CONVENCION NACIONAL CONSTITUYENTE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

              C O M I S I O N   R E D A C T O R A

 

 

 

 

 

 

 

 

                      DIARIO DE SESIONES

 

 

 

 

                             N° 16

 

 

 

 

                      23 DE MARZO DE 1992

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                             LOCAL

 

         SALA DE CONVENCIONES DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY

 

 

 


 

 

INICIO: 9:15 HS.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Apreciando la existencia de quórum, ruego a los señores miembros de la Comisión tomen sus sitios y, conforme a nuestro Reglamento de inicio, vamos a ceder el uso de la palabra a la ciudadana Secretaria, Dra. Antonia Irigoitia, y luego, otra Convencional también lo solicitó.

 

                Doctora Irigoitia por favor, yo le suplicaría a usted se digne a dar sus inquietudes.

 

CIUDADANA CONVENCIONAL ANTONIA IRIGOITIA:  Muchas gracias, señor Presidente.

 

                Presentación de Propuestas de modificación de los artículos del Título I.  Derechos, deberes y garantías.  Capítulo III y IV del Proyecto de Constitución Nacional, versión provisoria.

 

                Proponentes:  Interbancadas de mujeres Convencionales Constituyentes.  Variantes:  Están incluidas las Propuestas de los Miembros de la Comisión Redactora, la ciudadana Convencional Dra. Susana Morínigo y la de la Lic. Cristina Muñoz.  Y la de la ciudadana Convencional Dra. Antonia Irigoitia.

 

                Observación:  Se transcriben todos los artículos modificados o reformulados.  Se ha usado la impresión en mayúscula para hacer notar el cambio, luego la fundamentación en cada caso y las fuentes.

 

                Presentación:  Señor Presidente, ciudadanas y ciudadanos Convencionales:  Séanos permitido citar los antecedentes legales que nos han servido de base para elaborar las propuestas presentadas, las cuales las formulamos imbuidas de un espíritu de estricta justicia y de legítima aspiración de las mujeres del país, que

 

 

 

somos el 50 % de la población, así como el trabajo, sobre este tema, de un grupo importante de mujeres que se han preocupado de manifestar sus inquietudes.

 

                Uno:  Declaración Universal de los derechos del hombre y del ciudadano de 1.789, que en forma clara dice:  Todos los hombres nacen y viven libres e iguales.

 

                Dos:  Declaración Universal de los derechos humanos de 1.948.  Artículo 2°, inciso 1.

 

                Tres:  La Convención Internacional de eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, ratificada por el Gobierno del Paraguay, por Ley N° 1.215, el 28 de noviembre de 1.986.

 

                Cuatro:  Conclusiones de los dos Seminarios por nuestra igualdad ante la ley, organizados en 1.987 y 1.988 por la Coordinación de Mujeres del Paraguay, la cual nuclea a 14 organizaciones no gubernamentales.

 

                Cinco:  Proyecto de modificación parcial del Código Civil, presentado por la Coordinación de Mujeres del Paraguay al Congreso Nacional el 5 de octubre de l.989 y nuevamente en l.991, cuya redacción estuvo a cargo de una gran mujer y jurista, la Dra. Mercedes Sandoval de Hempel.

 

                Seis:  El mensaje a las Convencionales y los Convencionales Constituyentes y las propuestas del Foro de la mujer para la Constituyente, el cual se realizó en Asunción el 9 y el 10 de noviembre de l.991.

 

                Siete:  Innumerables trabajo individuales de investigadoras del país que se han ocupado sobre la problemática de la mujer.

 

                Ocho:  Las Constituciones de Latinoamérica y España.

 

                Señor Presidente:  Señoras y señores Miembros;  Tenemos una trayectoria de lucha y de trabajo serios y responsable sobre el tema mujer, sobre la anhelada igualdad jurídica y real que avalan nuestras propuestas, sin desmeritar las puestas a consideración de esta Comisión por la Sub-Comisión N° 2.  Hemos investigado lo suficiente para poner a vuestra consideración el análisis y la aprobación, en todo caso, de estas reformulaciones e innovaciones. Apelamos a vuestro sentido de justicia y vocación democrática, pues, si no hay democracia a través de la igualdad en la familia, no habrá una democracia plena en la sociedad. 

 

                Del derecho fundamental a la vida se desprenden en prioridad otros derechos fundamentales, como el derecho a la libertad, a la igualdad, a la justicia, a la educación, por no citar sino estos que cojean cuando de la mujer se trata.

 

                No es posible que en las puertas del siglo XXI, las mujeres paraguayas y las que viven aquí, tengamos que seguir soportando la indignidad que da el trato desigualitario ante la ley.  Nosotras consideramos que es atentatorio de los derechos humanos.  Hemos dado muestras de unidad por encima de nuestras diferencias ideológicas.

 

                Finalmente, como toda la ciudadanía espera de nosotros una buena Constitución, y es nuestro deber llenar esta expectativa, hagamos que ella tenga coherencia, que sea accesible a todos, que se destaque por su rigor científico, y que técnicamente no dé lugar a ambigüedades y dudas.  En consecuencia, solicitamos hoy y ahora a todos ustedes, que, al redactar el preámbulo de esta Constitución, sea mencionada la mujer al igual que el hombre, tal como la mencionan algunos proyectos de Constitución presentados a esta Convención, y como lo hacen varias Constituciones Latinoamericanas.  Nada más, señor Presidente.  Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION :  Muchas gracias, Dra. Irigoitia.  Le quiero formular una pregunta: Aquí en la mesa llegó eso que usted dice propuesta de artículos y resaltado en mayúscula, algunas diferencias, ¿verdad?  Pero el texto de fundamentación no está distribuido ¿verdad?

 

CIUDADANA CONVENCIONAL ANTONIA IRIGOITIA: Sí, está todo distribuido, hay tantas papelerías que posiblemente no está en el orden debido.  Discúlpennos, pero hubo problema con la presilladora por eso es que se retrasó el trabajo.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias, Dra.

 

                Tiene el uso de la palabra otra Convencional.  La señora Teresa Sosa, quien ahora ocupa la tribuna.  Por favor Dra. Sosa. Adelante.

 

CIUDADANA CONVENCIONAL TERESA SOSA: Muchas gracias, señor Presidente: Bueno, a continuación de la Dra. Irigoitia, la Interbancada de mujeres quiere hacer una especial proposición de modificación del Artículo 50, del Capítulo de la Igualdad.

 

                Realmente veo que hay bastante confusión con el tema acá de los papeles, pero el día viernes 20 ya nosotros la habíamos presentado, acompañado de una nota, firmada por las Convencionales de Interbancadas, donde hacemos una propuesta de modificación de todos los artículos del Capítulo referente a la Igualdad: 48, 49, 50 y 51.  Pero yo me voy a referir exclusivamente al Artículo 50, porque consideramos que es el de mayor relevancia.

 

                Se propone reformular el Artículo 50, a fin de consagrar en el primer párrafo la igualdad de derechos y obligaciones del hombre y la mujer.  Y en el segundo párrafo, poner a cargo de los poderes públicos la obligación de promover la igualdad real y efectiva del hombre y de la mujer.

 

                En la versión provisoria del proyecto, en el Artículo 50, se refiere a que se garantiza la igualdad legal y real de hombres y mujeres.  Nosotros proponemos sustituir la expresión:  "Se garantiza la igualdad legal de hombres y mujeres", por un reconocimiento expreso y explícito, de que el hombre y la mujer tienen iguales derechos y obligaciones.  Consideramos que ello es sumamente necesario, porque el principio de la igualdad ante la ley nunca ha sido interpretado como reconociendo iguales derechos a hombres y mujeres.  Por el contrario, se ha interpretado que la negación de derechos a las mujeres, que sí se reconocen  a los hombres, no constituía una discriminación arbitraria, sino fundada en razones atendibles.  Y ponemos como ejemplo: La negación de algunos derechos civiles a la mujer casada en función a los fines del matrimonio y la unidad de la familia.

 

                Segundo:  Se propone sustituir la expresión, perdón.  Segundo, el párrafo segundo de nuestra Propuesta es mucho más amplio y comprensivo que  el de la versión provisoria.  Lo decimos con todo respeto.  Se refiere a la igualdad efectiva y real del hombre y de la mujer, para lo cual queda a cargo de los poderes públicos, y no solamente de la ley, remover los obstáculos que impiden la participación de la mujer. 

 

                Yo quisiera,  para terminar y no ser más extensa, porque la Dra. Irigoitia creo también ya fundamentó el tema mujer, quisiera leer el Artículo 50.  Ustedes tienen en esa nota que les menciono.  El hombre y la mujer tienen iguales derechos, civiles, políticos, económicos, sociales, culturales o de cualquier otra índole, y deben cumplir iguales obligaciones.  Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones y crear los mecanismos para que la igualdad sea real y efectiva, remover los obstáculos que la impidan o la dificulten y facilitar la participación de la mujer en todos los ámbitos de la vida nacional.  Y, como último punto, lo que nosotros queremos es de que en este Capítulo de la Igualdad, lo que se tenga en cuenta es justamente, a la mujer en sí misma, y no proteger a la maternidad, como en algunos, creo que en el Artículo 48 se refiere a la protección de la maternidad, sino es a la mujer en sí, y justamente remover aquellos obstáculos que la discriminen.  Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Gracias señora Sosa.  Bien. Dando inicio entonces a nuestras deliberaciones del día de la fecha, por Secretaría, vamos a proceder a dar lectura a los artículos aprobados en la última sesión.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  El derecho al tránsito y la residencia.  Todo paraguayo tiene derecho a residir en su patria.  Los habitantes pueden transitar libremente por el territorio nacional, cambiar de domicilio o residencia, ausentarse de la República o volver a ella, y de acuerdo con la ley, traer sus bienes al país o sacarlos de él.  Las migraciones serán reguladas legalmente con observancia de estos derechos.  La ley regulará el ingreso de los extranjeros, sin radicación definitiva en el país, teniendo en cuenta las Convenciones Internacionales sobre la materia.  Los extranjeros con residencia permanente en el país, no serán obligados a abandonarlo, sino en virtud de sentencia judicial.

 

                La libertad de asociación.  Toda persona tiene derecho de asociarse con fines lícitos, así como correlativamente nadie está obligado a pertenecer a determinada Asociación o Colegiación gremial, sean éstos de derecho público o privado.  Se prohíbe las asociaciones secretas, las de carácter paramilitar y parapolicial.

 

                El derecho de asilo.  El Paraguay reconoce el derecho de asilo territorial y diplomático a toda persona perseguida por  motivos políticos o por sus delitos comunes conexos, por sus opiniones o por sus creencias.  Las autoridades deberán otorgar en forma inmediata la documentación personal y el pertinente salvoconducto.  Ningún asilado político será trasladado compulsivamente al país de cuyas autoridades fuera objeto de persecución.

 

                La no taxatividad de derechos y garantías de enunciación de los derechos y garantías contenidas en esta Constitución, no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la personalidad humana, no figuren expresamente en ellas.  La falta de ley reglamentaria no podrá ser invocada para negar ni para menoscabar algún derecho o garantía.

 

                Derechos tributarios.  Nadie está obligado al pago de tributos, ni a la prestación de servicios personales que no hayan sido expresas y previamente establecidos por la ley.  No se exigirán fianzas excesivas, ni se impondrán multas desmedidas.

 

                Las garantías para la defensa de la libertad y demás derechos fundamentales.  Para ser efectivos los derechos establecidos en esta Constitución, se establecen las siguientes garantías, las que serán reglamentadas por ley.  Acción de inconstitucionalidad que decide suspenderse para el tratamiento oportuno.

 

                b) Hábeas Corpus.  Preventivo.  En virtud del cual toda persona en trance inminente de ser privado ilegalmente de su libertad u otra persona a su nombre, puede recabar de cualquier juez de la circunscripción judicial respectiva, el examen de la legitimidad de la circunstancia que a criterio del afectado, amenacen su libertad, así como una orden de cesación de dichas restricciones.

 

                Reparador.  En virtud del cual toda persona que se halle ilegalmente privada de su libertad u otra a su nombre, puede recabar de cualquier magistrado judicial de la circunscripción correspondiente, la rectificación de la circunstancia.  El magistrado ordenará la comparecencia del detenido, con un informe del agente público o privado que lo apresó, dentro de las 24 horas de radicada la petición.  Si así no lo hiciera el requerido, el juez se constituirá en el lugar en el que se halla recluida la persona, e in-situ, hará juicio de mérito, y dispondrá lo mismo que si se hubiere cumplido con la presentación del detenido y radicado el informe.

 

                Su inmediata libertad.  De no existir motivos legales que autoricen la privación de su libertad, o si mediare orden escrita de autoridad judicial, remitirá los antecedentes a quien dispuso la detención.

 

                Genérico.  En virtud del cual, se podrá demandar rectificaciones de circunstancia que:  No estando contempladas en los dos casos anteriores, restrinja la libertad, o amenacen la seguridad personal, asimismo podrán interponerse en casos de violencia física, psíquica o moral, que agraven las condiciones de persona, que están legalmente privada de su libertad.

 

                c) Amparo.  Toda persona que por un acto u omisión manifiestamente ilegítimo de una autoridad, o de un particular, se considere lesionada gravemente o en peligro inminente de serlo, en derechos o garantías consagrados en esta Constitución, con la ley, y que por la urgencia del caso no pudiera remediarse, puede recurrir ante el magistrado competente a promover amparo.  El procedimiento será breve, sumario gratuito, y de acción popular para los casos previstos en la ley.  El magistrado tendrá facultad para salvaguardar el derecho o garantía, o para restablecer inmediatamente la situación jurídica infringida.  Si se tratara de una cuestión electoral, o relativo a organizaciones políticas, la competencia le corresponderá a la justicia electoral.  El derecho de amparo, no podrá invocarse para perturbar la tramitación de causas judiciales, ni el proceso de formación, sanción y promulgación de las leyes.  La ley reglamentará el procedimiento.

 

                c) Hábeas data.  Toda persona tiene derecho a acceder a la información que sobre sí misma, o sobre sus bienes obren en registros privados de carácter público, así como a conocer el empleo que se haga de los mismos, y su finalidad.  Podrá demandar ante el magistrado competente, la actualización, la rectificación o la destrucción de los mismos, si fueran erróneos o afectaran ilegítimamente a sus derechos.

 

                La responsabilidad de las autoridades y de los magistrados.  En las decisiones que dicte el magistrado judicial, en los casos descritos o en el artículo anterior, deberá también pronunciarse sobre la responsabilidades en que hubieran incurrido las autoridades, por obra del proceder ilegítimo.  Y de mediar circunstancia que prima-facie, evidencie la perpetración de delito, ordenará la detención o suspensión de los responsables, así como toda medida cautelar que sea procedente para la mayor efectividad de dichas responsabilidades.  Asimismo, si tuviera competencia, instruirá el sumario pertinente, y dará intervención al Ministerio Público, si no la tuviere pasará los antecedentes al magistrado competente, para su prosecución.

 

                Nuevo Artículo:  Ningún magistrado judicial que tenga competencia, podrá negarse a entender en estas acciones o recursos, si lo hiciere injustificadamente, será enjuiciado y en su caso, removido.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Queda a consideración de los señores miembros.  No hay alguna objeción.  No aprecio ninguna en la sala, entonces señores, voy a dar brevemente algunas informaciones.      

 

                En primer término quiero señalar, que por renuncia de nuestro distinguido compañero, el Dr. Julio César Vasconsellos.  La Presidencia ha propuesto, o ha producido la designación ad-referéndum de la próxima plenaria, del Dr. Diógenes Martínez, quien se incorpora desde el día de la fecha, a las labores de esta Comisión.

 

                En segundo lugar, y ante de entrar en la consideración específica de los artículos que vienen a continuación, voy a pedirle al señor Secretario, dé lectura por Secretaría de una inquietud del Convencional Dr. Rodrigo Campos Cervera, donde al margen de todo, da una muy interesante estadística de las intervenciones de los señores miembros de esta Comisión Redactora.  De manera que se pueda ir esclareciendo el tema.

 

                Adelante señor Secretario.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Señor Presidente de la Comisión Redactora;  ciudadano Convencional Dr. Oscar Paciello.  Presente.  Asunción 23 de marzo de l.992.

 

                De mi mayor consideración:

 

                En la última sesión de la Comisión Redactora se propuso una moción de orden, según la cual quien fundamenta una propuesta, úsase de la palabra una sola vez.  Esta moción independientemente de no figurar entre las admitidas taxativamente en Artículo 80 del Reglamento Interno, lo cual lo hace antijurídica, tiene un cejo poco democrático, al pretender coartar la palabra, justamente al Convencional que presente, fundamente una propuesta Constitucional.

 

                Si seguimos el alcance de dicha rara moción de orden, nos encontraremos que el autor de una propuesta preceptiva, debe fundamentar una sola vez, y callar para siempre antes los adversos a su tesis, algunos de los cuales podría quizás fundar sus réplicas bajo la incitación de la inconsciencia frustrada; del inconsciente, frustración provocada por la sustitución de las propuestas primigenias y no por cuestionamientos válidos y racionales.  Es obvio, que si así se procediera se corrompería el principio de la igualdad y de la réplica legítima, frente a otros que sustenten en contra argumentos válidos o no , si bien el número de las intervenciones y la duración de las mismas no denota fatalmente que por ellos sus protagonistas turben la agilización de los debates, sería quizás conveniente que los Convencionales nos auto-regulemos en la cadencia y extensión de las intervenciones  a fin de facilitar el cumplimiento de la tarea asumida dentro del plazo establecido.  Para que la autocrítica, si mi sugerencia no cae en saco roto puede responder a un parámetro o base cierto, me permito acercar en hoja anexa, la estadística, salvo error u omisión de  la cantidad de intervenciones y números de líneas de cada una de los integrantes de la Comisión Redactora, correspondiente a los 13 diarios de sesiones recibidos hasta hora a fin de que saquemos conclusiones razonables, sin ver la viga en el ojo ajeno, lo que a veces descubre molestias subjetivas antes que realidades objetivas, aprovecho para saludar a Ud a y los demás ciudadanos Convencionales con todo aprecio:  Rodrigo Campos Cervera.

 

                Asunción, 23 de marzo del 92: Número de líneas, Nombre del Ciudadano Convencional, Números de intervenciones del ciudadano Convencional:  Primero 74 Vasconsellos, segundo....

 

                CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO CAMACHO:  Presidente, yo no sé si corresponde dar lectura, se fotocopia y se entrega a todos los Convencionales, el motivo de la nota ya se leyó, verdad, que es lo importante, a no ser de que ...

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION: Bueno, muy bien Dr. Camacho. Así se hará, abreviando el asunto y en relación con este punto quiere hablar el Prof. Luis Alfonso Resck?.  Para después, bien, entonces vamos a comenzar.  Con relación al punto Dr. Acevedo?.  Bueno, muy bien Dr. Euclides Acevedo.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Euclides Acevedo.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EUCLIDES ACEVEDO:  Sí, sobre este punto compañero Presidente:  El Dr. Melgarejo Pereira suele llamarnos la atención con bastante frecuencia, y es un hombre que ha demostrado aquí entre nosotros una gran capacidad y ha despertado la admiración de muchos de nosotros, nos llama permanentemente la atención sobre los pocos días que nos resta, creo que ese es un hecho que tenemos que tener en cuenta, pero por otra parte, hay algunos compañeros que justamente aprovechan eso como una coartada, digo yo, con riesgo a equivocarme, ojalá me equivoque, para impedir el debate, la confrontación del pensamiento, en ese sentido creo que la observación que hace el compañero Campos Cervera, es oportuna e importante, es cierto, tenemos el apuro, estamos como acomplejados por el problema del tiempo, pero nos estamos olvidando de que estamos trabajando por una Constitución, que si bien es cierto hay conspiraciones agazapadas en contra de ella o de la fortuna de esta Constitución, aún así, creo que tenemos que darnos el tiempo necesario.  Nde reikuaa hína Presidente, apúrope, ni mbaipy nda hatái, por no ja'e otra cosa.  De modo que yo querría que los compañeros en todo caso, cuando escuchemos formulaciones sensatas y cultas los ignorantes, por lo menos, le regalemos con nuestro obsequioso silencio.  Nada más Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Acevedo.  Bien, entonces señores vamos a iniciar nuestras deliberaciones con el Capítulo III, del Anteproyecto que estamos tratando, que hace referencia a la igualdad, cuyo Artículo 48 va a dar lectura el señor Secretario.

