un texto unificado, solamente el de la Convencional Muñoz, yo creo que es
un error por un lado.
Entonces, no solamente se habla
de derechos, también de iguales obligaciones, yo creo que en eso consiste la
igualdad entre los hombres y las mujeres, que tengan iguales derechos e iguales
obligaciones; además, yo creo que está muy bien la última parte que diga:
Corresponde al Estado promover las condiciones y crear los mecanismos adecuados
para que esta igualdad sea real y efectiva, y ahí no está discriminando ni
positiva ni negativamente, se refiere a ambos, al hombre y a la mujer
que en algún momento puede cambiar, ahora sí, lo que privilegia a la mujer y es
una discriminación positiva es donde dice: facilitar la participación de la
mujer en todos los ámbitos de la vida nacional, llamo solamente sobre el punto
que no se establecen iguales obligaciones.
No hay que pensar entonces de que mañana, como no está prohibido en la
Constitución, mañana los legisladores, cosa que dudo mucho, puedan decir no, lo
que está prescrito en la Constitución es igualdad de derechos
pero no igualdad de obligaciones e impongan obligaciones más gravosas a las
mujeres, es un absurdo que puede darse.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: La señorita Muñoz
quería hacer una aclaración sobre el punto, por eso excepcionalmente, la
admito porque ya cerramos la lista de oradores.
CIUDADANA
CONVENCIONAL CRISTINA MUÑOZ: Gracias Presidente. Simplemente para aclarar de que, si bien esta
redacción es poco feliz como señala él desde su punto de vista, la que hemos
aprobado en esta sala tampoco ha sido muy feliz en referencia a los
artículos 48 y 49, pero sí refleja el espíritu de quienes estamos trabajando
aquí. Yo creo que, la rigurosidad
jurídica no solamente debe llegar al artículo referente a la mujer y en cuanto
a la obligación, creo que cuando se habla de derechos y obligaciones
para las personas o para todos los habitantes estamos señalando que es para el
hombre y la mujer, pero como este es un artículo donde garantizamos los
derechos que es lo que tenemos cercenadas las mujeres, las obligaciones están
garantizadas en toda la Constitución.
Por lo tanto, me ratifico en esta redacción señor Presidente y quisiera
de que la rigurosidad jurídica, por favor no caiga en toda su dimensión sobre
este artículo porque hemos demostrado que en los artículos que hemos aprobado
en algunas partes tampoco cayó muy rigurosamente, señor Presidente, y me
ratifico en el texto, señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
entonces, vamos a someter a consideración el texto de la redacción del artículo
tal cual como viene de la Sub-Comisión N°1.
Quiénes están de acuerdo con este texto.
No hay nadie.
Someto a consideración el texto
tal cual fue presentado por la señorita Cristina Muñoz y la Dra. Susana
Morínigo. Quiénes estén de acuerdo con
él se servirán levantar la mano. Mayoría.
Muy bien señores, entonces ahora
someto a consideración de esta Comisión Redactora el artículo 51.
CIUDADANO
SECRETARIO: Todos los ciudadanos paraguayos gozan de
igualdad política para ejercer los siguientes derechos:
a) Al sufragio: por el cual
pueden ser electores o elegidos en comicios regulares.
b) Al ejercicio del poder
legítimo: por el cual pueden ocupar y ejercer las funciones para las cuales
fueran elegidos o designados legalmente.
c) A la representación: por el
cual deben estar legítimamente representados en el gobierno, este derecho
incluye al de la proporcionalidad para las organizaciones políticas
minoritarias; y
d) Al contralor: por el cual
pueden informarse o demandar información acerca de la administración de los
asuntos públicos.
El Estado estimulará la participación
política de los ciudadanos a cuyo efecto la hará operativa dentro de un sistema
racional y armónico.
Y en Secretaria, pido atención,
y en Secretaría, en cuanto a una moción de suspensión de este artículo, para
que sea pasado al Capítulo de los Derechos Políticos. Si no hay oposición diría que se apruebe esa
moción de suspensión, y tratemos todos juntos el Capítulo de Derechos
Políticos.
APROBADO
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Así se resuelve.
CIUDADANO SECRETARIO: Muy bien. CAPITULO CUARTO.
DERECHO DE LA FAMILIA: Artículo 52. Protección de la Familia.
La familia es el fundamento de
la sociedad, el Estado promoverá y garantizará su protección integral. Esta
protección se extenderá a la unión estable del hombre y la mujer, los hijos y a
la comunidad formada por cualquiera de los progenitores y sus descendientes.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Hay alguna moción en relación con este artículo. Va dar
lectura el secretario.
CIUDADANO
SECRETARIO: El Artículo
52 dice: Protección de la familia. La
familia es el núcleo fundamental de la sociedad, el Estado promoverá y
garantizará su protección integral, esta protección se extenderá a la unión
estable del hombre y la mujer, los hijos
y a la comunidad formada por cualquiera de los progenitores y sus
descendientes.
Hay una moción del Dr. Gustavo
Laterza.
Todas las personas tiene derecho
a constituir familia en cuya formación y desenvolvimiento la mujer y el hombre
tendrán las mismas prerrogativas y deberes, el Estado y la sociedad promoverán
y garantizarán la protección integral de la familia.
Hay una moción también del
Lic.Luis Alfonso Resck.
PROTECCION DE LA FAMILIA: 1) La
familia como comunidad natural, jurídica y económica es el fundamento de la
sociedad, el Estado promoverá y garantizará su protección integral.
2) Esta protección se extenderá
a la unión estable del hombre y la mujer los hijos y la comunidad, formada por
cualquiera de los progenitores y sus descendientes.
3) La Constitución reconoce a la
familia como persona jurídica, y como una de las unidades básicas del
ordenamiento municipal.
CIUDADANO
CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL: Moción de Orden
Presidente. Como las tres mociones
presentadas difieren en estilo y cuestiones de forma mociono que se pase a
votación sin fundamento y entre los textos propuestos, vamos a avanzar mas
rápido, no hay diferencia de fondo.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de la palabra el Dr. Efraín Enríquez Gamón,
el Dr. Gustavo Laterza.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EFRAIN ENRIQUEZ GAMON: Señor Presidente, en principio como excoordinador de la
Sub-Comisión N°2, hemos llegado a un acuerdo de sostener en esta bancada
lo que hemos resuelto en la Sub-Comisión nosotros nos mantenemos en lo que
hemos resuelto en esa oportunidad y está escrito en este anteproyecto.
Naturalmente eso no nos obliga a
querer ser dogmático ni mucho menos, sino simplemente creemos nosotros de que
estos artículos están trabajados dentro de los conceptos y de los preceptos de
nuestro cometido y por lo tanto nos mantenemos en su redacción original. Nada
más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias,
Dr. Gamón.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Gustavo Laterza.
CIUDADANO
CONVENCIONAL GUSTAVO LATERZA: Señor Presidente, quisiera fundamentar muy brevemente
una moción que creo que todavía no llego a las manos de los miembros de la
Comisión Redactora, y hay algunas cuestiones de fondo por eso no había admitido
la sugerencia del Convencional Cano Radil, en el artículo 52 de la versión
original del Proyecto Base, se inicia con una declaración que es la familia es
el fundamento de la sociedad, es una aclaración cierta pero creo que en todo
caso puede ser obviada porque hay también otras declaraciones que podrían
hacerse como la educación es el fundamento de la sociedad, la salud pública es
el fundamento de la sociedad, creo que esta frase es elegante pero no cumple
ninguna función en el texto.