 

 

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Artículo 48:  Todos los Habitantes de la República, en virtud de su nacimiento son iguales en dignidad y derechos, no hay en ellas fueros personales ni títulos de noblezas.  No se admiten prerrogativas ni discriminaciones por razones de sangre, de fortuna, de sexo, de raza, de estado civil, de filiación, de afiliación, de cultura, de educación, de profesión u oficio, de creencias o de opiniones.  El Estado removerá los obstáculos, e impedirá la consolidación de factores que las mantengan o las propicien.  Las protecciones, estímulos, exoneraciones y provisiones especiales que se prescriben en esta Constitución para la niñez, la juventud, la ancianidad, la maternidad, los indígenas y los discapacitados, así como las demás que las leyes reglamenten considerando las desventajas determinadas por la pobreza, el desempleo, la enfermedad, la ignorancia, o las calamidades, no serán entendidos como factores discriminatorios sino como igualitarios.

 

                Hay mociones presentadas, está la del Ing. Romero Pereira, está la del Dr. Celso Castillo y otros.  Vamos a dar lectura.

 

                Artículo 48:  Propuesta de la Dra. Irigoitia:  Igualdad ante la ley:  Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección sin discriminación, por razón de raza, nacimiento, nacionalidad, etnia, religión, sexo, idioma, opinión o circunstancia, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

 

                La propuesta de las Convencionales Constituyentes:  Que la presenta la Convencional Cristina Muñoz:  Sobre la igualdad del hombre y la mujer:  Retiró, retiró Cristina porque va a pasar la 50.

               

                INTERRUPCION.

 

                Propuesta Luis Alfonso Resck:  Todos los seres humanos en virtud de su nacimiento son iguales en dignidad y en derechos, no hay en ellos fueros personales ni títulos nobiliarios, no se admitirán prerrogativas ni discriminaciones por razones de sangre, de fortuna, de sexo, de raza, de estado civil, de filiación y afiliación, de cultura de educación, de profesión u oficio, de creencias o de opiniones.  El Estado removerá a los obstáculos e impedirá la consolidación de factores que las mantengan o propicien.  Las Protecciones, estímulos, exoneración, y provisiones especiales que  se prescriben en esta Constitución para la niñez, la juventud, la ancianidad, la maternidad, los indígenas y los discapacitados así como los demás que las leyes reglamenten considerando las desventajas determinadas por la pobreza, el desempleo, la enfermedad, la ignorancia o las calamidades no serán entendidos como factores discriminatorios, sino como igualitarios.

 

                La propuesta del Ing. Carlos Romero Pereira:  La igualdad:  Todo los habitantes de la República en virtud de su nacimiento son iguales, en dignidad y derecho, no hay en ella fueros personales, ni títulos de nobleza.

 

                Propuesta de la Dra. Susana Morínigo:  Retira su propuesta porque casi todas son coincidentes.

 

                Propuesta Celso Castillo y otros:  todos los habitantes de la república son iguales en dignidad, y derechos, no hay en ellas fueros personales ni títulos de noblezas, no se admiten prerrogativas ni discriminaciones por razones de sangre, de fortuna, de sexo, de raza, de estado civil, de filiación, de afiliación, de cultura, de educación, de profesión u oficio, de creencias o de opiniones ni por discapacidad, ancianidad, infancia o maternidad.  El estado removerá los obstáculos e impedirá la consolidación de factores que las mantengan o la propicien, las protecciones que se prescriben en esta Constitución y las leyes frente a las desigualdades injustas no serán consideradas como factores discriminatorios, sino como igualitarios.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CELSO CASTILLO:  Permiso, una aclaración:  Señor Presidente:  Una sustitución:  discriminaciones por razones, étnicas se suprime sangre, de fortuna, de sexo, de lengua, en vez de raza:  lengua.  Según la indicación de nuestra Comisión de Estilo.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Bueno oportunamente al fundar va a dar las explicaciones, estamos leyendo simplemente las propuestas ahora, bueno.

 

                INTERRUPCION.

               

                Bien señores entonces tenemos las siguientes propuestas:  Uno, la de la Sub-Comisión N°1; dos de la Convencional Antonia Irigoitia que algún Convencional tendría que hacerse cargo de ella, que esté en la Comisión Redactora; la del Prof. Luis Alfonso Resck; la de Celso Castillo; y la del Ing. Romero Pereira; son cinco propuestas, en relación con éstas, ya tengo una larga lista.

 

                Tiene el uso de la palabra el Lic. Luis Alfonso Resck.

 

                INTERRUPCION.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL:  Una moción de orden señor Presidente:  Sinceramente creo que estamos muy racionales, por favor, mociono concretamente que vean de retirar propuestas, no hay cuestiones de fondo, es decir disidencia con el Proyecto Base, vamos a ganar tiempo, un fracaso histórico vamos a tener, si seguimos así, presentando matices de redacción, palabras más o palabras menos, y después hay una comisión específica que va a tratar el tema en particular, así que llamo a la sensatez y que se dé un fundamento únicamente a los mocionantes para ver en qué se diferencia con el Proyecto Base y después votemos.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Tiene la palabra el ciudadano Convencional Luis Alfonso Resck.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS ALFONSO RESCK:  Gracias ciudadano Presidente:  La única modificación que había introducido, era simplemente formal, teniendo en cuenta que pareciera no caber el concepto de habitante y habíamos reemplazado por ser humano.  Por lo tanto, retiro mi ponencia y me ratifico en la ponencia de la Sub-Comisión, porque es simplemente una transcripción.  Aquí es una cuestión de palabra atendiendo a la observación que me pareció muy oportuna del Dr. Cano, pero solamente quiero fundamentar lo siguiente, nosotros acá, siguiendo lo que yo diría una conducta coherente, proclamamos que los habitantes, en virtud de su nacimiento, son iguales en dignidades y en derechos, porque consideramos que, la ley no es sino la expresión del derecho y no el derecho de la ley, los derechos rebazan los límites de las leyes conforme habíamos, justamente, consagrado el día viernes, en un artículo especial, y por otra parte en lo que se refiere al segundo párrafo, no basta la mera y formal enunciación de derechos, sino que es fundamental, consideró la Sub-Comisión, consagrar mecanismos que posibiliten la observancia en la realidad de estos derechos. De ahí precisamente el párrafo siguiente.  Muchas gracias, señor Presidente y señores Convencionales.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Resck. 

 

                Tiene el uso de la palabra la ciudadana Convencional Cristina Muñoz.

 

CIUDADANA CONVENCIONAL CRISTINA MUÑOZ:  Señor Presidente:  Yo quisiera llamar la atención nada más, que en este artículo, hay dos cosas fundamentales que hay que tener en cuenta.   La igualdad ante la ley y la igualdad de oportunidades.  Basándonos en estos dos conceptos, es que debemos elaborar el artículo.  En ese sentido, yo apoyo la moción de la Dra. Antonia Irigoitia.  Gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muy bien. 

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Carlos Romero Pereira.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS ROMERO PEREIRA:  Señor Presidente:  Solamente para introducir en primer lugar, una pequeña modificación en mi proyecto y en donde dice:  en virtud de su nacimiento eliminar.  Entonces quedaría así:  Todos los habitantes de la República son iguales en igualdad y derecho, no hay en ella fueros personales y títulos de nobleza.  Yo entiendo que esta redacción incluye todo lo que viene después;  por lo tanto, me parece totalmente innecesario agregar nada más.  Gracias, señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Gracias, Ing. Romero Pereira. 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Miguel Abdón Saguier.

 

 

CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER:  Señor Presidente:  Voy a tomar como base de mi exposición el Anteproyecto que estamos considerando y el Artículo 48, que dio lectura el Secretario.  Yo no sé si estoy tan despistado, pero cuando tratamos de la igualdad en esta parte estamos hablando de la igualdad civil, es decir de la igualdad ante la ley, y aquí el Proyecto Base nos habla de que todos los habitantes de la República, en virtud de su nacimiento  son iguales en dignidad y derecho.  Es cierto, somos iguales en dignidad, pero no somos iguales en derecho.  Igualdad ante la ley es bien sabido no significa igualitarismo, igualdad ante la ley significa que, ante la desigualdad real que presentan los seres humanos, lo que quiere el derecho, lo que quiere la ley, es que esas diferencias no tengan un carácter de dominación, no tengan un carácter de dependencia.  Entonces, a mi juicio, aquí hay una serie de conceptos que están bastante confusos.

 

                Por eso es que, en primer lugar, no somos iguales en virtud de nuestro nacimiento desde el punto de vista exclusivamente normativo.  Precisamente en virtud de nuestro nacimiento somos desiguales, y la ley lo que viene a hacer es establecer una relación justa frente a esa diferencia.  Por eso la fórmula corriente y generalizada en todas las Constituciones es que todos los habitantes son iguales ante la ley y acá no se hace diferencia ni discriminación entre nacionales o no nacionales.  Esta igualdad le pertenece o le corresponde al hombre como miembro de la sociedad, y estamos hablando de eso y después seguidamente viene la igualdad política.  Ahí sí todos los paraguayos somos iguales, pero es falso que todos tengamos los mismos derechos.  No tenemos los mismos derechos y cometeríamos una grave injusticia si tratamos a los desiguales de una manera igual. Lo que la ley no quiere es que se hagan diferencias arbitrarias, injustas, hostiles o persecutorias. 

 

                Aquí se ha concebido de una manera bastante equívoca el sentido de la igualdad civil, señor Presidente.   En nuestra Constitución de 1870, en la de 1940 y en la de 1967 y en muchas otras Constituciones, se sigue la fórmula de que todos son iguales, o sea todos los habitantes son iguales ante la ley, es la ley la que nos coloca en una situación tal que impide que esas diferencias sean motivo de injusticia en contra del que es más débil o es diferente.  ¿Cómo vamos a decir que tenemos los mismos derechos que los niños o que los ancianos, cómo vamos a darle el mismo trato?  Entonces, entiendo, señor Presidente, vuelvo a repetir que está mal formulada esta....  Algunos tratadistas consideran que lo más correcto sería hablar de igualdad jurídica, pero entiendo yo, que esta fórmula tradicional clásica no se presta a ningún tipo de confusión.  Entonces, yo llamo a la consideración de este artículo, en ese sentido, señor Presidente, y colocarnos en la línea de los conceptos correctos.  Algunos tratadistas entienden que esta igualdad significa igualdad ante el Estado, y la igualdad ante el Estado implica la igualdad ante la ley, ante la administración publica, ante la jurisdicción, etcétera, etcétera.  Pero no cometamos el error de decir que en virtud de nuestro nacimiento,  somos iguales en dignidad y derecho, somos iguales en dignidad en el sentido de que todos somos seres humanos, pero no todos tenemos los mismos derechos.  Además en este artículo se repite una serie de conceptos que a mí por ejemplo me parece que están bastante mezclados.  En ese sentido yo propondría un artículo sencillo que diga lo siguiente:  "Todos los habitantes de la República son iguales ante la ley y no hay personas, ni grupos privilegiados.  La ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias".  En este artículo están incluidos tres conceptos fundamentales: 

 

                En primer lugar, la igualdad, en segundo lugar, que no existen personas ni grupos privilegiados y, en tercer lugar, que la ley no debe establecer diferencias arbitrarias, porque la ley establece diferencias.  Lo que la ley no tiene que hacer es una discriminación arbitraria, es decir, cuando nosotros hablamos de igualdad ante la ley, estamos hablando de que el legislador no nos tiene que tratar de una manera arbitrariamente diferenciada.  Cuando estamos hablando de igualdad ante la ley, estamos diciendo que esa ley se tiene que aplicar de la misma manera, en la misma situación y condiciones y circunstancias.  Cuando estamos hablando de la igualdad ante la ley, estamos hablando de igualdad civil, no de la igualdad política, de la igualdad ... en fin.  Entonces, señor Presidente, creo y entiendo que lamentablemente este artículo en toda su extensión ha sido concebido erróneamente, por lo que reitero mi moción concreta en el sentido de que se reformule este artículo orientado a establecer claramente el concepto de lo que significa la igualdad ante la ley.  Terminé, señor Presidente.

 

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Gracias Dr. Saguier.  Apenas quiero resaltar que cuanto él manifiesta está contenido en el artículo que sigue, la igualdad ante la ley y demás situaciones, pero, en fin, cada quien es libre de fundar como le plazca.

 

                Tiene la palabra el ciudadano Convencional José Nicolás Morínigo.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL JOSE NICOLAS MORINIGO:  Señor Presidente:  Uno de los problemas que estamos teniendo quizás en el proceso de comunicación, es que generalmente estamos muy atados a la discusión de los artículos y tengo la impresión de que eso genera una suerte de tecnicismo que hace que mucha gente no comprenda lo que realmente se está discutiendo.  Y quiero referirme específicamente en este caso al concepto de igualdad y por qué el concepto de igualdad como un problema fundamental de carácter constitucional. Cuando hablamos de igualdad, y antes el preopinante había señalado la necesidad de hacer referencia a la igualdad civil, a la igualdad ante la ley, pero, nosotros, creo que vamos más allá de la propuesta que estamos señalando, en el sentido de buscar igualdad de oportunidades que hace referencia a la búsqueda de una sociedad donde las posibilidades que generalmente tiene como factor fundamental al Estado, éste genere tales condiciones que aseguren una igualdad de participación a los ciudadanos.  Por consiguiente, creo que estamos hablando del principio jurídico de igualdad ante la ley, como principio y al mismo tiempo como igualdad deseada para consolidar una sociedad solidaria. 

 

                Por tanto, creo que hay que hacer una distinción que no aparece en la propuesta de la Comisión. En la misma aparece la igualdad ante la ley y al mismo tiempo la igualdad de oportunidades.  Creo que se hace necesario hacer esa distinción y, por consiguiente, plantear en un artículo la igualdad ante la ley tal cual como fue propuesto ya aquí por una de las Convencionales y apoyada por el Convencional Camacho.  Desde esa perspectiva, creo que esa distinción es fundamental para seguir trabajando posteriormente en otro artículo, el de la igualdad de oportunidades.  Gracias, señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias, Dr. Morinigo.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Valentín Gamarra.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL VALENTIN GAMARRA:  Señor Presidente, ciudadanos Convencionales:  Yo también quisiera clarificar algunos conceptos, de todo este grupo de trabajo que se ha arrimado aquí a la mesa y algunas preopinantes manifiestan que hay diferencia conceptual en primer lugar entre habitantes y personas.  Aquí los proyectos dicen:  Primero, todos los habitantes en virtud de su nacimiento son iguales ante la ley.  Otros sostienen que todas las personas son iguales ante la ley.  Y otros, que el hombre y la mujer tienen igualdad de derechos civiles. 

 

                En fin, el Dr. Saguier une habitantes y personas; de ahí que yo quisiera que los preopinantes clarifiquen el concepto de habitantes y personas.  Creo que la Dra. Teresa Sosa tiene un concepto diferente de lo que es habitante y persona.

 

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias, señor Gamarra.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Euclides Acevedo.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EUCLIDES ACEVEDO:  Gracias, Presidente.  Me dejó un poco confundido la intervención del Dr. Morínigo, cuando dijo que en el artículo de la Sub-Comisión N° 1 se mezclan los tantos, en el sentido de que está la igualdad jurídica y la igualdad de oportunidades, yo honradamente creo que se hace esa distinción que el pide, porque en el siguiente artículo, en el 49 y aquí se puede aplicar lo del texto sin el contexto es un pretexto.  Creo que debería leerse el Artículo 48 y el Artículo 49 y en todo caso encontrar una fórmula de economía del lenguaje, a lo mejor están un poco mezclados, pero si te fijas bien Morínigo en el Artículo 49, se hace un desglosamiento de lo que nosotros entendemos por igualdad de oportunidades, habida cuenta de como dice Karl Smith a pesar de ser uno de los ideólogos del fascismo, pero de constitucionalismo entiende, él mismo sostiene que la igualdad ante la ley, es la misma que la igualdad ante la muerte que puede ser inexorable, pero no siempre justa, y lo que nosotros queremos y se establece eso  fue el fundamento en la Sub-Comisión N° 1 y se desarrolla en el Artículo 49, es que la igualdad ante la ley es una igualdad gélida, fría, pétrea si ustedes quieren, lo que habría que estimular el Estado, no solamente remover los obstáculos, sino que potenciar la igualdad de oportunidades y ahí se mete otra cuestión, la famosa diferencia entre el hombre y la mujer, bueno en vez de decir hombres y mujeres, decimos todas las personas, vamos a buscar esa tendencia igualitaria, pero yo quisiera aclarar un poco eso a no ser que, digamos, esté yo completamente desatento, yo le pediría  a los demás miembros de la Sub-Comisión N° 1, que cooperen en esclarecer a los compañeros de la Comisión Redactora, que se tuvo en cuenta estas dos partes del desafió de la igualdad.  Nada más, señor Presidente.   

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias, Dr. Acevedo.

 

                Tiene el uso de la palabra el Lic. Luis Alfonso Resck.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS ALFONSO RESCK: Gracias, comparto plenamente los conceptos expresados por mi distinguido amigo, miembro también de la Comisión, yo no quise atreverme a explayarme porque tenía presente la intervención a quien le corresponde de nuestro Coordinador, pero lamentando su ausencia voy a poner énfasis en cuanto anteriormente había dicho, nosotros establecemos esa igualdad jurídica a posteriori seguidamente lo que aquí se quiere poner de manifiesto es ese derecho inserto en nuestra naturaleza, que el hombre consigo al nacer lo trae más allá de los límites jurídicos, sociales, económicos, es un derecho como la propia Declaración Universal de los Derechos Humanos proclama,  todos los seres humanos nacen iguales en derechos y en dignidad, de ahí a posteriori se sigue lógicamente la igualdad jurídica, etc.

 

                Es ese el sentido que nosotros quisimos imprimir a ésta, como una suerte si se quiere de introducción abriendo precisamente la puerta a los demás derechos como aquí se consigna desde el punto de vista jurídico.

 

                Por otra parte, consideramos y esto creo que me lo van a confirmar mis distinguidos amigos de la Sub-Comisión la necesidad aún pecando un poco de reglamentarista poner de manifiesto consagratoriamente estos derechos porque tanto, tanto se ha sufrido en su computación que es necesario

sinceramente hacer una suerte de enunciación si se quiere hasta taxativa para evitar cualquier interpretación desacertada que conduzca de una u otra manera nuevamente a la concordación de nuestros derechos.

 

                En resumen, señor Presidente, creemos que los hombres nacen con ese derecho, igualdad y dignidad.  De ahí se confiere todo lo demás por añadidura, aquí se trata simplemente de la igualdad de derecho llámese niño, anciano, viejo, enfermo, lo demás ya desde el punto de vista jurídico se ha consagrar como consecuencia de esta primera enunciación. Gracias, señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias. Lic. Resck.

Entonces están ya fundamentadas distintas propuestas  y voy a proceder a la votación del artículo.

 

                Va a dar lectura el Secretario, de cuales son las propuestas y vamos a avanzar señores.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Moción N° 1, Proyecto Base de la Sub-Comisión. Todos los habitantes de la República en virtud de su nacimiento son iguales en dignidad y derechos, no hay en ellas fueros personales ni títulos de nobleza, no se admiten prerrogativas ni discriminaciones por razones de sangre, de fortuna, de sexo, de raza, de estado civil, de filiación, de afiliación, de cultura, de educación, de profesión u oficio, de creencias o de opiniones.

 

                El Estado removerá los obstáculos e impedirá la consolidación de factores que las mantengan o las propicien, las protecciones estímulos, exoneración y provisiones especiales que se prescriben en esta Constitución para la niñez, la juventud, la ancianidad, la maternidad, los indígenas y los discapacitados, así como las demás que las leyes reglamenten considerando las desventajas determinadas por la pobreza, el desempleo, la enfermedad, la ignorancia o las calamidades no serán entendidos como factores discriminatorios sino como igualitarios.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  La propuesta del Ing. Romero Pereira. El N° 2. de Irigoitia.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección sin discriminación por razón de raza, nacimiento, etnias, religión, sexo, idioma, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

 

                La Moción N° 3, del Ing. Romero Pereira.

 

                Todos los habitantes de la República son iguales en dignidad y derechos.  No hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza.