La siguiente frase el Estado
promoverá y garantizará su protección integral, si es importante, pero lo que
me preocupa es que en el siguiente párrafo en el segundo dice esta protección
se extenderá a la unión estable del hombre y la mujer, es decir se esta
introduciendo evidentemente una discriminación, en el primer párrafo se habla
de la familia que será protegida por el Estado y luego dice que esta protección
se extenderá a la unión estable, quiere decir que la unión estable no es
familia. La unión estable es una
situación de hecho, una situación social que lamentablemente no podemos
convertir en familia y por lo tanto también le tenemos que extender la
protección del Estado, esa es la impresión que causa esa diferenciación de
concepto entre estos dos párrafos, por eso yo en mi moción sugiero la
eliminación de este segundo párrafo, y por considerar que el Artículo 52 y 53,
tratan de la misma cuestión fusiono estos dos artículos en un solo texto, y conservo
todo lo demás es decir el derecho a constituir familia, la protección que deben
recibir por parte del Estado y le agrego de la sociedad porque no creo que sea
justo que solamente se le exija al Estado la protección y no a la sociedad que
también es importante y por ultimo también la idea de que hombre y mujer tienen
las mismas prerrogativas y los mismos deberes en el proceso de Constitución de
una familia. Gracias señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias.
Tiene el uso de la palabra el
Convencional Carlos Avalos.
CIUDADANO CONVENCIONAL
CARLOS AVALOS: Gracias señor
Presidente, ciudadanos Convencionales:
Existiendo la presentación hecha por colegas Convencionales de la
Comisión Interbancada de Mujeres, de un Proyecto de artículo sustitutivo del
Artículo 52, del Proyecto Base, ya que hasta el momento ningún Convencional
integrante de la Comisión Redactora se ha hecho cargo de dicha propuesta quiero
hacer mía la propuesta presentada por ellos con el texto del Artículo 52 en los
siguientes términos: Protección de la
Familia.
La familia es
el fundamento de la sociedad en cuya formación y desenvolvimiento la mujer y el
hombre tendrán los mismos derechos y obligaciones.
El Estado promoverá y
garantizará su protección integral, esta protección incluye a la unión estable
del hombre y la mujer, los hijos y a la comunidad formada por cualquiera de los
progenitores y sus descendientes.
Entonces señor Presidente es a
los efectos de hacer mía esa moción de tal forma que sean incluidas entre las
mociones presentadas. Gracias.
CIUDADANO PRESIDENTE
DE LA COMISION: Dejamos
constancia Dr. Avalos.
Tiene el uso de la palabra el
Convencional Dr. José Nicolás Morínigo.
CIUDADANA
CONVENCIONAL JOSE NICOLAS MORINIGO: Yo quiero hacer
referencia solamente a dos cuestiones que me parecen importantes en primer
lugar la familia es el fundamento de la sociedad, se está haciendo referencia a
un criterio de carácter sociológico en el sentido de darle un contenido y de
darle un reconocimiento a una institución que independientemente de como esta
organizado es sin duda alguna uno de los elementos fundamentales que permite la
integración social, independientemente de su forma de organización.
Por consiguiente creo que el
reconocimiento apunta simplemente a visualizar una realidad y a tomarlo como
tal.
Con respecto al planteamiento
que había tomado el preopinante creo de que realmente es un aporte importante
la inclusión de la palabra incluye, de esta manera se elimina esto que podría
entenderse como que se extenderá, que acá no
se desarrolla el concepto de familia, cuando simplemente lo que aparece
en el segundo párrafo es que la protección integral es decir en toda sus formas, no solamente se
refiere a la unión estable del hombre y la mujer sino a otras formas organizativas
de familia que son muy típicas de la sociedad paraguaya, no se debe olvidar que
la familia nuclear hombre, mujer e hijo en esta sociedad y en el gran Asunción
solo alcanza al 14% y que la mayoría de familia tiene una forma de integración
totalmente distinto.
Por consiguiente creo que la palabra o el término
incluye precisa mejor lo que se esta pretendiendo decir en este segundo párrafo
y creo que habría que tomar en consideración.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de la palabra la Lic. Cristina Muñoz.
CIUDADANA CONVENCIONAL
CRISTINA MUÑOZ: Paso señor
Presidente, ya que se fundamentaron ya las modificaciones. Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de la palabra el Convencional Rolando Dos Santos.
CIUDADANO
CONVENCIONAL ROLANDO DOS SANTOS: Mis palabras van
tener el mismo sentido que la del señor Avalos así que declino señor
Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de la palabra el Dr. Luis Alfonso Resck.
CIUDADANO
CONVENCIONAL LUIS ALFONSO RESCK: Señor Presidente, compañeros Convencionales: Yo querría como una transcripción no muy
feliz concordante con el original hacer la salvedad del caso, la ponencia por
el os habla presentada es como sigue:
Protección de la Familia: La familia como comunidad natural jurídica y
económica es el fundamento de la sociedad, el Estado promoverá y garantizará su
protección integral. La Constitución reconoce a la familia como persona
jurídica y como una de las unidades básicas del ordenamiento municipal.
Derecho a Constituir la Familia: Toda persona tiene derecho a constituir
familia en cuya formación y desenvolvimiento la mujer y el hombre tendrán los
mismo derechos y obligaciones.
Quisiera yo solamente avalar
esta ponencia destacando la necesidad de poner énfasis por parte del Estado y
de la sociedad en alentar y promover a la familia como institución base de la
nación de la sociedad, porque hoy en día la crisis que sacude a esta sociedad
nuestra consumista inspirada en una filosofía individualista que pospone
valores y principios que deben ser normas de conducta para su convivencia
arranca muchas veces de la desorganización y de la misma crisis que sacude a la
familia.
Por eso
ponemos énfasis precisamente en su
promoción institucional como fundamento de la sociedad. Muchas gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias Dr. Resck.
Una aclaración
se va a hacer por Secretaría.
CIUDADANO
SECRETARIO: El señor Avalos que acompañe la moción que se
ha hecho cargo, porque no consta en Secretaría.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de
la palabra el Dr. Rubén Melgarejo Lanzoni.
CIUDADANO
CONVENCIONAL RUBEN MELGAREJO LANZONI: Gracias señor
Presidente más bien he pedido el uso de la palabra para permitirme una
exhortación ya que estamos iniciando un capítulo referente al trabajo elaborado
por la Sub-Comisión 2, y teniendo en cuenta los inconvenientes que hemos tenido
en especial con la Sub-Comisión 1, a fin de llamarles la atención de la
necesidad de agilizar el trabajo, no obstante no estoy en contra de lo que se
pueda plantear de temas de fondo pero creo oportuno ya que estamos iniciando el
capítulo referente a ese trabajo de dicha Sub-Comisión de que los temas que no
sean discutibles o no existan posiciones encontradas tratemos de aprobar tal
cual dictamino, y yo me adelanto ya a dar en muchos casos mi apoyo y mi voto al
trabajo hecho por la Sub-Comisión en homenaje al tiempo y ante la necesidad de
terminar en el plazo establecido, esa es la exhortación a los compañeros.
Muchas gracias
Presidente.
CIUDADANO PRESIDENTE
DE LA COMISION: Muchas
gracias, Dr. Melgarejo.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Eusebio Ramón Ayala.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EUSEBIO RAMON AYALA: Una moción de
orden para que se cierre la lista de oradores y que se pase a votar los textos.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Si no hay
Convencionales que quieran hacer uso de la palabra sobre el tema, damos al Dr.
Melgarejo Pereira. Y el último, ¿no hay otro?.
Dejamos cerrada. El Dr. Miguel
Abdón Saguier. Con estos dos nombres,
cerramos la lista de oradores.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Isidro Melgarejo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL ISIDRO MELGAREJO PEREIRA: Tengo una
propuesta, que creo que todos tienen en su poder, donde algunas cuestiones
puntuales sobre varios artículos referidos a este Capítulo, en donde comienza
con una nota donde dice: las palabras
subrayadas son las incorporaciones propuestas, sobre el principio de mantener
en lo posible el texto base, tal como vino de la Comisión, y tratar de hacer la
menor modificación posible.
El deseo es tratar de darle más
argumento, en algunos casos. En este caso, el cambio es de la palabra
"fundamento", por la de núcleo fundamental, que es la diferencia, y
ahora quiero hacer una modificación para suprimir el segundo párrafo que se refiere
a "esta protección se extenderá a la unión estable del hombre y la mujer,
los hijos y a la comunidad formada por cualquiera de los progenitores y sus
descendientes". Se debe,
fundamentalmente, a que la redacción no me parece muy feliz en cuanto a la frase
"comunidad formada por cualquiera de los progenitores y sus
descendientes".
También, las críticas que hizo
el Dr. Laterza, sobre si estamos defendiendo el concubinato, que es una
realidad, y creo que en un Texto Constitucional, es preferible defender el
concepto que es el de la familia como núcleo fundamental de la sociedad, lo que
me lleva a plantear otra vez la supresión de este párrafo y dejar mi propuesta
en el primer párrafo tal cual como ustedes pueden leerlo. Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: El Dr. Miguel
Abdón Saguier, es el último orador de la lista.
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: Ciudadano
Presidente y ciudadanos Convencionales:
Nuestra Subcomisión, en la elaboración de los artículos, ha tenido muy
en cuenta una idea que, entendemos, es generalizada en toda la Convención
Constituyente. La idea de aprobar una
Constitución marco, es decir, de no hacer una Constitución detallista y que a
veces abunda en adjetivaciones y se hace casi barroca, diría yo.
Y ustedes van a notar que en el
desarrollo de todo lo que a nosotros nos tocó, se hizo de acuerdo a ese
modelo. Y entendemos que, el Capítulo se
inicia de esa manera, haciendo, como dijo un preopinante, un reconocimiento
objetivo de lo que es la familia en la sociedad. Y a partir de ahí, desarrollar todos los
otros artículos. Se empieza con la
protección que el Estado le debe a la familia.
Y se ha incluido este segundo párrafo, de que "la protección
incluye a la unión estable del hombre y la mujer, los hijos y a la comunidad
formada por cualquiera de los progenitores y sus descendientes",
atendiendo a la realidad social del Paraguay.
Y tomando en cuenta, de que la
familia no solamente está constituida por el hombre y la mujer que están unidas
en matrimonio, sino que la realidad social nos impone que el Estado proteja aún
a aquellas familias que no están vinculadas por vínculos formales, como es el
matrimonio, e inclusive, familia que solamente están integradas por la mujer,
la madre y los hijos, o solamente el padre y los hijos.
Entonces, nosotros pedimos a los
ciudadanos Convencionales el apoyo a este artículo, porque entendemos que está
concebido de acuerdo a fórmulas que son generalizadas en muchas Constituciones,
porque eso también es importante tener en cuenta, hemos hecho bastantes cotejos
y estudios comparativos de Constituciones para elaborar estos artículos. Gracias Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Gracias Dr.
Saguier.
Se cerró el debate, por lo tanto
vamos a proceder a ...
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ROMERO PEREIRA: Presidente,
Presidente: Una aclaración. Hay una moción del Dr. Laterza, que es fusión
de dos artículos. Yo no sé si
eso... Por favor que se explique eso.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Vamos a tener en
cuenta como moción la del Dr. Laterza.
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: Una aclaración,
Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Sí, una
aclaración Dr. Saguier.
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: Una aclaración
que se me pasó. La propuesta del Dr.
Morínigo, miembro de esta Subcomisión, de aceptar la expresión acá, "esta
protección incluye", es correcta y estamos conforme con esa inclusión. Entonces quedaría "esta protección
incluye a la unión estable del hombre y la mujer", y sigue todo
igual. En vez de decir "se
extenderá" se pone "incluye".
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Queda registrado.
CIUDADANO
SECRETARIO: Leo las mociones que hay en Secretaría.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Vamos a dar número a las mociones para facilitar el
entendimiento.
CIUDADANO
SECRETARIO: Moción N° 1 - Proyecto base
Subcomisión. Protección de la
familia: La familia es el fundamento de
la sociedad. El Estado promoverá y
garantizará su protección integral. Esta
protección incluye a la unión estable del hombre y la mujer, los hijos y a la
comunidad formada por cualquiera de los progenitores y sus descendientes.
Moción N° 2 del Profesor Resck. La familia como comunidad natural,
jurídica. Retira la moción.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Retira la moción
el Dr. Resck.
CIUDADANO
SECRETARIO: La moción N° 2, entonces, es la de Gustavo
Laterza, que aparte, pretende fusionar los Artículos 52 y 53: Todas las personas tienen derecho a constituir
familia en cuya formación y desenvolvimiento la mujer y el hombre tendrán las
mismas prerrogativas y deberes. El
Estado y la sociedad promoverán y garantizarán la protección integral de la
familia.
Moción N° 3, la del señor Melgarejo
Pereira: La familia es el núcleo
fundamental de la sociedad. El Estado
promoverá y garantizará su protección integral.
Moción N° 4, de la Interbancada de mujeres.
(discusión en la sala)
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Vamos a dar
lectura.
CIUDADANO SECRETARIO:
La familia es el fundamento de la sociedad, en cuya formación y
desenvolvimiento la mujer y el hombre tendrán los mismos derechos y
obligaciones. El Estado promoverá y
garantizará su protección integral. Esta
protección incluye a la unión estable del hombre y la mujer, los hijos y a la
comunidad formada por cualquiera de los progenitores y sus descendientes.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Incluye una frase
en el primer párrafo, señor. Vamos a
tomar como una moción diferente.
Entonces, los que estén de
acuerdo con la moción de la Comisión, se servirán levantar la mano. Por favor, se cuenta por Secretaría. Nueve votos.
Los que estén conforme con la
redacción de la moción presentada por el Convencional Laterza. Tres votos.
Los que estén de acuerdo con la
redacción del Convencional Melgarejo Pereira.
Seis votos.
Y, finalmente, los que estén de
acuerdo con la redacción del Convencional Avalos. Cinco votos.
Es decir, quedó aprobado,
entonces, el de la Comisión. Pasamos a
estudiar el Artículo 53, que vamos a dar lectura por Secretaría.
CIUDADANO SECRETARIO: Derecho a Constituir familia: Toda persona tiene derecho a constituir
familia, en cuya formación y desenvolvimiento, la mujer y el hombre tendrán los
mismos derechos y obligaciones.
Creo que se da por aprobado
porque ya está...
CIUDADANO
CONVENCIONAL ...: Hay otra moción.
CIUDADANO
SECRETARIO: Hay otra moción. Todas las personas tienen el derecho de
elegir libremente su estado de vida y por lo tanto, el derecho de permanecer
célibe u a establecer una familia, en cuya formación y desenvolvimiento la
mujer y el hombre tendrán los mismos derechos y obligaciones.