 

                La Moción N° 4 de Celso Castillo.

 

                Todos los habitantes de la República son iguales en dignidad y derechos.  No hay en ellas fueros personales ni títulos de nobleza, no se admiten prerrogativas ni discrimina- ciones por razones de sangre, de fortuna, de sexo, de raza, de estado civil, de filiación, de afiliación, de cultura, de educación, de profesión u oficio, de creencias o de opiniones ni por discapacidad, ancianidad, infancia o maternidad.

 

                El Estado removerá los obstáculos e impedirá la consolidación de factores que las mantengan o las propicien, las protecciones que se prescriben en esta Constitución y las leyes frente a desigualdades injustas no serán consideradas como factores discriminatorios sino como igualitarios.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Voy a suplicarle al Dr. Castillo nos aclare una pequeña modificación que él dijo, tenía esta propuesta de manera tal que se apruebe como debe ser.  Tiene el uso de la palabra el Dr. Celso Castillo.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CELSO CASTILLO:  Gracias Presidente, señores Convencionales:  La propuesta que hemos presentado justamente me permití señalarle al Secretario, dos términos solamente que prácticamente coincide con la Comisión N° 1, en el sentido dice: No se admiten prerrogativas ni discriminaciones por razones de sangre, tiene que ser de razones étnicas, de fortuna, de sexo, de lengua en vez de raza, se suspende de raza y queda de lengua después todo igual según la Comisión de Estilo.  Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias, Dr. Castillo

Hay una última propuesta la del Dr. Miguel Abdón Saguier.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Todos los habitantes de la República son iguales ante la ley y no hay personas ni grupos privilegiados, la ley, ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Bien señores, están perfectamente diferenciadas 5 propuestas y vamos a tratar de avanzar. Hay alguna aclaración sobre el punto?

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO CAMACHO:  Presidente, una aclaración, la Moción N° 2  no es de Irigoitia, es de Camacho- Muñoz.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muy bien se toma nota por Secretaría su aclaración.

 

                Señores, quienes estén de acuerdo por el texto tal cual provino de la Sub-Comisión N° 1, se servirán levantar la mano.

Tres votos.

 

                Quienes estén de acuerdo con la propuesta Camacho-Muñoz, se servirán levantar la mano. Seis votos.

 

                Quienes estén de acuerdo con la propuesta del Ing. Romero Pereira, se servirán levantar la mano. Tres votos.

 

                Quienes estén de acuerdo con la propuesta de Celso Castillo y otros, se servirán levantar la mano. Mayoría.

 

                Queda aprobado tal cual propuso el Dr. Celso Castillo.

 

                Se dará lectura entonces por Secretaría al artículo siguiente.

 

                Vamos a dar lectura al Artículo 49 del Proyecto original.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  El Estado garantizará a todos los habitantes de la República:

 

                a) de igualdad en el acceso a la justicia a cuyo efecto allanarán los obstáculos que le impidieren.

 

                b) la igualdad ante las leyes y recíprocamente la invariabilidad de éstas con respecto a las personas a las situaciones.

 

                c) la igualdad de oportunidades para ejercer funciones públicas no electivas sin más requisitos que la idoneidad y las condiciones éticas apropiadas.

 

                d) la igualdad en la participación de los beneficios de la naturaleza, de los bienes materiales y de los culturales.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Bien señores no se registra, hay una propuesta, perfecto cuál es?.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  La de Castillo y otros.  El Estado garantizará a todos los habitantes de la República, la igualdad en el acceso a la justicia, la igualdad ante las leyes, la igualdad en el acceso a las funciones públicas no electivas sin más requisitos que la idoneidad, y la igualdad de oportunidades en la participación de los beneficios de la naturaleza y de la cultura.

 

                Artículo de:  Camacho-Muñoz:  Igualdad de oportunidades. Igual que el propuesto por la Interbancada de mujeres Convencionales en cuanto al primer parágrafo.

 

                En el segundo, eliminamos la palabra especiales porque se puede prestar a erróneas interpretaciones como de que es discriminatorio.  No tengo el texto.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Tiene la palabra la Dra. Susana Morínigo.

 

CIUDADANA CONVENCIONAL SUSANA MORINIGO:  Señor Presidente, sólo para aclarar que mi propuesta solo se mantiene la modificación del inciso c, el resto sigue igual.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Dra. Morínigo:  Inciso a) sigue igual,inciso b) igual, inciso c) debe decir:  igualdad de oportunidades a mujeres para ejercer funciones públicas electivas y no electivas sin más requisitos que la idoneidad, y las condiciones éticas apropiadas.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Tiene la palabra el Dr. Rafael Eladio Velázquez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL RAFAEL ELADIO VELAZQUEZ:  Solamente una cuestión de procedimiento señor Presidente, creo que todas las mociones deben ser votadas, porque inclusive el mocionante, si su propuesta ha sido rechazada, puede volver a votar por aquella de las restantes que considere la más apropiada, entiendo que todas las mociones deben ser votadas salvo que una de ellas haya alcanzado mayoría absoluta . Nada más, señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Velázquez, se tendrá en cuenta.

 

                Vamos a votar todas las propuestas porque no veo que nadie las fundamente entonces, solamente están la propuesta tal cual vino de la Sub- Comisión N° 1, luego la propuesta del Dr. Celso Castillo, luego la propuesta de la Dra. Susana Morínigo, que tiene una sola variación con relación al proyecto original, y finalmente la propuesta Camacho-Muñoz.

  

                El Dr. Isidro Melgarejo tiene el uso de la palabra.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL ISIDRO MELGAREJO:  Es al sólo efecto de fundar las diferencias que hay con el propuesto base que esta propuesta de Celso Castillo y otros, incorpora una diferencia en el inciso c, cuando suprime la palabra ejercer y la cambia por el acceso a las funciones públicas y suprime la última frase de este inciso c) por funciones éticas apropiadas, esa es la diferencia en este inciso. Y en el inciso d) donde dice:  La igualdad en la participación dice, la igualdad de oportunidades en la participación, son los únicos cambios contra el Proyecto Base. Nada más, señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Va a fundamentar su propuesta Dra. Susana Morínigo.

 

CIUDADANA CONVENCIONAL SUSANA MORINIGO:  Solamente a los efectos de allanarme a la propuesta del preopinante en el sentido de sustituir la palabra ejercer por acceder, pero después todo sigue igual, que ese acceso a las funciones públicas electivas y no electivas también para las mujeres.  Es todo, señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Bien tiene el uso de la palabra el Dr. Gustavo Laterza, Coordinador de la Sub-Comisión N° 1.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL GUSTAVO LATERZA:  Gracias, señor Presidente, solamente para fundamentar o más bien explicar a los miembros de la Comisión Redactora el origen de esta frase en el inciso c, si el señor Presidente, podría solicitar a los Convencionales que presten un poco mas de atención.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Señores, se ruega atención a las palabras del compañero, porque a fin de cuentas es una cosa sumamente importante la que estamos tratando.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL GUSTAVO LATERZA:  Decía, señor Presidente, que esta frase o mejor este requisito de las condiciones éticas apropiadas que se incluyo en la Sub-Comisión N° 1, en el inciso c, como una de las condiciones que se impondrían a los ciudadanos que quieran acceder a las funciones públicas electivas, se basaban en un hecho bastante común en nuestro país, consistente en lo siguiente; personas que han ejercido la función pública y han cometido ilícitos y han sido  procesados y en algunos casos han sido condenados y en otros casos han sido sobreseídos por falta de pruebas, no pueden volver a pretender ejercer funciones públicas, y si suprimiéramos de este inciso la condición ética apropiada, esta persona concurriría en igualdad de condiciones y oportunidades que cualquier otro ciudadano honorable e inclusive le ganaría en el concurso, si hubiera un concurso, porque sus antecedentes curriculares serían superiores.  El solo hecho de haber ejercido la función pública durante varios años, obviamente le concede a cualquier persona conocimientos especiales que un concursante que no haya ejercido esas funciones no podría oponer.

 

                Es por eso que en la Sub-Comisión N° 1, se consideró importante incluir estas dos condiciones:  La idoneidad por una parte y las condiciones éticas por la otra.  Gracias, señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Un momento, ya pidieron el uso de la palabra los convencionales Rafael Eladio Velázquez y Miguel Abdón Saguier.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...:  Gracias, Presidente, Compañeros:  Es a solo efecto de tratar de armonizar el texto.  En la última parte del inciso c), a sugerencia del Dr. Resck, creo que en gran parte vamos a coincidir tal cual como vino de la Comisión N° 1.  Se incorpora en la última parte del inciso c) y queda en los siguientes términos:  "La igualdad en el acceso a las funciones públicas no electivas sin más requisito que la idoneidad y las condiciones éticas".

 

INTERRUPCION...

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Yo no acepto la modificación.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...:  Y bueno.  Yo respeto,  pero ese es su criterio, Dr. Cano Radil.

 

CIUDADANO SECRETARIO: Pero somos parte del equipo.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Un momento, señores.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Miguel Abdón Saguier.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER:  Señor Presidente:  Este artículo empieza hablando de que "el Estado garantizará a todos los habitantes de la República" y en el inciso c) se habla de "igualdad de oportunidades para ejercer funciones públicas no electivas sin más requisito que la idoneidad y las condiciones éticas apropiadas".  Acá no se hace discriminación entre ciudadanos y extranjeros. 

 

                En ese sentido me parece que sería un error, y lo más correcto hubiera sido salvar la situación de "los extranjeros que estarán sujetos a las limitaciones que establezcan las leyes".  Por eso estábamos hablando, hace un rato, de que había que hacer una clara discriminación, y lo más conveniente hubiera sido establecer un artículo referido a las funciones públicas, que hubiera sido, me parece, el sistema más conveniente, dedicarle exclusivamente un artículo a las funciones públicas, para salvar esa situación. 

 

                Es cierto que los extranjeros tienen la posibilidad de acceder a ciertas funciones públicas electivas, como por ejemplo, Concejales Municipales.  Pero no pueden ocupar las otras funciones públicas.  Terminé, Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias, Dr. Miguel Abdón Saguier.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Rafael Eladio Velázquez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL RAFAEL ELADIO VELAZQUEZ:  Para referirme al mismo punto, señor Presidente.  Entiendo que el concepto de idoneidad es muy amplio y se refiere tanto a la capacidad profesional o técnica o académica como a los requisitos legales.  Y aparte hay una disposición, más adelante, específica sobre las limitaciones, o sobre que los extranjeros estarán sujetos a limitaciones legales.  Creo que no impide este texto que en la ley se determine qué funciones estarán reservadas a los paraguayos naturales o naturalizados y que otras estarán abiertas a todos los habitantes de la República. 

 

                Repito, idoneidad es un concepto muy amplio que comprende también, los requisitos legales, no sólo de nacionalidad sino de edad, de una serie de otras cuestiones.  Nada más, señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias, Dr. Rafael Velázquez.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL:  Señor Presidente:  Al solo efecto de aclarar sobre la cuestión ética.  Resulta que el concepto idoneidad es un concepto que tiene incluido la faz legal y lo que la misma ley puede establecer como una limitación por antecedentes penales, por ejemplo.  Pero de ningún modo, se puede aceptar una cuestión subjetiva en la Constitución, como es la ética.  Porque ahí sí que vamos a abrir la posibilidad de una gran arbitrariedad.  Porque, ¿quién es el Juez de la ética de un ciudadano? ¿quién es el que juzga cuál es la ética correcta o cuál es la incorrecta?. 

 

                Nosotros tenemos que adscribir a un sistema en ese aspecto el principio de legalidad.  El principio de legalidad debe estar circunscrito a lo que la ley manda o prohíbe, pero de ningún modo podemos abrir una puerta para que, a partir de ahora, cualquier Juez, en lo contencioso administrativo, cualquier Tribunal administrativo, tenga que juzgar la ética de los ciudadanos que quieran acceder a un cargo público.  Se puede poner que no tenga antecedente penales, me parece correcto; se puede poner que no sean procesados, es una limitación objetiva. 

 

                Pero de ningún modo,  y eso ya dentro del concepto -aclaro- de idoneidad.  Porque pueden ser cualidades que hacen a la idoneidad.  Pero de ningún modo se puede aceptar que se hable de la ética.  Porque, ¿qué es la ética para que se pueda juzgar a un ciudadano?  Es algo transitorio, es algo histórico y sobre todas las cosas, sujeto a un elemento valorativo-subjetivo que va a traer mucho más arbitrariedades. 

 

                En ese concepto, retiro mi apoyo a la propuesta de Celso Castillo y otros.  Retiro mi nombre de la propuesta del Dr. Celso Castillo y otros y me mantengo en el texto original.  Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias, Dr. Cano Radil.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Carlos Alberto González.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS ALBERTO GONZALEZ:  Señor Presidente:  El proyecto presentado por el Convencional Celso Castillo y otros,

por el cual tendría interés en votar, tiene sin embargo en su apartado d) una expresión que establece "la igualdad de oportunidades en la participación de los beneficios de la naturaleza y de la cultura",  pero excluye de los bienes materiales. 

 

                Quisiera preguntar al Dr. Celso Castillo y a los proponentes de este artículo si no sería posible incorporar, como lo está en el proyecto de la Sub-Comisión "los beneficios de los bienes materiales de la naturaleza y de la cultura", porque creo que la expresión "naturaleza" no abarca la totalidad de los bienes materiales a los cuales debe tener igualdad de oportunidades en el acceso cualquier habitante de la República. 

 

                Por lo tanto, transmito esta inquietud a los mocionantes, a los efectos de solicitar que se incorpore, de estar ellos de acuerdo, esta expresión "de los bienes materiales".  Nada más.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias, Dr. Carlos González.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Rodrigo Campos Cervera.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL RODRIGO CAMPOS CERVERA:  Gracias, Presidente:  Muy brevemente.  En primer lugar, para expresar mi criterio a cerca de este apartado, inciso c), del artículo que estamos estudiando.  En él se han excluido las condiciones éticas, teniendo en cuenta las apreciaciones que formulara al respecto un preopinante. 

 

                Sin embargo, señor Presidente, habida cuenta de las situaciones especiales por las que ha transitado nuestra historia, quizás sea conveniente la inclusión de esta propuesta, que, sin embargo, se halla ínsita en las llamadas inhabilitaciones que sufren justamente los funcionarios que han tenido una actuación desdorosa o contraria a los intereses públicos.  Y para salvar, y quizás armonizar las diferencias acerca del alcance de idoneidad, podría incluirse "las condiciones éticas establecidas en la ley", de suerte que, tanto la idoneidad, como el tema ético pueda plasmarse en una ley y una de las manifestaciones de esas condiciones éticas sería precisamente la inhabilidad que está por otra parte establecida en numerosas leyes para el ejercicio de una función pública, para aquellos que se hayan portado, repito, desdorosamente en la función que les ha tocado desempeñar.  Eso por una parte. 

 

                En cuanto a la exclusión de "los bienes materiales", se ha creído, señor Presidente, que establecer o incluir lo "de bienes materiales" como una igualdad de participación, eso podría dar lugar, señor Presidente, a una suerte de interés -quizás no sea apropiado lo que voy a decir- pero de sesgo colectivista, en el sentido de que todo el mundo tiene derecho a los bienes materiales y si de pronto alguien no alcanza a obtener una igualdad, porque acá estamos hablando de igualdad en cuanto a los intereses materiales, podría decir:  Yo no tengo los bienes materiales de mi vecino y promuevo o gesto mi participación en igualdad de condiciones. 

 

                Y eso posiblemente, señor Presidente, aun cuando esta interpretación no fuera la correcta, podría sin embargo, dar lugar a una suerte de interpretación que en alguna forma traería perturbación, que deseamos todos evitar a través de una redacción feliz y definida.  Gracias, Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias, Dr. Campos Cervera.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Luis Alfonso Resck.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS ALFONSO RESCK:  Gracias, ciudadano Presidente.  Honorables Convencionales:  No quisiera pecar de impertinente, reiterando mi solicitud.  En lo específicamente al campo jurídico es donde menos intervengo.  Pero cuando se trata, a mi juicio, de conceptos fundamentales que hacen a la esencia del hombre y a la que no puede escapar la Constitución, es cuando me atrevo a perturbar, seguramente, vuestra paciencia, señor Presidente. 

 

                A mi me preocupa sobremanera, precisamente cuando se quiere -ésto lo digo con todo respeto y gran fraternidad- arrinconar a la ética dentro de un concepto estrechamente subjetivista al mundo interior del hombre, como si el hombre fuera un individuo aislado de su medio. 

 

                Pero resulta que no podemos nosotros concebir, señor Presidente, una ética puramente subjetiva, porque, entonces, cada uno actuaría de acuerdo a sus intereses, a sus pasiones.  No habría diferencia entre el bien y el mal, entre la virtud y el vicio, entre la honestidad y la corrupción.  Pero no es cierto que no hayan normas objetivas de la ética, en cuyo medio es posible la convivencia entre los hombres.  Sin entrar en detalles que podrían suscitar, sí, interpretaciones totalmente discrepantes.  Pero la ética tiene su norma objetiva en el ahora, en el aquí, en el ayer y en el mañana, en Occidente y en Oriente. Son normas éticas que nosotros debemos observar para una convivencia a la que aspiramos a través de esta Constitución. 

 

                Por ello, señor Presidente, me ratifico en estos conceptos.  No podemos nosotros, para transformar las estructuras y forjar el nuevo Paraguay, precisamente, desconociendo la ética, ante el temor de interpretaciones subjetivas, contar de nuevo como conductores del nuevo destino del Paraguay a gente que ha lesionado el rostro del hombre conculcando sus derechos y también quebrando los valores éticos, señor Presidente.  Por eso me ratifico, sin perjuicio, en que se le dé jurídicamente la expresión más adecuada, no ratificamos en estos conceptos que los hemos discutido durante quince días.  Gracias, señor Presidente.

 

CIUDADANO  PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias, Lic. Resck.  Le suplico al Convencional Federico Callizo asuma la Presidencia, porque quiero hacer uso de la palabra en torno a estas cuestiones.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISION:  Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Oscar Paciello.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL OSCAR PACIELLO:  Muchas gracias, Dr. Callizo.   En el inciso 1° del artículo en consideración, se habla de que "el Estado garantizará a los habitantes de la igualdad en el acceso a la justicia, a cuyo efecto allanará los obstáculos que la impidieren".  Y veo, con preocupación, que muchos preceptos, muchas propuesta, simplemente eliminan todo lo que sigue a esta palabra.  Y yo quiero ver en ello casi una expresión de fariseismo, al declarar, simplemente, la igualdad de acceso a la justicia y no imponer al Estado la obligación, tornar positivo este precepto, al no imponer al Estado la obligación de allanar los mil y un obstáculos con que hoy, fundamental- mente, el pobre se encuentra para acceder en condiciones de igualdad a la justicia.  Declaramos esto y nombramos a un defensor de reos pobres y con eso está acallada la conciencia. 

 

                Pero eso no satisface los más mínimos requerimientos de justicia.  Yo pienso, señores, que debemos conservar tal cual estaba en el Proyecto de la Subcomisión N° 1, la obligación, a cargo del Estado, de allanar esos obstáculos.  Y voy a poner, ahora, un ejemplo muy concreto:  En estos días, la opinión pública está siendo sacudida por un hecho atroz, un crimen, probablemente, horrendo.  Se le acusa a un hombre de haber violado a su hija menor.  Esta mañana, ocasionalmente, tuve ocasión de ver algunas escenas en la televisión. 

 

                Y yo me pregunto, ese hombre a quien se imputa un hecho tan atroz ¿qué oportunidades tiene de demostrar su inocencia?.  Escuché las palabras de un técnico, de un perito en el que él decía que no estaba convencido de que hubiera esa relación de causalidad capaz de incriminar a este hombre.  Y me pregunto yo, ¿cómo hará este hombre si no tiene los recursos económicos necesarios para salir de tan angustiosa situación?.  Y a la recíproca, la madre que tal vez tenga que ejercer la querella, tampoco tiene los medios que demanda el tratamiento adecuado de una acción penal coadyuvante, si se quiere, para obtener la justa sanción por un hecho tan atroz.  En una palabra, llegamos a la conclusión de que tal cual hoy día funciona nuestro sistema judicial, el acceso a la justicia para los pobres es una utopía. 