Moción Melgarejo Pereira, y
Artículo 53 de la Interbancada de mujeres:
Las relaciones de familia se basan en igualdad de derechos y deberes de
la pareja con idéntica capacidad jurídica para ambos y en el respeto recíproco
entre todos sus integrantes.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de
la palabra el Dr. Melgarejo Pereira.
CIUDADANO CONVENCIONAL
ISIDRO MELGAREJO PEREIRA: Este artículo les habrá llamado la atención, pero de
alguna forma, quiero explicarles el origen.
Para todos los que se sienten católicos, esto proviene de la carta de
los derechos de familia y fue en respuesta a un voto formulado por el Sínodo de
los Obispos reunidos en Roma en 1980 para estudiar el papel de la familia
cristiana en el mundo contemporáneo.
El Papa Juan Pablo II, lo aprobó
en la exhortación apostólica familiar y consorcio, y fue este un mensaje, esta
carta que fue presentado por el Equipo Nacional de Pastoral Familiar de la
Conferencia Episcopal Paraguaya a esta Convención, en documento que fue
entregado a todos los Convencionales, en donde dice de que su finalidad es la
de presentar a nuestros contemporáneos, cristianos o no, una formulación, la
más completa y ordenada posible, de los derechos fundamentales inherentes a
esta sociedad natural y universal que es la familia.
Se dice también, de que la
sociedad está llamada a defender esos derechos contra toda violación, a
respetarlos y a promoverlos en la integridad de su contenido. Este artículo en donde, vuelvo a repetir,
esta carta de los derecho de la familia, fue presentada por la Santa Sede, que
es el organismo central y supremo del gobierno de la Iglesia Católica. En su Artículo 1°, dice expresamente esta
disposición: "Todas las personas
tienen el derecho de elegir libremente su estado de vida". O sea, lo que estamos privilegiando, no es
solamente el derecho a constituir una familia, sino el derecho a elegir
libremente su estado de vida, y por lo tanto, derecho a contraer matrimonio y
establecer una familia, o a permanecer célibes.
Esta es la lectura literal de lo
que dice el artículo de la carta de los Obispos.
Entonces, qué pasa. Nosotros no somos un país como en Europa en
donde se le cobra impuesto a los que están solteros. Acá nosotros queremos reconocer ese derecho
porque no tenemos el problema del crecimiento demográfico. Entonces, qué pasa: El mismo artículo ha tratado de incorporar
estos conceptos del derecho a elegir libremente el estado de vida, por eso, en
la propuesta que ustedes tienen, están con subrayados las frases que se
incorporan.
Entonces el artículo diría
así: "Todas las personas tienen el
derecho de elegir libremente su estado de vida y por lo tanto derecho a
permanecer célibes o a establecer una familia en cuya formación y
desenvolvimiento la mujer y el hombre tendrán los mismos derechos y
obligaciones. Nada más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muy bien Dr.
Melgarejo.
No hay más propuestas. Vamos a someter a consideración, entonces, el
Artículo 53. Quienes estén de acuerdo
con el texto, tal cual vino de la Subcomisión respectiva, se servirán levantar
la mano. Once votos.
Quienes estén de acuerdo con la
propuesta del Dr. Isidro Melgarejo, se servirán levantar la mano. Cinco votos.
Quienes estén de acuerdo con la
propuesta de la Interbancada de mujeres presentada por el Convencional Avalos,
se servirán levantar la mano. Seis
votos.
Queda el texto tal cual fue
propuesto por la Subcomisión. Entramos a
considerar entonces, el Artículo 54.
CIUDADANO SECRETARIO: El matrimonio y los efectos de las uniones de
hecho: La ley establecerá las
formalidades para la celebración del matrimonio, los requerimientos para
contraerlos, el régimen de administración de bienes, otros derechos y
obligaciones entre cónyuges. Las uniones
de hecho entre personas sin impedimentos legales para contraer matrimonio que
reúnan las condiciones de estabilidad y singularidad, producen efectos
similares al matrimonio. Hay una
propuesta del Dr. Melgarejo Pereira. El
matrimonio y los efectos de las uniones de hecho: La ley establecerá las formalidades para la
celebración del matrimonio entre el hombre y la mujer, los requerimientos para
contraerlo, el régimen de la administración de bienes, otros derechos y
obligaciones entre cónyuges. Las uniones
de hecho entre el hombre y la mujer sin impedimentos legales para contraer
matrimonio que reúnan las condiciones de estabilidad y singularidad, producen
efectos similares al matrimonio.
Creo que lo único que agrega a
la propuesta de Comisión es "el hombre y la mujer" en los dos
párrafos.
Y hay una moción de la
Interbancada de mujeres que dice: La ley
establecerá las formalidades para la celebración del matrimonio, los requisitos
para contraerlo, el régimen de administración de bienes, los derechos y
obligaciones de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus
efectos. Las uniones de hecho entre el
hombre y la mujer sin impedimentos legales para contraer matrimonio que reúnan
las condiciones de estabilidad y singularidad, producen efectos similares al
matrimonio en las condiciones que establezca la ley, debiendo ella facilitar su
conversión en matrimonio.
Ese agregado es válido
"debiendo ella facilitar su conversión en matrimonio".
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Hay una ponencia
del Lic. Resck.
CIUDADANO
SECRETARIO: La ponencia del licenciado Resck. La propuesta del Dr. Resck que dice: La familia se constituye sobre el matrimonio
legítimo en el marco de la responsabilidad ética y jurídica de los cónyuges, la
paternidad responsable y el derecho de las personas a decidir libremente el
número y espaciamiento de sus hijos. La
ley establecerá las formalidades para la celebración del matrimonio, los
requerimientos para contraerlos, el régimen de administración de bienes entre
otros derechos y obligaciones de los cónyuges.
Hay una propuesta del Dr.
González, la segunda parte del Artículo 54, que dice: Las uniones de hechos entre el hombre y la
mujer sin impedimentos para contraer matrimonio que reúnan los caracteres de
estabilidad y singularidad producen efectos similares al matrimonio dentro de
las condiciones que establezca la ley.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Dr. González,
¿va a fundarla?
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ALBERTO GONZALEZ: Sí, señor.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muy bien, lo
escuchamos.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS ALBERTO GONZALEZ: En primer
término, creo que este texto cuenta con la versión de la mayoría de los
miembros de la Subcomisión. Es un
agregado que creemos indispensable porque había habido una omisión, el decir
"dentro de las condiciones que establezca la ley", porque es obvio
que la ley tiene que establecer las condiciones que indiquen cuando la unión de
hecho realmente tiene efectos similares al matrimonio. Por otro lado, también pusimos "la unión
entre el hombre y la mujer" y no entre personas, para hacer una mejor
aclaración. Por lo tanto este es el
texto que creo que cuenta con la adhesión de la mayoría de los miembros de la
Subcomisión. Nada más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Interrogo al
ciudadano Presidente de la Comisión si hay consenso en esto.
Perfecto. Entonces, el texto de la Subcomisión queda
reformulado en la forma que plantea el Dr. Carlos Alberto González,
verdad?. Sí, pero queda reformulado así.
CIUDADANO
SECRETARIO: El primer párrafo, idéntico, y el segundo
párrafo se sustituye por lo siguiente:
"las uniones de hecho entre el hombre y la mujer sin impedimentos
para contraer matrimonio que reúnan los caracteres de estabilidad y
singularidad, producen efectos similares al matrimonio dentro de las
condiciones que establezca la ley".
Ese está aprobado entonces, como párrafo de la Subcomisión 1, de la
Subcomisión 2.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de
la palabra el Lic. Luis Alfonso Resck.
CIUDADANO
CONVENCIONAL LUIS ALFONSO RESCK: Brevemente,
ciudadano Presidente. Espero que se me
dispense, es una temática de suyo, personalmente para mí y quienes comparten
esta filosofía humanista, el problema de la familia. Nosotros vemos a diario, tanto dentro como
fuera del país, el drama de los crímenes, violaciones de padre a hijo, de
hermano a hermana, toda suerte de preeminencia de disvalores en el ámbito
familiar, precisamente, porque se ha perdido el concepto de la
institucionalidad de la familia, porque, desgraciadamente, vivimos una crisis
de valores y valores en crisis. Una
crisis de hombre y hombre en crisis, y una crisis de humanidad y humanidad en
crisis, donde estos principios sagrados como fundamento de la sociedad, ya que
los valores morales, y óigase bien, emergen de la propia naturaleza del
hombre. El hombre es -yo ruego a los compañeros, yo he prestado
atención, ciudadano Presidente, que nos dispensen la satisfacción, también de
la atención, ciudadano Presidente-.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Me parece muy
oportuna su llamada de atención licenciado Resck, y sobre todo, se ruega que
quienes no participan en las consideraciones, guarden silencio.
CIUDADANO
CONVENCIONAL LUIS ALFONSO RESCK: El hombre es un
animal político, dice Aristóteles. Pero
pensadores y juristas dicen que también, es un ser social, un ser moral, un ser
religioso y un ser biológico. Así lo
consagra el famoso pensador, laureado en Europa, Ñoki, con el perdón de su
nombre.
Precisamente, emergente de esta
realidad y arrancando a partir de la imagen del hombre, he ahí el valor
moral, he ahí el valor religioso, he ahí
el valor social y con la familia desconociendo la observancia de estos valores
que hacen a su fundamento como fundamento de la sociedad, sufrimos la crisis
que, lamentablemente, estamos presenciando y que transciende a toda la
sociedad.
Por ello es que hemos concebido
este artículo: "La familia se
constituye sobre el matrimonio legítimo", sin perjuicio que aquellas
uniones de hecho las promovamos, por eso acaba de sancionarse una ley de divorcio,
para regularizar lo irregulable. Con
ello estimulamos y alentamos, justamente,la institucionalización formal de la
familia.
Entonces, la familia se
constituye sobre el matrimonio legítimo en el marco de la responsabilidad ética
y jurídica de los cónyuges, que hoy en día, muchas veces inobservan y traen
como consecuencia, precisamente, esta serie de crisis que conmocionan a la
sociedad paraguaya. La crisis de la
inobservancia de estos valores lleva a crímenes de lesa humanidad en el seno de
la familia, cuando que depositamos en ella nuestra esperanza como fundamento de
la sociedad.
Entonces, "la paternidad
responsable y el derecho de las personas a decidir libremente el número y el
espaciamiento de sus hijos. La ley
establecerá las formalidades para la celebración del matrimonio, los
requerimientos para contraerlo, el régimen de administración de bienes entre
otros derechos y obligaciones de los cónyuges".
Termino con esto, observamos la realidad, ¿que es la
realismo? El realismo no consiste en
aceptar a priori la realidad. El
realismo consiste en analizarla, en interpretarla, en diagnosticarla y en ver cómo transformamos la realidad, de los
disvalores en valores, de vicios en virtudes, en ese sentido, respetamos la
unión de hecho, respetamos, nos acercamos, le brindamos toda suerte de
asistencia, pero la promovemos hacia una unión legítima dentro de estos canones
éticos-jurídicos. Muchas gracias
Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
licenciado Resck.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Evelio Fernández.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS: Gracias a las
modificaciones que fueron planteadas por algunos Convencionales, estamos
llegando, prácticamente, a una redacción de consenso con respecto a la
propuesta por la Subcomisión N° 2.
Pero yo solamente quisiera que,
para que el consenso sea total, se acepte el agregado propuesto por la
Interbancada de mujeres, el agregado final, "debiendo ella facilitar su
conversión en matrimonio".
Este agregado, vendría a ser -el
texto es exactamente igual al de la Subcomisión N° 2, solamente que en el punto final
se le agrega esa frese y tiene mucha importancia-. ¿Por qué?. Porque, además de reconocer las
uniones de hecho entre el hombre y la mujer que tenga efectos similares al
matrimonio, se está indicando que la ley debe facilitar su conversión en
matrimonio porque se reconoce al matrimonio como una institución en la cual,
tanto el hombre como la mujer y los hijos, encuentran una protección mayor y un
ámbito de desenvolvimiento mejor.
Yo sugeriría por eso a los
miembros de la Subcomisión 2, que acepten ese agregado y así votamos,
prácticamente, de consenso. Nada más
ciudadano Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Fernández.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Efraín Enríquez Gamón.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EFRAIN ENRIQUEZ GAMON: Ciudadano
Presidente: Yo propondría que como son
dos temas diferentes pero establecidos en el mismo artículo, por un lado el
matrimonio y por otro lado, los efectos de las uniones de hecho, si no
podríamos encarar el estudio por párrafo, de tal modo a que lleguemos a aclarar
mejor uno y otros conceptos.
En principio, decíamos nosotros
hoy, que aceptábamos la inclusión de un párrafo que se había omitido y que no tendríamos
en, salvo opinión en contrario, lo que las mujeres, las Convencionales mujeres,
adicionan a este último párrafo. Nada
más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Gamón.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Federico Callizo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL FEDERICO CALLIZO: Presidente: En el
mismo sentido expresado por el Convencional Evelio Fernández, yo acuerdo que es
importante la incorporación de la última parte del Proyecto planteado por la
Coordinadora de Convencionales mujeres. Y en ese sentido, y antes de entrar a resolver
si vamos estudiar por párrafo, quiero hacer mía la moción, para que figure en
la mesa como mía, la moción planteada por las señoras de Interbancada,
efectivamente. Nada más Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Callizo.
Tiene el uso de la palabra el
señor Carlos Avalos, que la había presentado como suya.
CIUDADANO
CONVENCIONAL CARLOS AVALOS: Gracias ciudadano
Presidente. Ciudadanos
Convencionales: Efectivamente, ya en su oportunidad,
había hecho mía las mociones presentadas por las Convencionales de la
Interbancada de mujeres. Solicitaría a
los señores integrantes de la Subcomisión 2, porque ellos ya hicieron una
modificación cambiando el término "las uniones de hecho entre
personas" por el de "hombres y mujeres".
Entonces, para que acepten el
agregado que había propuesto el Dr. Evelio Fernández, con las fundamentaciones
que lo había hecho, y agregando de que esta terminología utilizada, lo único
que haría, es facilitar la conversión en matrimonio. No va a obligar a nadie a que se case sí o
sí, sino que solamente creará las condiciones de facilitar la conversión en
matrimonio de esa unión de hecho. Aparte
de eso, parece que ha pasado inadvertido que en el primer párrafo, también hay
un agregado muy importante, que en la parte final dice: "las causas de separación y disolución y
sus efectos. Y eso hace relación a la
reciente ley de divorcio sancionada en nuestro país.
Por lo tanto, yo creo que ese
agregado también es sumamente importante y solicitaría, respetuosamente, a los
señores integrantes de la Subcomisión 2, si pudiesen ellos admitir esos
agregados, de tal forma que votemos por unanimidad ese artículo. Nada más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
señor Avalos.