 

                De ahí entonces, que esta norma positiva que se agrega a la expresión "igualdad de acceso a la justicia", yo considero fundamental que la sociedad, que el Estado haga algo.  Hay mil y una fórmulas en el derecho contemporáneo. 

 

                El año pasado, en México, tuvimos el Congreso de la Unión Internacional de Abogados, que justamente versó sobre este tema:  La igualdad de acceso a la justicia.  Y se dan otras situaciones, no menos angustiosas, un daño y perjuicio ocasionado, por ejemplo a un obrero calificado, puede significar una demanda por centenares de millones de guaraníes, y sin embargo, este hombre no tiene el 0,40% que le exige la ley de tasas judiciales para salir adelante en su reclamo. Y tiene que limitar sus pretensiones a lo que buenamente pueda conseguir. 

 

                Estos son hechos cotidianos, que estamos viendo a diario, y que a mí, personalmente, me tienen angustiado.  La imposibilidad del pobre de tener justicia.  Aparte de la injusticia que de suyo significa, ese calvario de hacerle recorrer a un sujeto tres instancias, y aguardar, ocho, diez y doce años, para tener la satisfacción a su derecho. 

 

                Me parece que este agregado de "que el Estado allanará los obstáculos que se impone al pleno acceso de la justicia", debe conservarse, señores.  Es simplemente esta reflexión la que quería transmitirles y con esto termino mi exposición.  Muchas gracias Dr. Callizo.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISION:  Reasume sus funciones, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Callizo.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Carlos Alberto González.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS ALBERTO GONZALEZ:  Ciudadano Presidente:  Quería referirme a la objeción que hiciera un preopinante en relación con la propuesta que hiciera al inciso d) o al apartado d).  Se ha dicho que el decir "igualdad de oportunidades en el derecho a participar de los bienes materiales", podría hacer pensar que estamos yendo a una sociedad colectivista. 

 

                Yo quisiera decir que es un principio netamente liberal el de dar igualdad de oportunidades en la participación de los bienes materiales.  No creo que estemos estableciendo ninguna sociedad colectivista.  Yo creo que si nosotros queremos impedir la igualdad de oportunidades en la participación de los bienes materiales, lo que querríamos hacer es crear una sociedad tremendamente injusta.  Y creo que está en el ánimo de todos hacer una sociedad justa. 

 

                Por otro lado, yo solicitaría que, cuando se vote, se vote por cada uno de los párrafos, porque, en cuanto al inciso a), la exposición del ciudadano Presidente, el preopinante, a mí me convenció en cuanto al agregado que habría que hacerle.  Pero en lo demás, yo votaría por la moción de Cano Radil o la moción del Convencional Castillo.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. González.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Emilio Camacho.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO CAMACHO:  Lo expuesto por el Dr. González me releva de extender.  Yo, nada más, quisiera rescatar  que el Estado debe buscar permanentemente la igualdad de oportunidades y eso ni remotamente puede significar ningún sesgo colectivista. 

 

                Mociono concretamente la votación, inciso por inciso porque, tal como lo expresó el preopinante, la fundamentación del Dr. Paciello sobre la igualdad efectiva al acceso de la justicia, es esencial y no hay otras diferencias entre incisos, entonces, requiero que, votando inciso por inciso, vamos a ir más rápido a consensuar.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Camacho.            Suplico a los oradores que siguen en el uso de la palabra, abrevien también, porque creo que la cuestión está bastante debatida.

 

                Doctora Susana Morínigo, por favor.

 

CIUDADANA CONVENCIONAL SUSANA MORINIGO:  Sí, ciudadano Presidente, ciudadanos Convencionales:  Aquí se está hablando de igualdad de oportunidades y quiero señalar, en ese sentido, que el acceso a las funciones públicas pueden ser por la vía electiva o no electiva.  Las mujeres, que tienen décadas de lucha por la igualdad de participación con el hombre, del acceso a las funciones públicas, reclaman hoy participar en igualdad de condiciones con el hombre para acceder a las funciones públicas, tanto electivas y no electivas. 

 

                Por ello, ciudadano Presidente, apelo al sentido de justicia y de ecuanimidad de los señores miembros de esta Subcomisión, y que sea incluido este párrafo.  Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dra. Morínigo.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL:  Ciudadano Presidente:  He acompañado una propuesta que creo que sintetiza las inquietudes de los preopinantes, y solamente pido la palabra para aclarar lo siguiente:  En el inciso a), me parece oportuna la intervención del Dr. Paciello y pienso incorporar el mismo párrafo: "a cuyo efecto allanará los obstáculos que le impidieren".  Entonces, está incluido en el inciso a).  El inciso b), creo que es obvio "la igualdad ante la ley".  El c), creo que el tema hombre -mujer se va a tratar en particular en el Artículo 50.  O sea, que aquí lo que estamos haciendo es la igualdad en el tema de la función pública no electiva, porque en electiva si lo vamos a tratarlo en los Artículos 51 y 52 y sucesivos, en la parte de Derechos Políticos.  Esto es más bien con respecto al de funcionarios públicos.  Y creo que la fórmula que proponemos, "buena conducta", es mucho más precisa, porque se refiere a las causales que la ley va a establecer como procesados por las cuestiones que puedan impedir la propia Legislación. 

 

                Y no estamos usando un término tan, posiblemente, equívoco, con el mayor respeto que me merece algunas opiniones como puede ser el tema ético.  Entonces, creo que regula.  Y el tercer inciso, lo que estamos asegurando que el Estado va a garantizar la igualdad de oportunidad.  Y está bien.  La igualdad de oportunidades tiene que ser con respecto, también, a los bienes materiales, porque en eso estamos:  La igualdad de oportunidades, que no es igual a la igualdad efectiva, que es otra cuestión totalmente distinta.  O sea, que creo que esta propuesta realmente reúne las inquietudes de los ciudadanos Convencionales, y esa simple aclaración quería hacer.  Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Gracias. Sí.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CELSO CASTILLO:  Ciudadano Presidente, compañeros:  Yo creo que con la explicación que acaba de dar el Dr. Paciello, me releva de otros argumentos.  Me allano también en el inciso 1° que se le agregue: "a cuyo efecto allanará los obstáculos que la impiden".

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Castillo.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Rodrigo Campos Cervera.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL RODRIGO CAMPOS CERVERA:  Gracias Presidente:  Para dejar enfáticamente claro de que, en modo alguno, me opongo a la igualdad de oportunidades en el acceso a los bienes materiales.   Por el contrario, soy un deseoso interesado en que eso ocurra, pero aquí, ciudadano Presidente, no se habla de oportunidad, sino se habla de igualdad en la participación de los beneficios.  Eso es absolutamente diferente a lo de la igualdad de oportunidades, que ha expresado muy bien el Convencional Cano Radil. 

 

                En ese orden de cosas, yo no tengo absolutamente ningún inconveniente en que la redacción se mejore y se hable de oportunidades y no la participación directa porque evidentemente, eso no responde a ninguna filosofía liberal.  Gracias Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Campos Cervera.

 

                Tiene el uso de la palabra el Convencional Rolando Dos Santos.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL ROLANDO DOS SANTOS:  Gracias, ciudadano Presidente:  Es respecto al inciso c) de este artículo, en donde algunos preopinantes mocionaron que se agregue "las condiciones éticas establecidas en la ley", lo que daría la posibilidad de que haya una ley de ética, que eso sí sería peligroso, porque abre un amplio campo en donde se definiría la ética, para qué es la ética para la prensa, qué es la ética para un montón de aspectos, de todo un espectro. 

 

                Entonces, por esa razón que yo me opongo a eso y mociono concretamente que se mantenga el Proyecto de Celso Castillo y otros, tal cual está, con el agregado en el inciso a) respecto a "que el Estado debe allanar los obstáculos que impiden para la justicia".  Eso es todo, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Dos Santos.

 

                El Dr. Celso Castillo ya aclaró, muchas gracias.  Entonces, tiene el uso de la palabra el Dr. Valentín Gamarra.

 

                Hay moción de orden. Sí.  Adelante Dr. Callizo.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO CALLIZO:  Ciudadano Presidente:  Creo que estamos tratando este artículo en una forma muy desorganizada.  Pasamos de la igualdad al acceso a la justicia, pasamos al inciso d), al inciso c).  Planteo concretamente como moción de orden, que se trate inciso por inciso y que se cierre la lista de oradores, y se trate ya inciso por inciso, y se vote cada uno de los incisos, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Están de acuerdo con la moción de orden.  Magnífico.  Se cierra la lista de oradores, y restan el señor Valentín Gamarra, el Dr. Carlos Alberto González, el Dr. Callizo ya hizo uso de la palabra, y el Dr. Saguier.  Luego pasaremos, entonces, a considerar, inciso por inciso, este artículo.

 

                Tiene el uso de la palabra el señor Valentín Gamarra.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL VALENTIN GAMARRA:  Ciudadano Presidente:  En primer lugar, para oponerme categóricamente a la forma en que se llevó a cabo esta votación, antes de escucharme, porque precisamente yo voy a oponerme a mis compañeros Convencionales, a Camacho y  al Dr. Callizo, que buscan el tratamiento de este tema inciso por inciso, excluyendo a otros trabajos que están presentados en esta mesa y que no trata el tema, no divide el tema por artículos.  Y esto vale para una pequeña, una breve reflexión, ciudadano Presidente y ciudadanos Convencionales, en cuanto a las discriminaciones de algunos sectores y estamentos de la sociedad. 

 

                En ese sentido, hay estamentos muy caros a nuestros sentimientos, a la sociedad paraguaya, que constantemente están buscando una reivindicación para participar plenamente en esa sociedad, que son los indígenas, los campesinos y las mujeres.  Y sin embargo, en la práctica, no les estamos dando la participación real, entiéndase bien el término real, ni a los indígenas, ni a los campesinos, ni a las mujeres. 

 

                Por eso yo me opongo a que se trate inciso por inciso, dejado y excluido, y sin ver trabajos que han sido llevado por coordinadores de mujeres Convencionales de esta Convención, quienes merecen también sean escuchadas y sean tratadas en igualdad de condiciones.  Por eso es que yo propondría, ya tardíamente, a que se trate artículo por artículo.  Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Dr. Callizo, si usted me quiere aclarar, porque no entiendo como es la cosa.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO CALLIZO:  Presidente:  Quiero aclarar que yo no me opuse de ninguna manera al tratamiento de todas las propuestas planteadas ante la mesa.  Lo único que planteo es que, siguiendo la metodología de estudiar el Artículo 48 que está presentado, perdón, el Artículo 49, que está presentado por incisos, lo estudiemos por incisos, salvo que haya un artículo sustitutivo que sea presentado sin incisos. 

 

                Lo que falta, entonces, Presidente, es aclarar si hay alguna propuesta que trate el Artículo 49 sin que esté dividido en incisos.  Yo, de ninguna manera, Presidente, me he opuesto a la presentación de propuestas.  Yo quiero hacer esa aclaración al preopinante porque en mi ánimo está hacer esto en la mejor forma posible, lo que quiero también resaltar es que debemos organizarnos y avanzar en todo lo posible para beneficio del cumplimiento de los plazos, Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Callizo.  Y en efecto, la mesa no cuenta con ninguna propuesta sustitutiva.  Lo relativo a la igualdad del hombre y la mujer está en el artículo siguiente, Artículo 50, en el cual podrán incluirse y adicionarse las cosas, puesto que nadie acá se opone a otra cosa.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL ...:  Presidente:  Pido el uso de la palabra nuevamente.  El tema se trata de que hay una propuesta de interbancadas que, hasta ahora, creo, que no se ha dado lectura.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL ...:  Exactamente.  Que se dé lectura, ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL ...:  Entonces, yo diría que algún Convencional se haga cargo de esta moción, y entonces, no hay ningún problema.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Permiso.  Por Secretaría se aclara que hemos leído que hay un artículo que se hizo cargo Camacho - Muñoz, sobre igualdad.  Dice que..., no está el texto textual del artículo.  Ese es un pequeño inconveniente que tiene la mesa, sino que dice las observaciones sobre el texto base, que es la siguiente:  Igual que el propuesto por la interbancada de mujeres Convencionales en cuanto al primer párrafo. 

 

                En el segundo, eliminamos la palabra "especiales" porque se puede prestar a erróneas interpretaciones como de que es discriminatorio.  Eso es lo que consta en la mesa.

 

                El artículo es el siguiente:  Igualdad de Oportunidades:  El Estado garantizará a todos los habitantes la igualdad en el acceso a la justicia a cuyo efecto allanará los obstáculos que la impidieren.  La adopción por el Estado de medidas especiales, encaminadas a lograr la igualdad real y efectiva de las personas no serán entendidas como discriminatorias.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO RAMON AYALA:  Este artículo también está modificado, porque dice en otra parte de que se saca la parte especial, en cuanto a no se cuanto.  Porqué no redactan un...

 

DISCUSION EN LA SALA...

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...: Ciudadano Presidente:  Una aclaración; yo ese artículo corté de la hoja que ustedes entregaron, primer punto, entonces un mínimo de orden si yo propuse inciso por inciso  es porque la característica de estos artículos que hacen a la igualdad, a la remoción de obstáculos, vamos a contradecirnos inmediatamente, si hasta hoy no hemos consagrado la igualdad ante la Ley, por ejemplo.  Por eso es central debatir inciso por inciso, salvo que un artículo contemple la totalidad de la sistemática de la Sub-Comisión N° 1, o si no vamos a estar dejando toda la igualdad y vamos olvidarnos de la igualdad ante la Ley, así va ser, si seguimos tratando esa sistemática.  Yo creo que nada más inciso por inciso se propuso para que todos podamos seguir si hay omisiones graves.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:   Bueno, vamos a agotar la lista de oradores y en última instancia vamos a votar con carácter previo y si se opta por uno u otro artículo propuesto, pero me parece que uno no contempla todas las hipótesis del otro.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Carlos Alberto González.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS ALBERTO GONZALEZ:  Señor presidente:  Parece que hay aquí una confusión en lo que yo propuse, yo dije claramente que al artículo propuesto por el Convencional Celso Castillo,  que dice en su apartado D:  "Igualdad de oportunidades en la participación de los beneficios de la naturaleza y de la cultura", se agregue de los bienes materiales.  Así que no viene al caso hacer una consideración en torno a lo que pueda estar consignado en el Proyecto de la Comisión N° 1, porque yo me refería al Proyecto de la Comisión Celso Castillo.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Tomamos aclaración Dr. Carlos Alberto González, y para cerrar la lista de oradores solamente resta el Dr. Miguel Abdón Saguier.

 

                Tiene el uso de la palabra el ciudadano Convencional Miguel Abdón Saguier.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER:   Señor Presidente:   Creo que esta discusión a sido bastante desordenada porque del inciso A pasamos al inciso D, y así es muy difícil, creo que el Convencional Federico Callizo tiene razón en ese sentido.

 

                Voy a referirme concretamente al inciso A, en este inciso, y vuelvo a ratificar mi posición anterior, creo que estamos legislando de una manera bastante desordenada, al hablar de igualdad en el acceso, nos estamos olvidando de la igualdad ante la justicia es decir, el derecho de no ser juzgados por los tribunales especiales.   Si bien es cierto que en el artículo anterior hablamos de fueros personales, es sabido que -fueros- es una palabra bastante ambigua, que tiene por lo menos tres o cuatro significados.  Significa: ámbito donde se ejerce la justicia; significa: inmunidad, porque existe un fuero en nuestro país, los parlamentarios tienen fueros personales.

 

                En consecuencia, señor Presidente reitero, creo que estamos confundiendo los conceptos, estamos hablando de igualdad civil, y una de las igualdades civiles es la de que :  Nadie puede ser juzgado por tribunales especiales.   A ese efecto, sugiero a los que hicieron algún Proyecto con respecto al punto, que se le agregue a la igualdad en el acceso que no es la única igualdad que tenemos que asegurar repito, la siguiente frase:  El Estado garantizará a todos los habitantes de la República la igualdad ante la justicia y el acceso a la misma, a cuyo efecto... y sigue todo igual.

 

                Muchas gracias, señor Presidente.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Una aclaración.   Ya se aprobó el inciso C del Artículo 21:  "Que ninguna persona puede ser juzgada por tribunales especiales".

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Bien, entonces señores, siguiendo la metodología propuesta, voy a someter a consideración de esta Comisión, dos artículos sin que implique, a los efectos de su tratamiento.  En primer término, el artículo tal cual fue propuesto por la Sub-Comisión N° 1, en la inteligencia de que esta aprobación en general no significa extendernos sobre sus incisos y sobre sus normativas concretas, porque está el otro artículo que tiene una estructura totalmente diferente, que vino como una propuesta.  Entonces, cuál de los dos consideramos en primer término, si así cómo vino de la Sub-Comisión, y luego si es que se opta por esta redacción, entramos a tratar este artículo inciso por inciso.   Muy bien, quienes estén de acuerdo en el tratamiento de la cuestión de acuerdo a la normativa propuesta por la Sub-Comisión N° 1, se servirán levantar la mano.  Mayoría.

 

                Bien, entonces al considerar el inciso respectivo, si hay algún agregado, alguna cuestión que hacerlo, suplico que me hagan llegar a la mesa de manera ordenada, para poder ordenar también estas deliberaciones.   El señor Secretario va dar lectura al encabezamiento del artículo y el primer inciso que quedará en discusión.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  El Estado garantizará a todos los habitantes de la República:   Creo que eso se puede dar por aprobado porque no hay ninguna moción en contrario.

 

                Inciso A:  La igualdad en el acceso a la justicia a cuyo efecto allanará los obstáculos que la impidieren.  Hay dos fórmulas:  Una, que es la acabo de leer y otra que dice simplemente igualdad en el acceso a la justicia.

 

DISCUSION EN LA SALA...

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE  LA COMISION:  Dr. Miguel Abdón Saguier usted insiste en repetir lo que ya mencionamos en el Artículo 21. Muchas gracias.  Entonces queda a consideración.

                Quienes estén de acuerdo con la redacción propuesta por la Sub-Comisión N° 1, se servirán levantar la mano.  Mayoría.  Que coincide con la otra propuesta.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Inciso B:  La Sub-Comisión N° 1 dice:  La igualdad ante las leyes, y recíprocamente la invariabilidad de ésta respecto a las personas y a las situaciones. 

 

                El Proyecto Celso Castillo y otros:  La igualdad ante las leyes, hay dos mociones y una tercera que habla de supresión que es Susana Morínigo.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  No, no, no, retiró ella esa moción.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Bueno, quedan dos, la moción A que es de la Sub-Comisión que dice:  La igualdad ante las leyes y recíprocamente la invariabilidad de  ésta respecto a las personas y a las situaciones.   Y la moción B que dice:   La igualdad ante las leyes.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:   Quiénes estén de acuerdo por el texto tal cual proviene de la Sub-Comisión N° 1, se servirán levantar la mano.   Nueve.

 

                Quienes estén de acuerdo con la redacción propuesta por el Dr. Celso Castillo y otros compañeros se servirán levantar la mano.   Mayoría.

 

                Queda simplemente, igualdad ante las leyes.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Inciso C:  La igualdad de oportunidades para ejercer funciones públicas no electivas sin más requisitos que la idoneidad y las condiciones éticas apropiadas.  Es la moción de la Sub-Comisión N° 1.

 

                Moción Celso Castillo y otros, dice:  La igualdad en el acceso a las funciones públicas no electivas sin más requisitos que la idoneidad y las condiciones éticas establecidas en la ley.

               

                La moción Cano Radil dice:  La igualdad en el acceso a las funciones públicas no electivas sin más requisitos que la idoneidad y buena conducta según sea establecido por la ley.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:   El Convencional Rolando Dos Santos va a hacer una aclaración sobre ésto.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL ROLANDO DOS SANTOS:  Declino señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Entonces quedan simplemente...

 

INTERRUPCION CIUDADANA CONVENCIONAL SUSANA MORINIGO:  Señor Presidente, mi moción no se ha dado lectura.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Claro, tiene razón Dra. Disculpe.

 

CIUDADANO SECRETARIO:   Moción de la Dra. Susana Morínigo que  dice:  Debe decir la igualdad de oportunidades a mujeres y hombres para acceder a funciones públicas electivas y no electivas sin más requisitos que la idoneidad y las condiciones éticas apropiadas.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION: Bien, entonces...interrupción

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...: Consultado acá con los compañeros nosotros en el Inciso C, retiramos donde dice:  Las condiciones éticas establecidas en la ley, nada más.  Queda entonces la igualdad en el acceso a las funciones públicas no electivas sin más requisitos que la idoneidad.   Muchas gracias, así como fue distribuido.   Gracias señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  En consecuencia..  Interrupción..