Tiene el uso de la palabra la
Convencional Cristina Muñoz.
CIUDADANA
CONVENCIONAL CRISTINA MUÑOZ: Gracias ciudadano
Presidente: Como una de las integrantes
de la Subcomisión 2, acepto el agregado del último párrafo "debiendo ella
facilitar su conversión en matrimonio".
Y así como vamos a establecer legalmente que debe ser facilitada la
conversión en matrimonio de las uniones de hecho, yo quisiera también que se
tenga en cuenta, en el primer párrafo, de que la ley establecerá, entre todas
las cosas que establecen aquí, las formalidades de celebración, los requisitos
para contraerlos, el régimen de administración de bienes, los derechos y
obligaciones, también las causas de separación y disolución y sus efectos, ya
que, ciudadano Presidente, no se puede avalar una cosa y separar lo otro.
O sea que, en la misma forma en
que facilitamos la conversión en matrimonio, también tenemos que facilitar su
disolución cuando, por ejemplo, una cuestión que impactó a la opinión pública
en estos días, de la niña violada por el propio padre, imagínense ustedes, la
situación en que se encontraría la madre, así que la ley debe establecer
también claramente este tipo de situaciones, ciudadano Presidente. Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Srta. Muñoz.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Miguel Abdón Saguier.
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: Ciudadano
Presidente: Pregunto si la propuesta del
Dr. Efraín Enríquez Gamón fue tomada en cuenta.
Si es así, voy a referirme en
primer lugar, al primer párrafo, o, estamos tratando todo el artículo.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: De momento
estamos tratando todo el artículo y luego someteré a votación párrafo por
párrafo, si no hay alguna opinión en contrario.
CIUDADANO
CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER: También para
sumar mi adhesión, a lo que ya dijeron algunos compañeros de la Subcomisión N° 2, en que no habría ningún
inconveniente en aceptar las propuestas que sugiere la Comisión Interbancada de
mujeres. Entendemos que es totalmente
lógico, si el Estado regula la celebración del matrimonio, también tiene que
regular la separación y disolución del mismo.
O sea que no habría ningún
inconveniente en cuanto al agregado del primer párrafo y lo mismo con respecto
al segundo párrafo. Y la propuesta del
Dr. Carlos Alberto González, ya lo hemos aceptado. Gracias Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Saguier.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Emilio Camacho.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EMILIO CAMACHO: Ciudadano
Presidente: Para expresar mi acuerdo con
las modificaciones introducidas en el Proyecto base, para dejar expresa
constancia de mi oposición al agregado de la Interbancada, que ni siguiera
tenemos en la del 67. No sé de donde, de algún catecismo apareció eso, verdad,
pero no está en el del 67, el que se facilitará la conversión del matrimonio,
se afectan derechos individuales, la voluntad de las personas, nos metemos en
un territorio indefinido, entonces, perdón.
Yo creo que la sana prudencia debe indicarnos que no figure en la
Constitución ese agregado, expresamente señor Presidente, nosotros estamos
incluyendo una norma que no sabemos como va a ser interpretada, y desarrollada
por los Jueces, que no sabemos que va a entender un Juez por facilitar, y no
exagero si cuando se va a incluir este criterio hasta en las eventuales
separaciones de la pareja de hecho, cuando pidan la disposición sobre los
bienes, que sabemos que hoy día se aplica eso, la unión de hecho de más de
cinco años se rigen en la distribución de los bienes, y que por ahí se
interprete que se facilite o no, abrimos un camino muy caprichoso y me extraña,
yo quisiera saber donde la Interbancada de Mujeres, trajo una cláusula que
podría no haberlo propuesto por instituciones más profesionales que una
pluralidad de Bancadas Interpartidarias de un Movimiento Independiente.
Concretamente Presidente, quiero
que conste expresamente que yo no estoy de acuerdo con ese párrafo de agregado,
porque violenta la intimidad de las personas.
Nada más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Emilio Camacho.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Diógenes Martínez.
CIUDADANO
CONVENCIONAL DIOGENES MARTINEZ: Señor
Presidente: De seguir con la estructura
elaborada por la Sub-Comisión de trabajo, veo una dificultad en aprobarse el
proyecto presentado; hasta el artículo que vamos a aprobar del Capítulo de la
Familia, no está consagrada la unión legal como la base y el fundamento de la
familia, no se refiere aquí, a la unión legal como el instrumento fundamental
para constituir la familia, de paso más bien habla de las uniones de hecho,
pero no se hace una mención expresa de la unión legal del matrimonio, empieza
acá en el 54 a hablar exclusivamente ya de la formalidad del matrimonio, pero
no existe una consagración expresa de rango Constitucional que consagre el
matrimonio, la unión legal como la base de la familia, ese es el peligro que
quiero advertir a la Comisión Redactora, señor Presidente de lo que me viene,
me parece a mí muy importante acoger en los términos de esta redacción de la
Comisión Redactora, la inquietud del Prof. Luis Alfonso Resck, que sí,
expresamente está consagrando el matrimonio o la unión legal como la base de la
familia. Es todo señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Diógenes Martínez.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Juan Francisco Elizeche.
CIUDADANO
CONVENCIONAL JUAN FRANCISCO ELIZECHE: Gracias
Presidente. Yo también quiero cuestionar
este agregado final que plantea la Interbancada, en el sentido aproximado a lo
que cuestionó el Dr. Emilio Camacho, en relación al párrafo este: Debiendo ella facilitar su conversión en matrimonio. Entiendo señor Presidente, que este agregado
es innecesario, porque una unión de hecho sin impedimento legal se convierte en
matrimonio con un trámite simple, de constituirse con dos o más testigos ante
el Juez de Paz y contraer matrimonio legítimo conforme a derecho. Lo que sí, difiere de una u otra situación es
en la prueba de la existencia de tal unión legítima o de hecho de que para
demostrar la existencia de un matrimonio o unión de hecho, la ley requiere un
juicio ordinario, sin embargo para demostrar la existencia de un matrimonio
legítimo requiere simplemente la presentación del certificado correspondiente,
por lo tanto no entiendo cuál es el sentido de establecer que debiendo ella
facilitar su conversión de matrimonio, porque es una frase innecesaria obvia y
hasta podría como dijo; el Dr. Emilio Camacho derivar en otro sentido, la
conversión de matrimonio se realiza, repito; simplemente con presentarse ante
el Juez de Paz, y solicitar el certificado en la forma establecida por la
ley. Por lo tanto solicito que esta
Comisión replantee, de cualquier otra manera votaremos en sentido contrario.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Juan Francisco Elizeche.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Evelio Fernández Arévalos.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS: La propuesta de
la Interbancada de Mujeres reconoce su antecedente en la Constitución
brasilera, y sobre el particular existe abundante bibliografía, la facilitación
para la conversión de un matrimonio de las uniones de hecho, no atiende a un
aspecto administrativo, de obtención de partida de nacimiento de un oficial
público que celebre una ceremonia determinada, atiende a crear las condiciones
económicas, sociales, educacionales, inclusive que facilite esa conversión de
matrimonio, ese es el sentido de la disposición, no facilitar oficiales
públicos o jueces de paz, para que hagan contraer matrimonio a las gentes. Es un problema del Brasil y también un
problema del Paraguay, el hecho de la super abundancia de uniones de hecho, que
por lo general no existe la estabilidad y tampoco el ambiente adecuado para la
crianza sobre todo de los niños.
Entonces lo que el Estado tiene
que hacer es facilitar la conversión de esas uniones de hecho. ¿Cómo?.
Educando, por ejemplo a la gente sobre las ventajas del matrimonio para
los niños, facilitando condiciones para que accedan a una vivienda digna,
creando las condiciones, para que tanto; el hombre como la mujer obtengan una
remuneración que les permitan solventarlas, etc.,etc., Y ese es el sentido. Por otra parte de ninguna manera se pretende
dar al enunciado un sentido imperativo, en el sentido de obligar a nadie a que
contraiga matrimonio, eso no es obvio que la expresión facilitar no puede
significar sino establecer condiciones que haga posible, o que hagan más fácil
contraer el matrimonio. Nada más señor
Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Evelio Fernández Arévalos.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Isidro Melgarejo Pereira.
CIUDADANO
CONVENCIONAL ISIDRO MELGAREJO PEREIRA: Gracias señor
Presidente: Estamos de que en la
propuesta que yo comparto, hecha por el Dr. González, sobre la modificación de
la segunda parte del artículo, incorporando la frase con los alcances que
determinen la ley, viene a darle el fundamento que le faltaba al instituto que
queremos legislar. Ahora bien yo insisto
de que también en el primer párrafo se debe incorporar la frase: matrimonio entre el hombre y la mujer para
evitar esos excesos de interpretación capciosa, que inclusive hemos tenido a
través de los periódicos, cuando estas palabras la dejábamos sin la
puntualización adecuada, permitiendo así de que el matrimonio podía ser entre
hombre y entre mujeres, verdad, entonces es preferible explicitarlo
perfectamente. Ahora bien, la preocupación
hecha por un preopinante en el sentido de que en alguna forma, debemos
privilegiar de que es el matrimonio lo que la ley busca proteger, desde luego
fue recogida en el Artículo 81 de la Constitución Nacional vigente y en cuyo
Capítulo de los Derechos Sociales, se observa de que la mayoría de los
artículos están transcriptos en este Capítulo, casi totalmente, tanto es así,
de que faltaría aquí una frase que trae la Constitución vigente en el Artículo
81 que dice: Se protegerá al matrimonio
como institución básica de la familia.
Esta frase, yo no le vería inconvenientes de poder incorporar como un
punto seguido a continuación del primer párrafo, que quedaría de esta
forma: La ley establecerá las
formalidades para la celebración del matrimonio entre el hombre y la mujer los
requerimientos para contraerlo, el régimen de administración de bienes, otros
derechos u obligaciones entre los cónyuges.
Se protegerá al matrimonio como institución básica de la familia. Y a continuación el párrafo propuesto por el
Dr. Alberto González y concluyendo en el sentido, de que tampoco comparto la
opinión de incorporar al final la frase que dice: Debiendo ella facilitar su conversión en
matrimonio. Por los peligros intrínsecos
que implican esta formulación legal a nivel Constitucional. Gracias.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Isidro Melgarejo.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Ayala. Declina.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Rafael Eladio Velázquez.
CIUDADANO
CONVENCIONAL RAFAEL ELADIO VELAZQUEZ: Señor
Presidente: Se han expuestos muchos
argumentos en favor de la tesis propuesta por la Interbancada de Mujeres, yo
creo que en las manifestaciones del Dr. Evelio Fernández me relevan de abundar
en consideraciones, pero quiero señalar una cosa, el matrimonio no es una
cuestión vanal, ya se dijo, no es el mero acto de conseguir un Juez de Paz y
dos testigos, es mucho más que eso, desde los orígenes mismo de la humanidad es
una institución capital de la convivencia, cualquiera haya sido su fórmula o su
manifestación externa del matrimonio, está dentro de la continuidad de la
historia humana, yo creo que si para la Iglesia es un sacramento, para los
Estados totalmente laicos también, el matrimonio es una institución capital,
una institución insustituible diría yo, creo que por eso, son adecuadas y
oportunas las manifestaciones y me va a disculpar que lo cite por su nombre,
porque acá hablaron como quince personas, o si no podríamos identificar, fue el Dr. Diógenes
Martínez, señalando que no ha
jerarquizado el matrimonio dentro de nuestra Constitución. Con esta brevísima frase cuya incorporación
se propone se daría a este matrimonio la jerarquía que tiene o que por lo menos
habría un principio de jerarquizarlo.
Nada más señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Rafael Eladio Velázquez.
Tiene el uso de la palabra el
Dr. Federico Callizo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL FEDERICO CALLIZO: Sí, señor
Presidente: Muy breve, quiero recalcar también
la intervención del preopinante Dr. Diógenes Martínez, en ese sentido quiero
señalar que, el sentido que se da a todas estas disposiciones legales, hacen
presumir que el matrimonio como unión legal es lo que está primando en estas
disposiciones, entonces como no se dice claramente, como por ejemplo; se dice
en la Constitución italiana, que dice que:
La República reconoce los derechos de familia como sociedad natural,
fundada en el matrimonio. No tenemos una
declaración semejante.
En consecuencia para apoyar la
idea de que el matrimonio como unión legal es lo fundamental, es que el
agregado que propone la Interbancada de Mujeres, debiendo ella facilitar su
conversión en matrimonio. Le estamos
dando a la unión legal a través del matrimonio del hombre y la mujer, le damos
esa categorización. Por eso, yo creo que
es importante la incorporación de esta frase y dejamos bien redondeado el tema
sobre la familia, señor presidente. Nada
más.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Federico Callizo.
Y cerrando la lista de oradores
tiene el uso de la palabra el Dr. Diógenes Martínez.
CIUDADANO
CONVENCIONAL DIOGENES MARTINEZ: Voy a proponer
una redacción que en primer término, en el Artículo 54, y de entrada consagra
al matrimonio como la base legal de la familia y la base fundamental de la
familia, en ese sentido, recojo el texto propuesto por el Prof. Resck. Cuando dice:
Como título el matrimonio es el efecto de las uniones de hecho y viene
una línea que dice: La familia se constituye
sobre el matrimonio legítimo, y aquí ya viene la preocupación, que ya es
legítima también del Dr. Isidro Melgarejo:
Entre el hombre y la mujer. La
familia se constituye sobre el matrimonio legítimo entre el hombre y la
mujer. Este es el texto propuesto por el
Prof. Luis Alfonso Resck. A continuación
viene el texto propuesto por la Sub-Comisión que nos presenta el trabajo, luego
continúa el segundo párrafo, también el mismo texto, pero también en las
uniones de hecho se establece, que las uniones de hecho entre el hombre y la
mujer sin impedimentos legales, sigue el texto, para finalmente concluir con la
preocupación
del Prof. Dr. Carlos Alberto González, que me parece a mí que es fundamental,
que luego del texto: Las uniones de
hecho entre el hombre y la mujer, sin impedimentos legales para contraer
matrimonio que reúnan las condiciones estabilidad y singularidad, producen
efectos similares al matrimonio, dentro de las condiciones que establezca la
ley. Ese es el texto completo que
propongo conjugando un poco los distintos textos válidos a mi juicio, señor
Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias
Dr. Diógenes Martínez, en consecuencia señores, y visto que no hubo objeción a
la moción presentada en su momento, vamos a someter a votación el presente
artículo, párrafo por párrafo. Se lo irá
dando lectura y los señores integrantes de la Comisión se servirán prestarle o
nó su aprobación.
Entonces, tenemos lo que no lo
contiene en el proyecto original, someto en primer término a consideración el
párrafo propuesto por el Lic. Prof. Luis Alfonso Resck. Luego el párrafo propuesto por el Dr.