 

CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL:  Ante esa situación, retiro también mi propuesta tal cual vino la moción de la Comisión 3.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  En consecuencia, quedan las propuestas de la Sub-Comisión N° 1, de la Propuesta de Celso Castillo y la de la Dra. Susana Morínigo.

Interrupción...

 

                Quiénes estén de acuerdo con la redacción tal cual vino propuesta por la Sub-Comisión N° 1, se servirán levantar la mano. Dos.

 

                Quiénes estén de acuerdo con la propuesta del Dr. Celso Castillo y compañeros, se servirán levantar la mano. Trece.

 

                Quiénes estén de acuerdo con la propuesta de la Dra. Susana Morínigo, se servirán levantar la mano.  Seis votos.

 

                Entramos a considerar entonces señores el Inciso D.  Va a dar lectura a las distintas propuestas el señor Secretario.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  En la Sub-Comisión:  La igualdad de la participación de los beneficios de la naturaleza de los bienes materiales y de los culturales.

 

                La moción Celso Castillo y otros dice:  La igualdad de oportunidades en la participación de los beneficios de la naturaleza y de la cultura.  Y la moción que presentamos es:  La igualdad de oportunidades en su derecho de participar en los beneficios de la naturaleza, la cultura y los bienes materiales.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Porqué no vuelve a leer Secretario para...

 

CIUDADANO SECRETARIO:   El Proyecto Base dice lo siguiente:  La igualdad en la participación de los beneficios de la naturaleza de los bienes materiales y de los culturales...

 

Discusión en la sala...

 

CIUDADANO PRESIDENTE LA COMISION:   UN momento Dr. éste es el texto que viene de la Sub-Comisión N° 1, el que le haya agregado que le agregue lo que quiere en otro.  Está el proyecto Celso Castillo que dice otra cosa, igualdad de oportunidades, éste es el que dice eso...

 

CIUDADANO CONVENCIONAL ISIDRO MELGAREJO PEREIRA:  Hago como moción entonces el Artículo que dice:  Igualdad de oportunidades en la participación de los beneficios de la naturaleza, de los bienes materiales y de los culturales.  Hago mía la moción.  Nosotros hemos aceptado con el Dr. Gustavo Laterza, como miembro informante

ese agregado Dr. Paciello.  Gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  No sabía yo eso. No estoy enterado.  

 

CIUDADANO SECRETARIO:  No nos consta a nosotros.  ¿Como queda redactado?.

CIUDADANO CONVENCIONAL...:  la igualdad de oportunidades y después todo igual.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  En vez de decir; igualdad en la participación, dice: La igualdad de oportunidades de participar.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Leo como queda.  La igualdad de oportunidades en la participación de los beneficios de la naturaleza de los bienes materiales y de los culturales.  Retiro mi moción porque ahí está contemplada mi inquietud.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Bueno, y el Proyecto Castillo, unanimidad entonces.

 

                APROBADO

 

                Muchas gracias señores.

 

DISCUSION EN LA SALA...

 

CIUDADANO SECRETARIO:  El artículo aprobado quedó así:  El Estado garantizará a todos los habitantes de la República:  La igualdad en el acceso de la justicia a cuyo efecto allanará los obstáculos que la impidieren.

 

                B)  La igualdad ante las leyes.

 

                C)  La igualdad en el acceso a las funciones públicas no electivas sin más requisitos que la idoneidad;  y,

 

                D)  La igualdad de oportunidades en la participación de los beneficios de la naturaleza, de los bienes materiales y de los culturales.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias señores, antes de entrar en el Artículo 50, en el que hay numerosas propuestas.  Les invito a hacer un breve receso ya que nuestros mozos ya están aprestados.

 

UN BREVE RECESO.

CONTINUACION DE LA SESION.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Damos lectura al Proyecto tal cual vino de la Sub-Comisión N° 1, que dice lo siguiente:

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Artículo 50:  Se garantiza la igualdad legal  y real de hombres y mujeres.  La ley removerá los obstáculos de hecho y de derecho que impidieran la participación de la mujer en la vida nacional en condiciones igualitarias.

 

                Artículo de la Lic. Cristina Muñoz:  El hombre y la mujer tienen iguales derechos civiles, políticos, sociales, económicos, culturales y de cualquier otra índole.  Corresponde al Estado promover las condiciones y crear los mecanismos adecuados para que la igualdad sea real y efectiva, remover los obstáculos que impidan o dificulten su ejercicio y facilitar la participación de la mujer en todos los ámbitos de la vida nacional.

 

                Moción de la Dra. Susana Morínigo:  El hombre y la mujer tienen iguales derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales o de cualquier otra índole. 

 

                Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones y crear los mecanismos para que la igualdad sea real y efectiva, remover los obstáculos que la impiden o dificulten y facilitar la participación de la mujer en todos los ámbitos de la vida nacional.  Pregunto a las mocionantes en que se diferencian ambas mociones.

 

CIUDADANA CONVENCIONAL SUSANA MORINIGO:  Solamente la expresión el Estado y en mi moción concreta está los Poderes Públicos.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  No entiendo cual es la diferencia, insisto.

 

                Eso tiene que pasar creo en la Comisión de Estilo, ver para coordinar, entonces hay una sola moción presentada por la Dra. Morínigo y Muñoz.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:   Tiene el uso de la palabra, vista que no hay otras mociones, la Lic. Cristina Muñoz.

 

CIUDADANA CONVENCIONAL CRISTINA MUÑOZ:  Señor Presidente, compañeros Convencionales.   Yo creo que el espíritu que ha primado en esta Comisión, en el tratamiento de todos los artículos aprobados hasta hoy, ha sido en el buen criterio, el reconocimiento de una realidad de nuestro país a pesar de recurrir a fuentes constitucionales de otros países.   Y en ese sentido, yo quiero partir del Artículo 51 de la Constitución actual, que si bien garantizaba la igualdad de derechos civiles y políticos de la mujer, afirmaba también que cuyos deberes correlativos serán establecidos en la ley, atendiendo a los fines del matrimonio y a la unidad de la familia.

 

                Tremenda injusticia en mi punto de vista, ya que primero, no podemos garantizar a la mujer solamente, igualdad de derechos civiles y políticos y en los demás temas, en lo económico, social y cultural.   Y ese remedio queremos incluir en el Artículo 50 que iniciamos su tratamiento ahora, también quisiera señalar que siempre entre el hombre y la mujer hay, ya un punto de partida distinto por cuestiones socio-culturales, porque sabemos el comportamiento histórico, en cuanto a la responsabilidad si los beneficios compartidos entre el hombre y la mujer.

 

                Sabemos que nuestra participación en los momentos difíciles de la historia de nuestro país ha sido fundamental, sin embargo, eso no ha sido reflejado en la vida pública nacional.  En ese sentido, también el llegar a las mismas metas a las mujeres les resulta más difícil, por todas esas cargas del cual ya les hablé.  Quisiera señalar también, señor Presidente que a pesar de los múltiples convenios y declaraciones internacionales inclusive ratificados por nuestro país.

 

                Nuestro actual Código Civil es un gran retroceso para garantizar la igualdad entre el hombre y la mujer que no estamos reclamando, simplemente por pretender las mismas cosas y los mismos cargos o las mismas oportunidades que los hombres, o sino por estricta justicia porque somos parte y copartícipe de esta sociedad.   La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer aprobada por las Naciones Unidas en 1979 y ratificada en 1986 por nuestro país, consagra que las Constituciones Nacionales y cualquier otra legislación de los Estados parte deberá consagrar el principio de igualdad del hombre y la mujer y, asegurar la realización práctica de éste principio.

 

                Por esa razón señor Presidente, con el apoyo de las demás Convencionales sin distinción de sectores políticos unificando la propuesta que ya habíamos realizado en la Sub-Comisión 2 referente a derechos políticos hemos decidido insertar en el Artículo 50, de manera que sea más globalizante y hablamos de que el hombre y la mujer tienen iguales derechos civiles, políticos, sociales, económicos, culturales y de cualquier otra índole.

 

                Corresponde al Estado o a los poderes públicos como se decía, promover las condiciones y crear los mecanismos adecuados para que la igualdad sea real y efectiva, remover los obstáculos que impide o dificulte su ejercicio, y facilitar la participación de la mujer en todos los ámbitos de la vida nacional.  Partimos de la base de que lo que queremos es, la igualdad ante la vida y como que nuestra situación actual no es igualitaria, también proponemos de que el Estado debe promover las condiciones y crear los mecanismos para que esa igualdad sea efectiva, también con la experiencia que tenemos en nuestra legislación actual llámese Código Civil, Penal u otras Leyes, remover los obstáculos que impida el ejercicio y facilitar la participación de la mujer en todos los ámbitos de la vida nacional que incluye la función pública sean electivas no electivas y todo el quehacer nacional.

 

                Pongo a vuestra consideración, en nombre de mis compañeras este artículo con la convicción de que ustedes sabrán interpretar de que no es un reclamo injusto, de que no es un reclamo demagógico, que simplemente es de estricta justicia y como pretendemos que esta nueva Constitución sea democrática, participativa, desarrollista y del futuro, no se puede desconocer el trabajo y la participación de la mitad de su población que en este momento está expectante; de qué estamos desarrollando, qué trabajos estamos desarrollando en bien de ellas en la elaboración de esta nueva Constitución.  ¿Será esta Constitución democrática, será esta Constitución participativa?  Será esta Constitución legítima en la medida en que reconozcamos a todos los sectores ciudadanos y entre ellos por supuesto de una gran parte de nuestra ciudadanía que sólo quiere ser copartícipe en la responsabilidad y en los beneficios que implica formar parte de una misma sociedad.  Gracias Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias señorita Muñoz.

 

                 Tiene el uso de la palabra la Dra. Susana Morínigo.

 

CIUDADANA CONVENCIONAL SUSANA MORINIGO:   Señor Presidente, ciudadanos Convencionales.  Las mujeres pensamos que con el mejoramiento del marco jurídico, se contribuirá sin lugar a dudas a eliminar toda forma de discriminación, ya no queremos simples expresiones retóricas, deseamos sí la inclusión de las normas de los principios que inspiran a los países civilizados.  Que cuanto más elevada, cuanto más es el grado de desarrollo es más elevada la participación de las mujeres en todos los ámbitos ya sea en los organismos electivos, como también en los de decisión, sin otro límite que la solvencia de su capacidad, de su formación y su moral.

 

                En el Paraguay, la mayoría de la población son mujeres, pero tradicionalmente han sido excluidas de las funciones de responsabilidad, una exclusión que atenta contra toda realidad y todo sentido común.  La mujer desea participar sin discriminaciones en el extraordinario esfuerzo conjunto de paraguayos y paraguayas para el logro del bien común del pueblo paraguayo.  Ella debe intervenir en igualdad de condiciones y oportunidades con toda su potencialidad espiritual e intelectual en la batalla que todos debemos librar para enfrentar la pobreza, la ignorancia y el sub-desarrollo, y alcanzar así una sociedad más justa y más feliz               .

 

                La historia nos demuestra la participación ejemplar de la mujer en las horas cruciales y desgarradoras para esta patria, para reconquistar la libertad y la democracia para este pueblo, las mujeres paraguayas lucharon con heroísmo, con sacrificio y abnegación.  Pero la participación de la mujer en la conducción y administración del país no se ha valorado con justicia y sin embargo, las instituciones se vigorizarán con su participación haciendo efectivo los ideales de la democracia, doctrina que hoy felizmente ilumina a toda América Latina, haciéndome eco de las inquietudes de la mujeres he puesto a consideración un Proyecto de artículo que coincide con los anhelos de la mayoría de las mujeres interbancadas y que sustituye el Artículo 50 del Proyecto que hoy analizamos.  Gracias señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dra. Morínigo.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Rubén Melgarejo Lanzoni.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL RUBEN MELGAREJO LANZONI:  Gracias señor Presidente.   Muy bien señores Convencionales, este es un tema que no solamente interesa a las mujeres, también nosotros los hombres tenemos un interés en especial, porque estamos hablando de una igualdad que debe realmente reinar y que no debe ser una simple expresión lírica o una expresión enunciada en un articulado.

 

                Aquellos que hemos tenido la oportunidad de conocer países donde realmente pudimos palpar y constatar esa igualdad que en muchas Constituciones Latinoamericanas se consagran pero que en la realidad no es y más aún en nuestro país.  Yo creo que el alcance debe tener este artículo, es hacer posible que la mujer se sienta partícipe y que pueda real y efectivamente encaminar con el hombre en un mismo pie de igualdad, el desarrollo de nuestro pueblo.  Es por eso que, yo me he permitido redactar una breve síntesis de articulado haciendo hincapié a los derechos en general al que buscamos concederle la igualdad, y ustedes tienen en su mesa he breve redacción que fue acogida oportunamente por las compañeras que han hecho uso de la palabra, donde enuncian los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales del hombre y la mujer.

 

                Este hecho de destacar los derechos bien establecidos creo, que a mi entender porque he redactado casi igual, salvo la parte final que ya lo omito y me adhiero, adelanto a la propuesta hecha por la Lic. Cristina Muñoz y Dra. Susana Morínigo.  La necesidad de enfatizar que las mujeres gozan realmente de estos derechos y que pueda ser posible en el futuro de que, esa simple enunciación esté plasmada en una Constitución, sino que la mujer paraguaya realmente sienta la necesidad y sea realmente efectiva su participación en el progreso.  No solamente con el enunciado que estamos consagrando se estará dando esos derechos, los derechos hay que ganarlos, hay que ser protagonista y la mujer en nuestro país más por los antecedentes que han dicho aquí las compañeras es necesario que, ellas asuman ese rol. 

 

                Concretamente mociono señor Presidente el retiro de mi propuesta y me adhiero a la expuesta por las compañeras.  Gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Melgarejo.

 

                Tiene el uso de la palabra el Ing. Carlos Romero Pereira.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS ROMERO PEREIRA:  Señor Presidente, solamente para referirme al texto de la Sub-Comisión donde se establece que la Ley removerá los obstáculos de hecho y de derecho.

 

                Y pregunto por vía Presidencia al Presidente de la Sub-Comisión, eso que quiere decir que los Parlamentarios se van a convertir en jueces y en policías o que cosa.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Traslado la pregunta del señor Coordinador de la Sub-Comisión N° 1.

 

Interrupción.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL GUSTAVO LATERZA:  No sé que contestarle al Convencional Carlos Romero Pereira, pero de cualquier manera estoy de acuerdo con él de que la sustitución de la ley por los poderes públicos del estado me parece razonable.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Tiene el uso de la palabra el Dr. Euclides Acevedo.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EUCLIDES ACEVEDO:  Presidente, para agilizar, yo creo que nadie se opone al Proyecto formulado por la compañera Cristina Muñoz y la Dra. Susana Morínigo.

 

                Simplemente le quiero recordar a las compañeras que el 8 de marzo de 1910 en la casa del pueblo de Copenhague.  Clara Set quien fue una indómita dirigente sindical había sostenido que el Estado es asexuado, en el mejor de los casos es hermafrodita pero actúa siempre como masculino.  Es importante esta reflexión que parece así superficial y frívola, pero sin embargo, guarda relación con lo que alguna gente se puede ilusionar con esto de que el Estado garantizará o promoverá las condiciones etc, etc.  No, yo creo que la participación de la mujer no pasa solamente por una prescripción constitucional, sino que esta prescripción constitucional en todo caso debe servir como una póliza de seguros para la gestión y protagonismo que tiene que tener la mujer sin esperar desde luego la concesión graciosa de los hombres que por demagogia o debilidad de repente otorgan espacios, no, yo creo que hoy nosotros estamos buscando una sociedad y una Estado diferente, se quiere buscar el pacto del capital y el trabajo, bueno, yo les sugiero simplemente a las compañeras que busquen un pacto entre los hombres y las mujeres; nada más, señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias, Dr. Acevedo.

 

                Tiene el uso de la palabra el señor Carlos Avalos.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS AVALOS: Gracias señor Presidente. Ciudadanos Convencionales: El texto presentado como proyecto de artículo de la Convencional Cristina Muñoz, yo creo que realmente hace justicia y pagaría una vieja deuda de la sociedad que más por situaciones socio-culturales, que de otra cosa, hacen que la mujer no tenga una participación real y efectiva en todos los quehaceres de la vida nacional.  Ahora me preocupa señor Presidente y señores Convencionales, y me gustaría si pudiesen tener el texto del artículo en la mano, me preocupa acá donde dice que: 

 

                Corresponde al Estado promover las condiciones y crear los mecanismos adecuados para que la igualdad sea real y efectiva.  Pareciera que el Estado tendría que crear leyes especiales donde taxativamente debería dar a la mujer un porcentaje de participación por su condición de mujer, en ese aspecto señor Presidente, me permito solicitar la inclusión inmediatamente después de la palabra igualdad, me permito proponer la inclusión de la palabra de oportunidades: Corresponde al Estado promover las condiciones y crear los mecanismos adecuados para que la igualdad de oportunidades sea real y efectiva. De tal forma de que no quepa la duda de que más adelante se quiera usar este precepto constitucional establecido en este artículo para que se obligue al Estado a la sanción de leyes que den un cupo, por ejemplo, taxativo en cuanto en todos los ámbitos, tanto en los cargos electivos como nominativos a la mujer por el simple hecho de ser mujer, porque ahí sí estaríamos creando una discriminación total, señor Presidente. Es todo señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias señor Avalos.

 

                Tiene el uso de la palabra el Lic. Luis Alfonso Resck.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS ALFONSO RESCK:  Gracias. Presidente, Convencionales:  Brevemente, quien tuvo una madre que contribuyó a forjar la personalidad del hijo, quien tiene una esposa que ha compartido las viscisitudes de la esperanza de su compañero, quien tiene una hija que constituye la esperanza del mañana como esposa, madre, ciudadana no puede substraerse a la emoción que late en nuestro corazón en este momento de definir una Constitución que ampare los derechos de la mujer.  Me limito solamente, señor Presidente, con estas modestas pero no menos por ello, significativas palabras tributar un homenaje a la mujer, a la Mujer con mayúsculas y simplemente recomendarle que más allá de la Constitución, imponga sus derechos porque son derechos que le asisten desde el momento de la concepción. Muchas gracias, señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Lic. Luis Alfonso Resck.

 

                Tiene el uso de la palabra la señorita Cristina Muñoz.

 

CIUDADANA CONVENCIONAL CRISTINA MUÑOZ: Gracias Presidente. Es para dos cosas fundamentales, ratificarme en el término Estado porque los poderes públicos son ejecutores de la política del Estado y aclararle al compañero Avalos, cuando hablamos de mecanismos éstos pueden ser administrativos, legales o cualquier medida que pueda garantizar que esa igualdad sea real y efectiva  En ese sentido, yo creo que, la inclusión de igualdad de oportunidades está consagrada en otros articulados, sin embargo, en la práctica se ha visto que la igualdad de oportunidades tal vez exista, lo que no existen son los mecanismos y las condiciones para que esta igualdad sea real.  Gracias Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias...