Diógenes Martínez, muy similar, y no sé si hay otro, acá el Dr. Bernardino Cano
Radil, también presentó una propuesta.
Tres.
CIUDADANO CONVENCIONAL
BERNARDINO CANO RADIL: Creo que hará, lo
mismo se vote por separado, porque habiendo párrafo incluido no hay ningún
problema. Se vota el primer párrafo
nomás. El que no está incluido, no está
incluido, y el que está incluido está incluido, se vota.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Voy a llevar a
votación el primer párrafo, de la propuesta del Dr. Diógenes Martínez, y
después el primer párrafo que acá me hizo llegar Cano Radil. De manera que no conozco, porque hay dos
propuestas bien concretas. Y tiene el
Dr. Isidro Melgarejo otra propuesta sobre el mismo caso, por favor señores.
Dr. Diógenes Martínez cuál es el
texto de su primer párrafo.
CIUDADANO
CONVENCIONAL DIOGENES MARTINEZ: Ahí tiene el
Secretario.
CIUDADANO
SECRETARIO: La familia se constituye sobre
matrimonio legítimo entre el hombre y la mujer.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EFRAIN ENRIQUEZ GAMON: Yo creo que
corresponde primero poner a votación el texto de la Comisión, y en todo caso
los agregados de los párrafos correspondientes.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Estoy de acuerdo
Dr Efraín Enríquez Gamón. Pero este
párrafo no tiene el texto de la Comisión.
CIUDADANO
CONVENCIONAL...: Y por que no acuerdo pues.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Perfecto, entonces
en primer término el párrafo tal cual establece la Comisión.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EFRAIN ENRIQUEZ GAMON: Con el agregado,
perdón Presidente, con el agregado: Del
matrimonio entre el hombre y la mujer, que está aceptado por la Comisión.
CIUDADANO
CONVENCIONAL...: Una aclaración señor Presidente.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Sí, por favor.
CIUDADANO
CONVENCIONAL...: El primer párrafo dice así: la ley establecerá la formalidad para la
celebración del matrimonio, los requerimientos para contraerlo, el régimen de
administración de bienes, otros derechos y obligaciones entre los cónyuges,
(con el agregado , porque hemos aceptado los miembros de la Sub-Comisión, con
el agregado propuesto por la Comisión de Interbancadas). Las causas de separación y disolución y sus
efectos.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Quienes estén
entonces de acuerdo con el texto tal cual proviene de la Sub-Comisión, con el
agregado éste de: La ley establecerá la
celebración del matrimonio entre el hombre y la mujer, y el agregado de la
Comisión de Interbancadas.
CIUDADANO
CONVENCIONAL DIOGENES MARTINEZ: Presidente, una
moción de orden. Me parece a mí, que no
puede llegar a hacerse votar mi moción, porque primero hay que consagrar la
familia, y luego fomentarlo.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Es lo que había dicho.
CIUDADANO
CONVENCIONAL DIOGENES MARTINEZ: Pero después de hablar ya, del
régimen del matrimonio, consagrar el matrimonio legal, completamente extemporáneo.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Totalmente de
acuerdo Dr. Diógenes Martínez. Pero acá
me han sugerido lo contrario.
Que dice Dr. Evelio Fernández
Arévalos.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS: Si, Señor Presidente, hemos seguido
el comienzo de nuestras deliberaciones, el sistema de poner párrafo por párrafo
a votación, comenzando por el de la Sub-Comisión respectiva, esa es la norma,
si alguien acepta votar por la forma en que propuso la Sub-Comisión, quiere
decir que rechaza la propuesta del preopinante y se acabó.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Entendido, entonces vuelve a leer
el texto tal cual ha quedado con los sucesivos agregados este párrafo.
CIUDADANO
SECRETARIO: La ley establecerá las formalidades para la celebración
del matrimonio entre el hombre y la mujer, los requerimientos para contraerlo,
el régimen de administración de bienes, otros derechos y obligaciones entre
cónyuges, las causas de desaparición y de solución y sus efectos.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Quienes estén de
acuerdo con el texto propuesto por la Sub-Comisión, tal cual acaba de ser
leído, se servirán levantar la mano.
Diez y seis votos. Muy bien,
mayoría. Quiere decir que
implícitamente está rechazado el agregado.
Muy bien.
CIUDADANO
SECRETARIO: Párrafo segundo. Las uniones de hecho entre personas sin
impedimento entre el hombre y la mujer, sin impedimento legales para contraer
matrimonio que reúnan condiciones de estabilidad y singularidad, producen
efectos similares al matrimonio. Moción
uno, la que acabó de leer.
INTERRUPCION...
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Vuelva a leer por favor, ahí le
trae el párrafo completo.
CIUDADANO
SECRETARIO: Las uniones de hecho entre el hombre y la
mujer, sin impedimento para contraer matrimonio que reúnan los caracteres de
estabilidad y singularidad, producen efectos similares al matrimonio. Dentro de las condiciones que establezcan la
ley.
Es el párrafo de la Sub-Comisión
1.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Quienes estén de
acuerdo con el párrafo tal cual acaba de ser leído. Con la advertencia de que ahí otras mociones
más, se servirán levantar las manos.
Diez y seis votos. Mayoría.
Aprobado.
APROBADO
CIUDADANO
SECRETARIO: Artículo 55.
Hijos.
INTERRUPCION... Llamado al Presidente por un Convencional.
Sin uso de
micrófono.
CIUDADANO
CONVENCIONAL LUIS ALFONSO RESCK: Yo ruego que la ponencia que he
presentado conste en acta.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: Si consta y va como dictamen en minoría,
lo mismo la propuesta del Dr. Diógenes Martínez. A la cual usted se adhirió. Y ahora le pregunto Dr. Luis Alfonso Resck,
ante de entrar en el Capítulo de los Hijos.
Usted hizo llegar a la mesa una propuesta de artículo agregado que habla
de los derechos de la familia, donde me parece a mí oportuno considerar ésto
acá, ante que hablar de los hijos, ya que viene en el Artículo 55. Donde dice:
Derechos de la Familia. La
fecundidad de educar a hijos. Dar una religión a sus miembros. Disponer una vivienda estable. Poseer un
patrimonio. Participar como tal. No si.
CIUDADANO
CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS: Señor Presidente,
propongo que se suspenda la sesión y continuemos mañana, porque es un tema
demasiado extenso.
CIUDADANO PRESIDENTE: Concretamente, Dr. Evelio Fernández Arévalos, usted
propone que se suspenda y se dé por terminada la sesión de hoy.
Como moción de orden. Quienes estén de acuerdo con la moción, van a
servirse de levantar la mano y los que no, por supuesto no.
Trece votos. Trece de veintiocho, no, tiene que ser
catorce.
Quienes estén de acuerdo por
continuar las deliberaciones de esta Comisión se servirán también levantar la
mano.
Nueve votos.
CIUDADANO
CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL: Presidente,
quiero mocionar que nos constituyamos esta tarde a las quince y treinta horas,
para seguir trabajando. No me importa a
la hora 15:30, quiero mocionar y pido que se vote para que sigamos trabajando.
No, yo pido que se vote esta moción,
para que nos constituyamos a la hora 15:30, para seguir trabajando.
CIUDADANO
PRESIDENTE DE LA COMISION: No sé si quieren, esta
consideración la propuesta del Convencional Bernardino Cano Radil, el que este
de acuerdo que levante la mano.
Cinco votos, minoría evidente.
SE LEVANTA LA SESION.