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...: Señor Presidente, quisiera hacer una moción de orden que se cierre la lista de oradores y creo que vamos a llegar más rápidamente a una unidad para felicidad de todos nosotros.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muy bien. Aprobado. Restan por hacer uso de la palabra el Dr. Isidro Melgarejo Pereira, el Dr.Bernardino Cano Radil, el Dr. Emilio Camacho y el Dr.Eusebio Ramón Ayala.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Isidro Melgarejo Pereira.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL ISIDRO MELGAREJO PEREIRA:  Brevemente, señor Presidente. Comparto en un cien por ciento el texto del artículo tal cual como fue presentado por las proponentes la Lic. Muñoz y la Dra. Susana Morínigo.  Pero tengo una preocupación, en el sentido de que, tal como ya dijo un preopinante si el Estado tiene que tener su cargo los mecanismos adecuados para que la igualdad sea real y efectiva y facilitar la participación de la mujer en todos los ámbitos de la vida nacional.  Me hago la pregunta, qué pasa con respecto al servicio militar obligatorio?   Y en ese sentido, estuve viendo todo el capítulo que en el Proyecto Base es el artículo 137, no hace tampoco ninguna clase de distinción y por otra parte, se tiene en cuenta el concepto que aquí se está hablando solamente de derechos sin sus correlativos de obligaciones.  Entonces de alguna manera, llamo a la reflexión acá de que si hay necesidad se podría aprobar el artículo así como está presentado y dejar un párrafo a elaborar por vía de la designación de 2 ó 3 miembros de esta Comisión para después someter a consideración del plenario de esta Comisión Redactora sobre ese punto. Nada más Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias doctor Melgarejo.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Bernardino Cano Radil.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL: Señor Presidente, no pensaba participar en el debate porque pensé que íbamos a estar todos de acuerdo con el texto propuesto por las Dras. Morínigo y Muñoz, pero me motivó una intervención en particular de un preopinante, el señor Avalos, que me sorprendió realmente porque está desconociendo incluso la doctrina del Partido, en el Estatuto del Partido Colorado se incorporó la discriminación positiva hacia la mujer, del 20% de los cargos electivos internos, nacionales y municipales como mínimo y alternados en las listas copertinentes  y esa incorporación que tiene el Partido Colorado y mi intervención tiene el único efecto de dejar sentado en Acta este gran avance del coloradismo, es el único antecedente en el Paraguay y hay 2 solamente en América y en el mundo.  España tiene uno, tiene el Partido Liberación Nacional, creo de Costa Rica y está el Partido Colorado señores.  Esto me exime, creo, de hacer un comentario; quiero explicar brevemente que significa el texto del artículo propuesto.  No se puede hablar de igualdad de oportunidades cuando se refieren a sectores minoritarios discriminados históricamente, la discriminación exige en materia de derechos humanos una desigualdad en la generación de políticas y de leyes de especiales. ¿Para qué?  Para llevar a la igualdad de oportunidades.  La igualdad de oportunidades entre desiguales es un sofisma, una falacia y no va llevar a nada a la superación de la desigualdad de la mujer; en ese aspecto creo que, este artículo que han traído las compañeras y entiendo que es un producto intelectual colectivo, no es de Muñoz ni de Morínigo, sino que es un trabajo colectivo de todas las Convencionales Constituyentes, y un trabajo colectivo de las mujeres del Paraguay y asesoradas por Organismos especializados en el campo, tengo entendido que así es el producto que se ha llegado a esta Mesa nos exime de mayor fundamento porque estamos realmente incorporando un anhelo de un sector mayoritario de nuestra población y creando la base jurídica y política para que el Estado pueda actuar en base a un artículo que ya hemos aprobado esta mañana donde decimos que las

protecciones y las discriminaciones en favor de los sectores minoritarios y minusválidos o desiguales de la sociedad es una carga del Estado que tiene que ser removida en sus obstáculos reales y legales.

 

                Por estos argumentos creo que el artículo debe ser apoyado como está y me limito a esta reflexión. Muchas gracias.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS AVALOS:  Señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  ¿Sobre el punto?

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS AVALOS:  Sobre el punto señor Presidente.  A los efectos de allanarme in extenso al Proyecto presentado por la Convencional Cristina Muñoz, dejando sentado la salvedad de mi preocupación en ese sentido, señor Presidente.  Gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias señor Avalos.

 

                Tiene el uso de la palabra, o tenía el Dr. Emilio Camacho que no está en la sala. Declinó?.  Cierra la lista de oradores el Dr. Eusebio Ramón Ayala.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO RAMON AYALA:  Bueno, no es necesario aclarar que todos estamos de acuerdo en que las mujeres tengan la igualdad, pero creo que, la redacción poco feliz del artículo propuesto no logra advertir justamente y no va lograr la real y efectiva igualdad, porque si hasta ahora se quejan las mujeres y con razón, es que tienen más obligaciones que derechos que los hombres.  Por lo tanto, para que exista una igualdad debe haber igualdad en derechos e igualdad en obligaciones, se ha omitido sobre todo en la propuesta de artículo de la Convencional Muñoz, pero sí ha estado en el de las mujeres interbancadas y el de la señora Morínigo con muy buen criterio, entonces, si hay un texto unificado, solamente el de la Convencional Muñoz, yo creo que es un error por un lado. 

 

                Entonces, no solamente se habla de derechos, también de iguales obligaciones, yo creo que en eso consiste la igualdad entre los hombres y las mujeres, que tengan iguales derechos e iguales obligaciones; además, yo creo que está muy bien la última parte que diga: Corresponde al Estado promover las condiciones y crear los mecanismos adecuados para que esta igualdad sea real y efectiva, y ahí no está discriminando ni positiva ni negativamente, se refiere a ambos, al hombre y a la mujer que en algún momento puede cambiar, ahora sí, lo que privilegia a la mujer y es una discriminación positiva es donde dice: facilitar la participación de la mujer en todos los ámbitos de la vida nacional, llamo solamente sobre el punto que no se establecen iguales obligaciones.  No hay que pensar entonces de que mañana, como no está prohibido en la Constitución, mañana los legisladores, cosa que dudo mucho, puedan decir no, lo que está prescrito en la Constitución es igualdad de derechos pero no igualdad de obligaciones e impongan obligaciones más gravosas a las mujeres, es un absurdo que puede darse.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  La señorita Muñoz quería hacer una aclaración sobre el punto, por eso excepcionalmente, la admito porque ya cerramos la lista de oradores.

 

CIUDADANA CONVENCIONAL CRISTINA MUÑOZ:  Gracias Presidente.  Simplemente para aclarar de que, si bien esta redacción es poco feliz como señala él desde su punto de vista, la que hemos aprobado en esta sala tampoco ha sido muy feliz en referencia a los artículos 48 y 49, pero sí refleja el espíritu de quienes estamos trabajando aquí.  Yo creo que, la rigurosidad jurídica no solamente debe llegar al artículo referente a la mujer y en cuanto a la obligación, creo que cuando se habla de derechos y obligaciones para las personas o para todos los habitantes estamos señalando que es para el hombre y la mujer, pero como este es un artículo donde garantizamos los derechos que es lo que tenemos cercenadas las mujeres, las obligaciones están garantizadas en toda la Constitución.  Por lo tanto, me ratifico en esta redacción señor Presidente y quisiera de que la rigurosidad jurídica, por favor no caiga en toda su dimensión sobre este artículo porque hemos demostrado que en los artículos que hemos aprobado en algunas partes tampoco cayó muy rigurosamente, señor Presidente, y me ratifico en el texto, señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias, entonces, vamos a someter a consideración el texto de la redacción del artículo tal cual como viene de la Sub-Comisión N°1.  Quiénes están de acuerdo con este texto.  No hay nadie.

 

                Someto a consideración el texto tal cual fue presentado por la señorita Cristina Muñoz y la Dra. Susana Morínigo.  Quiénes estén de acuerdo con él se servirán levantar la mano. Mayoría.

 

                Muy bien señores, entonces ahora someto a consideración de esta Comisión Redactora el artículo 51.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Todos los ciudadanos paraguayos gozan de igualdad política para ejercer los siguientes derechos:

                a) Al sufragio: por el cual pueden ser electores o elegidos en comicios regulares.

 

                b) Al ejercicio del poder legítimo: por el cual pueden ocupar y ejercer las funciones para las cuales fueran elegidos o designados legalmente.

 

                c) A la representación: por el cual deben estar legítimamente representados en el gobierno, este derecho incluye al de la proporcionalidad para las organizaciones políticas minoritarias; y

 

                d) Al contralor: por el cual pueden informarse o demandar información acerca de la administración de los asuntos públicos.

 

                El Estado estimulará la participación política de los ciudadanos a cuyo efecto la hará operativa dentro de un sistema racional y armónico.

 

                Y en Secretaria, pido atención, y en Secretaría, en cuanto a una moción de suspensión de este artículo, para que sea pasado al Capítulo de los Derechos Políticos.  Si no hay oposición diría que se apruebe esa moción de suspensión, y tratemos todos juntos el Capítulo de Derechos Políticos.

 

                APROBADO

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION: Así se resuelve.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Muy bien.  CAPITULO CUARTO. DERECHO DE LA FAMILIA: Artículo 52. Protección de la Familia.

 

                La familia es el fundamento de la sociedad, el Estado promoverá y garantizará su protección integral. Esta protección se extenderá a la unión estable del hombre y la mujer, los hijos y a la comunidad formada por cualquiera de los progenitores y sus descendientes.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION: Hay alguna moción en relación con este artículo. Va dar lectura el secretario.

 

CIUDADANO SECRETARIO: El Artículo 52 dice: Protección de la familia.  La familia es el núcleo fundamental de la sociedad, el Estado promoverá y garantizará su protección integral, esta protección se extenderá a la unión estable del hombre y la  mujer, los hijos y a la comunidad formada por cualquiera de los progenitores y sus descendientes.

 

                Hay una moción del Dr. Gustavo Laterza.

 

                Todas las personas tiene derecho a constituir familia en cuya formación y desenvolvimiento la mujer y el hombre tendrán las mismas prerrogativas y deberes, el Estado y la sociedad promoverán y garantizarán la protección integral de la familia.

 

                Hay una moción también del Lic.Luis Alfonso Resck.

 

                PROTECCION DE LA FAMILIA: 1) La familia como comunidad natural, jurídica y económica es el fundamento de la sociedad, el Estado promoverá y garantizará su protección integral.

 

                2) Esta protección se extenderá a la unión estable del hombre y la mujer los hijos y la comunidad, formada por cualquiera de los progenitores y sus descendientes.

 

                3) La Constitución reconoce a la familia como persona jurídica, y como una de las unidades básicas del ordenamiento municipal.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL:  Moción de Orden Presidente.  Como las tres mociones presentadas difieren en estilo y cuestiones de forma mociono que se pase a votación sin fundamento y entre los textos propuestos, vamos a avanzar mas rápido, no hay diferencia de fondo.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de la palabra el Dr. Efraín Enríquez Gamón, el Dr. Gustavo Laterza.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EFRAIN ENRIQUEZ GAMON: Señor Presidente, en principio como excoordinador de la Sub-Comisión N°2, hemos llegado a un acuerdo de sostener en esta bancada lo que hemos resuelto en la Sub-Comisión nosotros nos mantenemos en lo que hemos resuelto en esa oportunidad y está escrito en este anteproyecto.

 

                Naturalmente eso no nos obliga a querer ser dogmático ni mucho menos, sino simplemente creemos nosotros de que estos artículos están trabajados dentro de los conceptos y de los preceptos de nuestro cometido y por lo tanto nos mantenemos en su redacción original. Nada más.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias, Dr. Gamón.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Gustavo Laterza.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL GUSTAVO LATERZA: Señor Presidente, quisiera fundamentar muy brevemente una moción que creo que todavía no llego a las manos de los miembros de la Comisión Redactora, y hay algunas cuestiones de fondo por eso no había admitido la sugerencia del Convencional Cano Radil, en el artículo 52 de la versión original del Proyecto Base, se inicia con una declaración que es la familia es el fundamento de la sociedad, es una aclaración cierta pero creo que en todo caso puede ser obviada porque hay también otras declaraciones que podrían hacerse como la educación es el fundamento de la sociedad, la salud pública es el fundamento de la sociedad, creo que esta frase es elegante pero no cumple ninguna función en el texto.

 

                La siguiente frase el Estado promoverá y garantizará su protección integral, si es importante, pero lo que me preocupa es que en el siguiente párrafo en el segundo dice esta protección se extenderá a la unión estable del hombre y la mujer, es decir se esta introduciendo evidentemente una discriminación, en el primer párrafo se habla de la familia que será protegida por el Estado y luego dice que esta protección se extenderá a la unión estable, quiere decir que la unión estable no es familia.  La unión estable es una situación de hecho, una situación social que lamentablemente no podemos convertir en familia y por lo tanto también le tenemos que extender la protección del Estado, esa es la impresión que causa esa diferenciación de concepto entre estos dos párrafos, por eso yo en mi moción sugiero la eliminación de este segundo párrafo, y por considerar que el Artículo 52 y 53, tratan de la misma cuestión fusiono estos dos artículos en un solo texto, y conservo todo lo demás es decir el derecho a constituir familia, la protección que deben recibir por parte del Estado y le agrego de la sociedad porque no creo que sea justo que solamente se le exija al Estado la protección y no a la sociedad que también es importante y por ultimo también la idea de que hombre y mujer tienen las mismas prerrogativas y los mismos deberes en el proceso de Constitución de una familia. Gracias señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias.

 

                Tiene el uso de la palabra el Convencional Carlos Avalos.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS AVALOS: Gracias señor Presidente, ciudadanos Convencionales:  Existiendo la presentación hecha por colegas Convencionales de la Comisión Interbancada de Mujeres, de un Proyecto de artículo sustitutivo del Artículo 52, del Proyecto Base, ya que hasta el momento ningún Convencional integrante de la Comisión Redactora se ha hecho cargo de dicha propuesta quiero hacer mía la propuesta presentada por ellos con el texto del Artículo 52 en los siguientes términos:  Protección de la Familia.

La familia es el fundamento de la sociedad en cuya formación y desenvolvimiento la mujer y el hombre tendrán los mismos derechos y obligaciones.

 

                El Estado promoverá y garantizará su protección integral, esta protección incluye a la unión estable del hombre y la mujer, los hijos y a la comunidad formada por cualquiera de los progenitores y sus descendientes.

 

                Entonces señor Presidente es a los efectos de hacer mía esa moción de tal forma que sean incluidas entre las mociones presentadas. Gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION: Dejamos constancia Dr. Avalos.

 

                Tiene el uso de la palabra el Convencional Dr. José Nicolás Morínigo.

 

CIUDADANA CONVENCIONAL JOSE NICOLAS MORINIGO:  Yo quiero hacer referencia solamente a dos cuestiones que me parecen importantes en primer lugar la familia es el fundamento de la sociedad, se está haciendo referencia a un criterio de carácter sociológico en el sentido de darle un contenido y de darle un reconocimiento a una institución que independientemente de como esta organizado es sin duda alguna uno de los elementos fundamentales que permite la integración social, independientemente de su forma de organización.

 

                Por consiguiente creo que el reconocimiento apunta simplemente a visualizar una realidad y a tomarlo como tal.

 

                Con respecto al planteamiento que había tomado el preopinante creo de que realmente es un aporte importante la inclusión de la palabra incluye, de esta manera se elimina esto que podría entenderse como que se extenderá, que acá no  se desarrolla el concepto de familia, cuando simplemente lo que aparece en el segundo párrafo es que la protección integral  es decir en toda sus formas, no solamente se refiere a la unión estable del hombre y la mujer sino a otras formas organizativas de familia que son muy típicas de la sociedad paraguaya, no se debe olvidar que la familia nuclear hombre, mujer e hijo en esta sociedad y en el gran Asunción solo alcanza al 14% y que la mayoría de familia tiene una forma de integración totalmente distinto.

 

                Por  consiguiente creo que la palabra o el término incluye precisa mejor lo que se esta pretendiendo decir en este segundo párrafo y creo que habría que tomar en consideración.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de la palabra la Lic. Cristina Muñoz.

 

CIUDADANA CONVENCIONAL CRISTINA MUÑOZ: Paso señor Presidente, ya que se fundamentaron ya las modificaciones. Gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de la palabra el  Convencional Rolando Dos Santos.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL ROLANDO DOS SANTOS:  Mis palabras van tener el mismo sentido que la del señor Avalos así que declino señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION: Tiene el uso de la palabra el Dr. Luis Alfonso Resck.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS ALFONSO RESCK: Señor Presidente, compañeros Convencionales:  Yo querría como una transcripción no muy feliz concordante con el original hacer la salvedad del caso, la ponencia por el os habla presentada es como sigue:  Protección de la Familia: La familia como comunidad natural jurídica y económica es el fundamento de la sociedad, el Estado promoverá y garantizará su protección integral. La Constitución reconoce a la familia como persona jurídica y como una de las unidades básicas del ordenamiento municipal.

 

                Derecho a Constituir la Familia:  Toda persona tiene derecho a constituir familia en cuya formación y desenvolvimiento la mujer y el hombre tendrán los mismo derechos y obligaciones.

 

                Quisiera yo solamente avalar esta ponencia destacando la necesidad de poner énfasis por parte del Estado y de la sociedad en alentar y promover a la familia como institución base de la nación de la sociedad, porque hoy en día la crisis que sacude a esta sociedad nuestra consumista inspirada en una filosofía individualista que pospone valores y principios que deben ser normas de conducta para su convivencia arranca muchas veces de la desorganización y de la misma crisis que sacude a la familia.

Por eso ponemos énfasis precisamente en su  promoción institucional como fundamento de la sociedad. Muchas gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias Dr. Resck.

Una aclaración se va a hacer por Secretaría.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  El señor Avalos que acompañe la moción que se ha hecho cargo, porque no consta en Secretaría.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Tiene el uso de la palabra el Dr. Rubén Melgarejo Lanzoni.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL RUBEN MELGAREJO LANZONI:  Gracias señor Presidente más bien he pedido el uso de la palabra para permitirme una exhortación ya que estamos iniciando un capítulo referente al trabajo elaborado por la Sub-Comisión 2, y teniendo en cuenta los inconvenientes que hemos tenido en especial con la Sub-Comisión 1, a fin de llamarles la atención de la necesidad de agilizar el trabajo, no obstante no estoy en contra de lo que se pueda plantear de temas de fondo pero creo oportuno ya que estamos iniciando el capítulo referente a ese trabajo de dicha Sub-Comisión de que los temas que no sean discutibles o no existan posiciones encontradas tratemos de aprobar tal cual dictamino, y yo me adelanto ya a dar en muchos casos mi apoyo y mi voto al trabajo hecho por la Sub-Comisión en homenaje al tiempo y ante la necesidad de terminar en el plazo establecido, esa es la exhortación a los compañeros.

Muchas gracias Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION: Muchas gracias, Dr. Melgarejo.

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Eusebio Ramón Ayala.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EUSEBIO RAMON AYALA:  Una moción de orden para que se cierre la lista de oradores y que se pase a votar los textos.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Si no hay Convencionales que quieran hacer uso de la palabra sobre el tema, damos al Dr. Melgarejo Pereira. Y el último, ¿no hay otro?.  Dejamos cerrada.  El Dr. Miguel Abdón Saguier.  Con estos dos nombres, cerramos la lista de oradores. 

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Isidro Melgarejo.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL ISIDRO MELGAREJO PEREIRA:  Tengo una propuesta, que creo que todos tienen en su poder, donde algunas cuestiones puntuales sobre varios artículos referidos a este Capítulo, en donde comienza con una nota donde dice:  las palabras subrayadas son las incorporaciones propuestas, sobre el principio de mantener en lo posible el texto base, tal como vino de la Comisión, y tratar de hacer la menor modificación posible. 

 

                El deseo es tratar de darle más argumento, en algunos casos. En este caso, el cambio es de la palabra "fundamento", por la de núcleo fundamental, que es la diferencia, y ahora quiero hacer una modificación para suprimir el segundo párrafo que se refiere a "esta protección se extenderá a la unión estable del hombre y la mujer, los hijos y a la comunidad formada por cualquiera de los progenitores y sus descendientes".  Se debe, fundamentalmente, a que la redacción no me parece muy feliz en cuanto a la frase "comunidad formada por cualquiera de los progenitores y sus descendientes". 

 

                También, las críticas que hizo el Dr. Laterza, sobre si estamos defendiendo el concubinato, que es una realidad, y creo que en un Texto Constitucional, es preferible defender el concepto que es el de la familia como núcleo fundamental de la sociedad, lo que me lleva a plantear otra vez la supresión de este párrafo y dejar mi propuesta en el primer párrafo tal cual como ustedes pueden leerlo.  Gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  El Dr. Miguel Abdón Saguier, es el último orador de la lista.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER:  Ciudadano Presidente y ciudadanos Convencionales:  Nuestra Subcomisión, en la elaboración de los artículos, ha tenido muy en cuenta una idea que, entendemos, es generalizada en toda la Convención Constituyente.  La idea de aprobar una Constitución marco, es decir, de no hacer una Constitución detallista y que a veces abunda en adjetivaciones y se hace casi barroca, diría yo. 

 

                Y ustedes van a notar que en el desarrollo de todo lo que a nosotros nos tocó, se hizo de acuerdo a ese modelo.  Y entendemos que, el Capítulo se inicia de esa manera, haciendo, como dijo un preopinante, un reconocimiento objetivo de lo que es la familia en la sociedad.  Y a partir de ahí, desarrollar todos los otros artículos.  Se empieza con la protección que el Estado le debe a la familia.  Y se ha incluido este segundo párrafo, de que "la protección incluye a la unión estable del hombre y la mujer, los hijos y a la comunidad formada por cualquiera de los progenitores y sus descendientes", atendiendo a la realidad social del Paraguay. 

 

                Y tomando en cuenta, de que la familia no solamente está constituida por el hombre y la mujer que están unidas en matrimonio, sino que la realidad social nos impone que el Estado proteja aún a aquellas familias que no están vinculadas por vínculos formales, como es el matrimonio, e inclusive, familia que solamente están integradas por la mujer, la madre y los hijos, o solamente el padre y los hijos. 

 

                Entonces, nosotros pedimos a los ciudadanos Convencionales el apoyo a este artículo, porque entendemos que está concebido de acuerdo a fórmulas que son generalizadas en muchas Constituciones, porque eso también es importante tener en cuenta, hemos hecho bastantes cotejos y estudios comparativos de Constituciones para elaborar estos artículos.  Gracias Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Gracias Dr. Saguier.

 

                Se cerró el debate, por lo tanto vamos a proceder a ...

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS ROMERO PEREIRA:  Presidente, Presidente:  Una aclaración.  Hay una moción del Dr. Laterza, que es fusión de dos artículos.  Yo no sé si eso...  Por favor que se explique eso.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Vamos a tener en cuenta como moción la del Dr. Laterza.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER:  Una aclaración, Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Sí, una aclaración Dr. Saguier.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER:  Una aclaración que se me pasó.  La propuesta del Dr. Morínigo, miembro de esta Subcomisión, de aceptar la expresión acá, "esta protección incluye", es correcta y estamos conforme con esa inclusión.  Entonces quedaría "esta protección incluye a la unión estable del hombre y la mujer", y sigue todo igual.  En vez de decir "se extenderá" se pone "incluye".

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Queda registrado.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Leo las mociones que hay en Secretaría.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION: Vamos a dar número a las mociones para facilitar el entendimiento.

 

CIUDADANO SECRETARIO: Moción N° 1 - Proyecto base Subcomisión.  Protección de la familia:  La familia es el fundamento de la sociedad.  El Estado promoverá y garantizará su protección integral.  Esta protección incluye a la unión estable del hombre y la mujer, los hijos y a la comunidad formada por cualquiera de los progenitores y sus descendientes.

 

                Moción N° 2 del Profesor Resck.  La familia como comunidad natural, jurídica.  Retira la moción.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Retira la moción el Dr. Resck.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  La moción N° 2, entonces, es la de Gustavo Laterza, que aparte, pretende fusionar los Artículos 52 y 53:  Todas las personas tienen derecho a constituir familia en cuya formación y desenvolvimiento la mujer y el hombre tendrán las mismas prerrogativas y deberes.  El Estado y la sociedad promoverán y garantizarán la protección integral de la familia.

 

                Moción N° 3, la del señor Melgarejo Pereira:  La familia es el núcleo fundamental de la sociedad.  El Estado promoverá y garantizará su protección integral.

 

                Moción N° 4, de la Interbancada de mujeres.

 

                (discusión en la sala)

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Vamos a dar lectura.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  La familia es el fundamento de la sociedad, en cuya formación y desenvolvimiento la mujer y el hombre tendrán los mismos derechos y obligaciones.  El Estado promoverá y garantizará su protección integral.  Esta protección incluye a la unión estable del hombre y la mujer, los hijos y a la comunidad formada por cualquiera de los progenitores y sus descendientes.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Incluye una frase en el primer párrafo, señor.  Vamos a tomar como una moción diferente.

 

                Entonces, los que estén de acuerdo con la moción de la Comisión, se servirán levantar la mano.  Por favor, se cuenta por Secretaría.  Nueve votos.

 

                Los que estén conforme con la redacción de la moción presentada por el Convencional Laterza.  Tres votos.

 

                Los que estén de acuerdo con la redacción del Convencional Melgarejo Pereira.  Seis votos.

 

                Y, finalmente, los que estén de acuerdo con la redacción del Convencional Avalos.  Cinco votos.

 

                Es decir, quedó aprobado, entonces, el de la Comisión.  Pasamos a estudiar el Artículo 53, que vamos a dar lectura por Secretaría.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Derecho a Constituir familia:  Toda persona tiene derecho a constituir familia, en cuya formación y desenvolvimiento, la mujer y el hombre tendrán los mismos derechos y obligaciones.

 

                Creo que se da por aprobado porque ya está...

 

CIUDADANO CONVENCIONAL ...:  Hay otra moción.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Hay otra moción.  Todas las personas tienen el derecho de elegir libremente su estado de vida y por lo tanto, el derecho de permanecer célibe u a establecer una familia, en cuya formación y desenvolvimiento la mujer y el hombre tendrán los mismos derechos y obligaciones.

 

                Moción Melgarejo Pereira, y Artículo 53 de la Interbancada de mujeres:  Las relaciones de familia se basan en igualdad de derechos y deberes de la pareja con idéntica capacidad jurídica para ambos y en el respeto recíproco entre todos sus integrantes.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Tiene el uso de la palabra el Dr. Melgarejo Pereira.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL ISIDRO MELGAREJO PEREIRA: Este artículo les habrá llamado la atención, pero de alguna forma, quiero explicarles el origen.  Para todos los que se sienten católicos, esto proviene de la carta de los derechos de familia y fue en respuesta a un voto formulado por el Sínodo de los Obispos reunidos en Roma en 1980 para estudiar el papel de la familia cristiana en el mundo contemporáneo. 

 

                El Papa Juan Pablo II, lo aprobó en la exhortación apostólica familiar y consorcio, y fue este un mensaje, esta carta que fue presentado por el Equipo Nacional de Pastoral Familiar de la Conferencia Episcopal Paraguaya a esta Convención, en documento que fue entregado a todos los Convencionales, en donde dice de que su finalidad es la de presentar a nuestros contemporáneos, cristianos o no, una formulación, la más completa y ordenada posible, de los derechos fundamentales inherentes a esta sociedad natural y universal que es la familia. 

 

                Se dice también, de que la sociedad está llamada a defender esos derechos contra toda violación, a respetarlos y a promoverlos en la integridad de su contenido.  Este artículo en donde, vuelvo a repetir, esta carta de los derecho de la familia, fue presentada por la Santa Sede, que es el organismo central y supremo del gobierno de la Iglesia Católica.  En su Artículo 1°, dice expresamente esta disposición:  "Todas las personas tienen el derecho de elegir libremente su estado de vida".  O sea, lo que estamos privilegiando, no es solamente el derecho a constituir una familia, sino el derecho a elegir libremente su estado de vida, y por lo tanto, derecho a contraer matrimonio y establecer una familia, o a permanecer célibes. 

 

                Esta es la lectura literal de lo que dice el artículo de la carta de los Obispos. 

                Entonces, qué pasa.  Nosotros no somos un país como en Europa en donde se le cobra impuesto a los que están solteros.  Acá nosotros queremos reconocer ese derecho porque no tenemos el problema del crecimiento demográfico.  Entonces, qué pasa:  El mismo artículo ha tratado de incorporar estos conceptos del derecho a elegir libremente el estado de vida, por eso, en la propuesta que ustedes tienen, están con subrayados las frases que se incorporan. 

 

                Entonces el artículo diría así:  "Todas las personas tienen el derecho de elegir libremente su estado de vida y por lo tanto derecho a permanecer célibes o a establecer una familia en cuya formación y desenvolvimiento la mujer y el hombre tendrán los mismos derechos y obligaciones.  Nada más.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muy bien Dr. Melgarejo.

 

                No hay más propuestas.  Vamos a someter a consideración, entonces, el Artículo 53.  Quienes estén de acuerdo con el texto, tal cual vino de la Subcomisión respectiva, se servirán levantar la mano.  Once votos.

 

                Quienes estén de acuerdo con la propuesta del Dr. Isidro Melgarejo, se servirán levantar la mano.  Cinco votos.

 

                Quienes estén de acuerdo con la propuesta de la Interbancada de mujeres presentada por el Convencional Avalos, se servirán levantar la mano.  Seis votos.

 

                Queda el texto tal cual fue propuesto por la Subcomisión.  Entramos a considerar entonces, el Artículo 54.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  El matrimonio y los efectos de las uniones de hecho:   La ley establecerá las formalidades para la celebración del matrimonio, los requerimientos para contraerlos, el régimen de administración de bienes, otros derechos y obligaciones entre cónyuges.  Las uniones de hecho entre personas sin impedimentos legales para contraer matrimonio que reúnan las condiciones de estabilidad y singularidad, producen efectos similares al matrimonio.  Hay una propuesta del Dr. Melgarejo Pereira.  El matrimonio y los efectos de las uniones de hecho:  La ley establecerá las formalidades para la celebración del matrimonio entre el hombre y la mujer, los requerimientos para contraerlo, el régimen de la administración de bienes, otros derechos y obligaciones entre cónyuges.  Las uniones de hecho entre el hombre y la mujer sin impedimentos legales para contraer matrimonio que reúnan las condiciones de estabilidad y singularidad, producen efectos similares al matrimonio.

 

                Creo que lo único que agrega a la propuesta de Comisión es "el hombre y la mujer" en los dos párrafos.

 

                Y hay una moción de la Interbancada de mujeres que dice:  La ley establecerá las formalidades para la celebración del matrimonio, los requisitos para contraerlo, el régimen de administración de bienes, los derechos y obligaciones de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos.  Las uniones de hecho entre el hombre y la mujer sin impedimentos legales para contraer matrimonio que reúnan las condiciones de estabilidad y singularidad, producen efectos similares al matrimonio en las condiciones que establezca la ley, debiendo ella facilitar su conversión en matrimonio.

 

                Ese agregado es válido "debiendo ella facilitar su conversión en matrimonio".

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Hay una ponencia del Lic. Resck.

 

 

CIUDADANO SECRETARIO:  La ponencia del licenciado Resck.  La propuesta del Dr. Resck que dice:  La familia se constituye sobre el matrimonio legítimo en el marco de la responsabilidad ética y jurídica de los cónyuges, la paternidad responsable y el derecho de las personas a decidir libremente el número y espaciamiento de sus hijos.  La ley establecerá las formalidades para la celebración del matrimonio, los requerimientos para contraerlos, el régimen de administración de bienes entre otros derechos y obligaciones de los cónyuges.

 

                Hay una propuesta del Dr. González, la segunda parte del Artículo 54, que dice:  Las uniones de hechos entre el hombre y la mujer sin impedimentos para contraer matrimonio que reúnan los caracteres de estabilidad y singularidad producen efectos similares al matrimonio dentro de las condiciones que establezca la ley.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:   Dr. González, ¿va a fundarla?

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS ALBERTO GONZALEZ:  Sí, señor.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muy bien, lo escuchamos.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS ALBERTO GONZALEZ:  En primer término, creo que este texto cuenta con la versión de la mayoría de los miembros de la Subcomisión.  Es un agregado que creemos indispensable porque había habido una omisión, el decir "dentro de las condiciones que establezca la ley", porque es obvio que la ley tiene que establecer las condiciones que indiquen cuando la unión de hecho realmente tiene efectos similares al matrimonio.  Por otro lado, también pusimos "la unión entre el hombre y la mujer" y no entre personas, para hacer una mejor aclaración.  Por lo tanto este es el texto que creo que cuenta con la adhesión de la mayoría de los miembros de la Subcomisión.  Nada más.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Interrogo al ciudadano Presidente de la Comisión si hay consenso en esto.

 

                Perfecto.  Entonces, el texto de la Subcomisión queda reformulado en la forma que plantea el Dr. Carlos Alberto González, verdad?.  Sí, pero queda reformulado así.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  El primer párrafo, idéntico, y el segundo párrafo se sustituye por lo siguiente:  "las uniones de hecho entre el hombre y la mujer sin impedimentos para contraer matrimonio que reúnan los caracteres de estabilidad y singularidad, producen efectos similares al matrimonio dentro de las condiciones que establezca la ley".  Ese está aprobado entonces, como párrafo de la Subcomisión 1, de la Subcomisión 2.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Tiene el uso de la palabra el Lic. Luis Alfonso Resck.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS ALFONSO RESCK:  Brevemente, ciudadano Presidente.  Espero que se me dispense, es una temática de suyo, personalmente para mí y quienes comparten esta filosofía humanista, el problema de la familia.  Nosotros vemos a diario, tanto dentro como fuera del país, el drama de los crímenes, violaciones de padre a hijo, de hermano a hermana, toda suerte de preeminencia de disvalores en el ámbito familiar, precisamente, porque se ha perdido el concepto de la institucionalidad de la familia, porque, desgraciadamente, vivimos una crisis de valores y valores en crisis.  Una crisis de hombre y hombre en crisis, y una crisis de humanidad y humanidad en crisis, donde estos principios sagrados como fundamento de la sociedad, ya que los valores morales, y óigase bien, emergen de la propia naturaleza del hombre.  El hombre es  -yo ruego a los compañeros, yo he prestado atención, ciudadano Presidente, que nos dispensen la satisfacción, también de la atención, ciudadano Presidente-.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Me parece muy oportuna su llamada de atención licenciado Resck, y sobre todo, se ruega que quienes no participan en las consideraciones, guarden silencio.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS ALFONSO RESCK:  El hombre es un animal político, dice Aristóteles.  Pero pensadores y juristas dicen que también, es un ser social, un ser moral, un ser religioso y un ser biológico.  Así lo consagra el famoso pensador, laureado en Europa, Ñoki, con el perdón de su nombre. 

 

                Precisamente, emergente de esta realidad y arrancando a partir de la imagen del hombre, he ahí el valor moral,  he ahí el valor religioso, he ahí el valor social y con la familia desconociendo la observancia de estos valores que hacen a su fundamento como fundamento de la sociedad, sufrimos la crisis que, lamentablemente, estamos presenciando y que transciende a toda la sociedad. 

 

                Por ello es que hemos concebido este artículo:  "La familia se constituye sobre el matrimonio legítimo", sin perjuicio que aquellas uniones de hecho las promovamos, por eso acaba de sancionarse una ley de divorcio, para regularizar lo irregulable.  Con ello estimulamos y alentamos, justamente,la institucionalización formal de la familia. 

 

                Entonces, la familia se constituye sobre el matrimonio legítimo en el marco de la responsabilidad ética y jurídica de los cónyuges, que hoy en día, muchas veces inobservan y traen como consecuencia, precisamente, esta serie de crisis que conmocionan a la sociedad paraguaya.  La crisis de la inobservancia de estos valores lleva a crímenes de lesa humanidad en el seno de la familia, cuando que depositamos en ella nuestra esperanza como fundamento de la sociedad. 

 

                Entonces, "la paternidad responsable y el derecho de las personas a decidir libremente el número y el espaciamiento de sus hijos.  La ley establecerá las formalidades para la celebración del matrimonio, los requerimientos para contraerlo, el régimen de administración de bienes entre otros derechos y obligaciones de los cónyuges". 

 

                Termino con esto,  observamos la realidad, ¿que es la realismo?  El realismo no consiste en aceptar a priori la realidad.  El realismo consiste en analizarla, en interpretarla, en diagnosticarla y en  ver cómo transformamos la realidad, de los disvalores en valores, de vicios en virtudes, en ese sentido, respetamos la unión de hecho, respetamos, nos acercamos, le brindamos toda suerte de asistencia, pero la promovemos hacia una unión legítima dentro de estos canones éticos-jurídicos.  Muchas gracias Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias licenciado Resck.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Evelio Fernández.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS:  Gracias a las modificaciones que fueron planteadas por algunos Convencionales, estamos llegando, prácticamente, a una redacción de consenso con respecto a la propuesta por la Subcomisión N° 2. 

 

                Pero yo solamente quisiera que, para que el consenso sea total, se acepte el agregado propuesto por la Interbancada de mujeres, el agregado final, "debiendo ella facilitar su conversión en matrimonio". 

 

                Este agregado, vendría a ser -el texto es exactamente igual al de la Subcomisión N° 2, solamente que en el punto final se le agrega esa frese y tiene mucha importancia-.  ¿Por qué?. Porque, además de reconocer las uniones de hecho entre el hombre y la mujer que tenga efectos similares al matrimonio, se está indicando que la ley debe facilitar su conversión en matrimonio porque se reconoce al matrimonio como una institución en la cual, tanto el hombre como la mujer y los hijos, encuentran una protección mayor y un ámbito de desenvolvimiento mejor. 

 

                Yo sugeriría por eso a los miembros de la Subcomisión 2, que acepten ese agregado y así votamos, prácticamente, de consenso.  Nada más ciudadano Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Fernández.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Efraín Enríquez Gamón.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EFRAIN ENRIQUEZ GAMON:  Ciudadano Presidente:  Yo propondría que como son dos temas diferentes pero establecidos en el mismo artículo, por un lado el matrimonio y por otro lado, los efectos de las uniones de hecho, si no podríamos encarar el estudio por párrafo, de tal modo a que lleguemos a aclarar mejor uno y otros conceptos. 

 

                En principio, decíamos nosotros hoy, que aceptábamos la inclusión de un párrafo que se había omitido y que no tendríamos en, salvo opinión en contrario, lo que las mujeres, las Convencionales mujeres, adicionan a este último párrafo.  Nada más.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Gamón.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Federico Callizo.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO CALLIZO: Presidente:  En el mismo sentido expresado por el Convencional Evelio Fernández, yo acuerdo que es importante la incorporación de la última parte del Proyecto planteado por la Coordinadora de Convencionales mujeres.  Y en ese sentido, y antes de entrar a resolver si vamos estudiar por párrafo, quiero hacer mía la moción, para que figure en la mesa como mía, la moción planteada por las señoras de Interbancada, efectivamente.  Nada más Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Callizo.

 

                Tiene el uso de la palabra el señor Carlos Avalos, que la había presentado como suya.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL CARLOS AVALOS:  Gracias ciudadano Presidente.  Ciudadanos Convencionales:  Efectivamente, ya en su oportunidad, había hecho mía las mociones presentadas por las Convencionales de la Interbancada de mujeres.  Solicitaría a los señores integrantes de la Subcomisión 2, porque ellos ya hicieron una modificación cambiando el término "las uniones de hecho entre personas" por el de "hombres y mujeres". 

 

                Entonces, para que acepten el agregado que había propuesto el Dr. Evelio Fernández, con las fundamentaciones que lo había hecho, y agregando de que esta terminología utilizada, lo único que haría, es facilitar la conversión en matrimonio.  No va a obligar a nadie a que se case sí o sí, sino que solamente creará las condiciones de facilitar la conversión en matrimonio de esa unión de hecho.  Aparte de eso, parece que ha pasado inadvertido que en el primer párrafo, también hay un agregado muy importante, que en la parte final dice:  "las causas de separación y disolución y sus efectos.  Y eso hace relación a la reciente ley de divorcio sancionada en nuestro país. 

 

                Por lo tanto, yo creo que ese agregado también es sumamente importante y solicitaría, respetuosamente, a los señores integrantes de la Subcomisión 2, si pudiesen ellos admitir esos agregados, de tal forma que votemos por unanimidad ese artículo.  Nada más.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias señor Avalos.

 

                Tiene el uso de la palabra la Convencional Cristina Muñoz.

 

CIUDADANA CONVENCIONAL CRISTINA MUÑOZ:  Gracias ciudadano Presidente:  Como una de las integrantes de la Subcomisión 2, acepto el agregado del último párrafo "debiendo ella facilitar su conversión en matrimonio".  Y así como vamos a establecer legalmente que debe ser facilitada la conversión en matrimonio de las uniones de hecho, yo quisiera también que se tenga en cuenta, en el primer párrafo, de que la ley establecerá, entre todas las cosas que establecen aquí, las formalidades de celebración, los requisitos para contraerlos, el régimen de administración de bienes, los derechos y obligaciones, también las causas de separación y disolución y sus efectos, ya que, ciudadano Presidente, no se puede avalar una cosa y separar lo otro. 

 

                O sea que, en la misma forma en que facilitamos la conversión en matrimonio, también tenemos que facilitar su disolución cuando, por ejemplo, una cuestión que impactó a la opinión pública en estos días, de la niña violada por el propio padre, imagínense ustedes, la situación en que se encontraría la madre, así que la ley debe establecer también claramente este tipo de situaciones, ciudadano Presidente.  Gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Srta. Muñoz.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Miguel Abdón Saguier.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER:  Ciudadano Presidente:  Pregunto si la propuesta del Dr. Efraín Enríquez Gamón fue tomada en cuenta.  Si es así, voy a referirme  en primer lugar, al primer párrafo, o, estamos tratando todo el artículo.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  De momento estamos tratando todo el artículo y luego someteré a votación párrafo por párrafo, si no hay alguna opinión en contrario.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL MIGUEL ABDON SAGUIER:  También para sumar mi adhesión, a lo que ya dijeron algunos compañeros de la Subcomisión N° 2, en que no habría ningún inconveniente en aceptar las propuestas que sugiere la Comisión Interbancada de mujeres.  Entendemos que es totalmente lógico, si el Estado regula la celebración del matrimonio, también tiene que regular la separación y disolución del mismo. 

 

                O sea que no habría ningún inconveniente en cuanto al agregado del primer párrafo y lo mismo con respecto al segundo párrafo.  Y la propuesta del Dr. Carlos Alberto González, ya lo hemos aceptado.  Gracias Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Saguier.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Emilio Camacho.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EMILIO CAMACHO:  Ciudadano Presidente:  Para expresar mi acuerdo con las modificaciones introducidas en el Proyecto base, para dejar expresa constancia de mi oposición al agregado de la Interbancada, que ni siguiera tenemos en la del 67. No sé de donde, de algún catecismo apareció eso, verdad, pero no está en el del 67, el que se facilitará la conversión del matrimonio, se afectan derechos individuales, la voluntad de las personas, nos metemos en un territorio indefinido, entonces, perdón.  Yo creo que la sana prudencia debe indicarnos que no figure en la Constitución ese agregado, expresamente señor Presidente, nosotros estamos incluyendo una norma que no sabemos como va a ser interpretada, y desarrollada por los Jueces, que no sabemos que va a entender un Juez por facilitar, y no exagero si cuando se va a incluir este criterio hasta en las eventuales separaciones de la pareja de hecho, cuando pidan la disposición sobre los bienes, que sabemos que hoy día se aplica eso, la unión de hecho de más de cinco años se rigen en la distribución de los bienes, y que por ahí se interprete que se facilite o no, abrimos un camino muy caprichoso y me extraña, yo quisiera saber donde la Interbancada de Mujeres, trajo una cláusula que podría no haberlo propuesto por instituciones más profesionales que una pluralidad de Bancadas Interpartidarias de un Movimiento Independiente. 

 

                Concretamente Presidente, quiero que conste expresamente que yo no estoy de acuerdo con ese párrafo de agregado, porque violenta la intimidad de las personas.  Nada más.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Emilio Camacho.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Diógenes Martínez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL DIOGENES MARTINEZ:  Señor Presidente:  De seguir con la estructura elaborada por la Sub-Comisión de trabajo, veo una dificultad en aprobarse el proyecto presentado; hasta el artículo que vamos a aprobar del Capítulo de la Familia, no está consagrada la unión legal como la base y el fundamento de la familia, no se refiere aquí, a la unión legal como el instrumento fundamental para constituir la familia, de paso más bien habla de las uniones de hecho, pero no se hace una mención expresa de la unión legal del matrimonio, empieza acá en el 54 a hablar exclusivamente ya de la formalidad del matrimonio, pero no existe una consagración expresa de rango Constitucional que consagre el matrimonio, la unión legal como la base de la familia, ese es el peligro que quiero advertir a la Comisión Redactora, señor Presidente de lo que me viene, me parece a mí muy importante acoger en los términos de esta redacción de la Comisión Redactora, la inquietud del Prof. Luis Alfonso Resck, que sí, expresamente está consagrando el matrimonio o la unión legal como la base de la familia.  Es todo señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Diógenes Martínez.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Juan Francisco Elizeche.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL JUAN FRANCISCO ELIZECHE:  Gracias Presidente.  Yo también quiero cuestionar este agregado final que plantea la Interbancada, en el sentido aproximado a lo que cuestionó el Dr. Emilio Camacho, en relación al párrafo este:  Debiendo ella facilitar su conversión en matrimonio.  Entiendo señor Presidente, que este agregado es innecesario, porque una unión de hecho sin impedimento legal se convierte en matrimonio con un trámite simple, de constituirse con dos o más testigos ante el Juez de Paz y contraer matrimonio legítimo conforme a derecho.  Lo que sí, difiere de una u otra situación es en la prueba de la existencia de tal unión legítima o de hecho de que para demostrar la existencia de un matrimonio o unión de hecho, la ley requiere un juicio ordinario, sin embargo para demostrar la existencia de un matrimonio legítimo requiere simplemente la presentación del certificado correspondiente, por lo tanto no entiendo cuál es el sentido de establecer que debiendo ella facilitar su conversión de matrimonio, porque es una frase innecesaria obvia y hasta podría como dijo; el Dr. Emilio Camacho derivar en otro sentido, la conversión de matrimonio se realiza, repito; simplemente con presentarse ante el Juez de Paz, y solicitar el certificado en la forma establecida por la ley.  Por lo tanto solicito que esta Comisión replantee, de cualquier otra manera votaremos en sentido contrario.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Juan Francisco Elizeche.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Evelio Fernández Arévalos.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS:  La propuesta de la Interbancada de Mujeres reconoce su antecedente en la Constitución brasilera, y sobre el particular existe abundante bibliografía, la facilitación para la conversión de un matrimonio de las uniones de hecho, no atiende a un aspecto administrativo, de obtención de partida de nacimiento de un oficial público que celebre una ceremonia determinada, atiende a crear las condiciones económicas, sociales, educacionales, inclusive que facilite esa conversión de matrimonio, ese es el sentido de la disposición, no facilitar oficiales públicos o jueces de paz, para que hagan contraer matrimonio a las gentes.  Es un problema del Brasil y también un problema del Paraguay, el hecho de la super abundancia de uniones de hecho, que por lo general no existe la estabilidad y tampoco el ambiente adecuado para la crianza sobre todo de los niños.

 

                Entonces lo que el Estado tiene que hacer es facilitar la conversión de esas uniones de hecho.  ¿Cómo?.  Educando, por ejemplo a la gente sobre las ventajas del matrimonio para los niños, facilitando condiciones para que accedan a una vivienda digna, creando las condiciones, para que tanto; el hombre como la mujer obtengan una remuneración que les permitan solventarlas, etc.,etc.,   Y ese es el sentido.  Por otra parte de ninguna manera se pretende dar al enunciado un sentido imperativo, en el sentido de obligar a nadie a que contraiga matrimonio, eso no es obvio que la expresión facilitar no puede significar sino establecer condiciones que haga posible, o que hagan más fácil contraer el matrimonio.  Nada más señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Evelio Fernández Arévalos.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Isidro Melgarejo Pereira.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL ISIDRO MELGAREJO PEREIRA:  Gracias señor Presidente:  Estamos de que en la propuesta que yo comparto, hecha por el Dr. González, sobre la modificación de la segunda parte del artículo, incorporando la frase con los alcances que determinen la ley, viene a darle el fundamento que le faltaba al instituto que queremos legislar.  Ahora bien yo insisto de que también en el primer párrafo se debe incorporar la frase:  matrimonio entre el hombre y la mujer para evitar esos excesos de interpretación capciosa, que inclusive hemos tenido a través de los periódicos, cuando estas palabras la dejábamos sin la puntualización adecuada, permitiendo así de que el matrimonio podía ser entre hombre y entre mujeres, verdad, entonces es preferible explicitarlo perfectamente.  Ahora bien, la preocupación hecha por un preopinante en el sentido de que en alguna forma, debemos privilegiar de que es el matrimonio lo que la ley busca proteger, desde luego fue recogida en el Artículo 81 de la Constitución Nacional vigente y en cuyo Capítulo de los Derechos Sociales, se observa de que la mayoría de los artículos están transcriptos en este Capítulo, casi totalmente, tanto es así, de que faltaría aquí una frase que trae la Constitución vigente en el Artículo 81 que dice:  Se protegerá al matrimonio como institución básica de la familia.  Esta frase, yo no le vería inconvenientes de poder incorporar como un punto seguido a continuación del primer párrafo, que quedaría de esta forma:  La ley establecerá las formalidades para la celebración del matrimonio entre el hombre y la mujer los requerimientos para contraerlo, el régimen de administración de bienes, otros derechos u obligaciones entre los cónyuges.  Se protegerá al matrimonio como institución básica de la familia.  Y a continuación el párrafo propuesto por el Dr. Alberto González y concluyendo en el sentido, de que tampoco comparto la opinión de incorporar al final la frase que dice:  Debiendo ella facilitar su conversión en matrimonio.  Por los peligros intrínsecos que implican esta formulación legal a nivel Constitucional.  Gracias.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Isidro Melgarejo.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Ayala.  Declina.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Rafael Eladio Velázquez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL RAFAEL ELADIO VELAZQUEZ:  Señor Presidente:  Se han expuestos muchos argumentos en favor de la tesis propuesta por la Interbancada de Mujeres, yo creo que en las manifestaciones del Dr. Evelio Fernández me relevan de abundar en consideraciones, pero quiero señalar una cosa, el matrimonio no es una cuestión vanal, ya se dijo, no es el mero acto de conseguir un Juez de Paz y dos testigos, es mucho más que eso, desde los orígenes mismo de la humanidad es una institución capital de la convivencia, cualquiera haya sido su fórmula o su manifestación externa del matrimonio, está dentro de la continuidad de la historia humana, yo creo que si para la Iglesia es un sacramento, para los Estados totalmente laicos también, el matrimonio es una institución capital, una institución insustituible diría yo, creo que por eso, son adecuadas y oportunas las manifestaciones y me va a disculpar que lo cite por su nombre, porque acá hablaron como quince personas, o si no  podríamos identificar, fue el Dr. Diógenes Martínez,  señalando que no ha jerarquizado el matrimonio dentro de nuestra Constitución.  Con esta brevísima frase cuya incorporación se propone se daría a este matrimonio la jerarquía que tiene o que por lo menos habría un principio de jerarquizarlo.  Nada más señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Rafael Eladio Velázquez.

 

                Tiene el uso de la palabra el Dr. Federico Callizo.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL FEDERICO CALLIZO:  Sí, señor Presidente:  Muy breve, quiero recalcar también la intervención del preopinante Dr. Diógenes Martínez, en ese sentido quiero señalar que, el sentido que se da a todas estas disposiciones legales, hacen presumir que el matrimonio como unión legal es lo que está primando en estas disposiciones, entonces como no se dice claramente, como por ejemplo; se dice en la Constitución italiana, que dice que:  La República reconoce los derechos de familia como sociedad natural, fundada en el matrimonio.  No tenemos una declaración semejante. 

 

                En consecuencia para apoyar la idea de que el matrimonio como unión legal es lo fundamental, es que el agregado que propone la Interbancada de Mujeres, debiendo ella facilitar su conversión en matrimonio.  Le estamos dando a la unión legal a través del matrimonio del hombre y la mujer, le damos esa categorización.  Por eso, yo creo que es importante la incorporación de esta frase y dejamos bien redondeado el tema sobre la familia, señor presidente.  Nada más.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Federico Callizo.

 

                Y cerrando la lista de oradores tiene el uso de la palabra el Dr. Diógenes Martínez.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL DIOGENES MARTINEZ:  Voy a proponer una redacción que en primer término, en el Artículo 54, y de entrada consagra al matrimonio como la base legal de la familia y la base fundamental de la familia, en ese sentido, recojo el texto propuesto por el Prof. Resck.  Cuando dice:  Como título el matrimonio es el efecto de las uniones de hecho y viene una línea que dice:  La familia se constituye sobre el matrimonio legítimo, y aquí ya viene la preocupación, que ya es legítima también del Dr. Isidro Melgarejo:  Entre el hombre y la mujer.  La familia se constituye sobre el matrimonio legítimo entre el hombre y la mujer.  Este es el texto propuesto por el Prof. Luis Alfonso Resck.  A continuación viene el texto propuesto por la Sub-Comisión que nos presenta el trabajo, luego continúa el segundo párrafo, también el mismo texto, pero también en las uniones de hecho se establece, que las uniones de hecho entre el hombre y la mujer sin impedimentos legales, sigue el texto, para finalmente concluir con la

preocupación del Prof. Dr. Carlos Alberto González, que me parece a mí que es fundamental, que luego del texto:  Las uniones de hecho entre el hombre y la mujer, sin impedimentos legales para contraer matrimonio que reúnan las condiciones estabilidad y singularidad, producen efectos similares al matrimonio, dentro de las condiciones que establezca la ley.  Ese es el texto completo que propongo conjugando un poco los distintos textos válidos a mi juicio, señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Muchas gracias Dr. Diógenes Martínez, en consecuencia señores, y visto que no hubo objeción a la moción presentada en su momento, vamos a someter a votación el presente artículo, párrafo por párrafo.  Se lo irá dando lectura y los señores integrantes de la Comisión se servirán prestarle o nó su aprobación. 

 

                Entonces, tenemos lo que no lo contiene en el proyecto original, someto en primer término a consideración el párrafo propuesto por el Lic. Prof. Luis Alfonso Resck.  Luego el párrafo propuesto por el Dr. Diógenes Martínez, muy similar, y no sé si hay otro, acá el Dr. Bernardino Cano Radil, también presentó una propuesta.  Tres.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL:  Creo que hará, lo mismo se vote por separado, porque habiendo párrafo incluido no hay ningún problema.  Se vota el primer párrafo nomás.  El que no está incluido, no está incluido, y el que está incluido está incluido, se vota.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Voy a llevar a votación el primer párrafo, de la propuesta del Dr. Diógenes Martínez, y después el primer párrafo que acá me hizo llegar Cano Radil.  De manera que no conozco, porque hay dos propuestas bien concretas.  Y tiene el Dr. Isidro Melgarejo otra propuesta sobre el mismo caso,  por favor señores.

 

                Dr. Diógenes Martínez cuál es el texto de su primer párrafo.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL DIOGENES MARTINEZ:   Ahí tiene el Secretario.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  La familia se constituye sobre matrimonio legítimo entre el hombre y la mujer.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EFRAIN ENRIQUEZ GAMON:  Yo creo que corresponde primero poner a votación el texto de la Comisión, y en todo caso los agregados de los párrafos correspondientes.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Estoy de acuerdo Dr Efraín Enríquez Gamón.  Pero este párrafo no tiene el texto de la Comisión.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...:  Y por que no acuerdo pues.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Perfecto, entonces en primer término el párrafo tal cual establece la Comisión.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EFRAIN ENRIQUEZ GAMON:  Con el agregado, perdón Presidente, con el agregado:  Del matrimonio entre el hombre y la mujer, que está aceptado por la Comisión.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...:  Una aclaración señor Presidente.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Sí, por favor.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL...:  El primer párrafo dice así:  la ley establecerá la formalidad para la celebración del matrimonio, los requerimientos para contraerlo, el régimen de administración de bienes, otros derechos y obligaciones entre los cónyuges, (con el agregado , porque hemos aceptado los miembros de la Sub-Comisión, con el agregado propuesto por la Comisión de Interbancadas).  Las causas de separación y disolución y sus efectos.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Quienes estén entonces de acuerdo con el texto tal cual proviene de la Sub-Comisión, con el agregado éste de:  La ley establecerá la celebración del matrimonio entre el hombre y la mujer, y el agregado de la Comisión de Interbancadas.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL DIOGENES MARTINEZ:  Presidente, una moción de orden.  Me parece a mí, que no puede llegar a hacerse votar mi moción, porque primero hay que consagrar la familia, y luego fomentarlo.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Es lo que había dicho.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL DIOGENES MARTINEZ:  Pero después de hablar ya, del régimen del matrimonio, consagrar el matrimonio legal, completamente extemporáneo.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Totalmente de acuerdo Dr. Diógenes Martínez.  Pero acá me han sugerido lo contrario.

 

                Que dice Dr. Evelio Fernández Arévalos.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS:  Si, Señor Presidente, hemos seguido el comienzo de nuestras deliberaciones, el sistema de poner párrafo por párrafo a votación, comenzando por el de la Sub-Comisión respectiva, esa es la norma, si alguien acepta votar por la forma en que propuso la Sub-Comisión, quiere decir que rechaza la propuesta del preopinante y se acabó.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Entendido, entonces vuelve a leer el texto tal cual ha quedado con los sucesivos agregados este párrafo.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  La ley establecerá las formalidades para la celebración del matrimonio entre el hombre y la mujer, los requerimientos para contraerlo, el régimen de administración de bienes, otros derechos y obligaciones entre cónyuges, las causas de desaparición y de solución y sus efectos.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Quienes estén de acuerdo con el texto propuesto por la Sub-Comisión, tal cual acaba de ser leído, se servirán levantar la mano.

 

                Diez y seis votos.  Muy bien,  mayoría.  Quiere decir que implícitamente está rechazado el agregado.  Muy bien.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Párrafo segundo.  Las uniones de hecho entre personas sin impedimento entre el hombre y la mujer, sin impedimento legales para contraer matrimonio que reúnan condiciones de estabilidad y singularidad, producen efectos similares al matrimonio.  Moción uno, la que acabó de leer.

 

                INTERRUPCION...

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Vuelva a leer por favor, ahí le trae el párrafo completo.

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Las uniones de hecho entre el hombre y la mujer, sin impedimento para contraer matrimonio que reúnan los caracteres de estabilidad y singularidad, producen efectos similares al matrimonio.  Dentro de las condiciones que establezcan la ley.

 

                Es el párrafo de la Sub-Comisión 1.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Quienes estén de acuerdo con el párrafo tal cual acaba de ser leído.  Con la advertencia de que ahí otras mociones más, se servirán levantar las manos.

 

                Diez y seis votos.  Mayoría.  Aprobado.

 

                APROBADO

 

CIUDADANO SECRETARIO:  Artículo 55.  Hijos. 

 

                INTERRUPCION...  Llamado al Presidente por un Convencional.

Sin uso de micrófono.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL LUIS ALFONSO RESCK:  Yo ruego que la ponencia que he presentado conste en acta.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  Si consta y va como dictamen en minoría, lo mismo la propuesta del Dr. Diógenes Martínez.  A la cual usted se adhirió.  Y ahora le pregunto Dr. Luis Alfonso Resck, ante de entrar en el Capítulo de los Hijos.  Usted hizo llegar a la mesa una propuesta de artículo agregado que habla de los derechos de la familia, donde me parece a mí oportuno considerar ésto acá, ante que hablar de los hijos, ya que viene en el Artículo 55.  Donde dice:  Derechos de la Familia.  La fecundidad de educar a hijos. Dar una religión a sus miembros.  Disponer una vivienda estable. Poseer un patrimonio.  Participar como tal.  No si.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL EVELIO FERNANDEZ AREVALOS:  Señor Presidente, propongo que se suspenda la sesión y continuemos mañana, porque es un tema demasiado extenso.

 

CIUDADANO PRESIDENTE:  Concretamente, Dr. Evelio Fernández Arévalos, usted propone que se suspenda y se dé por terminada la sesión de hoy. 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                Como moción de orden.  Quienes estén de acuerdo con la moción, van a servirse de levantar la mano y los que no, por supuesto no.

 

                Trece votos.  Trece de veintiocho, no, tiene que ser catorce.

 

                Quienes estén de acuerdo por continuar las deliberaciones de esta Comisión se servirán también levantar la mano.

 

                Nueve votos.

 

CIUDADANO CONVENCIONAL BERNARDINO CANO RADIL:  Presidente, quiero mocionar que nos constituyamos esta tarde a las quince y treinta horas, para seguir trabajando.  No me importa a la hora 15:30, quiero mocionar y pido que se vote para que sigamos trabajando.

 

                No, yo pido que se vote esta moción, para que nos constituyamos a la hora 15:30, para seguir trabajando.

 

CIUDADANO PRESIDENTE DE LA COMISION:  No sé si quieren, esta consideración la propuesta del Convencional Bernardino Cano Radil, el que este de acuerdo que levante la mano.

               

                Cinco votos, minoría evidente.

 

                SE LEVANTA LA SESION.